24.3.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/249


P7_TA(2014)0075

Relaciones entre la UE, por una parte, y Groenlandia y el Reino de Dinamarca, por otra *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 5 de febrero de 2014, sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a las relaciones entre la Unión Europea, por una parte, y Groenlandia y el Reino de Dinamarca, por otra (12274/2013 — C7-0237/2013 — 2011/0410(CNS))

(Procedimiento legislativo especial — consulta)

(2017/C 093/46)

El Parlamento Europeo,

Visto el proyecto de Decisión del Consejo (12274/2013),

Visto el artículo 203 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C7-0237/2013),

Visto el artículo 55 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Desarrollo (A7-0054/2014),

1.

Aprueba el proyecto de Decisión del Consejo en su versión modificada;

2.

Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

3.

Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su proyecto;

4.

Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

Enmienda 1

Propuesta de Decisión

Considerando 10

Texto del Consejo

Enmienda

(10)

La ayuda de la Unión debe centrarse en los ámbitos en los que tenga mayor impacto, habida cuenta de su capacidad para actuar a escala mundial y de responder a desafíos globales como la erradicación de la pobreza, el desarrollo sostenible e integrador o el fomento de la democracia en todo el mundo, la buena gobernanza, los derechos humanos y el Estado de Derecho, su implicación a largo plazo y de forma previsible en la ayuda al desarrollo y su función de coordinación con los Estados miembros.

(10)

La ayuda de la Unión debe centrarse en los ámbitos en los que tenga mayor impacto, habida cuenta de su capacidad para actuar a escala mundial y de responder a desafíos globales como la erradicación de la pobreza, el desarrollo y el crecimiento sostenible e integrador o el fomento de la democracia en todo el mundo, la buena gobernanza, los derechos humanos y el Estado de Derecho, su implicación a largo plazo y de forma previsible en la ayuda al desarrollo y su función de coordinación con los Estados miembros.

Enmienda 2

Propuesta de Decisión

Considerando 11

Texto del Consejo

Enmienda

(11)

La asociación UE-Groenlandia debe establecer un marco que permita debatir periódicamente sobre asuntos de interés para la Unión o Groenlandia, como las cuestiones de interés mundial, en las que el intercambio de puntos de vista y una posible convergencia de ideas y opiniones podría ser beneficiosa para ambas partes. El impacto creciente del cambio climático sobre la actividad humana y el medio ambiente, el transporte marítimo, los recursos naturales, incluidas las materias primas, y la investigación y la innovación, exigen diálogo y mayor cooperación.

(11)

La asociación UE-Groenlandia debe establecer un marco que permita debatir periódicamente sobre asuntos de interés para la Unión o Groenlandia, como las cuestiones de interés mundial, en las que el intercambio de puntos de vista y una posible convergencia de ideas y opiniones podría ser beneficiosa para ambas partes. El impacto creciente del cambio climático sobre la actividad humana y el medio ambiente, el transporte marítimo, los recursos naturales, incluidas las materias primas, y la educación, la investigación y la innovación, exigen diálogo y mayor cooperación.

Enmienda 3

Propuesta de Decisión

Considerando 11 bis (nuevo)

Texto del Consejo

Enmienda

 

(11 bis)

El Gobierno de Groenlandia debe preparar y presentar un Documento de Programación para el Desarrollo Sostenible de Groenlandia. Dicho documento debe prepararse, aplicarse y evaluarse sobre la base de un enfoque transparente y participativo.

Enmienda 4

Propuesta de Decisión

Considerando 13

Texto del Consejo

Enmienda

(13)

La ayuda financiera de la Unión para el periodo 2014-2020 debe centrarse en uno o, como máximo, dos ámbitos de cooperación, con lo que se permite a la asociación optimizar su impacto y lograr además economías de escala, efectos de sinergia y mayor efectividad y visibilidad para la actuación de la Unión.

(13)

La ayuda financiera de la Unión para el periodo 2014-2020 debe centrarse en un número reducido de ámbitos de cooperación, con lo que se permite que la asociación optimice su impacto y se logren además economías de escala, efectos de sinergia y una mayor efectividad y visibilidad para la actuación de la Unión.

