COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Consulta sobre las posibilidades de pesca para 2015 en el marco de la política pesquera común /* COM/2014/0388 final */
COMUNICACIÓN
DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Consulta
sobre las posibilidades de pesca para 2015 en el marco de la política pesquera
común Introducción Las
posibilidades de pesca para 2015 van a establecerse por primera vez en el marco
de la nueva política pesquera común (PPC)[1]. Su fijación
debe contribuir al logro de los objetivos de la nueva PPC. Unas posibilidades
de pesca decididas en consonancia con el objetivo del rendimiento máximo
sostenible, unidas a los demás instrumentos de gestión contemplados en la nueva
PPC, deben garantizar que las actividades pesqueras sean sostenibles a largo
plazo desde el punto de vista del medio ambiente y se gestionen de forma
coherente, a fin de proporcionar beneficios económicos, sociales y de empleo y
contribuir a la disponibilidad de productos alimentarios. Las
posibilidades de pesca deben fijarse con arreglo al artículo 2, apartado
2, de la PPC, teniendo presente el objetivo de restablecer y mantener
progresivamente las poblaciones de peces por encima de los niveles de biomasa
capaces de producir el rendimiento máximo sostenible (RMS). El objetivo del RMS
debe alcanzarse, cuando sea posible, de aquí a 2015 y de forma progresiva y
gradual en 2020, a más tardar, para todas las poblaciones. Este objetivo
también contribuirá a lograr el buen estado medioambiental en 2020, de
conformidad con lo dispuesto en la Directiva marco sobre la estrategia marina[2] (DMEM)
y la política pesquera común (PPC). Para conseguir
este objetivo, las propuestas de la Comisión se orientarán a lograr que el
impacto de las flotas pesqueras en las poblaciones (mortalidad por pesca) se
sitúe, en el plazo de tiempo más breve que resulte factible, en los niveles
necesarios para que las poblaciones puedan reconstituirse y alcanzar niveles de
biomasa capaces de producir el rendimiento máximo sostenible. Una vez alcanzada
esta meta, la Comisión propondrá, según proceda, medidas que permitan
consolidar esa reconstitución. El año 2015
también será el año en que entre en vigor la obligación de desembarque en
determinadas pesquerías[3].
Las posibilidades de pesca para las poblaciones a las que afecta la obligación
de desembarque deben fijarse teniendo en cuenta el cambio que se produce a unas
posibilidades de pesca que reflejan las capturas en lugar de los desembarques[4],
partiendo de la premisa de que ello no debe poner en peligro el objetivo del
RMS ni dar lugar a un incremento de la mortalidad por pesca en la pesquería. La Comisión
formulará sus propuestas de posibilidades de pesca sobre la base de los mejores
dictámenes científicos disponibles del Consejo Internacional para la
Exploración del Mar (CIEM) y el Comité Científico, Técnico y Económico de Pesca
(CCTEP) acerca del logro del RMS. En el caso de las poblaciones para las que no
se disponga de dictamen, las propuestas de la Comisión se ajustarán al criterio
de precaución, de conformidad con el artículo 2, apartado 2, de la
PPC. A petición de la Comisión, el CIEM ha elaborado un dictamen sobre un marco
de evaluación del buen estado medioambiental (BEM) para las poblaciones de
peces y moluscos que se explotan comercialmente (Descriptor 3 de la DMEM)[5]. Se
continuará trabajando para demostrar de qué manera el RMS contribuye al logro
del BEM y, por consiguiente, garantiza la coherencia entre la aplicación de la
política pesquera común y la de la Directiva marco sobre la estrategia marina. La presente
Comunicación establece los principios en que se asentarán las propuestas de la
Comisión sobre las posibilidades de pesca para 2015[6].
Se invita a las partes interesadas a comunicar sus opiniones a la Comisión a
más tardar el 30.9.2014. El
artículo 50 de la política pesquera común dispone que la Comisión
informará anualmente al Consejo y al Parlamento Europeo de los avances logrados
en la consecución del rendimiento máximo sostenible y de la situación de las
poblaciones de peces. La presente Comunicación tiene también por objeto
facilitar dicha información. La nueva PPC y
las propuestas de TAC para 2015 Gestión mediante planes plurianuales La nueva PPC
requiere la adopción de planes plurianuales. Para resolver el estancamiento
interinstitucional y facilitar el desarrollo y la introducción de los planes
plurianuales previstos en la nueva PPC, se estableció un grupo de trabajo
interinstitucional. Dicho grupo finalizó sus trabajos en abril de 2014 y
presentó un informe a las instituciones europeas. El informe en
cuestión se basa en las disposiciones sobre los planes plurianuales de la nueva
PPC. Estos planes deben proporcionar un marco de gestión sólido y duradero, que
garantice la sostenibilidad de las pesquerías y unos rendimientos elevados y
estables para el sector pesquero, e integrar, al mismo tiempo, un enfoque
ecosistémico de la gestión de la pesca, reduciendo al mínimo los impactos
negativos de las actividades pesqueras en el ecosistema marino. El objetivo del
RMS, y los plazos para alcanzarlo, son elementos fundamentales de los planes.
