COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN relativa a la Iniciativa Ciudadana Europea «El Derecho al agua y el saneamiento como derecho humano. ¡El agua no es un bien comercial sino un bien público!» /* COM/2014/0177 final */
1. INTRODUCCIÓN La Iniciativa Ciudadana Europea, introducida
por el Tratado de Lisboa para fomentar una mayor participación democrática de
los ciudadanos en los asuntos europeos[1],
permite a un millón de ciudadanos de la Unión Europea (UE), procedentes de al
menos siete Estados miembros, hacer un llamamiento a la Comisión Europea para
que proponga legislación en asuntos de competencia de la UE. Se trata del
primer instrumento de democracia participativa a nivel de la UE. Desde su
lanzamiento en abril de 2012, más de 5 millones de ciudadanos han suscrito más
de 20 iniciativas. «Right2Water» ha sido la primera iniciativa
ciudadana europea en cumplir los requisitos del Reglamento del Parlamento
Europeo y del Consejo sobre la iniciativa ciudadana. Sus organizadores
la presentaron oficialmente a la Comisión el 20 de diciembre de 2013 tras
recibir el apoyo de 1,6 millones de ciudadanos. En consonancia con las disposiciones del
Reglamento sobre la iniciativa ciudadana, la Comisión dispone de tres meses
para presentar su respuesta a esta iniciativa en una Comunicación en la que se
recojan «sus conclusiones finales de carácter jurídico y político sobre la
misma, las medidas que en su caso se proponga adoptar y las razones para actuar
así o para no hacerlo»[2].
El 17 de febrero de 2014, la Comisión recibió
a los organizadores, que ese mismo día tuvieron ocasión de presentar su
iniciativa en una audiencia pública en el Parlamento Europeo. En el anexo I
figura información adicional sobre los aspectos de procedimiento de esta
primera iniciativa ciudadana. A través de la iniciativa Right2Water se
invita a la Comisión «a presentar una propuesta legislativa para la
implementación del derecho humano al agua y el saneamiento reconocido por la
ONU y a promover el suministro de agua y el saneamiento como servicios públicos
esenciales para todos»[3].
Quienes suscriben la iniciativa instan a que:
–
«por obligación, las instituciones comunitarias y
los Estados miembros velen por que todos los ciudadanos puedan ejercer el
derecho al agua y el saneamiento; –
el abastecimiento de agua y la gestión de recursos
hídricos no se rijan por “las normas del mercado interior” y que se excluyan
los servicios de agua del ámbito de la liberalización; –
la UE redoble esfuerzos para lograr el acceso universal
al agua y el saneamiento». La iniciativa plantea cuestiones transversales
que cubren una amplia gama de políticas tanto a nivel de la UE como de los
Estados miembros. Se debe considerar a la luz de las normas del Tratado de la
UE y, en particular, de los principios de atribución, proporcionalidad y
subsidiariedad. 2. Situación actual El acceso a un agua potable segura y al
saneamiento está inextricablemente ligado al derecho a la vida y a la dignidad
humana, así como a la necesidad de garantizar un nivel de vida adecuado. A lo largo de la última década, el Derecho
internacional ha reconocido el derecho al agua potable segura y el saneamiento,
muy especialmente a nivel de las Naciones Unidas[4].
La Resolución 64/292 de las Naciones Unidas reconoce «que el derecho al agua
potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute
de la vida y de todos los derechos humanos». Además, en el documento final de
conclusiones de la Conferencia sobre desarrollo sostenible de las Naciones
Unidas, los jefes de estado y de gobierno y los altos representantes
reafirmaron «nuestros compromisos relativos al
derecho humano al agua potable y el saneamiento, que ha de hacerse efectivo
gradualmente en beneficio de nuestra población, respetando plenamente nuestra
soberanía nacional»[5]. A nivel europeo, la Asamblea Parlamentaria del
Consejo de Europa declaró que el acceso al agua debe ser reconocido como un
derecho humano fundamental porque es esencial para la vida en el planeta y es
un recurso que debe ser compartido por la humanidad[6]. La UE también ha
reafirmado que «todos los Estados tienen obligaciones derivadas de los derechos
humanos en lo que se refiere al acceso a un agua potable segura, que debe estar
disponible y ser físicamente accesible, asequible y aceptable»[7]. Estos principios también han inspirado la
acción de la UE. La Directiva marco sobre el agua de la UE reconoce que «el
agua no es un bien comercial como los demás, sino un patrimonio que hay que
proteger, defender y tratar como tal»[8].
