DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO que acompaña al documento Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece la Empresa Común Shift2Rail /* SWD/2013/0534 final */
ÍNDICE 1........... Introducción................................................................................................................. 3 2........... Definición de los problemas......................................................................................... 3 2.1........ Retos principales del sector
ferroviario de la UE......................................................... 3 2.2........ Problemas principales que
precisan una intervención................................................... 4 2.3........ Origen de los problemas............................................................................................... 4 2.3.1..... Fragmentación de los esfuerzos
destinados a investigación e innovación.................... 4 2.3.2..... Escasa influencia de las
inversiones en investigación e innovación del sector ferroviario de la UE 4 2.3.3..... Participación limitada y
descoordinada de las partes interesadas a lo largo de la cadena de valor
ferroviaria...................................................................................................................................... 5 2.3.4..... Costes elevados, riesgos y
plazos de las inversiones en investigación e innovación.... 5 2.4........ Partes interesadas más
afectadas y evaluación de las necesidades............................... 5 2.5........ Subsidiariedad.............................................................................................................. 5 2.5.1..... Base jurídica................................................................................................................. 5 2.5.2..... Necesidad y valor añadido de la
UE............................................................................ 6 3........... Objetivos....................................................................................................................... 6 4........... Opciones políticas......................................................................................................... 6 5........... Evaluación de impacto.................................................................................................. 7 5.1........ Enfoque global de la evaluación
de impacto................................................................ 7 5.2........ Resumen del impacto.................................................................................................... 7 6........... Comparación de las opciones........................................................................................ 8 6.1.1..... Estructura de gobierno.................................................................................................. 9 6.1.2..... Presupuesto................................................................................................................. 10 7........... Control y evaluación................................................................................................... 10 DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS
DE LA COMISIÓN RESUMEN DE LA
EVALUACIÓN DE IMPACTO que acompaña al documento Propuesta de Reglamento del
Consejo por el que se establece la Empresa Común Shift2Rail 1. Introducción El presente resumen describe las
principales constataciones y conclusiones del informe de evaluación de impacto
que acompaña a la propuesta de la Comisión de un Reglamento del Consejo por el
que se establece la Empresa Común Shift2Rail en el marco de Horizonte 2020
(H2020) al objeto de lograr un planteamiento coordinado de la UE para la
investigación y la innovación en el sector ferroviario en aras de respaldar la
realización de un espacio ferroviario europeo único. La propuesta sigue las líneas del Libro
Blanco titulado «Hoja de ruta hacia un espacio único europeo de transporte: por
una política de transportes competitiva y sostenible» que hace hincapié en la
necesidad de crear un espacio ferroviario europeo único para lograr un sistema
de transporte europeo más competitivo y eficiente en el uso de los recursos y
abordar los principales retos sociales relacionados con la creciente demanda de
tráfico, la congestión, el suministro energético y el cambio climático. La
Comunicación de la Comisión titulada «Las asociaciones en la investigación y la