Dicho objetivo se expresará en intervalos y deberá incluir puntos de referencia
de conservación a efectos de salvaguardia. Las decisiones adoptadas en el marco
de los planes deben basarse en los mejores dictámenes científicos disponibles y
los planes deben facilitar cierta flexibilidad en las decisiones anuales sobre
posibilidades de pesca. En caso necesario, los planes deben permitir la
adopción de medidas de conservación alternativas en relación con determinadas
poblaciones, lo que puede ser objeto de regionalización. En las pesquerías
mixtas, los planes deben identificar las especies que son el eje de las
pesquerías y garantizar que todas las poblaciones se gestionen de conformidad
con el objetivo del RMS. La Comisión
propondrá lo antes posible planes plurianuales a partir de este informe y
analizará la necesidad de adaptar las propuestas de planes existentes sobre la base
de dictámenes científicos actualizados. La Comisión también está considerando
presentar nuevas propuestas para reemplazar los actuales planes de recuperación
o gestión que hayan alcanzado sus objetivos o deban ser sustituidos, con el fin
de adaptarlos a la nueva PPC. Poblaciones para las que se dispone de una
evaluación del RMS El objetivo de
la PPC es alcanzar unos niveles de explotación acordes con el RMS de aquí a
2015, cuando sea posible. Por consiguiente, la Comisión tiene la intención de
proponer en 2015 unos totales admisibles de capturas (TAC) que sean coherentes
con el RMS en lo que respecta al grupo de poblaciones, que no deja de aumentar,
para el que se dispone de evaluaciones y estimaciones del RMS completas. En las
evaluaciones más recientes, ese grupo contaba con 46 poblaciones de interés
primario para la UE en el Atlántico nororiental y el mar Báltico (véase más
abajo y el anexo I). Para el mar Mediterráneo y el mar Negro se han tenido
en cuenta los datos de los tres últimos años, si bien se desconoce el número de
poblaciones no evaluadas que hay en esas cuencas. Únicamente en
caso de que la consecución del RMS de aquí a 2015 pusiese en grave peligro la
viabilidad social y económica de las flotas pesqueras afectadas, resultaría
aceptable posponer más allá de ese año (y no más tarde de 2020) el logro del
objetivo. Esta premisa está en consonancia con la reforma de la PPC. La Comisión
continuará aplicando los planes plurianuales ya existentes y que se ajustan al
RMS. Cuando los planes existentes hayan dejado de poder aplicarse (p. ej.,
porque se ha alcanzado un objetivo distinto del RMS), la Comisión adoptará
propuestas de posibilidades de pesca basándose en el RMS. Una
prioridad de la nueva PPC es la simplificación de la gestión; la Comisión
examinará el valor añadido que puede brindar la gestión a través de la
limitación del esfuerzo pesquero como sistema complementario de los TAC. El
objetivo que se persigue es suprimir aquellos instrumentos de gestión que no
aportan ningún valor añadido en relación con el logro de los objetivos de la
nueva PPC. En cuanto a las
poblaciones para las que se dispone de una evaluación del RMS que se comparten
con terceros países o cuya ordenación corre a cargo de organizaciones
regionales de ordenación pesquera, la Comisión tratará de alcanzar un acuerdo
con nuestros socios en torno al mismo planteamiento. Otras poblaciones Cuando la
información científica sea insuficiente para determinar esos niveles, se
deberán tener en cuenta parámetros aproximados. A este respecto, se contemplan
las cinco situaciones que se indican a continuación. En todos los casos, la
Comisión tiene la intención de presentar propuestas basadas en los dictámenes
científicos, sin poner en peligro las necesidades de conservación de esas poblaciones. Poblaciones
para las que se dispone de datos que permiten determinar valores
representativos del RMS Dicha categoría
de poblaciones está formada por poblaciones con datos abundantes, evaluadas
analíticamente y con previsiones de tendencias. Por lo general, se dispone de
un valor representativo del RMS. El enfoque para fijar los TAC será similar al
adoptado con respecto a las poblaciones con una evaluación completa del RMS. En un futuro
próximo, la Comisión prevé llevar a cabo una nueva evaluación de la necesidad y
las posibilidades de incrementar el conocimiento de estas poblaciones, de
manera que se disponga de una evaluación completa del RMS. Poblaciones
cuyas tendencias se han evaluado mediante estudios o para las que se dispone de
series temporales de capturas que permiten establecer valores representativos
del RMS El dictamen del
CIEM sobre estas poblaciones es únicamente cuantitativo: se proponen límites de
capturas al no disponerse de una evaluación del RMS. Para elaborar sus
propuestas, la Comisión tiene previsto utilizar el dictamen actualizado del
