52014DC0064

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO sobre la estrategia de la UE contra el tráfico de especies silvestres /* COM/2014/064 final */


COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la estrategia de la UE contra el tráfico de especies silvestres

1.            La nueva cara del tráfico de especies silvestres: un cambio espectacular en su naturaleza, escala e impacto

En la actualidad, el mundo asiste a una intensificación del comercio transfronterizo ilícito de especies de fauna y flora silvestres (tráfico de especies silvestres). Ese comercio se ha convertido en una de las actividades delictivas más lucrativas a nivel mundial. El tráfico de especies silvestres no es un fenómeno nuevo, pero en los últimos años su escala, naturaleza e impactos han cambiado considerablemente. En una reciente Resolución de las Naciones Unidas[1] se declara que el tráfico de especies silvestres es un delito organizado grave que cometen los mismos tipos de grupos delictivos organizados que son responsables a nivel internacional de actividades tales como el tráfico de seres humanos, estupefacientes y armas de fuego. La caza furtiva y el tráfico de especies silvestres son una fuente de financiación de algunas milicias y, por esa razón, el Secretario General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas han reconocido que esas actividades contribuyen a alimentar la inestabilidad en África Central y constituyen una amenaza para la paz y la seguridad en la región[2].

Algunas cifras sobre el volumen y el valor del tráfico de especies silvestres[3] Según estimaciones, en la última década se ha duplicado el número de elefantes africanos sacrificados de forma ilícita y se ha triplicado la cantidad de marfil decomisado. En 2012, los cazadores furtivos sacrificaron a aproximadamente 22 000 elefantes. En 2013 se decomisaron más de 40 toneladas de marfil ilícito. Es probable que la población de elefante africano, que se calcula asciende a 500 000 individuos, esté disminuyendo en todas las subregiones africanas. La caza furtiva del rinoceronte se ha intensificado drásticamente en Sudáfrica. En 2013, la caza furtiva afectó a más de 1 000 animales, frente a 13 en 2007. En total, desde 2010, aproximadamente 2 500 especímenes fueron objeto de caza furtiva en Sudáfrica, lo que representa el 80 % de toda la población de rinocerontes africanos. De seguir aumentando a este ritmo la caza furtiva en Sudáfrica, antes de 2016 empezará a reducirse su población de rinocerontes. La población de tigres en el mundo ha disminuido de los 100 000 ejemplares que había hace un siglo a menos de 3 500 en la actualidad. La caza furtiva es responsable del 78 % de las muertes de tigres de Sumatra. Se calcula que el valor de reventa del cuerno de rinoceronte se sitúa en torno a los 40 000 EUR/kg (el precio actual de 1 kg de oro es de, aproximadamente, 31 000 EUR), y los precios del marfil bruto alcanzan los 620 EUR/kg en el mercado negro. Los huesos de tigre se pueden vender a 900 EUR/kg. Se calcula que la tala ilegal representa hasta el 30 % del comercio de madera en el mundo y contribuye a más del 50 % de la deforestación tropical en África Central, el Amazonas y el Sudeste Asiático. Se calcula que la pesca ilegal tiene un valor global de aproximadamente 10 000 millones EUR al año y representa el 19 % del valor comunicado de las capturas.

La intensificación del tráfico de especies silvestres se debe, principalmente, a una demanda elevada y creciente de productos de especies silvestres, sobre todo en algunas partes de Asia[4], a la pobreza, a una gobernanza deficiente, así como a situaciones de inestabilidad y crisis en las principales regiones proveedoras, y se ve facilitada por lagunas en la represión de la delincuencia y por unas sanciones insuficientemente disuasorias.

