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27.10.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 330/17 |
Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios
2012/C 330/10
La presente publicación otorga un derecho de oposición, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo (1). Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación.
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN
REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9
«NOCCIOLA DEL PIEMONTE»/«NOCCIOLA PIEMONTE»
No CE: IT-PGI-0217-0305-09.06.2009
IGP ( X ) DOP ( )
1. Apartado del pliego de condiciones afectado por la modificación:
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Denominación del producto |
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Descripción |
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Zona geográfica |
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Prueba del origen |
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Método de obtención |
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Etiquetado |
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Requisitos nacionales |
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Otros (acondicionamiento) |
2. Tipo de modificación:
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Modificación del documento único o de la ficha resumen. |
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Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada de la que no se haya publicado ni el documento único ni el resumen. |
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Modificación del pliego de condiciones que no requiere la modificación del documento único publicado (artículo 9, apartado 3, del Reglamento (CE) no 510/2006). |
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Modificación temporal del pliego de condiciones que obedezca a medidas sanitarias o fitosanitarias obligatorias impuestas por las autoridades públicas (artículo 9, apartado 4, del Reglamento (CE) no 510/2006). |
3. Modificaciones:
3.1. Descripción del producto:
Para mejorar la claridad de la exposición, se solicita añadir, en dos párrafos distintos, las descripciones de las categorías de «Nocciola del Piemonte» entera con cáscara y descascarada. Las especificaciones descriptivas no varían.
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Tras la adopción del Reglamento (CE) no 464/2004, de 12 de marzo de 2004, publicado el 13 de marzo de 2004 en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie L 77/25, se hizo necesario limitar la tipología del producto indicando las categorías comerciales específicas utilizadas por la industria como productos semielaborados, es decir, la avellana tostada, la avellana molida, la harina de avellana y la pasta de avellana. La modificación introducida permite definir con mayor precisión el ámbito de utilización de la denominación «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» y facilitar las actividades de control de los organismos competentes. |
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El nombre de la variedad utilizada para obtener la «Nocciola del Piemonte», «Tonda Gentile delle Langhe» se sustituye por «Tonda Gentile Trilobata». La solicitud de modificación del nombre varietal viene motivada por la solicitud de inscripción de la variedad «Tonda Gentile delle Langhe» en la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV). La solicitud de inscripción implica la supresión de la referencia geográfica a la región de «Langhe» y la sustitución de esta por el término botánico «trilobata» (trilobulada). La nueva denominación, «Tonda Gentile Trilobata», fue publicada el 16 de agosto de 2007 en el Boletín Oficial de la OCVV. La modificación es, pues, de carácter meramente nominal y no se refiere en absoluto a las disposiciones relativas al material genético utilizable para la obtención de la «Nocciola del Piemonte». |
3.2. Zona geográfica:
Se solicita corregir el nombre de algunos municipios de la zona de producción que, por errores tipográficos, aparecen incorrectamente transcritos:
«Colosso» en lugar de «Calosso», «Revignasco d’Asti» en lugar de «Revigliasco d’Asti», «Mezzomeniro» en lugar de «Mezzomerico».
3.3. Método de obtención:
Se solicita modificar la densidad máxima por hectárea permitida en las plantaciones, que pasará de 420 a 500 plantas. En el caso de las plantaciones realizadas antes del decreto de reconocimiento nacional de 2 de diciembre de 1993, se solicita, en cambio, autorizar una densidad máxima de 650 plantas/ha, precisando que queda prohibido renovar las plantas existentes y que, en caso de mortalidad o de arranque, la nueva plantación deberá tener una densidad de entre 200 y 500 plantas/ha.
La modificación de la densidad de plantación está motivada por la introducción de nuevas técnicas de mecanización de las prácticas de cultivo, que van desde los trabajos del suelo hasta la cosecha. La aparición de nuevas herramientas útiles para el desherbado localizado, la poda y la cosecha, requiere contar con un espacio considerable entre las hileras de plantas pero permite tener una hilera continua y, por lo tanto, una mayor densidad de plantas en la misma. Esta forma de cultivo garantiza, además, una buena ventilación y evita la creación de zonas de sombra en las superficies vegetales con una mejor exposición a los rayos solares.