CIEM sobre estas poblaciones y estudiará la situación caso por caso teniendo en
cuenta el criterio de precaución. La Comisión
prevé realizar próximamente una evaluación, población por población, de la
necesidad y de las posibilidades de incrementar el conocimiento de estas
poblaciones, a fin de que sea posible determinar valores representativos del
RMS. Poblaciones que se estiman estables En diciembre de
2013, el Consejo y la Comisión manifestaron su acuerdo sobre la conveniencia de
no modificar los TAC de 25 poblaciones, a menos que los dictámenes científicos
aconsejasen hacerlo. En general, se trata de poblaciones que solo se pescan
como capturas accesorias o presentan un nivel bajo de consumo de cuota, que
tienen escasa importancia económica y sobre cuya situación se dispone de una
información limitada. Poblaciones para las que no se dispone de dictámenes
científicos En los casos en
que no se dispone de dictámenes científicos, debería aplicarse, de conformidad
con el artículo 2, apartado 2, de la PPC, el principio de precaución
de una forma sistemática, previamente definida y transparente. Poblaciones de aguas profundas En 2014, el
Consejo fijará las posibilidades de pesca de las poblaciones de peces de aguas
profundas para los años 2015-2016. Las poblaciones de aguas profundas deben
gestionarse de forma sostenible, habida cuenta del carácter sensible de algunas
de ellas y de la vida marina de aguas profundas. En el caso de muchas
poblaciones, todavía no se dispone de conocimientos y datos suficientes para
llevar a cabo un análisis científico. Por ello es imperativo ajustarse al
criterio de precaución de una forma sistemática, previamente definida y
transparente, en consonancia con el artículo 2, apartado 2, de la
PPC. Al formular sus propuestas, la Comisión tendrá debidamente en cuenta los
compromisos plasmados en la Resolución 61/105 de 2006, la Resolución 64/72 de
2009 y la Resolución 66/68 de 2011 de las Naciones Unidas, así como en las
Directrices Internacionales para la Ordenación de las Pesquerías de Aguas
Profundas en Alta Mar, de la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación (FAO), de 2008. Obligación de desembarcar todas las capturas En 2015, entrará
en vigor la obligación de desembarque en los siguientes casos[7]: ·
pequeñas
pesquerías pelágicas (caballa, arenque, jurel, bacaladilla, ochavo, boquerón,
pejerrey, sardina y espadín), ·
grandes
pesquerías pelágicas[8]
(atún rojo, pez espada[9],
atún blanco, patudo, aguja azul y aguja blanca), ·
pesquerías
con fines industriales (capelán, lanzón, faneca noruega y otros), ·
pesquerías
de salmón en el mar Báltico y ·
a
partir del 1 de enero de 2015, a más tardar, para las especies que definan las
pesquerías y a partir del 1 de enero de 2017, a más tardar, para todas las
demás especies en las pesquerías del mar Báltico. Los Estados
miembros han venido cooperando a nivel regional sobre la aplicación de las
obligaciones de desembarque. El Parlamento y el Consejo están estudiando también
una propuesta de la Comisión para adaptar los reglamentos sobre medidas
técnicas y de control a las normas relativas a la obligación de desembarcar. Para las
pesquerías afectadas, la fijación de las posibilidades de pesca deberá tener en
cuenta el cambio consistente en reflejar las capturas en lugar de los
desembarques. Estos ajustes pueden implicar la realización de adaptaciones de
los TAC en función de la magnitud de los datos sobre el nivel previo de
descartes y de la necesidad de evitar que se incremente la mortalidad por
pesca. La Comisión ha
solicitado al CIEM que, en las evaluaciones de las poblaciones afectadas y las
previsiones de capturas de las mismas, incluya los datos disponibles sobre los
descartes en las pesquerías en cuestión. El CIEM utilizará los datos
disponibles sobre descartes en los últimos años en la medida en que dichos
datos sean validados para su utilización en las evaluaciones y el dictamen para
2015. Se espera que ello dé lugar al ajuste de las posibilidades de pesca para
las poblaciones objeto de la obligación de desembarque en 2015. Es esencial que
tales ajustes sigan siendo compatibles con la consecución del objetivo de RMS. En la nueva PPC
se fomenta que los Estados miembros apliquen proyectos piloto con vistas a
preparar la implantación de la obligación de desembarque, lo que debe hacerse
en el marco de las posibilidades de pesca disponibles. Los Estados miembros
pueden utilizar las cuotas disponibles a nivel nacional en relación con los
proyectos piloto destinados a mejorar los datos. Ello resultará útil para fijar
las posibilidades de pesca después de 2015. La nueva PPC
contempla algunas medidas de flexibilidad adicional que pueden utilizarse en
relación con la gestión de las poblaciones de las pesquerías sujetas a la obligación
de desembarcar[10].