El tráfico de especies silvestres constituye una grave amenaza para la biodiversidad y el desarrollo sostenible. Especies emblemáticas como los elefantes, los rinocerontes, los monos antropoides, los tigres y los tiburones están especialmente afectadas por este tráfico, hasta un punto tal que peligra la supervivencia de algunas de ellas. La caza furtiva de elefantes y rinocerontes ha alcanzado las cotas más altas de la historia reciente, lo que menoscaba la recuperación observada en las tres últimas décadas. No obstante, el tráfico de especies silvestres afecta a otras muchas más especies de fauna y flora (por ejemplo, corales, reptiles, mánidos, plantas y animales utilizados con fines medicinales, etc.) y productos (por ejemplo, madera, carbón vegetal y carne de animales silvestres). También corre peligro la salud pública debido a la propagación de enfermedades, ya que el contrabando de animales se hace fuera de todo control sanitario.

El tráfico de especies silvestres priva a algunas de las personas más marginalizadas del mundo, en particular las comunidades indígenas, de grandes oportunidades para una subsistencia sostenible. Los productos de especies silvestres constituyen un sector económico importante en muchos países desarrollados y en desarrollo, directa o indirectamente, por ejemplo a través del turismo. El comercio ilícito de especies silvestres despoja a los gobiernos de enormes fuentes de ingresos y beneficia a redes de delincuencia internacional. El tráfico de especies silvestres está fuertemente vinculado a la corrupción y al movimiento de capitales ilícitos, por ejemplo a través del blanqueo de dinero, y afecta negativamente al estado de derecho y a la buena gobernanza. También se cobra vidas humanas: se calcula que en los últimos diez años han muerto 1 000 guardas forestales en operaciones de lucha contra la caza furtiva.

La UE sigue siendo el principal mercado de destino de productos ilícitos de especies silvestres, con una gran demanda sobre todo de especies que alcanzan precios elevados en el mercado negro. Además, los principales puertos y aeropuertos de la UE son importantes puntos de tránsito de ese tráfico, en particular entre África y Asia. En la UE se decomisan cada año alrededor de 2 500 productos de especies silvestres[5]. El tráfico de algunas especies raras de aves, corales, peces y tortugas también tiene su origen en Estados miembros de la UE y se realiza en el interior de la Unión o hacia terceros países.

Según Europol, cada vez es más importante el papel de grupos delictivos organizados en el tráfico de especies silvestres en la UE, por la perspectiva de alta rentabilidad, poco riesgo de ser descubiertos y bajas sanciones[6].

La nueva escala y dimensión del tráfico de especies silvestres han atraído una mayor atención política, en particular en forma de iniciativas adoptadas por varios Estados miembros de la UE[7]. El Parlamento Europeo ha solicitado que se adopte un plan de acción específico a nivel de la UE[8]. En diciembre de 2012, la Asamblea General de las Naciones Unidas expresó su honda preocupación ante la situación. En 2013, los dirigentes del G8, así como ministros africanos de Hacienda y líderes del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC), se comprometieron a tomar medidas para combatir el tráfico de especies silvestres.

La presente Comunicación pretende advertir la urgencia de afrontar con más efectividad el problema mundial del tráfico de especies silvestres. Expone y evalúa las medidas vigentes en la UE para apoyar la lucha contra ese tráfico tanto a nivel internacional (parte 2) como dentro de la UE (parte 3). Por último, abre un debate sobre la futura estrategia de la UE contra el tráfico de especies silvestres.

2.           Actuación a nivel mundial contra el tráfico de especies silvestres

La UE ha apoyado una serie de iniciativas para intensificar los esfuerzos internacionales contra el tráfico de especies silvestres.

2.1. Regular el comercio

La Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES) tiene por objeto garantizar que el comercio internacional de aproximadamente 35 000 especies protegidas no suponga una amenaza para su supervivencia. En marzo de 2013, las Partes en la CITES acordaron una serie de acciones concretas para combatir la caza furtiva y el tráfico de algunas especies amenazadas (por ejemplo, elefantes, rinocerontes, tigres y madera tropical). La UE es uno de los principales valedores de la Convención y ha desempeñado un papel fundamental en la adopción de esas medidas.