innovación» pone aún más de manifiesto que las asociaciones público-privadas
(APP) pueden ayudar a abordar dichos retos y a fortalecer la posición
competitiva de Europa. 2. Definición
de los problemas 2.1. Retos
principales del sector ferroviario de la UE Las ambiciosas metas de la EU en materia
de cambio climático, consumo de energía y protección del medio ambiente harán
necesario que el sector ferroviario se vea obligado a asumir una cuota mayor de
la demanda de transporte en las próximas décadas. Sin embargo, a la red ferroviaria europea
todavía le resulta difícil hacer frente al predominio del transporte por
carretera. Pese a las cuantiosas subvenciones públicas y a las importantes
inversiones en infraestructura y productos de alta tecnología, la cuota modal
de transporte ferroviario de mercancías en realidad ha disminuido en la última
década, mientras que la cuota modal del transporte ferroviario de pasajeros ha
permanecido constante. Asimismo, a pesar de que la industria
ferroviaria europea sigue siendo líder a escala mundial, cada vez se ve más
amenazada por proveedores extranjeros, principalmente en Asia, que están
invirtiendo masivamente en investigación e innovación. El éxito competitivo a largo plazo del
ferrocarril europeo, frente a otros modos de transporte y a competidores extranjeros,
depende así de una continua innovación de los productos, servicios y procesos,
lo que, a su vez, requiere inversiones a gran escala y coordinadas en
investigación e innovación. 2.2. Problemas
principales que precisan una intervención La innovación en toda la cadena de valor
del sector ferroviario constituye un factor estratégico para realizar el
espacio ferroviario europeo único e impulsar la competitividad del sector
ferroviario. No obstante, los esfuerzos realizados en el sector ferroviario a
nivel de la UE en materia de investigación e innovación en el pasado no han
estado lo suficientemente orientados a la meta política más amplia de realizar
el espacio ferroviario europeo único, y la respuesta del mercado y la
repercusión de los proyectos de investigación e innovación del sector han sido
escasas y lentas. 2.3. Origen
de los problemas Se han identificado cuatro importantes
aspectos que han contribuido a originar estos problemas. 2.3.1. Fragmentación
de los esfuerzos destinados a investigación e innovación Aparte de la fragmentación de los
presupuestos asignados a investigación e innovación en los diferentes Estados
miembros, la coordinación de los esfuerzos invertidos en investigación e
investigación en el sector ferroviario se ve aún más limitada debido a las
siguientes formas de fragmentación: Fragmentación entre los ecosistemas
del ferrocarril, con un mosaico de sistemas
regionales y nacionales, redes y normas técnicas de funcionamiento distintas.
Por ello, la industria ha tenido que desarrollar vehículos adaptados, diseñados
para satisfacer las restricciones únicas de los mercados nacionales
relativamente pequeños. Este elevado nivel de personalización del producto y de
ausencia de normalización europea no solo constituye una barrera para el
espacio ferroviario europeo único, sino que también se traduce en un aumento de
los costes de producción y márgenes operativos bajos que no permiten
inversiones significativas en investigación especulativa orientada a la
tecnología y limitan la absorción de las innovaciones por el mercado. Fragmentación entre los subsistemas
del sector ferroviario. Las interacciones
complejas entre subsistemas (infraestructura, fabricantes de material rodante y
de equipos de señalización, empresas ferroviarias y administradores de
infraestructuras) limitan el potencial de mejorar una parte específica del
sistema o de proponer soluciones innovadoras que ejerzan un impacto en todo el
sistema y que se puedan implementar en todo el espacio ferroviario europeo
único. Fragmentación a lo largo del ciclo de
vida de la innovación. Los esfuerzos de
investigación de la UE se centran principalmente en la innovación
precompetitiva en niveles de desarrollo de la tecnología bajos (TRL, Technology
Readiness Levels), de manera que hay pocos proyectos de demostración a gran
escala y una parte importante del conocimiento generado por los proyectos
europeos de investigación e innovación nunca encuentra su camino al mercado. 2.3.2. Escasa
influencia de las inversiones en investigación e innovación del sector
ferroviario de la UE La configuración actual de la
investigación y la innovación del sector ferroviario de la UE restringe la influencia
