COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Integración de las emisiones procedentes del transporte marítimo en las políticas de reducción de gases de efecto invernadero de la UE /* COM/2013/0479 final */
1. Necesidad de adoptar medidas inmediatas para
reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) producidas por el
transporte marítimo La UE apoya ambiciosas medidas
internacionales para hacer frente al cambio climático. El multilateralismo y una
amplia cooperación siguen siendo aspectos esenciales de la política de la UE en
materia de cambio climático. En consonancia con este contexto internacional, la
UE ha aplicado políticas para favorecer su propia transición a una economía
hipocarbónica. Puede decirse que el conjunto de medidas relativas al cambio
climático y a la energía adoptadas por la UE en 2008 es el marco regulador más
completo de todo el mundo. Abarca distintas medidas destinadas a facilitar esa
transición y ha servido de modelo a los países socios de la UE. Adoptar medidas
en todos los sectores de la economía en el momento adecuado es una de las
principales prioridades de la UE en la lucha contra el cambio climático. A escala de la UE, el transporte marítimo
internacional sigue siendo el único modo de transporte no incluido en el
compromiso de reducción de las emisiones de GEI de la UE. Las emisiones de GEI debidas
al transporte marítimo representan hoy en día el 4 % de las emisiones de
GEI de la UE y se prevé que registrarán un notable incremento en el futuro. Según
la evaluación de impacto adjunta a la presente Comunicación[1], las emisiones de
CO2 del transporte marítimo a escala de la UE —es decir, las
emisiones procedentes de las rutas efectuadas dentro la UE y de los viajes con
origen o destino en la UE— aumentaron un 48 % entre 1990 y 2008. De
acuerdo con las proyecciones de crecimiento del comercio mundial, se espera que
dichas emisiones se incrementen de nuevo hasta un 51 % de aquí a 2050 con
respecto a los niveles de 2010 (+86 % en 2050 en comparación con los
niveles de 1990), pese a la adopción de normas mínimas de eficiencia aplicables
a los buques nuevos por parte de la Organización Marítima Internacional (OMI) en
2011[2]. Estimación de las emisiones de CO2
procedentes del transporte marítimo (a escala de la UE[3][4] y a escala mundial[5], teniendo en
cuenta el EEDI) A escala mundial, las emisiones debidas
al transporte marítimo suponen actualmente el 3 % del total de las
emisiones, si bien las previsiones indican que ese porcentaje aumentará al 5 %
en 2050[6]
en razón del crecimiento que se espera registren la economía mundial y la
demanda de transporte de él derivada. Este incremento se producirá a pesar de
las medidas operativas y las tecnologías existentes disponibles para reducir el
consumo de energía y las emisiones de CO2 de los buques hasta un 75 %[7]. El transporte marítimo es un eslabón
esencial en la cadena de suministro mundial y constituye un sector clave para
la economía de la UE. Aunque siga siendo menos contaminante que otros modos de
transporte, los avances tecnológicos en otros campos, la dependencia excesiva
del petróleo y el firme llamamiento de la opinión pública en favor de una
reducción de las emisiones no solo de CO2, sino también de
contaminantes (SOx, NOx y partículas) y de una huella
ecológica más amplia (agua de lastre o separación de residuos) ponen claramente
de manifiesto que el transporte marítimo no puede quedarse estancado. La OMI y
el sector se están mostrando muy dinámicos en este campo, si bien la implantación
de nuevas tecnologías y medidas operativas está resultando desigual. Potenciar
una mayor eficiencia y sostenibilidad en el sector del transporte marítimo merced
a la reducción de los costes de combustible y responder mejor a las
expectativas de los clientes mantendrán su competitividad a escala mundial,
garantizando el funcionamiento de los vínculos comerciales, y a escala de la UE,
mediante un liderazgo continuo de calidad. Justificación
de la intervención – Evolución reciente del sector Las emisiones