En relación con el tráfico de madera, la UE ha celebrado acuerdos de asociación voluntarios bilaterales a través de los cuales ayuda a los países socios a reforzar la gobernanza forestal y a crear un sistema nacional de rastreabilidad y verificación de la legalidad. El Plan de Acción de la UE sobre aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales (FLEGT) ha sido sustituido por el Reglamento de la UE sobre la madera, con objeto de garantizar la procedencia legal de la madera y los productos de la madera comercializados en el mercado de la Unión.

La UE también lidera la batalla a nivel internacional contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) promoviendo la adopción de medidas globales de mercado y de control y acciones concretas en organizaciones regionales de ordenación pesquera, la FAO, las Naciones Unidas e Interpol. La UE ha brindado asistencia técnica a más de 50 terceros países para facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones internacionales contra la pesca INDNR. Como último recurso, si un tercer país se niega a cooperar, la UE puede incluirlo en una lista negra y prohibir la comercialización de sus productos pesqueros en la UE.

En todos los últimos acuerdos de libre comercio con terceros países (por ejemplo, Centroamérica, Colombia/Perú o Singapur), la UE ha incluido una serie de disposiciones para una aplicación más efectiva de acuerdos multilaterales en materia de medio ambiente, y otras relativas al comercio en sectores tales como la silvicultura y la pesca. Está aplicando el mismo enfoque en las negociaciones en curso de los acuerdos de libre comercio con, por ejemplo, Canadá, Japón, Tailandia, los Estados Unidos y Vietnam. Además, a través de su régimen especial (GSP+) en el marco del Sistema de Preferencias Generalizadas, concede preferencias comerciales suplementarias a los países en desarrollo vulnerables que hayan ratificado y aplicado convenios internacionales sobre desarrollo sostenible y buena gobernanza, por ejemplo la CITES.

2.2. Hacer cumplir las normas

En muchos países de origen, tránsito o comercialización afectados por la caza furtiva y el comercio ilícito de especies silvestres, los recursos y el compromiso de las fuerzas o cuerpos de seguridad del Estado no son suficientes para ejecutar las normas vigentes. Uno de los problemas más importantes sigue siendo el hacer cumplir efectivamente la legislación, y es muy fácil reorientar las rutas comerciales ilícitas para aprovecharse de los eslabones débiles de la cadena coercitiva mundial.

Como principal donante (1,73 millones EUR) del Consorcio Internacional para Combatir los Delitos contra la Vida Silvestre[9], la Comisión aspira a resolver algunos de esos problemas. El Consorcio se centra en el intercambio de información y de datos de los servicios de información, en la coordinación de la labor de las fuerzas y cuerpos de seguridad, así como en el refuerzo de la capacidad de ejecución y cumplimiento, por ejemplo animando a los países a utilizar sus herramientas para el análisis de los delitos contra la vida silvestre y los bosques.

2.3. Apoyar la actuación y cooperación a nivel internacional

La UE y todos los Estados miembros son Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (UNTOC), que puede desempeñar un papel importante en la lucha contra el tráfico de especies silvestres ya que considera que es un delito organizado grave, es decir, punible con una privación de libertad máxima de al menos cuatro años. En la actualidad, no todos los Estados miembros aplican ese umbral al tráfico de especies silvestres. Otro instrumento importante lo constituye la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, que un Estado miembro aún no ha ratificado[10]. En el marco de ambas Convenciones se han tomado por ahora pocas medidas concretas y específicas para combatir el tráfico de especies silvestres. Podrían analizarse con más profundidad las ventajas de herramientas concretas, por ejemplo añadir un protocolo a la UNTOC.

En 2012, el Grupo de Acción Financiera Internacional, que establece normas y evalúa la aplicación de medidas contra el blanqueo de capitales, incluyó los delitos ambientales en su lista de infracciones penales que deben considerarse pertinentes a efectos de las medidas antiblanqueo[11]. En la lucha contra el tráfico de especies silvestres podrían resultar útiles herramientas tales como orientaciones que facilitaran la aplicación de esa nueva Recomendación.