directa de la financiación de la UE. En los proyectos ferroviarios, el
porcentaje medio de financiación privada era únicamente del 34 %. Las
tasas de participación relativamente bajas de las empresas privadas en
proyectos también se traducen en que muchos proyectos se centren en niveles de
tecnología relativamente bajos, limitando así los efectos de influencia
indirectos vinculados a las inversiones privadas adicionales tras la
realización del proyecto. 2.3.3. Participación
limitada y descoordinada de las partes interesadas a lo largo de la cadena de
valor ferroviaria El planteamiento de formulación ascendente
actual del proyecto con relación a la investigación y la innovación no permite
un enfoque programático amplio y significa que los proyectos individuales no se
alinean necesariamente entre ellos o con los objetivos generales de la política
de la UE. La formación de consorcios ad hoc significa que la cadena de
valor completa no está necesariamente representada y obstaculiza la continua
colaboración de los socios más allá de proyectos individuales, suscitando así
una menor confianza entre los socios. 2.3.4. Costes
elevados, riesgos y plazos de las inversiones en investigación e innovación Los riesgos de innovación genéricos se
intensifican en el sector ferroviario por: ·
Las interacciones complejas entre diferentes
segmentos ferroviarios y la necesidad de sincronización entre las innovaciones. ·
Los largos ciclos de vida de los productos,
que inhiben el rápido desarrollo de nuevas tecnologías ferroviarias. ·
La distribución desigual de los beneficios
derivados de la innovación entre los interesados, reduciendo los incentivos
para invertir en nuevas tecnologías. ·
La ausencia de sinergias con otros sectores
industriales, especialmente en las tecnologías emergentes. 2.4. Partes
interesadas más afectadas y evaluación de las necesidades La iniciativa propuesta afectará a todos
los agentes del sector ferroviario, contribuyendo a aumentar su competitividad
y a reducir costes. Otros sectores industriales, entre ellos proveedores de
segundo y tercer nivel y agentes de subsectores económicos que hacen uso de los
bienes y servicios prestados por el sector ferroviario, también pueden verse
afectados. Al contribuir a reducir los costes
operativos y de infraestructura, la iniciativa ayudará a reducir la magnitud de
las subvenciones abonadas por los gobiernos nacionales. La conservación del
liderazgo europeo en el sector ferroviario también ayudará a crear nuevos
puestos de trabajo europeos de calidad. Los pasajeros y usuarios del servicio de
transporte de mercancías se verán afectados indirectamente como consecuencia de
la mejora de la fiabilidad y la calidad de los servicios. La mejora de la
competitividad del sector ferroviario, en combinación con el aumento de la
capacidad, ayudará a asumir una mayor cuota de la demanda de transporte,
contribuyendo de ese modo a reducir la congestión del tráfico y las emisiones
de CO2. El bienestar y la salud de los ciudadanos también se verán
positivamente afectados gracias a la reducción de la contaminación acústica del
ferrocarril. 2.5. Subsidiariedad 2.5.1. Base
jurídica El derecho de la UE a tomar medidas en
este ámbito se fundamenta en el artículo 187 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea, que autoriza a la Unión a crear «empresas comunes o
cualquier otra estructura que se considere necesaria para la correcta ejecución
de los programas de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración
de la Unión». 2.5.2. Necesidad
y valor añadido de la UE Los niveles de financiación de la
investigación y la innovación en el sector ferroviario han venido siendo
históricamente bajos, con inversiones que han padecido fragmentación e
ineficiencias debido a las diferencias en los programas nacionales. La puesta
en común y la coordinación de esfuerzos en materia de investigación e
innovación a nivel de la UE ofrecen más posibilidades de éxito, dado el
carácter transnacional de la infraestructura y las tecnologías que se van a
desarrollar en apoyo del espacio ferroviario europeo único, así como la
necesidad de alcanzar una masa suficiente de recursos. La acción a nivel de la
UE ayudará a racionalizar los programas de investigación y garantizar la
interoperabilidad de los sistemas desarrollados. La normalización abrirá un
mercado más amplio y estimulará la competencia. 3. Objetivos El objetivo general es armonizar mejor