La flexibilidad interanual de las cuotas, la flexibilidad entre especies (las
capturas de una especie puedan deducirse de la cuota de las especies
principales en determinadas condiciones), las exenciones de minimis y
las exenciones correspondientes a especies con altas tasas de supervivencia
resultan pertinentes en relación con las posibilidades de pesca. La información
sobre las disposiciones de flexibilidad se tendrá en cuenta en las futuras
propuestas de posibilidades de pesca. Mar
Mediterráneo El
objetivo de RMS se aplica también a las poblaciones del Mediterráneo, que no se
gestionan mediante TAC. La Comisión y los Estados miembros están revisando si
los objetivos de los planes de gestión nacionales adoptados en el marco del Reglamento
del Mediterráneo[11] son coherentes con el objetivo del
RMS. Se enumeran a continuación los planes actualmente adoptados o que van a
adoptarse próximamente: CROACIA – Arrastreros CROACIA – Redes de cerco con jareta CHIPRE – Arrastreros GRECIA – Cerqueros GRECIA – Arrastreros FRANCIA – Arrastreros FRANCIA – Gangui FRANCIA – Artes de playa ESPAÑA – Arrastreros ESPAÑA – Redes de cerco con jareta ESPAÑA – Redes de tiro desde embarcación (Murcia) ESPAÑA – Redes de tiro desde embarcación (Baleares) ESPAÑA – Redes de tiro desde embarcación (Cataluña) ESPAÑA – Rastras (Andalucía) ITALIA – Redes de cerco (4 planes) ITALIA – Arrastreros (8 planes) ITALIA – Redes de tiro desde embarcación (Liguria-Toscana) ESLOVENIA – Arrastreros ESLOVENIA – Redes de cerco con jareta MALTA – Arrastreros MALTA – Redes de cerco con jareta (2 planes) Evolución del
estado de las poblaciones La sobrepesca se
ha reducido en las aguas europeas del Atlántico, el mar del Norte y el mar
Báltico. En el caso de las poblaciones para las que se dispone de evaluaciones
del RMS, la sobrepesca, que concernía al 94 % de ellas en 2003, afectó al
63 % en 2009 y al 41 % en 2012. Se ha evaluado una proporción cada
vez mayor de poblaciones. El número de
ellas que, con arreglo a las estimaciones disponibles, se pesca a niveles
correspondientes al RMS ha pasado de tan solo 2 en 2003, a 13 en 2009 y a 27 en
2012 (anexo Ia). El número de
poblaciones con evaluaciones completas del RMS aumentó de 34 en 2005 a 35 en
2009 y a 46 en 2014. Se han logrado progresos significativos en el número de
poblaciones para las que se dispone de dictámenes cuantitativos (de 59 en 2003
a 71 en 2014), debido a que el CIEM introdujo nuevos métodos en 2013. Con el rápido
incremento del número de poblaciones evaluadas, se está poniendo de manifiesto
que la sobrepesca sigue siendo frecuente en el Mediterráneo, tal como se
muestra en los gráficos 1 a 3. Deben adoptarse con prontitud medidas eficaces
para eliminar gradualmente la sobrepesca. Gráfico 1. Número
de poblaciones para las que se dispone de evaluaciones de 2007 a 2012, por
subregión mediterránea y mar Negro. Gráfico
2. Número
de poblaciones para las que se dispone de evaluaciones de 2007 a 2012, por
pesquería en el Mediterráneo y en el mar Negro. Gráfico 3. Número de
poblaciones objeto de sobrepesca según las evaluaciones de 2007 a 2012, por
pesquería en el Mediterráneo y en el mar Negro. En el anexo Ic
se presenta una análisis preliminar. En el caso de algunas zonas sólo se evalúa
una parte de los recursos. A pesar de las recientes mejoras, en el Mediterráneo
y en el mar Negro la parte que se desconoce es todavía muy amplia. Los
conocimientos de que se dispone en la actualidad sobre el estado de las
poblaciones de peces se exponen a continuación a nivel regional[12].
