INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación de la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las estadísticas en materia de ciencia y tecnología /* COM/2014/0211 final */
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO
EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación de la Decisión nº 1608/2003/CE
del Parlamento Europeo
y del Consejo, relativa a las estadísticas en materia de ciencia y tecnología RESUMEN Las
estadísticas oficiales sobre ciencia, tecnología e innovación en la Unión
Europea se basan en gran medida en la Decisión nº 1608/2003/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la
producción y desarrollo de estadísticas comunitarias en materia de ciencia y
tecnología[1].
La Comisión ha aplicado esta Decisión en estrecha colaboración con los Estados
miembros a través de medidas reguladoras, la recopilación voluntaria de datos y
los datos producidos por la autoridad estadística de la Unión Europea
(Eurostat). El presente
informe evalúa la aplicación de las medidas estadísticas individuales que
figuran en el artículo 2 de dicha Decisión. Dichas medidas tienen por
objeto crear un sistema de información estadística sobre ciencia, tecnología e
innovación que sirva para avalar y supervisar las políticas de la UE. El
informe abarca sobre todo los cambios producidos desde el informe anterior, de
2011. Los
Reglamentos (CE) nº 753/2004 y (CE) nº 1450/2004 de la Comisión, por
los que se aplica la Decisión nº 1608/2003/CE, regulan dos recopilaciones
de datos que realizan regularmente las autoridades estadísticas de los Estados
miembros dentro del Sistema Estadístico Europeo (SEE). Las estadísticas de
investigación y desarrollo (I+D) e innovación recogidas con arreglo a esos
Reglamentos, junto con las estadísticas de recursos humanos en ciencia y
tecnología, industrias de alta tecnología, servicios basados en el conocimiento
y patentes, han alcanzado de un reconocimiento general y se han convertido en
una referencia para el seguimiento de la política de la UE en ciencia,
tecnología e innovación. A partir del
año de referencia 2012, las recopilaciones de datos sobre ciencia, tecnología e
innovación se situarán gradualmente en el marco del nuevo Reglamento de
Ejecución (UE) nº 995/2012 de la Comisión, con efecto a partir de las
transmisiones de datos de octubre de 2013. Por consiguiente, los Reglamentos
(CE) nº 753/2004 y (CE) nº 1450/2004 de la Comisión han sido
derogados. La calidad de
los datos estadísticos tiene cada vez mayor importancia, debido a los
requisitos para elaborar y supervisar las políticas y porque a fin de cuentas
los objetivos políticos se establecen en función de la información estadística.
La Estrategia Europa 2020 se ha fijado como objetivo preciso aumentar los
niveles de inversión combinada pública y privada en I+D hasta el 3 % del
PIB. Así pues, es de suma importancia que la calidad de las mediciones sea (y
siga siendo) de elevada calidad. Los
mencionados Reglamentos de la Comisión por los que se aplica la Decisión
nº 1608/2003/CE han mejorado la calidad de los datos de ciencia,
tecnología e innovación y han propiciado una mejora continua gradual y una
supervisión más estrecha de la calidad de dichos datos. La utilización de la
metodología y las normas internacionales, y los debates sobre la pertinencia de
los datos en un marco de medición dinámico, deben mantener al día las
estadísticas y velar por su óptima calidad. El desarrollo
ulterior del trabajo sobre estadísticas de ciencia, tecnología e innovación tendrá
en cuenta las prioridades políticas y el desarrollo del SEE en su conjunto.
Habida cuenta de las prioridades establecidas en la Estrategia Europa 2020 y
sus medidas de apoyo, se intentará llegar a un equilibrio entre nuevas
soluciones y acciones posibles para seguir mejorando las actuales estadísticas
de ciencia, tecnología e innovación. El vínculo con otras estadísticas
empresariales se verá reforzado al incluir las estadísticas de I+D e innovación
en un futuro «Reglamento marco de la integración de las estadísticas
empresariales», que el SEE debate actualmente. INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación de la Decisión nº 1608/2003/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las estadísticas en materia de ciencia
y tecnología 1.
