19.5.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 181/105 |
P7_TA(2013)0397
Responsabilidades del Estado del pabellón en materia de control de la aplicación de la Directiva 2009/13/CE del Consejo por la que se aplica el Acuerdo relativo al Convenio sobre el trabajo marítimo ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 8 de octubre de 2013, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las responsabilidades del Estado del pabellón en materia de control de la aplicación de la Directiva 2009/13/CE del Consejo por la que se aplica el Acuerdo celebrado entre las Asociaciones de Armadores de la Comunidad Europea (ECSA) y la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) relativo al Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, y se modifica la Directiva 1999/63/CE (COM(2012)0134 — C7-0083/2012 — 2012/0065(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
(2016/C 181/23)
El Parlamento Europeo,
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Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2012)0134), |
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Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 100, apartado 2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0083/2012), |
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Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 11 de julio de 2012 (1), |
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Previa consulta al Comité de las Regiones, |
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Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 12 de junio de 2013, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el artículo 55 de su Reglamento, |
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Vistos el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y la opinión de la Comisión de Transportes y Turismo (A7-0037/2013), |
1. |
Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación (2); |
2. |
Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto; |
3. |
Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales. |
(1) DO C 299 de 4.10.2012, p. 153.
(2) Esta Posición sustituye las enmiendas adoptadas el 13 de marzo de 2013 (Textos Aprobados, P7_TA(2013)0080).
P7_TC1-COD(2012)0065
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 8 de octubre de 2013 con vistas a la adopción de la Directiva 2013/…/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre determinadas responsabilidades del Estado del pabellón en materia de cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el trabajo marítimo, de 2006
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, la Directiva 2013/54/UE.)