los esfuerzos en materia de investigación e innovación ferroviaria de la UE a
fin de acelerar la asimilación de soluciones innovadoras por parte del mercado,
aumentando de ese modo la competitividad del sector ferroviario de la UE frente
a otros modos de transporte y competidores extranjeros. Concretamente, la iniciativa pretende: ·
Fomentar una inversión centrada, coordinada y
a largo plazo en la investigación y la innovación ferroviaria de la UE. ·
Aumentar el efecto palanca de la financiación
destinada a investigación e innovación del sector ferroviario europeo. ·
Establecer redes sostenidas y un intercambio
de conocimientos entre las diversas partes implicadas. ·
Mitigar los riesgos asociados a la innovación. ·
Aumentar el rendimiento operativo y la
rentabilidad de la investigación y la innovación ferroviaria. 4. Opciones
políticas Habida cuenta de que hay previstas
actividades de apoyo a la industria ferroviaria en el marco de H2020, las
opciones consideradas para la ejecución de actividades de investigación e
innovación del sector incluyen: · La continuación del modelo aplicable de investigación
colaborativa en el marco del Séptimo Programa Marco al tiempo que se
integran mejoras de H2020 tales como disposiciones de supervisión simplificadas
y más hincapié en la demostración (opción de base). · El establecimiento de una APP contractual que implique un
acuerdo contractual flexible entre la Comisión y los socios privados para
trabajar hacia un programa común basado en un plan de trabajo elaborado por los
últimos, utilizando proyectos estándar de investigación e innovación
colaborativos. · El establecimiento de una APP institucionalizada que
implique la creación de una estructura administrativa específica para la
coordinación de la investigación y la innovación ferroviaria en forma de un
órgano de la UE, en virtud del artículo 187 del TFUE, que proporcione un marco
para que los agentes públicos y privados trabajen juntos y tomen decisiones
conjuntas. · La coordinación de actividades de investigación e innovación por
la Agencia Ferroviaria Europea (AFE), que implique una modificación del
Reglamento constitutivo de la Agencia a fin de permitirle llevar a cabo
actividades de investigación e innovación junto a su función como autoridad
reguladora. 5. Evaluación
de impacto 5.1. Enfoque
global de la evaluación de impacto El análisis cubre exclusivamente el
impacto del tipo de estructura establecida para ejecutar las actividades de
investigación e innovación en el sector ferroviario y, por lo tanto, se centra
principalmente en los siguientes impactos: · Enfoque y coordinación de los esfuerzos de investigación · Potenciación de las inversiones en investigación e innovación del
sector ferroviario de la UE · Amplia participación de las partes interesadas y redes sostenidas · Mitigación de los riesgos de la innovación · Rendimiento operativo y rentabilidad 5.2. Resumen
del impacto Con la investigación colaborativa,
los cambios previstos en virtud de H2020 darán lugar a normas de participación
más sencillas y más coherentes, lo que aumentará la accesibilidad y el
atractivo de los programas, facilitará el acceso a conocimientos específicos y
permitirá a los candidatos seleccionados empezar a trabajar más rápido. Se pondrá
más énfasis en la innovación y las actividades cercanas al mercado y un cambio
a los programas de trabajo bianuales permitirá mayor continuidad. Sin embargo,
los proyectos financiados probablemente se mantengan en niveles de
disponibilidad de la tecnología más bajos, y la sincronización y la coherencia
de los proyectos se verán obstaculizadas por las convocatorias individuales. La
participación ad hoc a nivel de proyectos limitará la posibilidad de
involucrar a toda la cadena de valor de partes interesadas y de construir redes
sostenidas de cooperación. La falta de un marco de derechos de propiedad
intelectual claro para múltiples proyectos y la ausencia de un compromiso firme
de la industria implican que la influencia de los fondos de la UE seguirá
siendo similar a los niveles actuales. Una APP contractual facilitaría la
fijación de objetivos claros, la concentración en un número limitado de
sectores de investigación y la coordinación entre varios temas de
investigación. El programa de trabajo se ajustaría a las necesidades de la
industria, al contener normativa de propiedad intelectual detallada e incluir las
actividades de demostración, favorables para una buena absorción en el mercado.