Poblaciones pelágicas del Atlántico nororiental La mayoría de
las poblaciones de arenque (mar del Norte, oeste de Escocia, mar de Irlanda y
mar Céltico) se explotan con índices de pesca correspondientes al RMS o dentro
de él. Para 2014, se han fijado en todos los casos unos TAC correspondientes al
RMS. Se ha
deteriorado la situación de algunas otras poblaciones: el jurel occidental y el
arenque del noroeste de Irlanda están sobreexplotados. En el caso de la
caballa, se ha alcanzado un acuerdo entre las Islas Feroe, Noruega y la UE para
realizar una gestión sostenible. El dictamen del CIEM para 2014 indica que la
población puede haber aumentado de forma significativa. Mar del Norte, Skagerrak y Kattegat El
carbonero, la solla, el eglefino y la cigala en el Skagerrak y en Fladen Ground
se explotan en niveles correspondientes al RMS. Todas las demás poblaciones son
objeto de sobrepesca o se desconoce su estado. Pese
al reciente incremento del tamaño de la población y a las reducciones de la
mortalidad por pesca, la población de bacalao del mar del Norte solo se sitúa
escasamente por encima de la biomasa límite y todavía se encuentra lejos del
nivel de precaución. La mortalidad por pesca aún rebasa los niveles del RMS.
Los porcentajes de descartes se han ido reduciendo, si bien siguen
representando en torno al 25 % de los desembarques. En el Kattegat, la
población de bacalao se encuentra en un nivel extremadamente bajo y pueden ser
necesarias nuevas medidas, además de unos TAC y unos niveles de esfuerzo
inferiores. Mar Báltico El
Consejo secundó la posición común de las direcciones de los Estados miembros
bálticos en el Foro BALTFISH sobre la fijación de los TAC en consonancia con
los dictámenes científicos. El
arenque del Báltico central y del mar de Botnia y el espadín del mar Báltico se
explotan en niveles correspondientes al RMS. No obstante, el dictamen más
reciente indica que el índice de mortalidad por pesca previsto por el plan
actual para la población de bacalao del Báltico occidental está lejos del
objetivo del RMS. La población oriental de bacalao presenta una evolución que
hace imposible utilizar los actuales modelos de evaluación. La Comisión
propondrá en 2014 un nuevo plan plurianual para el mar Báltico. Oeste de Escocia, mar de Irlanda y mar Céltico En el oeste de
Escocia, algunas poblaciones de pescado blanco, excepto el eglefino, continúan
en niveles bajos. Los descartes siguen siendo elevados y es necesario actuar al
respecto. Los Estados miembros pusieron en marcha medidas técnicas para reducir
la mortalidad del bacalao y evitar las capturas no deseadas, algunas de las
cuales han dado lugar a una reducción de dichas capturas (por ejemplo, en el
mar de Irlanda). Otras medidas están todavía en curso de evaluación y es necesario
seguir trabajando en ese ámbito. Se han reducido
las posibilidades de pesca en el mar Céltico, pues se están diluyendo los
efectos de algunas altas tasas de reclutamiento de juveniles registradas
recientemente. Siguiendo el dictamen sobre el RMS, se han reducido de manera
sustancial las posibilidades de pesca de bacalao y merlán. El eglefino ha
atravesado un período de menor reclutamiento y los descartes también han
generado problemas. Se revisaron las medidas de selectividad introducidas en
2012 en el mar Céltico, si bien el CCTEP no se ha manifestado de forma
concluyente sobre la contribución de estas medidas a los objetivos de
conservación. Se dispone de un
dictamen basado en el RMS para todas las poblaciones de cigala, con excepción
de una unidad funcional, incluida en la zona de Porcupine Bank, donde sigue
habiendo una veda estacional (un mes) y que dispone de un sub-TAC propio. El CIEM ha
facilitado evaluaciones del RMS para 18 poblaciones, con la recomendación de
reducir, con frecuencia de forma sustancial, las posibilidades de pesca para 14
poblaciones. El dictamen sobre el RMS se ha aplicado a 12 de dichas poblaciones
en lo que concierne a la posibilidades de pesca para 2014. Especies de aguas profundas Para la mayoría
de las poblaciones de aguas profundas no se dispone de proyecciones debido a la
falta de datos. El dictamen emitido recientemente por el CIEM para la mayoría
de las poblaciones propugna la reducción de las pesquerías o el freno a su
expansión en 2015-2016, excepto si se sabe que son sostenibles. Las especies en
situación más preocupante son el reloj anaranjado, los tiburones de aguas