de CO2 del sector del transporte marítimo están vinculadas al
combustible consumido. Para reducir las emisiones de CO2 es preciso moderar
el consumo de combustible, lo cual, a su vez, permite disminuir los costes de
combustible. Siempre que las inversiones en eficiencia necesarias puedan quedar
cubiertas por el ahorro en combustible correspondiente, el sector puede obtener
ganancias y, al mismo tiempo, luchar contra el cambio climático. Ese ahorro
tiene gran importancia en el contexto actual. Los precios
de los combustibles han sufrido muchos altibajos en los últimos años. Se
duplicaron de 2002 a 2005, a continuación se triplicaron de 2005 a 2007,
volvieron a caer al nivel de 2005 en 2008 para volver a duplicarse de 2008 a 2010[8]. Los precios del
fuelóleo pesado se sitúan actualmente en torno a los 650 USD/t, es decir, son
ocho veces superiores a los precios medios de 1990, y las previsiones indican
un nuevo aumento. En muchos segmentos del sector del transporte marítimo no se
empezó a observar una mayor eficiencia en el consumo de combustible hasta 2009,
cuando la crisis económica mundial redujo considerablemente el margen de
beneficios del sector. Según varios
estudios recientes[9],
el transporte marítimo presenta un potencial significativo de reducción de las
emisiones si se aplican una serie de medidas técnicas y operativas que tienen
como principal finalidad incrementar la eficiencia energética de los buques. La
mayoría de esas medidas técnicas u operativas resultan rentables, habida cuenta
del aumento de los precios del combustible previsto para los próximos años. La evaluación
de impacto efectuada en el marco de la presente Comunicación señalaba que el potencial
de ahorro en los costes de combustible iba a incrementarse progresivamente, cifrándose
en total en 56 000 millones EUR entre 2015 y 2030[10]. Las
investigaciones muestran que la adopción de estas medidas rentables se ve a
menudo entorpecida por obstáculos de mercado —entre ellos, la falta de
información fidedigna—, así como por deficiencias técnicas y del mercado[11]. Se plantean
obstáculos técnicos cuando los armadores no confían en que una solución permita
la reducción de costes prometida o pueda arrojar los resultados previstos en el
entorno marino. Las disfunciones de mercado suelen producirlas la división de
incentivos en el sector —por ejemplo, cuando la parte que financia la inversión
en una medida de eficiencia no se beneficia del ahorro de combustible
correspondiente— o bien la falta de acceso a financiación privada para invertir
en tecnologías hipocarbónicas. La superación de estos obstáculos de mercado ofrecerá
posibilidades significativas para fomentar la adopción de medidas con buena
relación entre coste y eficacia sin comprometer la rentabilidad. 2. Avances a escala internacional La OMI comenzó a abordar la reducción de
los GEI en 1997, basándose en los principios de trato no más favorable y de no
discriminación establecidos en el Convenio MARPOL y otros convenios de la OMI. Un
importante avance lo constituye la adopción en julio
de 2011 de determinadas enmiendas del anexo VI del Convenio MARPOL[12] para la prevención
de la contaminación atmosférica por los buques [el Índice de Eficiencia
Energética de Diseño (EEDI) y el Plan de Gestión de Eficiencia Energética de
los Buques (SEEMP)]. Se espera que con estas medidas,
y en especial con el EEDI, se logre una reducción significativa de las
emisiones en comparación con las hipótesis en que no se modifican las
tecnologías (un 23 % de aquí a 2030, según el estudio de 2011 de la OMI). Con
todo, tal y como se confirmó en la 59ª reunión del Comité de Protección del
Medio Marino (CPMM) de la OMI[13], es necesario tomar nuevas medidas. A pesar de los arduos debates que se han
desarrollado en la OMI sobre las medidas de mercado destinadas a reducir las
emisiones de GEI de los buques, recientemente se observa una evolución positiva
a la hora de examinar una manera de actuar más gradual, incluso con respecto a
las medidas de fomento de la eficiencia presentadas por los Estados Unidos de
América[14],
