COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Reforzar y centrar la cooperación internacional de la UE en investigación e innovación: un enfoque estratégico /* COM/2012/0497 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL
PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL
COMITÉ DE LAS REGIONES Reforzar y centrar la cooperación
internacional de la UE en investigación e innovación: un enfoque estratégico (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. Un mundo en transformación La Unión Europea es líder mundial en la
investigación y la innovación, responsable del 24 % del gasto mundial en
investigación, del 32 % de las publicaciones de mayor impacto y del
32 % de las solicitudes de patentes, aun cuando representa tan solo el
7 % de la población[1]. A lo largo de la pasada década, sin
embargo, la situación ha evolucionado rápidamente. La investigación y la
innovación mundiales estaban, hasta hace poco, dominadas por la Unión Europea,
los Estados Unidos y Japón. Sin embargo, a medida que las economías emergentes
refuerzan sus sistemas de investigación e innovación, se configura un sistema
multipolar en el que países como Brasil, China, India y Corea del Sur ejercen
una influencia cada vez mayor. La cuota de los países BRIC en el gasto global
en I+D se duplicó entre 2000 y 2009. La Unión también tiene un interés evidente
en que sus países vecinos desarrollen su capacidad en investigación e
innovación. La investigación y la innovación están
cada vez más interconectadas a nivel internacional, apoyándose en el rápido
desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación. Van en
aumento tanto el número de publicaciones científicas con coautores
internacionales como la movilidad de los investigadores. Las organizaciones de
investigación establecen representaciones en el extranjero y las empresas
invierten fuera de sus países de origen, en particular en las economías
emergentes. Los retos mundiales son motores
importantes de la investigación y la innovación. Nuestro planeta cuenta con
unos recursos finitos que hay que gestionar de modo sostenible; el cambio
climático y las enfermedades infecciosas no se detienen en las fronteras
nacionales, y es preciso garantizar la seguridad alimentaria en todo el mundo.
La Unión tiene que reforzar su diálogo con los socios internacionales para
crear una masa crítica que permita abordar estos retos. Al incrementarse la investigación y la
innovación llevada a cabo en terceros países[2],
la Unión necesitará acceder a los conocimientos resultantes. Para mantener su
protagonismo a nivel mundial, la Unión debe promocionarse como lugar atractivo
para investigar e innovar, así como tener éxito en la competencia mundial por
el talento, al tiempo que defiende sus intereses económicos, por ejemplo en lo
que se refiere a la protección de la propiedad intelectual. La entrada en vigor del Tratado de la
Unión Europea (TUE) y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)
ha modificado el marco institucional para la acción de la Unión en la escena
internacional. La Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y
Política de Seguridad y Vicepresidenta de la Comisión garantiza la coherencia
de la acción exterior de la Unión. La Alta Representante está asistida por el
Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE). Toda vez que la investigación
constituye una competencia paralela, la Unión y los Estados miembros deben
garantizar la coordinación de sus actividades respectivas, a fin de que las
políticas nacionales y la política de la Unión sean coherentes entre sí. Basándose en este contexto cambiante, los
compromisos adquiridos en virtud de la «Unión por la Innovación»[3], en el marco del
Espacio Europeo de Investigación (EEI)[4]
y en las recomendaciones de la evaluación intermedia del Séptimo Programa Marco
(7º PM)[5],
la Comisión propone un enfoque estratégico para reforzar y centrar las
actividades de cooperación internacional de la Unión en el ámbito de la
investigación y la innovación, en particular con vistas a preparar la ejecución
de Horizonte 2020[6].
2. Balance de la situación Europa cuenta con una larga tradición en
el fomento de la cooperación en investigación a través de las fronteras.