Ciertos derechos y principios enunciados en la Carta de los derechos
fundamentales de la UE pueden interpretarse también como directamente
pertinentes por lo que se refiere al acceso al agua potable segura y a un
saneamiento mejor. La protección efectiva de derechos fundamentales como el
derecho a la dignidad (artículo 1) o el derecho a la vida (artículo 2) se ve
claramente afectada por la falta de acceso al agua potable segura y al
saneamiento. Por otra parte, es preciso tener también presente a este respecto el compromiso
de la UE con un alto nivel de protección del medio ambiente[9] (artículo 37). Aunque la
Carta solo se aplica en los Estados miembros cuando aplican la legislación de
la UE, todas las disposiciones de esa legislación han de ser compatibles con la
primera. Por lo tanto, todas las instituciones y organismos de la UE deben
respetar los derechos consagrados en la Carta y velar por que cualquier medida
adoptada sobre la base del Tratado sea compatible con dichos derechos. Este es el contexto en el que la Comisión ha
analizado la iniciativa ciudadana con vistas a establecer sus conclusiones, de
conformidad con el artículo 10 del Reglamento sobre la iniciativa ciudadana. Contribución de la UE a un agua más
accesible y de mejor calidad Para poder garantizar y mejorar el acceso al
agua y al saneamiento son cruciales tres elementos: calidad, accesibilidad
física y asequibilidad. La UE ha contribuido a garantizar el acceso al
agua limpia y al saneamiento para la población de sus Estados miembros a través
de dos tipos principales de acciones. En primer lugar, la UE ha establecido
estrictas normas de calidad del agua que garantizan un elevado nivel de
protección tanto de la salud pública como del medio ambiente. En segundo lugar,
la UE ha proporcionado apoyo financiero para la ampliación y mejora de las
infraestructuras hidráulicas en los Estados miembros, contribuyendo así a
incrementar la calidad y el acceso físico a los servicios relacionados con el
agua. La UE introdujo requisitos mínimos de calidad
del agua en la década de los 70 y a lo largo de las últimas
cuatro décadas ha ido ampliando gradualmente su legislación sobre el agua. La
Directiva marco sobre el agua[10],
la Directiva sobre el agua potable[11]
y la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas[12] son elementos clave de
la legislación de la UE en este ámbito. Esa legislación persigue un enfoque holístico
de la gestión de las aguas y garantiza que el agua cumpla requisitos estrictos
y sea, por lo tanto, segura, sana y limpia. La aplicación de estas normas
medioambientales de la UE ha mejorado notablemente la calidad del agua potable
de la UE, especialmente en Europa Central y Oriental. La política de cohesión de la UE ha apoyado
firmemente durante muchos años los esfuerzos de los Estados miembros en favor
del desarrollo y la modernización de las infraestructuras que facilitan el acceso
al agua potable y a los servicios de tratamiento de aguas residuales. Por
ejemplo, desde 2007, más de 2,6 millones de personas de nueve Estados miembros
se han beneficiado de un mejor suministro de agua potable gracias a la ayuda
financiera de la UE. Otros 5,7 millones de personas de 14 Estados miembros se
conectaron a una red de depuración mejorada de aguas residuales. A lo largo de
los últimos siete años (2007-2013), el apoyo financiero de la UE a las
inversiones en materia de suministro de agua potable y en obras e
infraestructuras relacionadas con las aguas residuales alcanzó casi 22 000
millones de euros. La asequibilidad es también un elemento
clave ya que afecta al acceso universal real a los servicios del agua. La UE no
desempeña ningún papel en la fijación de los precios del agua, que se
determinan a nivel nacional. Sin embargo, la legislación medioambiental de la
UE relacionada con el agua establece algunos principios de base para las
políticas de fijación de los precios del agua en los Estados miembros. La
Directiva marco sobre el agua exige que los Estados miembros garanticen que el
precio del agua cobrado a los consumidores refleje el coste verdadero del uso
del agua. Esto fomenta un uso sostenible de recursos hídricos limitados. La
política de aguas de la UE se basa en el principio de que la asequibilidad de
los servicios relacionados con el agua reviste una importancia crucial. Las
autoridades nacionales tienen competencia para adoptar medidas concretas de
apoyo para proteger a las personas desfavorecidas y abordar cuestiones
relacionadas con la pobreza y el acceso al agua (por ejemplo, a través de
ayudas a las familias con bajos ingresos o mediante el establecimiento de
obligaciones de servicio público). Prestación de servicios relacionados
con el agua en el mercado interior En la UE, la decisión sobre la mejor manera de
explotar los servicios relacionados con el agua es competencia exclusiva de las
autoridades públicas de los Estados miembros. La prestación de servicios
relacionados con el agua es, por lo general, responsabilidad de las autoridades
locales, que son las más cercanas a los ciudadanos y sus preocupaciones. Las autoridades públicas tienen plena libertad
para realizar las tareas pertinentes, directamente por sus propios medios o a
través de entidades «internas» jurídicamente distintas, completamente públicas.
También podrán decidir subcontratar parcial o totalmente los servicios
relacionados con el agua a empresas de gestión privadas o mixtas. Al hacerlo,
las autoridades públicas tienen pleno derecho a imponer obligaciones claras a
los operadores privados para que garanticen que los servicios prestados en la
zona geográfica de su competencia respetan las normas vigentes. La UE, por su parte, se encarga de que se
observen principios clave del Tratado como la transparencia y la igualdad de
trato. Al mismo tiempo, las normas del Tratado la obligan a mantener su
neutralidad en relación con las decisiones nacionales que regulan el régimen de
propiedad de las empresas del sector del agua.[13] Las normas del mercado interior de la UE respetan plenamente la competencia de las autoridades públicas para
garantizar los niveles de calidad del servicio, decidir las tarifas aplicables
e imponer las obligaciones de servicio público pertinentes (por ejemplo, para
proteger a los usuarios desfavorecidos). Estas normas tienen como objetivo
aumentar la transparencia, garantizar la no discriminación y permitir a los ciudadanos
obtener la mejor prestación por el dinero que pagan mediante tarifas o
impuestos. Por ejemplo, las normas en materia de contratación pública de la UE
garantizan que, si las autoridades públicas deciden recurrir a una empresa
externa para la prestación de servicios de gestión del agua, el proceso de
selección sea transparente y garantice la oferta más ventajosa para los
usuarios. Si, por el contrario, las autoridades públicas optan por prestar
estos servicios a través de la cooperación entre entidades públicas, la
legislación de la UE en el ámbito de la contratación pública aporta también un
marco jurídico seguro y flexible para dicha cooperación. En relación con las preocupaciones expresadas
en la iniciativa ciudadana en el sentido de que el suministro de agua y la
gestión de los recursos hídricos no estén regidos por las normas del mercado
interior y de que se excluya a los servicios del agua de la liberalización, la
Comisión confirma que la legislación sobre adjudicación de contratos no se aplica
cuando las autoridades locales deciden suministrar por sí mismas los servicios
a través de una empresa conjunta o de una empresa asociada[14]. La legislación de la UE ha reconocido de forma
coherente la especificidad de los servicios de agua y saneamiento y su
importancia para satisfacer las necesidades básicas de la población. Las
concesiones en el sector del agua suelen ser objeto de disposiciones
específicas y complejas que requieren tener especialmente en cuenta «la
importancia del agua como bien público de valor fundamental para todos los
ciudadanos de la Unión»[15].