A nivel diplomático, la UE ha planteado el problema del tráfico de especies silvestres directamente ante los principales países oferentes y demandantes, incluso a través de las delegaciones de la UE. Por el momento, la actuación internacional ha estado centrada principalmente en África. La estrategia diplomática de la UE podría beneficiarse del compromiso cada vez mayor con los principales países de donde procede la demanda[12] y otras regiones en las que está cobrando fuerza el tráfico de especies silvestres, pero también de los diálogos de alto nivel y las asociaciones a nivel regional, como ha ocurrido en la lucha contra la pesca INDNR. En este contexto, también se han expuesto algunas otras ideas, por ejemplo la intensificación de la comunicación con la sociedad civil y el sector privado o la posibilidad de nombrar un representante o enviado especial de las Naciones Unidas que sirva de enlace y controle los distintos aspectos de la actuación internacional.

Además, la UE ha celebrado una serie de acuerdos de asociación y cooperación con, por ejemplo, Indonesia, Filipinas, Vietnam, Tailandia y Singapur, en los que las Partes manifiestan su compromiso de esforzarse por cooperar en cuestiones ambientales, en particular mediante el refuerzo de la capacidad para participar en acuerdos multilaterales de medio ambiente y aplicarlos. Esos acuerdos incluyen también disposiciones en materia de cooperación en la lucha de la delincuencia organizada.

2.4. Cooperación al desarrollo

La cooperación al desarrollo de la UE ha venido ocupándose de las amenazas a las especies silvestres, insistiendo en la conservación, el desarrollo de la capacidad y la ayuda para hacer cumplir la legislación. En consonancia con la recientemente revisada política de desarrollo de la UE, la Unión es consciente de que, si se quiere acabar con el tráfico de especies silvestres, se necesitan también medidas a largo plazo para proporcionar a las comunidades locales fuentes de ingresos sostenibles, ya que la participación en el comercio ilícito de esas especies puede considerarse frecuentemente una opción fácil de generar ingresos.

En los últimos treinta años, la UE ha comprometido más de 500 millones EUR a favor de la conservación de la biodiversidad en África, con una cartera de proyectos en curso por valor de aproximadamente 160 millones EUR. Así y todo, siguen siendo extremadamente necesarias una gestión y una conservación correctas de la biodiversidad en los países en desarrollo.

La UE ha sido el principal apoyo financiero del Programa MIKE[13] desde 2001, con una contribución de 12 millones EUR para 71 emplazamientos en África y Asia. En diciembre de 2013, la Comisión aprobó financiar un nuevo Programa MIKES[14] con 12,3 millones EUR.

La UE apoya una serie de proyectos nacionales y locales, por ejemplo en el marco del Plan de acción FLEGT y del mecanismo REDD+. Además, muchos de los proyectos financiados por la UE que tienen por objeto reducir la corrupción y desarrollar la capacidad de los servicios fiscales y judiciales apoyan el estado de derecho en general, lo cual resulta fundamental para el éxito de la lucha contra el tráfico de especies silvestres.

Aunque todas esas iniciativas han propiciado ciertos avances, no se han explotado siempre suficientemente las sinergias entre la conservación, las condiciones de vida de las poblaciones locales, la ejecución y la buena gobernanza. Además, la sostenibilidad a largo plazo de algunos proyectos sigue siendo frágil debido a la falta de apropiación y apoyo por parte de las autoridades locales y nacionales (y a veces de la población) y a una fuerte dependencia de la financiación externa. La programación de la cooperación al desarrollo de la UE para el período 2014-2020 representa una oportunidad para corregir esas deficiencias y establece un planteamiento global para el tráfico de especies silvestres.

3.           Actuación de la UE contra el tráfico de especies silvestres

3.1. Regular el comercio de especies silvestres

El comercio de recursos silvestres, tanto desde terceros países a la UE como dentro de esta, está regulado por un conjunto de normas, en particular el Reglamento (CE) nº 338/97, sobre el comercio de especies silvestres, que implementa la CITES en la UE, así como el Reglamento (UE) nº 995/2010, sobre la madera, y el Reglamento (CE) nº 1005/2008, sobre la pesca INDNR, que prohíben la comercialización en el mercado de la UE de, respectivamente, madera aprovechada ilegalmente y pescado capturado ilegalmente.