Establecida en 1954, la Organización Europea de Investigación Nuclear (CERN) es
un centro de excelencia en investigación que constituye el mayor laboratorio
mundial de física de partículas y atrae a los científicos más eminentes. Desde 1986, los Tratados sitúan de forma
explícita la cooperación con terceros países entre las actividades clave de la
política de investigación de la Unión. Se han llevado a cabo actividades de
cooperación internacional en virtud del TFUE y del Tratado Euratom. Los
Programas Marco se han ido abriendo gradualmente a la participación de terceros
países, estando el apoyo a la cooperación internacional plenamente integrado en
el 7º PM (incluido el 7º PM de Euratom). El Instituto Europeo de Innovación y
Tecnología (EIT) también está abierto a la colaboración con terceros países. De
resultas de ello, el 6 % de los participantes en el 7º PM provienen de
terceros países. Se ha avanzado en la optimización de la
escala y alcance de las actividades de cooperación internacional. Por ejemplo: –
la Cooperación de los países europeos y de
los países en desarrollo sobre ensayos clínicos (EDCTP) es una asociación
entre 14 Estados miembros, Suiza, Noruega y países del África subsahariana para
luchar contra el VIH/SIDA, la tuberculosis y el paludismo; –
Euratom, China, India, Japón, Rusia, Corea del
Sur y los Estados Unidos han unido sus fuerzas en el proyecto ITER
(respaldado por el Acuerdo del planteamiento más amplio entre Euratom y Japón)
para demostrar que la fusión nuclear es una fuente de energía viable en el
futuro; –
las acciones Marie Curie tienen una
marcada dimensión internacional: los participantes en estas acciones proceden
de 80 países diferentes; –
el Centro Común de Investigación de la
Comisión coopera con socios internacionales en una amplia serie de ámbitos; –
la interconexión mundial de las redes de
investigación y enseñanza que ofrece la red GEANT está financiada en gran
medida por la Unión (parcialmente a través de sus instrumentos de cooperación
para el desarrollo); –
la Unión, junto con otros trece países, apoya
el programa científico Fronteras Humanas para financiar la colaboración
internacional en investigación básica. Aun cuando estos progresos sean sin duda
positivos, en muchos casos se carece de masa crítica y la estrategia que
orienta el desarrollo de las acciones no siempre queda clara. Esta era una de
las conclusiones de la evaluación intermedia del 7º PM, en el que se indicaba
la necesidad de intensificar las actividades de cooperación internacional
centradas en el establecimiento de relaciones con socios no europeos en
condiciones de igualdad y en programas y actividades de gran interés mutuo. El
mismo informe recomendaba un desarrollo estratégico coherente de la política de
la Unión Europea para la cooperación internacional en investigación e
innovación. 3. Objetivos de la cooperación
internacional La cooperación internacional en
investigación e innovación contribuye a la aplicación de las políticas
generales de la Unión, tal como se refleja en la estrategia Europa 2020[7], estando al
servicio de los objetivos siguientes: (a)
reforzar la excelencia y el atractivo de la
Unión en el ámbito de la investigación y la innovación, así como su
competitividad económica e industrial, creando
situaciones beneficiosas para todos y cooperando sobre la base del beneficio
mutuo; accediendo a fuentes externas de conocimientos; atrayendo el talento y
las inversiones a la Unión; facilitando el acceso a los mercados nuevos y
emergentes; y concertando prácticas comunes para llevar a cabo la investigación
y explotar sus resultados; (b)
hacer frente a los retos sociales mundiales, desarrollando e implantando soluciones eficaces más rápidamente
y optimizando el uso de las infraestructuras de investigación; y (c)
respaldar las políticas exteriores de la
Unión, coordinándose estrechamente con las
políticas de ampliación, vecindad, comercio, Política Exterior y de Seguridad
Común (PESC), ayuda humanitaria y desarrollo y logrando que la investigación y
la innovación formen parte integrante de un programa global de acción exterior.