profundas, el besugo y algunas poblaciones de granadero. El CIEM señala que
muchas pesquerías dirigidas a las especies de aguas profundas son pesquerías
mixtas con una proporción relativamente alta de capturas accesorias de especies
no objetivo. Al fijar los TAC relativos a las especies objetivo se debe tener
en cuenta el impacto de estas capturas accesorias. Aguas atlánticas de la Península Ibérica y Golfo de
Vizcaya Se dispone de
pocas evaluaciones de poblaciones para el Golfo de Vizcaya y las aguas
atlánticas de la Península Ibérica. La merluza del sur, el gallo y el rape
están mejorando. Aunque la merluza del sur ha logrado un buen reclutamiento, la
población sigue siendo objeto de sobrepesca y su sostenibilidad a largo plazo
se encuentra en situación de riesgo. Los sistemas de registro de capturas y de
esfuerzo de los Estados miembros fueron auditados por la Comisión en 2012. Se
han acordado medidas de seguimiento y el control está mejorando. La cigala del
Cantábrico sigue siendo objeto de dictámenes que recomiendan el cese de la
pesca. Mediterráneo y mar Negro Entre 2007 y
2012, la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM) y el CCTEP realizaron
más de 300 evaluaciones. El número de poblaciones evaluadas pasó de 29 en 2007
a 104 en 2012. A pesar de ello, el conocimiento que se tiene sigue siendo
limitado, ya que el número total de las poblaciones explotadas comercialmente
es considerablemente más elevado. El número de
poblaciones evaluadas es mayor en las partes central y occidental que en el
este de la cuenca. Se sabe muy poco acerca de la situación de las poblaciones
en las subregiones meridionales. Los niveles de
explotación se sitúan muy por encima de los objetivos del RMS. De 97
poblaciones, el 91 % es objeto de sobrepesca. Las poblaciones demersales
en que la sobrepesca es más frecuente son la merluza europea, el salmonete y el
camarón de altura. La sardina y anchoa son las dos poblaciones de pequeños
pelágicos que comúnmente se sobreexplotan. En el mar Negro,
se conoce la situación de 7 poblaciones y 5 de ellas están sobreexplotadas. De
las poblaciones gestionadas mediante TAC, es objeto de sobrepesca el rodaballo,
mientras que el espadín se ha estado explotando de forma sostenible desde 2007. Poblaciones
de peces altamente migratorios en el océano Atlántico y el mar Mediterráneo Estas
poblaciones incluyen el atún rojo, el atún blanco, el atún tropical, el pez
espada y los marlines, cuya evaluación y gestión corren a cargo de la Comisión
Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA). La mayoría de
las especies de atún son longevas y las evaluaciones no se realizan anualmente.
La información disponible sobre el estado de conservación de las diferentes
poblaciones es diversa y persisten algunas incertidumbres. Las evaluaciones más
recientes (2013) del pez espada del Atlántico pusieron de manifiesto que la
población se ha reconstituido después de haber sido objeto de sobrepesca a
principios de los años 2000. En 2013 también se evaluó el atún blanco del
Atlántico norte. Los índices de mortalidad por pesca se sitúan por debajo del
nivel del RMS, aunque la biomasa de la población aún debe recuperarse para
alcanzar niveles que puedan producir dicho rendimiento. La población de
atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo ha crecido en los últimos
años. La evaluación encierra bastantes incertidumbres, pero la aplicación del
plan de recuperación de la CICAA ha permitido reducir la mortalidad por pesca,
que, según las estimaciones, se encuentra ahora por debajo del nivel del RMS.
Las capturas con arreglo al TAC actual probablemente propiciarán la plena
recuperación de la población a medio plazo. Cambios en la situación económica Los resultados
económicos de las flotas de la UE han mejorado gradualmente en todas las zonas
en los últimos años, con un margen de beneficio neto que ha pasado del 1 %
en 2008 al 6 % en 2011. Aunque los costes aumentaron globalmente en 2011
debido al incremento de los precios de los combustibles, los ingresos
aumentaron en mayor medida. El valor añadido bruto (VAB) generado en 2011 fue
de 3 400 millones EUR (+ 4 % respecto de 2010), el beneficio
bruto fue de 1 300 millones EUR (+ 7 %) y el beneficio neto se situó
en 410 millones de euros (+ 22 %). En 2011, la flota pesquera de la
UE realizó menos desembarques, pero generó un mayor valor de primera venta.
