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COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN relativa a la Iniciativa Ciudadana Europea «El Derecho al agua y el saneamiento como derecho humano. ¡El agua no es un bien comercial sino un bien público!» /* COM/2014/0177 final */


1.            INTRODUCCIÓN

La Iniciativa Ciudadana Europea, introducida por el Tratado de Lisboa para fomentar una mayor participación democrática de los ciudadanos en los asuntos europeos[1], permite a un millón de ciudadanos de la Unión Europea (UE), procedentes de al menos siete Estados miembros, hacer un llamamiento a la Comisión Europea para que proponga legislación en asuntos de competencia de la UE. Se trata del primer instrumento de democracia participativa a nivel de la UE. Desde su lanzamiento en abril de 2012, más de 5 millones de ciudadanos han suscrito más de 20 iniciativas.

«Right2Water» ha sido la primera iniciativa ciudadana europea en cumplir los requisitos del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la iniciativa ciudadana. Sus organizadores la presentaron oficialmente a la Comisión el 20 de diciembre de 2013 tras recibir el apoyo de 1,6 millones de ciudadanos.

En consonancia con las disposiciones del Reglamento sobre la iniciativa ciudadana, la Comisión dispone de tres meses para presentar su respuesta a esta iniciativa en una Comunicación en la que se recojan «sus conclusiones finales de carácter jurídico y político sobre la misma, las medidas que en su caso se proponga adoptar y las razones para actuar así o para no hacerlo»[2].

El 17 de febrero de 2014, la Comisión recibió a los organizadores, que ese mismo día tuvieron ocasión de presentar su iniciativa en una audiencia pública en el Parlamento Europeo. En el anexo I figura información adicional sobre los aspectos de procedimiento de esta primera iniciativa ciudadana.

A través de la iniciativa Right2Water se invita a la Comisión «a presentar una propuesta legislativa para la implementación del derecho humano al agua y el saneamiento reconocido por la ONU y a promover el suministro de agua y el saneamiento como servicios públicos esenciales para todos»[3].

Quienes suscriben la iniciativa instan a que:

– «por obligación, las instituciones comunitarias y los Estados miembros velen por que todos los ciudadanos puedan ejercer el derecho al agua y el saneamiento;

– el abastecimiento de agua y la gestión de recursos hídricos no se rijan por “las normas del mercado interior” y que se excluyan los servicios de agua del ámbito de la liberalización;

– la UE redoble esfuerzos para lograr el acceso universal al agua y el saneamiento».

La iniciativa plantea cuestiones transversales que cubren una amplia gama de políticas tanto a nivel de la UE como de los Estados miembros. Se debe considerar a la luz de las normas del Tratado de la UE y, en particular, de los principios de atribución, proporcionalidad y subsidiariedad.

2.            Situación actual

El acceso a un agua potable segura y al saneamiento está inextricablemente ligado al derecho a la vida y a la dignidad humana, así como a la necesidad de garantizar un nivel de vida adecuado.

A lo largo de la última década, el Derecho internacional ha reconocido el derecho al agua potable segura y el saneamiento, muy especialmente a nivel de las Naciones Unidas[4]. La Resolución 64/292 de las Naciones Unidas reconoce «que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos». Además, en el documento final de conclusiones de la Conferencia sobre desarrollo sostenible de las Naciones Unidas, los jefes de estado y de gobierno y los altos representantes reafirmaron «nuestros compromisos relativos al derecho humano al agua potable y el saneamiento, que ha de hacerse efectivo gradualmente en beneficio de nuestra población, respetando plenamente nuestra soberanía nacional»[5].

A nivel europeo, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa declaró que el acceso al agua debe ser reconocido como un derecho humano fundamental porque es esencial para la vida en el planeta y es un recurso que debe ser compartido por la humanidad[6]. La UE también ha reafirmado que «todos los Estados tienen obligaciones derivadas de los derechos humanos en lo que se refiere al acceso a un agua potable segura, que debe estar disponible y ser físicamente accesible, asequible y aceptable»[7].

Estos principios también han inspirado la acción de la UE. La Directiva marco sobre el agua de la UE reconoce que «el agua no es un bien comercial como los demás, sino un patrimonio que hay que proteger, defender y tratar como tal»[8]. Ciertos derechos y principios enunciados en la Carta de los derechos fundamentales de la UE pueden interpretarse también como directamente pertinentes por lo que se refiere al acceso al agua potable segura y a un saneamiento mejor. La protección efectiva de derechos fundamentales como el derecho a la dignidad (artículo 1) o el derecho a la vida (artículo 2) se ve claramente afectada por la falta de acceso al agua potable segura y al saneamiento. Por otra parte, es preciso tener también presente a este respecto el compromiso de la UE con un alto nivel de protección del medio ambiente[9] (artículo 37). Aunque la Carta solo se aplica en los Estados miembros cuando aplican la legislación de la UE, todas las disposiciones de esa legislación han de ser compatibles con la primera. Por lo tanto, todas las instituciones y organismos de la UE deben respetar los derechos consagrados en la Carta y velar por que cualquier medida adoptada sobre la base del Tratado sea compatible con dichos derechos.

Este es el contexto en el que la Comisión ha analizado la iniciativa ciudadana con vistas a establecer sus conclusiones, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento sobre la iniciativa ciudadana.

Contribución de la UE a un agua más accesible y de mejor calidad

Para poder garantizar y mejorar el acceso al agua y al saneamiento son cruciales tres elementos: calidad, accesibilidad física y asequibilidad.

