22.5.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/3


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Cómo lograr que la sociedad civil participe en la regulación de los mercados financieros» (Dictamen de iniciativa)

2012/C 143/02

Ponente: Sr. MORGAN

El 20 de enero de 2011, de conformidad con el apartado 2 del artículo 29 de su Reglamento Interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre

«Cómo lograr que la sociedad civil participe en la regulación de los mercados financieros»

La Sección Especializada de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 2 de febrero de 2012.

En su 478o Pleno de los días 22 y 23 de febrero de 2012 (sesión del 22 de febrero de 2012), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 66 votos a favor, 53 en contra y 41 abstenciones el presente Dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1   Una de las causas de la crisis financiera fue la insuficiente y deficiente regulación y supervisión de los mercados financieros. Una de las dificultades de la regulación de los mercados financieros radica en permitir una participación equilibrada de posiciones diferenciadas y opuestas en el proceso. No existe un contrapeso sustancial –a través de la participación de la sociedad civil– a la representación legítima de los intereses del sector financiero. Los debates políticos se siguen produciendo principalmente entre el poder legislativo, por un lado, y el sector financiero afectado, por otro.

1.2   En lo que respecta a la regulación de los mercados financieros, el Comité Económico y Social Europeo está llamado a subsanar las carencias que afectan a la participación de la sociedad civil. Esto se debe a que en el CESE están representadas tanto asociaciones del sector financiero como organizaciones de consumidores y sindicatos. Sin embargo, el CESE no puede ni pretende suplir la participación directa de las organizaciones de la sociedad civil. El diálogo civil es un proceso de formación de opinión democrático y público en el que deberían participar de forma eficaz todos los agentes relevantes.

1.3   El CESE no tiene al respecto ninguna duda de que la participación del sector financiero en el proceso de formación de opinión es legítima. Las propias entidades financieras son las afectadas por la regulación, deben satisfacer las condiciones y cumplir las obligaciones legales. El CESE también reconoce que dentro del sector financiero hay muchas ramas y empresas que operan de manera seria e íntegra y que no han sido causantes de la crisis financiera.

1.4   En vista de la complejidad de la regulación en sus detalles, es muy importante que las organizaciones no solo propongan objetivos fundamentales y reclamen un mayor rigor, sino que aporten propuestas y argumentos competentes y acordes con los objetivos. Para conseguirlo, es preciso realizar importantes esfuerzos con el fin de que las organizaciones puedan debatir con el poder legislativo y otras asociaciones «en pie de igualdad».

1.5   La Comisión Europea, el Parlamento Europeo, el Consejo y los Estados miembros tienen que adoptar iniciativas para incluir a sectores más amplios de la sociedad civil en la regulación de los mercados financieros.

1.6   El Banco Central Europeo, el Consejo Europeo de Riesgo Sistémico y las nuevas autoridades europeas de supervisión financiera deberían asociar a las organizaciones de la sociedad civil a sus trabajos. El funcionamiento de los grupos de partes interesadas que la ley prevé asociar a las autoridades de supervisión financiera debe tener en cuenta las especificidades de las organizaciones de la sociedad civil.

1.7   El apoyo financiero a organizaciones de la sociedad civil con cargo a los fondos de la UE puede ser apropiado para compensar las carencias en la representación de los intereses clave en determinados casos. En estos casos, no obstante, es necesario velar por una amplia transparencia de las contribuciones financieras, dar garantías de independencia de las organizaciones y adoptar medidas de salvaguardia contra un trato preferente en las relaciones con la Comisión frente a otras organizaciones que no reciben financiación.

1.8   Además de las organizaciones de consumidores y de los sindicatos, también existen otros grupos que pueden contribuir en buena medida a los debates sobre los mercados financieros, como las organizaciones caritativas, las pequeñas y medianas empresas, las organizaciones de inversores institucionales, las empresas industriales y de servicios con importantes operaciones financieras y sus asociaciones, los intermediarios financieros e incluso las agencias de calificación crediticia. Dada la situación de competencia existente en los mercados, los representantes de otros subsectores distintos del afectado por una regulación concreta también pueden realizar contribuciones útiles.