Dado que la flota de la UE es muy diversa, esta tendencia no fue general para
todas las partes de la flota. Experiencias relacionadas con la evolución hacia la
pesca al nivel del RMS A continuación
se exponen algunos ejemplos de la evolución hacia la pesca al nivel del RMS. En la pesquería
de bacalao del mar Báltico, los resultados económicos de las flotas que
dependen de esta especie mejoraron considerablemente con la aplicación del plan
de gestión del bacalao, gracias al cual la pesquería se ha aproximado a una
situación de RMS. Las capturas se mantuvieron aproximadamente estables y empezó
a aumentar el tamaño de las poblaciones, lo que ha supuesto un incremento de la
rentabilidad. Los costes de la actividad extractiva han disminuido, debido a un
menor consumo de combustible y la reducción de los costes de capital. De 2008 a
2011, el valor añadido bruto correspondiente a buques representativos aumentó
en más de un 40 %. Estas flotas generaron en 2011 un beneficio bruto seis
veces mayor que en 2008 y un 40 % mayor que en 2009. Para las
pesquerías de lenguado y solla del mar del Norte, la evolución hacia una pesca
que garantice el RMS significó que la mayoría de las flotas pudieron seguir
siendo rentables incluso con un incremento del 32 % en los costes de
combustible hasta 2011. Este hecho se explica porque los desembarques de solla
se incrementaron en un 51 % de 2008 a 2011, mientras que los costes
asociados a la pesca se redujeron considerablemente al hacerse las poblaciones
más abundantes. La pesquería de
lenguado en la parte occidental del Canal de la Mancha se viene explotando al
nivel del RMS desde 2009. Desde ese año hasta 2013, el tamaño de la población
ha aumentado en un 16 % y las capturas, en un 24 %. Los precios para
el lenguado y otras especies objetivo en el contexto de este plan de gestión
evolucionaron al alza hasta 2011. Una mayor estabilidad de la pesquería puede
haber contribuido a mejorar significativamente las oportunidades de inversión
en las flotas. Calendario El calendario
previsto de los trabajos es el siguiente: Reglamento sobre posibilidades de pesca || Dictámenes || Propuesta de la Comisión || Posible aprobación por el Consejo Poblaciones del Atlántico, el mar del Norte, la región antártica y otras zonas || Finales de junio — finales de octubre || Octubre || Diciembre Mar Báltico || Finales de mayo || Agosto || Octubre Mar Negro || Finales de octubre || Noviembre || Diciembre Aguas profundas || Mayo - junio || Septiembre || Noviembre Conclusión La presente
Comunicación establece, por primera vez después de la entrada en vigor de la
nueva PPC, los principios básicos con respecto a la fijación de posibilidades
de pesca. Se invita a los Estados miembros, los consejos consultivos y las
partes interesadas a reflexionar sobre las orientaciones expuestas y formular
recomendaciones y sugerencias a la Comisión, con el fin de garantizar que las
posibilidades de pesca de 2015 contribuyan a alcanzar los objetivos de la nueva
PPC. ANEXO Ia –Dictámenes
científicos sobre las poblaciones del Atlántico nororiental y aguas adyacentes[13]
Los
límites biológicos de seguridad son pertinentes a efectos de la aplicación del
artículo 15, apartado 8, del Reglamento (UE) nº 1380/2013. * En
comparación con una proporción cada vez mayor de poblaciones que son objeto de
dictámenes cuantitativos. No se incluyen
en el cuadro 5 las poblaciones para las que se facilita un dictamen no
cuantificado. Este análisis no
incluye lo siguiente: especies de aguas profundas, incluidas la maruca, el
brosmio y el ochavo; TAC de capturas accesorias de arenque; TAC vinculados a
otra decisión sobre la misma población (p. ej. carbonero del oeste de Escocia);
TAC correspondientes a intercambios de posibilidades de pesca con terceros
países; TAC fuera de la zona del Atlántico nororiental; TAC en aquellos casos
en que existe una pesquería no regulada de la misma población (p. ej.
bacaladilla antes de 2006); poblaciones para las que se dispone de un dictamen
pero no se ha fijado un TAC (p. ej. marrajo sardinero); TAC en los que el
instrumento de ordenación primordial ha sido la gestión del esfuerzo (p. ej.
