52014DC0388

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Consulta sobre las posibilidades de pesca para 2015 en el marco de la política pesquera común /* COM/2014/0388 final */


COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

Consulta sobre las posibilidades de pesca para 2015

en el marco de la política pesquera común

Introducción

Las posibilidades de pesca para 2015 van a establecerse por primera vez en el marco de la nueva política pesquera común (PPC)[1]. Su fijación debe contribuir al logro de los objetivos de la nueva PPC. Unas posibilidades de pesca decididas en consonancia con el objetivo del rendimiento máximo sostenible, unidas a los demás instrumentos de gestión contemplados en la nueva PPC, deben garantizar que las actividades pesqueras sean sostenibles a largo plazo desde el punto de vista del medio ambiente y se gestionen de forma coherente, a fin de proporcionar beneficios económicos, sociales y de empleo y contribuir a la disponibilidad de productos alimentarios.

Las posibilidades de pesca deben fijarse con arreglo al artículo 2, apartado 2, de la PPC, teniendo presente el objetivo de restablecer y mantener progresivamente las poblaciones de peces por encima de los niveles de biomasa capaces de producir el rendimiento máximo sostenible (RMS). El objetivo del RMS debe alcanzarse, cuando sea posible, de aquí a 2015 y de forma progresiva y gradual en 2020, a más tardar, para todas las poblaciones. Este objetivo también contribuirá a lograr el buen estado medioambiental en 2020, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva marco sobre la estrategia marina[2] (DMEM) y la política pesquera común (PPC).

Para conseguir este objetivo, las propuestas de la Comisión se orientarán a lograr que el impacto de las flotas pesqueras en las poblaciones (mortalidad por pesca) se sitúe, en el plazo de tiempo más breve que resulte factible, en los niveles necesarios para que las poblaciones puedan reconstituirse y alcanzar niveles de biomasa capaces de producir el rendimiento máximo sostenible. Una vez alcanzada esta meta, la Comisión propondrá, según proceda, medidas que permitan consolidar esa reconstitución.

El año 2015 también será el año en que entre en vigor la obligación de desembarque en determinadas pesquerías[3]. Las posibilidades de pesca para las poblaciones a las que afecta la obligación de desembarque deben fijarse teniendo en cuenta el cambio que se produce a unas posibilidades de pesca que reflejan las capturas en lugar de los desembarques[4], partiendo de la premisa de que ello no debe poner en peligro el objetivo del RMS ni dar lugar a un incremento de la mortalidad por pesca en la pesquería.

La Comisión formulará sus propuestas de posibilidades de pesca sobre la base de los mejores dictámenes científicos disponibles del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) y el Comité Científico, Técnico y Económico de Pesca (CCTEP) acerca del logro del RMS. En el caso de las poblaciones para las que no se disponga de dictamen, las propuestas de la Comisión se ajustarán al criterio de precaución, de conformidad con el artículo 2, apartado 2, de la PPC. A petición de la Comisión, el CIEM ha elaborado un dictamen sobre un marco de evaluación del buen estado medioambiental (BEM) para las poblaciones de peces y moluscos que se explotan comercialmente (Descriptor 3 de la DMEM)[5]. Se continuará trabajando para demostrar de qué manera el RMS contribuye al logro del BEM y, por consiguiente, garantiza la coherencia entre la aplicación de la política pesquera común y la de la Directiva marco sobre la estrategia marina.

La presente Comunicación establece los principios en que se asentarán las propuestas de la Comisión sobre las posibilidades de pesca para 2015[6]. Se invita a las partes interesadas a comunicar sus opiniones a la Comisión a más tardar el 30.9.2014.

El artículo 50 de la política pesquera común dispone que la Comisión informará anualmente al Consejo y al Parlamento Europeo de los avances logrados en la consecución del rendimiento máximo sostenible y de la situación de las poblaciones de peces. La presente Comunicación tiene también por objeto facilitar dicha información.

La nueva PPC y las propuestas de TAC para 2015

Gestión mediante planes plurianuales

La nueva PPC requiere la adopción de planes plurianuales. Para resolver el estancamiento interinstitucional y facilitar el desarrollo y la introducción de los planes plurianuales previstos en la nueva PPC, se estableció un grupo de trabajo interinstitucional. Dicho grupo finalizó sus trabajos en abril de 2014 y presentó un informe a las instituciones europeas.

