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INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación de la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las estadísticas en materia de ciencia y tecnología /* COM/2014/0211 final */


INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre la aplicación de la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las estadísticas en materia de ciencia y tecnología

RESUMEN

Las estadísticas oficiales sobre ciencia, tecnología e innovación en la Unión Europea se basan en gran medida en la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la producción y desarrollo de estadísticas comunitarias en materia de ciencia y tecnología[1]. La Comisión ha aplicado esta Decisión en estrecha colaboración con los Estados miembros a través de medidas reguladoras, la recopilación voluntaria de datos y los datos producidos por la autoridad estadística de la Unión Europea (Eurostat).

El presente informe evalúa la aplicación de las medidas estadísticas individuales que figuran en el artículo 2 de dicha Decisión. Dichas medidas tienen por objeto crear un sistema de información estadística sobre ciencia, tecnología e innovación que sirva para avalar y supervisar las políticas de la UE. El informe abarca sobre todo los cambios producidos desde el informe anterior, de 2011.

Los Reglamentos (CE) nº 753/2004 y (CE) nº 1450/2004 de la Comisión, por los que se aplica la Decisión nº 1608/2003/CE, regulan dos recopilaciones de datos que realizan regularmente las autoridades estadísticas de los Estados miembros dentro del Sistema Estadístico Europeo (SEE). Las estadísticas de investigación y desarrollo (I+D) e innovación recogidas con arreglo a esos Reglamentos, junto con las estadísticas de recursos humanos en ciencia y tecnología, industrias de alta tecnología, servicios basados en el conocimiento y patentes, han alcanzado de un reconocimiento general y se han convertido en una referencia para el seguimiento de la política de la UE en ciencia, tecnología e innovación.

A partir del año de referencia 2012, las recopilaciones de datos sobre ciencia, tecnología e innovación se situarán gradualmente en el marco del nuevo Reglamento de Ejecución (UE) nº 995/2012 de la Comisión, con efecto a partir de las transmisiones de datos de octubre de 2013. Por consiguiente, los Reglamentos (CE) nº 753/2004 y (CE) nº 1450/2004 de la Comisión han sido derogados.

La calidad de los datos estadísticos tiene cada vez mayor importancia, debido a los requisitos para elaborar y supervisar las políticas y porque a fin de cuentas los objetivos políticos se establecen en función de la información estadística. La Estrategia Europa 2020 se ha fijado como objetivo preciso aumentar los niveles de inversión combinada pública y privada en I+D hasta el 3 % del PIB. Así pues, es de suma importancia que la calidad de las mediciones sea (y siga siendo) de elevada calidad.

Los mencionados Reglamentos de la Comisión por los que se aplica la Decisión nº 1608/2003/CE han mejorado la calidad de los datos de ciencia, tecnología e innovación y han propiciado una mejora continua gradual y una supervisión más estrecha de la calidad de dichos datos. La utilización de la metodología y las normas internacionales, y los debates sobre la pertinencia de los datos en un marco de medición dinámico, deben mantener al día las estadísticas y velar por su óptima calidad.

El desarrollo ulterior del trabajo sobre estadísticas de ciencia, tecnología e innovación tendrá en cuenta las prioridades políticas y el desarrollo del SEE en su conjunto. Habida cuenta de las prioridades establecidas en la Estrategia Europa 2020 y sus medidas de apoyo, se intentará llegar a un equilibrio entre nuevas soluciones y acciones posibles para seguir mejorando las actuales estadísticas de ciencia, tecnología e innovación. El vínculo con otras estadísticas empresariales se verá reforzado al incluir las estadísticas de I+D e innovación en un futuro «Reglamento marco de la integración de las estadísticas empresariales», que el SEE debate actualmente.

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre la aplicación de la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las estadísticas en materia de ciencia y tecnología

1. INTRODUCCIÓN

Este es el tercer informe de aplicación presentado por la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo en virtud del artículo 5 de la Decisión nº 1608/2003/CE (en lo sucesivo, «la Decisión»). El primer informe se adoptó el 14 de diciembre de 2007[2], y el segundo, el 11 de abril de 2011[3].