Enmienda 5

Propuesta de Decisión

Considerando 13 bis (nuevo)

Texto del Consejo

Enmienda

 

(13 bis)

Toda cooperación en el ámbito de la exploración, extracción y explotación de los recursos naturales de Groenlandia, en particular los minerales, el petróleo y el gas, debe regirse por las normas más exigentes en materia social, medioambiental y de seguridad, y por criterios estrictos de gestión del medio ambiente, a fin de garantizar un uso sostenible de los recursos y preservar el valioso, aunque frágil, ecosistema del Ártico.

Enmienda 6

Propuesta de Decisión

Considerando 17

Texto del Consejo

Enmienda

(17)

Los documentos de programación y las medidas financieras necesarios para la aplicación de la presente Decisión deben adoptarse de conformidad con el Reglamento (CE) no 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecución por la Comisión  (5). Teniendo en cuenta la naturaleza de estos actos de ejecución, especialmente su orientación política o sus implicaciones financieras, para su adopción debe emplearse en principio el procedimiento de examen, salvo en el caso de las medidas de aplicación de carácter técnico de importancia financiera limitada.

suprimido

Enmienda 7

Propuesta de Decisión

Considerando 17 bis (nuevo)

Texto del Consejo

Enmienda

 

(17 bis)

A fin de adoptar los documentos de programación y las medidas de financiación necesarias para la aplicación de la presente Decisión, deben delegarse en la Comisión los poderes para adoptar actos con arreglo al artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Reviste especial importancia que la Comisión lleve a cabo las consultas oportunas durante sus trabajos preparatorios, incluso a nivel de expertos. Al preparar y elaborar actos delegados, la Comisión debe garantizar, asimismo, que los documentos pertinentes se transmitan al Parlamento Europeo y al Consejo de manera simultánea, oportuna y adecuada.

Enmienda 8

Propuesta de Decisión

Artículo 1 — apartado 2

Texto del Consejo

Enmienda

2.   La asociación reconoce la posición geoestratégica de Groenlandia en la Región Ártica , las cuestiones de exploración y explotación de los recursos naturales, incluidas las materias primas, y garantiza la cooperación reforzada y el diálogo político sobre estas cuestiones.

2.   La asociación reconoce la posición geoestratégica de Groenlandia en la Región Ártica y garantiza la cooperación reforzada y el diálogo político sobre cuestiones de interés común para ambas partes.

Enmienda 9

Propuesta de Decisión

Artículo 2 — apartado 2 — guión 1

Texto del Consejo

Enmienda

Cuestiones globales como la energía, el cambio climático y el medio ambiente, los recursos naturales, incluidas las materias primas, el transporte marítimo, la investigación y la innovación.

Cuestiones globales como la energía, el cambio climático y el medio ambiente, la biodiversidad, los recursos naturales, incluidas las materias primas, el transporte marítimo, la investigación y la innovación.

Enmienda 10

Propuesta de Decisión

Artículo 2 — apartado 2 — guión 2

Texto del Consejo

Enmienda

Cuestiones relativas al Ártico.

Cuestiones relativas al Ártico , incluida la participación de la Unión Europea en el Consejo Ártico .

Enmienda 11

Propuesta de Decisión

Artículo 3 — apartado 1 — letra a

Texto del Consejo

Enmienda

a)

Ayudar y cooperar con Groenlandia para abordar sus grandes retos, en particular la diversificación sostenible de la economía, la necesidad de aumentar las cualificaciones de su mano de obra, incluidos los científicos, y de mejorar los sistemas de información de Groenlandia en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. La consecución de estos objetivos se medirá por el porcentaje de la balanza comercial en el PIB, el porcentaje del sector de la pesca en el total de exportaciones y los resultados de los indicadores estadísticos en materia educativa, así como por otros indicadores que se consideren adecuados.

a)

Ayudar y cooperar con Groenlandia para abordar sus grandes retos, en particular el desarrollo y la diversificación sostenibles de la economía, la necesidad de aumentar las cualificaciones de su mano de obra, incluidos los científicos, y de mejorar los sistemas de información de Groenlandia en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. La consecución de estos objetivos se medirá por el porcentaje de la balanza comercial en el PIB, el porcentaje del sector de la pesca en el total de exportaciones y los resultados de los indicadores estadísticos en materia educativa, así como por otros indicadores que se consideren adecuados.