El informe en cuestión se basa en las disposiciones sobre los planes plurianuales de la nueva PPC. Estos planes deben proporcionar un marco de gestión sólido y duradero, que garantice la sostenibilidad de las pesquerías y unos rendimientos elevados y estables para el sector pesquero, e integrar, al mismo tiempo, un enfoque ecosistémico de la gestión de la pesca, reduciendo al mínimo los impactos negativos de las actividades pesqueras en el ecosistema marino. El objetivo del RMS, y los plazos para alcanzarlo, son elementos fundamentales de los planes. Dicho objetivo se expresará en intervalos y deberá incluir puntos de referencia de conservación a efectos de salvaguardia. Las decisiones adoptadas en el marco de los planes deben basarse en los mejores dictámenes científicos disponibles y los planes deben facilitar cierta flexibilidad en las decisiones anuales sobre posibilidades de pesca. En caso necesario, los planes deben permitir la adopción de medidas de conservación alternativas en relación con determinadas poblaciones, lo que puede ser objeto de regionalización. En las pesquerías mixtas, los planes deben identificar las especies que son el eje de las pesquerías y garantizar que todas las poblaciones se gestionen de conformidad con el objetivo del RMS.

La Comisión propondrá lo antes posible planes plurianuales a partir de este informe y analizará la necesidad de adaptar las propuestas de planes existentes sobre la base de dictámenes científicos actualizados. La Comisión también está considerando presentar nuevas propuestas para reemplazar los actuales planes de recuperación o gestión que hayan alcanzado sus objetivos o deban ser sustituidos, con el fin de adaptarlos a la nueva PPC.

Poblaciones para las que se dispone de una evaluación del RMS

El objetivo de la PPC es alcanzar unos niveles de explotación acordes con el RMS de aquí a 2015, cuando sea posible. Por consiguiente, la Comisión tiene la intención de proponer en 2015 unos totales admisibles de capturas (TAC) que sean coherentes con el RMS en lo que respecta al grupo de poblaciones, que no deja de aumentar, para el que se dispone de evaluaciones y estimaciones del RMS completas. En las evaluaciones más recientes, ese grupo contaba con 46 poblaciones de interés primario para la UE en el Atlántico nororiental y el mar Báltico (véase más abajo y el anexo I). Para el mar Mediterráneo y el mar Negro se han tenido en cuenta los datos de los tres últimos años, si bien se desconoce el número de poblaciones no evaluadas que hay en esas cuencas.

Únicamente en caso de que la consecución del RMS de aquí a 2015 pusiese en grave peligro la viabilidad social y económica de las flotas pesqueras afectadas, resultaría aceptable posponer más allá de ese año (y no más tarde de 2020) el logro del objetivo. Esta premisa está en consonancia con la reforma de la PPC.

La Comisión continuará aplicando los planes plurianuales ya existentes y que se ajustan al RMS. Cuando los planes existentes hayan dejado de poder aplicarse (p. ej., porque se ha alcanzado un objetivo distinto del RMS), la Comisión adoptará propuestas de posibilidades de pesca basándose en el RMS.

Una prioridad de la nueva PPC es la simplificación de la gestión; la Comisión examinará el valor añadido que puede brindar la gestión a través de la limitación del esfuerzo pesquero como sistema complementario de los TAC. El objetivo que se persigue es suprimir aquellos instrumentos de gestión que no aportan ningún valor añadido en relación con el logro de los objetivos de la nueva PPC.

En cuanto a las poblaciones para las que se dispone de una evaluación del RMS que se comparten con terceros países o cuya ordenación corre a cargo de organizaciones regionales de ordenación pesquera, la Comisión tratará de alcanzar un acuerdo con nuestros socios en torno al mismo planteamiento.

Otras poblaciones

Cuando la información científica sea insuficiente para determinar esos niveles, se deberán tener en cuenta parámetros aproximados. A este respecto, se contemplan las cinco situaciones que se indican a continuación. En todos los casos, la Comisión tiene la intención de presentar propuestas basadas en los dictámenes científicos, sin poner en peligro las necesidades de conservación de esas poblaciones.

Poblaciones para las que se dispone de datos que permiten determinar valores representativos del RMS

Dicha categoría de poblaciones está formada por poblaciones con datos abundantes, evaluadas analíticamente y con previsiones de tendencias. Por lo general, se dispone de un valor representativo del RMS. El enfoque para fijar los TAC será similar al adoptado con respecto a las poblaciones con una evaluación completa del RMS.