Por consiguiente, las concesiones de agua potable, así como determinadas
concesiones relativas al tratamiento y a la eliminación de aguas residuales,
quedan excluidas del ámbito de aplicación de las nuevas normas de la UE sobre
la adjudicación de contratos de concesión. Además, la distribución y el
suministro de agua y los servicios de tratamiento de aguas residuales, están
expresamente excluidos de la aplicación de la libre prestación de servicios
transfronterizos establecida en la Directiva de servicios[16]. El
compromiso de la UE a nivel mundial viene de largo La reducción de la pobreza, el crecimiento
integrador y el desarrollo sostenible dependen en gran medida de la
disponibilidad y calidad del suministro de agua. Más de 2 600 millones de
personas en todo el mundo no tienen acceso a sistemas de saneamiento mejorados
y casi 1 000 millones todavía beben agua sin tratar. Los avances en la
consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) por lo que se
refiere al agua potable segura van por buen camino, pero el retraso es
considerable por lo que se refiere al objetivo de saneamiento, que se traduce en
más de 1000 millones de personas afectadas si se tiene en cuenta la tendencia
actual. El compromiso de la UE con la garantía del
acceso al agua potable segura, el saneamiento y la promoción de la gestión
integrada de los recursos hídricos en los países socios viene de largo. Desde
2002 ha estado vigente un marco específico de esta política introducido con la
«Comunicación sobre la política de gestión del agua en los países en
desarrollo»[17].
Así surgió la Iniciativa del agua de la UE[18],
un instrumento político destinado a mejorar la cooperación y prestar una ayuda
al desarrollo más eficaz mediante un enfoque basado en la colaboración y en la
implicación de las distintas partes interesadas. Los objetivos políticos de la UE se han
plasmado en numerosas acciones concretas con un apoyo financiero significativo
a lo largo de la última década, en particular a través del establecimiento de
un Fondo ACP-UE para el agua[19]
en 2004. Como resultado directo de la ayuda de la UE, entre 2004 y 2013, más de
70 millones de personas pudieron acceder a un mejor suministro de agua y 24
millones de personas a instalaciones de saneamiento. La UE y sus Estados miembros aportan cerca de
1 500 millones de euros cada año a programas de promoción del
abastecimiento de agua, el saneamiento y la higiene en los países en
desarrollo. La Unión es el mayor donante individual en el sector del agua. Desde 2007, la UE ha asignado unos 2 500
millones de euros a acciones de suministro de agua y de saneamiento en más de
60 países socios[20].
Gran parte de la acción de la UE en el ámbito del agua y del saneamiento
consiste en el desarrollo de infraestructuras tales como redes de
alcantarillado y de abastecimiento de agua, plantas de agua potable y de
tratamiento de aguas residuales, suministro de agua en zonas rurales dispersas
y saneamiento rural. Además, la UE es el mayor donante de acción
humanitaria en el ámbito del abastecimiento de agua, el saneamiento y la
higiene, con una asignación actual de 200 millones de euros anuales para
garantizar el acceso oportuno y digno a servicios de agua suficientes y seguros
por parte de las poblaciones amenazadas por crisis humanitarias en curso,
inminentes o futuras. La UE apoya proyectos de asociación (Norte-Sur y Sur-Sur) para desarrollar capacidades en el sector del
agua y el saneamiento mediante la transferencia de experiencia y conocimientos
procedentes de las empresas públicas de agua y saneamiento, las autoridades
locales y otros agentes del sector del agua. Muchos de los recursos
comprometidos hasta ahora han ayudado a empresas del sector del agua que
carecen de capital a ampliar la cobertura a los segmentos más pobres de la
población. Por otra parte, los instrumentos regionales de financiación
combinada de la UE han financiado desde 2007 aproximadamente 30 proyectos de
suministro de agua y de saneamiento, cuyo efecto multiplicador se ha cifrado en
más de 2 000 millones EUR de préstamos e inversiones. 3. MEDIDAS EN RELACIÓN
CON LA ICE Las acciones pasadas y
presentes de la UE, según se ha expuesto anteriormente, reflejan un claro
reconocimiento de la importancia del agua como un bien público que es esencial
para la vida y el pleno disfrute de todos los derechos humanos. En el marco de
sus competencias y respetando plenamente el principio de subsidiariedad, la UE
siempre ha desempeñado un papel positivo para garantizar que el acceso a un
agua potable segura y limpia y a servicios mejorados de saneamiento sea una
realidad para todos, tanto dentro como fuera de Europa. A la luz de la Iniciativa Ciudadana Europea,
la Comisión ha intentado identificar las lagunas restantes y los ámbitos en los
que son necesarios más esfuerzos a nivel nacional o de la UE con el fin de
abordar las preocupaciones que están en el origen de esta llamada a la acción
de los ciudadanos. La Comisión se ha comprometido a garantizar
que la dimensión de derechos humanos del acceso al agua potable, que debe estar
disponible, ser físicamente accesible, asequible y aceptable, siga orientando
su acción futura. Garantizar un agua de mejor calidad y
mejorar el acceso a la misma La plena aplicación de la legislación de la UE
sobre el agua por parte de los Estados miembros es esencial para asegurar el
acceso a un agua potable segura de todos los ciudadanos de la UE. A pesar de
los progresos significativos realizados a lo largo de los años, sigue habiendo
margen para mejorar el acceso a un agua de calidad y el saneamiento,
especialmente de los ciudadanos que residen en áreas con sistemas de
abastecimiento de agua de pequeña escala. En el nuevo 7° Programa de acción en
materia de medio ambiente (PMA)[21],
que orienta la acción de la UE en materia medioambiental, se subraya que, para
que todos los ciudadanos de la UE puedan disfrutar de unos niveles altos de
seguridad del agua potable y de baño para 2020, será necesario mejorar la
aplicación de las normas de la UE. Pero hay que seguir actuando para: ·
garantizar una mayor calidad del agua potable para
pequeños suministros (es decir, los que abastecen a menos de 5 000
personas); ·
mantener y renovar las infraestructuras existentes,
prestando especial atención a la innovación para mejorar la eficacia, y ·
construir las infraestructuras de aguas residuales
que faltan (sistemas de captación y tratamiento), en particular en los Estados
miembros de Europa Oriental. Todo ello requiere disponer de la financiación
suficiente, establecer las prioridades adecuadas, garantizar la buena
gobernanza y contar con la capacidad administrativa nacional y local necesarias
para la planificación, la coordinación y la ejecución de las inversiones. Las
decisiones de los Estados miembros sobre sus prioridades de gasto para la futura
financiación de la UE[22]
serán especialmente importantes para abordar las lagunas identificadas. La
Comisión se esforzará por garantizar que los Estados miembros aprovechan
plenamente las importantes posibilidades de ayuda financiera de la UE en el sector
del agua previstas en el nuevo período de programación financiera (2014-2020),
en particular a través de la prioridad de inversión específicamente centrada en
la gestión del agua. La Comisión intensificará los esfuerzos orientados a la plena
aplicación de la legislación de la UE sobre el agua por parte de los
Estados miembros, trabajando en estrecha colaboración con ellos y con las
partes interesadas para aplicar las propuestas presentadas en el Plan para el
agua 2012[23],
en el que ya se identificaban los principales desafíos para la política del
agua de la UE. La Comisión continuará revisando la legislación de la UE sobre el agua.