Sin embargo, dado el enfoque ascendente y la ausencia de planes de cogobernanza
con la Comisión, las prioridades en materia de investigación e innovación
estarían menos orientadas hacia los objetivos de la política de la UE. Los
compromisos de la industria determinados previamente podrán asegurar un aumento
de la influencia pero esto no está garantizado, habida cuenta de que los
compromisos jurídicos se limitan a proyectos individuales. El sistema de
convocatorias individuales podría obstaculizar la sincronización de los
proyectos y la participación de agentes de toda la cadena de valor del sector. Con una APP institucionalizada, la
coordinación, programación y ejecución de las actividades de investigación e
innovación sería la responsabilidad de una estructura administrativa específica
y única, lo que garantizaría más continuidad y menos fragmentación de los
esfuerzos de investigación e innovación. El desarrollo de una estrategia a
largo plazo, en estrecha cooperación con todos los agentes del mercado,
garantizará que los proyectos de investigación e innovación contribuyan a
fomentar la competitividad del sector ferroviario, mientras que el papel
protagonista de la Comisión garantizará la armonización de la agenda de
investigación e innovación con los objetivos del espacio ferroviario europeo
único. El carácter estable de la APP institucionalizada, la definición clara de
la normativa de propiedad intelectual y el firme compromiso de la UE inspirarán
confianza a los socios públicos y privados, estimulando así mayores niveles de
inversión. Los compromisos jurídicamente vinculantes de la industria de igualar
la financiación de la UE garantizarán un efecto palanca directo como mínimo un
30 % más alto que otras opciones. Habida cuenta de que las condiciones de
participación podrían ser gestionadas de una manera flexible y transparente, la
APP institucionalizada podría asegurar una amplia participación de las partes
interesadas y un enfoque orientado hacia las PYME. Colocar a la AFE a cargo de la
coordinación de la investigación e innovación garantizaría que la estrategia a
largo plazo esté en consonancia con los objetivos de política de la UE, aunque
podría restringirla excesivamente a cuestiones de estandarización e
interoperabilidad, dada la función principal y la falta de experiencia
comercial de la AFE. La existencia de una estructura específica, con fuertes
conocimientos técnicos y redes establecidas, garantizaría una coordinación y un
liderazgo sólidos. Sin embargo, habida cuenta de la ausencia de compromisos
formales de la industria, es probable que el efecto palanca directo sea
relativamente bajo. Más importante aún, la combinación del papel de la AFE como
autoridad reguladora con funciones de coordinación y gestión de investigación e
innovación podría plantear un grave conflicto de intereses. Además, no es
cierto que la AFE disponga de recursos suficientes para gestionar el
presupuesto sustancial para las actividades de investigación e innovación del
sector ferroviario. En términos de rentabilidad, aunque una
APP institucionalizada costaría un poco más que otras opciones en general, el
hecho de que la industria se comprometa a cubrir la mitad de los gastos
administrativos significa que el funcionamiento de una APP institucionalizada
es, de hecho, entre un 17 % y un 35 % menos costoso para la Comisión
que otras opciones. 6. Comparación
de las opciones El cuadro siguiente resume la evaluación
de las diferentes opciones políticas. Parámetros || Referencia || APP contractual || APP institucionalizada || AFE Enfoque y coordinación || Estrategia a largo plazo || = || + || + || + Relevancia para la UE || = || = || + || = Coordinación || = || + || ++ || ++ Potenciación de las inversiones en investigación e innovación del sector ferroviario de la UE || Influencia directa (cofinanciación privada) || 1,5 || =/+ 1,5 a 2 || ++ al menos 2 || 1,5 Compromiso en firme || = || + || ++ || = Amplia participación y redes sostenidas || Toda la cadena de valor || = || = || + || = Asociaciones sostenidas || = || + || ++ || = Mitigación de los riesgos de la