La UE ha contribuido a garantizar el acceso al agua limpia y al saneamiento para la población de sus Estados miembros a través de dos tipos principales de acciones. En primer lugar, la UE ha establecido estrictas normas de calidad del agua que garantizan un elevado nivel de protección tanto de la salud pública como del medio ambiente. En segundo lugar, la UE ha proporcionado apoyo financiero para la ampliación y mejora de las infraestructuras hidráulicas en los Estados miembros, contribuyendo así a incrementar la calidad y el acceso físico a los servicios relacionados con el agua.

La UE introdujo requisitos mínimos de calidad del agua en la década de los 70 y a lo largo de las últimas cuatro décadas ha ido ampliando gradualmente su legislación sobre el agua. La Directiva marco sobre el agua[10], la Directiva sobre el agua potable[11] y la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas[12] son elementos clave de la legislación de la UE en este ámbito.

Esa legislación persigue un enfoque holístico de la gestión de las aguas y garantiza que el agua cumpla requisitos estrictos y sea, por lo tanto, segura, sana y limpia. La aplicación de estas normas medioambientales de la UE ha mejorado notablemente la calidad del agua potable de la UE, especialmente en Europa Central y Oriental.

La política de cohesión de la UE ha apoyado firmemente durante muchos años los esfuerzos de los Estados miembros en favor del desarrollo y la modernización de las infraestructuras que facilitan el acceso al agua potable y a los servicios de tratamiento de aguas residuales. Por ejemplo, desde 2007, más de 2,6 millones de personas de nueve Estados miembros se han beneficiado de un mejor suministro de agua potable gracias a la ayuda financiera de la UE. Otros 5,7 millones de personas de 14 Estados miembros se conectaron a una red de depuración mejorada de aguas residuales. A lo largo de los últimos siete años (2007-2013), el apoyo financiero de la UE a las inversiones en materia de suministro de agua potable y en obras e infraestructuras relacionadas con las aguas residuales alcanzó casi 22 000 millones de euros.

La asequibilidad es también un elemento clave ya que afecta al acceso universal real a los servicios del agua. La UE no desempeña ningún papel en la fijación de los precios del agua, que se determinan a nivel nacional. Sin embargo, la legislación medioambiental de la UE relacionada con el agua establece algunos principios de base para las políticas de fijación de los precios del agua en los Estados miembros. La Directiva marco sobre el agua exige que los Estados miembros garanticen que el precio del agua cobrado a los consumidores refleje el coste verdadero del uso del agua. Esto fomenta un uso sostenible de recursos hídricos limitados. La política de aguas de la UE se basa en el principio de que la asequibilidad de los servicios relacionados con el agua reviste una importancia crucial. Las autoridades nacionales tienen competencia para adoptar medidas concretas de apoyo para proteger a las personas desfavorecidas y abordar cuestiones relacionadas con la pobreza y el acceso al agua (por ejemplo, a través de ayudas a las familias con bajos ingresos o mediante el establecimiento de obligaciones de servicio público).

Prestación de servicios relacionados con el agua en el mercado interior

En la UE, la decisión sobre la mejor manera de explotar los servicios relacionados con el agua es competencia exclusiva de las autoridades públicas de los Estados miembros. La prestación de servicios relacionados con el agua es, por lo general, responsabilidad de las autoridades locales, que son las más cercanas a los ciudadanos y sus preocupaciones.

Las autoridades públicas tienen plena libertad para realizar las tareas pertinentes, directamente por sus propios medios o a través de entidades «internas» jurídicamente distintas, completamente públicas. También podrán decidir subcontratar parcial o totalmente los servicios relacionados con el agua a empresas de gestión privadas o mixtas. Al hacerlo, las autoridades públicas tienen pleno derecho a imponer obligaciones claras a los operadores privados para que garanticen que los servicios prestados en la zona geográfica de su competencia respetan las normas vigentes.

La UE, por su parte, se encarga de que se observen principios clave del Tratado como la transparencia y la igualdad de trato. Al mismo tiempo, las normas del Tratado la obligan a mantener su neutralidad en relación con las decisiones nacionales que regulan el régimen de propiedad de las empresas del sector del agua.[13]

Las normas del mercado interior de la UE respetan plenamente la competencia de las autoridades públicas para garantizar los niveles de calidad del servicio, decidir las tarifas aplicables e imponer las obligaciones de servicio público pertinentes (por ejemplo, para proteger a los usuarios desfavorecidos). Estas normas tienen como objetivo aumentar la transparencia, garantizar la no discriminación y permitir a los ciudadanos obtener la mejor prestación por el dinero que pagan mediante tarifas o impuestos. Por ejemplo, las normas en materia de contratación pública de la UE garantizan que, si las autoridades públicas deciden recurrir a una empresa externa para la prestación de servicios de gestión del agua, el proceso de selección sea transparente y garantice la oferta más ventajosa para los usuarios. Si, por el contrario, las autoridades públicas optan por prestar estos servicios a través de la cooperación entre entidades públicas, la legislación de la UE en el ámbito de la contratación pública aporta también un marco jurídico seguro y flexible para dicha cooperación.

En relación con las preocupaciones expresadas en la iniciativa ciudadana en el sentido de que el suministro de agua y la gestión de los recursos hídricos no estén regidos por las normas del mercado interior y de que se excluya a los servicios del agua de la liberalización, la Comisión confirma que la legislación sobre adjudicación de contratos no se aplica cuando las autoridades locales deciden suministrar por sí mismas los servicios a través de una empresa conjunta o de una empresa asociada[14].