En este contexto, vale la pena recordar varias iniciativas políticas. En junio de 2010, el Consejo Europeo aprobó la Estrategia Europa 2020 para la creación de empleo y el crecimiento inteligente, sostenible e integrador[4] y confirmó los cinco objetivos principales de la UE, uno de los cuales consiste en mejorar la innovación, la investigación y el desarrollo, aumentando hasta el 3 % del PIB el nivel de inversión combinada pública y privada en I+D.

En su Comunicación de 6 de octubre de 2010, Iniciativa Emblemática Unión por la Innovación[5], la Comisión propuso un nuevo indicador que reflejase la intensidad de la I+D y la innovación, así como un marcador anual de resultados de la innovación en la Unión para supervisar el avance general en el rendimiento de la innovación.

El 17 de julio de 2012, la Comisión adoptó la Comunicación Una asociación del Espacio Europeo de Investigación reforzada en pos de la excelencia y el crecimiento[6]. En ella se piden con urgencia cambios estructurales en toda Europa, asociando a los Estados miembros, las organizaciones de las partes interesadas y la Comisión para presentar a tiempo medidas concretas que permitan elevar el nivel de excelencia del sistema público europeo de investigación. Como parte de esta iniciativa se ha elaborado un sólido mecanismo de seguimiento del Espacio Europeo de Investigación (EEI) basado en indicadores para las acciones de seguimiento de las reformas de la política del EEI y de su aplicación, a fin de ofrecer transparencia al Consejo, al Parlamento Europeo y a la comunidad científica, y de fundamentar las futuras decisiones de la propia Comisión.

Más recientemente, en su Comunicación de 13 de septiembre de 2013[7], la Comisión presentó un indicador para medir los resultados de la innovación. El indicador debe ayudar a los responsables de elaborar las políticas a establecer medidas nuevas o más eficaces que eliminen los obstáculos que impiden que los innovadores traduzcan sus ideas en productos y servicios que puedan comercializar con éxito.

El presente informe hace balance de la aplicación del sistema de información estadística sobre ciencia, tecnología e innovación exigido por la Decisión y comúnmente utilizado para apoyar y controlar las políticas pertinentes de la UE. El informe trata sobre todo la evolución que ha tenido lugar desde el informe anterior, de 2011. La primera parte se centra en la aplicación de las medidas previstas en el artículo 2 de la Decisión. Le siguen varios capítulos sobre la calidad de los datos, el coste y la carga estadística. El último capítulo estudia las acciones futuras.

2. APLICACIÓN DE LA DECISIÓN

2.1. Medidas reguladoras

La Comisión ha aplicado la Decisión mediante medidas reguladoras, la recopilación voluntaria de datos en los Estados miembros y la producción estadística propia de Eurostat.

Lo más importante ha sido que en 2004 entraron en vigor dos reglamentos:

•   el Reglamento (CE) nº 753/2004 de la Comisión[8], centrado sobre todo en las estadísticas de I+D, pero que también trata las estadísticas de recursos humanos en ciencia y tecnología, sobre industrias de alta tecnología y servicios basados en el conocimiento, sobre patentes y sobre otros aspectos científicos y tecnológicos (sin asignar directamente tareas a los Estados miembros ni al SEE en general), y

•   el Reglamento (CE) nº 1450/2004 de la Comisión[9], relativo a las estadísticas de la Unión sobre innovación.

Las estadísticas de I+D e innovación recogidas con arreglo a estos reglamentos de aplicación son objeto del reconocimiento general y se emplean con frecuencia para el seguimiento de las políticas de la UE.

En 2012, los reglamentos de 2004 fueron sustituidos por el Reglamento de Ejecución (UE) nº 995/2012 de la Comisión[10], que también modifica los requisitos detallados para las estadísticas de I+D, otros aspectos científicos y tecnológicos e innovación.

La necesidad de un nuevo reglamento de ejecución se deriva principalmente de la adopción de la Estrategia Europa 2020 y de sus diversas iniciativas emblemáticas, junto con el seguimiento del EEI, que requirió un acuerdo sobre el seguimiento estadístico de las correspondientes políticas de la UE. A fin de mantener en lo posible la máxima pertinencia de los datos sobre ciencia, tecnología e innovación para sus usuarios, resulta esencial que los indicadores utilizados se basen en las estadísticas y variables que producen periódicamente los Estados miembros y, en la medida de lo posible, estén cubiertos por la legislación estadística.

