52012PC0616

Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud «EGF/2011/026 IT/Emilia-Romagna Motorcycles», de Italia) /* COM/2012/0616 final */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De conformidad con el punto 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[1], se permite la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG), a través de un mecanismo de flexibilidad, hasta un máximo anual de 500 000 000 EUR, además de las partidas pertinentes del marco financiero.

Las normas aplicables a las contribuciones del FEAG se establecen en el Reglamento (CE) nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización[2].

El 30 de diciembre de 2011, Italia presentó la solicitud «EGF/2011/026 IT/Emilia-Romagna Motorcycles», relativa a una contribución financiera del FEAG a raíz de los despidos de trabajadores en diez empresas cuya actividad corresponde a la división 30 de la NACE Rev. 2 (Fabricación de otro material de transporte)[3] en la región NUTS 2 de Emilia-Romaña (ITH5), Italia.

Tras un examen exhaustivo de la solicitud, la Comisión ha llegado a la conclusión, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, de que se cumplen las condiciones para la concesión de una contribución financiera con arreglo a dicho Reglamento.

RESUMEN DE LA SOLICITUD Y ANÁLISIS

Datos clave: ||

Número de referencia del FEAG || EGF/2011/026

Estado miembro || Italia

Artículo 2 || b)

Empresas afectadas || 10

Región NUTS 2 || Emilia-Romaña (ITH5)

División de la NACE Rev. 2 || 30 (Fabricación de otro material de transporte)

Período de referencia || 28.2.2011-28.11.2011

Fecha de inicio de los servicios personalizados || 1.3.2012

Fecha de presentación de la solicitud || 30.12.2011

Despidos durante el período de referencia || 512

Trabajadores despedidos que podrán acogerse a las medidas || 502

Coste de los servicios personalizados (EUR) || 3 932 992

Gastos de aplicación del FEAG[4] (EUR) || 157 000

Gastos de aplicación del FEAG (%) || 3,84

Presupuesto total (EUR) || 4 089 992

Contribución del FEAG (65 %) (EUR) || 2 658 495

1.           La solicitud se presentó a la Comisión el 30 de diciembre de 2011 y se completó con información adicional hasta el 10 de septiembre de 2012.

2.           La solicitud cumple las condiciones para la intervención del FEAG establecidas en el artículo 2, letra b), del Reglamento (CE) nº 1927/2006 y se presentó dentro del plazo de diez semanas indicado en el artículo 5 de dicho Reglamento.

Relación entre los despidos y la crisis financiera y económica mundial o los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial a causa de la globalización

3.           Para demostrar la relación entre los despidos y la crisis financiera y económica mundial, Italia ha alegado que la matriculación en Europa de vehículos de motor de dos ruedas (representativa de la demanda interna) sufrió una importante caída (la más significativa es la de los ciclomotores, de un 42 %, y la de las motocicletas, de un 31 %, ambas entre 2007 y 2010)[5].

Matriculación de vehículos de motor de dos ruedas en la UE

|| Ciclomotores || Motocicletas

|| Matriculaciones || En comparación con el año anterior || 2010 en comparación con 2007 || Matriculaciones || En comparación con el año anterior || 2010 en comparación con 2007

2007 || 901 425 || || – 42 % || 1 520 030 || || – 31 %

2008 || 876 102 || – 3 % || 1 410 020 || – 7 %

2009 || 740 970 || – 15 % || 1 230 043 || – 13 %

2010 || 523 397 || – 29 % || 1 044 129 || – 15 %

4.           Italia ha destacado que la producción de vehículos de motor de dos ruedas en Europa también disminuyó fuertemente a causa de la crisis financiera y económica mundial, en particular entre 2007 y 2009. Según las estadísticas de la ACEM[6], la producción de los principales fabricantes europeos de vehículos de motor de dos ruedas[7] disminuyó un 37 % entre 2007 y 2009 y un 25 % entre 2008 y 2009.