La legislación de la UE ha reconocido de forma coherente la especificidad de los servicios de agua y saneamiento y su importancia para satisfacer las necesidades básicas de la población. Las concesiones en el sector del agua suelen ser objeto de disposiciones específicas y complejas que requieren tener especialmente en cuenta «la importancia del agua como bien público de valor fundamental para todos los ciudadanos de la Unión»[15]. Por consiguiente, las concesiones de agua potable, así como determinadas concesiones relativas al tratamiento y a la eliminación de aguas residuales, quedan excluidas del ámbito de aplicación de las nuevas normas de la UE sobre la adjudicación de contratos de concesión. Además, la distribución y el suministro de agua y los servicios de tratamiento de aguas residuales, están expresamente excluidos de la aplicación de la libre prestación de servicios transfronterizos establecida en la Directiva de servicios[16].

El compromiso de la UE a nivel mundial viene de largo

La reducción de la pobreza, el crecimiento integrador y el desarrollo sostenible dependen en gran medida de la disponibilidad y calidad del suministro de agua. Más de 2 600 millones de personas en todo el mundo no tienen acceso a sistemas de saneamiento mejorados y casi 1 000 millones todavía beben agua sin tratar. Los avances en la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) por lo que se refiere al agua potable segura van por buen camino, pero el retraso es considerable por lo que se refiere al objetivo de saneamiento, que se traduce en más de 1000 millones de personas afectadas si se tiene en cuenta la tendencia actual.

El compromiso de la UE con la garantía del acceso al agua potable segura, el saneamiento y la promoción de la gestión integrada de los recursos hídricos en los países socios viene de largo. Desde 2002 ha estado vigente un marco específico de esta política introducido con la «Comunicación sobre la política de gestión del agua en los países en desarrollo»[17]. Así surgió la Iniciativa del agua de la UE[18], un instrumento político destinado a mejorar la cooperación y prestar una ayuda al desarrollo más eficaz mediante un enfoque basado en la colaboración y en la implicación de las distintas partes interesadas.

Los objetivos políticos de la UE se han plasmado en numerosas acciones concretas con un apoyo financiero significativo a lo largo de la última década, en particular a través del establecimiento de un Fondo ACP-UE para el agua[19] en 2004. Como resultado directo de la ayuda de la UE, entre 2004 y 2013, más de 70 millones de personas pudieron acceder a un mejor suministro de agua y 24 millones de personas a instalaciones de saneamiento.

La UE y sus Estados miembros aportan cerca de 1 500 millones de euros cada año a programas de promoción del abastecimiento de agua, el saneamiento y la higiene en los países en desarrollo. La Unión es el mayor donante individual en el sector del agua.

Desde 2007, la UE ha asignado unos 2 500 millones de euros a acciones de suministro de agua y de saneamiento en más de 60 países socios[20]. Gran parte de la acción de la UE en el ámbito del agua y del saneamiento consiste en el desarrollo de infraestructuras tales como redes de alcantarillado y de abastecimiento de agua, plantas de agua potable y de tratamiento de aguas residuales, suministro de agua en zonas rurales dispersas y saneamiento rural.

Además, la UE es el mayor donante de acción humanitaria en el ámbito del abastecimiento de agua, el saneamiento y la higiene, con una asignación actual de 200 millones de euros anuales para garantizar el acceso oportuno y digno a servicios de agua suficientes y seguros por parte de las poblaciones amenazadas por crisis humanitarias en curso, inminentes o futuras.

La UE apoya proyectos de asociación (Norte-Sur y Sur-Sur) para desarrollar capacidades en el sector del agua y el saneamiento mediante la transferencia de experiencia y conocimientos procedentes de las empresas públicas de agua y saneamiento, las autoridades locales y otros agentes del sector del agua. Muchos de los recursos comprometidos hasta ahora han ayudado a empresas del sector del agua que carecen de capital a ampliar la cobertura a los segmentos más pobres de la población. Por otra parte, los instrumentos regionales de financiación combinada de la UE han financiado desde 2007 aproximadamente 30 proyectos de suministro de agua y de saneamiento, cuyo efecto multiplicador se ha cifrado en más de 2 000 millones EUR de préstamos e inversiones.

3.           MEDIDAS EN RELACIÓN CON LA ICE

Las acciones pasadas y presentes de la UE, según se ha expuesto anteriormente, reflejan un claro reconocimiento de la importancia del agua como un bien público que es esencial para la vida y el pleno disfrute de todos los derechos humanos. En el marco de sus competencias y respetando plenamente el principio de subsidiariedad, la UE siempre ha desempeñado un papel positivo para garantizar que el acceso a un agua potable segura y limpia y a servicios mejorados de saneamiento sea una realidad para todos, tanto dentro como fuera de Europa.

A la luz de la Iniciativa Ciudadana Europea, la Comisión ha intentado identificar las lagunas restantes y los ámbitos en los que son necesarios más esfuerzos a nivel nacional o de la UE con el fin de abordar las preocupaciones que están en el origen de esta llamada a la acción de los ciudadanos.

La Comisión se ha comprometido a garantizar que la dimensión de derechos humanos del acceso al agua potable, que debe estar disponible, ser físicamente accesible, asequible y aceptable, siga orientando su acción futura.

Garantizar un agua de mejor calidad y mejorar el acceso a la misma

La plena aplicación de la legislación de la UE sobre el agua por parte de los Estados miembros es esencial para asegurar el acceso a un agua potable segura de todos los ciudadanos de la UE. A pesar de los progresos significativos realizados a lo largo de los años, sigue habiendo margen para mejorar el acceso a un agua de calidad y el saneamiento, especialmente de los ciudadanos que residen en áreas con sistemas de abastecimiento de agua de pequeña escala.

