INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO DÉCIMO INFORME PANORAMA GENERAL DE LAS ACTUACIONES DE DEFENSA COMERCIAL DE TERCEROS PAÍSES CONTRA LA UNIÓN EUROPEA EN 2012 /* COM/2013/0217 final */
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO
EUROPEO DÉCIMO INFORME
PANORAMA GENERAL DE LAS ACTUACIONES DE DEFENSA COMERCIAL DE TERCEROS PAÍSES
CONTRA LA UNIÓN EUROPEA EN 2012
1.
Introducción
Los
exportadores de la UE siguen estando expuestos a medidas de defensa comercial
impuestas por terceros países. Dichas medidas están en principio permitidas con
arreglo a las normas de la OMC, pero si no se aplican adecuadamente, se
convierten en instrumentos proteccionistas. También los responsables políticos
reunidos en el seno del G-20 se han comprometido a evitar el recurso al
proteccionismo. La UE utiliza
también las medidas de defensa comercial, aunque afectan solamente a una parte
muy pequeña de las importaciones. Además, la UE es más exigente que otros
miembros de la OMC cuando considera la imposición de medidas porque antes de
adoptar dichas medidas deben afrontarse pruebas adicionales (denominadas
«OMC-plus»). Además de la
elevada calidad de las normas que aplica en sus propias investigaciones, el
papel de la Comisión consiste en seguir la actividad de los terceros países
cuando utilizan los instrumentos de defensa comercial contra las exportaciones
de la UE e intervenir cuando no se respetan las normas de la OMC. Esto se lleva
a cabo, por ejemplo, mediante intervenciones técnicas en el marco de
investigaciones en curso. Cuando las cuestiones son importantes y no puede
encontrarse otra solución, la última posibilidad es recurrir a los
procedimientos de solución de diferencias de la OMC. Aunque la
actividad relativa a las exportaciones de la UE se ha estabilizado en los años
más recientes, después de un fuerte aumento del número de investigaciones en
2008-2009, los asuntos son cada vez más complejos y en los últimos años han
aparecido nuevos usuarios de los instrumentos. Esto ha requerido en 2012 un
seguimiento cuidadoso y una actividad cada vez mayor. El presente
informe describe las tendencias generales, los problemas encontrados y los
resultados que se han obtenido en 2012. También se ofrece en el anexo un
análisis detallado de las tendencias y los casos específicos de los países que
más han recurrido a estos instrumentos.
2.
Tendencias generales
A finales de
2012, había ciento treinta y ocho medidas en vigor, un número
relativamente estable en comparación con el año anterior. Por lo tanto,
el número de medidas en vigor se ha estabilizado en este año, después de un
aumento importante en el periodo 2010-2011, en el que se pasó de ciento
veintitrés a ciento cuarenta y seis medidas. Como en años
anteriores, la gran mayoría de estas medidas son actuaciones antidumping
(noventa y cuatro medidas), mientras que las salvaguardias todavía representan
alrededor de un tercio del total. Hay que señalar, sin embargo, que no todas
estas medidas de salvaguardia afectan directamente a exportaciones de la UE. De
hecho, dado que se imponen salvaguardias contra todos los países de origen,
todos ellos están incluidos en las estadísticas, incluso si hay pocas o ninguna
exportación de la UE. La India ha
utilizado mucho este instrumento en 2012 (véase más abajo) y ha alcanzado un
mayor número de medidas en vigor contra la UE que los EE. UU., que son el
líder histórico, con veintiuna y dieciocho medidas respectivamente. China
confirmó su tercer puesto (dieciséis medidas), mientras que otros usuarios
importantes, como Brasil y Turquía, han reducido su número de medidas en vigor
frente a la UE (diez medidas cada uno). En 2012, se
impusieron veinte nuevas medidas en total. Son muchas menos que en 2011
(36), que fue sin embargo un caso excepcional debido sobre todo al gran número
de medidas de salvaguardia que se impusieron en ese año (22). En 2012, el
número de nuevas medidas de salvaguardia fue más limitado (8) y el número de
nuevas medidas antidumping siguió siendo análogo al del año anterior (12). Como
era de esperar, la India fue el agente más activo con la imposición de siete
nuevas medidas en 2012 (seis antidumping y una de salvaguardia). En 2011 se
iniciaron treinta y siete nuevas investigaciones, en comparación con las
treinta y tres de 2011. Hay que señalar que alrededor de la mitad de dichas
investigaciones se iniciaron en los dos últimos meses del año, por lo que la
mayor parte del trabajo de seguimiento de estas investigaciones se realizará en
2013. Indonesia fue el país más activo (seis medidas de salvaguardia), seguido
de China, Egipto y Turquía (cuatro investigaciones cada uno). La gran mayoría
de estas nuevas investigaciones se refirieron a medidas de salvaguardia (23).