En 2013 se reforzaron las normas sobre sustancias prioritarias en el agua[24]y la Directiva de aguas
subterráneas[25]
está en proceso de actualización. Del mismo modo, la Comisión ha estado
trabajando con los Estados miembros y las partes interesadas en la adaptación de
las disposiciones en materia de seguimiento y análisis de la Directiva sobre el
agua potable a los avances científicos y técnicos. Además, y teniendo
especialmente presentes las preocupaciones en relación con las pequeñas fuentes
de abastecimiento de agua potable, la Comisión pondrá en marcha un procedimiento
de consulta pública a nivel de la UE con el fin de valorar la necesidad de
introducir mejoras y el modo de hacerlo. También preparará una revisión de
la Directiva marco sobre el agua y propondrá las modificaciones necesarias[26]. Por lo que se refiere a la dimensión clave de
la asequibilidad del agua, sigue siendo fundamental la acción a nivel
nacional. Dicha acción forma parte integrante de las políticas de reducción de
la pobreza y de la exclusión social de los Estados miembros, que también se
apoyan y complementan a nivel de la UE[27].
Las medidas encaminadas a proteger a las personas desfavorecidas cobran ahora
incluso mayor importancia dado el aumento de los problemas que relacionan
pobreza y acceso al agua y la incapacidad de algunas personas para pagar la
factura del agua. Por consiguiente, la Comisión invita a los Estados miembros a
que, actuando en el ámbito de sus competencias, garanticen el acceso a un
suministro de agua mínimo para todos los ciudadanos de acuerdo con las
recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud[28], y apliquen
correctamente la Directiva marco sobre el agua. Garantizar la neutralidad en lo que se
refiere a la prestación de los servicios del agua La Comisión seguirá garantizando el pleno
cumplimiento de las normas del Tratado que exigen la neutralidad de la UE en
relación con las decisiones nacionales que regulan el régimen de propiedad de
las empresas del agua[29],
al tiempo que velará por el respeto de principios clave del Tratado como la
transparencia y la igualdad de trato. En relación con las preocupaciones
expresadas en la iniciativa ciudadana en el sentido de que el suministro de
agua y la gestión de los recursos hídricos no estén regidos por las normas del
mercado interior y de que se excluya a los servicios del agua de la
liberalización, la Comisión confirma que la legislación sobre adjudicación de
contratos no se aplica cuando las autoridades locales deciden suministrar por
sí mismas los servicios a través de una empresa conjunta o de una empresa
asociada[30]. En las negociaciones comerciales
internacionales, la Comisión continuará asimismo comprometiéndose activamente
con los socios comerciales a fin de garantizar que las decisiones nacionales,
regionales y locales sobre la gestión de los servicios relacionados con el agua
se respeten y protejan adecuadamente. Como se ha dicho anteriormente, la legislación
de la UE ha reconocido sistemáticamente la especificidad de los servicios del
agua y saneamiento y su importancia para satisfacer las necesidades básicas de
la población. Las nuevas normas de la UE sobre la adjudicación de contratos de
concesión, adoptadas por el Parlamento Europeo y el Consejo el 26 de febrero de
2014, constituyen el más reciente ejemplo de dicho reconocimiento. En respuesta
a las preocupaciones públicas expresadas durante el proceso legislativo, la
Comisión propuso excluir explícitamente del ámbito de aplicación de dichas
normas las concesiones de agua potable y determinadas concesiones para el
tratamiento de las aguas residuales. Ello responde también a la preocupación
expresada en el contexto de la iniciativa Right2Water. Incremento de la transparencia La transparencia puede desempeñar un papel
clave en la mejora del acceso de los ciudadanos a los servicios de agua y
saneamiento y tiene un impacto en sus tres dimensiones principales (es decir,
la accesibilidad, la asequibilidad y la calidad). La necesidad de transparencia
ha inspirado algunas de las disposiciones de la Directiva marco sobre el agua.
El artículo 14 exige que los ciudadanos europeos estén informados y sean
consultados durante el proceso de adopción de los planes hidrológicos de cuenca
y que las autoridades expliquen cómo se han tenido en cuenta sus opiniones.