La «diplomacia de la ciencia» se servirá
de la cooperación internacional en investigación e innovación como instrumento
de «poder blando» y mecanismo para mejorar las relaciones con países y regiones
importantes. Las buenas relaciones internacionales, por su parte, pueden
facilitar la cooperación efectiva en el ámbito de la investigación y la
innovación. La presente Comunicación propone reforzar
y centrar las actividades de cooperación internacional en investigación e
innovación de la Unión utilizando un enfoque dual de apertura
complementada por actividades de cooperación internacional específica,
desarrolladas sobre la base del interés común y el beneficio mutuo, la escala y
alcance óptimos, la asociación y la sinergia. 4. Reforzar y centrar las actividades de
cooperación internacional 4.1. La apertura en la
cooperación internacional La Unión seguirá relacionándose con
países y regiones de todo el mundo. Esto permitirá que los investigadores e
innovadores de la Unión colaboren, sobre las bases que decidan las partes
interesadas, con sus homólogos en todo el globo: –
Horizonte 2020 estará plenamente abierto a
participantes de todo el mundo[8]; –
El Consejo Europeo de Investigación y las
acciones Marie Skłodowska-Curie funcionarán exclusivamente a instancias
del investigador, estando abiertos a los investigadores de terceros países. –
La actividad sobre infraestructuras de
investigación prestará una atención específica a la cooperación internacional.
Su componente de infraestructuras electrónicas tiene una dimensión
internacional intrínseca, al respaldar la colaboración a través de medios
digitales. –
Sin embargo, no todos los participantes de
terceros países podrán optar automáticamente a subvenciones[9]. La lista de países
que pueden optar a financiación automática se restringirá al añadir al actual
criterio de selección, basado únicamente en la RNB per cápita, otro nuevo
basado en el PIB total, salvo en el caso de los países que superen el umbral
que se defina. De este modo se tendrá en cuenta el hecho de que algunos países
han creado la masa crítica necesaria para cooperar con la Unión sobre una base
de reciprocidad. Al igual que en el caso de los países industrializados, la
financiación de los participantes de estos países seguirá siendo posible en
casos excepcionales. –
Este planteamiento más restrictivo con
respecto a la financiación automática se verá compensado por un mayor esfuerzo
por facilitar la financiación de los participantes, a través de sus canales
nacionales. –
La Unión seguirá fomentando el acceso
recíproco a los programas de terceros países. Las propuestas de Horizonte 2020
permitirán limitar el alcance geográfico de las convocatorias, por ejemplo
cuando se considere que las condiciones para la participación de las entidades
jurídicas de los Estados miembros en los programas de un tercer país resultan
perjudiciales para los intereses de la Unión o no puedan aportarse unas
garantías de seguridad satisfactorias[10]. –
El apoyo a COST y Eureka fomentará la
cooperación de las redes europeas de investigadores con sus homólogas de
terceros países. 4.2. Actividades de
cooperación internacional específicas Para maximizar el impacto de las
actividades de investigación e innovación internacionales, al tiempo que se
evita una costosa fragmentación de esfuerzos, es preciso que la Unión
complemente la apertura de Horizonte 2020 con acciones específicas para
garantizar una escala y alcance óptimos. 4.2.1. Identificar posibles
ámbitos de cooperación internacional Horizonte 2020 concentra la financiación
de la investigación y la innovación por la Unión en un número limitado de retos
sociales y tecnologías industriales y de capacitación. Al preparar los programas de trabajo para
la ejecución de Horizonte 2020 (del cual forma parte el programa Euratom), una
consideración clave será la cooperación internacional. Se indicarán los ámbitos
en que se podrá colaborar con terceros países de manera sistemática y coherente
sobre la base de un análisis de la situación de la Unión frente al resto del
mundo con arreglo al siguiente conjunto de criterios: –
capacidad de investigación e innovación,
incluyendo la inversión, la producción (publicaciones, patentes, citas,
licencias), los recursos humanos y la infraestructura; –
riesgos y oportunidades en relación con el
acceso a los mercados existentes, nuevos o emergentes, así como su impacto en
la competitividad de la Unión; –
contribución a los compromisos internacionales
de la Unión, tal como se reflejan en los Objetivos de Desarrollo del Milenio,
el marco de desarrollo posterior a 2015, Río+20, el G20 y los objetivos
internacionales de las políticas sectoriales; y –
marcos jurídicos y administrativos vigentes
entre los socios internacionales, y en su caso los Estados miembros, para
emprender la cooperación, incluidas también las lecciones aprendidas de la