En un futuro próximo, la Comisión prevé llevar a cabo una nueva evaluación de la necesidad y las posibilidades de incrementar el conocimiento de estas poblaciones, de manera que se disponga de una evaluación completa del RMS.

Poblaciones cuyas tendencias se han evaluado mediante estudios o para las que se dispone de series temporales de capturas que permiten establecer valores representativos del RMS

El dictamen del CIEM sobre estas poblaciones es únicamente cuantitativo: se proponen límites de capturas al no disponerse de una evaluación del RMS. Para elaborar sus propuestas, la Comisión tiene previsto utilizar el dictamen actualizado del CIEM sobre estas poblaciones y estudiará la situación caso por caso teniendo en cuenta el criterio de precaución.

La Comisión prevé realizar próximamente una evaluación, población por población, de la necesidad y de las posibilidades de incrementar el conocimiento de estas poblaciones, a fin de que sea posible determinar valores representativos del RMS.

Poblaciones que se estiman estables

En diciembre de 2013, el Consejo y la Comisión manifestaron su acuerdo sobre la conveniencia de no modificar los TAC de 25 poblaciones, a menos que los dictámenes científicos aconsejasen hacerlo. En general, se trata de poblaciones que solo se pescan como capturas accesorias o presentan un nivel bajo de consumo de cuota, que tienen escasa importancia económica y sobre cuya situación se dispone de una información limitada. 

Poblaciones para las que no se dispone de dictámenes científicos

En los casos en que no se dispone de dictámenes científicos, debería aplicarse, de conformidad con el artículo 2, apartado 2, de la PPC, el principio de precaución de una forma sistemática, previamente definida y transparente.

Poblaciones de aguas profundas

En 2014, el Consejo fijará las posibilidades de pesca de las poblaciones de peces de aguas profundas para los años 2015-2016. Las poblaciones de aguas profundas deben gestionarse de forma sostenible, habida cuenta del carácter sensible de algunas de ellas y de la vida marina de aguas profundas. En el caso de muchas poblaciones, todavía no se dispone de conocimientos y datos suficientes para llevar a cabo un análisis científico. Por ello es imperativo ajustarse al criterio de precaución de una forma sistemática, previamente definida y transparente, en consonancia con el artículo 2, apartado 2, de la PPC. Al formular sus propuestas, la Comisión tendrá debidamente en cuenta los compromisos plasmados en la Resolución 61/105 de 2006, la Resolución 64/72 de 2009 y la Resolución 66/68 de 2011 de las Naciones Unidas, así como en las Directrices Internacionales para la Ordenación de las Pesquerías de Aguas Profundas en Alta Mar, de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), de 2008.

Obligación de desembarcar todas las capturas

En 2015, entrará en vigor la obligación de desembarque en los siguientes casos[7]:

· pequeñas pesquerías pelágicas (caballa, arenque, jurel, bacaladilla, ochavo, boquerón, pejerrey, sardina y espadín),

· grandes pesquerías pelágicas[8] (atún rojo, pez espada[9], atún blanco, patudo, aguja azul y aguja blanca),

· pesquerías con fines industriales (capelán, lanzón, faneca noruega y otros),

· pesquerías de salmón en el mar Báltico y

· a partir del 1 de enero de 2015, a más tardar, para las especies que definan las pesquerías y a partir del 1 de enero de 2017, a más tardar, para todas las demás especies en las pesquerías del mar Báltico.

Los Estados miembros han venido cooperando a nivel regional sobre la aplicación de las obligaciones de desembarque. El Parlamento y el Consejo están estudiando también una propuesta de la Comisión para adaptar los reglamentos sobre medidas técnicas y de control a las normas relativas a la obligación de desembarcar.

Para las pesquerías afectadas, la fijación de las posibilidades de pesca deberá tener en cuenta el cambio consistente en reflejar las capturas en lugar de los desembarques. Estos ajustes pueden implicar la realización de adaptaciones de los TAC en función de la magnitud de los datos sobre el nivel previo de descartes y de la necesidad de evitar que se incremente la mortalidad por pesca.

La Comisión ha solicitado al CIEM que, en las evaluaciones de las poblaciones afectadas y las previsiones de capturas de las mismas, incluya los datos disponibles sobre los descartes en las pesquerías en cuestión. El CIEM utilizará los datos disponibles sobre descartes en los últimos años en la medida en que dichos datos sean validados para su utilización en las evaluaciones y el dictamen para 2015. Se espera que ello dé lugar al ajuste de las posibilidades de pesca para las poblaciones objeto de la obligación de desembarque en 2015. Es esencial que tales ajustes sigan siendo compatibles con la consecución del objetivo de RMS.