que ha conseguido el respaldo de muchos Estados. La Comisión participa
activamente en estos debates, pues podrían ofrecer nuevas oportunidades para
llegar a un acuerdo sobre las normas de eficiencia aplicables a los buques
existentes que diera lugar a una reducción de las emisiones y que
posteriormente se podría ampliar con medidas basadas en criterios de mercado
(MBM). En una primera fase, está previsto establecer un sistema riguroso de seguimiento,
notificación y verificación (SNV) de las emisiones. La UE colabora estrechamente
con los EE.UU., Japón, Australia, Canadá, Rusia, Corea y otros países en la
elaboración de esas normas de eficiencia y de un sistema global de SNV. La OMI ha reconocido que, para alcanzar
las reducciones necesarias, serán precisas MBM además de las medidas técnicas y
operativas que se examinan en diversos puntos del orden del día de la reunión
del CPMM. En opinión de la Comisión, las MBM constituyen un instrumento
rentable por cuanto garantizan la flexibilidad necesaria al sector del transporte
marítimo. Pero los debates requieren tiempo para madurar, especialmente si se
tiene en cuenta que se están estudiando varias opciones complementarias en el
marco de la OMI. Más concretamente, desde su 63º período de sesiones de 2012 el
CPMM no ha logrado elaborar el pliego de condiciones de un estudio de
evaluación del impacto de las MBM propuestas[15].
La UE prefiere con mucho un planteamiento
global liderado por la OMI, que es el foro internacional más adecuado para
regular las emisiones del transporte marítimo. Pese al lento ritmo de los
debates en el marco de la OMI y a la necesidad de una intervención urgente para
prevenir las consecuencias negativas en el clima, la UE seguirá participando en
el esfuerzo internacional por reducir las emisiones de GEI de los buques. Supervisará
de forma continuada los avances conseguidos y se planteará medidas futuras en
el contexto del acuerdo de la CMNUCC previsto para 2015 y de los debates de la OMI.
3. Inclusión de las emisiones de gases de
efecto invernadero marítimas en el compromiso de reducción de la UE: un
planteamiento gradual La política de la Unión en materia de
cambio climático y transporte marítimo refuerza el compromiso en favor de una
actuación a escala mundial que garantice una verdadera reducción eficaz y generalizada
de las emisiones (especialmente si se tiene en cuenta que, según las
previsiones, las emisiones del transporte marítimo registrarán un aumento en
las regiones no europeas), manteniendo al mismo tiempo condiciones equitativas
globales para el sector del transporte marítimo. La reciente iniciativa presentada por los
EE.UU. en la OMI sienta las bases para un enfoque por etapas efectivo para
hacer frente a las emisiones de GEI del sector del transporte marítimo. En
consonancia con dicha iniciativa, la UE prevé un planteamiento gradual para
incluir las emisiones marítimas de GEI en sus compromisos. Con miras a la inclusión de las emisiones
marítimas de GEI en el compromiso de reducción de la UE, puede estudiarse el
siguiente planteamiento gradual, consistente en tres etapas sucesivas: 1. Aplicación de un sistema
de SNV de las emisiones. 2. Fijación de objetivos de
reducción para el sector del transporte marítimo. 3. Aplicación de una medida
basada en el mercado (MBM). Un sistema de SNV sólido resulta imprescindible
para aplicar cualquier medida de reducción de las emisiones de GEI de los
buques a escala mundial o de la UE, pues facilita el seguimiento de los
progresos en función de los resultados. Por tanto, es de utilidad aplicarlo,
aun cuando no se apliquen MBM. La falta de información sobre los costes,
los beneficios y la rentabilidad de las inversiones de las tecnologías ya
disponibles parece dificultar su introducción generalizada. Este tipo de
información sería de gran utilidad para conocer el rendimiento de los buques,
los costes operativos conexos y el posible valor de reventa, lo cual redundaría
en beneficio de los armadores, quienes estarían mejor preparados para tomar
decisiones sobre grandes inversiones y obtener la financiación correspondiente.