lanzón). En los casos en que un TAC cubre dos especies para las que se dispone
de evaluación (p. ej. gallos y rape, VII y VIII), el análisis se refiere a la
más abundante de las dos especies cubiertas por el TAC. El método
utilizado para recopilar la información relativa a las aguas europeas del
Atlántico no se ha modificado con respecto a ediciones anteriores del presente
informe, si bien se ha dado un nuevo nombre a algunas columnas de años para
reflejar el hecho de que la recopilación de los datos y la realización de las
mediciones se efectúan dos años antes del año en que se aplica el dictamen. Anexo Ib. Situación de las poblaciones
con respecto al Frms[14]
Gráfico 1: Proporciones, por peso
desembarcado en la EU, de poblaciones demersales que se explotan al nivel del Frms
o por debajo de él (gris claro), por encima del Frms (= sobrepesca)
(negro) o cuyo estado se desconoce (ajedrezado). En el mar Mediterráneo, no se
ha evaluado íntegramente la proporción de capturas de poblaciones cuyo estado
se desconoce, si bien se estima que puede ser del orden del 70 al 85 % de
los desembarques. Los títulos de cada recuadro indican los desembarques
calculados (t: toneladas; Kt: miles de toneladas). Gráfico
2: Proporciones, por peso desembarcado en la EU, de poblaciones pelágicas que
se explotan al nivel del Frms o por debajo de él (gris claro), por
encima del Frms (= sobrepesca) (negro) o cuyo estado se desconoce
(ajedrezado). En el mar Mediterráneo, no se ha evaluado íntegramente la
proporción de capturas de poblaciones cuyo estado se desconoce, si bien se
estima que puede ser del orden del 70 al 85 % de los desembarques. Los
títulos de cada recuadro indican los desembarques calculados (t: toneladas; Kt:
miles de toneladas). Gráfico 3:
Proporciones de poblaciones demersales que se explotan al nivel del Frms
o por debajo de él (gris claro), por encima del Frms (= sobrepesca)
(negro) o cuyo estado se desconoce (ajedrezado). En el mar Mediterráneo, no se
ha evaluado íntegramente la proporción de poblaciones cuyo estado se desconoce.
Gráfico
4: Proporciones de poblaciones pelágicas que se explotan al nivel del Frms
o por debajo de él (gris claro), por encima del Frms (= sobrepesca)
(negro) o cuyo estado se desconoce (ajedrezado). En el mar Mediterráneo, no se
ha evaluado íntegramente la proporción de poblaciones cuyo estado se desconoce.
El análisis de
los gráficos 1-4 cubre el año de los datos de captura más recientes. Para las
poblaciones del Mediterráneo, el estado de la población se considera conocido
durante un período de hasta tres años después de la última evaluación. [1] Reglamento (UE) nº 1380/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la política pesquera común, por el
que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1954/2003 y (CE)
nº 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) nº 2371/2002
y (CE) nº 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo (DO L
354 de 28.12.2013, p. 22). [2] Directiva 2008/56/CE, DO L 164 de 25.6.2008, pp. 19-40. [3] Pequeñas pesquerías pelágicas, grandes pesquerías pelágicas,
pesquerías de uso industrial, pesquerías de salmón y especies que definan las
pesquerías en aguas de la Unión del mar Báltico (artículo 15.1 del Reglamento
(UE) nº 1380/2013). [4] Artículo 16.2 del Reglamento (UE) nº 1380/2013. [5]http://www.ices.dk/sites/pub/Publication%20Reports/Advice/2014/Special%20Requests/EU_Draft_recommendations_for_the_assessment_of_MSFD_Descriptor3.pdf [6] En el caso de las poblaciones de aguas profundas, la referencia al año
2015 debe entenderse como referencia al período 2015-2016, ya que las
posibilidades de pesca de estas poblaciones se establecen para un período de
dos años. [7] Todas las capturas de especies sujetas a límites de captura, y, en el
Mediterráneo, también las capturas de especies sujetas a tallas mínimas, tal
como se definen en el anexo III del Reglamento (CE) nº 1967/2006 del
Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la
explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo y por
el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2847/93 y se deroga el
Reglamento (CE) nº 1626/94 (DO L 409 de 30.12.2006, p. 11). [8] Sin perjuicio de las obligaciones internacionales. [9] En el Mediterráneo, en función de las obligaciones internacionales. [10] Artículo 15 del Reglamento (UE) nº 1380/2013. [11] Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo. [12] En www.ices.dk puede
encontrarse un análisis completo del estado de las poblaciones de peces del
Atlántico y aguas adyacentes y, para todas las zonas, en https://stecf.jrc.ec.europa.eu . [13] Los dictámenes se elaboran utilizando datos y mediciones obtenidos dos
años antes del año al que se aplica el dictamen en cuestión. [14] Análisis preliminar. La Comisión ha solicitado al CCTEP una revisión
metodológica.