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13.12.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 365/197 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Autoridad Europea de Valores y Mercados correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de la Autoridad
2013/C 365/28
INTRODUCCIÓN
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1. |
La Autoridad Europea de Valores y Mercados (conocida como «ESMA» y denominada en lo sucesivo «la Autoridad»), con sede en París, se creó en virtud del Reglamento (UE) no 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo (1). Su misión consiste en mejorar el funcionamiento del mercado interior financiero de la UE garantizando un nivel elevado, efectivo y coherente de regulación y supervisión, mantener la estabilidad e integridad del sistema financiero, así como reforzar la coordinación de la supervisión internacional para garantizar la estabilidad y eficacia del sistema financiero (2). La Autoridad se creó el 1 de enero de 2011. |
INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
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2. |
El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Autoridad, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
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3. |
De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado:
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Responsabilidades de la dirección
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4. |
De conformidad con los artículos 33 y 43 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión (5), la dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Autoridad, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes:
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Responsabilidades del auditor
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5. |
El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (7), basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. El Tribunal realiza la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas internacionales Intosai de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la Autoridad estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares. |
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6. |
Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas, del carácter razonable de las estimaciones contables y de la presentación general de las cuentas. |
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7. |
El Tribunal considera que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y apropiada en apoyo de su declaración de fiabilidad. |
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
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8. |
En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Autoridad presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2012 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión. |
Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
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9. |
En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2012 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares. |
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10. |
Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal. |
COMENTARIOS SOBRE LA FIABILIDAD DE LAS CUENTAS
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11. |
El sistema contable de la Autoridad todavía debe ser validado por el contable. |
COMENTARIOS SOBRE LOS CONTROLES INTERNOS
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12. |
Durante su segundo año de actividad, la Autoridad ha dado un importante paso con la adopción y aplicación de los requisitos básicos de todas las normas de control interno. Sin embargo, aún no se ha logrado la plena aplicación de las normas. |
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13. |
Todavía puede mejorarse considerablemente la puntualidad y la documentación de los procedimientos de adjudicación. |
COMENTARIOS SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
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14. |
El importe total de los créditos de la Autoridad para 2012 ascendió a 20,3 millones de euros, de los cuales 2,8 millones de euros (14 %) se cancelaron y 4,2 millones de euros (21 %) de los créditos comprometidos se prorrogaron a 2013. |
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15. |
El elevado volumen de anulaciones obedece principalmente al hecho de que el presupuesto se elaboró considerando la aplicación plena del plan de efectivos al inicio de 2012, cuando algunas contrataciones solo se llevaron a cabo durante el año. Los retrasos en la contratación de servicios de tecnologías de la información también provocaron anulaciones. |
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16. |
El porcentaje de créditos comprometidos prorrogados es elevado en el título II (gastos administrativos), con un 39 %, y en el título III (gastos de operaciones), con un 52 %. En el título II, esto se debió principalmente a la adjudicación de un importante contrato de ejecución de obra en las instalaciones de la Autoridad en diciembre de 2012 (0,6 millones de euros) y a la adquisición de material informático (0,5 millones de euros), equipos de telefonía (0,1 millones de euros) y mobiliario (0,3 millones de euros) cuya entrega todavía no se había completado al final del ejercicio. En el título III, el elevado porcentaje de créditos comprometidos prorrogados se debió al carácter plurianual de importantes proyectos de desarrollo de las tecnologías de la información y a los retrasos en los correspondientes procedimientos de adjudicación. |
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17. |
En 2012, la Autoridad efectuó 22 transferencias presupuestarias por un importe de 3,2 millones de euros (16 % del presupuesto total de 2012), lo cual denota insuficiencias en la planificación del presupuesto. |
OTROS COMENTARIOS
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18. |
La Autoridad debe mejorar la transparencia de los procedimientos de selección del personal. En particular, en un procedimiento de contratación verificado, no se respetó el número de años de experiencia exigidos para ocupar un puesto determinado y, en tres procedimientos de contratación examinados, no existían pruebas de que se hubiera fijado umbrales para las listas de preselección antes de proceder al examen de las solicitudes. |
SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DEL EJERCICIO ANTERIOR
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19. |
En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con el ejercicio anterior. |
El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Louis GALEA, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 9 de julio de 2013.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
(1) DO L 331 de 15.12.2010, p. 84.
