Propuesta de DICTAMEN DEL CONSEJO sobre el programa de asociación económica de Francia /* COM/2013/0904 final - 2013/0394 (NLE) */
2013/0394 (NLE) Propuesta de DICTAMEN DEL CONSEJO sobre el programa de asociación económica de
Francia
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (UE)
nº 473/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013,
sobre disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación de los
proyectos de planes presupuestarios y para la corrección del déficit excesivo
de los Estados miembros de la zona del euro[1], y, en
particular, su artículo 9, apartado 4, Vista la propuesta de la
Comisión Europea, Considerando lo
siguiente:
(1) El Pacto de Estabilidad
y Crecimiento (PEC) tiene por objeto garantizar la disciplina presupuestaria en
toda la Unión y establece el marco para la prevención y corrección de los
déficits públicos excesivos. El PEC se basa en el objetivo de unas finanzas
públicas saneadas como medio de reforzar las condiciones para la estabilidad de
los precios y para un crecimiento fuerte y sostenible, respaldado por la estabilidad
financiera, apoyando de este modo la consecución de los objetivos de la Unión
en materia de crecimiento sostenible y de empleo. (2) El Reglamento (UE)
nº 473/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013,
sobre disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación de los
proyectos de planes presupuestarios y para la corrección del déficit excesivo
de los Estados miembros de la zona del euro, establece disposiciones para
reforzar la supervisión de las políticas presupuestarias en la zona del euro y
para garantizar que los presupuestos nacionales sean coherentes con las
orientaciones para las políticas económicas formuladas en el contexto del Pacto
de Estabilidad y Crecimiento y del Semestre Europeo. Dado que unas medidas
puramente presupuestarias pueden resultar insuficientes para garantizar una
corrección duradera del déficit excesivo, pueden ser necesarias medidas de
política económica y reformas estructurales adicionales. (3) El artículo 9 del
Reglamento (UE) nº 473/2013 establece las modalidades de los programas de
asociación económica que deberán presentar los Estados miembros de la zona del
euro que sean objeto de un procedimiento de déficit excesivo. Al establecer una
hoja de ruta de las medidas necesarias para lograr una corrección eficaz y
duradera del déficit excesivo, el programa de asociación económica debe
detallar, en particular, las principales reformas presupuestarias
estructurales, concretamente las que se refieren a la fiscalidad, los sistemas
de pensiones y sanitario y los marcos presupuestarios, que serán decisivas para
corregir el déficit excesivo de forma duradera. (4) El 27 de abril de 2009,
el Consejo adoptó una decisión con arreglo al artículo 104, apartado 6, del
Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE) en virtud de la cual se
somete a Francia a un procedimiento de déficit excesivo. El 21 de junio de
2013, el Consejo adoptó una recomendación revisada con arreglo al artículo 126,
apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) en el
contexto de un procedimiento de déficit excesivo iniciado antes de la entrada
en vigor del Reglamento (UE) nº 473/2013. En este contexto, se pidió a
Francia que presentara un programa de asociación económica a más tardar el 1 de
octubre de 2013. (5) El 1 de octubre de 2013,
y, por tanto, dentro del plazo previsto en el artículo 9, apartado 3, y en el
artículo 17, apartado 2, del Reglamento (UE) nº 473/2013, Francia presentó a la
Comisión y al Consejo un programa de asociación económica en el que describe
las reformas presupuestarias estructurales necesarias para lograr una
corrección eficaz y duradera del déficit excesivo. El programa de asociación
económica incluye medidas destinadas a aplicar las recomendaciones específicas
dirigidas a Francia por el Consejo el 9 de julio de 2013: i) garantizar la
sostenibilidad de las finanzas públicas a largo plazo (recomendación 1) a la
vez que se simplifica el sistema fiscal (recomendación 5); ii) restaurar
la competitividad mediante medidas dirigidas a reducir los costes de producción
(recomendación 2), mejorar el entorno empresarial (recomendación 3) y