1.9   No todos los temas son igualmente adecuados para una toma de posición de las organizaciones de la sociedad civil. Si bien las cuestiones relativas a la protección del consumidor, el uso de los impuestos para el rescate de instituciones financieras o la tributación del sector financiero resultan especialmente adecuados a este respecto, los aspectos técnicos detallados, tales como el cálculo de la solvencia o la contabilidad, presentan menos interés.

1.10   No es suficiente exponer reivindicaciones generales e indiferenciadas en favor de que haya normas más estrictas. Esto no sirve de ayuda al legislador. No solo deben formularse propuestas tan concretas como sea posible, sino que también deben evaluarse los pros y los contras de unos requisitos más estrictos.

1.11   El CESE anima a las asociaciones europeas y nacionales de la sociedad civil a interesarse por la regulación de los mercados financieros con mayor intensidad que en el pasado. Algunas asociaciones tienen la posibilidad de incluir el fomento de la estabilidad de los mercados financieros como objetivo particular o, en su caso, nuevo objetivo de la organización y de ampliar en consecuencia su ámbito de intereses y de actividad.

1.12   En opinión del CESE, sería deseable que las asociaciones aprovecharan su participación en la regulación de los mercados financieros para llevar a cabo amplias actividades de comunicación positiva sobre la labor fructífera de la UE en este ámbito entre sus organizaciones y ante la opinión pública.

1.13   El sector financiero europeo figura, a pesar de los comportamientos equivocados que se han demostrado, entre los afectados negativamente por la crisis. Por lo tanto, se le exhorta a contribuir a una regulación eficaz de los mercados financieros. Los distintos subsectores no deberían esgrimir reservas improcedentes a la hora de comentar la regulación de otros subsectores en aras a la estabilidad de los mercados financieros.

1.14   El propio sector financiero también debería abrirse al diálogo con las organizaciones de la sociedad civil. Para las empresas, dado el alto grado de visibilidad pública del sector financiero a raíz de la crisis financiera, sería conveniente dialogar con la sociedad civil, compartir sus ideas y argumentos.

1.15   En el proceso de formación de la opinión a escala europea también desempeñan un papel destacado, por naturaleza, los medios de comunicación. También en este caso sería deseable que reflejaran en mayor medida la posición de las organizaciones de la sociedad civil.

1.16   El CESE seguirá ocupándose de cerca de las propuestas de regulación de los mercados financieros, en gran parte para formular observaciones y emitir dictámenes, concediendo especial importancia a las opiniones de los representantes de la sociedad civil. Durante los debates, asegurará una participación mayor y más directa de las organizaciones de la sociedad civil para definir su posición a través de audiencias en las secciones especializadas y los grupos de estudio.

1.17   El CESE, a la hora de elaborar sus programas de trabajo, los plenos, las reuniones de las secciones especializadas y de los grupos de estudio, velará por que se dedique tiempo suficiente a un debate en profundidad sobre la regulación de los mercados financieros. Velará, en el marco de la gestión de sus recursos financieros y humanos, por ofrecer a sus miembros asesoramiento técnico cualificado en cuestiones relacionadas con la regulación de los mercados financieros.

2.   Objeto del dictamen y antecedentes

2.1   La crisis de los mercados financieros (1) del año 2008 ha tenido graves consecuencias negativas para los ciudadanos en todo el mundo, y en particular en la Unión Europea, consecuencias que el Comité ha abordado repetidamente y con detenimiento. Un motivo del colapso de los mercados, de la especulación previa y de la negociación de productos financieros de alto riesgo fue la insuficiente y deficiente regulación y supervisión de los mercados financieros.

