15.12.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 388/226


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Investigación correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Agencia

2012/C 388/38

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Ejecutiva de Investigación (en lo sucesivo denominada «la Agencia»), con sede en Bruselas, se creó en virtud de la Decisión 2008/46/CE de la Comisión (1) y fue establecida por un período limitado que se inició el 1 de enero de 2008 y finalizará el 31 de diciembre de 2017 con la misión de gestionar actividades de la Unión específicas en el ámbito de la investigación (2). El 15 de junio de 2009 la Comisión Europea concedió oficialmente a la Agencia autonomía administrativa y operativa.

INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

2.

El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de control y supervisión de la Agencia, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales (3) de la Agencia, que comprenden los «estados financieros» (4) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» (5) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2011, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

Funciones de la dirección

4.

El director tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Agencia, bajo su propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados (6), y es responsable asimismo de la implantación (7) de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas (8) estén libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares.

Funciones del auditor

5.

El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (9), basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

6.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas internacionales INTOSAI de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la Agencia estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

7.

Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables, y la presentación general de las cuentas.

8.

El Tribunal considera que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas para que sirvan de base a las opiniones que se exponen a continuación.

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

9.

En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Agencia (10) presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2011 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión (11).

Opinión sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

10.

En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2011 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

11.

Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal.

COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA

12.

En 2011 se anularon prórrogas por un valor de 1,2 millones de euros (que representan el 35 % de todos los créditos prorrogados a 2011) que atañían en particular al título I (gastos de personal) y al título II (gastos en infraestructuras y de funcionamiento), en los que 0,3 millones de euros (el 52 % de los créditos) y 0,7 millones de euros (el 41 % de los créditos), respectivamente, fueron anulados. Esta situación contraviene el principio presupuestario de anualidad.

13.

Numerosas transferencias presupuestarias fueron realizadas al final del ejercicio. Los créditos relativos a los gastos informáticos y de funcionamiento se incrementaron considerablemente (12), lo que denota la existencia de insuficiencias en la planificación presupuestaria y la programación, y que contraviene el principio de especialización.

OTROS COMENTARIOS

14.

Todavía debería mejorarse la transparencia de los procedimientos de selección del personal. Las preguntas de las pruebas escritas y orales se definieron con posterioridad al examen de las solicitudes por el comité de selección, no se fijaron de antemano las puntuaciones requeridas para la admisión en la lista de reserva, y el comité de selección no documentó enteramente todas sus reuniones y decisiones.

El presente informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Louis GALEA, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 18 de septiembre de 2012.

Por el Tribunal de Cuentas

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA

Presidente


(1)  DO L 11 de 15.1.2008, p. 9.

(2)  El anexo presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Agencia.

(3)  Estas cuentas van acompañadas de un informe sobre la gestión presupuestaria y financiera durante el ejercicio, que ofrece información adicional sobre la ejecución y gestión del presupuesto.

(4)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en el activo neto y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.

(5)  Los estados sobre la ejecución presupuestaria comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

(6)  Artículo 25 del Reglamento (CE) no 1653/2004 de la Comisión (DO L 297 de 22.9.2004, p. 10).

(7)  Artículo 29 del Reglamento (CE) no 1653/2004.

(8)  Las normas sobre rendición de cuentas y contabilidad de las agencias figuran en los capítulos 1 y 2 del título VI del Reglamento (CE) no 1653/2004 modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 651/2008 (DO L 181 de 10.7.2008, p. 15).

(9)  Artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

(10)  Las cuentas anuales definitivas fueron elaboradas el 20 de junio de 2012 y el Tribunal las recibió el 4 de julio de 2012. Estas cuentas, consolidadas con las de la Comisión, se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea antes del 15 de noviembre del ejercicio siguiente y pueden consultarse en los sitios siguientes http://eca.europa.eu o http://ec.europa.eu/rea.

(11)  Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

(12)  Los créditos relativos a los gastos de TI (línea presupuestaria 2103) se incrementaron en un 80 %, pasando de 1,9 millones de euros a 3,4 millones de euros. Los créditos para la plataforma común de evaluación del VII PM (línea presupuestaria 3303) aumentaron en un 194 %, pasando de 0,7 millones de euros a 2,1 millones de euros.