La UE cuenta, asimismo, con legislación que prohíbe matar ilegalmente especies en peligro, en particular la Directiva 2009/147/CE, relativa a la conservación de las aves silvestres, y la Directiva 1992/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. La Comisión ha adoptado una Hoja de ruta destinada a la eliminación de la caza, captura y comercio ilegales de aves silvestres, y controla de cerca su aplicación[15].

Las redes delictivas se han aprovechado en ocasiones de la complejidad de las normas sobre el comercio de especies silvestres, sobre todo del hecho de que una misma especie puede estar sujeta a distintos regímenes de comercio en función de su origen o del tipo de productos de que se trate. Un ejemplo lo constituye el comercio de trofeos de caza, que han estado exentos de algunas restricciones comerciales. La UE está constantemente actualizando y, si resulta necesario, endureciendo su normativa para garantizar un control más estricto por parte de los cuerpos y fuerzas de seguridad.

3.2. Hacer cumplir efectivamente las normas

Es preciso que las normas se hagan cumplir a través de todas las cadenas de garantía del cumplimiento de la ley de los Estados miembros, es decir, desde las autoridades responsables de pesca y medio ambiente, pasando por los funcionarios de aduanas y la policía, hasta los servicios fiscales y judiciales.

Para animar a los Estados miembros a hacer cumplir mejor la legislación de la UE relativa al comercio de especies protegidas por la CITES, en 2007 la Comisión adoptó un Plan de aplicación de la UE en forma de recomendación[16]. En ese Plan expone una serie de actuaciones, por ejemplo el establecimiento de planes nacionales de acción, la imposición de sanciones disuasorias para los delitos relacionados con el comercio de especies silvestres y el recurso a evaluaciones de riesgo y de los datos de los servicios de información. No obstante esas recomendaciones no vinculantes se han aplicado de forma desigual en la UE y no abordan el elemento relativo al delito organizado dentro del tráfico de especies silvestres.

La escasez de recursos, la falta de unidades especializadas en los servicios policiales y fiscales y los distintos grados de cooperación entre las autoridades competentes en materia de especies silvestres y las demás autoridades de ejecución son otros tantos obstáculos para el cumplimiento efectivo de las normas. Una legislación con criterios vinculantes para unas inspecciones y una vigilancia efectivas por los Estados miembros, como se pide en el VII Programa de Medio Ambiente de la UE para 2014-2020[17], podría contribuir a una mejor ejecución de las normas de la Unión contra el tráfico de especies silvestres, si, además, se da más prioridad a este problema.

La Directiva 2008/99/CE, relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal, exige a todos los Estados miembros que garanticen que en su legislación nacional se considere un delito el tráfico ilícito de especies silvestres y que prevean sanciones penales efectivas, proporcionadas y disuasorias. No obstante, la evaluación inicial de su transposición al Derecho interno de los Estados miembros ha puesto de manifiesto que en algunos de ellos sigue habiendo deficiencias en su aplicación que tienen que corregirse.

La intensidad de las sanciones penales aplicables al tráfico de especies silvestres varía mucho en el interior de la UE. En algunos Estados miembros, las sanciones máximas son inferiores a un año de prisión. Eso no solo limita su efecto disuasorio sino que, con frecuencia, impide que se utilicen herramientas potencialmente importantes en las investigaciones transfronterizas o nacionales y en la cooperación judicial entre Estados miembros, en especial la orden de detención europea.

3.3. Formación y desarrollo de capacidades

Para hacer cumplir efectivamente la legislación, se precisan competencia y concienciación. Las medidas de formación y desarrollo de la capacidad deben dirigirse a toda la cadena de garantía del cumplimiento de la ley, en particular a las autoridades fiscales y judiciales, para evitar que muchos casos se investiguen pero queden impunes y garantizar que los jueces reconozcan la gravedad del delito. A nivel de la UE se han adoptado algunas iniciativas, por ejemplo por parte de la Escuela Europea de Policía (CEPOL). La programación de los instrumentos financieros pertinentes para el próximo período de financiación constituye una oportunidad para tener en cuenta las lagunas existentes en la lucha contra el tráfico de especies silvestres.