cooperación anterior. Aunque se dispone de información objetiva
suficiente para sustentar el análisis del primer criterio, los otros exigirán
una evaluación cualitativa y una apreciación. La recopilación sistemática de
información será un elemento esencial del enfoque estratégico, basándose en
particular en el nuevo Observatorio de la Investigación y la Innovación que la
Comisión está desarrollando. Incluirá consultas en profundidad con las partes
interesadas, en particular la industria. El refuerzo de la dimensión relativa a la
innovación obligará a establecer unas condiciones marco adecuadas y una
situación de igualdad, incluyendo actividades que irán desde la recogida de
información, el aprendizaje de políticas, el intercambio de experiencias, la
identificación de las buenas prácticas, el suministro de información y
asistencia y el establecimiento de redes entre los protagonistas de la
investigación y la innovación con el objetivo de favorecer la adaptación y
absorción de las tecnologías existentes en nuevos mercados hasta, en
determinados casos, los proyectos piloto y de demostración. Se hará más
hincapié en actividades próximas al mercado y otras relacionadas con la
innovación. A tal efecto será necesario encontrar un equilibrio adecuado entre
la cooperación con terceros países para hacer avanzar conjuntamente el conocimiento
científico y afrontar los retos globales y la protección de los intereses de
las empresas de la Unión. En este contexto, se garantizará un tratamiento justo
y equitativo de los derechos de propiedad intelectual a fin de evitar la
pérdida incontrolada de los conocimientos técnicos de la Unión. Más en general, es de la máxima
importancia contar con unas condiciones marco sólidas relacionadas con la
innovación para que la Unión pueda participar con eficacia en la investigación
y la innovación a nivel internacional. Por ejemplo, la supresión de obstáculos
concretos al comercio sigue siendo una piedra angular de las relaciones de la
Unión con terceros países[11]. 4.2.2. Elaboración de hojas de
ruta plurianuales para la cooperación con los principales países y regiones De acuerdo con los criterios mencionados,
la identificación de los ámbitos en que llevar a cabo acciones específicas de
cooperación internacional constituirá el punto de partida del enfoque
estratégico. Una diferenciación flexible de los países y regiones con los que
asociarse permitirá una mayor particularización, especialmente en lo que
respecta a las opciones de financiación, aun teniendo en cuenta que un país
determinado puede pertenecer a una o más grupos en función de sus puntos fuertes
en investigación e innovación. En las propuestas de Horizonte 2020 figuran los
siguientes grupos de países: ·
Los países de la AELC, los países
candidatos a la adhesión a la UE y los países cubiertos por la Política Europea
de Vecindad, donde lo fundamental será fomentar
la integración en el Espacio Europeo de Investigación, o su armonización con el
mismo, en particular mediante su posible asociación a Horizonte 2020. En el
caso de la política de vecindad, se contribuirá así a la creación de un
«Espacio Común del Conocimiento y la Innovación», incluida la mejora de las
competencias de estos países en materia de investigación e innovación. La
cooperación tendrá lugar en estrecha coordinación con los instrumentos de las
políticas de ampliación y vecindad, según lo subrayado en la reciente
conferencia sobre una nueva asociación euromediterránea en la investigación y
la innovación. Con respecto a esto último, se está preparando una acción
continuadora específica. ·
Los países industrializados y las economías
emergentes, donde el principal objetivo será
aumentar la competitividad de la Unión, abordar conjuntamente los retos
mundiales mediante soluciones comunes innovadoras y desarrollar tecnologías de
capacitación a través del acceso a nuevas fuentes de conocimientos. De esta
manera, el sector privado de la Unión dispondrá de oportunidades de negocio y
acceso a nuevos mercados. Se reforzará también la dimensión relativa a la
innovación, como ocurre por ejemplo a través de la Asociación Transatlántica de
Acción sobre la Innovación o de la Asociación India-Europa de Investigación e
Innovación. ·
Los países en desarrollo, donde se hará hincapié en complementar los instrumentos y
políticas exteriores de la Unión mediante la creación de asociaciones –en
particular asociaciones birregionales– para contribuir al desarrollo sostenible
de esas regiones y afrontar problemas como la economía ecológica, la acción en
favor del clima, la mejora de la agricultura, la seguridad alimentaria y la
salud. Esto incluye apoyar los Objetivos de Desarrollo del Milenio -y sus
eventuales sucesores- fortaleciendo la investigación y la innovación en favor del
desarrollo e impulsadas por la demanda y la materialización de los resultados
de la Conferencia Río+20, por ejemplo mediante la transferencia de tecnologías
