Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al Programa Nacional de Reformas de 2013 de Italia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de Italia para 2012-2017 /* COM/2013/0362 final
Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al Programa Nacional de
Reformas de 2013 de Italia
y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad
de Italia para 2012-2017 EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea y, en particular, su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148,
apartado 4, Visto el Reglamento (CE) nº 1466/97
del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión
de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las
políticas económicas[1],
y, en particular, su artículo 5, apartado 2, Visto el Reglamento (UE)
nº 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de
2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios
macroeconómicos[2],
y, en particular, su artículo 6 apartado 1, Vista la recomendación de la Comisión
Europea[3], Vistas las resoluciones del Parlamento
Europeo[4], Vistas las conclusiones del Consejo
Europeo, Visto el dictamen del Comité de Empleo, Previa consulta al Comité Económico y
Financiero, Considerando lo siguiente: (1) El 26 de marzo de 2010,
el Consejo Europeo aprobó la propuesta de la Comisión de iniciar una nueva
estrategia para el crecimiento y el empleo, Europa 2020, que se basa en una
mayor coordinación de las políticas económicas y se centrará en los ámbitos
fundamentales en que se requiere actuar para fomentar el potencial de
crecimiento sostenible y competitividad de la economía europea. (2) El 13 de julio de 2010,
sobre la base de las propuestas de la Comisión, el Consejo aprobó una
recomendación sobre las directrices generales para las políticas económicas de
los Estados miembros y de la Unión (para el período 2010-2014) y, el 21 de
octubre de 2010, una decisión relativa a las orientaciones para las políticas
de empleo de los Estados miembros[5],
que juntas forman las «orientaciones integradas». Se ha invitado a los Estados
miembros a tener en cuenta las orientaciones integradas en sus políticas
económicas y de empleo. (3) El 29 de junio de 2012,
los jefes de Estado o de Gobierno tomaron una decisión sobre un Pacto por el
Crecimiento y el Empleo, que establece un marco coherente de actuación a nivel
nacional, de la UE y de la zona del euro utilizando todas las palancas,
instrumentos y políticas posibles. Decidieron sobre las acciones que debían
emprenderse a nivel de los Estados miembros, expresando en particular su
compromiso total para lograr los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y
aplicar las recomendaciones específicas para cada país. (4) El 6 de julio de 2012,
el Consejo aprobó una recomendación relativa al Programa Nacional de Reformas
de Italia para 2012 y emitió su dictamen sobre el Programa de Estabilidad
actualizado de Italia para 2011-2015. (5) El 28 de noviembre de
2012, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento[6], marcando el inicio
del Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas. También
el 28 de noviembre de 2012, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE)
nº 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta[7], en el que se
señalaba a Italia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un
examen exhaustivo. (6) El 14 de marzo de 2013,
el Consejo Europeo aprobó las prioridades para garantizar la estabilidad
financiera y el saneamiento presupuestario junto con medidas dirigidas a
fomentar el crecimiento. Hizo hincapié en la necesidad de proseguir un
saneamiento presupuestario diferenciado que propicie el crecimiento,
restablecer la normalidad en la concesión de crédito, promover el crecimiento y
la competitividad, combatir el desempleo y las consecuencias sociales de la
crisis, y modernizar la administración pública. (7) El 10 de abril de 2013,
la Comisión publicó los resultados de su examen exhaustivo[8] sobre Italia, con
arreglo al artículo 5 del Reglamento (UE) nº 1176/2011. En su análisis, la
Comisión concluye que Italia está experimentando desequilibrios macroeconómicos
que requieren la adopción de medidas firmes. En particular, los principales
desequilibrios macroeconómicos señalados son la pérdida de competitividad
exterior y la elevada deuda pública, en un entorno de debilidad prolongada del
crecimiento. (8) El 11 de abril de 2013,
Italia presentó su Programa de Estabilidad de 2013, que cubre el período
2012-2017, y su Programa Nacional de Reformas de 2013. A continuación, el nuevo
Gobierno nombrado el 28 de abril manifestó su intención de reforzar el programa
de reformas estructurales, confirmando al mismo tiempo los objetivos presupuestarios
presentados en el Programa de Estabilidad. El 17 de mayo, se adoptó un decreto
ley con nuevas disposiciones en materia de imposición de los bienes
inmobiliarios y la ampliación del régimen de complemento salarial para los
