|
5.2.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 45/106 |
P7_TA(2013)0109
Movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización: solicitud EGF/2011/023 IT/Antonio Merloni SpA, de Italia
Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de abril de 2013, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2011/023 IT/Antonio Merloni SpA, de Italia) (COM(2013)0090 — C7-0046/2013 — 2013/2032(BUD))
(2016/C 045/23)
El Parlamento Europeo,
|
— |
Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento y al Consejo (COM(2013)0090 — C7-0046/2013), |
|
— |
Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1) (Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006), y en particular su apartado 28, |
|
— |
Visto el Reglamento (CE) no 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2) (Reglamento FEAG), |
|
— |
Vistos los resultados del diálogo a tres bandas previsto en el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006, |
|
— |
Vista la carta de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, |
|
— |
Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7-0111/2013), |
|
A. |
Considerando que la Unión Europea ha establecido los instrumentos legislativos y presupuestarios necesarios para proporcionar ayuda adicional a los trabajadores despedidos como consecuencia de cambios estructurales importantes en el comercio mundial, así como para ayudarlos a reincorporarse al mercado laboral; |
|
B. |
Considerando que el ámbito de aplicación del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se amplió para incluir las solicitudes presentadas entre el 1 de mayo de 2009 y el 30 de diciembre de 2011, a efectos de proporcionar apoyo a los trabajadores despedidos como consecuencia directa de la crisis financiera y económica mundial; |
|
C. |
Considerando que la ayuda financiera de la Unión Europea a los trabajadores despedidos debe ser dinámica y ponerse a su disposición de la manera más rápida y eficaz posible, de conformidad con la Declaración conjunta del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión aprobada en la reunión de concertación celebrada el 17 de julio de 2008, y teniendo debidamente en cuenta el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 por lo que respecta a la adopción de las decisiones sobre la movilización del FEAG; |
|
D. |
Considerando que Italia presentó la solicitud de contribución financiera del FEAG EGF/2011/023 IT/Antonio Merloni, tras los despidos en la empresa Antonio Merloni SpA, Italia, en la que pedía ayuda para 1 517 despedidos, todos ellos posibles beneficiarios de las medidas cofinanciadas por el FEAG, durante el periodo de referencia de cuatro meses comprendido entre el 23 de agosto de 2011 y el 23 de diciembre de 2011; |
|
E. |
Considerando que la solicitud cumple los criterios de admisibilidad establecidos por el Reglamento FEAG; |
|
1. |
Está de acuerdo con la Comisión en que se cumplen los criterios establecidos en el artículo 2, letra a), del Reglamento FEAG y en que, por lo tanto, Italia tiene derecho a una contribución financiera en virtud del citado Reglamento; |
|
2. |
Señala con pesar que el 29 de diciembre de 2011 las autoridades italianas presentaron la solicitud de ayuda financiera del FEAG, y que la Comisión hizo pública su evaluación el 20 de febrero de 2013; lamenta este prolongado período de evaluación que ha durado 14 meses; pide a la Comisión que concluya la fase de evaluación y presente finalmente propuestas de decisión sobre los cuatro casos restantes presentados en 2011; |
|
3. |
Toma nota de que los centros de producción de la empresa Antonio Merloni SpA, productora de electrodomésticos, se sitúan en las regiones italianas de Las Marcas y de Umbría, en particular en las provincias de Ancona y Perusa; observa que en 2002 Antonio Merloni SpA, que era el quinto mayor fabricante de electrodomésticos de la Unión, modificó su estrategia de ventas y en 2006 empezó a vender sus productos directamente con sus propias marcas; señala que, a consecuencia de la crisis económica mundial, la empresa sufrió dificultades financieras que se vieron exacerbadas por el repentino endurecimiento de las condiciones de acceso al crédito financiero; observa que la reducción de la producción, que siguió la tendencia a la baja en toda Europa, combinada con las dificultades financieras, desembocó finalmente en el cese de las actividades empresariales de Antonio Merloni SpA; señala que fueron despedidos un total de 2 217 trabajadores, de los cuales 700 fueron empleados por la empresa QA Group SpA; constata que esta solicitud incluye, por lo tanto, a los 1 517 trabajadores que perdieron su trabajo con el cierre de Antonio Merloni SpA; |
|
4. |
Señala que Antonio Merloni SpA fue declarado insolvente ya en octubre de 2008 y que la venta de sus activos y la nueva contratación de 700 trabajadores no concluyeron hasta diciembre de 2011; toma nota de que las autoridades italianas habían presentado su primera solicitud de asistencia del FEAG con anterioridad en 2009; observa, no obstante, que la solicitud tuvo que volver a presentarse a finales de 2011, porque los trabajadores no fueron despedidos oficialmente hasta no haberse vendido los activos y concluido los procedimientos administrativos; |