3.
Problemas actuales
Aunque la
intervención de la Comisión ha ayudado a resolver algunos problemas y ha hecho
que mejoren las normas en algunos países, siguen subsistiendo muchos problemas
constatados en el pasado. La Comisión aplica normas de elevada calidad en sus
propias investigaciones y espera que los terceros países apliquen normas
equiparables. Deben aplicarse estrictamente las normas básicas de la OMC para
evitar que las industrias de la UE sufran restricciones indebidas de acceso al
mercado en el extranjero. Los problemas
más importantes que siguen existiendo son los siguientes:
3.1.
Uso inadecuado de los instrumentos de defensa
comercial
Desde hace
varios años hay indicios claros de que los terceros países inician asuntos de
defensa comercial como represalia ante medidas impuestas por la UE, en lugar de
basarse en motivos justificados apoyados por una solicitud debidamente
documentada de la industria nacional afectada. Por ejemplo, en el pasado se han
impuesto medidas contra exportaciones de la UE de productos semejantes a los
que habían sido objeto anteriormente de investigaciones de la UE, poco después
de que la UE hubiera introducido sus propias medidas. En este
contexto, hay indicios de que en 2012 China siguió utilizando instrumentos de
defensa comercial como reacción a asuntos iniciados en su contra. De acuerdo
con los comunicados de prensa, en 2012 se produjo otro caso: China inició una
investigación combinada antidumping y antisubvenciones contra las importaciones
de polisilicio producido en la UE muy probablemente como reacción al inicio de
investigaciones de la UE contra paneles solares de China. Estados Unidos sufrió
exactamente el mismo problema cuando impuso medidas contra los paneles solares
de China. Tal
utilización de los instrumentos de defensa comercial no es aceptable porque no
se basa en una solicitud verdadera de una industria presuntamente perjudicada
para abordar un caso de competencia considerada desleal, pero cuyo fundamento
fáctico o jurídico sea probablemente poco sólido. La Comisión ha abordado esta
cuestión a nivel político y técnico durante las investigaciones. A falta de una
respuesta coherente a sus preocupaciones, no le quedó otra opción que recurrir
al procedimiento de solución de diferencias de la OMC. En 2012, la Comisión
solicitó que se estableciera un grupo especial relativo a las medidas chinas
sobre los escáneres de rayos X (impuestas como reacción a medidas de la UE
sobre el mismo producto). Como se explica más abajo, la Comisión tuvo éxito en
este contencioso y se espera que China cambie sus prácticas en el futuro. Hasta
ese momento, la Comisión seguirá interviniendo enérgicamente, incluso a nivel
de la OMC si es necesario.
3.2.
Uso de salvaguardias
El número de
medidas de salvaguardia impuestas disminuyó significativamente en 2012. Se
trata, sin duda, de una evolución positiva, pero sigue siendo preocupante que
se hayan abierto muchas nuevas investigaciones de salvaguardia. Uno de los
aspectos positivos es que en algunos casos las medidas de salvaguardia pudieron
evitarse, también a raíz de las intervenciones de la Comisión. Sin embargo, incluso
en estos casos la situación sigue siendo problemática porque todavía es muy
frecuente que las investigaciones se inicien con argumentos poco sólidos y que,
a pesar de la ausencia de medidas, los flujos comerciales se vean afectados
negativamente mientras dura la investigación debido a la incertidumbre que
provoca en el mercado. Por lo tanto, la Comisión sigue siendo partidaria de que
se aplique un enfoque más riguroso cuando se considere la posibilidad de abrir
investigaciones de salvaguardia. En 2012,
algunos países han hecho un uso considerable del instrumento de salvaguardia,
en particular Indonesia (seis nuevas aperturas de investigaciones en 2012, tres
en 2011 y cinco en 2010), Egipto (cuatro nuevas aperturas de investigaciones en
2012) y la Unión Aduanera Euroasiática formada por Rusia, Belarús y Kazajstán
(tres nuevas investigaciones en 2012). Estas últimas investigaciones son
las que podrían tener posiblemente un mayor impacto en los Estados miembros de
la UE, aunque solo sea por la importancia de los mercados y la proximidad
geográfica, que incide también en los flujos comerciales. Las investigaciones
abiertas por Indonesia y Egipto son menos importantes desde un punto de vista
económico, pero requieren un seguimiento cuidadoso porque reflejan una
tendencia preocupante en el uso de las salvaguardias.