(2) El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Autoridad.
(3) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en el activo neto y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.
(4) Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.
(5) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
(6) Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.
(7) Artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).
ANEXO I
Seguimiento de los comentarios del ejercicio anterior
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Ejercicio |
Comentario del Tribunal |
Estado de aplicación de la medida correctora (Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto) |
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2011 |
Los compromisos de la Autoridad ascendían a 12 841 997 euros, es decir, el 76 % del presupuesto. El porcentaje de compromiso fue bajo, especialmente en el título III (gastos de operaciones) (47 %). Esto repercutió en los objetivos de la Autoridad en materia de tecnología de la información, que no se cumplieron plenamente. Los bajos porcentajes de ejecución presupuestaria denotan dificultades en la planificación y ejecución del presupuesto. |
En curso |
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2011 |
El presupuesto de la Autoridad para el ejercicio 2011 ascendió a 16,9 millones de euros. Con arreglo al artículo 62, apartado 1, de su reglamento constitutivo, el 60 % del presupuesto de 2011 se financió con las aportaciones de los Estados miembros y de los países de la AELC, y el 40 %, con el presupuesto de la Unión. Al final de 2011, la Autoridad registró un resultado presupuestario de 4,3 millones de euros. Conforme a su reglamento financiero (1), el importe fue contabilizado en su totalidad como pasivo frente a la Comisión Europea. |
En curso |
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2011 |
Se observaron insuficiencias en seis compromisos jurídicos anotados antes de que se contrajeran los compromisos presupuestarios (483 845 euros). |
En curso |
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2011 |
El Tribunal detectó que, en algunos casos (por un valor total de 207 442 euros), créditos de pago prorrogados al ejercicio 2012 no se correspondían con los compromisos jurídicos anotados. Estas prórrogas eran por tanto irregulares y deberían anularse. |
Pendiente |
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2011 |
La Autoridad todavía no había adoptado normas de control interno. |
Aplicada |
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2011 |
Es necesario mejorar la gestión de los inmovilizados de la Autoridad. En cuanto a los activos inmateriales desarrollados por la Autoridad, los procedimientos contables y la información sobre los gastos no eran fiables. |
En curso |
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2011 |
No se han adoptado las normas de desarrollo del Estatuto. |
Aplicada |
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2011 |
La Autoridad aún no ha alcanzado un acuerdo interinstitucional con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) sobre las investigaciones contra el fraude. La Autoridad debería garantizar la aplicación plena de su reglamento financiero en este sentido. |
Aplicada |
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2011 |
La Autoridad debe mejorar la transparencia de los procedimientos de selección del personal. No se respetó el número de años de experiencia exigidos para ocupar un puesto determinado; se aceptaron solicitudes presentadas fuera de plazo; las preguntas de las pruebas orales y escritas no se definieron antes de que el comité de selección examinara las solicitudes, y no existía una decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos para designar al comité de selección. |
En curso |
(1) Artículo 15, apartado 4, y artículo 16, apartado 1.
ANEXO II
Autoridad Europea de Valores y Mercados (París)
Competencias y actividades
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Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado (artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) |
El Parlamento Europeo y el Consejo, con arreglo al procedimiento legislativo ordinario y previa consulta al Comité Económico y Social, adoptarán las medidas relativas a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que tengan por objeto el establecimiento y el funcionamiento del mercado interior. |
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Competencias de la Autoridad [Reglamento (UE) no 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo y Reglamento (CE) no 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo] |
Funciones
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Gobernanza |