|
5. |
Recuerda que el FEAG ya ha ayudado a trabajadores despedidos en el sector de la fabricación de aparatos electrodomésticos (en el caso FEAG/2009/010 LT/Snaige) (3); |
|
6. |
Subraya que en los años anteriores a la crisis, las provincias de Ancona y Perusa tenían una tasa de desempleo inferior a la media nacional; observa que en 2009 el desempleo aumentó en un 40 % en comparación con el año anterior, mientras que en 2010 su tasa se mantuvo estable en Perusa y se redujo en Ancona, debido principalmente a la caída de la actividad más que a un aumento del empleo; observa que en 2009 el PIB regional se redujo en un 3 % aproximadamente, y la producción industrial se contrajo en un 14,6 % en Las Marcas y en un 16,4 % en Umbría en comparación con el año anterior; señala que esta contradicción dio lugar a un incremento de horas de Cassa Integrazione Guadagni (4) en los sectores industriales del 368 % en Las Marcas y del 444 % en Umbría; observa que los 1 517 despidos en la empresa Antonio Merloni SpA cubiertos por la presente solicitud han agravado todavía más la situación; |
|
7. |
Celebra que, con el fin de proporcionar a los trabajadores una asistencia rápida, las autoridades italianas decidieran iniciar la aplicación de las medidas el 29 de marzo de 2012, con bastante antelación a la decisión final sobre la concesión de la ayuda del FEAG para el paquete coordinado propuesto; no obstante, lamenta que el FEAG no pudiera intervenir hasta casi tres años y medio después de que la empresa fuese declarada insolvente; |
|
8. |
Toma nota de que el paquete coordinado de servicios personalizados por cofinanciar incluye medidas para la reincorporación de los 1 517 trabajadores a su puesto de trabajo, como orientación profesional, asistencia para buscar empleo, fomento del espíritu empresarial, formación profesional y actualización de competencias, orientación para mayores de 50 años, subsidios para búsqueda de empleo, ventajas fiscales para contrataciones, contribuciones a los gastos de desplazamiento y contribuciones a los gastos de cambio de residencia; |
|
9. |
Celebra el hecho de que las medidas del paquete coordinado del FEAG se concibieran en consulta con los interlocutores sociales y que formaran parte del plan social «Accordo di Programma» firmado por el Ministerio de Desarrollo Económico y las regiones afectadas, y que la aplicación de la ayuda del FEAG vaya a estar supervisada por un grupo de coordinación; |
|
10. |
Recuerda la importancia de mejorar las perspectivas de empleo de todos los trabajadores mediante medidas de formación adaptadas y el reconocimiento de las capacitaciones y las competencias adquiridas a lo largo de la carrera profesional del trabajador y de garantizar la igualdad de acceso al FEAG independientemente de su tipo de contrato de trabajo y de la relación laboral; espera que la formación ofrecida en el paquete coordinado no solamente se adapte al nivel y a las necesidades de los trabajadores despedidos, sino también al entorno empresarial real; |
|
11. |
Pide a la Comisión que en futuras propuestas especifique mejor los tipos de formación que se ofrecerán a través de vales, en qué sectores los trabajadores podrán encontrar empleo y si la formación ofrecida se ajusta a las futuras perspectivas económicas y a las necesidades del mercado de trabajo en las regiones afectadas por los despidos; celebra, no obstante, el vínculo estricto entre los vales y la trayectoria de reintegración acordada con cada trabajador; |
|
12. |
Pide a las autoridades italianas que aprovechen el pleno potencial de la ayuda del FEAG y que animen a un máximo de trabajadores a participar en las medidas; recuerda que otras intervenciones anteriores del FEAG en Italia registraron un porcentaje de ejecución presupuestaria relativamente bajo debido principalmente a las bajas tasas de participación; |
|
13. |
Celebra la existencia, en el paquete coordinado de servicios personalizados, del módulo «Guía para trabajadores mayores de 50 años» previsto para los trabajadores mayores que representan el 12 % de la mano de obra; |
|
14. |
Celebra el hecho de que la contribución para los gastos de residencia deba pagarse como contribución única al presentar los justificantes de los gastos incurridos; |
|
15. |
Toma nota de que 5 684 000 EUR del coste total del paquete de servicios que asciende a 7 451 972 EUR se destinan a diversos incentivos financieros y subvenciones, incluido el fomento de la movilidad de los trabajadores despedidos; recomienda que, en futuras movilizaciones, se destine una cantidad proporcionada a medidas relacionadas con la formación; |
|
16. |
Observa que la mayor parte de los costes de los servicios personalizados se destina a la «asignación para la búsqueda de empleo» (2 000 EUR por trabajador para los días de participación en medidas del FEAG), equivalente a la asignación diaria de subsistencia recibida del CIG italiano, en aras de la simplificación; reitera, por consiguiente, que el apoyo del FEAG debe asignarse principalmente a programas de formación, en lugar de dedicarlo a contribuir directamente a prestaciones económicas que son de la responsabilidad de los Estados miembros en virtud de la legislación nacional; recomienda que, en futuros casos de movilización del FEAG, se desaconsejen estas medidas; |