Al establecer las unidades estadísticas requeridas y los informes estándar de calidad, el Reglamento también avanza hacia la armonización de las estadísticas de I+D e innovación y refuerza su vínculo con las estadísticas empresariales generales.

2.2. Principales resultados

Los principales logros en el periodo cubierto por el presente informe son los siguientes:

•   sigue el crecimiento del volumen de datos producidos sobre el gasto y personal en I+D, recogidos en varias dimensiones y desglosados según el Manual de Frascati (OCDE 2002);

•   se alcanza un acuerdo sobre el nuevo desglose de los datos sobre «financiación de la I+D desde el extranjero»;

•   se elabora una metodología para medir la investigación coordinada de forma transnacional en Europa (como parte de los créditos públicos a la I+D);

•   se inicia una recogida más completa de la información sobre la financiación pública de la I+D en TIC del sector empresarial;

•   se prepara la encuesta de 2012 sobre la innovación en la Unión, a partir del Manual de Oslo (OCDE-Eurostat, 2005) para medir los resultados de la innovación de las empresas mediante una metodología armonizada y un cuestionario que incluye un módulo específico sobre las estrategias y los obstáculos para lograr los objetivos de las empresas (aumentar el volumen de negocios, la cuota de mercado o el margen de beneficio y bajar los costes);

•   se facilita el acceso a los datos de la encuesta sobre la innovación en la Unión a nivel de cada empresa («microdatos») mediante el centro de seguridad de Eurostat, y publicarlos en CD-ROM para los investigadores externos (ya se incluyen los datos de 2010);

•   se mejora la calidad y se armonizan los datos sobre ciencia, tecnología e innovación gracias a informes de calidad, y se introducen nuevas medidas de calidad;

•   se comienza a trabajar en la racionalización de las transmisiones de datos y metadatos nacionales, con el objetivo de compartir las herramientas del SEE para apoyar un proceso de producción más eficiente y normalizado;

•   se acelera la publicación de los datos preliminares y definitivos gracias a la mejora de los procesos de producción de datos en el SEE y a protocolos de seguimiento más sólidos;

•   se establece una producción periódica de datos sobre el empleo en actividades intensivas en conocimiento, con arreglo a una metodología acordada para la clasificación de estas actividades;

•   en 2013 empieza la elaboración periódica de estadísticas relativas a las marcas y dibujos europeos;

•   la publicación de She Figures, informe de la Comisión de 2012 sobre el papel de las mujeres en la ciencia, fue facilitada por el desglose por sexos de los datos de I+D y de recursos humanos en ciencia y tecnología, si procede};

•   se actualizan las clasificaciones utilizadas para las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación para ajustarlas a sus versiones revisadas (actividad económica: NACE; comercio: CUCI; enseñanza: CINE; empleo: CIUO; territorios: NUTS).

El principal modo de difusión de los datos sobre ciencia, tecnología e innovación y de la documentación correspondiente es la base de datos en línea de Eurostat (Eurobase). La Comisión también difunde los datos sobre ciencia, tecnología e innovación mediante varios informes políticos, como los referidos a la Estrategia Europa 2020 y al EEI.

2.3. Aplicación de las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación      en los Estados miembros

Las recopilaciones de datos nacionales han sido reajustadas y lo seguirán siendo para cumplir los requisitos de los datos revisados del Reglamento de Ejecución (UE) nº 995/2012. En diciembre de 2013 se solicitaron por primera vez nuevos datos sobre los créditos públicos a la I+D; en junio de 2014 para la innovación, y en junio de 2015 para la I+D. Parte de esta labor ya se inició durante la fase experimental de las recopilaciones de datos nuevas o revisadas.

El cumplimiento por los Estados miembros de los requisitos para el suministro de los datos obligatorios ha sido muy satisfactorio, y se ha controlado cada año con dos presentaciones oficiales de informes. Por ejemplo, solo en un Estado miembro han faltado datos de I+D provisionales en 2013 (frente a dos en 2011 y a tres en 2012). Esta mejora de la situación permitió publicar en 2012 y 2013 el indicador del objetivo de I+D respectivamente dieciséis y catorce días después del final del plazo obligatorio de entrega (31 de octubre). Antes se tardaba entre treinta y cuarenta días. Los problemas de cobertura y los retrasos en la transmisión de datos se han limitado a fallos aislados de los sistemas nacionales de producción de datos: escasez transitoria de recursos o gran reestructuración del sistema de producción.