Las redes de profesionales encargados del cumplimiento de la legislación medioambiental de la UE[18], de autoridades aduaneras[19] y de jueces y fiscales[20] desempeñan también un papel importante en la construcción de una comunidad de servicios represivos del tráfico de especies silvestres. Herramientas tales como EU-TWIX, una base de datos de acceso restringido para facilitar la cooperación y el intercambio de datos de los servicios de información entre las agencias responsables de hacer cumplir la legislación de medio ambiente en la UE, son útiles en todo momento. No obstante, la situación y la financiación de las redes solo están garantizadas a corto plazo, y, por ahora, la cooperación entre ellas es limitada.

3.4. Luchar contra la delincuencia organizada

La delincuencia organizada es un factor cada vez más importante en el tráfico de especies silvestres. La UE cuenta con varios instrumentos horizontales para combatir este tipo de delito en general, por ejemplo las Decisiones marco sobre la lucha contra la delincuencia organizada[21] y sobre decomiso y recuperación de activos[22]. Esos instrumentos pueden, en principio, proporcionar herramientas útiles contra el tráfico organizado de especies silvestres. No obstante, solo se aplican cuando se llega a un umbral de sanción determinado, cosa que en la actualidad no ocurre en todos los Estados miembros en el caso del tráfico de especies silvestres.

En la lucha contra el tráfico organizado de especies silvestres es muy importante investigar el movimiento de capitales ilícitos asociado a la delincuencia organizada, por ejemplo a través del blanqueo de dinero y la evasión fiscal. La Directiva 2005/60/CE[23] establece una serie de medidas preventivas, en particular impone a las instituciones financieras unas obligaciones de diligencia debida para detectar transacciones sospechosas. La elaboración de unas orientaciones específicas sobre el significado de «diligencia debida» en el contexto del delito ambiental podría facilitar la detección de delitos de blanqueo de capitales en este contexto concreto.

En octubre de 2013, Europol publicó una evaluación específica sobre el delito contra el medio ambiente, centrada, entre otras cosas, en el comercio de especies amenazadas[24]. Pero, por ahora, no cuenta con un centro de coordinación que se ocupe del delito ambiental. Tanto Europol como Eurojust podrían prestar una gran asistencia actuando de enlace entre las autoridades nacionales en casos de tráfico transfronterizo de especies silvestres y ofreciendo apoyo analítico y práctico. Para ello, las fuerzas y cuerpos de seguridad de los Estados miembros deben comunicarles datos de calidad y solicitar su asistencia, algo que, hasta el momento, no ha solido hacerse en asuntos de tráfico de especies silvestres.

Las prioridades acordadas a nivel de la UE para el período comprendido entre 2014 y 2017 en relación con la lucha contra la delincuencia grave y organizada[25] no contemplan el delito contra el medio ambiente. La revisión intermedia prevista para 2015 constituirá una oportunidad para reconsiderar esas prioridades, teniendo en cuenta la reciente evaluación realizada por Europol en la que se considera el delito ambiental como una amenaza emergente en la UE, así como para poner a disposición recursos suplementarios y recurrir cada vez más a los mecanismos de cooperación transfronteriza.

3.5. Involucrar a la sociedad civil

La sociedad civil es un socio importante en el empeño de la UE de garantizar que la movilización contra el tráfico de especies silvestres llegue a todas las partes interesadas pertinentes. Algunas ONG disponen de una experiencia considerable en actividades tales como campañas de sensibilización, investigaciones de presuntas actuaciones ilegales o formaciones especializadas, y su aportación ha resultado muy valiosa a la hora de ayudar a las autoridades públicas en la elaboración y aplicación de estrategias. La UE coopera periódicamente con esas ONG en cuestiones relacionadas con el tráfico de especies silvestres.