2.2   En el pasado, una de las dificultades para el establecimiento de normas en este ámbito radicaba -y sigue radicando también actualmente– en permitir una participación equilibrada de posiciones diferenciadas y opuestas en el proceso pluralista y democrático de formación de la opinión. Hoy en día no existe un contrapeso sustancial a la representación legítima de los intereses del sector financiero por parte de las organizaciones de la sociedad civil. Con ocasión de la nueva regulación de los mercados financieros se debería corregir esta asimetría.

2.3   El Comité, en su calidad de institución europea de la sociedad civil, además de emitir dictámenes por iniciativa propia, considera que le compete promover una amplia participación de todas las partes interesadas y todos los afectados en el proceso legislativo europeo. Por consiguiente, el Comité ve con preocupación el hecho de que en determinados ámbitos políticos no se logre organizar regularmente un debate equilibrado.

2.4   El objetivo del presente dictamen de iniciativa es, por tanto, analizar la participación de la sociedad civil en la regulación de los mercados financieros y formular recomendaciones para mejorar su inclusión.

3.   Carencias y obstáculos en la participación de la sociedad civil

3.1   La regulación de los mercados financieros, hasta el momento, ha contado principalmente con la participación de los medios del sector financiero afectados. Esta impresión se vio plenamente confirmada en la audiencia organizada por el CESE el 28 de noviembre de 2011, y no puede achacarse a la falta de apertura de las instituciones de la UE. Esta materia hasta ahora apenas ha suscitado interés en organizaciones ajenas al sector financiero, lo que se puede observar por la escasa participación en las consultas lanzadas por la Comisión Europea, en las audiencias del Parlamento Europeo o en los debates públicos.

3.2   Los debates políticos en torno a directivas o reglamentos relativos al sector financiero se siguen produciendo principalmente entre el poder legislativo, por un lado, y el sector financiero afectado, por otro. En cambio, en otros ámbitos políticos, la confrontación política entre organizaciones de la sociedad civil forma parte también, precisamente en Bruselas, del debate pluralista, como, por ejemplo, entre patronal y sindicatos en la política social, entre la industria y organizaciones ecologistas en la política ambiental o entre el comercio y las asociaciones de consumidores en la política de consumo.

3.3   A juicio del Comité, las carencias de la regulación de los mercados financieros se deben a una serie de factores:

3.3.1   La regulación de los mercados financieros tiene por objeto garantizar la seguridad y estabilidad de dichos mercados y, por tanto, de un bien público poco concreto y tangible, que además durante mucho tiempo no parecía estar amenazado. No era fácil discernir cuáles eran los eventuales intereses materiales y concretos de los ciudadanos que hubiera que proteger a toda costa. Así, por ejemplo, las organizaciones ajenas a los mercados financieros carecían de estímulos, ocasión y motivos para ocuparse de estas cuestiones.

3.3.2   Los mercados financieros son sumamente complejos y no son fácilmente comprensibles para los no expertos. La existencia de distintos agentes, el carácter complejo de los productos y las múltiples interacciones hacen que las organizaciones ajenas al sector tengan dificultades a la hora de participar en los debates con suficiente conocimiento de causa.

3.3.3   Las consecuencias –directas y, sobre todo, indirectas– de una regulación para los intereses de los miembros de las organizaciones de la sociedad civil a menudo son difíciles de discernir, especialmente cuando no se trata de directivas y reglamentos, sino de unas disposiciones de ejecución y unas normas técnicas de gran complejidad.

3.3.4   El proceso de regulación del sector financiero es relativamente difícil de comprender. Con el anterior proceso Lamfalussy y el actual sistema de actos delegados, actos de ejecución y normas técnicas obligatorias, con múltiples fases de procedimiento y diferentes instituciones y autoridades competentes, a menudo es difícil formular observaciones específicas en el momento adecuado. Además, la regulación de fondo está cada vez más determinada por las instituciones internacionales como el G-20, el Comité de Basilea y el IASB (International Accounting Standards Board), cuya actividad no es muy transparente.