INTRODUCCIÓN Este es el
tercer informe de aplicación presentado por la Comisión al Parlamento Europeo y
al Consejo en virtud del artículo 5 de la Decisión nº 1608/2003/CE
(en lo sucesivo, «la Decisión»). El primer informe se adoptó el 14 de diciembre
de 2007[2],
y el segundo, el 11 de abril de 2011[3]. En este
contexto, vale la pena recordar varias iniciativas políticas. En junio de 2010,
el Consejo Europeo aprobó la Estrategia Europa 2020 para la creación de empleo
y el crecimiento inteligente, sostenible e integrador[4] y confirmó
los cinco objetivos principales de la UE, uno de los cuales consiste en mejorar
la innovación, la investigación y el desarrollo, aumentando hasta el 3 %
del PIB el nivel de inversión combinada pública y privada en I+D. En su
Comunicación de 6 de octubre de 2010, Iniciativa Emblemática Unión por la
Innovación[5],
la Comisión propuso un nuevo indicador que reflejase la intensidad de la I+D y
la innovación, así como un marcador anual de resultados de la innovación en la
Unión para supervisar el avance general en el rendimiento de la innovación. El 17 de
julio de 2012, la Comisión adoptó la Comunicación Una asociación del Espacio
Europeo de Investigación reforzada en pos de la excelencia y el crecimiento[6]. En ella se
piden con urgencia cambios estructurales en toda Europa, asociando a los
Estados miembros, las organizaciones de las partes interesadas y la Comisión
para presentar a tiempo medidas concretas que permitan elevar el nivel de
excelencia del sistema público europeo de investigación. Como parte de esta
iniciativa se ha elaborado un sólido mecanismo de seguimiento del Espacio
Europeo de Investigación (EEI) basado en indicadores para las acciones de
seguimiento de las reformas de la política del EEI y de su aplicación, a fin de
ofrecer transparencia al Consejo, al Parlamento Europeo y a la comunidad
científica, y de fundamentar las futuras decisiones de la propia Comisión. Más
recientemente, en su Comunicación de 13 de septiembre de 2013[7], la
Comisión presentó un indicador para medir los resultados de la innovación. El
indicador debe ayudar a los responsables de elaborar las políticas a establecer
medidas nuevas o más eficaces que eliminen los obstáculos que impiden que los
innovadores traduzcan sus ideas en productos y servicios que puedan
comercializar con éxito. El presente
informe hace balance de la aplicación del sistema de información estadística
sobre ciencia, tecnología e innovación exigido por la Decisión y comúnmente
utilizado para apoyar y controlar las políticas pertinentes de la UE. El
informe trata sobre todo la evolución que ha tenido lugar desde el informe
anterior, de 2011. La primera parte se centra en la aplicación de las medidas
previstas en el artículo 2 de la Decisión. Le siguen varios capítulos sobre
la calidad de los datos, el coste y la carga estadística. El último capítulo
estudia las acciones futuras. 2.
APLICACIÓN DE LA DECISIÓN 2.1. Medidas
reguladoras La Comisión
ha aplicado la Decisión mediante medidas reguladoras, la recopilación
voluntaria de datos en los Estados miembros y la producción estadística propia
de Eurostat. Lo más
importante ha sido que en 2004 entraron en vigor dos reglamentos: • el Reglamento (CE) nº 753/2004 de la Comisión[8], centrado
sobre todo en las estadísticas de I+D, pero que también trata las estadísticas
de recursos humanos en ciencia y tecnología, sobre industrias de alta
tecnología y servicios basados en el conocimiento, sobre patentes y sobre otros
aspectos científicos y tecnológicos (sin asignar directamente tareas a los
Estados miembros ni al SEE en general), y • el Reglamento (CE) nº 1450/2004 de la
Comisión[9],
relativo a las estadísticas de la Unión sobre innovación. Las
estadísticas de I+D e innovación recogidas con arreglo a estos reglamentos de
aplicación son objeto del reconocimiento general y se emplean con frecuencia
para el seguimiento de las políticas de la UE. En 2012, los reglamentos de 2004 fueron
sustituidos por el Reglamento de Ejecución (UE) nº 995/2012 de la Comisión[10], que
también modifica los requisitos detallados para las estadísticas de I+D, otros
aspectos científicos y tecnológicos e innovación. La necesidad
de un nuevo reglamento de ejecución se deriva principalmente de la adopción de
la Estrategia Europa 2020 y de sus diversas iniciativas emblemáticas, junto con
el seguimiento del EEI, que requirió un acuerdo sobre el seguimiento
estadístico de las correspondientes políticas de la UE. A fin de mantener en lo
posible la máxima pertinencia de los datos sobre ciencia, tecnología e
innovación para sus usuarios, resulta esencial que los indicadores utilizados
se basen en las estadísticas y variables que producen periódicamente los