En la nueva PPC se fomenta que los Estados miembros apliquen proyectos piloto con vistas a preparar la implantación de la obligación de desembarque, lo que debe hacerse en el marco de las posibilidades de pesca disponibles. Los Estados miembros pueden utilizar las cuotas disponibles a nivel nacional en relación con los proyectos piloto destinados a mejorar los datos. Ello resultará útil para fijar las posibilidades de pesca después de 2015.

La nueva PPC contempla algunas medidas de flexibilidad adicional que pueden utilizarse en relación con la gestión de las poblaciones de las pesquerías sujetas a la obligación de desembarcar[10]. La flexibilidad interanual de las cuotas, la flexibilidad entre especies (las capturas de una especie puedan deducirse de la cuota de las especies principales en determinadas condiciones), las exenciones de minimis y las exenciones correspondientes a especies con altas tasas de supervivencia resultan pertinentes en relación con las posibilidades de pesca. La información sobre las disposiciones de flexibilidad se tendrá en cuenta en las futuras propuestas de posibilidades de pesca.

Mar Mediterráneo

El objetivo de RMS se aplica también a las poblaciones del Mediterráneo, que no se gestionan mediante TAC. La Comisión y los Estados miembros están revisando si los objetivos de los planes de gestión nacionales adoptados en el marco del Reglamento del Mediterráneo[11] son coherentes con el objetivo del RMS. Se enumeran a continuación los planes actualmente adoptados o que van a adoptarse próximamente:

CROACIA – Arrastreros

CROACIA – Redes de cerco con jareta

CHIPRE – Arrastreros

GRECIA – Cerqueros

GRECIA – Arrastreros

FRANCIA – Arrastreros

FRANCIA – Gangui

FRANCIA – Artes de playa

ESPAÑA – Arrastreros

ESPAÑA – Redes de cerco con jareta

ESPAÑA – Redes de tiro desde embarcación (Murcia)

ESPAÑA – Redes de tiro desde embarcación (Baleares)

ESPAÑA – Redes de tiro desde embarcación (Cataluña)

ESPAÑA – Rastras (Andalucía)

ITALIA – Redes de cerco (4 planes)

ITALIA – Arrastreros (8 planes)

ITALIA – Redes de tiro desde embarcación (Liguria-Toscana)

ESLOVENIA – Arrastreros

ESLOVENIA – Redes de cerco con jareta

MALTA – Arrastreros

MALTA – Redes de cerco con jareta (2 planes)

Evolución del estado de las poblaciones

La sobrepesca se ha reducido en las aguas europeas del Atlántico, el mar del Norte y el mar Báltico. En el caso de las poblaciones para las que se dispone de evaluaciones del RMS, la sobrepesca, que concernía al 94 % de ellas en 2003, afectó al 63 % en 2009 y al 41 % en 2012. Se ha evaluado una proporción cada vez mayor de poblaciones.

El número de ellas que, con arreglo a las estimaciones disponibles, se pesca a niveles correspondientes al RMS ha pasado de tan solo 2 en 2003, a 13 en 2009 y a 27 en 2012 (anexo Ia).

El número de poblaciones con evaluaciones completas del RMS aumentó de 34 en 2005 a 35 en 2009 y a 46 en 2014. Se han logrado progresos significativos en el número de poblaciones para las que se dispone de dictámenes cuantitativos (de 59 en 2003 a 71 en 2014), debido a que el CIEM introdujo nuevos métodos en 2013.

Con el rápido incremento del número de poblaciones evaluadas, se está poniendo de manifiesto que la sobrepesca sigue siendo frecuente en el Mediterráneo, tal como se muestra en los gráficos 1 a 3. Deben adoptarse con prontitud medidas eficaces para eliminar gradualmente la sobrepesca.

Gráfico 1. Número de poblaciones para las que se dispone de evaluaciones de 2007 a 2012, por subregión mediterránea y mar Negro.

 Gráfico 2. Número de poblaciones para las que se dispone de evaluaciones de 2007 a 2012, por pesquería en el Mediterráneo y en el mar Negro.

Gráfico 3. Número de poblaciones objeto de sobrepesca según las evaluaciones de 2007 a 2012, por pesquería en el Mediterráneo y en el mar Negro.

En el anexo Ic se presenta una análisis preliminar. En el caso de algunas zonas sólo se evalúa una parte de los recursos. A pesar de las recientes mejoras, en el Mediterráneo y en el mar Negro la parte que se desconoce es todavía muy amplia.