3.3.5   La multiplicidad de proyectos de regulación, la celeridad de los procesos legislativos y el gran número de partes interesadas han llevado al límite la capacidad de los responsables de la toma de decisiones en las instituciones a la hora de evacuar consultas, elaborar documentos o participar en conferencias.

3.3.6   La fuerte integración de los mercados financieros a escala mundial, la movilidad global del capital y la gran sensibilidad del comercio han constituido siempre, hasta el momento, argumentos difíciles de rebatir contra toda intervención en el funcionamiento de los mercados en Europa. La competencia en torno a un capital volátil necesario para invertir en el fomento del crecimiento y la creación de puestos de trabajo permitió que una estrategia de «regulación suave» pareciera una opción sensata, cosa que ha parecido ser suficiente durante un largo periodo de tiempo.

3.4   Estas dificultades son también una de las razones de la fundación de «Finance Watch», en la que distintas asociaciones europeas y nacionales, por iniciativa de diputados al Parlamento Europeo, se han unido para realizar un seguimiento crítico de la legislación en el ámbito del sector financiero.

3.5   Una problemática similar parece darse también en los Estados miembros. No se observa que en ellos las fuerzas de la sociedad civil hayan adquirido una influencia significativa en la regulación de los mercados financieros.

3.6   La consideración de los intereses de las pequeñas y medianas empresas en el sector financiero, al igual que la participación de la sociedad civil, parece encontrar dificultades. Muchas instituciones financieras de menor tamaño se quejan de los altos costes administrativos y de la complejidad de las normas, que hacen difícil su ejecución.

4.   Consideraciones generales

4.1   La democracia participativa es un elemento fundamental del modelo social europeo y de la gobernanza europea. La democracia representativa y participativa está consagrada en el Tratado de Lisboa. No obstante, el Tratado solo establece la obligación de dar «a los ciudadanos y a las asociaciones representativas» la posibilidad de expresar sus opiniones (artículo 11 TUE). Por tanto, compete a las propias instituciones europeas adoptar iniciativas cuando los proyectos no tengan ninguna resonancia en la sociedad civil o cuando dicha resonancia sea desequilibrada.

4.2   Se da por sentado al respecto que las decisiones las toman las instituciones democráticamente legitimadas y que el diálogo civil solo tiene un carácter preparatorio y de acompañamiento.

4.3   El CESE es el principal foro de representación, de intercambio de opiniones y de expresión de la sociedad civil organizada y representa un puente indispensable entre Europa y sus ciudadanos. El Comité asume este papel especialmente en el proceso legislativo.

4.4   Precisamente el Comité está llamado a desempeñar un papel destacado en la regulación de los mercados financieros y a compensar las carencias que afectan a la participación de la sociedad civil. Esto se debe a que en el Comité están representadas tanto asociaciones del sector financiero como organizaciones de consumidores y sindicatos. Dada la obligación que tiene el Comité de emitir dictámenes sobre propuestas de la Comisión, sus miembros se ocupan de oficio de los textos legislativos y no necesitan que se les exhorte a ello ni ninguna motivación especial.

4.5   Así, por ejemplo, desde el principio de la crisis financiera a mediados de 2008, el Comité se ha hecho eco en reiteradas ocasiones de la voz de las organizaciones de la sociedad civil y ha emitido aproximadamente treinta dictámenes sobre dicha crisis en general y sobre iniciativas legislativas en particular.

4.6   En vista de las carencias que presenta la participación en general de la sociedad civil, las instituciones europeas están llamadas con tanta mayor razón a prestar atención a los dictámenes del Comité.

4.7   Sin embargo, el Comité no puede ni pretende suplir la participación directa de las organizaciones de la sociedad civil. El diálogo civil es un proceso de formación de opinión democrático y público en el que debería participar el mayor número posible de agentes de diversas formas.