innovación || Relevancia para la industria y niveles de desarrollo de la tecnología || = || ++ || + || - Protección de la propiedad intelectual || = || + || ++ || - Resultados operativos || Tiempo de preparación || Ningún retraso en la puesta en marcha || - De 9 a 12 meses || -- Dos años incluyendo el procedimiento legislativo || -- Tres años incluyendo el procedimiento legislativo Tasa de éxito || 20 % || + 20-30 % || ++ 30-40 % || = 20 % Plazo medio de concesión || 250 || + 210 || + 160-240 || = 250 Relación coste/eficacia || Coste anual equivalente para la Comisión || 4,7 millones EUR || + 4,9 millones EUR || ++ 3,2 millones EUR || ++/-- 3,8 millones EUR Resultados económicos, sociales y medioambientales || = || + || ++ || = Leyenda: =: referencia o equivalente + a +++: de un poco mejor a mucho mejor que la
referencia - a - - -: de un poco peor a mucho peor que la
referencia Sobre la base de la evaluación y los
resultados de la consulta pública, la opción de una APP institucionalizada
surge como la opción más adecuada para alcanzar los objetivos establecidos, a
pesar de los plazos más largos necesarios para establecer su estructura. 6.1.1. Estructura
de gobierno Se tomarán en cuenta los siguientes
principios en el desarrollo de la estructura de gobernanza de la futura APP
institucionalizada: ·
Estrecha vinculación con las políticas de
la UE: la UE debe conservar un papel importante
en la APP institucionalizada a fin de velar por que las actividades de
investigación e innovación estén en consonancia con los objetivos de las
políticas de la UE. ·
Amplia participación de las partes interesadas: la condición de miembro debe estar abierta a todos los agentes
del sector ferroviario a fin de garantizar un enfoque de sistemas aplicado a la
innovación que integre todos los componentes de la cadena de valor del
ferrocarril. ·
Asesoramiento:
deben crearse órganos científicos y asesores para proporcionar conocimientos
técnicos pertinentes a la APP institucionalizada. Asimismo, dada su amplia
experiencia en cuestiones de interoperabilidad e integración del sistema
ferroviario, la AFE debe participar en el trabajo de la APP institucionalizada.
6.1.2. Presupuesto Las actuales estimaciones de la industria
acerca de las necesidades de investigación e innovación oscilan entre los 800 millones
EUR y 1 000 millones EUR. La UE cubriría el 50 % de este coste,
situando su contribución en alrededor de 450 millones EUR, que procederán del
presupuesto de H2020. Los socios industriales aportarán el
50 % restante por medio de efectivo y contribuciones en especie. También
contribuirán al 50 % en todos los gastos administrativos. Se estima que la futura estructura
requeriría aproximadamente 20 empleados a tiempo completo y que los costes
administrativos supondrían alrededor del 3 % de los gastos operativos. 7. Control
y evaluación El futuro sistema de seguimiento y
evaluación cubrirá la legalidad y regularidad de las operaciones efectuadas por
la nueva estructura, así como el desempeño de las actividades de investigación
e innovación, a fin de velar por que estas contribuyan al programa de trabajo
estratégico. Estas medidas incluyen: ·
Control y elaboración de informes a nivel
de proyecto y paquete de trabajo sobre una base
trimestral, según un conjunto conciso de indicadores clave de rendimiento
fiables definidos por el Director Ejecutivo y validados por el Consejo de
administración. ·
Control y elaboración de informes a nivel
de programa, sobre la base de datos del proyecto
y paquete de trabajo, e incluyendo el control de la calidad de los resultados
en contraste con un conjunto de criterios de satisfacción; el seguimiento de la
gestión del proyecto para verificar su calidad general y el cumplimiento con el
programa de trabajo estratégico. Evaluaciones de la aplicación del
Reglamento, a llevar a cabo por la Comisión cada
tres años desde el inicio de las actividades de la APP institucionalizada y al
menos un año antes del término del mandato de la APP institucionalizada,
encaminadas a determinar si la asociación en su configuración actual ha sido
eficiente y eficaz.