Los conocimientos de que se dispone en la actualidad sobre el estado de las poblaciones de peces se exponen a continuación a nivel regional[12].

Poblaciones pelágicas del Atlántico nororiental

La mayoría de las poblaciones de arenque (mar del Norte, oeste de Escocia, mar de Irlanda y mar Céltico) se explotan con índices de pesca correspondientes al RMS o dentro de él. Para 2014, se han fijado en todos los casos unos TAC correspondientes al RMS.

Se ha deteriorado la situación de algunas otras poblaciones: el jurel occidental y el arenque del noroeste de Irlanda están sobreexplotados.  En el caso de la caballa, se ha alcanzado un acuerdo entre las Islas Feroe, Noruega y la UE para realizar una gestión sostenible. El dictamen del CIEM para 2014 indica que la población puede haber aumentado de forma significativa.

Mar del Norte, Skagerrak y Kattegat

El carbonero, la solla, el eglefino y la cigala en el Skagerrak y en Fladen Ground se explotan en niveles correspondientes al RMS. Todas las demás poblaciones son objeto de sobrepesca o se desconoce su estado.

Pese al reciente incremento del tamaño de la población y a las reducciones de la mortalidad por pesca, la población de bacalao del mar del Norte solo se sitúa escasamente por encima de la biomasa límite y todavía se encuentra lejos del nivel de precaución. La mortalidad por pesca aún rebasa los niveles del RMS. Los porcentajes de descartes se han ido reduciendo, si bien siguen representando en torno al 25 % de los desembarques. En el Kattegat, la población de bacalao se encuentra en un nivel extremadamente bajo y pueden ser necesarias nuevas medidas, además de unos TAC y unos niveles de esfuerzo inferiores.

Mar Báltico

El Consejo secundó la posición común de las direcciones de los Estados miembros bálticos en el Foro BALTFISH sobre la fijación de los TAC en consonancia con los dictámenes científicos.

El arenque del Báltico central y del mar de Botnia y el espadín del mar Báltico se explotan en niveles correspondientes al RMS. No obstante, el dictamen más reciente indica que el índice de mortalidad por pesca previsto por el plan actual para la población de bacalao del Báltico occidental está lejos del objetivo del RMS. La población oriental de bacalao presenta una evolución que hace imposible utilizar los actuales modelos de evaluación. La Comisión propondrá en 2014 un nuevo plan plurianual para el mar Báltico.

Oeste de Escocia, mar de Irlanda y mar Céltico

En el oeste de Escocia, algunas poblaciones de pescado blanco, excepto el eglefino, continúan en niveles bajos. Los descartes siguen siendo elevados y es necesario actuar al respecto. Los Estados miembros pusieron en marcha medidas técnicas para reducir la mortalidad del bacalao y evitar las capturas no deseadas, algunas de las cuales han dado lugar a una reducción de dichas capturas (por ejemplo, en el mar de Irlanda). Otras medidas están todavía en curso de evaluación y es necesario seguir trabajando en ese ámbito.

Se han reducido las posibilidades de pesca en el mar Céltico, pues se están diluyendo los efectos de algunas altas tasas de reclutamiento de juveniles registradas recientemente. Siguiendo el dictamen sobre el RMS, se han reducido de manera sustancial las posibilidades de pesca de bacalao y merlán. El eglefino ha atravesado un período de menor reclutamiento y los descartes también han generado problemas. Se revisaron las medidas de selectividad introducidas en 2012 en el mar Céltico, si bien el CCTEP no se ha manifestado de forma concluyente sobre la contribución de estas medidas a los objetivos de conservación.

Se dispone de un dictamen basado en el RMS para todas las poblaciones de cigala, con excepción de una unidad funcional, incluida en la zona de Porcupine Bank, donde sigue habiendo una veda estacional (un mes) y que dispone de un sub-TAC propio.

El CIEM ha facilitado evaluaciones del RMS para 18 poblaciones, con la recomendación de reducir, con frecuencia de forma sustancial, las posibilidades de pesca para 14 poblaciones. El dictamen sobre el RMS se ha aplicado a 12 de dichas poblaciones en lo que concierne a la posibilidades de pesca para 2014.