Según los resultados de la evaluación de
impacto, la aplicación del sistema de SNV reportaría —hasta cierto punto— beneficios
medioambientales y económicos cifrados en una reducción de hasta un 2 % de
las emisiones anuales de GEI y un ahorro neto anual de hasta 1 200 millones EUR
para el sector en 2030 debido a la disminución de los gastos de combustible. Se
espera que el ahorro en costes de combustible previsto compense los gastos de
seguimiento y notificación. Por otra parte, un sistema de SNV también podría
aumentar la presión ejercida para eliminar otros obstáculos de mercado, tales
como la división de incentivos entre armadores y operadores, aclarando ciertos
conceptos como la eficiencia energética, las fuentes de emisión y el potencial
de reducción. El planteamiento de la UE ha sido
concebido para que contribuya activamente a un acuerdo sobre las medidas que se
han de adoptar a escala mundial para reducir las emisiones de GEI de los buques
en el marco de la OMI (véase la sección 1). También hará posible un debate con
conocimiento de causa en Europa sobre las MBM y los objetivos de reducción para
el sector. Se deberá velar por la coherencia con el desarrollo del marco de
política energética y cambio climático para 2030. El sistema de SNV proporcionará
asimismo datos fidedignos y comparables para fijar los objetivos de reducción
de emisiones y evaluar los progresos del transporte marítimo hacia una economía
hipocarbónica. En caso de que se introdujeran con éxito políticas comparables
en el marco de la OMI, el sistema de SNV propuesto por la UE podría integrarse
en un sistema general de SNV. 3.1. Aplicación de normas de
seguimiento y notificación sólidas y armonizadas El principal objetivo de un sistema de SNV
es facilitar datos fiables sobre las emisiones de GEI del transporte marítimo. La
aplicación de un sistema de SNV a escala mundial debería ser una prioridad en
las negociaciones que se llevan a cabo en la OMI. Las emisiones de CO2 del sector
del transporte marítimo se derivan directamente de la cantidad y el tipo de
combustible consumido. Actualmente se dispone de datos sobre el consumo de
combustible de casi todos los buques. La Regla 18 del anexo VI del Convenio MARPOL
obliga a disponer de notas de entrega de combustible[16] a los buques de
transporte internacional de más de 400 GT. Así pues, el consumo global de
combustible de un buque ya es objeto de seguimiento hoy en día. Queda por establecer, sin embargo, el
procedimiento de notificación y verificación. La fiabilidad y la accesibilidad
de los datos son esenciales para garantizar una información adecuada a lo largo
de la cadena de suministro sobre el rendimiento en materia de emisiones de
carbono del sector del transporte marítimo. La elaboración de un procedimiento
de notificación y verificación idóneo requerirá cierto trabajo técnico para
limitar la carga administrativa de armadores, gestores navales y Estados del
pabellón, al tiempo que se garantiza un elevado nivel de precisión y
transparencia de la información disponible. A más largo plazo, un enfoque integrado
de seguimiento que abarcase todas las emisiones a la atmósfera, entre ellas las
de SOx, NOx y partículas, aportaría la claridad necesaria
para que los responsables de la formulación de las políticas pudieran tomar
decisiones coherentes y con conocimiento de causa sobre todos los contaminantes,
y para que las partes interesadas pudiesen aplicar sin dificultades los nuevos
requisitos. Más concretamente, se podría proceder a una revisión del sistema de