trabajadores con empleo precario. Con objeto de tener en cuenta sus
interrelaciones, ambos programas y las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno
se han evaluado al mismo tiempo. (9) Partiendo de la
evaluación del Programa de Estabilidad para el período 2013-2017, realizada de
conformidad con el Reglamento (CE) nº 1466/97 del Consejo, el Consejo
considera que el escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones
presupuestarias del Programa es optimista para 2014, con respecto a las
previsiones de la primavera de 2013 de los servicios de la Comisión, y resulta
verosímil a partir de 2015, en el supuesto de que se apliquen plenamente las
reformas estructurales adoptadas, lo que sigue siendo complicado. La estrategia
presupuestaria esbozada en el Programa, confirmada por el nuevo Gobierno y
aprobada por el Parlamento, tiene como objetivo mantener el déficit por debajo
del 3 % del PIB durante todo el período del Programa, alcanzar el objetivo
a medio plazo en 2013 y situar el ratio deuda/PIB en una senda decreciente a
partir de 2014. El Programa confirma el objetivo a medio plazo (equilibrio
presupuestario en términos estructurales), que está en consonancia con el Pacto
de Estabilidad y Crecimiento. En 2012, el déficit se situó en el 3 % del
PIB y, según las previsiones de la primavera de 2013 de los servicios de la
Comisión, publicadas el 3 de mayo, se espera que se mantenga por debajo del
valor de referencia en 2013-2014. Se considera que las disposiciones adoptadas
por el Gobierno italiano el 17 de mayo, de aplicarse de manera sistemática, no
tendrán un impacto significativo sobre el déficit. Tras haber registrado una
mejora de 2,7 puntos porcentuales del PIB en términos acumulativos entre 2009 y
2012, y suponiendo que las políticas económicas no varíen, se prevé una mejora
del saldo estructural en porcentaje del PIB de otro punto porcentual en 2013,
situándose en el -0,5 %, y un ligero deterioro en 2014. El saldo primario
estructural alcanzaría casi el 5 % del PIB en 2014. El ajuste estructural
previsto para 2013 es adecuado, basándose en un análisis del gasto, una vez
excluidas las medidas discrecionales relativas a los ingresos, mientras que
para 2014 muestra una desviación de la senda de ajuste hacia el logro del
objetivo a medio plazo. El Programa prevé que el ratio de deuda/PIB alcance un
máximo en 2013 y empiece a disminuir a continuación, gracias también a los
ingresos previstos generados por las privatizaciones, equivalentes a un punto
porcentual del PIB al año. No obstante, según las previsiones, el ratio deuda/PIB
seguirá aumentando, debido entre otras cosas a la liquidación de las deudas
comerciales, lo que representa un aumento de alrededor de 2,5 puntos
porcentuales en 2013-2014, si bien no se incluyen los ingresos procedentes de
las privatizaciones, al no haberse concretado todavía los datos. A partir de
2013, Italia se encontrará en un período de transición de tres años en relación
con el cumplimiento del criterio de deuda y la trayectoria de la deuda indicada
en el Programa de Estabilidad garantiza un progreso suficiente hacia el logro
del mismo. Sin embargo, las previsiones del Programa en materia de déficit y
deuda están supeditadas a la plena aplicación de las medidas presupuestarias y
las reformas estructurales adoptadas, que son esenciales para afianzar la
confianza del mercado y estimular el crecimiento y el empleo. (10) Si bien se han adoptado
importantes reformas para fomentar la sostenibilidad presupuestaria y estimular
el crecimiento, su plena aplicación sigue representando una tarea difícil y hay
margen para adoptar nuevas medidas. Todavía no se han aprobado varias medidas
clave propuestas o están pendientes de que se adopte la legislación de
aplicación correspondiente y existen riesgos de incoherencia en su aplicación
concreta por los diferentes niveles de la Administración. La eficiencia de la
administración pública, desde el punto de vista del marco regulador y
procedimental, la calidad de la gobernanza y la capacidad administrativa, sigue
adoleciendo de importantes deficiencias que afectan a la aplicación de las
reformas y al entorno empresarial. (11) Para mejorar el entorno
empresarial, es necesario completar la reforma de la justicia civil,
procediendo rápidamente a la revisión de la organización jurisdiccional y
reduciendo la excesiva duración de los procesos, los retrasos judiciales y el
elevado número de litigios. Tras la sentencia del Tribunal Constitucional de
octubre de 2012 sobre la mediación, es preciso adoptar medidas para fomentar el
recurso a mecanismos extrajudiciales de solución de litigios. La corrupción,
que implica costes estimados en el 4 % del PIB, representa una
preocupación importante que afecta gravemente al potencial de recuperación
económica. La Ley Anticorrupción de noviembre de 2012 requiere medidas de
seguimiento y cabría aumentar la eficacia de la represión de la , en particular
