Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se concede a Rumanía una ayuda financiera a medio plazo con carácter preventivo de la UE /* COM/2013/0708 final - 2013/0338 (NLE) */
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. Introducción Tras el programa conjunto de ayuda
financiera a medio plazo para Rumanía desarrollado por la UE y el FMI, en cuyo
marco la parte europea desembolsó 5 000 millones EUR y el FMI 12 900
millones EUR entre la primavera de 2009 y la primavera de 2011, el 12 de mayo
de 2011 el Consejo de la Unión Europea adoptó una decisión sobre un programa
consecutivo de carácter preventivo, que pondría a disposición de ese país un
máximo de 1 400 millones EUR en ayuda financiera a medio plazo[1]. El segundo
programa era también un programa conjunto de la UE y el FMI y tenía carácter
preventivo, de modo que ninguna de las partes tuvo que desembolsar fondos. El 4 de julio de 2013, habida cuenta de
los riesgos que seguían pesando sobre la balanza de pagos, las autoridades
rumanas solicitaron un tercer programa de ayuda financiera a medio plazo de la
UE, vinculado asimismo a un acuerdo de derechos de giro del FMI. Está previsto
que la ayuda de la UE y el FMI tenga también carácter preventivo, de modo que
no se prevén desembolsos efectivos. El 9 de julio, el Comité Económico y
Financiero (CEF) aprobó la solicitud formulada y otorgó a la Comisión un
mandato para negociar un nuevo programa preventivo de la UE y el FMI. Del 17 al 31 de julio de 2013, los
servicios de la Comisión, acompañados por personal del FMI, realizaron un
misión conjunta de negociación en Bucarest. Se alcanzó un acuerdo sobre las
modalidades y el contenido del nuevo programa. Este seguirá prestando apoyo al
programa económico del Gobierno, encaminado, en particular, a consolidar la
estabilidad macroeconómica, presupuestaria y financiera, aumentar la
resiliencia y el potencial de crecimiento de la economía, mejorar la capacidad
administrativa, reformar la administración tributaria y mejorar la gestión y el
control de las finanzas públicas. El nuevo programa de ayuda de carácter
preventivo tendrá una duración de 24 meses e incluirá una aportación máxima de
2 000 millones EUR de la Unión Europea y de 1 750 millones DEG (unos
2 000 millones EUR) del FMI, en el marco de un acuerdo de derechos de
giro. Además, el Banco Mundial seguirá proporcionando el apoyo que había
comprometido, 891 millones EUR, de los que aún quedan por desembolsar 514
millones. 2. Evolución macroeconómica y perspectivas Rumanía ha registrado un crecimiento
económico positivo desde 2011. La evolución reciente indica que, en 2013, el
crecimiento será de aproximadamente el 2 %, un porcentaje ligeramente
superior al anunciado en las previsiones de primavera de la Comisión, del
1,6 %. Los excelentes resultados de las exportaciones (sobre todo del
sector de los servicios y la industria del automóvil) y la buena cosecha son
los principales motores del crecimiento. No obstante, estas tendencias
positivas enmascaran la debilidad de la demanda interna, caracterizada por la
atonía del consumo y la reducción de la inversión en el primer semestre de
2013. De cara al futuro se espera que el
crecimiento se vaya reforzando gradualmente, a medida que comiencen a dar fruto
las reformas estructurales, mejore la absorción de los fondos comunitarios y se
mantenga la solidez de las exportaciones al hilo de la recuperación de la
economía europea. Partiendo de la hipótesis de una cosecha media, en 2014 se
prevé un crecimiento ligeramente superior al 2 %. La demanda interna sería
el principal motor del crecimiento, impulsado por la inversión y el consumo
privado. Se prevé que la contribución de las exportaciones netas sea
ligeramente negativa, pues se espera que las importaciones repunten en 2014 en
el marco de la consolidación de la demanda interna. En 2009-2011 la inflación, medida por el
IPCA, se mantuvo en Rumanía en un nivel elevado, en torno al 6 %, pero en
2012 se redujo a una media del 3,4 %. No obstante, las presiones al alza
de los precios volvieron a cobrar fuerza hacia finales de 2012 y en el primer
semestre de 2013. Se espera que durante el segundo semestre de 2013 la
inflación se reduzca, gracias al pronunciado descenso de los precios de los
alimentos y la inversión de los efectos de base, hasta situarse por debajo del
3,5 % antes de finales de año, es decir, dentro del objetivo del Banco
Central (2,5 % ± 1 punto porcentual). Se espera una reducción
adicional en 2014. 3.