4.8   El Comité no tiene al respecto ninguna duda de que la participación del sector financiero en la formación de la opinión es tan legítima como la de las demás organizaciones. Las propias entidades financieras son las afectadas por la regulación, deben satisfacer las condiciones y cumplir las obligaciones legales. La participación de las asociaciones del sector financiero también es necesaria por el hecho de que el propio sector es naturalmente el más interesado en la estabilidad financiera. Son necesarios igualmente los conocimientos especializados del sector para realizar evaluaciones de impacto fiables.

4.9   El Comité también reconoce que dentro del sector financiero hay muchas ramas y empresas que operan de manera seria e íntegra y que no han contribuido a la crisis financiera. A juicio del Comité, los juicios globalmente negativos sobre el sector financiero que se escuchan ocasionalmente no están justificados. También hay sectores que no se han beneficiado de los excesos de los mercados financieros, sino que se han visto afectados negativamente por la crisis y sus consecuencias. El número de clientes de entidades financieras que han sufrido pérdidas ha sido limitado, también gracias a las ayudas estatales.

4.10   No obstante, los principales afectados de la crisis económica y financiera son los ciudadanos en su calidad de contribuyentes, trabajadores y consumidores. A través de sus organizaciones de la sociedad civil se les invita a participar en mayor medida, en la elaboración de las nuevas normas para el sector financiero, con el fin de garantizar que no vuelva a repetirse una crisis de esta magnitud.

4.11   En vista de la complejidad de la regulación en sus detalles, es muy importante que las asociaciones no solo propongan objetivos fundamentales y reclamen un mayor rigor, sino que aporten propuestas y argumentos competentes y acordes con los objetivos. Para conseguirlo, es preciso realizar importantes esfuerzos con el fin de que las asociaciones puedan debatir con el poder legislativo y otras asociaciones «en pie de igualdad».

5.   Recomendaciones específicas

5.1   La Comisión Europea, el Parlamento Europeo, el Consejo y los Estados miembros tienen que adoptar iniciativas para incluir a sectores más amplios de la sociedad civil en la regulación de los mercados financieros.

5.1.1   Es de suma importancia que las consecuencias directas e indirectas de los proyectos de regulación para la sociedad civil se expresen de manera sencilla, abierta y precisa en las propuestas, a fin de que las asociaciones puedan reconocer con mayor facilidad su repercusión para los ciudadanos.

5.1.2   Cuando se observe, como ha ocurrido a menudo en el pasado, que en las consultas sobre temas de los mercados financieros se han recibido pocas respuestas de parte de la sociedad civil, habría que dirigirse específicamente a distintas organizaciones para pedirles su participación. Si es preciso, deberán ampliarse los plazos de las consultas, como prevé la iniciativa de la Comisión de poner en marcha la «legislación inteligente». Durante la consulta no hay que centrarse solo en los aspectos técnicos, sino también plantear cuestiones específicas conforme a las consideraciones de la sociedad civil. Es preciso tener en cuenta a los grupos de destinatarios específicos de las organizaciones de la sociedad civil.

5.1.3   En las audiencias públicas de la Comisión Europea o del Parlamento Europeo habría que incluir de entrada a las organizaciones que corresponda. Las instituciones, pese a las restricciones de tiempo, deberían estar abiertas al debate con las organizaciones de la sociedad civil y participar en los actos que estas organizan.

5.1.4   Los grupos de expertos en la Comisión Europea y en el Parlamento Europeo no solo deberían estar formados por representantes del sector financiero, sino también por representantes de otros grupos. No obstante, a este respecto habría que velar por que se nombre a personas que cuenten con conocimientos especializados suficientes sobre el tema en cuestión, pues a fin de cuentas no se gana nada si existe un desequilibrio de competencias.

