Recomendación de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se designa la Capital Europea de la Cultura 2017 en Dinamarca y Chipre, y la Capital Europea de la Cultura 2018 en Malta /* COM/2013/0248 final */
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Decisión nº 1622/2006/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se
establece una acción comunitaria en favor de la manifestación «Capital Europea
de la Cultura» para los años 2007 a 2019[1],
establece el procedimiento de designación de las capitales europeas de la
cultura. De acuerdo con su artículo 2, a partir de 2009 dos ciudades de sendos
Estados miembros serán designadas por turno capitales europeas de la cultura
según el orden cronológico establecido en el anexo de dicha Decisión. Dinamarca
y Chipre son los países que tienen derecho a acoger esta manifestación en 2017.
Malta es uno de los dos Estados miembros que tienen derecho a acoger la
manifestación en 2018, junto con los Países Bajos, y ha decidido iniciar su
procedimiento de selección un año antes del plazo normal. Para la designación de las Capitales
Europeas de la Cultura del año 2017 y 2018 debe aplicarse el procedimiento
indicado a continuación. Cada uno de los Estados miembros interesados
publica una convocatoria de presentación de solicitudes a más tardar seis años
antes de la manifestación. Se convoca un Comité de Selección compuesto por
trece expertos independientes del ámbito de la cultura para celebrar una
reunión de preselección a más tardar cinco años antes de la manifestación.
Dicho Comité estudia las solicitudes recibidas sobre la base de los criterios
establecidos en el artículo 4 de la Decisión nº 1622/2006/CE y elabora una
lista restringida de las ciudades candidatas, que deberá examinarse con mayor
detenimiento una vez estas hayan completado su solicitud. Cada uno de los Estados miembros
interesados convoca al Comité de Selección para que realice la selección final,
nueve meses después de la reunión de preselección. Después de realizar una
evaluación detallada de las ciudades preseleccionadas en función de los
criterios establecidos para la acción, el Comité recomienda una ciudad
candidata en cada uno de los Estados miembros en cuestión. Con arreglo a esas recomendaciones, cada
uno de los dos Estados miembros designa una ciudad candidata a ser Capital
Europea de la Cultura y lo comunica al Parlamento Europeo, al Consejo, a la
Comisión y al Comité de las Regiones a más tardar cuatro años antes del inicio
de la manifestación. El Parlamento Europeo puede remitir un
dictamen a la Comisión a más tardar tres meses después de que se le hayan
comunicado las ciudades candidatas. El Consejo, a partir de la recomendación
de la Comisión, designa oficialmente las ciudades en cuestión para el año de su
candidatura. Una vez finalizado el concurso en dos
fases descrito más arriba, en sus respectivos informes de septiembre de 2012 el
Comité recomendó que esta manifestación se celebrara en el año 2017 en las
ciudades de Ǻarhus (Dinamarca) y Pafos (Chipre), y en su informe de
noviembre de 2012 que se celebrara en el año 2018 en La Valeta (Malta). Los
tres Estados miembros notificaron las candidaturas de estas tres ciudades al
Parlamento Europeo, al Consejo, a la Comisión y al Comité de las Regiones en
otoño de 2012. El Parlamento Europeo remitió sus
dictámenes favorables a la Comisión en febrero de 2013. En consecuencia, la Comisión, de
conformidad con el artículo 9, apartado 3, de la Decisión nº 1622/2006/CE,
presenta al Consejo la Recomendación adjunta sobre la designación oficial de
Ǻarhus y Pafos como Capitales Europeas de la Cultura 2017 en Dinamarca y
Chipre respectivamente, y sobre la designación oficial de La Valeta como
Capital Europea de la Cultura 2018 en Malta. Recomendación de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se designa la Capital Europea
de la Cultura 2017 en Dinamarca y Chipre, y la Capital Europea de la
Cultura 2018 en Malta EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, Vista la Decisión nº 1622/2006/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece una acción
comunitaria en favor de la manifestación «Capital Europea de la Cultura» para
los años 2007 a 2019[2],
y, en particular, su artículo 9, apartado 3, Vista la
Recomendación de la Comisión Europea, Vistos los
informes del Comité de Selección, de septiembre de 2012, relativos al
procedimiento de selección de las Capitales Europeas de la Cultura en Dinamarca
y Chipre, Visto el
informe del Comité de Selección, de noviembre de 2012, relativo al
procedimiento de selección de la Capital Europea de la Cultura en Malta, Considerando
lo siguiente: Se cumplen
íntegramente los criterios establecidos en el artículo 4 de la
Decisión nº 1622/2006/CE. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Åarhus y Pafos quedan designadas
«Capitales Europeas de la Cultura 2017» en Dinamarca y Chipre respectivamente. La Valeta queda designada «Capital
Europea de la Cultura 2018» en Malta. Artículo 2 La presente Decisión entrará en vigor el
día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente [1] DO L 304 de 3.11.2006, p. 1. [2] DO L 304 de 3.11.2006, p. 1.