SNV en una etapa posterior. Lo que actualmente propone la Comisión es
un sistema de SNV basado en el consumo de combustible que comience a aplicarse
a escala regional, de forma que sirva de ejemplo para la instauración de un sistema
internacional y ponga de manifiesto las dificultades y mejores prácticas
observadas. El sistema de SNV propuesto por la UE se ha inspirado en los
debates en el marco de la OMI y tiene como finalidad acelerar el proceso
iniciado en dicha organización. Si se lograra una transición satisfactoria a un
sistema de SNV comparable a nivel mundial, el sistema regional se adaptaría a
él, en caso necesario. Ejemplo:
Experiencias europeas de ahorro de costes de combustible gracias al seguimiento
y la notificación Varios
armadores y operadores de diversos tipos de buques (por ejemplo, graneleros o buques
portacontenedores) ya han llevado a la práctica con éxito sus propios regímenes
de SNV. La mayor parte de la información existente sobre el rendimiento de los
buques se recopila mediante instrumentos electrónicos y es comprobada por un
tercero. Merced a estos regímenes, algunas empresas ya han reducido sus emisiones
de GEI hasta un 25 % en relación con 2007. Además, estas herramientas
también han contribuido a un replanteamiento de los procedimientos generales de
seguimiento, ahorrándoles tiempo a tripulaciones y operadores para que puedan
dedicarlo a tareas de elevado valor. Así, por ejemplo, una empresa ha indicado que
actualmente dedica el 45 % de su tiempo a optimizar el rendimiento, tarea
a la que dedicaba tan solo un 5 % antes de aplicar el sistema de SNV. El objetivo primordial de la política de
la UE en materia de cambio climático es reducir las emisiones de GEI, independientemente
de si tal reducción se logra mediante el aumento de la eficiencia energética o
del cambio de combustible. Con todo, de acuerdo con el debate en curso en la OMI,
la reglamentación en materia de SNV propuesta por la UE incluirá inicialmente
una serie de parámetros de eficiencia energética. La lista actualmente
propuesta se adaptará en caso de que posteriormente se llegue a un acuerdo
sobre la utilización y definición de dichos parámetros. El sistema de SNV propuesto no impondrá
una metodología específica para el seguimiento de las emisiones de CO2,
siempre que se notifiquen el método seleccionado y las incertidumbres que
presenta. Este planteamiento permite a los armadores y gestores navales basarse
en las prácticas existentes. Este tipo de medida puede introducirse sin
comprometer el objetivo de abarcar la parte ampliamente predominante de las emisiones
de GEI del transporte marítimo, limitando la aplicación de las normas del sistema
de SNV a los grandes buques de al menos 5 000 GT. 3.2. Fijación de objetivos intermedios
de reducción para el sector del transporte marítimo En
diciembre de 2010, las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas
sobre el Cambio Climático (CMNUCC) reconocieron que el calentamiento del
planeta no debe superar en más de 2˚ C las temperaturas registradas antes
de la revolución industrial[17].
Se trata de un requisito vital para limitar las consecuencias negativas
irreversibles de la interferencia humana en el sistema climático. Para alcanzar
este objetivo a largo plazo será preciso reducir las emisiones de GEI mundiales
al menos un 50 % por debajo de los niveles de 1990 de aquí a 2050[18]. Los países desarrollados deberían reducir
sus emisiones entre un 80 % y un 95 % de aquí a 2050 en relación con los
niveles de 1990[19].