3.3.
Falta de transparencia
La falta de
transparencia sigue siendo una preocupación importante tanto en la fase de
apertura de las investigaciones como cuando se comunican sus resultados. Este
es un factor fundamental porque priva a las partes de sus derechos de defensa y
levanta dudas sobre si las normas se han aplicado efectivamente de manera
adecuada. La Comisión
interviene continuamente en casos individuales para mejorar la situación,
cuando es posible, utiliza canales bilaterales de comunicación técnica
establecidos con algunos países para conseguir una mayor transparencia.
4.
Principales resultados
En los
últimos años, la Comisión tuvo que recurrir ocasionalmente al procedimiento de
solución de diferencias de la OMC para resolver algunas cuestiones importantes
y sistémicas. Los procedimientos de los grupos especiales requieren recursos
considerables, así como mucho tiempo, y es posible que los resultados solo se
concreten tras años de procedimiento. En este contexto, se han alcanzado en los
últimos años algunos resultados positivos importantes. El largo contencioso con
los Estados Unidos dio lugar a la eliminación de la práctica de «reducción a
cero» (véase el informe del año anterior) y el litigio más reciente contra
China pudo abordar la practica inaceptable de represalia. La solución de estas
diferencias tiene un impacto directo en los asuntos o medidas en curso, pero es
posible que sea también beneficiosa en el futuro porque las cuestiones rebatidas
tenían carácter sistémico. Además de
solucionar problemas sistémicos, la Comisión intervino casi sistemáticamente en
investigaciones que revestían un claro interés para las industrias de la UE.
Estas intervenciones hicieron que se consiguieran resultados positivos en
determinados asuntos. También
tuvieron sin duda un impacto positivo importante las intervenciones
sistemáticas y los contactos bilaterales periódicos con terceros países para
promover normas de elevada calidad en las investigaciones de defensa comercial,
impacto que es, sin embargo, difícil de medir. La Comisión
recibió también regularmente opiniones positivas de las industrias por la
orientación y la asistencia que les había prestado, aunque no siempre pudieran
evitarse las medidas. A continuación
se citan algunos de los casos que han dado resultados positivos durante el año
2012. China – Informe del grupo especial relativo a las medidas contra
los escáneres de rayos X La Comisión
decidió impugnar los derechos antidumping chinos aplicados a las importaciones
de escáneres de rayos X (medidas que iban del 33,5 % al 71,8 %)
porque consideró que estas medidas no tenían justificación legal y se habían
impuesto como represalia contra el propio asunto de la UE relativo a los
escáneres de carga procedentes de China. A principios de 2012, se estableció un
grupo especial, que en noviembre de 2012 emitió un informe provisional con sus
conclusiones sobre las alegaciones de la UE. Dicho informe provisional se
confirmó en el informe final que se distribuyó en febrero de 2013. Este informe representa un éxito claro para la UE, ya que confirma
en efecto que la actuación de China no era conforme con varias disposiciones
del Acuerdo antidumping de la OMC. Se dio la razón a la UE, en particular con
respecto a sus alegaciones sobre la investigación china del perjuicio, que no
se consideró objetiva, y el grupo especial consideró favorablemente la mayoría
de las alegaciones de la UE relativas al procedimiento, incluido el
incumplimiento de las normas de transparencia por la falta de divulgación de la
determinación final, el anuncio final y el documento público. Las conclusiones del grupo especial tienen carácter sistémico
porque se refieren a rasgos recurrentes de las investigaciones realizadas por
China. El resultado es, por tanto, positivo para la UE y debería tener también
un impacto positivo en el futuro. Vino de Brasil – conclusión sin medidas En marzo de
2012, Brasil inició una investigación de salvaguardia contra las importaciones
de vino. Este asunto era importante desde el punto de vista económico porque
afectaba potencialmente a unas exportaciones anuales de más ochenta y cinco
millones de euros (procedentes de España, Portugal, Italia y Francia) y el
mercado brasileño sigue expandiéndose. Después de un análisis en profundidad,
la Comisión encontró importantes deficiencias, en particular con respecto a la
definición de la industria nacional, el perjuicio y aspectos relativos a la
causalidad. La Comisión formuló observaciones exhaustivas al respecto y
participó en la audiencia pública que se celebró en Brasilia en junio de 2012.