Finanzas públicas Rumanía ha saneado su hacienda pública en
los últimos años, reduciendo su déficit presupuestario del 9 % del PIB en
2009 hasta algo menos del 3 % en 2012. Ello permitió al Consejo poner fin,
el 21 de junio de 2013, a la aplicación del procedimiento de déficit excesivo a
ese país. El nuevo programa apoyará la continuación de los esfuerzos de
saneamiento presupuestario del Gobierno rumano con objeto de alcanzar el
objetivo a medio plazo de un déficit estructural del 1 % del PIB en 2015.
Las autoridades mantienen su compromiso con el objetivo de déficit del programa
anterior, el 2,4 % para 2013 según las normas SEC. En 2014 se prevé un
saneamiento adicional, en consonancia con los requisitos del Pacto de
Estabilidad y Crecimiento (PEC). Sobre la base de los datos actuales, Rumanía
podría alcanzar un déficit del 2 % según las normas SEC, en consonancia
con la actualización de 2013 de su programa de convergencia. La misión de negociación de julio llegó a
un acuerdo sobre la rectificación presupuestaria de mediados de año, que prevé
algunas modificaciones de los ingresos y gastos pero mantiene el objetivo del
déficit global para 2013, del 2,3 % según la contabilidad de caja y del
2,4 % según las normas SEC. El presupuesto revisado contempla una
disminución de los ingresos nacionales y reduce las inversiones de capital, las
provisiones para correcciones relacionadas con los fondos de la UE y las
transferencias a otras unidades de la Administración Pública. En relación con
el presupuesto de 2014, las autoridades están estudiando la manera de aumentar
los ingresos, principalmente a través de la ampliación de la base. Por el lado
de los gastos, un desafío importante es la introducción progresiva de la Ley
unificada sobre los salarios acordada en el marco del primer programa. Una vez logrado la mayor parte del saneamiento
presupuestario requerido, el nuevo programa se centrará en la mejora de la
gobernanza presupuestaria. Su objetivo será mejorar el marco presupuestario
para ajustarlo a los requisitos del Pacto Presupuestario, introducir otras
mejoras en el contenido de la Estrategia Presupuestaria e incrementar la
transparencia del proceso presupuestario. Exigirá mejoras en la presupuestación
de capital anual y a medio plazo, la finalización del sistema de control de los
compromisos (para evitar nuevos atrasos) y mejoras en la administración
tributaria en aras de la eficiencia de la recaudación impositiva. 4. Evolución de los mercados
financieros y del sector bancario Las condiciones del mercado financiero
han mejorado considerablemente desde el verano de 2012 en un contexto de mejora
de las expectativas del mercado mundial y tras la estabilización de la
situación política nacional hacia finales de año. En líneas generales ha
evolucionado en paralelo a los mercados de la región y ha mantenido una
posición relativamente favorable en el primer semestre de 2013. Los
diferenciales de CDS de la deuda soberana a cinco años de Rumanía disminuyeron
de cerca de 500 puntos básicos en mayo de 2012 a menos de 200 puntos básicos a
principios de enero de 2013, y se han mantenido ligeramente por encima de los
200 puntos básicos desde finales de junio de 2013. Tras registrar pérdidas
sustanciales en mayo de 2012, el índice BET del mercado de valores se fue
recuperando hasta finales de 2012. Desde entonces y hasta principios de
septiembre de 2013, ha experimentado una subida cercana al 10 %, aunque con
bruscas oscilaciones. A pesar de la tendencia al alza de los
activos deteriorados (la tasa de fallidos alcanzó el 20,3 % en junio de
2013), la capitalización del sector bancario se ha mantenido en niveles
tranquilizadores (el coeficiente de adecuación del capital era del 14,7 %
en junio). Los riesgos asociados al aumento de los préstamos no productivos se
han mitigado gracias a una política prudente de constitución de provisiones
para fallidos, aunque estas siguen lastrando la rentabilidad (el rendimiento
del capital accionarial alcanzó el 6 % en el primer semestre de 2013
tras tres años de pérdidas). El Banco Central sigue supervisando estrechamente
los bancos cuyas matrices se sitúan en países periféricos de la zona del euro,
que han mantenido unas reservas de capital suficientes. Los efectos indirectos
de la crisis de Chipre se mitigaron mediante el acuerdo para transferir la base
de depósitos locales de la sucursal rumana del Banco de Chipre al Banco Marfin,
filial del Grupo Laiki; el proceso de desapalancamiento de los bancos
extranjeros y la reducción de la financiación de las entidades matrices
(-14.6 % desde diciembre de 2012), aunque globalmente están teniendo lugar
de manera ordenada y en consonancia con la evolución regional, siguen
requiriendo toda la atención del organismo supervisor. 5.
