7.9.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 258/87


Viernes 20 de abril de 2012
Impacto de la desconcentración de la gestión por parte de la Comisión de la prestación de la ayuda exterior

P7_TA(2012)0144

Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de abril de 2012, sobre el impacto de la desconcentración de la gestión por parte de la Comisión de la prestación de la ayuda exterior desde sus servicios centrales hacia sus delegaciones (2011/2192(INI))

2013/C 258 E/13

El Parlamento Europeo,

Visto el artículo 208 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que establece que «el objetivo principal de la política de la Unión en [el] ámbito [de la cooperación para el desarrollo] será la reducción y, finalmente, la erradicación de la pobreza. La Unión tendrá en cuenta los objetivos de la cooperación para el desarrollo al aplicar las políticas que puedan afectar a los países en desarrollo.»,

Vista la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas de 2000, en particular el octavo Objetivo de Desarrollo del Milenio,

Visto el documento de trabajo de la Comisión relativo a la evaluación del proceso de descentralización: Informe final (SEC(2004)0561),

Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Incremento del impacto de la política de desarrollo de la UE: Programa para el Cambio» (COM(2011)0637),

Vistas las Conclusiones del Consejo sobre descentralización, de 30 de junio de 2005 (1),

Vistas las Conclusiones del Consejo, de 28 de junio de 2011, sobre el Informe Especial no 1/2011: ¿Supone una mejora en la prestación de la ayuda la desconcentración de las competencias de la Comisión en la gestión de la ayuda exterior para transferirlas de los servicios centrales a las delegaciones? (2),

Vistas las conclusiones del Consejo sobre la Posición común de la UE para el Cuarto Foro de Alto Nivel sobre la Eficacia de la Ayuda (HLF-4, Busan, 29 de noviembre – 1 de diciembre de 2011),

Visto el Informe Especial no 1/2011 del Tribunal de Cuentas Europeo (TCE), titulado «¿Supone una mejora en la prestación de la ayuda la desconcentración de las competencias de la Comisión en la gestión de la ayuda exterior para transferirlas de los servicios centrales a las delegaciones?»,

Vistos los apartados 122 y 123 del Consenso Europeo sobre Desarrollo, relativos a la evolución de las reformas de la gestión de la ayuda exterior de la UE,

Visto el Código de Conducta de la UE sobre complementariedad y división del trabajo en la política de desarrollo,

Vistos la Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda, de 2005, el Programa de Acción de Accra, de 2008, y la Colaboración de Busan en favor de una cooperación para el desarrollo eficaz, de 2011,

Vista la revisión interpares de la Comunidad Europea (2007), realizada por el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE (CAD/OCDE),

Visto el informe del CAD/OCDE de 2008 titulado «Gestión eficaz de la ayuda: doce lecciones de las revisiones interpares del CAD»,

Visto el artículo 48 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0056/2012),

A.

Considerando que un enfoque descentralizado de la prestación de la ayuda aproxima la toma de decisiones a las realidades de la entrega y a los lugares en los que se realiza una coordinación y armonización de los donantes más eficaz desde el punto de vista operativo, teniendo debidamente en cuenta la necesidad de responsabilización local;

B.

Considerando que el objetivo último de la descentralización y de la reforma más amplia de la ayuda exterior gestionada por la Comisión es mejorar la rapidez, el rigor de los procedimientos de gestión financiera y la calidad de la ayuda en los países socios;

C.

Considerando que la conclusión general del informe del TCE es que la descentralización ha contribuido a una mejor distribución de la ayuda y que la rapidez de entrega de la ayuda y el rigor de los procedimientos financieros han mejorado, pero que todavía hay un considerable margen de mejora;

D.

Considerando que, con tres años por delante hasta que venza el plazo de los ODM, es necesario un aumento sustancial tanto de la capacidad de entrega de ayuda por parte de la UE como de la capacidad de absorción de los países receptores;

E.

Considerando que 136 delegaciones de la UE gestionan directamente el 74 % de la ayuda exterior de la UE procedente del presupuesto de la UE y del Fondo Europeo de Desarrollo (FED);

F.

Considerando que el Programa para el Cambio reconoció la necesidad de mejorar la coordinación entre la Unión Europea, los Estados miembros y los países asociados, así como de coordinar y armonizar las actividades de desarrollo y de aumentar su eficiencia y eficacia;

G.

Considerando que la reciente reorganización de la Comisión y la creación del SEAE, tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, aún no han generado el aumento esperado de la eficiencia y la coherencia generales de la ayuda al desarrollo de la UE;

H.

Considerando que, con la creación del SEAE, las delegaciones se han visto obligadas a asumir competencias adicionales como diplomacia, información y comunicación y políticas de libertad, seguridad y justicia, cuando aún tienen que hacer frente a las anteriores dificultades de coordinación, coherencia y escasez de recursos;

I.