4. Conclusión

La UE cuenta ya con un conjunto de normas globales para regular el comercio de especies silvestres y ha prestado un apoyo considerable a iniciativas de lucha contra ese tráfico, en particular para mejorar la gestión de espacios protegidos, desarrollar la capacidad y cooperar a nivel internacional para hacer cumplir la legislación. Las medidas adoptadas en los últimos años por la comunidad internacional, sin embargo, no han sido suficientes para prevenir la intensificación reciente del tráfico de especies silvestres provocada por una demanda creciente, así como por la pobreza y por una gobernanza deficiente en los países de origen.

Uno de los principales problemas reside en las importantes lagunas que persisten para hacer cumplir efectivamente las normas existentes, tanto en la UE como a nivel mundial. Ese problema está vinculado con frecuencia a la escasa prioridad política que se le concede, a la insuficiencia de recursos a nivel nacional y a la falta de concienciación acerca de su gravedad.

Otro punto débil importante de las políticas en vigor es que no tienen suficientemente en cuenta el hecho de que para atajar la delincuencia organizada deben intervenir distintos agentes e instrumentos. Del mismo modo, como los aspectos relacionados con la paz y la seguridad del tráfico de especies silvestres solo hace poco que han resultado evidentes, hasta ahora apenas se han tenido en cuenta en la respuesta de la UE ante la crisis y en su política exterior y de seguridad preventiva.

La importancia de ocuparse de los aspectos del problema relacionados con la demanda ha sido reconocida recientemente por la comunidad internacional, en particular en la CITES, pero las acciones concretas a este respecto han sido hasta la fecha limitadas.

En resumen, lo que hace falta es aplicar un planteamiento coordinado y global al tráfico de especies silvestres, que aborde tanto la oferta como la demanda y que involucre a todos los agentes pertinentes en distintos ámbitos políticos.

Por consiguiente, la Comisión invita a las partes interesadas a participar en el debate sobre la mejor manera de afrontar los problemas clave y sobre el papel de la UE en esta futura estrategia contra el tráfico de especies silvestres. En particular, la Comisión solicita respuestas por escrito[26] a las siguientes preguntas:

¿Es adecuado el actual marco político y legislativo de la UE para combatir el tráfico de especies silvestres? ¿Debería la UE mejorar su estrategia contra el tráfico de especies silvestres con un nuevo plan de acción, como ha solicitado el Parlamento Europeo? ¿Cómo podría la UE reforzar el compromiso político a todos los niveles para combatir el tráfico de especies silvestres? ¿Cuáles serían las herramientas diplomáticas mejor adaptadas para asegurar la coherencia entre distintas iniciativas internacionales? ¿En qué herramientas a nivel internacional debería centrarse la UE para que se haga cumplir mejor la normativa contra el tráfico de especies silvestres y para reforzar la gobernanza? ¿Cuáles serían las herramientas más adecuadas para la actuación de la UE contra la demanda de productos ilícitos de especies silvestres a nivel internacional y de la Unión? ¿Qué papel podrían desempeñar a este respecto la sociedad civil y el sector privado? ¿Cómo puede la UE estar mejor capacitada para aportar valor añadido a la hora de abordar los aspectos del tráfico de especies silvestres relacionados con la paz y la seguridad? ¿Cómo podrían los instrumentos de cooperación de la UE utilizarse mejor para reforzar las capacidades de los países en desarrollo respecto a la conservación de las especies silvestres y la actuación contra el tráfico de esas especies? ¿Qué medidas podrían adoptarse para mejorar los datos sobre los delitos contra la vida silvestre en la UE y poder orientar con más efectividad las decisiones políticas? ¿Qué medidas podrían adoptarse para que las autoridades responsables de medio ambiente y los servicios policiales, aduaneros y fiscales de los Estados miembros pudieran controlar mejor el tráfico de especies silvestres y para intensificar la cooperación entre todos esos servicios? ¿Cómo se podría aumentar la concienciación del poder judicial? ¿Cómo podrían utilizarse mejor las herramientas existentes contra la delincuencia organizada en la UE y los Estados miembros para combatir el tráfico de especies silvestres? ¿Qué medidas suplementarias podrían preverse, por ejemplo en relación con las sanciones? ¿Cuál podría ser la contribución de Europol y Eurojust a este respecto?