Balanza de pagos y necesidades de financiación exterior Se espera que Rumanía mantenga el pleno
acceso a los mercados de deuda soberana durante el período del programa
contemplado (24 meses), salvo factores exteriores adversos. Los diferenciales
de CDS registran sus niveles más bajos desde 2010. Se espera que el déficit de
la balanza por cuenta corriente se reduzca de aproximadamente el 4 % del
PIB en 2012 a alrededor del 2 % en 2013, principalmente gracias a una
disminución del déficit comercial. Conforme al escenario de base, en los dos
próximos años no debería aparecer ningún déficit de financiación exterior o de
la deuda soberana. Sin embargo, Rumanía sigue siendo vulnerable a la
volatilidad del tipo de cambio y los movimientos de capital internacionales. En
un escenario adverso, la financiación por cuenta corriente pueda llegar a ser
difícil y el acceso al mercado de deuda soberana podría verse obstaculizado. En
este último caso, una primera línea de defensa sería la reserva de caja del
Tesoro (que cubre aproximadamente las necesidades de financiación de 6 meses)
y, en menor medida, las reservas internacionales del Banco Nacional de Rumanía.
Si Rumanía experimentase dificultades de financiación graves y prolongadas,
podría activarse el programa preventivo y los fondos disponibles (2 000
millones EUR de la UE, desembolsables en sendos tramos de 1 000 millones
EUR y hasta 2 000 millones EUR con cargo al acuerdo de derechos de giro
del FMI) permitirían cubrir los compromisos presupuestarios y de financiación
soberana. El nuevo programa daría también confianza a los mercados financieros
por lo que respecta al compromiso de Rumanía con el ambicioso programa de
reformas económicas. 6. El apoyo de la UE en el marco del
instrumento de balanza de pagos forma parte de un esfuerzo internacional Teniendo en cuenta las vulnerabilidades y
los riesgos que siguen pesando sobre la balanza de pagos, y sobre la base del compromiso
de las autoridades rumanas de aplicar un programa de ajuste presupuestario,
financiero y estructural, la Comisión, tras haber consultado al Comité
Económico y Financiero (CEF), recomienda al Consejo, el 3 de octubre de 2013,
que adopte una Decisión por la que se siga concediendo asistencia mutua a
Rumanía de conformidad con el artículo 143 del Tratado (TFUE). El Gobierno
rumano aplicará su programa económico con el fin de eliminar los puntos
vulnerables restantes y mitigar las amenazas para la sostenibilidad de su
balanza de pagos y desarrollará la capacidad necesaria para diseñar y aplicar
las políticas económicas sin apoyo internacional. Por otra parte, la Comisión, tras
consultar al Comité Económico y Financiero, propone al Consejo adoptar una decisión
que permita a la UE proporcionar a Rumanía, llegado el caso, hasta 2 000
millones EUR en ayuda financiera a medio plazo para reforzar la sostenibilidad
de su balanza de pagos. La activación y los
desembolsos de la citada ayuda financiera con carácter preventivo podrán
solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2015. 7. Contenido principal del nuevo
programa La nueva ayuda financiera con carácter
preventivo presta apoyo al programa económico del Gobierno, encaminado, en
particular, a consolidar la estabilidad macroeconómica, presupuestaria y
financiera, aumentar la resiliencia y el potencial de crecimiento de la
economía, mejorar la capacidad administrativa, reformar la administración
tributaria y mejorar la gestión y el control de las finanzas públicas. Las
condiciones específicas de política económica se establecerán en un memorando
de entendimiento que firmarán la Comisión y las autoridades rumanas. En él se
preservarán los logros de los dos programas anteriores y se retomarán las
condiciones que aún no se hayan cumplido del segundo programa. A: Saneamiento presupuestario Tras corregir su déficit excesivo, se
espera que, en consonancia con los requisitos del PEC, Rumanía reduzca su saldo
presupuestario estructural hasta su objetivo a medio plazo de un déficit
estructural de las administraciones públicas del 1 % del PIB para 2015, y
que a continuación mantenga ese nivel. Además, el programa seguirá velando por
impedir la acumulación de pagos atrasados tanto en la administración central
como en la local. La masa salarial del sector público no habrá de rebasar los
límites de la sostenibilidad, de modo que se limitarán los niveles de empleo
público y el crecimiento de sus salarios. B: Gobernanza presupuestaria y reforma