La investigación concluyó finalmente en octubre de 2012 sin la imposición de
medidas. A este resultado positivo contribuyeron las sólidas intervenciones de
la Comisión, así como la muy buena coordinación con los Estados miembros
afectados, la industria y los importadores de Brasil, que participaron también
muy activamente en este asunto. Rusia-Belarús-Kazajstán – conclusión sin medidas El 1 de
febrero de 2012, la Comisión Europea Euroasiática (EAEC), sucesora legal de la
Comisión de la Unión Aduanera, comenzó sus actividades y todas las
investigaciones de las autoridades de Rusia, Belarús y Kazajstán se
transfirieron finalmente a la EAEC el 6 de julio de 2012. Esta nueva autoridad
ha sido muy activa en la apertura de nuevos asuntos y la Comisión ha
intervenido constantemente para poner de relieve las deficiencias jurídicas
encontradas. En este
contexto, la investigación de salvaguardia sobre los electrodos de grafito que
inició Rusia el 31 de agosto de 2011 y después se transfirió a la EAEC,
concluyó el 30 de agosto de 2012 sin imposición de medidas de salvaguardia. La
Comisión ha intervenido activamente en este asunto, que afecta a unas
exportaciones de la UE de alrededor de veinticinco millones de euros anuales. Israel – no adopción de medidas Israel ha recurrido en los últimos años con cierta frecuencia al
instrumento antidumping contra la UE (ocho investigaciones iniciadas desde
2009). Se detectaron varias incoherencias con las disposiciones de la OMC,
algunas de ellas muy importantes y básicas. Dado el carácter sistémico de los
problemas encontrados, la Comisión intervino en todos estos asuntos. En 2011,
dos investigaciones concluyeron sin medidas y también en 2012 pudieron evitarse
las medidas en dos asuntos (exportaciones anuales por valor de unos veinte
millones de euros), a pesar de la propuesta de la autoridad investigadora
de que se impusieran medidas en uno de estos asuntos (robots de cocina). No
obstante, sigue siendo necesario un seguimiento estricto porque hay aún varias
investigaciones en curso y, lamentablemente, persisten los mismos problemas
(por ejemplo, denuncias no confidenciales sin sentido).
5.
Conclusión
La Comisión
aplica normas de elevada calidad en sus propias investigaciones y espera que
los terceros países hagan lo mismo en sus procedimientos. En este contexto, son
necesarias intervenciones sistemáticas para recordarles sus obligaciones
respecto a la OMC. Aunque el
número de medidas en vigor se estabilizó en 2012 después de un fuerte aumento
en años anteriores, ha habido un número importante de nuevas aperturas de
investigaciones en el último trimestre del año. Las cuestiones son cada vez más
complejas y recientemente han aparecido usuarios relativamente nuevos. En este
contexto, la Comisión ha seguido intensamente los asuntos de terceros países y
ha intervenido en casi todos los asuntos que afectaban a exportaciones de la
UE. Además, se han hecho grandes esfuerzos y se han asignado recursos
considerables para resolver problemas mediante el mecanismo de solución de
diferencias de la OMC. Se espera que los informes favorables de los grupos
especiales tengan también un impacto positivo en asuntos futuros. Esto ha dado
lugar a una serie de desarrollos positivos y en 2012 se alcanzaron resultados
importantes: en algunos asuntos pudieron evitarse las medidas o fue posible
reducir su impacto, y también pudieron resolverse problemas sistémicos muy
importantes. Este año fue
de nuevo excelente la cooperación con los Estados miembros de la UE, las
asociaciones europeas de productores y las empresas afectadas. La ayuda
prestada por las delegaciones de la UE en el mercado de exportación ha sido
también intensa y muy apreciada por las industrias y los Estados miembros de la
UE. Una vez más, las acciones conjuntas coordinadas aumentaron
considerablemente las posibilidades de éxito.