En el nuevo 7° Programa de acción en materia de medio ambiente (PMA)[21], que orienta la acción de la UE en materia medioambiental, se subraya que, para que todos los ciudadanos de la UE puedan disfrutar de unos niveles altos de seguridad del agua potable y de baño para 2020, será necesario mejorar la aplicación de las normas de la UE. Pero hay que seguir actuando para:

· garantizar una mayor calidad del agua potable para pequeños suministros (es decir, los que abastecen a menos de 5 000 personas);

· mantener y renovar las infraestructuras existentes, prestando especial atención a la innovación para mejorar la eficacia, y

· construir las infraestructuras de aguas residuales que faltan (sistemas de captación y tratamiento), en particular en los Estados miembros de Europa Oriental.

Todo ello requiere disponer de la financiación suficiente, establecer las prioridades adecuadas, garantizar la buena gobernanza y contar con la capacidad administrativa nacional y local necesarias para la planificación, la coordinación y la ejecución de las inversiones. Las decisiones de los Estados miembros sobre sus prioridades de gasto para la futura financiación de la UE[22] serán especialmente importantes para abordar las lagunas identificadas. La Comisión se esforzará por garantizar que los Estados miembros aprovechan plenamente las importantes posibilidades de ayuda financiera de la UE en el sector del agua previstas en el nuevo período de programación financiera (2014-2020), en particular a través de la prioridad de inversión específicamente centrada en la gestión del agua.

La Comisión intensificará los esfuerzos orientados a la plena aplicación de la legislación de la UE sobre el agua por parte de los Estados miembros, trabajando en estrecha colaboración con ellos y con las partes interesadas para aplicar las propuestas presentadas en el Plan para el agua 2012[23], en el que ya se identificaban los principales desafíos para la política del agua de la UE.

La Comisión continuará revisando la legislación de la UE sobre el agua. En 2013 se reforzaron las normas sobre sustancias prioritarias en el agua[24]y la Directiva de aguas subterráneas[25] está en proceso de actualización. Del mismo modo, la Comisión ha estado trabajando con los Estados miembros y las partes interesadas en la adaptación de las disposiciones en materia de seguimiento y análisis de la Directiva sobre el agua potable a los avances científicos y técnicos. Además, y teniendo especialmente presentes las preocupaciones en relación con las pequeñas fuentes de abastecimiento de agua potable, la Comisión pondrá en marcha un procedimiento de consulta pública a nivel de la UE con el fin de valorar la necesidad de introducir mejoras y el modo de hacerlo. También preparará una revisión de la Directiva marco sobre el agua y propondrá las modificaciones necesarias[26].

Por lo que se refiere a la dimensión clave de la asequibilidad del agua, sigue siendo fundamental la acción a nivel nacional. Dicha acción forma parte integrante de las políticas de reducción de la pobreza y de la exclusión social de los Estados miembros, que también se apoyan y complementan a nivel de la UE[27]. Las medidas encaminadas a proteger a las personas desfavorecidas cobran ahora incluso mayor importancia dado el aumento de los problemas que relacionan pobreza y acceso al agua y la incapacidad de algunas personas para pagar la factura del agua. Por consiguiente, la Comisión invita a los Estados miembros a que, actuando en el ámbito de sus competencias, garanticen el acceso a un suministro de agua mínimo para todos los ciudadanos de acuerdo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud[28], y apliquen correctamente la Directiva marco sobre el agua.

Garantizar la neutralidad en lo que se refiere a la prestación de los servicios del agua

La Comisión seguirá garantizando el pleno cumplimiento de las normas del Tratado que exigen la neutralidad de la UE en relación con las decisiones nacionales que regulan el régimen de propiedad de las empresas del agua[29], al tiempo que velará por el respeto de principios clave del Tratado como la transparencia y la igualdad de trato. En relación con las preocupaciones expresadas en la iniciativa ciudadana en el sentido de que el suministro de agua y la gestión de los recursos hídricos no estén regidos por las normas del mercado interior y de que se excluya a los servicios del agua de la liberalización, la Comisión confirma que la legislación sobre adjudicación de contratos no se aplica cuando las autoridades locales deciden suministrar por sí mismas los servicios a través de una empresa conjunta o de una empresa asociada[30].

En las negociaciones comerciales internacionales, la Comisión continuará asimismo comprometiéndose activamente con los socios comerciales a fin de garantizar que las decisiones nacionales, regionales y locales sobre la gestión de los servicios relacionados con el agua se respeten y protejan adecuadamente.

Como se ha dicho anteriormente, la legislación de la UE ha reconocido sistemáticamente la especificidad de los servicios del agua y saneamiento y su importancia para satisfacer las necesidades básicas de la población. Las nuevas normas de la UE sobre la adjudicación de contratos de concesión, adoptadas por el Parlamento Europeo y el Consejo el 26 de febrero de 2014, constituyen el más reciente ejemplo de dicho reconocimiento. En respuesta a las preocupaciones públicas expresadas durante el proceso legislativo, la Comisión propuso excluir explícitamente del ámbito de aplicación de dichas normas las concesiones de agua potable y determinadas concesiones para el tratamiento de las aguas residuales. Ello responde también a la preocupación expresada en el contexto de la iniciativa Right2Water.

Incremento de la transparencia

La transparencia puede desempeñar un papel clave en la mejora del acceso de los ciudadanos a los servicios de agua y saneamiento y tiene un impacto en sus tres dimensiones principales (es decir, la accesibilidad, la asequibilidad y la calidad). La necesidad de transparencia ha inspirado algunas de las disposiciones de la Directiva marco sobre el agua. El artículo 14 exige que los ciudadanos europeos estén informados y sean consultados durante el proceso de adopción de los planes hidrológicos de cuenca y que las autoridades expliquen cómo se han tenido en cuenta sus opiniones. Además, la legislación de la UE garantiza el derecho de acceso a la información medioambiental en poder de las autoridades públicas o destinada a ellas y establece las normas, condiciones básicas y modalidades prácticas de su ejercicio, contribuyendo así a políticas más transparentes[31].