|
17. |
Toma nota de las ventajas relativamente elevadas para las contrataciones (5 000 EUR por trabajador); celebra el hecho de que solo podrán beneficiarse de esas medidas los empresarios que garanticen contratos permanentes a los trabajadores destinatarios y espera que la Comisión proporcione la información detallada pertinente relativa a las condiciones de contratación de dichos trabajadores; |
|
18. |
Observa que la información facilitada sobre el paquete coordinado de servicios personalizados que se ha de financiar con cargo al FEAG incluye información sobre su complementariedad con las acciones financiadas por los Fondos Estructurales; reitera su petición a la Comisión para que presente una evaluación comparativa de estos datos en sus informes anuales con el fin de garantizar que se respeten plenamente las normas existentes y que no se produzca ninguna duplicación de servicios financiados por la Unión; |
|
19. |
Pide a las instituciones interesadas que hagan todo lo necesario para mejorar las medidas de procedimiento y presupuestarias, con el fin de agilizar la movilización del FEAG; acoge favorablemente el procedimiento mejorado establecido por la Comisión, tras la solicitud del Parlamento de una liberación agilizada de las subvenciones, a fin de poder presentar a la Autoridad Presupuestaria la evaluación de la Comisión sobre la admisibilidad de una solicitud del FEAG junto con la propuesta de movilización del FEAG; confía en que se introduzcan nuevas mejoras en el procedimiento en el nuevo Reglamento sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014–2020) y en que se logre una mayor eficiencia, transparencia y visibilidad del FEAG; |
|
20. |
Resalta la importancia de una buena y rápida cooperación entre la Comisión y los Estados miembros en la elaboración de las solicitudes en virtud del nuevo Reglamento del FEAG; |
|
21. |
Recuerda el compromiso de las instituciones de garantizar un procedimiento rápido y sin complicaciones para la adopción de las decisiones sobre la movilización del FEAG, prestando asistencia individual temporal y extraordinaria en favor de los trabajadores despedidos como consecuencia de la globalización y la crisis económica; hace hincapié en el papel que puede desempeñar el FEAG en la reinserción en el mercado laboral de los trabajadores despedidos; |
|
22. |
Señala que, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento FEAG, es preciso garantizar que el FEAG proporcione apoyo a la reinserción laboral de los trabajadores despedidos; destaca además que la ayuda del FEAG solo puede cofinanciar medidas activas en el mercado laboral que desemboquen en puestos de trabajo duraderos a largo plazo; reitera que la ayuda del FEAG no debe sustituir acciones que son responsabilidad de las empresas en virtud de la legislación nacional o de convenios colectivos, ni las medidas de reestructuración de empresas o sectores; |
|
23. |
Celebra que, siguiendo las solicitudes del Parlamento, el presupuesto de 2013 presente créditos de pago por 50 000 000 EUR en la línea presupuestaria del FEAG (04 05 01); recuerda que el FEAG se creó como un instrumento específico independiente con sus propios objetivos y plazos, y que, por consiguiente, merece una dotación específica que evite en la medida de lo posible transferencias de otras líneas presupuestarias, tal como ha ocurrido en el pasado, lo que podría ser perjudicial para la consecución de los objetivos políticos del FEAG; |
|
24. |
Lamenta la decisión del Consejo de bloquear la prórroga de la «excepción de crisis», que permite prestar asistencia financiera a los trabajadores despedidos como consecuencia de la actual crisis económica, además de a los que han perdido su trabajo como consecuencia de los cambios que se han producido en los patrones del comercio mundial, y que permite aumentar hasta el 65 % de los costes del programa el porcentaje de la cofinanciación de la Unión para las solicitudes presentadas después del 30 de diciembre de 2011; pide al Consejo que vuelva a introducir esta medida a la mayor brevedad; |
|
25. |
Aprueba la Decisión aneja a la presente Resolución; |
|
26. |
Encarga a su Presidente que firme esta Decisión, conjuntamente con el Presidente del Consejo, y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; |
|
27. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión. |
(1) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.
(2) DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.
(3) Decisión 2010/202/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 88 de 8.4.2010, p. 15).».
(4) CIG es un régimen de Derecho italiano consistente en que el Istituto Nazionale della Previdenza Sociale-INPS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) destina ayudas financieras a los trabajadores suspendidos de empleo o con horario reducido.
ANEXO
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud «EGF/2011/023 IT/Antonio Merloni SpA», de Italia)
(No se reproduce el texto del presente anexo dado que coincide con el acto final, la Decisión 2013/278/UE).