fomentar la competencia (recomendación 4); así como iii) combatir el
desempleo y la desigualdad en el mercado laboral (recomendación 6). (6) El programa de asociación
económica se centra en medidas que, con muy pocas excepciones, ya se han
aplicado o se encuentran en fase de adopción. Por tanto, presenta poca
información sobre la estrategia política del Gobierno para el período hasta
2015, fecha límite para la corrección del déficit excesivo. Las reformas
presupuestarias estructurales adoptadas o previstas por Francia son las
siguientes: i) medidas para reducir el déficit de las administraciones públicas,
especialmente mediante esfuerzos para contener el incremento del gasto, ii)
creación de un consejo presupuestario independiente, iii) reforma del sistema
de pensiones, iv) simplificación del sistema fiscal, y v) reducción de los
costes laborales. Entre las reformas estructurales adicionales con efectos
sobre el crecimiento y la competitividad y que, por tanto, repercuten
indirectamente en la reducción del déficit, pueden citarse: i) apoyo a la
capacidad de innovación y exportación de las empresas, ii) medidas para mejorar
la competencia y eficiencia en las industrias de red y en algunos sectores
regulados, iii) reforma del mercado de trabajo, y iv) apoyo al empleo juvenil. (7) En lo que respecta a las
finanzas públicas, las medidas adoptadas aspiran a cumplir los objetivos de
déficit global fijados en la recomendación del Consejo de 21 de junio de 2013,
con esfuerzos específicos para contener el incremento del gasto, especialmente
el gasto sanitario. Con este fin se han llevado a cabo una serie de
evaluaciones de las políticas públicas en el marco del análisis en curso de los
gastos, que se han plasmado en propuestas concretas, aunque no se han
cuantificado sistemáticamente los ahorros previstos. Por añadidura, una parte
de las medidas anunciadas hasta la fecha consisten en limitar o suprimir
exenciones fiscales y exenciones de la cotización a la seguridad social, lo que
de hecho aumentará la presión fiscal más que reducir el gasto. Desde una
perspectiva más general, todavía está por ver hasta qué punto el análisis de
los gastos se traducirá realmente en reformas importantes de las políticas
públicas, de la cobertura de actividades por parte del sector público y de los modos
de prestación de los servicios públicos. Asimismo, el Gobierno ha puesto en
marcha una reforma de la descentralización para aclarar las responsabilidades
de las autoridades locales y del Gobierno central a fin de hacer más eficiente
el gasto de las administraciones locales. Ahora bien, en la fase actual no está
claro si este proceso contribuirá realmente a racionalizar los gastos locales y
no se han cuantificado los ahorros esperados. Más allá de los significativos ahorros
previstos para 2014, el programa de asociación económica ofrece poca
información sobre las medidas destinadas a mejorar la rentabilidad del gasto
sanitario a medio o largo plazo, especialmente en lo que respecta a los
medicamentos, teniendo en cuenta el aumento previsto en esta partida de gastos. (8) Se ha reforzado la
gobernanza de las finanzas públicas, en particular mediante la creación de un
Alto Consejo de finanzas públicas. Establecido por ley como autoridad
independiente, el Alto Consejo presenta un dictamen sobre el escenario
macroeconómico en el que se basan los proyectos de presupuesto y los programas
de estabilidad y sobre la coherencia de los objetivos presupuestarios anuales
con la estrategia presupuestaria plurianual. Consecuentemente, ha formulado un
dictamen sobre el programa de estabilidad presentado por Francia el 30 de abril
de 2013 y sobre el proyecto de plan presupuestario. (9) Cabe esperar que la
reforma prevista del sistema de pensiones contribuya a su viabilidad a largo
plazo. Las medidas adoptadas hasta 2020 se centran fundamentalmente en los
ingresos e incluyen, en particular, un incremento de las cotizaciones a la
seguridad social, tanto de los empresarios como de los trabajadores, medida que,
según el Consejo, debería evitarse. El Gobierno se ha comprometido a compensar
el impacto de la reforma de las pensiones prevista sobre los costes laborales
en 2014 mediante una reducción de las contribuciones de las familias. A partir