ANEXO

Agencia Ejecutiva de Investigación (Bruselas)

Competencias y actividades

Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado

(artículos 179 y 180 del TFUE)

Recogida de información

La Unión tendrá por objetivo fortalecer sus bases científicas y tecnológicas, mediante la realización de un espacio europeo de investigación en el que los investigadores, los conocimientos científicos y las tecnologías circulen libremente, y favorecer el desarrollo de su competitividad, incluida la de su industria.

A tal fin, la Unión estimulará en todo su territorio a las empresas, incluidas las pequeñas y medianas, a los centros de investigación y a las universidades en sus esfuerzos de investigación y de desarrollo tecnológico de alta calidad; apoyará sus esfuerzos de cooperación con el fin, especialmente, de permitir que los investigadores cooperen libremente por encima de las fronteras y que las empresas aprovechen las posibilidades del mercado interior, en particular por medio de […] la definición de normas comunes y la supresión de los obstáculos jurídicos y fiscales que se opongan a dicha cooperación […].

Para la consecución de los mencionados objetivos, la Unión realizará las siguientes acciones, que, a su vez, completará las acciones emprendidas en los Estados miembros:

a)

ejecución de programas de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración, promoviendo la cooperación con las empresas, los centros de investigación y las universidades, y de estas entidades entre sí;

b)

promoción de la cooperación en materia de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración de la Unión con los terceros países y las organizaciones internacionales;

c)

difusión y explotación de los resultados de las actividades en materia de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración de la Unión;

d)

estímulo a la formación y a la movilidad de los investigadores de la Unión.

Competencias de la Agencia

(Decisión 2008/46/CE de la Comisión)

Objetivos

La Agencia está encargada de gestionar de modo eficaz y eficiente los programas que tiene atribuidos dentro del Séptimo Programa Marco de la Unión para acciones de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos (2007-2013) (en lo sucesivo, VII PM) (el programa «Personas», las acciones de las PYME correspondientes al programa «Capacidades» y los ámbitos de Espacio y Seguridad del programa «Cooperación»), con el fin de prestar servicios eficientes y eficaces a la comunidad científica, y facilitar apoyo centralizado, con respecto al VII PM, a los servicios competentes de la Comisión en los ámbitos de los programas «Personas», «Capacidades» y «Cooperación».

En relación con la ejecución eficiente y eficaz del programa, la Agencia, en su calidad de promotor de la investigación europea, tiene como misión mejorar la gestión de los proyectos, establecer una relación estrecha con los beneficiarios finales y promover una mayor visibilidad de la Unión Europea.

Funciones

Dentro de la gestión de proyectos, la Agencia celebra y gestiona acuerdos de subvención, lo que implica las siguientes operaciones:

elaboración y publicación de convocatorias de propuestas;

evaluación de propuestas;

elaboración y celebración de acuerdos de subvención;

seguimiento de la ejecución de proyectos con aprobación de informes y otros resultados;

pagos, cobros y aplicación de las sanciones que se prevén en el artículo 114, apartado 4, del reglamento financiero general, sobre todo cuando se detectan errores en los gastos declarados tras la realización de auditorías ex post a los beneficiarios finales;

publicidad y divulgación posteriores de los resultados.

Dentro de los servicios de apoyo al VII PM, la Agencia lleva a cabo las tareas siguientes:

apoyo administrativo a la publicación de convocatorias;

gestión de la recepción electrónica de las propuestas;

asistencia a las evaluaciones realizadas a distancia y sobre el terreno;

asistencia a la preparación de cartas de nombramiento y de pagos con destino a los expertos;

gestión de la base de datos central de participantes en el VII PM (Unique Registration Facility o URF), con asistencia al control de la capacidad financiera de los beneficiarios seleccionados;

gestión del Servicio de consulta sobre investigación (Research Enquiry Service).

Gobernanza

Comité de Dirección

Está compuesto por cinco miembros designados por la Comisión Europea con la función de aprobar el organigrama y el programa de trabajo anual de la Agencia tras su autorización por la Comisión, así como su presupuesto administrativo y su informe anual de actividad.

Director

Nombrado por la Comisión, gestiona la agencia junto con el Comité de Dirección, ejecuta el presupuesto administrativo, establece sistemas de gestión y de control interno que resulten adecuados para la realización de las tareas encomendadas a la Agencia y elabora los informes que esta debe presentar a la Comisión.

Auditor externo

Tribunal de Cuentas Europeo.

Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento Europeo, previa recomendación del Consejo. Por lo que respecta a la ejecución por la Agencia de su presupuesto administrativo, la decisión de aprobación de la gestión incumbe al director, mientras que en el caso de la ejecución del presupuesto de funcionamiento delegado por la Comisión a la Agencia, la responsabilidad sigue recayendo en la Comisión.

