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15.12.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 388/29 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Oficina
2012/C 388/06
INTRODUCCIÓN
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1. |
La Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (en lo sucesivo denominada «la Oficina»), con sede en Angers, se creó en virtud del Reglamento (CE) no 2100/94 del Consejo de 27 de julio de 1994 (1). Su misión principal consiste en registrar y examinar las solicitudes de concesión de la protección de la Unión respecto de la propiedad industrial para las variedades vegetales, así como en hacer ejecutar los exámenes técnicos necesarios por las oficinas competentes de los Estados miembros (2). |
INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
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2. |
El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de control y supervisión de la Oficina, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
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3. |
De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales (3) de la Oficina que comprenden los «estados financieros» (4) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» (5) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2011, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. |
Funciones de la dirección
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4. |
El presidente tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Oficina, bajo su propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados (6), y es responsable asimismo de la implantación (7) de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas (8) estén libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares. |
Funciones del auditor
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5. |
El Tribunal presentará al consejo de administración de la Oficina (9), basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Oficina y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. |
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6. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas internacionales INTOSAI de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la Oficina estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares. |
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7. |
Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables, y la presentación general de las cuentas. |
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8. |
El Tribunal considera que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas para que sirvan de base a las opiniones que se exponen a continuación. |
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
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9. |
En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Oficina (10) presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2011 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su Reglamento Financiero. |
Opinión sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
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10. |
En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2011 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares. |
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11. |
Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal. |
COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA
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12. |
El total de créditos de compromiso se elevó a 14,4 millones de euros frente a los 13,1 millones de euros del ejercicio anterior. En el título II correspondiente a gastos administrativos, un importe de 0,4 millones de euros, el 25 % de los créditos de compromiso, se prorrogó a 2012 y 0,3 millones de euros, el 15 % de de estos créditos, se anularon. El elevado nivel de prórrogas y anulaciones es contrario al principio presupuestario de anualidad. |
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13. |
Se observaron insuficiencias por lo que respecta al registro de cuatro compromisos jurídicos con anterioridad a los compromisos presupuestarios (18 791 euros). Asimismo se observan a menudo órdenes de compra fechadas antes de la aprobación de los compromisos presupuestarios. |
OTROS COMENTARIOS
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14. |
La Oficina no aprobó las normas de desarrollo del Estatuto en lo que respecta a la contratación y utilización de personal contractual y a la ocupación temporal de puestos directivos. |
El presente informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Louis GALEA, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 11 de septiembre de 2012.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
(1) DO L 227 de 1.9.1994, p. 1.
(2) El anexo presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Oficina.
(3) Estas cuentas van acompañadas de un informe sobre la gestión presupuestaria y financiera durante el ejercicio, que ofrece información adicional sobre la ejecución y gestión del presupuesto.
(4) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en el activo neto y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.
(5) Los estados sobre la ejecución presupuestaria comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.
(6) Artículo 33 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión (DO L 357 de 31.12.2002, p. 72).
(7) Artículo 38 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002.
(8) Las normas sobre rendición de cuentas y contabilidad de las agencias figuran en los capítulos 1 y 2 del título VII del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002, modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 652/2008 (DO L 181 de 10.7.2008, p. 23), y se han incorporado al reglamento financiero de la Oficina.
(9) Artículo 111 del Reglamento (CE) no 2100/94 (DO L 227 de 1.9.1994, p. 1).
(10) Las cuentas anuales definitivas fueron elaboradas el 18 de junio de 2012 y el Tribunal las recibió el 19 de junio de 2012. Estas cuentas, consolidadas con las de la Comisión, se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea antes del 15 de noviembre del ejercicio siguiente y pueden consultarse en los sitios siguientes: http://eca.europa.eu o http://www.cpvo.europa.eu/main/en/home/about-the-cpvo/financing.