en lo que respecta a los breves plazos de prescripción. (12) La ambiciosa estrategia
de saneamiento presupuestario aplicada hasta la fecha ha ido acompañada por la
introducción, en abril de 2012, de una regla de equilibrio presupuestario en la
Constitución y medidas para mejorar la eficiencia y la calidad del gasto
público. Sin embargo, las deficiencias en su aplicación han obstaculizado la
plena eficacia de las medidas adoptadas, en particular en lo que se refiere a
la eficiencia del empleo del sector público y la reducción del número de
provincias. El Plan de Acción para la Cohesión ha permitido acelerar la
absorción de fondos estructurales, por un importe de 12 100 millones EUR,
en tres fases consecutivas. No obstante, la mejora de la gestión global de los
fondos sigue adoleciendo de falta de ambición, especialmente en el sur de
Italia, lo que suscita una grave preocupación de cara al período de
programación 2014- 2020. Esta situación ofrece un amplio margen de mejora de la
eficiencia del gasto público. (13) Los bancos han
desempeñado tradicionalmente un papel decisivo de apoyo a la actividad
económica italiana, en particular a través de los préstamos a las pequeñas
empresas, pero su capacidad de asumir este papel se ha visto mermada debido a
la prolongada recesión económica. El mayor riesgo de crédito, con un volumen
elevado y creciente de préstamos no productivos, ha contribuido a la
disminución de los préstamos y agrava la escasa rentabilidad de los bancos. En
respuesta a esta situación, el Banco de Italia está evaluando la adecuación de
las provisiones para préstamos dudosos con inspecciones in situ. Las
características específicas del gobierno corporativo de los bancos italianos
pueden limitar la eficacia de su intermediación financiera. Se han adoptado
medidas para alentar el recurso a canales de financiación no bancarios, en
particular la financiación mediante capital, y para fomentar la capacidad de
innovación, pero su alcance sigue siendo limitado y todavía no se han aplicado
plenamente. La transposición de la Directiva de la UE por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y la
liquidación prevista del stock acumulado de deudas comerciales contribuirán a
mejorar la liquidez de las empresas. (14) En junio de 2012 se
aprobó una profunda reforma del mercado laboral para solucionar sus rigideces y
segmentación. La reforma debe completarse con la adopción de las disposiciones
de aplicación pendientes y un atento seguimiento de su aplicación concreta
sobre el terreno. Por otra parte, los servicios públicos de empleo deben
todavía integrarse en la administración competente en materia de prestaciones
de desempleo, a fin de apoyar la aplicación de estrategias eficientes de
activación. Durante 2011-2013 los interlocutores sociales han definido
un nuevo marco de fijación salarial en acuerdos sucesivos. Se basa en
incentivos fiscales para favorecer una mejor adecuación de los salarios a la
productividad y a las condiciones del mercado laboral local. Este marco debe
aplicarse de manera efectiva, adaptándolo progresivamente sobre la base del
seguimiento de los resultados. (15) El desempleo juvenil y la
proporción de jóvenes desempleados y que no siguen educación ni formación
alguna siguen al alza, situándose en el 37 % y el 21,1 %,
respectivamente, a finales de 2012. La cifra de estudiantes que completan la
educación terciaria y la tasa de empleo de los jóvenes titulados universitarios
se encuentran entre las más bajas de la UE, lo que demuestra la inadecuación de
las competencias de los jóvenes titulados para el mercado laboral. A pesar de
ir descendiendo moderadamente, el nivel de abandono escolar prematuro sigue
siendo elevado, lo que plantea dudas sobre la eficacia del sistema educativo.
Uno de los elementos más importantes es la profesión docente, que se
caracteriza en la actualidad por un único itinerario de carrera y que ofrece
perspectivas limitadas en términos de desarrollo profesional. La participación
de las mujeres en el mercado de trabajo sigue siendo escasa y el desequilibrio
entre hombres y mujeres en cuanto al empleo es uno de los más elevados de la
UE. El riesgo de pobreza y exclusión social, y sobre todo de privación material
grave, sigue una marcada tendencia al alza, mientras que el sistema de
protección social experimenta cada vez más dificultades para hacer frente a las
necesidades sociales, ya que está dominado por el gasto en pensiones y las
transferencias sociales, excluidas las pensiones, no están suficientemente
centradas en la lucha contra la pobreza y la promoción de la inclusión social. (16) La estructura del sistema
tributario sigue siendo compleja y lastra considerablemente el trabajo y el
capital. Tras el esfuerzo emprendido en 2010-2011, las medidas adicionales
adoptadas para desplazar la carga fiscal desde los factores productivos hacia
el consumo, los bienes inmuebles y el medio ambiente han sido más limitadas.