A medio plazo, la UE se ha comprometido a reducir sus emisiones de GEI un 20 %
por debajo de los niveles de 1990 de aquí a 2020, y un 30 % en el marco de
un pacto global. Este compromiso forma parte de uno de los cinco objetivos
principales de la Estrategia Europa 2020[20]. El transporte
marítimo internacional es el único sector industrial y modo de transporte al
que la normativa no asigna este objetivo de reducción. Además, tanto el Consejo
Europeo como el Parlamento Europeo están de acuerdo en que todos los sectores
de la economía deben contribuir a la reducción de las emisiones[21]. En lo que
respecta al transporte marítimo internacional de la UE, el Libro Blanco sobre
el transporte de 2011[22]
establecía un objetivo de reducción de un 40 % (de ser posible, un 50 %)
para 2050 en comparación con 2005. A escala mundial, sin embargo, aún queda
por determinar una trayectoria de reducción absoluta de las emisiones bien
definida de aquí a 2050 para el transporte marítimo, así como objetivos
intermedios para el período comprendido entre 2020 y 2050 con el fin de
garantizar una contribución adecuada del sector a la consecución del objetivo
de los 2˚ C. A escala de la UE, los debates han de
tener presente el marco de política energética y cambio climático para 2030, de
carácter más general, así como aspectos tales como la eficacia medioambiental,
en particular en lo tocante a las reducciones acumulativas de CO2, los
costes para el sector, la evolución de las emisiones después de 2005, las
nuevas normas de eficiencia que pueda adoptar la OMI y la disponibilidad y los
costes de las tecnologías de reducción actuales y previstas para el futuro. A
la hora de fijar estos objetivos, deben tomarse en consideración las
características específicas de las medidas de atenuación en el sector marítimo que
no originan gastos o incluso dan lugar a gastos negativos («frutos maduros»), examinadas
en el segundo estudio sobre los GEI de la OMI (2009), pues abogan claramente a
favor de una intervención temprana. Por último, los datos recopilados a través
del sistema de SNV deberían también formar parte integrante de esas decisiones
futuras. 3.3. Medidas de mercado
efectivas y eficientes para reducir las emisiones marítimas de GEI La evaluación de impacto demuestra que
las MBM son medios efectivos y bien adaptados para lograr reducir las emisiones
del transporte marítimo, al tiempo que generan beneficios económicos para el
sector debidos al considerable ahorro de gastos de combustible vinculado a la
reducción de las emisiones de CO2. Una MBM puede eliminar efectivamente los
obstáculos de mercado —y especialmente los derivados de la división de
incentivos—, por ejemplo mediante la aplicación del principio de que quien
contamina, paga. Una MBM puede contribuir a superar las barreras de mercado
relacionadas con el acceso a la financiación, siempre que los posibles ingresos
obtenidos se destinen a respaldar la financiación privada del sector. Según el
nivel de la contribución o del objetivo, una MBM puede representar un potente
incentivo para lograr de forma rentable una reducción absoluta de las emisiones
en todos los sectores económicos. Desde un punto de vista regional y
teniendo en cuenta los debates de la OMI, la evaluación de impacto escogía, de
entre las variantes analizadas, las tres opciones de MBM más prometedoras para
abordar las emisiones de GEI del transporte marítimo: 1. Un fondo de
compensación basado en una contribución, que se abona de forma voluntaria (en
EUR/t de CO2). Dicha contribución depende de las emisiones del buque
cubierto por la reglamentación. Este instrumento voluntario solamente puede
llevarse a la práctica con éxito si se crea un instrumento complementario (por
ejemplo, limitación de la velocidad, régimen de comercio de derechos de
emisión, etc.) y la participación en el fondo entraña la renuncia voluntaria al
instrumento complementario[23]. 2. Un fondo de
compensación basado en un objetivo único para todos los buques cubiertos
por la reglamentación. Una entidad sectorial[24]
se encarga de velar por el cumplimiento del objetivo. Cada buque cubierto por
la reglamentación debe establecer una relación contractual con dicha entidad
para asegurar la consecución del objetivo. El acuerdo contractual entraña el
pago de una cuota de miembro, que se destina a inversiones para mejorar la
eficiencia del buque, así como una serie de disposiciones en caso de
rebasamiento colectivo del objetivo previsto. 3. Un régimen de
comercio de derechos de emisión, en el marco del cual, al finalizar el