ANEXO
Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (Angers)
Competencias y actividades
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Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado (extracto del artículo 36 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) |
Libre circulación de mercancías Las prohibiciones o restricciones justificadas por razones de protección de la propiedad industrial y comercial no deberán constituir un medio de discriminación arbitraria ni una restricción encubierta del comercio entre los Estados miembros. |
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Competencias de la Oficina [Reglamento (CE) no 2100/94 del Consejo y Plan estratégico 2010-2015] |
Objetivos Aplicar el régimen de protección de la Unión respecto de las obtenciones vegetales como única y exclusiva forma de protección comunitaria de la propiedad industrial para las variedades vegetales. Fomentar la innovación en las variedades vegetales mediante un tratamiento de calidad de las solicitudes de protección comunitaria de obtenciones vegetales a precios accesibles proporcionando orientaciones políticas y asistencia en el ejercicio de estas protecciones en beneficio de las partes interesadas. Funciones Decisiones de rechazo o concesión de protección de la Unión. Decisiones sobre oposiciones a la concesión. Decisiones sobre recursos. Decisiones sobre la nulidad o anulación de una protección de la Unión. |
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Gobernanza |
Presidente Dirige la Oficina. Nombrado por el Consejo sobre la base de una lista presentada por la Comisión, previo dictamen del consejo de administración. Consejo de administración Supervisa los trabajos de la Oficina y puede establecer métodos de trabajo. Se compone de un representante por Estado miembro y de un representante de la Comisión, así como sus suplentes. Las decisiones pertenecientes al procedimiento de concesión de una protección comunitaria serán adoptadas por comités compuestos de tres agentes de la Oficina y también por la sala de recursos en caso de apelación. Control de la legalidad de los actos de la Oficina La Comisión examina la legalidad de los actos del presidente de la Oficina cuando la legislación comunitaria no prevea la intervención de otro órgano de control, así como la legalidad de los actos del consejo de administración en relación con el presupuesto de la Oficina. Auditor externo Tribunal de Cuentas. Autoridad de aprobación de la gestión Consejo de administración. |
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Medios a disposición de la Oficina en 2011 (2010) |
Presupuesto definitivo 14,4 (13) millones de euros Efectivos a 31 de diciembre de 2011 Puestos previstos en el organigrama: 46 (46) Puestos cubiertos: 45 (46). Total de efectivos: 45 (45), agentes encargados de tareas:
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Productos y servicios facilitados en 2011 (2010) |
Solicitudes recibidas: 3 184(2 886) Derechos concedidos: 2 584(2 303) Derechos de la Unión Europea en vigor a 31 de diciembre de 2011: 18 907(17 610) Cooperación internacional en la protección de las obtenciones vegetales:
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Fuente: Información comunicada por la Oficina. |
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(1) Unión Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales.
(2) Comunidad internacional de los obtenedores de plantas ornamentales y frutales de reproducción asexuada.
(3) Asociación Europea de Semillas.
(4) Organización africana de la propiedad intelectual.
(5) Organización de Cooperación y Desarrollo Económico.
(6) Ministerio de agricultura, alimentación y pesca (JP).
Fuente: Información comunicada por la Oficina.
RESPUESTAS DE LA OFICINA
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12. |
Una tasa elevada de anulaciones indica que se han realizado economías durante el ejercicio. Hay que tener en cuenta que el nivel de prórrogas C8 está vinculado en parte al momento de los eventos que tienen lugar a finales de año. Además, en los últimos años la Oficina ha desplegado grandes esfuerzos para reducir el importe de las prórrogas. Los importes absolutos han disminuido de manera significativa desde más de 1 millón de euros en 2008 a 450 000 euros en 2011. También ha disminuido de manera significativa el importe de los créditos C8 cancelados. La Oficina seguirá desplegando sus esfuerzos en relación con las estimaciones presupuestarias a final de ejercicio. |
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13. |
La Oficina confirma la observación del Tribunal de que, en el sistema actual, las órdenes de compra únicamente se envían una vez aprobado el compromiso. El compromiso legal solo resulta válido una vez que se envía físicamente al proveedor, al margen de la fecha en que se genera el documento. Por consiguiente, el riesgo de enviarlas con anterioridad es insignificante y, de hecho, con la creación de una plataforma electrónica para el envío de órdenes de compra, el riesgo se eliminará por completo. |
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14. |
Desde hace algún tiempo las agencias han sometido a revisión el procedimiento de contratación y utilización de personal contractual, en razón de la adopción de una nueva decisión al respecto por parte de la Comisión. La Oficina ha optado por esperar hasta que se acuerde una nueva decisión modelo, para evitar tener que adoptar varias decisiones sobre la misma cuestión. Como la Oficina no contrata actualmente personal contractual, no se ha considerado urgente adoptar dicha decisión. Por lo que respecta a la decisión sobre ocupación temporal de los puestos directivos, la Oficina no la considera un asunto urgente, pues se trata de una situación que aún no se ha dado en la Oficina. Con todo, se ha preparado un proyecto, actualmente en fase de revisión antes de ser remitido a la Comisión para su aprobación. |