A esto se añade el hecho de que, en el Piamonte, el cultivo de avellanos se encuentra en fuerte expansión y se adapta a terrenos accidentados, pobres y calizos. Esto influye en el propio desarrollo vegetativo de las plantas, que resulta ser más contenido, permitiendo así una densidad más elevada que no afecta, sin embargo, a la calidad del producto. En los últimos años, las plantaciones con densidades 6 × 4 y 5 × 4 han recibido la aprobación de los agricultores ya que favorecen una mecanización satisfactoria de los cultivos y permiten obtener una óptima calidad del fruto.
La solicitud de autorizar para las plantaciones anteriores a la entrada en vigor del decreto de reconocimiento nacional de 2 de diciembre de 1993 una densidad máxima de 650 plantas/ha se justifica por el hecho de que, en aquella época, los avellanares ocupaban los terrenos con distancias de plantación mucho más densas que las actuales. La recolección se realizaba a mano, anulando de hecho la necesidad de disponer de grandes espacios entre las hileras, otro factor que permitía mayores densidades de plantación.
Se precisa que el límite de producción unitaria máxima fijado en 3 500 kg/ha permanece invariable en todas las plantaciones, independientemente de que sean anteriores o posteriores al reconocimiento comunitario.
En la frase «Los intervalos de plantación y los métodos de cultivo deben ser de uso generalizado y adaptables al cultivo en mata y, excepcionalmente, al tipo de vástago único …», resulta difícil interpretar el término «excepcionalmente». Por consiguiente, para determinar de manera más precisa la posibilidad de elegir entre la forma de producción en mata y la de vástago único, el término «excepcionalmente» se sustituye por «y/o».
3.4. Etiquetado:
Se especifica que el producto comercializado con cáscara, a granel o en sacos, debe llevar una etiqueta.
Se solicita sustituir la obligación de hacer figurar en la etiqueta el «posible logotipo IGP» por el «símbolo comunitario de la IGP».
Por último, se solicita sustituir la referencia al Reglamento (CEE) no 2081/92 por la referencia al Reglamento (CE) no 510/2006.
3.5. Condiciones nacionales:
Se solicita incluir todos los datos relativos a la denominación, la dirección y las señas del Istituto Nord-Ovest Qualità Soc. Coop. (INOQ), organismo autorizado para efectuar los controles oficiales contemplados en los artículos 10 y 11 del Reglamento (CE) no 510/2006.
Se solicita, además, suprimir la indicación «prodotto garantito dal MIPAF ai sensi dell’art.10 del regolamento (CEE) n. 2081/92» (producto garantizado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Bosques de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (CEE) no 2081/92) y, en el caso de los lotes destinados a la exportación, la indicación «prodotto in Italia» (producido en Italia), por resultar desfasadas e innecesarias.
3.6. Otros — Acondicionamiento:
Por lo que se refiere al producto con cáscara, se solicita incluir una fecha límite (31 de diciembre del año siguiente al de la cosecha) antes de la cual el producto debe ser manufacturado con objeto de garantizar el mantenimiento de las condiciones óptimas de frescor en el momento de su despacho al consumo.
DOCUMENTO ÚNICO
REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO
«NOCCIOLA DEL PIEMONTE»/«NOCCIOLA PIEMONTE»
No CE: IT-PGI-0217-0305-09.06.2009
IGP ( X ) DOP ( )
1. Denominación:
«Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte»
2. Estado miembro o tercer país:
Italia
3. Descripción del producto agrícola o alimenticio:
3.1. Tipo de producto:
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Clase 1.6. |
Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados |
3.2. Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1:
La indicación geográfica protegida «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» se reserva a los frutos de la variedad de avellano «Tonda Gentile Trilobata». El aquenio del fruto presenta una forma subesferoidal o parcialmente subesferoidal, trilobulada; las dimensiones no son muy uniformes, con calibres preponderantes de 17 a 21 mm; cáscara de espesor medio, de color avellana medianamente intenso, con poco brillo y tomentosidad difusa en el ápice y numerosas nervaduras, pero poco visibles. La semilla es de forma variable (subesferoidal, tetraédrica y, a veces, ovoide), de color más oscuro que el de la cáscara, en su mayor parte recubierta de fibras, superficie arrugada y surcos más o menos evidentes, con dimensiones más irregulares que las de la avellana con cáscara; perisperma de espesor medio que se desprende con gran facilidad durante el tostado; textura compacta y crujiente. Los sabores y los aromas son extremadamente finos y persistentes; el rendimiento en el momento del descascarado oscila entre el 40 % y el 50 %.