fiscal estructural Para anclar firmemente el saneamiento
presupuestario, el programa supondrá una consolidación adicional del marco de
gobernanza de las finanzas públicas. La aplicación del Pacto Presupuestario es
fundamental a este respecto, así como las mejoras en la planificación presupuestaria
plurianual, que asegurarán una política fiscal más sostenible. El Gobierno contará con el apoyo de la
amplia asistencia técnica proporcionada por el FMI y el Banco Mundial en el
ámbito del control y la gestión de las finanzas públicas. La aplicación de un
sistema de control de los compromisos, que se desplegará en varias fases,
contribuirá a garantizar la reducción y el control de los pagos atrasados. En
el sector sanitario, se consolidarán los mecanismos de control presupuestario
mediante la mejora de los marcos de información y seguimiento, en particular
con respecto a los hospitales y el gasto farmacéutico, con objeto de evitar una
nueva acumulación de pagos atrasados. Se reforzará la priorización de las
inversiones públicas, para aumentar el potencial de crecimiento del país. C: Gestión de la deuda pública Las autoridades tomarán las medidas
necesarias para mejorar la gestión de la deuda pública, con el fin de reducir
los riesgos y los costes de financiación y aumentar vencimiento medio de la
deuda pública. D: Regulación y supervisión del sector
financiero En el sector financiero, las autoridades
deberán seguir mejorando el marco de resolución bancaria y la legislación sobre
el fondo de garantía de depósitos modificando el Decreto 39/1996 y el Decreto
de emergencia 99/2006. Para acelerar el proceso de depuración de balances, el
Banco Nacional de Rumanía (BNR) ha aclarado las disposiciones aplicables a la
amortización de los préstamos con la Asociación Bancaria Rumana y presentará un
análisis exhaustivo de la calidad de los activos del sector bancario. A fin de
seguir desarrollando el mercado de capital y diversificar las fuentes de
financiación de los bancos, las autoridades modificarán la legislación sobre
los bonos garantizados. Mantener la disciplina crediticia y evitar el riesgo
moral entre los deudores contribuye significativamente a aumentar la
estabilidad financiera. Por consiguiente, el Gobierno seguirá absteniéndose de
adoptar iniciativas legislativas (por ejemplo, la Ley sobre insolvencia personal)
y disposiciones en la Ley de cobro de deudas que puedan minar la disciplina
crediticia. Las autoridades consultarán exhaustivamente a las partes
interesadas pertinentes, teniendo también presente la evaluación de impacto
realizada por el BNR, sobre las nuevas disposiciones referidas a las cláusulas
abusivas incluidas en la normativa de aplicación de la Ley de enjuiciamiento
civil, garantizarán que los asuntos judiciales relacionados con tales cláusulas
sean resueltos por los órganos jurisdiccionales de mayor rango o por un único
tribunal especializado y adoptarán las demás medidas necesarias para garantizar
una aplicación coherente de esas disposiciones. Para reforzar la supervisión
del mercado financiero no bancario y reforzar la protección de los consumidores,
las autoridades garantizarán que la legislación relativa al organismo de
regulación financiera no bancaria, la Autoridad de Supervisión Financiera
(ASF), sea modificada en consonancia con las buenas prácticas internacionales. E: Reformas estructurales Las reformas estructurales tienen por
objeto mejorar el funcionamiento del mercado, aumentar la resiliencia a las
perturbaciones exteriores y reforzar el potencial de crecimiento a largo plazo
de Rumanía. El conjunto de reformas estructurales del presente programa forma
parte de la más amplia serie de medidas previstas en el Programa Nacional de
Reforma de Rumanía y queda cubierto por las recomendaciones específicas
dirigidas a Rumanía en el contexto del Semestre Europeo. Se intensificará la reestructuración de
las empresas estatales, incluida la privatización, con el fin de reducir los
riesgos para el presupuesto general de los atrasos acumulados y las pérdidas de
explotación, aumentando al mismo tiempo la viabilidad financiera de la mayoría
de las operaciones de estas empresas. Las autoridades tomarán medidas para
reforzar la gobernanza societaria de las empresas estatales, y, en particular,
de las del sector financiero. En el sector energético se llevarán a
cabo las medidas pendientes acordadas en el marco de los dos programas
anteriores, entre ellas la aplicación de las hojas de ruta para la