La Comisión está de acuerdo en que debe mejorarse la cantidad y calidad de la información sobre la calidad y los servicios del agua a disposición de los ciudadanos. Una mejor información puede capacitar a los ciudadanos, permitiéndoles seguir y participar más activamente en las decisiones relativas a la gestión del agua, que en su mayor parte se adoptan a nivel nacional, regional o local.

La Comisión seguirá desarrollando nuevas iniciativas a fin de mejorar la transparencia en pro de los ciudadanos. En virtud de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, la Comisión está trabajando en estrecha colaboración con los Estados miembros, en particular con un conjunto de países piloto, para crear nuevos sistemas de información que permiten un acceso fácil y en línea de los ciudadanos a información clave sobre el cumplimiento de la normativa (marcos estructurados de aplicación e información).

La Comisión desarrollará un planteamiento similar para aumentar la transparencia en favor de los consumidores por lo que se refiere a la calidad del agua potable. Al igual que hizo en el caso de las aguas residuales urbanas, la Comisión podría ayudar a los Estados miembros a determinar los tipos de datos necesarios para contar con una información comparable en toda la UE. El actual Sistema de Información sobre el Agua para Europa[32] podría proporcionar un punto de entrada único de dicha información.

Por otra parte, la Comisión está dispuesta a explorar la idea de la evaluación comparativa de la calidad del agua como medio para dotar a los ciudadanos de una mayor capacidad para ejercer su influencia. La Comisión también está dispuesta a promover un diálogo más estructurado entre las partes interesadas, que reúna a los prestatarios públicos y privados de servicios, y a cooperar con las iniciativas existentes[33] para proporcionar un conjunto más amplio de indicadores y valores de referencia para los servicios del agua. Se trata de un primer paso hacia una mejora significativa de la transparencia y la responsabilidad de los prestatarios de servicios del agua al ofrecer a los ciudadanos datos comparables sobre los indicadores clave de los resultados logrados por los operadores del agua en términos económicos, técnicos y de calidad.

Un enfoque más integrado de la ayuda al desarrollo

La Comisión se ha comprometido a garantizar que la dimensión de derechos humanos por lo que se refiere al acceso al agua potable segura y al saneamiento siga estando en el centro de su política de desarrollo. La UE tiene la intención de proseguir sus esfuerzos por lograr el acceso universal al agua y al saneamiento como un elemento clave de su política de desarrollo. A pesar de los progresos realizados, más de 4 000 niños menores de cinco años mueren cada día en el mundo por enfermedades asociadas a la falta de acceso a un agua potable limpia.

En el período de programación 2014-2020, la ayuda financiera de la UE se centrará en un número de sectores específicos en cada país socio, dando prioridad a los ámbitos de mayor necesidad para garantizar que la ayuda se emplee eficazmente y obtenga los mejores resultados posibles[34]. El apoyo al suministro de agua, el saneamiento y la higiene estará dirigido más específicamente a los países socios en los que se haya identificado como sector prioritario al elaborar sus Programas Indicativos Nacionales. La Comisión trabajará en coordinación con los países socios, los Estados miembros y otros socios de la política de desarrollo con el fin de garantizar la adecuada cobertura de este sector en todos los países socios.

Al mismo tiempo, la acción de la UE se encaminará hacia un enfoque más integrado y la creación de sinergias entre el agua y la seguridad energética y alimentaria será un principio rector para la acción futura, sobre todo a nivel regional. Como la seguridad alimentaria es un sector prioritario en más de 50 países, la dimensión del abastecimiento de agua, el saneamiento y la higiene se integrará en los programas de seguridad alimentaria, a fin de reducir el problema de la malnutrición de los países en desarrollo. El nuevo marco financiero (2014-2020) destinará más de 3 000 millones de euros a llevar a cabo intervenciones con un impacto en la situación nutricional, de las que las relativas al abastecimiento de agua, saneamiento e higiene figuran entre las más importantes.

Las cuestiones relativas a los recursos hídricos también se tratarán en instrumentos temáticos, a través de sus vínculos con la agricultura, la energía y la seguridad. El programa temático «Retos y bienes públicos mundiales» procurará reforzar la coherencia de las acciones exteriores y su relación con otras iniciativas de actuación de la UE, como, por ejemplo, las políticas energéticas y sobre el clima de la UE, la biodiversidad, el medio ambiente, la gestión de los recursos hídricos y la diplomacia del agua, entre otros.

La Comisión mantendrá su firme compromiso con la acción humanitaria en el ámbito del abastecimiento de agua, saneamiento e higiene en situaciones de emergencia y para la prevención de las mismas. Se trata de un reconocimiento del aumento del riesgo de conflicto que provoca la presión sobre los recursos hídricos así como de las crecientes necesidades de intervención humanitaria en el ámbito del agua en las ciudades. La Comisión proseguirá el trabajo en curso con el fin de incrementar la oportunidad, eficacia y eficiencia de la ayuda humanitaria a través de un refuerzo de los mecanismos de coordinación entre los socios de la ayuda humanitaria.

Promoción de asociaciones público-públicas

Hay un creciente reconocimiento del potencial de las asociaciones sin fines lucrativos en el sector del agua. Durante los últimos diez años, el Fondo ACP-UE para el agua ha desempeñado un papel de vanguardia en este sentido a través de acciones de desarrollo de las capacidades de las autoridades públicas en los países ACP. En 2013 se encargó una evaluación del Fondo para el agua y su impacto, actualmente en curso. Los resultados de esta evaluación se tendrán debidamente en cuenta y se integrarán en los futuros enfoque y decisiones de programación.