Considerando que la ayuda gestionada por las distintas delegaciones sigue cubriendo una amplia variedad de sectores, lo que aumenta la presión sobre los recursos ubicados en las delegaciones;

J.

Considerando que la normativa y los procedimientos engorrosos pueden debilitar el uso de los sistemas nacionales y de la programación conjunta, y considerando también que en la cooperación internacional al desarrollo resultaría conveniente el uso de Marcos de Programación Plurianuales;

K.

Considerando que el apoyo presupuestario sectorial y general es la modalidad de ayuda más adaptada a la reducción de los costes de transacción para los países socios, ya que se centra más firmemente en la calidad de la ayuda, en la naturaleza de las colaboraciones y en necesidades de esos países;

L.

Considerando que el proceso de descentralización debe ir acompañado en los Estados miembros de un mecanismo destinado a proporcionar información pertinente sobre los gastos a los que las agencias planean dedicar sus presupuestos, lo que permitirá enfocar mejor la ayuda y determinar cuáles son las carencias de recursos y las oportunidades de financiación en los distintos países;

M.

Considerando que la reforma de la ayuda exterior de la UE debe utilizarse para demostrar cómo el impacto de la ayuda mejora la vida de los pobres, respondiendo al creciente apoyo de la ciudadanía europea a la Ayuda Oficial al Desarrollo como medio para la erradicación de la pobreza y la consecución de los ODM; y a la luz de los hechos, que desmienten todo escepticismo respecto a la eficacia de la ayuda;

N.

Considerando que las visitas de campo de las revisiones interpares llevadas a cabo por el CAD/OCDE muestran regularmente que el personal local puede sentirse infrautilizado o no plenamente integrado en el equipo local de donantes;

1.

Acoge con satisfacción las conclusiones generales del informe del TCE y pide a la Comisión que continúe sus esfuerzos para aumentar la eficacia de la prestación de ayuda;

2.

Acoge con satisfacción el informe tan exhaustivo y analítico elaborado por el Tribunal de Cuentas Europeo, así como el excelente momento elegido para la evaluación de los resultados del proceso de desconcentración;

3.

Pide a la Comisión que garantice que su sede tiene la capacidad y los recursos humanos suficientes para proporcionar un apoyo adecuado a las delegaciones a través de la Dirección de operaciones de calidad;

4.

Señala que, de acuerdo con el informe del Tribunal, se necesitan mayores esfuerzos por parte de la Comisión para mejorar la manera en que evalúa la calidad y el resultado de sus intervenciones; opina que esto se traducirá en una mejor rendición de cuentas de las intervenciones financieras de la UE y garantizará una mayor visibilidad de sus acciones;

5.

Alienta a la Comisión a que complemente los criterios y refuerce los procedimientos para evaluar la calidad de los proyectos financiados, con objeto de mejorar la calidad de la ayuda y de reducir todavía más el número de proyectos improductivos; señala que el impacto del gasto de la ayuda es de vital importancia para el Parlamento;

6.

Manifiesta su preocupación por que durante el período 2005-2008 el personal de las delegaciones asumió unas funciones de orientación más política y comercial, y pide a la Comisión que establezca un equilibrio adecuado en el personal de las delegaciones entre la gestión de la ayuda y otras funciones;

7.

Considera que la elevada tasa de renovación del personal en las delegaciones es inaceptable (el 40 % de los miembros del personal de la Comisión son agentes contractuales) ya que ello debilita la memoria institucional y afecta negativamente a la eficacia de las operaciones;

8.

Señala que el 6 % de los créditos de compromiso del presupuesto disponible de 2006 no se comprometió en 2009 y, en consecuencia, se perdió con la aplicación de la norma D+3; pide que se reduzca ese porcentaje y solicita recibir información sobre los porcentajes y las cantidades relativos a los ejercicios 2010 y 2011;

9.

Pide a la Comisión y al SEAE que se ocupen específicamente de los ámbitos identificados por la auditoría, en particular la carga de trabajo en las delegaciones, la adecuación de los niveles de personal entre las delegaciones y el equilibrio entre el personal de las delegaciones dedicado a la gestión de la ayuda y el personal dedicado a otras tareas;

10.

Insta a la Comisión a que considere la promoción de consultas locales, en la medida de lo posible, cuando se decidan los proyectos de ayuda y se supervise su progreso;

11.

Considera que, para que la política de desarrollo de la UE sea más coherente y más eficaz, los servicios de la Comisión en las delegaciones de la UE deben contribuir en la elaboración y dirigir la ejecución de la política de ayuda al desarrollo; pide de nuevo a la Comisión que designe puntos de contacto en relación con la coherencia de las políticas en favor del desarrollo en cada delegación a fin de supervisar el impacto de la política de la UE a nivel de los países asociados;

12.

Señala que debe considerarse la posibilidad de utilizar la capacitación local y que el personal presente en las delegaciones de la UE debería aspirar a implicarse en mayor medida en las sociedades locales, a fin de reducir la brecha de conocimiento y asegurar una visión más precisa del entorno local en el que operan;

13.