liberalización de los mercados del gas y la electricidad. La mejora del entorno empresarial y la
facilitación del acceso a la financiación para las pequeñas y medianas empresas
(PYME) constituye otro pilar importante del conjunto de reformas estructurales
del programa. Este aspira a reducir la carga administrativa que pesa sobre las
PYME, facilitar su acceso al crédito bancario y al capital social, reducir la inseguridad
jurídica mediante la mejora del registro de la propiedad rural y urbana y
prestar apoyo a las PYME en sus estrategias de internacionalización. Por otra
parte, el programa apoya la reforma de los derechos de propiedad intelectual,
en particular en relación con las patentes, a fin de captar inversión
extranjera directa y dirigirla hacia las actividades de investigación e
innovación. En el ámbito del mercado de trabajo, el
programa impulsa la compleción de la reforma de las pensiones de 2010, igualando
la edad de jubilación de hombres y mujeres. Además de las amplias series de medidas
anteriormente citadas, destinadas a mejorar la eficacia de la Administración
Pública en las áreas críticas para la aplicación del programa, se solicitará a
las autoridades rumanas que informen semestralmente al Comité Económico y
Financiero (CEF) / Comité de Política Económica (CPE) sobre los progresos
realizados en este ámbito. F: Política monetaria La política monetaria tratará de seguir
preservando la estabilidad de precios, con el fin de mantener la inflación
dentro de la banda establecida como objetivo por el Banco Nacional de Rumanía
(2,5 % ± 1 punto porcentual). 2013/0338 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se concede a Rumanía una
ayuda financiera a medio plazo con carácter preventivo de la UE EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 332/2002[2] del Consejo, de 18
de febrero de 2002, por el que se establece un mecanismo de ayuda financiera a
medio plazo a las balanzas de pagos de los Estados miembros, y en particular,
su artículo 3, apartado 2, Vista la propuesta de la Comisión
presentada previa consulta al Comité Económico y Financiero (CEF), Considerando lo
siguiente: (1) En virtud de la Decisión
2013/XXX/UE[3],
el Consejo ha decidido conceder asistencia mutua a Rumanía. (2) La concesión a Rumanía
de una ayuda financiera a medio plazo de carácter preventivo en el marco del
mecanismo de la balanza de pagos para los Estados miembros resulta apropiada en
las circunstancias actuales de inestabilidad de los flujos de capital, que
afecta especialmente a los mercados emergentes, riesgos relacionados con el
escenario macroeconómico y persistencia de vulnerabilidades en el sector bancario.
Aunque en la actual coyuntura del mercado Rumanía no tiene intención de
solicitar el desembolso de ningún tramo, cabe esperar que la citada ayuda
contribuya a consolidar la estabilidad macroeconómica, presupuestaria
financiera y que, al hilo del impulso de las reformas estructurales, incremente
la resiliencia y el potencial de crecimiento de la economía de ese país. (3) Si se materializan los
riesgos negativos, es posible que Rumanía no pueda cubrir sus necesidades de
financiación exterior con los recursos financieros disponibles. Estos riesgos
guardan relación, en particular, con importantes refinanciaciones del sector
financiero y de la deuda externa, el elevado déficit de la posición de
inversión neta y las derivaciones de la evolución adversa de la zona del euro.
En ese escenario de tensión, las necesidades residuales de financiación
tendrían que ser cubiertas activando la ayuda financiera con carácter
preventivo de la UE. (4) Conviene proporcionar a
Rumanía, con carácter preventivo, apoyo de la UE por un importe máximo de
2 000 millones EUR en virtud del mecanismo de ayuda financiera a medio
plazo de la Unión para las balanzas de pagos de los Estados miembros
establecido en el Reglamento (CE) nº 332/2002 del Consejo. Esta ayuda debe
proporcionarse junto con el apoyo concedido por el FMI en virtud de un acuerdo
de derechos de giro (ADG) por un importe de 1 751,34 millones DEG (cerca
de 2 000 millones EUR, 170 % de la cuota de Rumanía en el FMI)
aprobado el 27 de septiembre de 2013, que las autoridades considerarán también
de carácter preventivo. El Banco Mundial ha puesto a disposición 1 000
millones EUR en el marco de un préstamo en apoyo de las políticas de desarrollo
con una opción de activación diferida cuya validez se extiende hasta junio de 2015.