Producción de vehículos de motor de dos ruedas por país6

5.           Las autoridades italianas han mencionado también el contexto desfavorable para la industria de los vehículos de motor de dos ruedas en Europa debido al impacto cada vez mayor de los productores instalados en Asia sobre la exportación de bicicletas y motocicletas. China en particular, como primer exportador mundial de bicicletas y motocicletas, con un 25 % de cuota de mercado, y la India, que se acerca progresivamente a ella, son actualmente los grandes productores mundiales (entre 2007 y 2010, la cuota de mercado de las exportaciones de la India pasó del 1 % al 2,70 %). La cuota cada vez mayor de estos países explica la reducción global de las exportaciones de bicicletas y motocicletas de la mayoría de los productores europeos (Alemania y España fueron una excepción entre 2009 y 2010), que afectan sobre todo a Francia e Italia (en diez años, la cuota de exportaciones a nivel mundial de esta última se redujo en más de un 30 %).

Cuota de mercado de exportación (bicicletas y motocicletas)[8]

¾ China (CN) ¾ Italia (IT) ¾ Alemania (DE) ¾ España (ES) ¾ La India (IN) ¾ Francia (FR) ¾ Reino Unido (UK).

6.           Italia indica que el valor de las exportaciones de bicicletas y motocicletas se redujo rápidamente entre 2008 y 2009 (por ejemplo, – 21,3 % entre 2008 y 2009 en el caso de la UE y – 25,9 % en el caso de Italia)8. La ligera recuperación de las exportaciones en 2010 acentuó la diferencia entre los denominados países desarrollados y países emergentes: los primeros tienden a volver globalmente a su nivel de exportación anterior a 2008 (aunque dicho nivel es, por término medio, un 20 % inferior al de 2008) y los segundos obtienen resultados superiores a los de 2008 (entre 2009 y 2010 el valor de las exportaciones de China aumentó un 32,4 % y el de las exportaciones de la India aumentó un 35,8 %, mientras que en el mismo período el valor de las exportaciones de la UE aumentó solo un 9,5 %).

7.           Italia (primer productor en Europa de vehículos de motor de dos ruedas) ha demostrado que la producción nacional de motocicletas y ciclomotores, en la que la región de Emilia-Romaña ocupa un lugar importante (tres empresas relacionadas con la presente solicitud fabrican motocicletas con su propia marca: Morini, Malaguti y Minarelli), se redujo un 6 % entre 2009 y 2010. La reducción más notable es la de la producción total de vehículos de motor de dos ruedas, que en Italia pasó de 641 000 vehículos en 2008 a 448 100 en 2010 (– 30 %)[9].

8.           Italia ha recordado que desde 2006, sus importaciones de recambios para motocicletas y ciclomotores (siete empresas relacionadas con la presente solicitud forman parte del tejido local de muchas empresas especializadas en la producción de recambios o componentes para las industrias de vehículos de motor de dos ruedas) son superiores a sus exportaciones (algo que no había ocurrido nunca en los diez años anteriores)[10].

9.           Por último, las autoridades italianas han señalado que la importante reducción de las matriculaciones de motocicletas y ciclomotores en Europa también se ha notado en Italia (donde las matriculaciones de motocicletas y ciclomotores disminuyeron un 27 % entre 2009 y 2010)[11].

Indicación del número de despidos y cumplimiento de los criterios del artículo 2, letra b)

10.         Italia presentó su solicitud con arreglo a los criterios de intervención del artículo 2, letra b), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, que condiciona la ayuda a que se haya producido el despido, en un período de nueve meses, de al menos 500 trabajadores en empresas cuya actividad se desarrolle en el marco de una misma división de la NACE Rev. 2 en una región o en dos regiones contiguas de nivel NUTS 2.

11.         La solicitud informa de 512 trabajadores despedidos en 10 empresas cuya actividad corresponde a la división 30 de la NACE Rev. 2 (Fabricación de otro material de transporte) durante el período de referencia de nueve meses, del 28 de febrero de 2011 al 28 de noviembre de 2011. De los 512 despidos, 63 se calcularon de conformidad con el artículo 2, párrafo segundo, segundo guion, del Reglamento (CE) nº 1927/2006, y 449 con el tercer guion de ese mismo párrafo.