Además, la legislación de la UE garantiza el derecho de acceso a la información
medioambiental en poder de las autoridades públicas o destinada a ellas y establece las normas, condiciones básicas y modalidades
prácticas de su ejercicio, contribuyendo así a políticas
más transparentes[31]. La Comisión está de acuerdo en que debe
mejorarse la cantidad y calidad de la información sobre la calidad y los servicios
del agua a disposición de los ciudadanos. Una mejor información puede capacitar
a los ciudadanos, permitiéndoles seguir y participar más activamente en las
decisiones relativas a la gestión del agua, que en su mayor parte se adoptan a
nivel nacional, regional o local. La Comisión seguirá desarrollando nuevas
iniciativas a fin de mejorar la transparencia en pro de los ciudadanos. En
virtud de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, la
Comisión está trabajando en estrecha colaboración con los Estados miembros, en
particular con un conjunto de países piloto, para crear nuevos sistemas de
información que permiten un acceso fácil y en línea de los ciudadanos a
información clave sobre el cumplimiento de la normativa (marcos estructurados
de aplicación e información). La Comisión desarrollará un planteamiento
similar para aumentar la transparencia en favor de los consumidores por lo que
se refiere a la calidad del agua potable. Al igual que hizo en el caso de las
aguas residuales urbanas, la Comisión podría ayudar a los Estados miembros a
determinar los tipos de datos necesarios para contar con una información
comparable en toda la UE. El actual Sistema de Información sobre el Agua para
Europa[32]
podría proporcionar un punto de entrada único de dicha información. Por otra parte, la Comisión está dispuesta a
explorar la idea de la evaluación comparativa de la calidad del agua
como medio para dotar a los ciudadanos de una mayor capacidad para ejercer su
influencia. La Comisión también está dispuesta a promover un diálogo más
estructurado entre las partes interesadas, que reúna a los prestatarios
públicos y privados de servicios, y a cooperar con las iniciativas existentes[33]
para proporcionar un conjunto más amplio de indicadores y valores de
referencia para los servicios del agua. Se trata de un primer paso hacia
una mejora significativa de la transparencia y la responsabilidad de los
prestatarios de servicios del agua al ofrecer a los ciudadanos datos
comparables sobre los indicadores clave de los resultados logrados por los
operadores del agua en términos económicos, técnicos y de calidad. Un enfoque más integrado de la ayuda al
desarrollo La Comisión se ha comprometido a garantizar
que la dimensión de derechos humanos por lo que se refiere al acceso al agua
potable segura y al saneamiento siga estando en el centro de su política de
desarrollo. La UE tiene la intención de proseguir sus esfuerzos por lograr el
acceso universal al agua y al saneamiento como un elemento clave de su política
de desarrollo. A pesar de los progresos realizados, más de 4 000 niños
menores de cinco años mueren cada día en el mundo por enfermedades asociadas a
la falta de acceso a un agua potable limpia. En el período de programación 2014-2020, la
ayuda financiera de la UE se centrará en un número de sectores específicos en
cada país socio, dando prioridad a los ámbitos de mayor necesidad para
garantizar que la ayuda se emplee eficazmente y obtenga los mejores resultados
posibles[34].
El apoyo al suministro de agua, el saneamiento y la higiene estará
dirigido más específicamente a los países socios en los que se haya
identificado como sector prioritario al elaborar sus Programas Indicativos
Nacionales. La Comisión trabajará en coordinación con los países socios, los
Estados miembros y otros socios de la política de desarrollo con el fin de
garantizar la adecuada cobertura de este sector en todos los países socios. Al mismo tiempo, la acción de la UE se
encaminará hacia un enfoque más integrado y la creación de sinergias entre
el agua y la seguridad energética y alimentaria será un principio rector
para la acción futura, sobre todo a nivel regional. Como la seguridad
alimentaria es un sector prioritario en más de 50 países, la dimensión del
abastecimiento de agua, el saneamiento y la higiene se integrará en los
programas de seguridad alimentaria, a fin de reducir el problema de la
malnutrición de los países en desarrollo. El nuevo marco financiero (2014-2020)
destinará más de 3 000 millones de euros a llevar a cabo intervenciones
con un impacto en la situación nutricional, de las que las relativas al
abastecimiento de agua, saneamiento e higiene figuran entre las más
importantes. Las cuestiones relativas a los recursos
hídricos también se tratarán en instrumentos temáticos, a través de sus
vínculos con la agricultura, la energía y la seguridad. El programa temático «Retos
y bienes públicos mundiales» procurará reforzar la coherencia de las acciones
exteriores y su relación con otras iniciativas de actuación de la UE, como, por
ejemplo, las políticas energéticas y sobre el clima de la UE, la biodiversidad,
el medio ambiente, la gestión de los recursos hídricos y la diplomacia del
agua, entre otros. La Comisión mantendrá su firme compromiso con
la acción humanitaria en el ámbito del abastecimiento de agua, saneamiento e
higiene en situaciones de emergencia y para la prevención de las mismas. Se
trata de un reconocimiento del aumento del riesgo de conflicto que provoca la
presión sobre los recursos hídricos así como de las crecientes necesidades de
intervención humanitaria en el ámbito del agua en las ciudades. La Comisión
proseguirá el trabajo en curso con el fin de incrementar la oportunidad,
eficacia y eficiencia de la ayuda humanitaria a través de un refuerzo de los
mecanismos de coordinación entre los socios de la ayuda humanitaria. Promoción de asociaciones
público-públicas Hay un creciente reconocimiento del potencial
de las asociaciones sin fines lucrativos en el sector del agua. Durante
los últimos diez años, el Fondo ACP-UE para el agua ha desempeñado un papel de