También se prestará apoyo a las asociaciones público-públicas en el contexto de los programas de apoyo al sector del abastecimiento de agua, el saneamiento y la higiene en los países socios que han elegido el agua como sector prioritario. Sobre la base de las lecciones aprendidas en proyectos anteriores y en curso, la Comisión intentará identificar nuevas oportunidades de asociación (Norte-Sur y Sur-Sur) para desarrollar capacidades en el sector del agua y el saneamiento mediante la transferencia de experiencia y conocimientos entre los servicios públicos de agua y saneamiento, las autoridades locales y otros agentes del sector del agua.

Seguimiento de Río + 20

La UE seguirá trabajando por conseguir un acceso universal al agua potable segura y el saneamiento, también en el contexto del seguimiento de la Conferencia de Río + 20 de las Naciones Unidas sobre el desarrollo sostenible, en la que se reconoció el papel central del agua.

En la Declaración Ministerial «El futuro que queremos»[35], los líderes mundiales han manifestado su compromiso con el derecho humano al agua potable segura y al saneamiento, a la consecución progresiva del acceso al agua potable y segura y al saneamiento de todos (es decir, más allá de Johannesburgo y los ODM) y a la mejora significativa de la ejecución de una gestión integrada de los recursos hídricos.

En la reciente Comunicación «Una vida digna para todos - Acabar con la pobreza y dar al mundo un futuro sostenible»[36], la Comisión señala el sector del agua como uno de los que es preciso abordar de forma integrada para logra un desarrollo humano básico y un crecimiento sostenible e integrador en el programa para el desarrollo post-2015 que deberá elaborarse a nivel de las Naciones Unidas. En las conclusiones del Consejo de 25 de junio de 2013[37] se establece que el marco post-2015 deberá integrar los pilares económico, social y medioambiental del desarrollo sostenible de manera equilibrada para promover el respeto de condiciones de vida básicas (incluidas las relacionadas con el agua y el saneamiento), los motores de la «economía verde» y el uso, gestión y protección sostenible de los recursos naturales.

El informe[38] del Grupo de alto nivel de las Naciones Unidas sobre el programa de desarrollo post-2015 propone un objetivo en materia de agua y saneamiento, lo que hace de este sector una de las prioridades emergentes del marco post-2015.

La Comisión está preparando una Comunicación de seguimiento sobre el marco de desarrollo post-2015[39] en la que se establecen objetivos prioritarios y que abordará los temas del agua y el saneamiento. A nivel internacional, el Grupo de Trabajo de Composición Abierta (GTA) sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio[40] está trabajando asimismo en la fijación de metas y objetivos. El GTA presentará su propuesta a la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2014 y este resultado pasará a integrarse en la negociación intergubernamental con vistas a la celebración de una cumbre final en septiembre de 2015, en la que la UE y sus Estados miembros seguirán desempeñando un papel clave.

4.           Conclusiones

La Comisión acoge con satisfacción la movilización de los ciudadanos europeos en apoyo del acceso al agua potable segura y el saneamiento en Europa y a nivel mundial. La Comisión destaca la importancia de la dimensión de derechos humanos del acceso al agua potable segura y el saneamiento y continuará asegurándose de que esos principios siguen estando en el centro de sus políticas. A nivel de la UE, la Comisión, sobre la base del trabajo ya realizado, seguirá aumentando y mejorando el acceso al agua potable segura y al saneamiento de toda la población a través de las políticas medioambientales y de la financiación de infraestructuras.

La Comisión seguirá garantizando la neutralidad de la UE por lo que respecta a las opciones nacionales, regionales y locales en materia de prestación de los servicios del agua al tiempo que vela por el respeto de principios clave de los Tratados como la transparencia y la igualdad de trato. La Comisión permanecerá también atenta a las preocupaciones públicas por lo que se refiere a la especificidad de dichos servicios, como ya ha hecho en el contexto del proceso legislativo de las normas de la UE sobre concesiones.

El aumento de la transparencia en favor de los ciudadanos de la UE también constituirá uno de los objetivos centrales de los esfuerzos futuros de la UE en este ámbito. El objetivo será capacitar al ciudadano para que pueda ejercer su influencia colmando las lagunas de información que le impiden ser más activo en la adopción de las decisiones de gestión del agua a nivel local, regional y nacional.

A nivel mundial, la Unión mantiene su compromiso con el proceso internacional de elaboración del programa de desarrollo post-2015 y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de aplicación universal y seguirá promoviendo activamente el acceso al agua potable segura, el saneamiento y la gestión integrada de los recursos hídricos a través de su política de desarrollo, en especial gracias a un compromiso financiero de más de 3 000 millones de euros para llevar a cabo intervenciones con repercusión en la situación nutricional que incluyan el sector del agua y el saneamiento (2014-2020).