12.         El 19 de julio de 2012 la Comisión recibió la confirmación de que las personas indicadas en el cuadro del artículo 2, párrafo segundo, tercer guion, fueron efectivamente despedidas (esuberi).

Explicación del carácter imprevisto de los despidos

13.         La crisis financiera afectó al sector a partir de 2008 y favoreció principalmente a los grandes productores, con más capacidad de adaptación debido a su tamaño (por ejemplo, Ducati). Italia señala que la situación fue distinta para las pequeñas y medianas empresas productoras de motocicletas o equipos[12], que sufrieron directamente los efectos de la disminución de la demanda (matriculaciones) de motocicletas a partir de 2008 y la caída repentina de la producción a partir de ese mismo año. Intentaron adaptar su producción para mantener su cuota de mercado (por ejemplo, produciendo motores de cuatro tiempos en el caso de Motori Minarelli, o colaborando con otras marcas en el caso de Motori Malaguti). A pesar de sus esfuerzos, en 2011 las diez empresas a las que se refiere la solicitud italiana se vieron obligadas a despedir a parte de sus empleados o a cerrar definitivamente.

Identificación de las empresas en las que se produjeron los despidos y de los trabajadores destinatarios de la ayuda

14.         La solicitud se refiere a 512 trabajadores despedidos en diez empresas:

Empresas y número de personas despedidas

ENGINES ENGINEERING || 6 || MOTORI MALAGUTI S.P.A. || 150

F. FABBRI ACCESSORI || 5 || MOTORI MINARELLI || 19

GALVANOTECNICA & PM || 43 || PAIOLI COMPONENTS || 6

MASIERO ANTONIO CAMBI || 16 || PAIOLI MECCANICA || 51

MOTO MORINI S.P.A. || 38 || VERLICCHI NINO E FIGLI || 178

Número total de empresas: 10 || Número total de trabajadores despedidos: 512 ||

15.         Italia ha informado también de que entre las diez empresas en cuestión, tres no habían cerrado definitivamente ni despedido a todo su personal (Engines engineering, Motori Minarelli y F. Fabbri accessori).

16.         Los 512 trabajadores despedidos durante el período de referencia cumplen las condiciones para poder beneficiarse de las medidas de ayuda de acuerdo con el artículo 3 bis, letra a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006. De los 512 trabajadores despedidos, los 502 que aún no han encontrado otro empleo son destinatarios de las medidas de ayuda.

17.         Los trabajadores destinatarios de la ayuda se desglosan del siguiente modo:

Categoría || Número || Porcentaje

Hombres || 294 || 58,6

Mujeres || 208 || 41,4

Ciudadanos de la UE || 481 || 95,8

Nacionales de terceros países || 21 || 4,2

15-24 años || 2 || 0,4

25-54 años || 416 || 82,9

55-64 años || 82 || 16,3

> 64 años || 2 || 0,4

18.         Ninguno de los trabajadores destinatarios de las medidas sufre ninguna discapacidad ni problema de salud de larga duración.

19.         El desglose por categoría profesional es el siguiente:

Categoría || Número || Porcentaje

Técnicos y profesionales de nivel medio || 11 || 2,2

Empleados de oficina || 200 || 39,8

Operadores de máquinas y montadores || 291 || 58,0

20.         Con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, Italia ha confirmado que se ha aplicado una política de igualdad entre mujeres y hombres y de no discriminación, y que continuará aplicándose en las diferentes fases de ejecución del FEAG, en particular en el acceso al mismo.

Descripción del territorio afectado y de sus autoridades y partes interesadas

21.         El territorio relacionado con la solicitud es la región NUTS 2 de Emilia-Romaña, una provincia situada en el nordeste de Italia con una población de 4 432 418 habitantes, a 1 de enero de 2011, y una densidad de población de 197,49 habitantes por km2 (próxima a la medida italiana, de 200 habitantes por km2).