relacionadas con el clima. La identificación sistemática de
oportunidades, combinada con la diferenciación por grupos de países, facilitará
la elaboración de hojas de ruta plurianuales para la cooperación con los
principales países y regiones. 5. Un conjunto de instrumentos adecuados
para su finalidad 5.1. Diálogo político La Unión dispone de acuerdos de
cooperación científica y tecnológica con 20 países con arreglo al TFUE y con 15
países con arreglo al Tratado Euratom. La ciencia y la tecnología son a menudo
parte importante de diálogos políticos más generales, tales como acuerdos de
asociación y cooperación y otros acuerdos marco internacionales. Los acuerdos C+T serán vehículos
importantes para definir y aplicar las hojas de ruta plurianuales. En su caso,
se convertirán en asociaciones estratégicas a largo plazo, incluyendo un
acuerdo sobre las prioridades que conviene abordar. También deben fomentar un
tratamiento justo y equitativo de la propiedad intelectual y la transferencia
de conocimientos. Se seguirá un enfoque similar sobre una base regional, por
ejemplo para las asociaciones con los países mediterráneos, la Asociación de
Naciones del Asia Sudoriental, África y los países de América Latina y el
Caribe. 5.2. Recogida de información Para aplicar el enfoque estratégico
resulta indispensable contar con información objetiva. Por consiguiente, debe
prestarse mayor atención a la recogida de información cualitativa y
cuantitativa, tal como la relativa a[12]: –
las actividades de cooperación internacional
financiadas a través de la Unión, así como su impacto; –
las políticas y programas de cooperación
internacional de los Estados miembros y de los países asociados, así como los
puntos fuertes y débiles de sus sistemas de investigación e innovación, para lo
cual se exhortará a los Estados miembros y los países asociados a compartir
entre sí, a través del Foro Estratégico para la Cooperación Científico-Técnica
Internacional (SFIC), la información obtenida mediante los ejercicios de
inventariado nacionales; –
las políticas y programas de investigación e
innovación, incluido su componente internacional, de los terceros países, así
como los puntos fuertes y débiles de sus sistemas; –
las actividades de prospectiva, con el fin de
detectar los retos emergentes y los futuros mercados y tendencias. La recogida de datos recurrirá a las
Delegaciones de la Unión y los asesores científicos y al SEAE, así como al
nuevo Observatorio de la Investigación y la Innovación. 5.3. Instrumentos de
financiación Horizonte 2020 será el principal
instrumento para la aplicación de las acciones de cooperación internacional de
la Unión en materia de investigación e innovación, complementado cuando proceda
con la financiación nacional. La hoja de ruta plurianual se aplicará a
través de actividades específicas que utilizarán los siguientes instrumentos: –
proyectos de investigación e innovación en
cuya evaluación se exige y/o se tiene en cuenta la participación de entidades
de terceros países; –
formas de cooperación más flexibles, como la creación
de redes entre proyectos, agrupaciones y/o gestores de los programas; –
iniciativas conjuntas en las que participen la
Unión y los socios internacionales: ·
convocatorias coordinadas: puestas en marcha y
evaluadas paralelamente en la Unión y el tercer país; ·
convocatorias conjuntas: puestas en marcha,
evaluadas, seleccionadas y financiadas conjuntamente por la Unión y el tercer
país; ·
contribuciones de la Unión a la financiación
de programas de terceros países u organizaciones internacionales para sufragar
la participación de entidades de la Unión en dichos programas; e ·
iniciativas específicas que requieran
financiación conjunta por parte de la Unión, los Estados miembros, los países
asociados y/o terceros países para garantizar una escala y un alcance óptimos,
ejecutadas en virtud de ERA-NET, del artículo 185 o de otros instrumentos. Las propuestas de Horizonte 2020 incluyen
disposiciones[13]
para desarrollar y presentar de manera coherente las actividades transversales,
entre ellas la cooperación internacional. La Comisión tiene intención de que
estas disposiciones tengan reflejo en el programa de trabajo y la estructura de
comitología de Horizonte 2020. 5.4. Coordinación con otras
políticas y foros internacionales 5.4.1. Políticas e instrumentos
de la Unión Las actividades de cooperación
internacional en investigación e innovación se llevarán a cabo en estrecha
coordinación con las políticas exteriores de la Unión y sus instrumentos[14]. Esto incluirá
también la integración de la investigación y la innovación en otras políticas
de acusada dimensión internacional, tales como las de comercio, PESC, medio
ambiente y energía, y la explotación de las sinergias con la cooperación
internacional en educación superior propuestas en el marco de «Erasmus para
todos»[15].