período de cumplimiento, cada buque debe entregar los derechos de emisión
correspondientes a sus emisiones del año anterior. En este contexto, no cabe duda de que el
debate sobre las actuales propuestas de la OMI y su complementariedad debe
proseguir. La concepción precisa de cualquier opción requerirá un trabajo
suplementario y la adopción de decisiones al respecto[25]. La presente
propuesta de sistema de SNV sentará las bases de las normas de eficiencia y MBM
futuras, fundándose en las opciones actualmente analizadas en la UE y la OMI. 4. Medidas paralelas para suprimir los
obstáculos de mercado En 2009 la Comisión adoptó
recomendaciones y objetivos estratégicos para la política de transporte
marítimo de la UE. En ellos figuraba como principal prioridad la elaboración de
un planteamiento exhaustivo y coherente para reducir las emisiones de GEI procedentes
del transporte marítimo internacional. El Libro Blanco sobre el transporte de 2011
insistía de nuevo en esta prioridad. Como continuación del Libro Blanco, la
Comisión está preparando un marco estratégico de investigación, innovación y
despliegue en el sector del transporte con miras a un sistema de transporte
europeo integrado, eficiente y respetuoso para con el medio ambiente. La Comisión sigue examinando con empeño
la manera de salvar los obstáculos de mercado que impiden la implantación de
tecnologías hipocarbónicas. Tras los debates con el Parlamento Europeo, los
Estados miembros, el sector y las partes interesadas de la sociedad civil, la
Comisión podría conceder prioridad a determinados ámbitos y dedicarles nuevos
análisis y futuras iniciativas. Al tratarse de un sector de dimensión mundial,
esta labor se deberá vincular estrechamente al esfuerzo realizado en el marco
de la OMI. Más concretamente, la OMI está estudiando
si es necesaria una norma sobre consumo de combustible y las características
que ha de tener, así como la posible elaboración de una norma para medir el
rendimiento del casco y la hélice. A tal fin, la Comisión y los Estados
miembros deberán participar activamente en los debates de la OMI sobre estas
cuestiones y procurar ampliar la elaboración de normas en curso para que estas abarquen
otras soluciones tecnológicas clave. Reducir las emisiones de GEI del transporte
marítimo depende en gran medida de una infraestructura terrestre adecuada. La
Comisión ya apoya el desarrollo de dicha infraestructura, por ejemplo en lo que
concierne a la electrificación de puertos y a los combustibles alternativos
tales como el GNL, mediante incentivos financieros y medidas reglamentarias[26]. Las iniciativas
futuras deberán tener en cuenta ante todo la necesidad de abordar conjuntamente
diversos tipos de emisiones, tanto por motivos de seguridad reglamentaria como
de eficiencia jurídica y operativa. Muchas soluciones tecnológicas eficientes
para el sector marítimo requieren considerables costes de capital iniciales, que
en el actual clima económico pueden resultar difíciles de sufragar. Para ayudar
a los armadores a desembolsar los costes iniciales se podría recurrir a
soluciones innovadoras de financiación —tales como contratos de rendimiento
energético— y a instrumentos de apoyo de la UE a las inversiones que ofrece el Banco
Europeo de Inversiones. Por último, aunque muchas tecnologías ya
estén disponibles en el mercado, la transición hacia un transporte marítimo con
emisiones de carbono bajas o incluso nulas exige un notable esfuerzo de
investigación a largo plazo. En una de sus iniciativas emblemáticas, el Séptimo
Programa Marco (7º PM), la Comisión ya destina un volumen considerable de
fondos al desarrollo y despliegue de tecnologías encaminadas a reducir el
consumo de combustible y las emisiones de él derivadas en los buques del mañana.
Con la propuesta de Programa Marco «Horizonte 2020»[27] se pretende
continuar e intensificar este esfuerzo. 5. Conclusiones y futuras líneas de
actuación El planteamiento gradual propuesto para
hacer frente a las emisiones de GEI de los buques a través, en una primera
fase, de un sistema reforzado de SNV está adaptado a otras medidas propuestas
en el marco de la OMI y tiene un carácter más práctico que teórico. La presente
propuesta se estudiará en los debates de la OMI y puede servir de muestra de sistema
mundial. Sin duda alguna, es necesario que todos
los socios internacionales inicien un debate minucioso y demuestren su voluntad
de participar en el proceso comenzado en la OMI para acordar a escala mundial una
MBM y posibles normas relativas a la eficiencia operativa de la flota existente.