22.         Las autoridades italianas han subrayado el hecho de que la disminución de la población de Emilia-Romaña es más rápida que la disminución media en Italia (el índice de crecimiento natural de esta región es muy inferior al de Italia: – 1,3 % frente a – 0,4 % a nivel nacional en 2010[13]).

23.         Emilia-Romaña es también una región en la que el envejecimiento de la población es más rápido que el envejecimiento medio en Italia (en 2011, la proporción de personas de más de 65 años que residían en ella era dos puntos superior a la media italiana y la de personas de entre 0 y 14 años era del 13,3 %, inferior a la media nacional del 14 %)[14].

24.         Las autoridades italianas han descrito Emilia-Romaña como una región con una economía sostenible (en 2009 produjo una riqueza equivalente al 8,7 % del PIB italiano y su PIB por habitante era de 30 493 EUR, muy superior al nacional, cuya media era de 25 237 EUR)[15], que en términos generales ha sufrido más que las economías de las otras regiones los efectos de la crisis económica y financiera.

25.         A este respecto, Italia ha señalado que entre 2008 y 2009, el PIB por habitante de Emilia-Romaña había disminuido por término medio más que a escala nacional (– 4,89 % frente a – 3,6 %) y que el PIB también había caído de manera más pronunciada (– 3,7 %) en comparación con la evolución nacional (– 3 %).

26.         Emilia-Romaña sigue siendo la tercera región italiana en cuanto a exportaciones y la cuarta en cuanto a importaciones. En 2010 las exportaciones de Emilia-Romaña con destino al resto del mundo habían caído un 10,8 % con respecto a 2008. A pesar de una balanza comercial positiva entre 2008 y 2010 en Emilia-Romaña, su superávit comercial disminuyó en el mismo período en una proporción significativa (16,5 %).

27.         Emilia-Romaña ha sufrido también la bajada nacional del número de empresas en activo y la disminución de la creación de empresas (en Italia se crearon 80 483 nuevas empresas en 2008, frente a 77 443 en 2011).

28.         Las principales autoridades y partes interesadas son el Ministerio de Trabajo y de Políticas Sociales (Ministero del Lavoro e delle Politiche Sociali), la Región Emilia-Romaña (Regione Emilia Romagna), la Asociación Nacional de Municipios Italianos (ANCI: Associazione Nazionale Comuni Italiani), la Unión de las Provincias Italianas (UPI: Unione delle Province d'Italia), las secciones locales de confederaciones nacionales de artesanos y de las pequeñas y medianas empresas (CNA: Confederazione Nazionale dell'Artigianato e della Piccola e Media Impresa Regionale dell'Emilia-Romagna y Confartigianato Bologna), organizaciones de cooperativas y empresas sociales (Confcooperative y Legacoop Emilia-Romagna), una organización que representa a las empresas manufactureras y de servicios de Italia (Confindustria), organizaciones de empleadores (Unindustria Bologna y Unionapi) y sindicatos: CGIL (Confederazione Generale Italiana del Lavoro), CISL (Confederazione Italiana Sindacati dei Lavoratori), FIM (Federazione Italiana Metalmeccanici), FIOM (Federazione Impiegati Operai Metallurgici), UIL (Unione Italiana del Lavoro) y UILM (Unione Italiana Lavoratori Metalmeccanici).

Efectos esperados de los despidos en el empleo local, regional o nacional

29.         Los despidos en el sector de los vehículos de motor de dos ruedas se han producido en un contexto de cambio de la economía nacional y regional, en la que cada vez ocupan más lugar las actividades terciarias (la industria manufacturera ya solo representa el 11,6 % del empleo de la región). Las autoridades italianas destacan que para seguir produciendo vehículos de motor de dos ruedas las empresas deberán especializarse en procesos y componentes que combinan la innovación y una mano de obra especializada. Consideran que no queda espacio para la producción local de vespas o motos de gama media o baja y que el desarrollo de las empresas especializadas en accesorios y recambios ya no puede depender únicamente de marcas históricas locales como Ducati.