Especies de aguas profundas

Para la mayoría de las poblaciones de aguas profundas no se dispone de proyecciones debido a la falta de datos. El dictamen emitido recientemente por el CIEM para la mayoría de las poblaciones propugna la reducción de las pesquerías o el freno a su expansión en 2015-2016, excepto si se sabe que son sostenibles. Las especies en situación más preocupante son el reloj anaranjado, los tiburones de aguas profundas, el besugo y algunas poblaciones de granadero. El CIEM señala que muchas pesquerías dirigidas a las especies de aguas profundas son pesquerías mixtas con una proporción relativamente alta de capturas accesorias de especies no objetivo. Al fijar los TAC relativos a las especies objetivo se debe tener en cuenta el impacto de estas capturas accesorias.

Aguas atlánticas de la Península Ibérica y Golfo de Vizcaya

Se dispone de pocas evaluaciones de poblaciones para el Golfo de Vizcaya y las aguas atlánticas de la Península Ibérica. La merluza del sur, el gallo y el rape están mejorando. Aunque la merluza del sur ha logrado un buen reclutamiento, la población sigue siendo objeto de sobrepesca y su sostenibilidad a largo plazo se encuentra en situación de riesgo. Los sistemas de registro de capturas y de esfuerzo de los Estados miembros fueron auditados por la Comisión en 2012. Se han acordado medidas de seguimiento y el control está mejorando.

La cigala del Cantábrico sigue siendo objeto de dictámenes que recomiendan el cese de la pesca.

Mediterráneo y mar Negro

Entre 2007 y 2012, la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM) y el CCTEP realizaron más de 300 evaluaciones. El número de poblaciones evaluadas pasó de 29 en 2007 a 104 en 2012. A pesar de ello, el conocimiento que se tiene sigue siendo limitado, ya que el número total de las poblaciones explotadas comercialmente es considerablemente más elevado.

El número de poblaciones evaluadas es mayor en las partes central y occidental que en el este de la cuenca. Se sabe muy poco acerca de la situación de las poblaciones en las subregiones meridionales.

Los niveles de explotación se sitúan muy por encima de los objetivos del RMS. De 97 poblaciones, el 91 % es objeto de sobrepesca. Las poblaciones demersales en que la sobrepesca es más frecuente son la merluza europea, el salmonete y el camarón de altura. La sardina y anchoa son las dos poblaciones de pequeños pelágicos que comúnmente se sobreexplotan.

En el mar Negro, se conoce la situación de 7 poblaciones y 5 de ellas están sobreexplotadas. De las poblaciones gestionadas mediante TAC, es objeto de sobrepesca el rodaballo, mientras que el espadín se ha estado explotando de forma sostenible desde 2007.

Poblaciones de peces altamente migratorios en el océano Atlántico y el mar Mediterráneo

Estas poblaciones incluyen el atún rojo, el atún blanco, el atún tropical, el pez espada y los marlines, cuya evaluación y gestión corren a cargo de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA).

La mayoría de las especies de atún son longevas y las evaluaciones no se realizan anualmente. La información disponible sobre el estado de conservación de las diferentes poblaciones es diversa y persisten algunas incertidumbres. Las evaluaciones más recientes (2013) del pez espada del Atlántico pusieron de manifiesto que la población se ha reconstituido después de haber sido objeto de sobrepesca a principios de los años 2000. En 2013 también se evaluó el atún blanco del Atlántico norte. Los índices de mortalidad por pesca se sitúan por debajo del nivel del RMS, aunque la biomasa de la población aún debe recuperarse para alcanzar niveles que puedan producir dicho rendimiento.

La población de atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo ha crecido en los últimos años. La evaluación encierra bastantes incertidumbres, pero la aplicación del plan de recuperación de la CICAA ha permitido reducir la mortalidad por pesca, que, según las estimaciones, se encuentra ahora por debajo del nivel del RMS. Las capturas con arreglo al TAC actual probablemente propiciarán la plena recuperación de la población a medio plazo.

Cambios en la situación económica

Los resultados económicos de las flotas de la UE han mejorado gradualmente en todas las zonas en los últimos años, con un margen de beneficio neto que ha pasado del 1 % en 2008 al 6 % en 2011. Aunque los costes aumentaron globalmente en 2011 debido al incremento de los precios de los combustibles, los ingresos aumentaron en mayor medida. El valor añadido bruto (VAB) generado en 2011 fue de 3 400 millones EUR (+ 4 % respecto de 2010), el beneficio bruto fue de 1 300 millones EUR (+ 7 %) y el beneficio neto se situó en 410 millones de euros (+ 22 %). En 2011, la flota pesquera de la UE realizó menos desembarques, pero generó un mayor valor de primera venta. Dado que la flota de la UE es muy diversa, esta tendencia no fue general para todas las partes de la flota.