Estados miembros y, en la medida de lo posible, estén cubiertos por la
legislación estadística. Al establecer
las unidades estadísticas requeridas y los informes estándar de calidad, el
Reglamento también avanza hacia la armonización de las estadísticas de I+D e
innovación y refuerza su vínculo con las estadísticas empresariales generales. 2.2. Principales
resultados Los principales
logros en el periodo cubierto por el presente informe son los siguientes: • sigue el crecimiento del volumen de datos
producidos sobre el gasto y personal en I+D, recogidos en varias dimensiones y
desglosados según el Manual de Frascati (OCDE 2002); • se alcanza un acuerdo sobre el nuevo desglose de
los datos sobre «financiación de la I+D desde el extranjero»; • se elabora una metodología para medir la
investigación coordinada de forma transnacional en Europa (como parte de los
créditos públicos a la I+D); • se inicia una recogida más completa de la
información sobre la financiación pública de la I+D en TIC del sector
empresarial; • se prepara la encuesta de 2012 sobre la innovación
en la Unión, a partir del Manual de Oslo (OCDE-Eurostat, 2005) para medir los
resultados de la innovación de las empresas mediante una metodología armonizada
y un cuestionario que incluye un módulo específico sobre las estrategias y los
obstáculos para lograr los objetivos de las empresas (aumentar el volumen de
negocios, la cuota de mercado o el margen de beneficio y bajar los costes); • se facilita el acceso a los datos de la encuesta
sobre la innovación en la Unión a nivel de cada empresa («microdatos») mediante
el centro de seguridad de Eurostat, y publicarlos en CD-ROM para los
investigadores externos (ya se incluyen los datos de 2010); • se mejora la calidad y se armonizan los datos
sobre ciencia, tecnología e innovación gracias a informes de calidad, y se
introducen nuevas medidas de calidad; • se comienza a trabajar en la racionalización de
las transmisiones de datos y metadatos nacionales, con el objetivo de compartir
las herramientas del SEE para apoyar un proceso de producción más eficiente y
normalizado; • se acelera la publicación de los datos
preliminares y definitivos gracias a la mejora de los procesos de producción de
datos en el SEE y a protocolos de seguimiento más sólidos; • se establece una producción periódica de datos
sobre el empleo en actividades intensivas en conocimiento, con arreglo a una
metodología acordada para la clasificación de estas actividades; • en 2013 empieza la elaboración periódica de
estadísticas relativas a las marcas y dibujos europeos; • la publicación de She Figures, informe de
la Comisión de 2012 sobre el papel de las mujeres en la ciencia, fue facilitada
por el desglose por sexos de los datos de I+D y de recursos humanos en ciencia
y tecnología, si procede}; • se actualizan las clasificaciones utilizadas para
las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación para ajustarlas a sus versiones
revisadas (actividad económica: NACE; comercio: CUCI; enseñanza: CINE; empleo:
CIUO; territorios: NUTS). El principal
modo de difusión de los datos sobre ciencia, tecnología e innovación y de la
documentación correspondiente es la base de datos en línea de Eurostat
(Eurobase). La Comisión también difunde los datos sobre ciencia, tecnología e
innovación mediante varios informes políticos, como los referidos a la
Estrategia Europa 2020 y al EEI. 2.3. Aplicación
de las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación
en los Estados miembros Las
recopilaciones de datos nacionales han sido reajustadas y lo seguirán siendo
para cumplir los requisitos de los datos revisados del Reglamento de Ejecución
(UE) nº 995/2012. En diciembre de 2013 se solicitaron por primera vez
nuevos datos sobre los créditos públicos a la I+D; en junio de 2014 para la
innovación, y en junio de 2015 para la I+D. Parte de esta labor ya se inició
durante la fase experimental de las recopilaciones de datos nuevas o revisadas. El cumplimiento
por los Estados miembros de los requisitos para el suministro de los datos
obligatorios ha sido muy satisfactorio, y se ha controlado cada año con dos
presentaciones oficiales de informes. Por ejemplo, solo en un Estado miembro
han faltado datos de I+D provisionales en 2013 (frente a dos en 2011 y a tres
en 2012). Esta mejora de la situación permitió publicar en 2012 y 2013 el
indicador del objetivo de I+D respectivamente dieciséis y catorce días después
del final del plazo obligatorio de entrega (31 de octubre). Antes se tardaba
entre treinta y cuarenta días. Los problemas de cobertura y los retrasos en la
transmisión de datos se han limitado a fallos aislados de los sistemas
nacionales de producción de datos: escasez transitoria de recursos o gran