30.         Las autoridades italianas han precisado que el sector de los vehículos de motor de dos ruedas emplea a unas 4 000 personas, sin tener en cuenta las industrias manufactureras de recambios y equipos con las que están relacionadas pero clasificadas a menudo en otras categorías de la NACE Rev. 2. Estiman en 1 382 el número de personas afectadas por la crisis en este ámbito y temen que se produzcan más despidos en otros sectores relacionados con él que dan empleo a varios miles de trabajadores[16].

31.         Las autoridades italianas han destacado también el deterioro de la situación del empleo en Emilia-Romaña, cuya tasa de empleo disminuyó aproximadamente tres puntos entre 2008 y 2010 (del 70,2 % al 67,4 %). La tasa de desempleo de esta región —aunque se encuentra entre las más bajas de Italia— ha aumentado permanentemente (del 3,2 % en 2008 al 5,8 % en 2010) y sigue siendo especialmente importante en la categoría de los jóvenes de 15 a 24 años, en la que aumentó más de 11 puntos entre 2008 y 2010 (del 11 % al 22,3 %).

32.         Por último, Italia destaca que en este período de crisis que atraviesa la región, se ha recurrido masivamente a intervenciones que garanticen a los trabajadores de empresas en dificultad un ingreso que sustituya a sus salarios (como la CIGS: Cassa Integrazione Guadagni Straordinaria; las horas abonadas por la CIGS se multiplicaron por 14 entre 2008 y 2010).

Conjunto coordinado de servicios personalizados que van a financiarse y desglose de sus costes estimados, precisando su complementariedad con las medidas financiadas por los Fondos Estructurales

33.         Se proponen las medidas presentadas a continuación, que constituyen un conjunto coordinado de servicios personalizados para la reinserción profesional de los 502 trabajadores. Las personas destinatarias tendrán la posibilidad de elegir las medidas a las que deseen acogerse, respetando la secuencia cronológica de las acciones. Esta secuencia está compuesta de servicios mínimos de base para todos los trabajadores destinatarios (como la orientación profesional, la ayuda para la búsqueda activa y la formación / el reciclaje) combinados con servicios específicos para algunos trabajadores (ayuda a la recolocación y fomento del emprendimiento). Una parte de los trabajadores destinatarios recibirá también una asignación (para la búsqueda activa) si se acogen a las medidas propuestas.

– Orientación profesional

Esta medida consiste en una serie de entrevistas estructuradas (colectivas e individuales) destinadas a facilitar la toma de conciencia personal del trabajador para que pueda determinar sus centros de interés, sus capacidades personales y las competencias que debe mejorar, y establecer un balance personal. Este servicio se propondrá a los 502 trabajadores.

– Ayuda para la búsqueda activa

Esta medida está destinada a favorecer el establecimiento por parte de los trabajadores de una estrategia personal de autopromoción mediante técnicas operativas de búsqueda de empleo (búsquedas de puestos, preparación para la entrevista de empleo y elaboración de un currículum vítae y de cartas de motivación) en el contexto de la oferta de empleo local, en caso necesario acompañando al trabajador hasta la entrevista de trabajo. Este servicio se propondrá a los 502 trabajadores.

– Formación y reciclaje

Esta medida, destinada a 400 trabajadores, consistirá en un bono de formación, de un valor medio de 4 000 EUR, que deberá utilizarse estrictamente en el marco del itinerario de formación de cada trabajador (dejándole, no obstante, cierto margen para determinar sus propias necesidades en materia de formación, períodos de prácticas profesionales, apoyo a la orientación profesional, etc.).

– Ayuda a la recolocación

Este incentivo específico está destinado a los 260 trabajadores que se encuentren en la situación menos favorable. Dichos trabajadores podrán recibir servicios de ayuda a la recolocación y la colocación por parte de una empresa pública o privada. Se abonará una prima de 5 000 EUR a la empresa o al servicio que, gracias a sus prestaciones, permita a un trabajador encontrar un empleo de duración indeterminada al final del período[17].