Experiencias relacionadas con la evolución hacia la pesca al nivel del RMS

A continuación se exponen algunos ejemplos de la evolución hacia la pesca al nivel del RMS.

En la pesquería de bacalao del mar Báltico, los resultados económicos de las flotas que dependen de esta especie mejoraron considerablemente con la aplicación del plan de gestión del bacalao, gracias al cual la pesquería se ha aproximado a una situación de RMS. Las capturas se mantuvieron aproximadamente estables y empezó a aumentar el tamaño de las poblaciones, lo que ha supuesto un incremento de la rentabilidad. Los costes de la actividad extractiva han disminuido, debido a un menor consumo de combustible y la reducción de los costes de capital. De 2008 a 2011, el valor añadido bruto correspondiente a buques representativos aumentó en más de un 40 %. Estas flotas generaron en 2011 un beneficio bruto seis veces mayor que en 2008 y un 40 % mayor que en 2009.

Para las pesquerías de lenguado y solla del mar del Norte, la evolución hacia una pesca que garantice el RMS significó que la mayoría de las flotas pudieron seguir siendo rentables incluso con un incremento del 32 % en los costes de combustible hasta 2011. Este hecho se explica porque los desembarques de solla se incrementaron en un 51 % de 2008 a 2011, mientras que los costes asociados a la pesca se redujeron considerablemente al hacerse las poblaciones más abundantes.

La pesquería de lenguado en la parte occidental del Canal de la Mancha se viene explotando al nivel del RMS desde 2009. Desde ese año hasta 2013, el tamaño de la población ha aumentado en un 16 % y las capturas, en un 24 %. Los precios para el lenguado y otras especies objetivo en el contexto de este plan de gestión evolucionaron al alza hasta 2011. Una mayor estabilidad de la pesquería puede haber contribuido a mejorar significativamente las oportunidades de inversión en las flotas.

Calendario

El calendario previsto de los trabajos es el siguiente:

Reglamento sobre posibilidades de pesca || Dictámenes || Propuesta de la Comisión || Posible aprobación por el Consejo

Poblaciones del Atlántico, el mar del Norte, la región antártica y otras zonas || Finales de junio — finales de octubre || Octubre || Diciembre

Mar Báltico || Finales de mayo || Agosto || Octubre

Mar Negro || Finales de octubre || Noviembre || Diciembre

Aguas profundas || Mayo - junio || Septiembre || Noviembre

Conclusión

La presente Comunicación establece, por primera vez después de la entrada en vigor de la nueva PPC, los principios básicos con respecto a la fijación de posibilidades de pesca. Se invita a los Estados miembros, los consejos consultivos y las partes interesadas a reflexionar sobre las orientaciones expuestas y formular recomendaciones y sugerencias a la Comisión, con el fin de garantizar que las posibilidades de pesca de 2015 contribuyan a alcanzar los objetivos de la nueva PPC.

ANEXO Ia –Dictámenes científicos sobre las poblaciones del Atlántico nororiental y aguas adyacentes[13]  Los límites biológicos de seguridad son pertinentes a efectos de la aplicación del artículo 15, apartado 8, del Reglamento (UE) nº 1380/2013.

* En comparación con una proporción cada vez mayor de poblaciones que son objeto de dictámenes cuantitativos.

No se incluyen en el cuadro 5 las poblaciones para las que se facilita un dictamen no cuantificado.

Este análisis no incluye lo siguiente: especies de aguas profundas, incluidas la maruca, el brosmio y el ochavo; TAC de capturas accesorias de arenque;  TAC vinculados a otra decisión sobre la misma población (p. ej. carbonero del oeste de Escocia); TAC correspondientes a intercambios de posibilidades de pesca con terceros países; TAC fuera de la zona del Atlántico nororiental; TAC en aquellos casos en que existe una pesquería no regulada de la misma población (p. ej. bacaladilla antes de 2006); poblaciones para las que se dispone de un dictamen pero no se ha fijado un TAC (p. ej. marrajo sardinero); TAC en los que el instrumento de ordenación primordial ha sido la gestión del esfuerzo (p. ej. lanzón). En los casos en que un TAC cubre dos especies para las que se dispone de evaluación (p. ej. gallos y rape, VII y VIII), el análisis se refiere a la más abundante de las dos especies cubiertas por el TAC.