reestructuración del sistema de producción. 3. CALIDAD
DE LOS DATOS La calidad de
los datos estadísticos sobre ciencia, tecnología e innovación viene marcada por
el Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas[11]. Incluye
quince principios fundamentales, varios de los cuales se refieren a las
condiciones institucionales generales (independencia profesional o adecuación
de los recursos) de las autoridades de los Estados miembros y las
organizaciones que contribuyen a la calidad general de las estadísticas
europeas. Otros principios, como una metodología sólida establecida en
manuales, están establecidos a nivel internacional de las estadísticas de
ciencia, tecnología e innovación, y son evaluados con frecuencia conjuntamente
con los Estados miembros. Varios principios de calidad directamente
relacionados con las encuestas sobre ciencia, tecnología e innovación (entre
otros, exactitud, coherencia y comparabilidad) son objeto de evaluación en
informes periódicos de calidad. Desde 2007,
Eurostat recaba informes nacionales de calidad sobre las estadísticas de I+D y
de créditos públicos a la I+D, y desde 2004 encuestas bienales sobre
innovación. No se han encontrado graves deficiencias. Sin embargo, en el caso
de las estadísticas de I+D, algunos trabajos de seguimiento se han llevado a
cabo como planes de acción nacionales de mejora de la calidad de esas
estadísticas (en 2011), sobre todo en lo que respecta a mejorar la
identificación y a actualizar periódicamente la población marco de los agentes
de la I+D (empresas de las que se sabe o se supone que llevan a cabo I+D). Los
retos de la encuesta sobre innovación están principalmente relacionados con
cuestiones de medición. Son necesarios esfuerzos constantes para transmitir a
las empresas, de modo conciso pero preciso, qué se les pregunta (productos y
procesos nuevos o significativamente mejorados) y para animarles
a tratar la información deseada. Del mismo modo, sigue siendo difícil
cuantificar el volumen de negocios de productos innovadores y los gastos en
innovación. Una síntesis
de los informes de calidad de la encuesta sobre innovación se publica en una
base de datos en línea, junto con los datos. El Reglamento (UE)
nº 995/2012 obliga, entre otras cosas, a presentar los informes de calidad
de los datos a partir de 2013. 4. COSTES
Y CARGAS 4.1. Estadísticas
de ciencia, tecnología e innovación en el marco del SEE Los análisis
generales más recientes de Eurostat sobre la carga de respuesta y los costes de
producción en los Estados miembros, que se puso en marcha en 2010, evaluó los
costes de producir estadísticas de ciencia, tecnología e innovación (I+D e
innovación) como «medios», y la carga de respuesta como «media/alta». En esta
evaluación, las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación coincidían con
la mayor parte de sectores estadísticos que formaban parte del ejercicio
general de evaluación, con costes de producción algo menores y carga de
respuesta algo mayor que en las estadísticas empresariales en general. 4.2. Recoger
información detallada sobre costes y cargas Periódicamente
se intenta recoger datos sobre costes y cargas de la producción de datos de
ciencia, tecnología e innovación. El informe de calidad requería cifras
exactas, pero los datos coherentes que permiten comparar o evaluar los costes
generales resultan difíciles de obtener. Muchos Estados miembros piensan que no
será posible separar el coste de las encuestas y la producción de datos de I+D
e innovación del de otras estadísticas empresariales o del de actividades
similares realizadas únicamente con fines nacionales. Cuando se dispone de
datos, las métodos de información que varían entre los Estados miembros, así
como entre instituciones de los Estados miembros, excluyen la comparación
significativa o la publicación de previsiones de costes por separado. Habida cuenta
de todo ello, la carga media calculada en función del tiempo que se tarda en
rellenar un cuestionario sobre I+D en el sector empresarial durante el periodo
de referencia de 2009 varía de 0,3 a 6 horas en trece de los quince Estados
miembros en los que se dispone de datos. Un valor excepcional de 11 horas fue
invocado por dos Estados miembros. Otros sectores económicos disponen de muchos
menos datos, pero el tiempo que se tarda en rellenar un cuestionario sobre I+D
en el sector público y en el de la educación superior parece ser mayor que en
el empresarial, si bien es cierto que sin una gran diferencia. Por lo que se
refiere a la encuesta de la Unión sobre la innovación, la información que
figura en los informes de calidad procedente de las encuestas de 2008 y 2010
revela que el tiempo empleado por las empresas innovadoras para rellenar el