En respuesta a este llamamiento de la ciudadanía, la Comisión se ha comprometido a adoptar medidas concretas y a trabajar en una serie de nuevas acciones en ámbitos de interés directo para la iniciativa y sus objetivos. En particular, la Comisión:

· reforzará la aplicación de su legislación sobre la calidad del agua, basándose en los compromisos presentados en el VII PMA y en el Plan para el agua;

· pondrá en marcha una consulta pública a escala de la UE sobre la Directiva relativa al agua potable, en especial en aras de una mejora del acceso al agua de calidad en la UE;

· mejorará la transparencia de la gestión de los datos por lo que se refiere a las aguas residuales urbanas y al agua potable y explorará la idea de una evaluación comparativa de la calidad del agua;

· introducirá un diálogo más estructurado entre las partes interesadas sobre la transparencia en el sector del agua;

· cooperará con iniciativas existentes para proporcionar un conjunto más amplio de criterios de referencia para los servicios del agua;

· estimulará enfoques innovadores de la ayuda al desarrollo (por ejemplo, apoyo a las asociaciones de operadores del sector del agua y a las asociaciones público-públicas), promoverá el intercambio de buenas prácticas entre Estados miembros (por ejemplo, sobre instrumentos de solidaridad) e identificará nuevas oportunidades para la cooperación;

· defenderá el acceso universal al agua potable segura y el saneamiento como ámbito prioritario de los futuros Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Por último, la Comisión invita a los Estados miembros a que tengan en cuenta, al actuar en el marco de sus competencias, las inquietudes manifestadas por los ciudadanos a través de esta iniciativa y les insta a que redoblen sus esfuerzos para garantizar el suministro de agua potable, limpia, segura y asequible y el saneamiento para todos.

De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento sobre la ICE, la presente Comunicación será notificada a los organizadores de la iniciativa, así como al Parlamento Europeo y al Consejo y se hará pública.

[1]               Reglamento (UE) nº 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana DO L 65 de 11.3.2011, p. 1.

[2]               Artículo 10, apartado 1, del Reglamento sobre la iniciativa ciudadana.

[3]               http://ec.europa.eu/citizens-initiative/public/initiatives/finalised/details/2012/000003

[4]               Entre otras, la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas nº 64/292 de 3.8.2010 y las Resoluciones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

 n º 7/22 de 28.3.2008 y nº 15/9 de 6.10.10.

[5]               http://www.un.org/es/sustainablefuture/

[6]               Resolución nº 1693(2009) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.

[7]               Declaración de la Alta Representante, Catherine Ashton, en nombre de la Unión Europea con ocasión del Día Mundial del Agua de 22 de marzo de 2010: http://register.consilium.europa.eu/ : doc 7810/10

[8]               Primer considerando de la Directiva Marco sobre el agua de la UE, 2000/60/CE.

[9]               El artículo 191, apartado 2, del TFUE también establece que la política de la Unión en el ámbito del medio ambiente tendrá como objetivo alcanzar un nivel de protección elevado, teniendo presente la diversidad de situaciones existentes en las distintas regiones de la Unión.

[10]             Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DO L 327 de 22.12.2000, p. 1).

[11]             Directiva 98/83/CE del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (DO L 330 de 5.12.1998, p. 32).

[12]             Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (DO L 135 de 30.5.1991, p. 40).

[13]             El artículo 345 del Tratado de Funcionamiento de la UE establece claramente un «principio de neutralidad» en relación con las normas que regulan el régimen de la propiedad en los Estados miembros. La UE, por lo tanto, no puede adoptar actos jurídicos que afecten a las normas por las que se rige el régimen de la propiedad, incluidos los que afecten a la propiedad de las empresas que prestan servicios públicos, como el de suministro de agua.

[14]             En las condiciones establecidas en el artículo 23 de la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (DO L 134 de 30.4.2004).

[15]             Considerando 40 de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la adjudicación de contratos de concesión recientemente adoptada (PE-CONS 73/13, que se publicará próximamente en el DO).

[16]             Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

[17]             COM (2002)132 final.

[18]             www.euwi.net

[19]             ACP: Grupo de los Estados de África, el Caribe y el Pacífico.

[20]             Esto no incluye la ayuda proporcionada por cada uno de los Estados miembros.

[21]             Decisión nº 1386/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2020 «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta».

[22]             Por lo que se refiere a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, se está concluyendo el establecimiento de las prioridades del gasto para cada país de la UE en el marco los acuerdos de asociación y los programas operativos, preparados por los Estados miembros en estrecha colaboración con la Comisión.

[23]             COM (2012) 673 final.

[24]             Sustancias que presentan un riesgo significativo para el medio acuático o a través del mismo; Directiva 2013/39/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de agosto de 2013, por la que se modifican las Directivas 2000/60/CE y 2008/105/CE en cuanto a las sustancias prioritarias en el ámbito de la política de aguas.

[25]             Directiva 80/68/CEE del Consejo, de 17 de diciembre de 1979, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas; DO L 20 de 26.1.1980, p. 43.

[26]             De acuerdo con los requisitos del artículo 19, apartado 2, de la Directiva.

[27]             Véase en particular el Conjunto de Medidas sobre Inversión Social publicado en febrero de 2013 por la Comisión (http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1044&&langId=en).

[28]             Según la OMS, son necesarios entre 50 y 100 litros de agua por persona al día para garantizar que se cubran las necesidades básicas y que no surjan grandes amenazas para la salud. El acceso a entre 20 y 25 litros al día por persona representa un mínimo, pero esta cantidad no despeja todas las preocupaciones a nivel sanitario ya que no es suficiente para cubrir necesidades de higiene básicas y garantizar los consumos recomendados.

[29]             El artículo 345 del TFUE establece claramente un «principio de neutralidad» en relación con las normas que regulan el régimen de la propiedad en los Estados miembros. La UE, por lo tanto, no puede adoptar actos jurídicos que afecten a las normas por las que se rige el régimen de la propiedad, incluidos aquellos que afecten a la propiedad de las empresas que prestan servicios públicos, como el de suministro de agua.

[30]             En las condiciones establecidas en los artículos 28, 29 y 30 de la Directiva 2014/XX/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 26 de febrero de 2014, pendiente de publicación).

[31]             Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso del público a la información medioambiental y por la que se deroga la Directiva 90/313/CEE del Consejo.

