52013PC0763

Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se aprueba la actualización del programa de ajuste macroeconómico de Portugal /* COM/2013/0763 final - 2013/0372 (NLE) */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A petición de Portugal, el Consejo concedió el 17 de mayo de 2011 una ayuda financiera a este país (Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo) en apoyo a un estricto programa económico y de reformas destinado a restablecer la confianza, permitir el regreso de la economía a una senda de crecimiento sostenible y preservar la estabilidad financiera de Portugal, de la zona del euro y de la UE.

De conformidad con el artículo 3, apartado 10, de la Decisión 2011/344/UE, la Comisión, conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y en concertación con el Banco Central Europeo (BCE), ha realizado de forma combinada la octava y la novena evaluación de los progresos realizados en la aplicación de las medidas acordadas, así como de la eficacia e incidencia económica y social de dichas medidas.

Teniendo en cuenta la nueva información de que se dispone, mediante la propuesta [insert reference] la Comisión pretende modificar la Decisión 2011/344/UE.

Es necesaria un nueva Decisión tras la entrada en vigor del paquete de dos instrumentos legislativos («Two Pack») —en concreto, del Reglamento (UE) nº 472/2013—, que también rige las modalidades de modificación de las condiciones de política económica a las que se supedita un programa de ajuste económico. El Reglamento (UE) nº 472/2013 se aplica a los programas de ajuste macroeconómico existentes en la fecha de su entrada en vigor, lo que, como consecuencia, requiere que los ajustes sigan el procedimiento a que se hace referencia en el artículo 7, apartado 5.

2013/0372 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

por la que se aprueba la actualización del programa de ajuste macroeconómico de Portugal

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n° 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre el reforzamiento de la supervisión económica y presupuestaria de los Estados miembros de la zona del euro cuya estabilidad financiera experimenta o corre el riesgo de experimentar graves dificultades, y en particular, su artículo 7, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)       El Reglamento (UE) nº 472/2013 se aplica a los Estados miembros que, en el momento de su entrada en vigor, ya reciben una ayuda financiera, en particular, del Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera (MEEF) y/o de la Facilidad Europea de Estabilización Financiera (FEEF).

(2)       Dicho Reglamento establece normas para la aprobación del programa de ajuste macroeconómico de los Estados miembros que reciben ayuda financiera, las cuales deben articularse con las disposiciones del Reglamento (UE) nº 407/2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera, cuando el Estado miembro recibe ayuda del MEEF y de otras fuentes.

(3)       Se ha concedido ayuda financiera a Portugal procedente del MEEF, mediante la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal, y de la FEEF.

(4)       Por razones de coherencia, la aprobación de la actualización del programa de ajuste macroeconómico de Portugal en virtud del Reglamento (UE) nº 472/2013 debe hacerse con arreglo a las disposiciones pertinentes de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE.

(5)       De conformidad con el artículo 3, apartado 10, de la Decisión 2011/344/UE, la Comisión, conjuntamente con el FMI y en concertación con el BCE, ha realizado de forma combinada la octava y la novena evaluación de los progresos realizados por Portugal en la aplicación de las medidas acordadas, así como de la eficacia e incidencia económica y social de dichas medidas. Como consecuencia de esta evaluación, deben introducirse algunas modificaciones en el actual programa de ajuste macroeconómico.

(6)       Estas modificaciones figuran en la Decisión nº [insert reference], por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se aprueban las medidas especificadas en el artículo 3, apartados 7 a 9, de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, que deberá adoptar Portugal en el marco de su programa de ajuste macroeconómico.

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será Portugal.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el

                                                                       Por el Consejo

                                                                       El Presidente