La elaboración de las hojas de ruta plurianuales para la cooperación
internacional en investigación e innovación debe, por lo tanto, estar
estrechamente coordinada con las estrategias generales sobre terceros países y
con la dimensión exterior de las políticas internas de la Unión. Las políticas exteriores de la Unión
contribuirán a aumentar la capacidad de investigación de los países candidatos
a la adhesión, de vecindad y en desarrollo. La financiación de la investigación
y la innovación hará hincapié en la excelencia, contribuyendo así a encontrar
soluciones innovadoras a los retos que tienen planteados estos países. De esta
manera, contribuirá al logro de los objetivos de las políticas de desarrollo de
la Unión, por ejemplo mediante: actividades orientadas al futuro e
investigación socioeconómica para identificar retos específicos; investigación
e innovación de vanguardia para desarrollar soluciones aplicables a nivel
local; o apoyo a la adaptación y transferencia de tecnologías ya existentes. Se
verá complementada por la financiación aportada por el Banco Europeo de
Inversiones y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo. 5.4.2. Organizaciones
internacionales y foros multilaterales Las organizaciones internacionales y los
foros multilaterales desempeñan un papel clave para hacer frente a los retos
mundiales. El Comité de Política Científica y Tecnológica y el Foro Mundial de
la Ciencia de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) se
centran en mejorar la gobernanza de las actividades de investigación e
innovación mundiales. Las Naciones Unidas y otras organizaciones, tales como la
UNESCO, el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Plataforma
Intergubernamental sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas,
la Organización para la Agricultura y la Alimentación y la Organización Mundial
de la Salud, desempeñan un papel clave en la configuración de los programas
mundiales de investigación. La Agencia Internacional de la Energía y
la Agencia de la Energía Nuclear (en el marco de la OCDE), el Organismo
Internacional de Energía Atómica y el Foro Internacional de la IV Generación y
la Organización Internacional ITER fomentan la cooperación internacional en el
campo de la energía nuclear. Instituciones mundiales y regionales tales como el
Grupo Consultivo sobre Investigación Agrícola Internacional, el Foro Mundial de
Investigación Agrícola y el Foro de Investigación Agrícola en África desempeñan
actividades en el ámbito de la agricultura. El Grupo Carnegie, instaurado bajo
los auspicios del G8/G20, constituye un singular foro para los debates de alto
nivel acerca de la investigación y la innovación. La Comisión se propone intensificar su
compromiso con estas organizaciones, tanto para que la Unión pueda ejercer una
mayor influencia sobre sus actividades, en particular en los casos en que sea
uno de los principales donantes, como para que su voz se escuche más a la hora
de elaborar la agenda de la Unión. En este contexto, la Unión debe intentar
asegurarse de que su participación sea acorde con las responsabilidades que le
confieren los Tratados. Un mayor desarrollo de la asociación con iniciativas
intergubernamentales europeas como EUREKA y COST, así como con organizaciones
como EIROforum[16],
contribuirá a una mejor coordinación y un uso más eficaz de los recursos
europeos. 6. Promover unos principios comunes para la
realización de la cooperación internacional Guiada por sus principios para la acción
exterior (artículo 21 del TUE), la Unión está bien situada para desempeñar un
papel destacado en la promoción de unos principios comunes para la realización
de las actividades internacionales de investigación e innovación a fin de crear
una situación de igualdad que permita a los investigadores e innovadores de
todo el mundo entablar confiadamente relaciones mutuas. Estos principios
abordarán problemas como la investigación y la innovación responsables, la
integridad en la investigación; la revisión inter pares de las
propuestas; la promoción del papel de las mujeres en la ciencia y la dimensión
de género en la investigación y la innovación; las carreras de investigación
(sobre la base de la Carta Europea del Investigador y del Código de Conducta para
la Contratación de Investigadores)[17];
un tratamiento justo y equitativo de los derechos de propiedad intelectual; y
el acceso libre a las publicaciones de investigación financiadas con fondos
públicos. Ya se ha dado un paso con la creación del
Consejo Mundial de Investigación, foro voluntario creado para compartir las
mejores prácticas y establecer principios comunes en la cooperación
internacional. Otras iniciativas están en curso a escala de la Unión o mundial.