cuestionario varió entre 0,48 y más de 3 horas. Solo dos países dijeron que en
2010 se necesitó más tiempo que en 2008 para rellenar el cuestionario. En 2010,
las empresas no innovadoras pasaron entre 0,24 y 1,85 horas para rellenar el
cuestionario. Cuatro países sobre diez comunicaron costes más elevados en 2010
que en 2008; cinco tuvieron costes más bajos y uno tuvo los mismos costes en ambos
años. 4.3. Eurostat cofinancia la
recogida de datos de ciencia, tecnología e innovación
en los Estados miembros Las convocatorias de propuestas de
subvención en 2006 y 2009 fueron seguidas de varias solicitudes con cargo al
presupuesto de la Comisión de 2011 para cofinanciar las partes no obligatorias
de la recogida de datos de I+D o innovación, o para estudiar la posibilidad de
desarrollar nuevos indicadores o financiar las encuestas sobre la carrera
profesional de los titulares de un doctorado. En 2011, el importe total de los
compromisos financieros para estadísticas de ciencia, tecnología e innovación
fue de 1 019 974 EUR en trece Estados miembros y Noruega. Los Programas
Multibeneficiarios PHARE de Cooperación Estadística, el Programa Multibeneficiarios
del Mecanismo de Transición para la integración estadística y el Instrumento de
Ayuda Preadhesión (programas de 2004 a 2011) supusieron una cofinanciación por
un importe total de 1 518 105 EUR para encuestas de I+D e innovación
y sobre la carrera de los titulares de un doctorado, en terceros países
asociados y Estados miembros que se adhirieron a la UE en 2004 o
posteriormente. 5. DESARROLLO
FUTURO DE LAS ESTADÍSTICAS DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 5.1. Evolución
del entorno La
Comunicación de la Comisión sobre el método de elaboración de las estadísticas
de la UE[12]
insta a aplicar una metodología más integrada e inteligente a la producción
estadística. Ello incluye integrar las herramientas estadísticas, utilizar más
las fuentes administrativas y simplificar y mejorar el entorno normativo a fin
de obtener datos estadísticos más ricos y de naturaleza prospectiva, aumentar
la productividad y reducir la carga de trabajo de la respuesta. Ahora que las
normas de desarrollo de las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación se
han presentado de forma más coherente en el Reglamento (UE) nº 995/2012,
el siguiente paso será reforzar el vínculo con otras estadísticas empresariales
mediante la inclusión de las estadísticas I+D e innovación en un futuro «Reglamento
marco de integración de las estadísticas empresariales» que el SEE debate
actualmente. Esto representará la próxima oportunidad de revaluar el contenido
obligatorio de los datos de I+D e innovación. En varias
ocasiones en los últimos años, las autoridades estadísticas nacionales han
señalado que su falta de recursos plantea serias dudas sobre su capacidad para
cumplir requisitos actuales o nuevos del SEE. Así pues, resulta más acuciante
que nunca fijar prioridades para las operaciones estadísticas actuales y
futuras. 5.2. Mejorar
y evaluar las estadísticas de ciencia, tecnología e innovación Las
estadísticas deben ser sólidas y adecuadas a su objetivo. Las actuales
compilaciones de datos, sobre todo de I+D e innovación, deben conservar su
pertinencia y calidad al someterse a controles periódicos de conformidad y a la
elaboración sistemática de informes de calidad. Ello reviste aún más
importancia en un momento en que la Estrategia Europa 2020 va a supervisarse
parcialmente mediante indicadores de ciencia, tecnología e innovación. Deben
proseguirse los esfuerzos para que los datos subyacentes sean comunicados por
todos los agentes de la I+D (o al menos estimados cuando proceda, tanto si son
previamente conocidos como si no) y para que abarquen todos los sectores y
subsectores económicos y todos los tamaños de unidades operativas de modo que
reflejen la presencia total del I+D (gasto y personal) en la economía en un
momento dado. Deben
evaluarse las estadísticas europeas de innovación para saber si ampliar su
cobertura a todas las actividades empresariales y al conjunto de la economía
añadiría nueva información suficiente para justificar los recursos adicionales
necesarios, y si ello sería metodológicamente viable. Como para
todas las nuevas tareas, las nuevas estadísticas de ciencia, tecnología e
innovación deben mejorarse, cuando sea en provecho mutuo, en colaboración con
la OCDE y otras organizaciones internacionales con las que ya se ha
intensificado la coordinación. Esto incluye proseguir la tarea de revisar los
manuales de referencia metodológica. 5.3. Nuevos
indicadores y nuevas utilizaciones Responder a
las nuevas necesidades de los usuarios es especialmente difícil en el actual