vanguardia en este sentido a través de acciones de desarrollo de las
capacidades de las autoridades públicas en los países ACP. En 2013 se encargó
una evaluación del Fondo para el agua y su impacto, actualmente en curso. Los
resultados de esta evaluación se tendrán debidamente en cuenta y se integrarán
en los futuros enfoque y decisiones de programación. También se prestará apoyo a las asociaciones
público-públicas en el contexto de los programas de apoyo al sector del
abastecimiento de agua, el saneamiento y la higiene en los países socios que
han elegido el agua como sector prioritario. Sobre la base de las lecciones
aprendidas en proyectos anteriores y en curso, la Comisión intentará
identificar nuevas oportunidades de asociación (Norte-Sur y Sur-Sur) para
desarrollar capacidades en el sector del agua y el saneamiento mediante la
transferencia de experiencia y conocimientos entre los servicios públicos de
agua y saneamiento, las autoridades locales y otros agentes del sector del
agua. Seguimiento de Río + 20 La UE seguirá trabajando por conseguir un
acceso universal al agua potable segura y el saneamiento, también en el
contexto del seguimiento de la Conferencia de Río + 20 de las Naciones Unidas
sobre el desarrollo sostenible, en la que se reconoció el papel central del
agua. En la Declaración Ministerial «El futuro que
queremos»[35],
los líderes mundiales han manifestado su compromiso con el derecho humano al
agua potable segura y al saneamiento, a la consecución progresiva del acceso al
agua potable y segura y al saneamiento de todos (es decir, más allá de
Johannesburgo y los ODM) y a la mejora significativa de la ejecución de una
gestión integrada de los recursos hídricos. En la reciente Comunicación «Una vida digna
para todos - Acabar con la pobreza y dar al mundo un futuro sostenible»[36],
la Comisión señala el sector del agua como uno de los que es preciso abordar de
forma integrada para logra un desarrollo humano básico y un crecimiento
sostenible e integrador en el programa para el desarrollo post-2015 que
deberá elaborarse a nivel de las Naciones Unidas. En las conclusiones del
Consejo de 25 de junio de 2013[37]
se establece que el marco post-2015 deberá integrar los pilares económico,
social y medioambiental del desarrollo sostenible de manera equilibrada para
promover el respeto de condiciones de vida básicas (incluidas las relacionadas
con el agua y el saneamiento), los motores de la «economía verde» y el uso,
gestión y protección sostenible de los recursos naturales. El informe[38]
del Grupo de alto nivel de las Naciones Unidas sobre el programa de desarrollo
post-2015 propone un objetivo en materia de agua y saneamiento, lo que hace de
este sector una de las prioridades emergentes del marco post-2015. La Comisión está preparando una Comunicación
de seguimiento sobre el marco de desarrollo post-2015[39] en la que se
establecen objetivos prioritarios y que abordará los temas del agua y el
saneamiento. A nivel internacional, el Grupo de Trabajo de Composición Abierta
(GTA) sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio[40] está trabajando
asimismo en la fijación de metas y objetivos. El GTA presentará su propuesta a
la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2014 y este
resultado pasará a integrarse en la negociación intergubernamental con vistas a
la celebración de una cumbre final en septiembre de 2015, en la que la UE y sus
Estados miembros seguirán desempeñando un papel clave. 4. Conclusiones La Comisión acoge con satisfacción la
movilización de los ciudadanos europeos en apoyo del acceso al agua potable
segura y el saneamiento en Europa y a nivel mundial. La Comisión destaca la
importancia de la dimensión de derechos humanos del acceso al agua potable
segura y el saneamiento y continuará asegurándose de que esos principios siguen
estando en el centro de sus políticas. A nivel de la UE, la Comisión, sobre la
base del trabajo ya realizado, seguirá aumentando y mejorando el acceso al agua
potable segura y al saneamiento de toda la población a través de las políticas
medioambientales y de la financiación de infraestructuras. La Comisión seguirá garantizando la
neutralidad de la UE por lo que respecta a las opciones nacionales, regionales
y locales en materia de prestación de los servicios del agua al tiempo que vela
por el respeto de principios clave de los Tratados como la transparencia y la
igualdad de trato. La Comisión permanecerá también atenta a las preocupaciones
públicas por lo que se refiere a la especificidad de dichos servicios, como ya
ha hecho en el contexto del proceso legislativo de las normas de la UE sobre
concesiones. El aumento de la transparencia en favor de los
ciudadanos de la UE también constituirá uno de los objetivos centrales de los
esfuerzos futuros de la UE en este ámbito. El objetivo será capacitar al
ciudadano para que pueda ejercer su influencia colmando las lagunas de
información que le impiden ser más activo en la adopción de las decisiones de
gestión del agua a nivel local, regional y nacional. A nivel mundial, la Unión mantiene su
compromiso con el proceso internacional de elaboración del programa de
desarrollo post-2015 y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de aplicación
universal y seguirá promoviendo activamente el acceso al agua potable segura,
el saneamiento y la gestión integrada de los recursos hídricos a través de su
política de desarrollo, en especial gracias a un compromiso financiero de más
de 3 000 millones de euros para llevar a cabo intervenciones con
repercusión en la situación nutricional que incluyan el sector del agua y el
saneamiento (2014-2020). En respuesta a este llamamiento de la
ciudadanía, la Comisión se ha comprometido a adoptar medidas concretas y a
trabajar en una serie de nuevas acciones en ámbitos de interés directo para la
iniciativa y sus objetivos. En particular, la Comisión: ·
reforzará la aplicación de su legislación sobre la
calidad del agua, basándose en los compromisos presentados en el VII PMA y en
el Plan para el agua; ·