Enmienda 12

Propuesta de Decisión

Artículo 3 — apartado 1 — letra a

Texto del Consejo

Enmienda

a)

Ayudar y cooperar con Groenlandia para abordar sus grandes retos, en particular la diversificación sostenible de la economía, la necesidad de aumentar las cualificaciones de su mano de obra, incluidos los científicos, y de mejorar los sistemas de información de Groenlandia en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. La consecución de estos objetivos se medirá por el porcentaje de la balanza comercial en el PIB, el porcentaje del sector de la pesca en el total de exportaciones y los resultados de los indicadores estadísticos en materia educativa, así como por otros indicadores que se consideren adecuados.

a)

Ayudar y cooperar con Groenlandia para abordar sus grandes retos, en particular la diversificación sostenible de la economía, la necesidad de aumentar las cualificaciones de su mano de obra, también en el ámbito de la minería y la ciencia , y de mejorar los sistemas de información de Groenlandia en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. La consecución de estos objetivos se medirá por el porcentaje de la balanza comercial en el PIB, el porcentaje del sector de la pesca en el total de exportaciones y los resultados de los indicadores estadísticos en materia educativa, así como por otros indicadores que se consideren adecuados,

Enmienda 13

Propuesta de Decisión

Artículo 3 — apartado 2 — letra c

Texto del Consejo

Enmienda

c)

la energía, el clima, el medio ambiente y la biodiversidad;

c)

la energía, el cambio climático , el medio ambiente y la biodiversidad;

Enmienda 14

Propuesta de Decisión

Artículo 4 — apartado 4 — párrafo 1

Texto del Consejo

Enmienda

El DPDS se basará en consultas y diálogo con la sociedad civil, las autoridades locales y otras partes interesadas y aprovechará las enseñanzas adquiridas y las buenas prácticas para garantizar una apropiación suficiente.

El DPDS se basará en consultas y diálogo con la sociedad civil, los interlocutores sociales, el Parlamento, las autoridades locales y otras partes interesadas de Groenlandia y aprovechará las enseñanzas adquiridas y las buenas prácticas para garantizar una apropiación suficiente.

Enmienda 15

Propuesta de Decisión

Artículo 4 — apartado 6

Texto del Consejo

Enmienda

6.   El DPDS se aprobará según el procedimiento de examen contemplado en el artículo 9, apartado 2 . Este procedimiento también se aplicará a las evaluaciones sustanciales que tengan por efecto modificar significativamente la estrategia o su programación. No se aplicará a las modificaciones no sustanciales del DPDS que supongan ajustes técnicos, reasignen fondos dentro de las asignaciones indicativas por ámbito prioritario, o incrementen o disminuyan la cuantía de la asignación indicativa en menos del 20 %, siempre que estas modificaciones no afecten a los ámbitos y objetivos prioritarios establecidos en el DPDS. En ese caso, los ajustes se comunicarán en el plazo de un mes al Parlamento Europeo y al Consejo.

6.   El DPDS se aprobará mediante actos delegados según el procedimiento contemplado , respectivamente, en los artículos 9bis y 9 ter . Este procedimiento también se aplicará a las evaluaciones sustanciales que tengan por efecto modificar significativamente la estrategia o su programación. No se aplicará a las modificaciones no sustanciales del DPDS que supongan ajustes técnicos, reasignen fondos dentro de las asignaciones indicativas por ámbito prioritario, o incrementen o disminuyan la cuantía de la asignación indicativa en menos del 20 %, siempre que estas modificaciones no afecten a los ámbitos y objetivos prioritarios establecidos en el DPDS. En ese caso, los ajustes se comunicarán en el plazo de un mes al Parlamento Europeo y al Consejo.

Enmienda 16

Propuesta de Decisión

Artículo 7 — apartado 1

Texto del Consejo

Enmienda

1.   A más tardar el 31 de diciembre de 2017, la Comisión Europea, el Gobierno de Groenlandia y el Gobierno de Dinamarca llevarán a cabo una evaluación intermedia del DPDS y su impacto en Groenlandia en su conjunto. La Comisión asociará a todas las partes interesadas pertinentes , incluidos los agentes no estatales y las autoridades locales, en la fase de evaluación de la ayuda de la Unión concedida al amparo de la presente Decisión .