Además, el Banco Mundial seguirá proporcionando el apoyo que había
comprometido, 891 millones EUR, de los que aún quedan por desembolsar 514
millones. (5) La ayuda será gestionada
por la Comisión, que acordará con las autoridades de Rumanía, previa consulta al
CEF, las condiciones específicas de política económica asociadas a la ayuda
financiera con carácter preventivo. Estas condiciones se expresarán en un
memorando de entendimiento. (6) Habida cuenta del
carácter preventivo de la ayuda, Rumanía no solicitará el desembolso de ningún
tramo del préstamo de la Unión a menos que aparezcan dificultades en su balanza
por cuenta corriente o su balanza por cuenta de capital. Si Rumanía solicita
financiación a la Comisión, esta, previa consulta al Comité Económico y Financiero,
decidirá sobre la activación del programa y sobre el importe de los posibles
desembolsos y su calendario. Las condiciones financieras detalladas relativas a
los posibles desembolsos se establecerán en un acuerdo de préstamo preventivo
(APP). (7) La ayuda financiera con
carácter preventivo se proporcionará con vistas a contribuir a la aplicación
fructífera del programa de política económica del Gobierno y, de esta forma,
apoyará la sostenibilidad de la balanza de pagos de Rumanía. DECIDE: Artículo 1 1. La Unión pondrá a
disposición de Rumanía una ayuda financiera a medio plazo con carácter
preventivo de un importe máximo de 2 000 millones EUR. En caso de que se
active el instrumento y se realicen desembolsos, la ayuda se proporcionará en
forma de un préstamo con un periodo de vencimiento medio máximo de ocho años. 2. La
activación y los desembolsos de la ayuda financiera con carácter preventivo de
la Unión podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2015. Artículo 2 1. La ayuda será gestionada
por la Comisión de conformidad con los compromisos de Rumanía y las
recomendaciones del Consejo, particularmente en el contexto de la aplicación
del Programa Nacional de Reforma (PNR) y de la actualización anual del Programa
de Convergencia (PC) de Rumanía. 2. La Comisión, tras
consultar al Comité Económico y Financiero (CEF), acordará con las autoridades
rumanas las condiciones específicas de política económica asociadas a la ayuda
financiera con carácter preventivo, conforme a lo previsto en el artículo 3,
apartado 3. Estas condiciones se establecerán en un memorando de entendimiento
conforme con los compromisos y las recomendaciones a que se hace referencia en
el apartado 1. Las condiciones financieras detalladas serán establecidas por la
Comisión en un acuerdo de préstamo preventivo (APP). 3. La Comisión, en
colaboración con el Comité Económico y Financiero, verificará periódicamente el
cumplimiento de las condiciones de política económica asociadas a la ayuda. Artículo 3 1. La activación de la
ayuda financiera con carácter preventivo de la Unión será examinada por la
Comisión, tras haber recibido una solicitud escrita de Rumanía. La Comisión,
previa consulta al Comité Económico y Financiero, decidirá si está justificada
la activación de la ayuda y la solicitud de desembolsos en virtud de ella, y,
en su caso, determinará el importe y el calendario de dichos desembolsos. En
caso de que se active la ayuda financiera, los fondos podrán ponerse a
disposición en un máximo de dos tramos. Cada tramo podrá dar lugar a uno o
varios desembolsos. 2. Una vez activada la
ayuda, la Comisión decidirá sobre el desembolso del préstamo de la Unión, o de
partes del mismo, tras recibir el dictamen del Comité Económico y Financiero. 3. Cualquier desembolso
dependerá de la aplicación satisfactoria del programa económico del Gobierno
rumano, que deberá incluirse en el PC y el PNR; en particular, entre las
condiciones específicas de política económica establecidas en el memorando de
entendimiento deberán figurar las siguientes: (a)
la adopción de presupuestos y la ejecución de
políticas en consonancia con la senda de saneamiento presupuestario derivada de
las obligaciones que impone a Rumanía el Pacto de Estabilidad y Crecimiento con
vistas a alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo de ese país para
2015 y mantenerlo posteriomente; (b)
el mantenimiento íntegro de las medidas
acordadas en el marco de los dos programas anteriores y la aplicación de todos
los elementos restantes de las condiciones aún pendientes de cumplimiento; (c)