La indicación geográfica protegida «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» debe responder a las categorías comerciales siguientes:
Avellana entera con cáscara: Fruto tal como ha sido recolectado en el avellanar, que ha sido sometido solo a tratamientos destinados a la limpieza y eliminación de cuerpos extraños mediante clasificación y ha sido secado adecuadamente para garantizar una conservación prolongada.
Avellana descascarada: Fruto entero al que, mediante tratamientos físicos, se le ha retirado la cáscara, pero que todavía conserva el perisperma recubierto de fibras y presenta un color más oscuro que la cáscara.
Avellana tostada: Fruto entero o ligeramente fracturado que ha sufrido un proceso de tostado y ha sido privado, total o parcialmente, del perisperma exterior.
Avellana molida: Producto obtenido de la molienda de avellanas enteras o trituradas ya tostadas, cuya granulometría varía según el grado de molienda, pero en cualquier caso comprendida entre 1 y 12 mm.
Harina de avellana: Producto obtenido de la molienda de avellanas enteras o trituradas ya tostadas, cuya granulometría varía según el grado de molienda, pero en cualquier caso comprendida entre 250 micrones y 1 mm.
Pasta de avellanas: Producto obtenido de la molienda de avellanas enteras o trituradas ya tostadas, cuya granulometría varía según el grado de molienda, pero en cualquier caso inferior a 250 micrones.
3.3. Materias primas (únicamente en el caso de los productos transformados):
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3.4. Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal):
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3.5. Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida:
El cultivo de las avellanas se efectúa en la zona geográfica definida en el punto 4. Los avellanares se inscriben en un registro creado a tal efecto por el organismo de control. Los avellanares, con plantas conducidas con sistema de vástago único o de varios vástagos, tienen una densidad variable entre 200 y 500 plantas/ha. En el caso de las plantaciones anteriores al decreto de reconocimiento nacional de 2 de diciembre de 1993, se autoriza una densidad máxima de 650 plantas/ha; está prohibido renovar las plantas pero, en caso de mortalidad o de arranque, la nueva plantación deberá tener una densidad de entre 200 y 500 plantas/ha. En todos los casos, el rendimiento máximo previsto es de 3 500 kg/ha.
3.6. Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc.:
La comercialización de la «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» debe efectuarse con arreglo a las siguientes disposiciones:
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a) |
frutos con cáscara: en sacos de tejido adaptado a todas las fases de la comercialización o, excepcionalmente, a granel únicamente durante la fase de primera comercialización, en las transacciones entre el productor agrícola y el primer comprador propietario del centro de transformación o envasado; |
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b) |
frutos descascarados, tostados, molidos y acabados: en envases apropiados para el uso alimentario. |
El producto contemplado en la letra b) solo puede comercializarse si está preacondicionado o acondicionado en el momento de la venta.
El producto con cáscara debe acondicionarse antes del 31 de diciembre del año siguiente al de la cosecha.
3.7. Normas especiales sobre el etiquetado:
En los embalajes debe figurar la inscripción «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte», seguida de «Indicazione Geografica Protetta» o «IGP». En el caso de los frutos con cáscara o descascarados es obligatorio indicar el año de cosecha de las avellanas contenidas en el envase.
En la etiqueta del producto descascarado, tostado y/o molido debe figurar el símbolo comunitario de la IGP.
La utilización de la «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» como ingrediente de productos alimenticios requiere que se cite en la etiqueta la mención «prodotto ottenuto esclusivamente da “Nocciola del Piemonte”/“Nocciola Piemonte”» («producto obtenido exclusivamente a partir de “Nocciola del Piemonte”/“Nocciola Piemonte”»). Queda prohibido utilizar junto con la denominación cualquier otra denominación o adjetivación suplementaria, con excepción de la indicación de la variedad «Tonda Gentile Trilobata».
4. Descripción sucinta de la zona geográfica:
La zona de producción de la denominación «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» está situada en su totalidad en la región de Piamonte, en el territorio de los municipios dedicados a la producción de avellanas pertenecientes a las provincias de Alessandria, Asti, Biella, Cuneo, Novara, Turín y Vercelli.