1.   A más tardar el 31 de diciembre de 2017, la Comisión Europea, el Gobierno de Groenlandia y el Gobierno de Dinamarca llevarán a cabo una evaluación intermedia del DPDS y su impacto en Groenlandia en su conjunto. La Comisión asociará a todas las partes interesadas pertinentes mencionadas en el artículo 4 , apartado 4 .

Enmienda 17

Propuesta de Decisión

Artículo 8 — apartado 1 bis (nuevo)

Texto del Consejo

Enmienda

 

1 bis.     En caso de que el Gobierno de Groenlandia decida incluir en el DPDS una solicitud de asistencia financiera de la Unión en los ámbitos de la educación y la formación, dicha asistencia tendrá debidamente en cuenta la necesidad de contribuir a los esfuerzos de Groenlandia por reforzar la creación de capacidad en dichos ámbitos y prestar apoyo técnico.

Enmienda 18

Propuesta de Decisión

Artículo 9 bis (nuevo)

Texto del Consejo

Enmienda

 

Artículo 9 bis

 

Delegación de poderes a la Comisión

 

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 9 ter a fin de aprobar el DPDS.

Enmienda 19

Propuesta de Decisión

Artículo 9 ter (nuevo)

Texto del Consejo

Enmienda

 

Artículo 9 ter

 

Ejercicio de la delegación

 

1.     Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo.

 

2.     La delegación de poderes a que se refiere el artículo 9 bis se conferirá por el período de vigencia de la presente Decisión.

 

3.     La delegación de poderes podrá ser revocada en cualquier momento por el Consejo. Cuando el Consejo haya iniciado un procedimiento interno para decidir si va a revocar la delegación de poderes, se esforzará por informar al Parlamento Europeo y a la Comisión en un plazo razonable antes de adoptar la decisión final, indicando los poderes delegados que podrían ser objeto de revocación y los posibles motivos de esta. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. La decisión surtirá efecto al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en la misma. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor.

 

4.     Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo.

 

5.     Un acto delegado adoptado de conformidad con el artículo 9 ter entrará en vigor únicamente en caso de que el Consejo no haya formulado ninguna objeción en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la notificación o si, antes de la expiración de dicho plazo, el Consejo ha informado a la Comisión de que no formulará ninguna objeción. El plazo se prorrogará dos meses a iniciativa del Consejo.

 

Si el Consejo tiene la intención de formular objeciones, se esforzará por informar al Parlamento Europeo en un plazo razonable antes de adoptar la decisión final, indicando el acto delegado respecto del cual tiene la intención de formular objeciones y los posibles motivos para ello.

Enmienda 20

Propuesta de Decisión

Artículo 10

Texto del Consejo

Enmienda

Artículo 10

suprimido

Procedimiento de comité

 

1.     La Comisión Europea estará asistida por el Comité de Groenlandia, denominado en lo sucesivo «el Comité». Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011.

 

2.     En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) no 182/2011.

 

3.     Cuando sea necesario pedir un dictamen del comité por procedimiento escrito, dicho procedimiento se dará por concluido sin resultado cuando así lo decida el presidente del comité o lo pida una mayoría simple de sus miembros dentro del plazo de entrega del dictamen.

 

Enmienda 21

Propuesta de Decisión

Artículo 11

Texto del Consejo

Enmienda

El importe indicativo para la aplicación de la presente Decisión durante el período 2014-2020 se elevará a [217,8  millones]de euros (6).

A la luz de la prolongada y especial relación entre la UE y Groenlandia y de la creciente importancia global del Ártico, se confirma la continuación del compromiso financiero de la UE para con Groenlandia. El importe indicativo para la aplicación de la presente Decisión durante el periodo 2014-2020 se elevará, por tanto, a 217,8  millones de euros.


(5)   DO L 55 de 28.2.2011, pp. 13-18.

(6)   Todos los importes de referencia se consignarán cuando concluyan las negociaciones relativas al Marco Plurianual (2014-2020).