5.1.5   El apoyo financiero a las organizaciones de la sociedad civil con cargo a los fondos de la UE puede ser apropiado para compensar las carencias en la representación de los intereses clave en determinados casos. Sin embargo, se contradice con el principio de autonomía organizativa y financiera de los intereses ciudadanos y puede afectar a la independencia de las organizaciones y dar lugar a conflictos de lealtad en ambas partes. En cualquier caso, es necesario velar por una amplia transparencia de las contribuciones financieras, dar garantías de independencia de las organizaciones y adoptar medidas de salvaguardia contra un trato preferente en las relaciones con la Comisión frente a otras organizaciones que no reciben financiación.

5.2   Las autoridades que intervengan en la regulación de los mercados financieros de las demás instituciones de la UE, tales como el Banco Central Europeo, el Consejo Europeo de Riesgo Sistémico y las tres autoridades europeas de supervisión financiera para la banca, los valores y los seguros, deberían integrar en sus trabajos las posiciones de las organizaciones de la sociedad civil.

5.3   El funcionamiento de los grupos de partes interesadas que la ley prevé asociar a las autoridades de supervisión financiera debe tener en cuenta la perspectiva de las organizaciones de la sociedad civil, permitir una retroalimentación en las respectivas organizaciones y así ofrecer un canal adicional para la participación de la sociedad civil. No siempre ocurre así, sobre todo debido a las excesivas exigencias en nombre de la transparencia en materia de confidencialidad de los documentos y los debates.

5.4   La mayor participación de la sociedad civil en la regulación de los mercados financieros no puede alcanzarse solo a través de reivindicaciones políticas abstractas. Se requiere una idea más concreta de quién debe pronunciarse, en qué momento y sobre qué problemas relativos a los mercados financieros.

5.4.1   Además de las organizaciones de consumidores y de los sindicatos, también existen otros grupos que pueden contribuir en buena medida a los debates sobre los mercados financieros, como las organizaciones caritativas, las pequeñas y medianas empresas, las organizaciones de inversores institucionales, las empresas industriales y de servicios con importantes operaciones financieras y sus asociaciones, los intermediarios financieros e incluso las agencias de calificación crediticia. Los representantes de otros sectores financieros distintos del afectado por una regulación concreta también pueden realizar contribuciones útiles.

5.4.2   No todos los temas son igualmente adecuados para una toma de posición de las organizaciones de la sociedad civil.

5.4.2.1

Si bien las cuestiones relativas a la protección al consumidor, el uso de los impuestos para el rescate de instituciones financieras o la tributación del sector financiero resultan especialmente adecuados a este respecto, los aspectos técnicos detallados, tales como el cálculo de la solvencia o la contabilidad, presentan menos interés.

5.4.2.2

Pero las organizaciones no solo deberían centrarse en las regulaciones en el momento de su adopción, sino que deberían tener presente el proceso de regulación integral, incluidas las disposiciones de ejecución y las normas técnicas, aunque esto pueda parecer una tarea costosa.

5.4.2.3

No obstante, el Comité no ignora que la estabilidad y la sostenibilidad de los mercados financieros a largo plazo surge de la interacción de un gran número de disposiciones de fondo que deben examinarse una por una. Si bien las asociaciones no pueden ocuparse de todos los proyectos, la sociedad civil debe, cuando menos, ocuparse de estos temas, que en conjunto son cruciales para el éxito de la regulación. Y esto no afecta solo a la legislación relativa al consumidor, sino también, por ejemplo, a la regulación de la supervisión, los recursos de capital propio o la gobernanza empresarial.

5.4.2.4

La dificultad estriba también en el hecho de que detrás de los problemas aparentemente técnicos se ocultan a veces cuestiones políticas que conciernen de cerca al ciudadano. Por ejemplo, la determinación de la tasa de interés para el cálculo de las provisiones para las pensiones privadas tiene un efecto significativo en la capacidad de las compañías de seguros de ofrecer garantías a largo plazo sobre la cuantía de las pensiones.