Todavía deben tomarse medidas para simplificar el régimen fiscal, racionalizar
los gastos tributarios, adaptar la base imponible de los impuestos sobre la
propiedad inmobiliaria a los valores del mercado, mejorar el cumplimiento de
las obligaciones tributarias y disuadir la evasión fiscal. A la espera de una
revisión de los valores catastrales, el objetivo de la reforma prevista de la
imposición de la propiedad inmobiliaria será mejorar la equidad, dentro de los
límites de la estrategia presupuestaria establecida en el Programa de
Estabilidad. Reducir la economía sumergida y el trabajo no declarado puede
beneficiar a las finanzas públicas y tener efectos positivos en términos de
equidad. La revisión de las exenciones o los tipos reducidos del IVA y de los
gastos fiscales directos puede requerir algún ajuste de las transferencias sociales,
a fin de minimizar su impacto distributivo. (17) Se han realizado
considerables esfuerzos para la liberalización del sector servicios. No
obstante, la reforma de las profesiones reguladas debe continuar a fin de
resolver las restricciones pendientes y deben protegerse sus principios
esenciales contra posibles retrocesos, derivados en particular de la reforma de
las profesiones jurídicas. A raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional
de julio de 2012, también es importante intervenir para abrir a la competencia
los servicios públicos locales. (18) La reforma de las
industrias de red sigue su curso en lo que respecta a la apertura del acceso al
mercado y la mejora de la capacidad de las infraestructuras, pero siguen
existiendo retos importantes. La separación en el sector del gas debe
concluirse a más tardar en septiembre de 2013 y es preciso aplicar la
estrategia nacional de energía de marzo de 2013. La liberalización de las
telecomunicaciones es otro ámbito posible de actuación. Todavía no se ha creado
la nueva autoridad de transporte, responsable de las autopistas, los
aeropuertos, los puertos y los ferrocarriles. Esta autoridad debe ser
independiente, disponer de los recursos necesarios para desempeñar su cometido
y tener competencias sancionadoras. Asimismo, existe un grave problema de
insuficiencia de infraestructuras internas y transfronterizas, con disparidades
entre el Norte y el Sur, lo que contribuye a unos precios energéticos elevados,
una baja penetración de la banda ancha y congestión en el transporte. (19) En el contexto del
Semestre Europeo, la Comisión ha realizado un análisis global de la política
económica de Italia, ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa
Nacional de Reformas y ha presentado un examen exhaustivo. Ha tenido en cuenta
no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política presupuestaria y
la política socioeconómica de este país, sino también su conformidad con las
normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza
económica global de la Unión Europea incluyendo aportaciones de la Unión en las
futuras decisiones nacionales. Sus recomendaciones en el marco del Semestre
Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 6 que figuran a continuación. (20) A la luz de esta
evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de Italia y su
dictamen[9]
se refleja particularmente en la recomendación 1 que figura a continuación. (21) A la luz de los
resultados del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de esta
evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y su
Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del
artículo 6 del Reglamento (UE) nº 1176/2011, relativo a la prevención
y corrección de los desequilibrios macroeconómicos, se reflejan en las
recomendaciones 1 a 6 que figuran a continuación. (22) En el contexto del
Semestre Europeo, la Comisión también ha llevado a cabo un análisis de la
política económica de la zona del euro en su conjunto. Sobre esta base, el
Consejo ha formulado recomendaciones específicas dirigidas a los Estados
miembros cuya moneda es el euro. Italia también debe garantizar la plena y
oportuna aplicación de estas recomendaciones. RECOMIENDA que Italia tome medidas
en el período 2013-2014 a fin de: 1. Velar por que el déficit
se mantenga por debajo del 3 % del PIB en 2013, aplicando plenamente las
medidas adoptadas. Proseguir el ajuste estructural a un ritmo adecuado y a
través de un saneamiento presupuestario favorable al crecimiento, a fin de
alcanzar y mantener el objetivo a medio plazo a partir de 2014. Alcanzar los
superávits primarios estructurales previstos, a fin de que el elevadísimo ratio
de deuda/PIB existente (que se prevé que alcance el 132,2 % del PIB en
2014) se sitúe en una senda sostenida de descenso. Seguir mejorando de forma
duradera la eficiencia y la calidad del gasto público, aplicando plenamente las
medidas adoptadas en 2012 y prosiguiendo el esfuerzo a través de un análisis
profundo y regular de los gastos en todos los niveles de la Administración. 2. Velar por la oportuna
aplicación de las reformas en curso, adoptando sin demora las disposiciones de
aplicación necesarias, materializándolas en todos los niveles de la
Administración y con todas las partes interesadas pertinentes, y realizando un
seguimiento de su impacto. Reforzar la eficiencia de la administración pública
y mejorar la coordinación entre los distintos niveles de la Administración.