– Promoción del emprendimiento

Esta medida consistirá en un servicio personalizado para ayudar a los trabajadores (respetando sus competencias y valorando en lo posible su experiencia profesional) a asimilar el planteamiento empresarial y el trabajo por cuenta propia. La actividad se llevará a cabo en forma de tutoría de grupo de cara a analizar las obligaciones y las oportunidades del trabajo por cuenta propia y el emprendimiento (en torno a los conceptos de plan de empresa, creación de empresa, etc.). Las autoridades italianas calculan que este servicio se ofrecerá a 61 de los trabajadores destinatarios de la ayuda.

– Asignación para la búsqueda activa

Esta medida —que se ofrecerá a 216 de los trabajadores destinatarios de la ayuda— se abonará durante un período máximo de cinco meses en forma de asignación mensual media de 500 EUR, proporcional al número de días de participación efectiva al mes en las medidas del FEAG, a los trabajadores que participen activamente en dichas medidas. El pago de esta asignación se supeditará estrictamente al compromiso del trabajador de participar activamente en el proceso de reinserción en el mercado de trabajo.

34.         Los gastos de movilización del FEAG, que se incluyen en la solicitud de conformidad con el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, cubren las actividades de preparación de la solicitud de contribución, así como las de seguimiento, información, publicidad y control de la ejecución del Fondo.

35.         Los servicios personalizados presentados por las autoridades italianas son medidas activas del mercado de trabajo que figuran entre las medidas subvencionables establecidas en el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. Las autoridades italianas calculan que el coste total de estos servicios será de 4 089 992 EUR, de los que 3 932 992 EUR se destinarán a los servicios personalizados y 157 000 EUR (un 3,84 % de la cantidad total) a los gastos relacionados con la movilización del FEAG. La contribución total solicitada al FEAG asciende a 2 658 495 EUR (un 65 % de los costes totales).

Acciones || Número estimado de trabajadores destinatarios || Coste estimado por trabajador destinatario (en EUR) || Coste total (FEAG y cofinanciación nacional) (EUR)

Servicios personalizados [artículo 3, párrafo primero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006]

Orientación profesional || 502 || 186 || 93 372

Ayuda para la búsqueda activa || 502 || 310 || 155 620

Formación y reciclaje || 400 || 4 000 || 1 600 000

Ayuda a la recolocación || 260 || 5 000 || 1 300 000

Promoción del emprendimiento || 61 || 4 000 || 244 000

Asignación para la búsqueda activa || 216 || 2 500 || 540 000

Subtotal de los «servicios personalizados» || || 3 932 992

Gastos de movilización del FEAG (artículo 3, párrafo tercero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006)

Preparación || || 7 000

Seguimiento || || 80 000

Información y publicidad || || 10 000

Actividades de control || || 60 000

Subtotal de los «gastos de movilización del FEAG» || || 157 000

Coste total estimado || || 4 089 992

Contribución del FEAG (65 % del coste total) || || 2 658 495

36.         Italia confirma que las medidas descritas anteriormente son complementarias de las acciones financiadas por los Fondos Estructurales y garantiza la ausencia de doble financiación. Un seguimiento permanente de las acciones financiadas por el FSE y el FEAG en relación con objetivos o trabajadores afectados similares permitirá evitar todo solapamiento entre el FSE (o cualquier otro instrumento o programa de la UE) y las medidas financiadas por el FEAG.

Fecha en la que comenzaron o se prevé que comiencen los servicios personalizados para los trabajadores afectados

37.         El 1 de marzo de 2012, Italia comenzó a prestar los servicios personalizados a los trabajadores afectados incluidos en el conjunto coordinado para el que se solicitó cofinanciación del FEAG. Por consiguiente, esta fecha representa el inicio del período de subvencionabilidad de cualquier ayuda que pueda conceder el FEAG.

Procedimientos de consulta de los interlocutores sociales

38.         La solicitud de contribución del FEAG fue debatida con las autoridades y otras partes interesadas descritas en el punto 28 en reuniones celebradas el 12 de octubre de 2011, el 14 de diciembre de 2011 y el 16 de enero de 2012.

39.         Las autoridades italianas confirmaron que se habían cumplido los requisitos establecidos en la legislación nacional y de la UE sobre despidos colectivos.

