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7.9.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 258/51 |
Miércoles 18 de abril de 2012
Niños afectados por el síndrome de Down
P7_TA(2012)0130
Declaración del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2012, sobre los niños afectados por el síndrome de Down
2013/C 258 E/06
El Parlamento Europeo,
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Visto el artículo 123 de su Reglamento, |
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A. |
Considerando que se estima que entre uno de cada 600 y uno de cada 1 000 niños nace con síndrome de Down, |
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B. |
Considerando que el síndrome de Down es la causa genética más frecuente entre los trastornos del aprendizaje, |
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C. |
Considerando que las anomalías congénitas son una de las principales causas de mortalidad infantil y de discapacidad a largo plazo, y que los niños afectados por el síndrome de Down pueden padecer numerosas malformaciones congénitas, siendo las más frecuentes las cardiopatías, |
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D. |
Considerando que, en virtud del artículo 26 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, «La Unión reconoce y respeta el derecho de las personas discapacitadas a beneficiarse de medidas que garanticen su autonomía, su integración social y profesional y su participación en la vida de la comunidad», |
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E. |
Considerando que la Unión Europea ha ratificado la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, con arreglo a la cual se acordaron normas universales mínimas para la protección y garantía de una amplia gama de derechos civiles, políticos, sociales y económicos, |
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1. |
Pide a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros que:
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2. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes (1), a la Comisión, al Consejo y a las autoridades competentes de los Estados miembros. |
(1) La lista de los firmantes se publica en el Anexo 2 del acta de 18 de abril de 2012 (P7_PV(2012)04-18(ANN2)).