El Grupo Carnegie ha trabajado en el establecimiento de unos principios comunes
para la construcción de infraestructuras de investigación de gran envergadura.
En lo que se refiere al acceso abierto, la Comisión adoptó una Comunicación[18] en 2007 y, más
recientemente, una Comunicación y una Recomendación en la misma línea[19]. Estas cuestiones también han sido
ampliamente debatidas a nivel internacional, tanto en foros bilaterales como
multilaterales. La transición al acceso abierto es un empeño mundial, como
demuestra la contribución de la UNESCO a su promoción[20] y la declaración
de la OCDE sobre el acceso a los datos de la investigación obtenidos con
financiación pública[21].
Del mismo modo, la declaración de Singapur sobre la integridad en la
investigación representa el primer esfuerzo internacional para fomentar el
desarrollo de políticas, directrices y códigos de conducta mundiales que
propicien una mayor integridad en la investigación[22]. 7. Refuerzo de la asociación con los
Estados miembros y las principales partes interesadas Las actividades de cooperación
internacional de la Unión y las de los Estados miembros deben ser coherentes y
complementarse mutuamente. Por consiguiente, la profundización y el refuerzo de
la asociación entre la Comisión y los Estados miembros serán elementos clave
del enfoque estratégico. También será importante desarrollar una
interacción más sólida y sistemática con las principales partes interesadas en
la investigación y la innovación. Esto supondrá una mejor armonización de las
prioridades en materia de cooperación internacional de agentes como la
industria, las universidades y los organismos de investigación, pero también de
las prioridades de las Iniciativas de Programación Conjunta, las Plataformas
Tecnológicas Europeas y las Cooperaciones de Innovación Europea. El SFIC ha avanzado en la armonización de
las prioridades en materia de cooperación internacional de los Estados miembros
y, sobre todo, de las organizaciones financiadoras nacionales y regionales,
elaborando una iniciativa piloto con la India y explorando las prioridades de
la cooperación con los Estados Unidos y China. Es preciso intensificar estos esfuerzos,
ya que las actividades de cooperación internacional de los Estados miembros
siguen dictadas en gran medida por consideraciones nacionales en vez de por la
elaboración de prioridades y estrategias compartidas por la Unión y sus Estados
miembros. En consecuencia: –
los Estados miembros participarán en la
definición de los ámbitos de la cooperación internacional y en la elaboración
de las hojas de ruta plurianuales; –
la aplicación de esas hojas de ruta implicará
la preparación de agendas estratégicas de investigación e innovación conjuntas
Unión-Estados miembros y la participación decidida de los Estados miembros en
su aplicación; –
se trabajará en el compromiso de la «Unión por
la innovación» con el desarrollo de unas directrices comunes con vistas a los
acuerdos con terceros países sobre temas como los visados científicos, los
derechos de propiedad intelectual, los principios éticos en la investigación,
la importación y exportación de muestras y equipos científicos, la reciprocidad
y la fiscalidad; convendrá apoyarse en las directrices del EEI sobre la gestión
de la propiedad intelectual en los acuerdos de colaboración internacional
adoptadas por el Grupo de Transferencia de Conocimientos del EEI. 8. Aplicación, gobernanza, seguimiento y
evaluación 8.1. Aplicación y gobernanza La aplicación de la estrategia estará
estrechamente vinculada con el proceso de programación de Horizonte 2020, en