Esta labor no resultará creíble si no está basada en un sistema de SNV mundial
sólido. Redunda en interés de la UE mantener la
coherencia con sus objetivos de política climática y las ambiciones
establecidas en ese contexto. En consecuencia, dada la persistente ausencia de
acuerdo, es conveniente que la UE adopte nuevas medidas para que el transporte
marítimo contribuya al esfuerzo realizado por todos los sectores económicos, de
acuerdo con la Estrategia Europa 2020. La Comisión invita al Parlamento
Europeo, a los Estados miembros y a todas las partes interesadas a examinar las
cuestiones pendientes que se exponen en la presente Comunicación con miras a la
preparación de posibles iniciativas de la UE relativas a las emisiones de GEI del
transporte marítimo. [1] Referencia de la evaluación de impacto. [2] AEA Technology y otros, 2013. [3] «A escala de la UE» se refiere al CO2 emitido
en las rutas desde el último puerto de escala hasta un puerto de la UE y desde
un puerto de la UE hasta el puerto de escala siguiente, incluyéndose las
emisiones dentro de los puertos de la UE. [4] AEA Technology y otros, 2013. [5] Lloyds Register y DNV, 2012. [6] Estimated CO2 emission reduction from
introduction of mandatory technical and operational energy efficiency measures
for ships. Estudio realizado por Lloyd's Register y DNV para la OMI en 2011
y 4º Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre
el Cambio Climático. [7] Segundo estudio sobre los GEI de la OMI (2009). [8] Vivid Economics. [9] Segundo estudio sobre los GEI de la OMI (2009), CE Delft
y otros (2009), DNV (2010), Ricardo-AEA y otros (2012). [10] Con una actualización de un 10 % anual. [11] Maddox Consulting, 2012. [12] El anexo VI del Convenio MARPOL está dedicado a la contaminación
causada por los buques. [13] Informe de la 59ª reunión del Comité de Protección del
Medio Marino (CPMM), apartado 4.92. [14] CPMM 65/4/19. [15] Se examinan cuatro instrumentos: un régimen de comercio de
derechos de emisión, un fondo de GEI, la percepción de tasas por el Estado del
puerto y un sistema que incentive la eficiencia energética. [16] La nota de entrega de combustible incluye el nombre y el
nº OMI del buque receptor de combustible, el puerto de toma de combustible, la
información de contacto del proveedor de fuelóleo para usos marinos y la
cantidad y densidad del combustible. [17] Decisión 1/CP.16 de la Conferencia de las Partes en la
UNFCCC («Acuerdos de Cancún»). [18] Sobre la base del 4º Informe de Evaluación del Grupo
Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC). [19] Conclusiones del Consejo Europeo de los días 29 y 30 de
octubre de 2009 y Resolución del Parlamento Europeo de 4.2.2009 (2008/2105(INI)). [20] COM(2010) 2020 final. [21] Directiva 2003/87/CE y Decisión 406/2009/CE. [22] COM(2011) 144 final. [23] Este mecanismo se deberá concebir de modo que el fondo de
compensación basado en una contribución sea, en la práctica, el instrumento
principal. El fondo noruego de NOx constituye un ejemplo de
percepción de una tasa que sirve de instrumento complementario. Así pues, cabe
suponer que la utilización de mecanismos alternativos será marginal. [24] Como una asociación o un organismo público. [25] Por ejemplo, decisiones sobre la elección de la entidad
que ha de recaudar los ingresos que revertirán al sector, la manera de
garantizar una aplicación generalizada o los posibles mecanismos incentivadores
adicionales. [26] COM(2013) 17 final, COM(2013) 18 final y SWD(2013) 4
final. [27] COM(2011) 809 final.