5.4.2.5

No es suficiente exponer reivindicaciones generales e indiferenciadas en favor de que haya normas más estrictas. Esto no sirve de ayuda al legislador. No solo debe ser posible formular propuestas concretas, sino que también deben evaluarse los pros y los contras de unos requisitos más estrictos, teniendo en cuenta aspectos tales como las cargas que soportan las empresas, especialmente las pequeñas y medianas instituciones financieras, el acceso al crédito para los particulares y las empresas y el funcionamiento de los mercados.

5.4.3   La sociedad civil debería pronunciarse en la medida de lo posible en todos los niveles de toma de decisiones. A menudo, las disposiciones fundamentales se deciden ya en las primeras etapas, después de algunas consultas iniciales por parte de la Comisión, o en la preparación de los planes por las autoridades de supervisión financiera. Para ello, las asociaciones deben familiarizarse con los procedimientos complejos arriba mencionados, que se diferencian de los procedimientos habituales, y seguir su desarrollo.

5.5   El Comité Económico y Social Europeo anima a las asociaciones europeas y nacionales de la sociedad civil a interesarse por la regulación de los mercados financieros con mayor intensidad que en el pasado.

5.5.1   Algunas de estas asociaciones, en opinión del Comité, tienen la posibilidad de incluir el fomento de la estabilidad de los mercados financieros como objetivo particular o, en su caso, nuevo objetivo de la organización y de ampliar en consecuencia su ámbito de intereses y de actividad.

5.5.2   En vista de la mencionada complejidad de los mercados financieros y de la regulación que esto requiere, es necesario que las asociaciones se doten de los recursos de personal necesarios con las competencias requeridas y los desarrollen. Llegado el caso, también será necesario constituir nuevos órganos, cooperar más estrechamente con las asociaciones nacionales e incorporar a expertos externos.

5.5.3   El Comité acoge con satisfacción en este contexto, el establecimiento de Finance Watch, una nueva asociación a nivel europeo, que se dedica a promover el objetivo de la estabilidad de los mercados financieros. No obstante, por sí solo eso no es suficiente para posibilitar una amplia participación de la sociedad civil.

5.5.4   Las asociaciones deberían participar igualmente en los debates públicos a escala europea y en los Estados miembros, para contribuir de este modo políticamente a la regulación de los mercados financieros.

5.5.5   En opinión del Comité, sería deseable que las asociaciones aprovecharan su participación en la regulación de los mercados financieros para llevar a cabo una amplia actividad de comunicación positiva sobre la labor fructífera de la UE en este ámbito entre sus organizaciones y ante la opinión pública.

5.5.6   Es de particular importancia en este ámbito la cooperación entre las asociaciones nacionales y europeas. Por una parte, los niveles de regulación europeo y nacional son complementarios, especialmente en la regulación de los mercados financieros. Por otra parte, las asociaciones nacionales a menudo tienen más recursos que las organizaciones centrales europeas, recursos que deberían utilizarse, sobre todo en este ámbito, para actividades europeas.

5.5.7   Debido a la facilidad con que se mueve el capital a escala mundial, la regulación de los mercados financieros debe situarse en un nivel similar en todo el mundo. A esto pueden contribuir sobre todo las asociaciones con vocación internacional o que tienen conexiones internacionales. A nivel global pueden propiciar una regulación eficaz de los mercados financieros a un nivel similar, a fin de establecer el nivel normativo menos restrictivo posible en la competencia a nivel mundial. El interés de la estabilidad global de los mercados financieros debe defenderse en todos los foros financieros del planeta con el mismo ahínco.

5.6   El sector financiero europeo figura, a pesar de los comportamientos equivocados que se han demostrado, entre los afectados negativamente por la crisis. Por lo tanto, se le exhorta a contribuir a una regulación eficaz de los mercados financieros.

