|
24.11.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 436/206 |
P7_TA(2013)0477
Sistemas europeos de radionavegación por satélite ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de noviembre de 2013, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento y la explotación de los sistemas europeos de radionavegación por satélite (COM(2011)0814 — C7-0464/2011 — 2011/0392(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
(2016/C 436/32)
El Parlamento Europeo,
|
— |
Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0814), |
|
— |
Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 172 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0464/2011), |
|
— |
Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
|
— |
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 28 de marzo de 2012 (1), |
|
— |
Previa consulta al Comité de las Regiones, |
|
— |
Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 11 de septiembre de 2013, de aprobar la Posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
|
— |
Visto el artículo 55 de su Reglamento, |
|
— |
Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Comercio Internacional (A7-0321/2013), |
|
1. |
Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación; |
|
2. |
Aprueba la declaración común del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión adjunta a la presente Resolución; |
|
3. |
Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto; |
|
4. |
Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales |
(1) DO C 181 de 21.6.2012, p. 179.
P7_TC1-COD(2011)0392
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 20 de noviembre de 2013 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) no …/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento y la explotación de los sistemas europeos de radionavegación por satélite y por el que se derogan el Reglamento (CE) no 876/2002 del Consejo y el Reglamento (CE) no 683/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (UE) no 1285/2013.)
ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Declaración conjunta del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión relativa
a la
COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL GALILEO (CIG)
|
1. |
Teniendo presente la importancia, el carácter singular y la complejidad de los programas del GNSS Europeo, la propiedad por la Unión de los sistemas resultantes de los programas, y que los programas del período 2014-2020 se financian totalmente con cargo al presupuesto de la Unión, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea reconocen que es necesaria una íntima cooperación de las tres instituciones. |
|
2. |
Con el objeto de facilitar a cada institución el ejercicio de sus respectivas competencias se reunirá una Comisión Interinstitucional Galileo (CIG). A tal efecto, se creará la CIG para que haga un estrecho seguimiento de lo siguiente:
|
|
3. |
Con arreglo a las normas vigentes la CIG se atendrá a la necesidad de reserva, en particular, debido a que algunos datos son datos comerciales confidenciales y datos sensibles. |
|
4. |
La Comisión tendrá en cuenta las opiniones que emita la CIG. |
|
5. |
La CIG estará formada por siete representantes:
|
|
6. |
La CIG no afecta a las competencias establecidas ni a las relaciones interinstitucionales. |