pondrá en marcha una consulta pública a escala de
la UE sobre la Directiva relativa al agua potable, en especial en aras de una
mejora del acceso al agua de calidad en la UE; ·
mejorará la transparencia de la gestión de los
datos por lo que se refiere a las aguas residuales urbanas y al agua potable y
explorará la idea de una evaluación comparativa de la calidad del agua; ·
introducirá un diálogo más estructurado entre las
partes interesadas sobre la transparencia en el sector del agua; ·
cooperará con iniciativas existentes para
proporcionar un conjunto más amplio de criterios de referencia para los
servicios del agua; ·
estimulará enfoques innovadores de la ayuda al
desarrollo (por ejemplo, apoyo a las asociaciones de operadores del sector del
agua y a las asociaciones público-públicas), promoverá el intercambio de buenas
prácticas entre Estados miembros (por ejemplo, sobre instrumentos de
solidaridad) e identificará nuevas oportunidades para la cooperación; ·
defenderá el acceso universal al agua potable
segura y el saneamiento como ámbito prioritario de los futuros Objetivos de
Desarrollo Sostenible. Por último, la Comisión invita a los Estados
miembros a que tengan en cuenta, al actuar en el marco de sus competencias, las
inquietudes manifestadas por los ciudadanos a través de esta iniciativa y les
insta a que redoblen sus esfuerzos para garantizar el suministro de agua potable,
limpia, segura y asequible y el saneamiento para todos. De conformidad con el artículo 10, apartado 2,
del Reglamento sobre la ICE, la presente Comunicación será notificada a los
organizadores de la iniciativa, así como al Parlamento Europeo y al Consejo y
se hará pública. [1] Reglamento (UE) nº 211/2011 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana DO L 65
de 11.3.2011, p. 1. [2] Artículo 10, apartado 1, del Reglamento sobre la
iniciativa ciudadana. [3] http://ec.europa.eu/citizens-initiative/public/initiatives/finalised/details/2012/000003 [4] Entre otras, la Resolución de la Asamblea General de las
Naciones Unidas nº 64/292 de 3.8.2010 y las Resoluciones del Consejo de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas n º 7/22 de 28.3.2008 y nº 15/9 de 6.10.10. [5] http://www.un.org/es/sustainablefuture/ [6] Resolución nº 1693(2009) de la Asamblea Parlamentaria
del Consejo de Europa. [7] Declaración de la Alta Representante, Catherine Ashton,
en nombre de la Unión Europea con ocasión del Día Mundial del Agua de 22 de
marzo de 2010: http://register.consilium.europa.eu/ : doc 7810/10 [8] Primer considerando de la Directiva Marco sobre el agua
de la UE, 2000/60/CE. [9] El artículo 191, apartado 2, del TFUE también establece
que la política de la Unión en el ámbito del medio
ambiente tendrá como objetivo alcanzar un nivel de protección elevado, teniendo
presente la diversidad de situaciones existentes en las distintas regiones de
la Unión. [10] Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de
actuación en el ámbito de la política de aguas (DO L 327 de 22.12.2000, p. 1). [11] Directiva 98/83/CE del Consejo, de 3 de noviembre de 1998,
relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (DO L 330 de
5.12.1998, p. 32). [12] Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991,
sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (DO L 135 de 30.5.1991, p.
40). [13] El artículo 345 del Tratado de Funcionamiento de la UE
establece claramente un «principio de neutralidad» en relación con las normas
que regulan el régimen de la propiedad en los Estados miembros. La UE, por lo
tanto, no puede adoptar actos jurídicos que afecten a las normas por las que se
rige el régimen de la propiedad, incluidos los que afecten a la propiedad de
las empresas que prestan servicios públicos, como el de suministro de agua. [14] En las condiciones establecidas
en el artículo 23 de la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de
adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los
transportes y de los servicios postales (DO L 134 de 30.4.2004). [15] Considerando 40 de la Directiva del Parlamento Europeo y
del Consejo relativa a la adjudicación de contratos de concesión recientemente
adoptada (PE-CONS 73/13, que se publicará próximamente en el DO). [16] Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado
interior. [17] COM (2002)132 final. [18] www.euwi.net [19] ACP: Grupo de los Estados de África, el Caribe y el
Pacífico. [20] Esto no incluye la ayuda proporcionada por cada uno de los
Estados miembros. [21] Decisión nº 1386/2013/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativa al Programa General de Acción de
la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2020 «Vivir bien, respetando los
límites de nuestro planeta». [22] Por lo que se refiere a los Fondos Estructurales y de
Inversión Europeos, se está concluyendo el establecimiento de las prioridades
del gasto para cada país de la UE en el marco los acuerdos de asociación y los
programas operativos, preparados por los Estados miembros en estrecha
colaboración con la Comisión. [23] COM (2012) 673 final. [24] Sustancias que presentan un riesgo significativo para el
medio acuático o a través del mismo; Directiva 2013/39/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de agosto de 2013, por la que se modifican las
Directivas 2000/60/CE y 2008/105/CE en cuanto a las sustancias prioritarias en
el ámbito de la política de aguas. [25] Directiva 80/68/CEE del Consejo, de 17 de diciembre de
1979, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la
contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas; DO L 20 de
26.1.1980, p. 43. [26] De acuerdo con los requisitos del artículo 19, apartado 2,
de la Directiva. [27] Véase en particular el Conjunto
de Medidas sobre Inversión Social publicado en febrero de 2013 por la Comisión
(http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1044&&langId=en). [28] Según la OMS, son necesarios
entre 50 y 100 litros de agua por persona al día para garantizar que se
cubran las necesidades básicas y que no surjan grandes amenazas para la salud.