[32]             http://water.europa.eu/

[33]             Por ejemplo: http://www.waterbenchmark.org

[34]             Tal como se establece en la Comunicación sobre el «Programa para el cambio» - COM(2011) 637               

[35]             http://www.un.org/es/sustainablefuture/

[36]             COM (2013) 92.

[37]             Http://www.eu-un.europa.eu/articles/en/article_13692_en.htm

[38]             Http://www.un.org/sg/management/pdf/HLP_P2015_Report.pdf

[39]             Programa de trabajo de la Comisión 2014, COM(2013)739.

[40]             El documento sobre las conclusiones finales de Rio+20 encomendó al Grupo de Trabajo de Composición Abierta de la Asamblea General de las Naciones Unidas la preparación de una propuesta de OMD que se deberá presentar en la 68ª sesión de la Asamblea.

ANEXO

Aspectos procedimentales de la iniciativa Right2water

De conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (UE) nº 211/2011, la presente iniciativa se registró el 10.5.2012 y se publicó en el registro electrónico de la Comisión en: http://ec.europa.eu/citizens-initiative/public/initiatives/ongoing/details/2012/000003.

Los miembros del comité ciudadano registrado en la Comisión son residentes de los siguientes Estados miembros: Francia, Bélgica, Alemania, Suecia, Bulgaria, Italia y el Reino Unido.

La iniciativa fue registrada en inglés. Posteriormente, los organizadores facilitaron traducciones del título, tema y objetivos de la iniciativa en todas las lenguas oficiales de la UE.

De conformidad con el Reglamento sobre la iniciativa ciudadana, en los formularios utilizados por los ciudadanos para dar su apoyo a la iniciativa figuraban el título, el tema y los objetivos de la misma. Los formularios también incluían el enlace al registro electrónico de la Comisión (véase más arriba), lo que permitió a los ciudadanos interesados acceder a la información más detallada sobre la iniciativa facilitada por los organizadores en un anexo a la solicitud de registro. Dicho anexo solo está disponible en inglés (los organizadores no proporcionaron traducciones del mismo). El anexo no fue necesariamente consultado por todos los ciudadanos que apoyaron la iniciativa.

El plazo formal de doce meses para la recogida de las declaraciones de apoyo a la iniciativa finalizó el 10 de mayo de 2013. No obstante, la Comisión ha aceptado declaraciones de apoyo a la iniciativa hasta el 1 de noviembre de 2013 a fin de tener en cuenta las dificultades experimentadas por la mayoría de los organizadores para el establecimiento de sus sistemas de recogida electrónicos durante la fase de lanzamiento de la Iniciativa Ciudadana Europea[1]. Tras la verificación de las declaraciones de apoyo de las correspondientes autoridades competentes de los Estados miembros, los organizadores presentaron su iniciativa a la Comisión el 20 de diciembre de 2013, junto con los certificados expedidos por las autoridades de 25 Estados miembros e información sobre sus fuentes de financiación y apoyo, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento.

El número de declaraciones de apoyo válidas indicado en los certificados y la información facilitada por las autoridades competentes de los Estados miembros se recogen en el cuadro más abajo. Estas cifras tienen en cuenta el período de recogida adicional hasta el 1 de noviembre de 2013.

Estado miembro || Número de firmantes || Número mínimo de firmantes requerido en siete Estados miembros

Austria || 57 643 || 14 250

Bélgica || 40 549 || 16 500

Bulgaria || 1 406 || 13 500

Chipre || 2 924 || 4 500

República Checa || 7 575 || 16 500

Estonia || 516 || 4 500

Finlandia || 14 589 || 9 750

Alemania || 1 236 455 || 74 250

Grecia || 33 220 || 16 500

Hungría || 18 245 || 16 500

Irlanda || 2 513 || 9 000

Italia || 65 223 || 54 750

Letonia || 393 || 6 750

Lituania || 13 252 || 9 000

Luxemburgo || 5 566 || 4 500

Malta || 1 635 || 4 500

Países Bajos || 21 469 || 19 500

Polonia || 3 962 || 38 250

Portugal || 13 964 || 16 500

Rumanía || 3 176 || 24 750

Eslovaquia || 20 988 || 9 750

Eslovenia || 17 546 || 6 000

España || 58 051 || 40 500

Suecia || 11 579 || 15 000

Reino Unido || 7 104 || 54 750

Total || 1 659 543 || Mínimo de firmantes requerido alcanzado en 13 Estados miembros

En las semanas posteriores a la presentación de la iniciativa, los organizadores enviaron a la Comisión dos nuevos certificados expedidos por las autoridades de los Estados miembros:

•           Francia: 17 247 declaraciones de apoyo válidas,

•           Dinamarca: 3 495 declaraciones de apoyo válidas.

De conformidad con las disposiciones del artículo 10 del Reglamento, la Comisión:

- publicó el 20 de diciembre de 2013 la información pertinente en el registro en:

http://ec.europa.eu/citizens-initiative/public/initiatives/ongoing/details/2012/000003;

- recibió a los organizadores el 17 de febrero de 2014 (por la mañana).

El mismo día por la tarde, de conformidad con el artículo 11 del Reglamento, los organizadores tuvieron oportunidad de presentar su iniciativa en una audiencia pública organizada en el Parlamento Europeo. Durante la reunión en la sede de la Comisión y la audiencia pública, la Comisión estuvo representada por el Vicepresidente Šefčovič así como por funcionarios de los distintos servicios implicados.

[1]               Véase el comunicado de prensa del 18 de julio de 2012 en: http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/sefcovic/headlines/press-releases/2012/07/2012_07_18_eci_en.htm