entorno del SEE, sobre todo a la vista de los presupuestos más reducidos. La
comunidad de usuarios va a pedir cada vez con mayor frecuencia nuevos
indicadores y nuevas fuentes de datos. Los proyectos que no se ajusten a las
fuentes de datos existentes, a saber, la creación de nuevos indicadores, la
búsqueda de nuevas fuentes de datos o incluso la realización de desgloses más
precisos (lo que requerirá mayores muestras o mayor trabajo metodológico) solo
se llevarán a cabo previa rigurosa selección y, en la medida de lo posible, de
un análisis de coste/beneficio. En este contexto, también se realizarán
estudios de viabilidad y encuestas piloto. Una mayor
internacionalización de la I+D, la innovación y otras actividades empresariales
supone, en términos generales, una mayor dificultad para producir estadísticas
de ciencia, tecnología e innovación en la actualidad y en el futuro. Esto se
refiere tanto a obtener nuevos datos estadísticos sobre la internacionalización
como a tratar las encuestas empresariales en un mundo cada vez más globalizado
y complejo. El Sistema
Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC 2010)[13] es el
marco contable de la UE más reciente compatible a escala internacional para una
descripción detallada y sistemática de la economía. Se aplicará a partir de
septiembre de 2014. Una importante diferencia con respecto a la versión
anterior (SEC 95) es que reconoce la I+D como formación de capital, y no
como consumo intermedio. En otras palabras, las actividades de I+D, en lugar de
representar el consumo intermedio de la producción principal de una empresa, se
reconocen ahora como producción por derecho propio y dan lugar a un aumento del
PIB de los países. Esta modificación introduce nuevos requisitos para una
medición más detallada y extensa de la I+D. En cuanto a la revisión del Manual
de Frascati de la OCDE, se está debatiendo ahora en qué medida las encuestas de
I+D pueden contribuir al trabajo de capitalización de la I+D y qué
modificaciones podrían introducirse. [1] Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la producción y
desarrollo de estadísticas comunitarias en materia de ciencia y tecnología (DO
L 230 de 16.9.2003, p. 1). [2] Informe
de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la aplicación de la
Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, COM(2007) 801. [3] Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al
Consejo sobre la aplicación de la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, relativa a la producción y desarrollo de estadísticas
comunitarias en materia de ciencia y tecnología, COM(2011) 184. [4] Conclusiones del Consejo Europeo de 17 de junio de
2010, CO EUR 9, CONCL 2. [5] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo,
al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Iniciativa
emblemática de Europa 2020. Unión por la innovación, COM(2010) 546. [6] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo,
al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de la Regiones: Una
asociación del Espacio Europeo de Investigación reforzada en pos de la
excelencia y el crecimiento, COM(2012) 392 final. [7] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo,
al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Medir
los resultados de la innovación en Europa: hacia un nuevo indicador,
COM(2013) 624 final. [8] Reglamento (CE) nº 753/2004 de la Comisión, de
22 de abril de 2004, por el que se aplica la Decisión nº 1608/2003/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las estadísticas sobre
ciencia y tecnología (DO L 118 de 23.4.2004, p. 23). [9] Reglamento (CE) nº 1450/2004 de la Comisión,
de 13 de agosto de 2004, por el que se aplica la Decisión nº 1608/2003/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la producción y el
desarrollo de estadísticas comunitarias sobre innovación (DO L 267 de
14.8.2004, p. 32). [10] Reglamento de Ejecución (UE) nº 995/2012 de la
Comisión, de 26 de octubre de 2012, por el que se establecen disposiciones de
ejecución de la Decisión nº 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, relativa a la producción y desarrollo de estadísticas comunitarias en
materia de ciencia y tecnología (DO L 299 de 27.10.2012, p. 18). [11] Recomendación
de la Comisión relativa a la independencia, la integridad y la responsabilidad
de las autoridades estadísticas de los Estados miembros y de la Comunidad,
COM(2005) 217. [12] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y
al Consejo sobre el método de elaboración de las estadísticas de la UE : una
visión para la próxima década, COM(2009) 404. [13] Reglamento (UE) nº 549/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de
Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (DO L 174 de
26.6.2013, p. 1).