3. CALIDAD DE LOS DATOS

La calidad de los datos estadísticos sobre ciencia, tecnología e innovación viene marcada por el Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas[11]. Incluye quince principios fundamentales, varios de los cuales se refieren a las condiciones institucionales generales (independencia profesional o adecuación de los recursos) de las autoridades de los Estados miembros y las organizaciones que contribuyen a la calidad general de las estadísticas europeas. Otros principios, como una metodología sólida establecida en manuales, están establecidos a nivel internacional de las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación, y son evaluados con frecuencia conjuntamente con los Estados miembros. Varios principios de calidad directamente relacionados con las encuestas sobre ciencia, tecnología e innovación (entre otros, exactitud, coherencia y comparabilidad) son objeto de evaluación en informes periódicos de calidad.

Desde 2007, Eurostat recaba informes nacionales de calidad sobre las estadísticas de I+D y de créditos públicos a la I+D, y desde 2004 encuestas bienales sobre innovación. No se han encontrado graves deficiencias. Sin embargo, en el caso de las estadísticas de I+D, algunos trabajos de seguimiento se han llevado a cabo como planes de acción nacionales de mejora de la calidad de esas estadísticas (en 2011), sobre todo en lo que respecta a mejorar la identificación y a actualizar periódicamente la población marco de los agentes de la I+D (empresas de las que se sabe o se supone que llevan a cabo I+D). Los retos de la encuesta sobre innovación están principalmente relacionados con cuestiones de medición. Son necesarios esfuerzos constantes para transmitir a las empresas, de modo conciso pero preciso, qué se les pregunta (productos y procesos nuevos o significativamente mejorados) y para animarles a tratar la información deseada. Del mismo modo, sigue siendo difícil cuantificar el volumen de negocios de productos innovadores y los gastos en innovación.

Una síntesis de los informes de calidad de la encuesta sobre innovación se publica en una base de datos en línea, junto con los datos. El Reglamento (UE) nº 995/2012 obliga, entre otras cosas, a presentar los informes de calidad de los datos a partir de 2013.

4. COSTES Y CARGAS

4.1. Estadísticas de ciencia, tecnología e innovación en el marco del SEE

Los análisis generales más recientes de Eurostat sobre la carga de respuesta y los costes de producción en los Estados miembros, que se puso en marcha en 2010, evaluó los costes de producir estadísticas de ciencia, tecnología e innovación (I+D e innovación) como «medios», y la carga de respuesta como «media/alta». En esta evaluación, las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación coincidían con la mayor parte de sectores estadísticos que formaban parte del ejercicio general de evaluación, con costes de producción algo menores y carga de respuesta algo mayor que en las estadísticas empresariales en general.

4.2. Recoger información detallada sobre costes y cargas

Periódicamente se intenta recoger datos sobre costes y cargas de la producción de datos de ciencia, tecnología e innovación. El informe de calidad requería cifras exactas, pero los datos coherentes que permiten comparar o evaluar los costes generales resultan difíciles de obtener. Muchos Estados miembros piensan que no será posible separar el coste de las encuestas y la producción de datos de I+D e innovación del de otras estadísticas empresariales o del de actividades similares realizadas únicamente con fines nacionales. Cuando se dispone de datos, las métodos de información que varían entre los Estados miembros, así como entre instituciones de los Estados miembros, excluyen la comparación significativa o la publicación de previsiones de costes por separado.

Habida cuenta de todo ello, la carga media calculada en función del tiempo que se tarda en rellenar un cuestionario sobre I+D en el sector empresarial durante el periodo de referencia de 2009 varía de 0,3 a 6 horas en trece de los quince Estados miembros en los que se dispone de datos. Un valor excepcional de 11 horas fue invocado por dos Estados miembros. Otros sectores económicos disponen de muchos menos datos, pero el tiempo que se tarda en rellenar un cuestionario sobre I+D en el sector público y en el de la educación superior parece ser mayor que en el empresarial, si bien es cierto que sin una gran diferencia.