El acceso a entre 20 y 25 litros al día por persona representa un mínimo, pero
esta cantidad no despeja todas las preocupaciones a nivel sanitario ya que no
es suficiente para cubrir necesidades de higiene básicas y garantizar los
consumos recomendados. [29] El artículo 345 del TFUE establece claramente un
«principio de neutralidad» en relación con las normas que regulan el régimen de
la propiedad en los Estados miembros. La UE, por lo tanto, no puede adoptar
actos jurídicos que afecten a las normas por las que se rige el régimen de la
propiedad, incluidos aquellos que afecten a la propiedad de las empresas que
prestan servicios públicos, como el de suministro de agua. [30] En las condiciones establecidas
en los artículos 28, 29 y 30 de la Directiva 2014/XX/UE del Parlamento Europeo
y del Consejo sobre los procedimientos de adjudicación de contratos en los
sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios
postales (adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 26 de febrero de
2014, pendiente de publicación). [31] Directiva 2003/4/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso
del público a la información medioambiental y por la que se deroga la Directiva
90/313/CEE del Consejo. [32] http://water.europa.eu/ [33] Por ejemplo: http://www.waterbenchmark.org [34] Tal como se establece en la Comunicación sobre el
«Programa para el cambio» - COM(2011) 637 [35] http://www.un.org/es/sustainablefuture/
[36] COM (2013) 92. [37] Http://www.eu-un.europa.eu/articles/en/article_13692_en.htm [38] Http://www.un.org/sg/management/pdf/HLP_P2015_Report.pdf [39] Programa de trabajo de la
Comisión 2014, COM(2013)739. [40] El documento sobre las
conclusiones finales de Rio+20 encomendó al Grupo de Trabajo de Composición
Abierta de la Asamblea General de las Naciones Unidas la preparación de una
propuesta de OMD que se deberá presentar en la 68ª sesión de la Asamblea. ANEXO Aspectos
procedimentales de la iniciativa Right2water De conformidad con el artículo 4, apartado 2,
del Reglamento (UE) nº 211/2011, la presente iniciativa se registró el
10.5.2012 y se publicó en el registro electrónico de la Comisión en: http://ec.europa.eu/citizens-initiative/public/initiatives/ongoing/details/2012/000003. Los miembros del comité ciudadano registrado
en la Comisión son residentes de los siguientes Estados miembros: Francia,
Bélgica, Alemania, Suecia, Bulgaria, Italia y el Reino Unido. La iniciativa fue registrada en inglés.
Posteriormente, los organizadores facilitaron traducciones del título, tema y
objetivos de la iniciativa en todas las lenguas oficiales de la UE. De conformidad con el Reglamento sobre la
iniciativa ciudadana, en los formularios utilizados por los ciudadanos para dar
su apoyo a la iniciativa figuraban el título, el tema y los objetivos de la
misma. Los formularios también incluían el enlace al registro electrónico de la
Comisión (véase más arriba), lo que permitió a los ciudadanos interesados
acceder a la información más detallada sobre la iniciativa facilitada por los
organizadores en un anexo a la solicitud de registro. Dicho anexo solo está
disponible en inglés (los organizadores no proporcionaron traducciones del
mismo). El anexo no fue necesariamente consultado por todos los ciudadanos que
apoyaron la iniciativa. El plazo formal de doce meses para la recogida
de las declaraciones de apoyo a la iniciativa finalizó el 10 de mayo de 2013.
No obstante, la Comisión ha aceptado declaraciones de apoyo a la iniciativa
hasta el 1 de noviembre de 2013 a fin de tener en cuenta las dificultades
experimentadas por la mayoría de los organizadores para el establecimiento de
sus sistemas de recogida electrónicos durante la fase de lanzamiento de la
Iniciativa Ciudadana Europea[1].
Tras la verificación de las declaraciones de apoyo de las correspondientes
autoridades competentes de los Estados miembros, los organizadores presentaron
su iniciativa a la Comisión el 20 de diciembre de 2013, junto con los
certificados expedidos por las autoridades de 25 Estados miembros e información
sobre sus fuentes de financiación y apoyo, de conformidad con el artículo 9 del
Reglamento. El número de declaraciones de apoyo válidas
indicado en los certificados y la información facilitada por las autoridades
competentes de los Estados miembros se recogen en el cuadro más abajo. Estas
cifras tienen en cuenta el período de recogida adicional hasta el 1 de
noviembre de 2013. Estado miembro || Número de firmantes || Número mínimo de firmantes requerido en siete Estados miembros Austria || 57 643 || 14 250 Bélgica || 40 549 || 16 500 Bulgaria || 1 406 || 13 500 Chipre || 2 924 || 4 500 República Checa || 7 575 || 16 500 Estonia || 516 || 4 500 Finlandia || 14 589 || 9 750 Alemania || 1 236 455 || 74 250 Grecia || 33 220 || 16 500 Hungría || 18 245 || 16 500 Irlanda || 2 513 || 9 000 Italia || 65 223 || 54 750 Letonia || 393 || 6 750 Lituania || 13 252 || 9 000 Luxemburgo || 5 566 || 4 500 Malta || 1 635 || 4 500 Países Bajos || 21 469 || 19 500 Polonia || 3 962 || 38 250 Portugal || 13 964 || 16 500 Rumanía || 3 176 || 24 750 Eslovaquia || 20 988 || 9 750 Eslovenia || 17 546 || 6 000 España || 58 051 || 40 500 Suecia || 11 579 || 15 000 Reino Unido || 7 104 || 54 750 Total || 1 659 543 || Mínimo de firmantes requerido alcanzado en 13 Estados miembros En las semanas posteriores a la presentación
de la iniciativa, los organizadores enviaron a la Comisión dos nuevos
certificados expedidos por las autoridades de los Estados miembros: • Francia: 17 247 declaraciones
de apoyo válidas, • Dinamarca: 3 495
declaraciones de apoyo válidas. De conformidad con las disposiciones del artículo 10 del Reglamento, la
Comisión: - publicó el 20 de diciembre de 2013 la información
pertinente en el registro en: http://ec.europa.eu/citizens-initiative/public/initiatives/ongoing/details/2012/000003; - recibió a los organizadores el 17 de febrero de 2014 (por
la mañana). El mismo día por la tarde, de conformidad con el artículo 11
del Reglamento, los organizadores tuvieron oportunidad de presentar su
iniciativa en una audiencia pública organizada en el Parlamento Europeo.
Durante la reunión en la sede de la Comisión y la audiencia pública, la
Comisión estuvo representada por el Vicepresidente Šefčovič así como
por funcionarios de los distintos servicios implicados. [1] Véase el comunicado de prensa del 18 de julio de 2012
en:
http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/sefcovic/headlines/press-releases/2012/07/2012_07_18_eci_en.htm