Invita a la Comisión a que proponga y garantice de un modo más sistemático la formación jurídica y financiera de los agentes locales, a fin de optimizar la gestión de la ayuda de la UE y de asegurar una buena gobernanza a medio plazo en el ámbito de la administración local;

14.

Considera que el mandato y las competencias del SEAE en la cooperación para el desarrollo todavía no están claros, y pide al Consejo y a la Comisión que tomen las medidas necesarias para resolver esta situación; observa con preocupación, en este sentido, que la separación entre las funciones políticas y administrativas del SEAE y las funciones de la Comisión en materia de gestión de la ayuda podría provocar incoherencias en la aplicación de los principios de la Declaración de París;

15.

Subraya que, de conformidad con la Decisión por la que se establece el SEAE, todo el personal que trabaja en una delegación está bajo la autoridad del Jefe de Delegación, ya que es el único medio de garantizar, de conformidad con el Tratado de Lisboa, la coherencia de la acción exterior de la UE en un país determinado.

16.

Pide a la Comisión y al Consejo que sigan defendiendo una reducción del número de sectores de intervención, en consonancia con el Código de Conducta de la UE sobre complementariedad y división del trabajo y con el Programa para el Cambio;

17.

Considera que los instrumentos presupuestarios pertinentes de la UE y el Fondo Europeo de Desarrollo (FED) deben centrarse más en la pobreza y ser más flexibles en cuanto a su enfoque y su aplicación, y que también debe fomentarse una mayor responsabilidad y transparencia y una mayor rentabilidad en términos de obtención de resultados claros;

18.

Confía en que la Comisión adopte todas las medidas necesarias para suplir las insuficiencias de los sistemas de control y supervisión, particularmente en las delegaciones, tal como indica el Tribunal; solicita a la Comisión que informe a las autoridades competentes del Parlamento, a más tardar a finales de 2012, por lo que se refiere a las medidas adoptadas;

19.

Señala las críticas vertidas por el Tribunal de Cuentas (3) con respecto a las relaciones de trabajo entre los servicios centrales y las delegaciones de la Comisión en la gestión de la ayuda exterior; insta a que se revisen y simplifiquen los procedimientos con vistas a reducir los trámites burocráticos internos y que se presente un informe sobre las medidas adoptadas al Parlamento;

20.

Alienta a la Comisión a que solicite a las delegaciones que realicen sistemáticamente inspecciones técnicas y financieras sobre el terreno de los proyectos y que orienten más su sistema de información interna a los resultados logrados por las intervenciones de ayuda;

21.

Insta a la Comisión a que, con la participación activa de las delegaciones, analice e identifique las posibilidades existentes para potenciar los programas de ayuda en los países socios con la participación del BEI y de las instituciones internacionales y nacionales europeas que financian el desarrollo;

22.

Pide a la Comisión que demuestre cómo una mayor delegación de responsabilidades en materia de recursos humanos y financieras de la sede de la Comisión a las delegaciones podría aportar valor añadido al mejorar el diálogo y la coordinación y programación de la ayuda de la UE sobre el terreno;

23.

Subraya que ni la Comisión ni los Estados miembros deben utilizar la actual crisis económica y financiera para justificar un enfoque consistente en «hacer más con menos» que suponga una contención o una reducción de los niveles de dotación de personal en las agencias de ayuda bilaterales;

24.

Resalta la importancia de la profesionalización del personal dedicado a la cooperación al desarrollo, tanto en la Comisión, como en las delegaciones de la UE y las agencias de ayuda bilaterales;

25.

Considera que, en aras de una correcta ejecución del presupuesto de la UE, los Jefes de Delegación deberían poder delegar en sus jefes adjuntos la gestión de los gastos administrativos de la delegación y que, en caso necesario, se deberá revisar el Reglamento financiero en este sentido;

26.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan mayores esfuerzos para mejorar los vínculos entre las delegaciones de la UE y las agencias bilaterales y los gobiernos asociados y otros grupos activos en materia de desarrollo, tales como centros de reflexión, universidades, fundaciones, ONG y autoridades subnacionales, ya que unos lazos más estrechos multiplicarán las ventajas comparativas del proceso de descentralización y de los diferentes actores en el contexto nacional, evitando una innecesaria duplicación de esfuerzos;

27.

Solicita que en el proceso de desconcentración de la gestión de la ayuda exterior de la UE, desde los servicios centrales a las delegaciones, se salvaguarden las competencias de control y escrutinio del Parlamento Europeo;

28.

Acoge favorablemente la observación del Tribunal de Cuentas de que debe analizarse con mayor profundidad la función del SEAE en el ámbito de la protección consular;

29.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al SEAE.


(1)  Documento 10749/2005.

(2)  Documento 12255/2011.

(3)  Véase el Informe especial del TCE no 1/2011, cuadro 1.