Medios a disposición de la Agencia en 2011 (2010)

Presupuesto de funcionamiento de 2011 (2010)

1 340,6(962,6) millones de euros de créditos de compromiso y 1 059(1 709) millones de euros de créditos de pago. La Agencia ejecuta el presupuesto de funcionamiento de la Comisión con arreglo a una decisión de delegación de esta.

Presupuesto administrativo de 2011 (2010)

39,2 (33,6) millones de euros. La Agencia ejecuta el presupuesto administrativo de forma autónoma.

Efectivos a 31 de diciembre de 2011(2010)

Agentes temporales: 117 (106) puestos previstos en el organigrama, de los cuales 103 (99) cubiertos.

Agentes contractuales: 349 (318) puestos previstos de los que se habían cubierto 351 (309) a 31 de diciembre de 2011.

Total de efectivos: 454 (408), agentes encargados de tareas:

de ejecución del programa: 287 (254)

de servicios de apoyo del VII PM: 88 (81)

de funciones administrativas y de gestión: 79 (73)

Productos y servicios facilitados en 2011 (2010)

Dentro del programa «Personas», en 2011 se terminaron diez convocatorias y diez evaluaciones, se celebraron 1 615 nuevos convenios de subvención y se efectuaron 2676 pagos (sin contar los pagos a los expertos encargados de las evaluaciones). La Agencia gestiona en este momento un total de 5 159 (4 125) proyectos pertenecientes a este programa.

Dentro de las acciones de las PYME correspondientes al programa «Capacidades», se terminaron tres convocatorias y tres evaluaciones, se celebraron 162 nuevos convenios de subvención y se efectuaron 385 pagos (sin contar los pagos a los expertos encargados de las evaluaciones). La Agencia gestiona en este momento un total de 522 (408) proyectos pertenecientes a este programa.

Dentro de los ámbitos de Espacio y Seguridad del programa «Cooperación», se terminaron dos convocatorias en 2011 y dos evaluaciones, se celebraron 118 nuevos convenios de subvención y se efectuaron 183 pagos (sin contar los pagos a los expertos encargados de las evaluaciones). La Agencia gestiona en este momento un total de 271 (153) proyectos pertenecientes a estos ámbitos.

Por lo que se refiere a los servicios de apoyo al VII PM, los resultados obtenidos en 2011 fueron:

asistencia a la publicación de 64 (88) convocatorias;

recepción de 26 838(21 766) propuestas mediante la herramienta electrónica de transmisión;

contratación de 3 897(3 847) expertos evaluadores y realización de 3 620(2 615) pagos a los mismos (solo para programas gestionados por la Agencia);

realización de 6 252 (5 896) validaciones de participantes;

envío de 7 123 (7 171) respuestas a las preguntas dirigidas al Servicio de consulta sobre investigación (Research Enquiry Service).

Fuente: Información comunicada por la Agencia.


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

12.

La anulación de las prórrogas —expresada como un procentaje del ejercicio anterior— se redujo del 7 % prorrogado de 2009 a 2010 a tan solo el 3 % prorrogado de 2010 a 2011, y se espera que el total de créditos prorrogados a 2012 y posteriormente anulados mantendrá esta tendencia a la baja, pues la Agencia ha estado muy atenta a asegurar que el saldo de los compromisos provisionales a finales del ejercicio refleje de forma fidedigna las obligaciones de pago pendientes reales.

13.

Las transferencias presupuestarias más significativas son atribuibles a las contribuciones inesperadamente elevadas pagaderas a la Comisión por el uso de las herramientas informáticas y de los dispositivos de evaluación de propuestas compartidas entre todos los servicios que gestionan el VII PM. La Agencia acordó con la Comisión un nuevo procedimiento que facilitará unas estimaciones presupuestarias más fiables para el próximo ejercicio.

14.

La Agencia subraya que sus procedimientos de contratación respetaron plenamente las normas de desarrollo aplicables al personal, que se aprobaron ajustándose al modelo desarrollado por la Comisión y se aplican en todas las agencias ejecutivas; y que nunca estuvo en juego la imparcialidad de las contrataciones. No obstante, en el verano de 2012 se decidió, junto con la Comisión, actualizar las normas de desarrollo aplicables al personal, y los argumentos del Tribunal se tendrán en cuenta durante la próxima revisión de los procedimientos de contratación de la Agencia.