Por lo que se refiere a la encuesta de la Unión sobre la innovación, la información que figura en los informes de calidad procedente de las encuestas de 2008 y 2010 revela que el tiempo empleado por las empresas innovadoras para rellenar el cuestionario varió entre 0,48 y más de 3 horas. Solo dos países dijeron que en 2010 se necesitó más tiempo que en 2008 para rellenar el cuestionario. En 2010, las empresas no innovadoras pasaron entre 0,24 y 1,85 horas para rellenar el cuestionario. Cuatro países sobre diez comunicaron costes más elevados en 2010 que en 2008; cinco tuvieron costes más bajos y uno tuvo los mismos costes en ambos años.

4.3. Eurostat cofinancia la recogida de datos de ciencia, tecnología e innovación           en los Estados miembros

Las convocatorias de propuestas de subvención en 2006 y 2009 fueron seguidas de varias solicitudes con cargo al presupuesto de la Comisión de 2011 para cofinanciar las partes no obligatorias de la recogida de datos de I+D o innovación, o para estudiar la posibilidad de desarrollar nuevos indicadores o financiar las encuestas sobre la carrera profesional de los titulares de un doctorado. En 2011, el importe total de los compromisos financieros para estadísticas de ciencia, tecnología e innovación fue de 1 019 974 EUR en trece Estados miembros y Noruega.

Los Programas Multibeneficiarios PHARE de Cooperación Estadística, el Programa Multibeneficiarios del Mecanismo de Transición para la integración estadística y el Instrumento de Ayuda Preadhesión (programas de 2004 a 2011) supusieron una cofinanciación por un importe total de 1 518 105 EUR para encuestas de I+D e innovación y sobre la carrera de los titulares de un doctorado, en terceros países asociados y Estados miembros que se adhirieron a la UE en 2004 o posteriormente.

5. DESARROLLO FUTURO DE LAS ESTADÍSTICAS DE CIENCIA,        TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

5.1. Evolución del entorno

La Comunicación de la Comisión sobre el método de elaboración de las estadísticas de la UE[12] insta a aplicar una metodología más integrada e inteligente a la producción estadística. Ello incluye integrar las herramientas estadísticas, utilizar más las fuentes administrativas y simplificar y mejorar el entorno normativo a fin de obtener datos estadísticos más ricos y de naturaleza prospectiva, aumentar la productividad y reducir la carga de trabajo de la respuesta.

Ahora que las normas de desarrollo de las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación se han presentado de forma más coherente en el Reglamento (UE) nº 995/2012, el siguiente paso será reforzar el vínculo con otras estadísticas empresariales mediante la inclusión de las estadísticas I+D e innovación en un futuro «Reglamento marco de integración de las estadísticas empresariales» que el SEE debate actualmente. Esto representará la próxima oportunidad de revaluar el contenido obligatorio de los datos de I+D e innovación.

En varias ocasiones en los últimos años, las autoridades estadísticas nacionales han señalado que su falta de recursos plantea serias dudas sobre su capacidad para cumplir requisitos actuales o nuevos del SEE. Así pues, resulta más acuciante que nunca fijar prioridades para las operaciones estadísticas actuales y futuras.

5.2. Mejorar y evaluar las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación

Las estadísticas deben ser sólidas y adecuadas a su objetivo. Las actuales compilaciones de datos, sobre todo de I+D e innovación, deben conservar su pertinencia y calidad al someterse a controles periódicos de conformidad y a la elaboración sistemática de informes de calidad. Ello reviste aún más importancia en un momento en que la Estrategia Europa 2020 va a supervisarse parcialmente mediante indicadores de ciencia, tecnología e innovación.

Deben proseguirse los esfuerzos para que los datos subyacentes sean comunicados por todos los agentes de la I+D (o al menos estimados cuando proceda, tanto si son previamente conocidos como si no) y para que abarquen todos los sectores y subsectores económicos y todos los tamaños de unidades operativas de modo que reflejen la presencia total del I+D (gasto y personal) en la economía en un momento dado.

Deben evaluarse las estadísticas europeas de innovación para saber si ampliar su cobertura a todas las actividades empresariales y al conjunto de la economía añadiría nueva información suficiente para justificar los recursos adicionales necesarios, y si ello sería metodológicamente viable.

