27.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 89/3


Dictamen del Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión de 28 de noviembre de 2012 en relación con un proyecto de Decisión relativa al asunto COMP/39.230 — Rio Tinto Alcan

Ponente: Países Bajos

2013/C 89/04

1.

El Comité Consultivo comparte la preocupación desde la óptica de la competencia expresada por la Comisión en su proyecto de Decisión.

2.

El Comité Consultivo coincide con la Comisión en que el comportamiento puede tener efectos sobre el comercio entre los Estados miembros.

3.

El Comité Consultivo está de acuerdo en que la propuesta de compromiso revisada presentada por Rio Tinto Alcan despeja las dudas en materia de competencia planteadas por la Comisión.

4.

El Comité Consultivo está de acuerdo en que los compromisos son adecuados.

5.

El Comité Consultivo coincide con la Comisión sobre la duración de los compromisos.

6.

El Comité Consultivo está de acuerdo en que los compromisos deben ser obligatorios en su totalidad.

7.

El Comité Consultivo coincide en que, vistos los compromisos propuestos y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1/2003, ya no hay motivos para la intervención de la Comisión contra Rio Tinto Alcan en lo que respecta a las objeciones desde la óptica de la competencia reseñadas en el proyecto de decisión.

8.

El Comité Consultivo pide a la Comisión que tome en consideración cualquier otra observación formulada durante el debate.

9.

El Comité Consultivo recomienda la publicación de su dictamen en el Diario Oficial de la Unión Europea.