Junta de supervisores Composición Presidente (sin derecho a voto); el máximo representante de la autoridad pública nacional competente en materia de supervisión de los participantes en los mercados financieros de cada Estado miembro; un representante de la Comisión (sin derecho a voto); un representante de la Junta Europea de Riesgo Sistémico (sin derecho a voto), y; un representante de cada una de las otras dos Autoridades Europeas de Supervisión (sin derecho a voto). Funciones Asesora a la Autoridad en sus funciones y es responsable de adoptar las decisiones mencionadas en el capítulo II. Consejo de administración Composición El Presidente y otros seis miembros de la Junta de Supervisores, elegidos por los miembros con derecho a voto de la Junta de Supervisores. El director ejecutivo y un representante de la Comisión participarán en las reuniones del consejo de administración pero sin derecho a voto (aunque el representante de la Comisión tendrá derecho a votar en asuntos presupuestarios). Funciones Vela por que la Autoridad cumpla su cometido y lleve a cabo las funciones que le son asignadas de conformidad con lo dispuesto en su Reglamento de base. Presidente Representante de la Autoridad responsable de preparar el trabajo de la Junta de Supervisores y de presidir las reuniones de la Junta de Supervisores y del consejo de administración. Nombrado por la Junta de Supervisores tras comparecer ante el Parlamento Europeo. Director ejecutivo Nombrado por la Junta de Supervisores tras la confirmación por parte del Parlamento Europeo. Responsable de la gestión de la Autoridad y de preparar el trabajo del consejo de administración. Auditoría interna Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión Europea. Auditor externo Tribunal de Cuentas Europeo. Autoridad de aprobación de la gestión Parlamento Europeo, previa recomendación del Consejo. |
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Medios a disposición de la Autoridad en 2012 |
Presupuesto final Presupuesto total: 20,279 millones de euros, incluidos:
Efectivos a 31 de diciembre de 2012
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Productos y servicios facilitados en 2012 |
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Fuente: Información comunicada por la Autoridad. |
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LA RESPUESTAS DE LA AUTORIDAD
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11. |
El informe de validación de los regímenes de contabilidad ha entrado en su fase final. Antes de preparar el informe, para validar la fiabilidad de los procedimientos aplicados el contable decidió controlar el 100 % de todas las transacciones financieras en lugar de aplicar un enfoque de muestreo y de comprobación del sistema. |
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12. |
La ESMA creó en 2012 una función interna de control y adoptó un plan de acción basado en los riesgos con respecto al control interno que está siendo elaborado y supervisado activamente. A finales de 2012, la ESMA había puesto en práctica 19 de las 20 actividades previstas para ese año. Se dispone de programas de trabajo de control interno elaborados para 2013 y 2014. Analizados debidamente los riesgos asociados al ámbito directivo, los sistemas internos de gestión y de control son aptos para la ejecución de las funciones de la ESMA, en virtud de lo dispuesto en el artículo 38, apartado 4, del Reglamento Financiero de la ESMA. |
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13. |
En 2012, la ESMA tuvo que volver a licitar para varios contratos heredados de su predecesor, el CERV. Se ejecutó casi todo el plan de adjudicación, si bien con algunas demoras debido a la escasez de recursos. Con el fin de mejorar en este ámbito, la ESMA contratará en 2013 más personal para su equipo de adjudicación a la vez que potenciará los procedimientos aplicando más controles internos. |
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14. |
La ESMA agradece las correctas explicaciones ya mencionadas en los comentarios del Tribunal. Dichas explicaciones reflejan el estado de la situación en 2012. |
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15. |
El presupuesto de 2012 fue elaborado en enero de 2011, el primer mes de funcionamiento de la Agencia. El presupuesto fue preparado en gran parte por la Comisión de la UE y ciertamente se carecía de experiencia en relación con el funcionamiento de la Agencia. |
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16. |
Respecto a la gestión del presupuesto representada por el programa de trabajo de las tecnologías de la información de la ESMA debería destacarse que en 2012 el programa de trabajo en relación con dichas tecnologías se basaba en necesidades resultantes de la legislación que aún seguían debatiendo las instituciones de la UE. Las negociaciones finales de algunas de dichas disposiciones legislativas han influido a lo largo del ejercicio en el programa de trabajo de las tecnologías de la información así como en el plan de adjudicación. |
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17. |
Desde la visita del Tribunal, la ESMA ha mejorado sus procesos y aplicado controles que abordan las deficiencias detectadas así como la presupuestación y la planificación. |
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18. |
La ESMA reconoce este punto. Siguiendo el comentario del Tribunal, la Agencia ha realizado una revisión ex post de todos los procedimientos de contratación de agentes temporales de 2012. Dicha revisión ha confirmado que no hubo otros casos similares. Para limitar el riesgo de que vuelvan a producirse dichos descuidos en el futuro, la ESMA ha puesto en marcha nuevos procedimientos por los que se fijan umbrales para los candidatos preseleccionados y etapas de control ex ante en relación con la validación de la elegibilidad de los candidatos con una herramienta electrónica que permite calcular los años de experiencia. |