particular presentando de manera coherente las hojas de ruta plurianuales en
los programas de trabajo. Aun cuando el desarrollo y la ejecución
de las hojas de ruta plurianuales correspondientes a cada reto social y a las
tecnologías industriales y de capacitación sigan siendo responsabilidad de las
configuraciones de comités respectivas, la configuración del comité del
programa horizontal de Horizonte 2020 estará encargada de la dirección,
seguimiento y evaluación del enfoque general con respecto a la cooperación
internacional. El SFIC seguirá esforzándose por promover una mayor coherencia
entre las políticas de la Unión y de los Estados miembros. También recibirá atención permanente la
necesidad de comunicar a un público más amplio la importancia de la cooperación
internacional en investigación e innovación. Basándose en la experiencia
positiva del Año de la Ciencia UE-ASEAN en 2012, la Comisión propone organizar
un Año de la Ciencia cada dos años, alternando los países y regiones asociados. 8.2. Seguimiento y evaluación La Comisión presentará cada dos años un
informe sobre la aplicación de la estrategia. En dichos informes se expondrá
cómo se han elaborado y aplicado las hojas de ruta plurianuales. Se evaluarán
además los progresos y el impacto sobre la base de la lista de indicadores prevista
en el documento de trabajo de los servicios de la Comisión adjunto. El primer
informe se presentará a comienzos de 2014. 9. Conclusión El nuevo enfoque estratégico con respecto
a la cooperación internacional en el ámbito de la investigación y la innovación
se caracterizará por: –
la apertura plena de Horizonte 2020 a
participantes de terceros países, lo que permitirá a los investigadores
europeos cooperar con los mejores talentos de todo el mundo; –
actividades de cooperación internacional
específicas con la escala y el alcance necesarios para maximizar su impacto; –
la elaboración de hojas de ruta plurianuales
para la cooperación con los principales países y regiones; –
el refuerzo de la colaboración entre la
Comisión, los Estados miembros y las partes interesadas pertinentes; –
la promoción de unos principios comunes para
la realización de la cooperación internacional en el ámbito de la investigación
y la innovación; –
la potenciación del papel de la Unión en las
organizaciones internacionales y los foros multilaterales; –
el refuerzo de la aplicación, gobernanza,
seguimiento y evaluación. [1] Puede obtenerse más información en el documento de
trabajo de los servicios de la Comisión adjunto. [2] En la presente Comunicación, por «tercer país» se
entiende, salvo que se indique lo contrario, un país que no es ni Estado
miembro ni Estado asociado a los Programas Marco de investigación. [3] COM(2010) 546. [4] COM(2012) 392. [5] http://ec.europa.eu/research/evaluations/index_en.cfm?pg=fp7 [6] COM(2011) 809. [7] COM(2010) 2020. [8] COM (2011) 810, artículo 6, apartado 1. [9] COM (2011) 810, artículo 9. [10] COM (2011) 810 artículo 6, apartado 2, artículo 6,
apartado 3 y artículo 8, apartado 5. [11] COM(2012) 70. [12] Puede obtenerse más información en el documento de
trabajo de los servicios de la Comisión adjunto. [13] Artículo 13 del Reglamento de Horizonte 2020 y
artículo 5, apartado 6, del Programa Específico. [14] COM(2011) 865. [15] COM(2011) 788. [16] http://www.eiroforum.org [17] C(2005) 576 final. [18] COM(2007) 56. [19] COM(2012) 401 y C(2012) 4890. [20] http://www.unesco.org/new/en/media-services/single-view/news/open_access_to_scientific_information_policy_guidelines_for_open_access_released/ [21] http://www.oecd.org/dataoecd/9/61/38500813.pdf [22] http://www.singaporestatement.org/