Información sobre las acciones obligatorias de acuerdo con la legislación nacional o con los convenios colectivos

40.         Respecto a los criterios que figuran en el artículo 6 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, en su solicitud, las autoridades italianas:

· han confirmado que la contribución financiera del FEAG no sustituye a las medidas que son responsabilidad de las empresas en virtud de la legislación nacional o de los convenios colectivos;

· han demostrado que las acciones ayudan a trabajadores individuales y que no se destinarán a la reestructuración de empresas o sectores;

· han confirmado que las acciones subvencionables mencionadas anteriormente no reciben ayuda de otros instrumentos financieros de la Unión.

Sistemas de gestión y control

41.         Italia ha notificado a la Comisión que la contribución financiera del FEAG será gestionada de la manera siguiente: el Ministerio del Lavoro e delle Politiche Sociali – Direzione Generale per le Politiche Attive e Passive del Lavoro (MLPS – DG PAPL) será la autoridad de gestión, de certificación y de auditoría (el MLPS – DG PAPL, Ufficio A, como autoridad de gestión; el MLPS – DG PAPL, Ufficio B, como autoridad de certificación y el MPLS – DG PAPL, Ufficio C, como auditor). La región de Emilia-Romaña (Direzione Generale Cultura Formazione e Lavoro) será el órgano intermedio para la autoridad de gestión.

42.         Las autoridades italianas han informado de que pondrán en práctica el sistema de gestión y control para el FEAG adoptado por el Ministerio italiano de Trabajo y Política Social (véase el documento prot. 40/0002218 de 29 de septiembre de 2011) y el manual operativo para la autoridad de gestión, certificación y auditoría (véase el documento prot. 40/0005840 de 26 de octubre de 2011).

Financiación

43.         La contribución del FEAG que propone Italia en su solicitud para el conjunto coordinado de servicios personalizados (incluidos los gastos de movilización del FEAG) asciende a 2 658 495 EUR, lo que representa el 65 % del coste total. La asignación del Fondo propuesta por la Comisión se basa en la información facilitada por Italia.

44.         Teniendo en cuenta el importe máximo posible de una contribución financiera del FEAG con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1927/2006, y el margen disponible para la reasignación de créditos, la Comisión propone movilizar el FEAG para proporcionar la cantidad total indicada anteriormente, que se asignará con cargo a la rúbrica 1a del marco financiero.

45.         El importe propuesto de la contribución financiera permitirá dejar disponible más de un cuarto del importe máximo anual del FEAG para otras asignaciones durante los cuatro últimos meses del año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 6, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

46.         Con la presente propuesta de movilización del FEAG, la Comisión inicia el procedimiento de triálogo simplificado, tal como se establece en el punto 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006, con el fin de obtener el acuerdo de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria sobre la necesidad de utilizar el Fondo y sobre el importe requerido. La Comisión insta a la primera de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria que alcance un acuerdo sobre el proyecto de propuesta de movilización, al nivel político adecuado, a que informe de sus intenciones a la otra rama y a la Comisión. En caso de desacuerdo de cualquiera de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria, se convocará una reunión oficial de triálogo.

47.         La Comisión presenta por separado una solicitud de autorización de transferencia para consignar en el presupuesto de 2012 los créditos de compromiso específicos, de conformidad con el punto 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006.

Origen de los créditos de pago

48.         El importe de los créditos de pago inicialmente consignados en la línea presupuestaria 04 05 01 se habrá agotado totalmente después de la adopción por parte de la Autoridad Presupuestaria de las propuestas de movilización del FEAG ya presentadas y, por tanto, será insuficiente para financiar la cantidad correspondiente a la presente solicitud.

49.         Se hará una transferencia de 1 160 745 EUR de la línea presupuestaria del Instrumento Europeo de Microfinanciación Progress para financiar una parte del importe necesario para satisfacer la presente solicitud.

50.         El importe suplementario de 1 497 750 EUR necesario para satisfacer la presente solicitud se cubrirá con una ampliación solicitada mediante el presupuesto rectificativo nº 6.