de 2020 el periodo de cotización para generar una pensión completa se
incrementará gradualmente hasta llegar a cuarenta y tres años en 2035. La
reforma prevista no responde plenamente a la recomendación del Consejo, ya que
las medidas consideradas se limitarían a reducir a la mitad el déficit de
financiación del sistema de pensiones de aquí a 2020. A este respecto, no se ha
revisado el alcance ni las normas específicas de los regímenes aplicables a los
trabajadores del sector público. Es más, el déficit de financiación del sistema
de pensiones para 2020 podrían ser aún mayores de lo esperado si el escenario
macroeconómico sobre el que se basa la reforma resultara ser demasiado
optimista, lo que no puede descartarse teniendo en cuenta la evolución
económica actual. El coste presupuestario de las medidas previstas para tener
mejor en cuenta las actividades extenuantes no está nada claro, lo que
constituye un riesgo más para las perspectivas financieras del sistema de
pensiones. (10) Han proseguido los
esfuerzos para simplificar el sistema fiscal y hacerlo más eficiente mediante
un nuevo recorte del gasto fiscal y propuestas de aumento de la fiscalidad
medioambiental. Por otra parte, además de la medida ya adoptada en 2013 cuyos
efectos aumentarán en 2014, el proyecto de plan presupuestario no considera nuevas
medidas para seguir reduciendo la distorsión a favor del endeudamiento en la
fiscalidad de las empresas. Las modificaciones del
proyecto de plan presupuestario tras su presentación a la Comisión y al Consejo
darán lugar a un tipo impositivo sobre la renta de las sociedades más elevado de
facto para las grandes empresas, lo que es contrario a la recomendación del
Consejo de reducir los tipos a la vez que se amplía la base tributaria. Además,
aunque los tipos del IVA se modificarán a partir de enero de 2014, como se
decidió en diciembre de 2012, el programa de asociación económica no incluye
información sobre las medidas para aproximar más los tipos reducidos al tipo normal,
como recomendó el Consejo. La suspensión del impuesto medioambiental sobre los
vehículos pesados de transporte de mercancías, anunciada por el Gobierno el 29 de
octubre, parece discrepar de los esfuerzos presentados en el programa de
asociación económica para incrementar la fiscalidad medioambiental. (11) Se puede esperar que las
medidas adoptadas por el Gobierno para aumentar la competitividad de costes
mitiguen el incremento de los costes laborales asociados a las medidas de
saneamiento presupuestario adoptadas desde 2010. En particular, la bonificación
fiscal para la competitividad y el empleo aprobada en diciembre de 2012 reduce
significativamente los costes laborales para los salarios inferiores a 2,5
veces el salario mínimo. Además de comprometerse a compensar los efectos de la
reforma prevista del sistema de pensiones en 2014, el Gobierno ha anunciado una
próxima reforma de la financiación de la seguridad social a fin de diversificar
los ingresos y reducir su impacto sobre los costes laborales. No obstante, en
la fase actual se dispone de poca información sobre los detalles de esta
reforma. (12) El programa de asociación
económica presenta una serie de reformas estructurales adoptadas para aumentar
el crecimiento y la competitividad y luchar contra el desempleo. A fin de apoyar
la competitividad, el Gobierno ha aprobado medidas que facilitan el acceso a la
financiación para los proyectos innovadores y apoyan a las empresas
exportadoras. Se han puesto en marcha iniciativas para simplificar las relaciones
entre las empresas y la administración. Por añadidura, el programa de
asociación económica menciona medidas específicas dirigidas a aumentar la
competencia en algunas profesiones reguladas (como las de notario o contable),
aunque estas medidas no cumplen plenamente las recomendaciones específicas para
Francia, que pedían una reforma ambiciosa del sector de servicios. El programa
de asociación económica presenta también una reforma del sistema ferroviario
que, si bien pretende mejorar la eficiencia del sistema, no prevé la apertura a
la competencia del transporte nacional de pasajeros, como se pedía en las
recomendaciones específicas dirigidas a Francia. Asimismo, el programa de