la prosecución del afianzamiento del marco de
gobernanza de las finanzas públicas, también a través de la aplicación del
artículo 3 del Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la UEM
(el Pacto Presupuestario), a fin de asegurar que el saneamiento presupuestario
está bien arraigado; se prestará especial atención a reforzar la planificación
presupuestaria plurianual, a la aplicación de un sistema eficaz de control de
los compromisos, a la mejora de la recaudación de impuestos y al
perfeccionamiento del proceso de presupuestación del capital; (d)
la oportuna aplicación de los planes de acción
adoptados en respuesta a las conclusiones de las revisiones funcionales
efectuadas por el Banco Mundial en 2010-2011 y el establecimiento de una unidad
central de ejecución para mejorar la priorización de las políticas en toda la
Administración Pública; (e)
la liquidación de los pagos atrasados y el
refuerzo de los mecanismos de control presupuestario en el sector de la salud a
través de la mejora de los procedimientos de información y seguimiento; (f)
la aplicación del plan estratégico para la
asistencia sanitaria, que prevé la racionalización de la estructura
hospitalaria y el aumento de la autonomía de la atención primaria, con el fin
de mejorar los resultados en el ámbito de la salud; (g)
la mejora de la gestión de la deuda pública
con vistas a reducir los riesgos y a consolidar y ampliar la curva de
rendimiento de las emisiones soberanas; (h)
la prosecución del afianzamiento del marco de
resolución bancaria, la planificación de contingencias del Banco Central y la
gobernanza societaria del Fondo de Garantía de Depósitos, así como la
aplicación de medidas encaminadas a acelerar el proceso de depuración del
balance de los bancos y la preservación de la disciplina crediticia en el
sector bancario; (i)
la adaptación de la legislación sobre la
Autoridad de Supervisión Financiera (ASF) a las buenas prácticas
internacionales para reforzar la supervisión del mercado financiero no
bancario; (j)
la reestructuración de las empresas de
propiedad estatal, incluidas las ventas de participaciones en su capital, y el
refuerzo la gobernanza societaria de tales empresas; (k)
la prosecución de la aplicación de medidas
tendentes a mejorar el entorno empresarial, en particular a través de la
reducción de las cargas administrativas para las pequeñas y medianas empresas
(PYME), y de medidas que faciliten el acceso de esas empresas a la
financiación. 4. Si es necesario para
financiar el préstamo, se permitirá la utilización prudente de swaps de
tipo de interés con contrapartes de la máxima calidad crediticia. El Comité
Económico y Financiero será informado por la Comisión de la posible
refinanciación de los empréstitos o reestructuración de las condiciones
financieras. Artículo 4 La presente Decisión surtirá efecto el
día de su publicación. Artículo 5 El destinatario de la presente Decisión
será Rumanía. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente DECLARACIÓN DE INCIDENCIA
PRESUPUESTARIA (véase
el artículo 16 de las normas internas) ÁMBITO DE ACTUACIÓN: TÍTULO 01 – ASUNTOS
ECONÓMICOS Y FINANCIEROS ACTIVIDAD: OPERACIONES E INSTRUMENTOS
FINANCIEROS 1. DENOMINACIÓN DE LA
PROPUESTA, LÍNEA PRESUPUESTARIA AFECTADA Y TÍTULO Propuesta de Decisión del Consejo por la que
se concede una ayuda financiera a medio plazo con carácter preventivo de la UE
a Rumanía en combinación con la Recomendación de Decisión del Consejo por la
que se concede asistencia mutua a Rumanía. Partida 01 04 01 01 – Garantía de la Unión
Europea sobre los empréstitos de la UE destinados a sostener las balanzas de
pagos. 2. BASE JURÍDICA: Artículos 143 y 352 del TFUE y Reglamento nº
332/2002 del Consejo. 3. DATOS GENERALES DEL
EJERCICIO (EN EUROS) Esta partida constituye la estructura para la
garantía proporcionada por la Unión Europea, y permitirá a la Comisión atender
el servicio de la deuda (principal, intereses y otros costes) en caso de impago
del deudor (Rumanía). La partida presupuestaria («p.m.») que
refleja la garantía presupuestaria únicamente se activará en caso de ejecución
de la garantía. En principio, se espera que no habrá que ejecutar la garantía