Simplificar el marco administrativo y normativo para los ciudadanos y las
empresas y reducir la duración de los procesos judiciales y el elevado número
de litigios en la jurisdicción civil, en particular fomentando el recurso a los
procedimientos extrajudiciales de solución de litigios. Reforzar el marco
jurídico de la represión de la corrupción, en particular revisando las normas
que rigen los plazos de prescripción. Adoptar medidas estructurales para
mejorar la gestión de los fondos de la UE en las regiones meridionales en lo
que respecta al período de programación 2014-2020. 3. Fomentar en el sector
bancario prácticas de gobierno corporativo que propicien una mayor eficiencia y
rentabilidad, a fin de favorecer el flujo de crédito hacia las actividades
productivas. Seguir adelante con los trabajos en curso sobre el estudio de la
calidad de los activos en todo el sector bancario y facilitar la resolución de
los préstamos no productivos en los balances de los bancos. Fomentar en mayor
medida el desarrollo de los mercados de capitales para diversificar y mejorar
el acceso de las empresas a la financiación, especialmente en forma de capital,
e impulsar su capacidad de innovación y crecimiento. 4. Velar por la aplicación
efectiva de las reformas del mercado de trabajo y el marco de fijación de
salarios, con vistas a una mejor adecuación de los salarios a la productividad.
Tomar nuevas medidas para impulsar la participación en el mercado laboral,
especialmente de las mujeres y los jóvenes, por ejemplo a través de una
Garantía Juvenil. Reforzar la educación y formación profesionales,
ofrecer servicios públicos de empleo más eficientes y mejorar los servicios de
asesoramiento y orientación profesional dirigidos a los estudiantes de nivel
terciario. Reducir los factores económicos que hacen poco atractivo el
trabajo para las personas que constituyen una segunda fuente de ingresos
familiares y mejorar la oferta de guarderías y de servicios extraescolares.
Intensificar los esfuerzos para prevenir el abandono escolar prematuro y
mejorar la calidad y los resultados de la educación, reformando también el
desarrollo profesional y de la carrera del personal docente. Velar por la
eficacia de las transferencias sociales, principalmente mediante una mejor
orientación de las prestaciones, en particular hacia los hogares de rentas
bajas con hijos. 5. Desplazar la presión fiscal desde el trabajo y el capital hacia el
consumo, los bienes inmobiliarios y el medio ambiente, sin incidencia
presupuestaria. A tal fin, revisar el ámbito de aplicación de las exenciones y
los tipos reducidos del IVA, y de los gastos fiscales directos y reformar el
sistema catastral para adaptar la base imponible de los impuestos recurrentes
sobre los bienes inmuebles a los valores del mercado. Proseguir la lucha contra
la evasión fiscal, mejorar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y
adoptar medidas firmes contra la economía sumergida y el trabajo no declarado. 6. Velar por la correcta
aplicación de las medidas destinadas a liberalizar el mercado en el sector de
los servicios. Eliminar las restricciones que siguen existiendo en el ámbito de
los servicios profesionales y fomentar el acceso al mercado, por ejemplo en la
prestación de servicios públicos locales, donde debe promoverse el recurso a la
contratación pública (en lugar de las concesiones directas). Proseguir la
implantación de las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de acceso al
mercado en las industrias de red, en particular dando prioridad a la creación
de una autoridad de transporte. Mejorar la capacidad de las infraestructuras,
con especial atención a las interconexiones energéticas, el transporte
intermodal y la banda ancha de alta velocidad en las telecomunicaciones,
también con objeto de resolver las disparidades entre el Norte y el Sur. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente [1] DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. [2] DO L 306 de 23.11.2011, p. 25. [3] COM(2013) 362 final. [4] P7_TA(2013)0052 y P7_TA(2013)0053. [5] Decisión 2013/208/UE del Consejo, de 22 de abril de
2013. [6] COM(2012) 750 final. [7] COM(2012) 751 final. [8] SWD(2013) 118 final. [9] En virtud del artículo 5, apartado 2, del Reglamento
(CE) nº 1466/97 del Consejo.