asociación económica presenta medidas importantes adoptadas para luchar contra
el desempleo, aunque la mayoría de ellas ya se conocían cuando se presentó la recomendación
del Consejo. La Ley de 14 de junio de 2013 encaminada a garantizar el empleo,
las medidas específicas en apoyo del empleo de los jóvenes y de los
trabajadores de más edad, así como la próxima reforma de la formación
profesional y el aprendizaje, son pasos positivos para mejorar el
funcionamiento del mercado de trabajo y, por ende, aumentan el potencial de
crecimiento de la economía francesa. Por el contrario, la negociación sobre el
sistema de subsidios de desempleo se ha pospuesto hasta 2014, HA ADOPTADO EL PRESENTE DICTAMEN: El programa de
asociación económica de Francia presentado a la Comisión y al Consejo el
1 de octubre de 2013 incluye un conjunto de reformas presupuestarias
estructurales parcialmente adecuado para propiciar una corrección duradera y
eficaz del déficit excesivo. El programa de asociación económica presenta una visión
global de las medidas adoptadas con anterioridad a la recomendación del Consejo
de 9 de julio, y también incluye información sobre las reformas adicionales puestas
en marcha cuando se presentó dicho programa. Sin embargo, no serán suficientes
para corregir los desequilibrios presupuestarios y estructurales y no se han
facilitado suficientes detalles sobre las reformas previstas para continuar
respondiendo a la recomendación. La propuesta del Gobierno sobre una reforma
del sistema de pensiones reducirá el déficit del sistema, pero no bastará para
eliminarlo de aquí a 2020, especialmente debido a que se espera que los
regímenes aplicables a los funcionarios públicos y a los empleados de diversas
empresas controladas por el Estado sigan experimentando déficits notables para
esa fecha, y el escenario macroeconómico subyacente parece excesivamente
optimista. Hasta el momento, la revisión en curso del gasto solo ha conseguido
unos resultados limitados y todavía está por ver hasta qué punto se plasmará en
un ahorro considerable. Tampoco está muy claro si la reforma prevista de la
descentralización mejorará la coordinación entre los niveles local, regional y
nacional y supondrá un ahorro significativo para el conjunto de la administración
pública. El programa de asociación económica ofrece poca información sobre las medidas
para hacer frente al incremento previsto del gasto público en atención
sanitaria a medio o largo plazo. Es más, las recientes decisiones adoptadas por
el Gobierno en materia de fiscalidad parecen contrarias a la recomendación del
Consejo y generan incertidumbre sobre la estrategia del Gobierno. Por último, hay
que especificar más las medidas en las que el Gobierno basa su compromiso de
reducir los costes laborales. En conjunto, si bien las reformas ya aplicadas
suponen pasos acertados, son necesarios más esfuerzos para corregir los
desequilibrios presupuestarios y estructurales a fin de propiciar una
corrección duradera y eficaz del déficit excesivo y la viabilidad a largo plazo
de las finanzas públicas. Así pues, se invita a Francia a presentar en su
próximo programa nacional de reforma y su próximo programa de estabilidad información
adicional sobre los esfuerzos para hacer más eficiente el gasto en todos los
subsectores de las administraciones públicas y, en particular, para conseguir
una mejor coordinación y ahorros adicionales entre la Administración central y las
administraciones locales. Es necesario explicar mejor las medidas destinadas a hacer
más rentable el gasto en atención sanitaria y a evitar que los déficits
previstos en los regímenes de pensiones aplicables a los trabajadores del
sector público pesen sobre el déficit de las administraciones públicas. Asimismo
falta información sobre las medidas previstas para seguir reduciendo los costes
laborales y, de manera más general, sobre las reformas estructurales
adicionales consideradas para aumentar la capacidad de ajuste de la economía e
impulsar su crecimiento potencial. La Comisión y el Consejo supervisarán la
aplicación de las reformas en el contexto del Semestre Europeo. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente [1] DO L 140 de 27.5.2013, p. 11.