presupuestaria. 3a – Año en curso No procede || || CC Crédito inicial del ejercicio (presupuesto) || || Transferencias || || Crédito adicional || || Crédito total || || Créditos ya reservados por otro programa de trabajo || || Saldo disponible || || Importe destinado a la acción propuesta || || 3b – Créditos prorrogados No procede || || CC Créditos prorrogados || || Créditos ya reservados por otro programa de trabajo || || Saldo disponible || || Importe destinado a la acción propuesta || || 3c – Ejercicio siguiente No procede || || CC Crédito inicial del ejercicio (presupuesto) || || p.m. Transferencias || || Crédito adicional || || Crédito total || || Créditos ya reservados por otro programa de trabajo || || Saldo disponible || || Importe destinado a la acción propuesta || || p.m. 4. DESCRIPCIÓN DE LA
ACCIÓN La ayuda financiera a medio plazo con
carácter preventivo de la UE en favor de Rumanía, si se activa, consistirá en
un préstamo de la UE (que habrá de financiarse con empréstitos de la UE en los
mercados internacionales de capitales o en las instituciones financieras) por
un importe máximo de 2 000 millones EUR. Formará parte de un paquete de
financiación internacional, compuesto, particularmente, por un préstamo del FMI
de 1 750 millones DEG (aproximadamente, 2 000 millones EUR) en el
marco de un acuerdo de derechos de giro. El Banco Mundial ha puesto a
disposición 1 000 millones EUR en el marco de un préstamo en apoyo de las
políticas de desarrollo, con una opción de activación diferida. Además, el
Banco Mundial seguirá proporcionando el apoyo que había comprometido, 891
millones EUR, de los que aún quedan por desembolsar 514 millones. La ayuda
financiera a medio plazo con carácter preventivo de la UE en favor de Rumanía
está destinada a abordar los riesgos que siguen amenazando la sostenibilidad de
la balanza de pagos de Rumanía; aunque el déficit de la balanza por cuenta
corriente ha disminuido claramente, la volatilidad de los flujos de capital
supone riesgos para su financiación. La ayuda con carácter preventivo también
sigue prestando apoyo al programa económico del Gobierno, encaminado, entre
otras cosas, a consolidar la estabilidad macroeconómica, fiscal y financiera,
mejorar la capacidad administrativa, reformar la administración tributaria,
mejorar la gestión y control de la hacienda pública y aumentar la resiliencia y
el potencial de crecimiento de la economía rumana. Por último, la ayuda
gestionada por la Comisión, en consulta con el Comité Económico y Financiero,
es una forma de alentar que las políticas económicas de Rumanía sean conformes
con los compromisos contraídos por el país en el marco de la UE y con las
recomendaciones del Consejo, especialmente en lo que se refiere a la aplicación
del programa nacional de reforma y del programa de convergencia. Los fondos que obtendría la UE en los
mercados de capitales o en las instituciones financieras para financiar el
préstamo en favor de Rumanía, en caso de solicitud de ese país y evaluación
positiva de dicha solicitud por la Comisión previa consulta al Comité Económico
y Financiero, estarían cubiertos por la garantía de la UE. Los fondos para el
préstamo se obtienen en los mercados de capitales o en las instituciones
financieras. El importe del principal de los préstamos que podrían concederse a
Rumanía está limitado a 2 000 millones EUR. La estructura de la garantía proporcionada
por la UE permitirá a la Comisión afrontar el servicio de la deuda en caso de
impago por parte de Rumanía. A fin de cumplir sus obligaciones, la
Comisión podrá recurrir a sus recursos de tesorería para hacer frente
temporalmente al servicio de la deuda. En tal caso será aplicable el artículo
12 del Reglamento (CE, Euratom) nº 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de
2000, por el que se aplica la Decisión 2007/436/CE, Euratom, relativa al
sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 130 de 31.5.2000,
p. 1). 5. MÉTODO DE CÁLCULO
ADOPTADO No procede. 6. CALENDARIO DE PAGOS (EN
EUROS) No procede. Denominación || Créditos || Pagos || || || Año n || Año n+1 || Año n+2 || Año n+3 || Ejercicios posteriores || Año n || || || || || || || Año n+1 || || || || || || || || || || || || || || Año n || || || || || || || Año n+1 || || || || || || || || || || || || || || Total || || || || || || [1] El primer programa se había establecido en virtud
de la Decisión 2009/459/CE del Consejo y el segundo mediante la Decisión
2001/288/UE del Consejo. [2] DO L 53 de 23.2.2002, p. 1. [3] Véase la página xx del presente Diario Oficial.