Como para todas las nuevas tareas, las nuevas estadísticas de ciencia, tecnología e innovación deben mejorarse, cuando sea en provecho mutuo, en colaboración con la OCDE y otras organizaciones internacionales con las que ya se ha intensificado la coordinación. Esto incluye proseguir la tarea de revisar los manuales de referencia metodológica.

5.3. Nuevos indicadores y nuevas utilizaciones

Responder a las nuevas necesidades de los usuarios es especialmente difícil en el actual entorno del SEE, sobre todo a la vista de los presupuestos más reducidos. La comunidad de usuarios va a pedir cada vez con mayor frecuencia nuevos indicadores y nuevas fuentes de datos. Los proyectos que no se ajusten a las fuentes de datos existentes, a saber, la creación de nuevos indicadores, la búsqueda de nuevas fuentes de datos o incluso la realización de desgloses más precisos (lo que requerirá mayores muestras o mayor trabajo metodológico) solo se llevarán a cabo previa rigurosa selección y, en la medida de lo posible, de un análisis de coste/beneficio. En este contexto, también se realizarán estudios de viabilidad y encuestas piloto.

Una mayor internacionalización de la I+D, la innovación y otras actividades empresariales supone, en términos generales, una mayor dificultad para producir estadísticas de ciencia, tecnología e innovación en la actualidad y en el futuro. Esto se refiere tanto a obtener nuevos datos estadísticos sobre la internacionalización como a tratar las encuestas empresariales en un mundo cada vez más globalizado y complejo.

El Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC 2010)[13] es el marco contable de la UE más reciente compatible a escala internacional para una descripción detallada y sistemática de la economía. Se aplicará a partir de septiembre de 2014. Una importante diferencia con respecto a la versión anterior (SEC 95) es que reconoce la I+D como formación de capital, y no como consumo intermedio. En otras palabras, las actividades de I+D, en lugar de representar el consumo intermedio de la producción principal de una empresa, se reconocen ahora como producción por derecho propio y dan lugar a un aumento del PIB de los países. Esta modificación introduce nuevos requisitos para una medición más detallada y extensa de la I+D. En cuanto a la revisión del Manual de Frascati de la OCDE, se está debatiendo ahora en qué medida las encuestas de I+D pueden contribuir al trabajo de capitalización de la I+D y qué modificaciones podrían introducirse.

[1]               Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la producción y desarrollo de estadísticas comunitarias en materia de ciencia y tecnología (DO L 230 de 16.9.2003, p. 1).

[2]           Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la aplicación de la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, COM(2007) 801.

[3]               Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación de la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la producción y desarrollo de estadísticas comunitarias en materia de ciencia y tecnología, COM(2011) 184.

[4]               Conclusiones del Consejo Europeo de 17 de junio de 2010, CO EUR 9, CONCL 2.

[5]               Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Iniciativa emblemática de Europa 2020. Unión por la innovación, COM(2010) 546.

[6]               Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de la Regiones: Una asociación del Espacio Europeo de Investigación reforzada en pos de la excelencia y el crecimiento, COM(2012) 392 final.

[7]               Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Medir los resultados de la innovación en Europa: hacia un nuevo indicador, COM(2013) 624 final.

[8]               Reglamento (CE) nº 753/2004 de la Comisión, de 22 de abril de 2004, por el que se aplica la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las estadísticas sobre ciencia y tecnología (DO L 118 de 23.4.2004, p. 23).

[9]               Reglamento (CE) nº 1450/2004 de la Comisión, de 13 de agosto de 2004, por el que se aplica la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la producción y el desarrollo de estadísticas comunitarias sobre innovación (DO L 267 de 14.8.2004, p. 32).

[10]             Reglamento de Ejecución (UE) nº 995/2012 de la Comisión, de 26 de octubre de 2012, por el que se establecen disposiciones de ejecución de la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la producción y desarrollo de estadísticas comunitarias en materia de ciencia y tecnología (DO L 299 de 27.10.2012, p. 18).

[11]         Recomendación de la Comisión relativa a la independencia, la integridad y la responsabilidad de las autoridades estadísticas de los Estados miembros y de la Comunidad, COM(2005) 217.

[12]             Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el método de elaboración de las estadísticas de la UE : una visión para la próxima década, COM(2009) 404.

[13]             Reglamento (UE) nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (DO L 174 de 26.6.2013, p. 1).