[1]               Adoptada por la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas y refrendada por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.

[2]               Informe S/2013/297 del Secretario General de las Naciones Unidas, de 20 de mayo de 2013, y Resolución 2121 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

[3]               Como ocurre con todas las actividades ilícitas, resulta muy difícil estimar el volumen y el valor del tráfico de especies silvestres. La mayoría de los países disponen en la actualidad de recursos limitados para combatir ese delito y, por esa razón, es muy probable que las cifras reales sean mucho más altas.

[4]               Por ejemplo, China es el principal destino del marfil, y Vietnam, del cuerno de rinoceronte.

[5]               Illegal Wildlife Trade and the European Union: an analysis of EU-TWIX seizure data for the period 2007-2011. Informe elaborado para la Comisión Europea.

[6]               Europol, Serious and Organized Crime Threat Assessment 2011, 2012 y 2013.

[7]               En septiembre de 2013, Alemania organizó con Gabón un acto paralelo de alto nivel en la Semana Ministerial de la Asamblea General; el 5 de diciembre de 2013, Francia celebró una mesa redonda con motivo de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno por la Paz y la Seguridad en África; el 13 de febrero de 2014, el Reino Unido organizará un congreso de alto nivel sobre el comercio ilícito de especies silvestres.

[8]               Resolución 2013/2747(RSP) del Parlamento Europeo, de 15 de enero de 2014.

[9]               El Consorcio está integrado por la CITES, Interpol, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD), el Banco Mundial y la Organización Mundial de Aduanas.

[10]             Alemania.

[11]             Normas internacionales contra el blanqueo de capitales, financiación del terrorismo y la proliferación (2012):

http://www.aranzadi.es/blanqueodecapitales/pdf/4.40recomendacionesgafi.pdf

[12]             El reciente acuerdo firmado por el comisario Potočnik y el ministro chino de protección del medio ambiente Zhou Sengxian sobre una labor conjunta de lucha contra el tráfico de especies silvestres ilustra ese enfoque.

[13]             Monitoring the Illegal Killing of Elephants (Sistema de supervisión de la matanza ilegal de elefantes).

[14]             Minimising the Illegal Killing of Elephants and Other Endangered Species (Minimizar la matanza ilegal de elefantes y otras especies en peligro de extinción).

[15]             www.ec.europa.eu/environment/nature/conservation/wildbirds/docs/Roadmap%20illegal%20killing.pdf

[16]             DO L 159 de 20.6.2007, p. 45.

[17]             DO L 354 de 28.12.2013, p. 171.

[18]             Por ejemplo, el Wildlife Trade Enforcement Group (Grupo sobre observancia del comercio de vida silvestre) y EnviCrimeNet.

[19]             Grupo de expertos PARCS sobre acción aduanera para proteger la salud, el patrimonio cultural, el medio ambiente y la naturaleza.

[20]             Red europea de fiscales para el medio ambiente; Foro europeo de jueces para el medio ambiente.

[21]             Decisión marco 2008/841/JAI, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada.

[22]             Decisión marco 2005/212/JAI, relativa al decomiso de los productos, instrumentos y bienes relacionados con el delito.

[23]             Directiva 2005/60/CE, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo, actualmente en proceso de revisión.

[24]             Europol. Threat Assessment 2013 Environmental Crime in the EU.

[25]             http://register.consilium.europa.eu/doc/srv?l=ES&t=PDF&gc=true&sc=false&f=ST%2012095%202013%20INIT&r=http%3A%2F%2Fregister.consilium.europa.eu%2Fpd%2Fes%2F13%2Fst12%2Fst12095.es13.pdf.

[26]             Deben enviarse antes del 10 de abril de 2014 a la siguiente dirección env-eu-against-wildlife-trafficking@ec.europa.eu.