5. Vínculo con la zona geográfica:
5.1. Carácter específico de la zona geográfica:
La zona geográfica de producción de la «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» se caracteriza por una morfología de colinas o montañas, que también incluye zonas de valles y sus estribaciones, situadas a una altitud comprendida entre 150 y 800 m sobre el nivel del mar. La importante pluviosidad (unos 900 mm anuales) y la pendiente generalmente bastante acentuada determinan que el conjunto de la zona tenga un bajo nivel de fertilidad, ya sea en términos de presencia de materia orgánica como de elementos minerales nutritivos. Frente a otras zonas de la región de Piamonte, estas características determinan un entorno edafoclimático específico y singular, en el que la variedad «Tonda Gentile Trilobata» manifiesta sus mejores cualidades.
5.2. Carácter específico del producto:
Desde el siglo XIX, el cultivo de la avellana en el Piamonte se ha basado, y sigue basándose, exclusivamente, en el uso de la variedad «Tonda Gentile Trilobata», que se caracteriza, desde el punto de vista cualitativo por un perisperma de espesor medio, pero fácilmente separable en el tostado, con una textura compacta y crujiente y aromas y sabores persistentes y muy sutiles.
Las cualidades más reconocidas y atribuidas por el sector de la repostería a la «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» son la forma del aquenio, subesferoidal o parcialmente trilobulada, un porcentaje casi insignificante de aquenios elípticos, un buen rendimiento en el descascarado que puede alcanzar incluso el 50 %, un alto rendimiento en el tostado y la excelente pelabilidad de las semillas.
5.3. Relación causal entre la zona geográfica y la calidad o las características del producto (en el caso de las DOP) o una cualidad específica, la reputación u otras características del producto (en el caso de las IGP):
La «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» se obtiene de la variedad «Tonda Gentile Trilobata», cuyas características comerciales y organolépticas responsables de su reputación solo pueden desarrollarse plenamente en la zona geográfica definida, caracterizada por suelos poco fértiles y elevados niveles de pluviosidad. Debido a la fama de esta variedad, en el pasado se intentó introducirla en otras zonas italianas dedicadas al cultivo de la avellana pero sin éxito ya que esta variedad nunca llegó a adaptarse o, al menos, nunca presentó las características comerciales y organolépticas de la avellana obtenida en su región de origen. La «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte», cultivada en la zona definida, es conocida desde mediados del siglo XIX por sus preciadas características organolépticas que han determinado el prestigio indiscutible de la industria confitera piamontesa. De hecho, en la segunda mitad del siglo XIX, el comercio de estas avellanas empezó a prosperar en el Piamonte gracias al desarrollo de las primeras industrias confiteras italianas. Las producciones anuales de avellanas, que entonces ascendían globalmente a algunos miles de quintales, fueron absorbidas por las pequeñas industrias confiteras locales, orientadas en su mayor parte hacia la producción de chocolate, que ellas mismas se encargaban de descascarar. Las excelentes características organolépticas de la «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» aumentaron rápidamente la reputación del producto entre las industrias interesadas, tanto en Italia como en el extranjero. Ya desde comienzos del siglo XIX, este producto se exportaba a numerosos países de Europa (Suiza, Alemania, Bélgica, Países Bajos) y de fuera de Europa (Chile, El Salvador, Japón).
Referencia a la publicación del pliego de condiciones:
[Artículo 5, apartado 7, del Reglamento (CE) no 510/2006]
Esta Administración ha puesto en marcha el procedimiento nacional de oposición publicando la propuesta de modificación de la denominación «Nocciola del Piemonte»/«Nocciola Piemonte» en la Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana no 77 de 2 de abril de 2009.
El texto consolidado del pliego de condiciones puede consultarse en la siguiente dirección de Internet:
http://www.politicheagricole.it/flex/cm/pages/ServeBLOB.php/L/IT/IDPagina/3335
o bien
accediendo directamente a la página de inicio del sitio web del Ministero delle politiche agricole alimentari e forestali (http://www.politicheagricole.it), pulsando en «Qualità e sicurezza» (arriba a la derecha de la pantalla) y por último en «Disciplinari di Produzione all’esame dell’UE».
(1) JO L 93 de 31.3.2006, p. 12.