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud «EGF/2011/026 IT/Emilia-Romagna Motorcycles», de Italia)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[18] y, en particular, su punto 28,

Visto el Reglamento (CE) nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización[19], y, en particular, su artículo 12, apartado 3,

Vista la propuesta de la Comisión Europea[20],

Considerando lo siguiente:

(1)       El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se creó para prestar apoyo adicional a los trabajadores despedidos a raíz de importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización y ayudarlos a reincorporarse al mercado de trabajo.

(2)       El ámbito de aplicación del FEAG se amplió en relación con las solicitudes presentadas entre el 1 de mayo de 2009 y el 30 de diciembre de 2011 para prestar ayuda a los trabajadores despedidos como consecuencia directa de la crisis económica y financiera.

(3)       El Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 permite la movilización del FEAG hasta un límite máximo anual de 500 000 000 EUR.

(4)       El 30 de diciembre de 2011, Italia presentó una solicitud de movilización del FEAG en relación con los despidos en diez empresas cuya actividad corresponde al sector nº 30 de la NACE Rev. 2 (Fabricación de otro material de transporte) en la región NUTS II de Emilia-Romaña (ITH5), Italia, y la completó con aportaciones de información adicional, la última el 10 de septiembre de 2012. La solicitud cumple los requisitos relativos a la determinación del importe de las contribuciones financieras establecidos en el artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. La Comisión propone, en consecuencia, conceder un importe de 2 658 495 EUR.

(5)       Procede, por tanto, movilizar el FEAG para proporcionar una contribución financiera en respuesta a la solicitud presentada por Italia.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea del ejercicio 2012, se movilizará el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) para proporcionar un importe de 2 658 495 EUR en créditos de compromiso y de pago.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el

Por el Parlamento Europeo                          Por el Consejo

El Presidente                                                 El Presidente

[1]               DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

[2]               DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.

[3]               Reglamento (EC) nº 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos (DO L 393 de 30.12.2006, p. 1).

[4]               De conformidad con el artículo 3, párrafo tercero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

[5]               Fuente: ACEM (Asociación de Constructores Europeos de Motocicletas - http://www.acem.eu), Registrations and deliveries (matriculaciones y entregas) - edición 2011.

[6]               Fuente: ACEM (Asociación de Constructores Europeos de Motocicletas - http://www.acem.eu), Production (producción) - edición 2011.

[7]               Chequia, Alemania, España, Francia, Italia, Austria, Portugal, Reino Unido y Suecia.

[8]               Fuente: datos disponibles sobre los intercambios comerciales de ciclomotores y motocicletas procedentes de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD).

[9]               Fuente: Associazione Nazionale Ciclo Motociclo Accessori (ANCMA) - www.ancma.it.

[10]             Fuente: ANCMA.

[11]             Fuente: ACEM.

[12]             La presente solicitud se refiere a 10 pequeñas y medianas empresas con una media de 92 trabajadores, concretamente un mínimo de 6 y un máximo de 363.

[13]             Fuente: ISTAT (Instituto nacional italiano de estadística), cuadro 3 en http://demo.istat.it/altridati/indicatori/index.html#tabreg

[14]             Fuente: ISTAT; cuadro 6 en http://demo.istat.it/altridati/indicatori/index.html#tabreg

[15]             Fuente: Banca d'Italia, Economie regionali, L'economia dell'Emilia-Romagna – 2011: http://www.bancaditalia.it/pubblicazioni/econo/ecore/2011/analisi_s_r/1131_emilia

[16]             Italia ha mencionado en particular las divisiones de la NACE Rev. 2: 24 (metalurgia), 25 (fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo), 26 (fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos), 27 (fabricación de material y equipo eléctrico), 28 (fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.) y 29 (industria del automóvil).

[17]             La prima se abonará únicamente si no se adeuda ya en virtud de la legislación de apoyo a las políticas regionales de promoción del empleo.

[18]             DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

[19]             DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.

[20]             DO C […] de […], p. […].