El método utilizado para recopilar la información relativa a las aguas europeas del Atlántico no se ha modificado con respecto a ediciones anteriores del presente informe, si bien se ha dado un nuevo nombre a algunas columnas de años para reflejar el hecho de que la recopilación de los datos y la realización de las mediciones se efectúan dos años antes del año en que se aplica el dictamen.

Anexo Ib. Situación de las poblaciones con respecto al Frms[14] 

Gráfico 1: Proporciones, por peso desembarcado en la EU, de poblaciones demersales que se explotan al nivel del Frms o por debajo de él (gris claro), por encima del Frms (= sobrepesca) (negro) o cuyo estado se desconoce (ajedrezado). En el mar Mediterráneo, no se ha evaluado íntegramente la proporción de capturas de poblaciones cuyo estado se desconoce, si bien se estima que puede ser del orden del 70 al 85 % de los desembarques. Los títulos de cada recuadro indican los desembarques calculados (t: toneladas; Kt: miles de toneladas).

 Gráfico 2: Proporciones, por peso desembarcado en la EU, de poblaciones pelágicas que se explotan al nivel del Frms o por debajo de él (gris claro), por encima del Frms (= sobrepesca) (negro) o cuyo estado se desconoce (ajedrezado).  En el mar Mediterráneo, no se ha evaluado íntegramente la proporción de capturas de poblaciones cuyo estado se desconoce, si bien se estima que puede ser del orden del 70 al 85 % de los desembarques. Los títulos de cada recuadro indican los desembarques calculados (t: toneladas; Kt: miles de toneladas).

Gráfico 3: Proporciones de poblaciones demersales que se explotan al nivel del Frms o por debajo de él (gris claro), por encima del Frms (= sobrepesca) (negro) o cuyo estado se desconoce (ajedrezado). En el mar Mediterráneo, no se ha evaluado íntegramente la proporción de poblaciones cuyo estado se desconoce.

 Gráfico 4: Proporciones de poblaciones pelágicas que se explotan al nivel del Frms o por debajo de él (gris claro), por encima del Frms (= sobrepesca) (negro) o cuyo estado se desconoce (ajedrezado). En el mar Mediterráneo, no se ha evaluado íntegramente la proporción de poblaciones cuyo estado se desconoce.

El análisis de los gráficos 1-4 cubre el año de los datos de captura más recientes. Para las poblaciones del Mediterráneo, el estado de la población se considera conocido durante un período de hasta tres años después de la última evaluación. 

[1] Reglamento (UE) nº 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la política pesquera común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1954/2003 y (CE) nº 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) nº 2371/2002 y (CE) nº 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo (DO L 354 de 28.12.2013, p. 22).

[2] Directiva 2008/56/CE, DO L 164 de 25.6.2008, pp. 19-40.

[3] Pequeñas pesquerías pelágicas, grandes pesquerías pelágicas, pesquerías de uso industrial, pesquerías de salmón y especies que definan las pesquerías en aguas de la Unión del mar Báltico (artículo 15.1 del Reglamento (UE) nº 1380/2013).

[4] Artículo 16.2 del Reglamento (UE) nº 1380/2013.

[5]http://www.ices.dk/sites/pub/Publication%20Reports/Advice/2014/Special%20Requests/EU_Draft_recommendations_for_the_assessment_of_MSFD_Descriptor3.pdf

[6] En el caso de las poblaciones de aguas profundas, la referencia al año 2015 debe entenderse como referencia al período 2015-2016, ya que las posibilidades de pesca de estas poblaciones se establecen para un período de dos años.

[7] Todas las capturas de especies sujetas a límites de captura, y, en el Mediterráneo, también las capturas de especies sujetas a tallas mínimas, tal como se definen en el anexo III del Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2847/93 y se deroga el Reglamento (CE) nº 1626/94 (DO L 409 de 30.12.2006, p. 11).

[8] Sin perjuicio de las obligaciones internacionales.

[9] En el Mediterráneo, en función de las obligaciones internacionales.

[10] Artículo 15 del Reglamento (UE) nº 1380/2013.

[11] Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo.

[12]             En www.ices.dk puede encontrarse un análisis completo del estado de las poblaciones de peces del Atlántico y aguas adyacentes y, para todas las zonas, en https://stecf.jrc.ec.europa.eu .

[13] Los dictámenes se elaboran utilizando datos y mediciones obtenidos dos años antes del año al que se aplica el dictamen en cuestión.

[14] Análisis preliminar. La Comisión ha solicitado al CCTEP una revisión metodológica.