5.6.1   Los distintos subsectores no deberían esgrimir reservas improcedentes a la hora de comentar la regulación de otros subsectores en aras a la estabilidad de los mercados financieros.

5.6.2   A juicio del Comité, se entiende que la representación de los intereses del sector financiero debe ser transparente, íntegra y respetuosa con los responsables de tomar las decisiones. Las asociaciones representativas del sector satisfacen normalmente estas expectativas. En el pasado, esto no siempre ocurrió así en las diversas actividades puntuales de empresas concretas y de sus representantes comerciales.

5.6.3   El sector financiero debe abrirse al diálogo con las organizaciones de la sociedad civil. Para las empresas, dado el alto grado de visibilidad pública del sector financiero a raíz de la crisis financiera, sería conveniente dialogar con la sociedad civil, compartir sus ideas y argumentos. Eso sería un paso importante por parte del sector financiero de cara a la sociedad en su conjunto. Si el sector financiero se compromete a un comportamiento específico mediante la autorregulación, la sociedad civil debería participar en la preparación de dichas normas.

5.6.4   A fin de facilitar un diálogo civil justo y transparente, el Comité acoge con satisfacción la creación de un registro común de grupos de presión por parte del Parlamento Europeo y de la Comisión Europea, y valora positivamente los resultados de la labor del Grupo Buzek en el Parlamento Europeo. No obstante, el Comité advierte que el mayor rigor de las normas no debe suponer un menoscabo ni un obstáculo para la participación de las asociaciones. Esto se aplica en particular a cuestiones prácticas tales como el acceso a las instancias europeas y la participación en sesiones públicas.

5.7   Los científicos, fundaciones cívicas y laboratorios de ideas siguen estando llamados a aportar su capacidad de juicio, su pericia y sus experiencias a los debates sobre los mercados financieros Aunque estas entidades no pretendan participar en tareas legislativas concretas, deberían aprovechar la oportunidad de movilizar sus capacidades para conseguir el objetivo de evitar futuras crisis.

5.8   En el proceso de formación de la opinión a escala europea también desempeñan un papel destacado, por naturaleza, los medios de comunicación. También en este caso sería deseable que reflejaran en mayor medida la posición de las organizaciones de la sociedad civil. Para ello sería necesario, en su caso, invitar a las correspondientes asociaciones a definir su opinión en torno a una cuestión determinada, ya que en la actualidad son muy pocos los representantes que participan por propia iniciativa en los debates públicos.

5.9   El Comité Económico y Social Europeo se compromete a potenciar su participación en los debates sobre los proyectos de regulación de los mercados.

5.9.1   El CESE seguirá vigilando de cerca la propuesta de regulación de los mercados financieros, en gran parte para formular observaciones y emitir dictámenes, concediendo especial importancia a las opiniones de los representantes de la sociedad civil.

5.9.2   El Comité velará por que los representantes de los tres Grupos se integren en los debates por igual y participen en todas las fases del procedimiento.

5.9.3   Durante los debates, asegurará una participación mayor y más directa de las organizaciones de la sociedad civil para definir su posición organizando audiencias en las secciones especializadas y los grupos de estudio.

5.9.4   El CESE, a la hora de elaborar sus programas de trabajo, los plenos, las reuniones de las secciones especializadas y de los grupos de estudio, velará por que se dedique tiempo suficiente a un detenido debate sobre la regulación de los mercados financieros.

5.9.5   El CESE también contribuirá a que sus miembros que pertenecen a organizaciones de la sociedad civil se ocupen activamente de las cuestiones relativas a la regulación de los mercados financieros y a que esto repercuta a su vez en sus asociaciones.

Bruselas, 22 de febrero de 2012.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Staffan NILSSON


(1)  La crisis producida por el déficit público excesivo no se aborda en el presente dictamen, aunque cabría formular la pregunta de por qué la sociedad civil no ha presionado con mayor fuerza, y con anterioridad, para la reducción de la deuda.