Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa a la aplicación de las orientaciones generales de política económica por los Estados miembros cuya moneda es el euro /* COM/2012/0301 final - 2012/ () */
Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa a la aplicación de las
orientaciones generales de política económica por los Estados miembros cuya
moneda es el euro EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, y, en particular, su artículo 136, leído en relación con su
artículo 121, apartado 2, Vista la recomendación de la Comisión
Europea[1], Vistas las resoluciones del Parlamento
Europeo[2] Vistas las conclusiones del Consejo
Europeo, Previa consulta al Comité Económico y
Financiero, Considerando lo siguiente: (1) Desde su creación, el
Eurogrupo ha tenido un papel central y una especial responsabilidad en la
gobernanza económica de la zona del euro. La crisis económica ha puesto
claramente de relieve las estrechas interrelaciones existentes dentro de ella, que
hacen aún más perentoria la adopción de una estrategia conjunta coherente que
tenga en cuenta los intensos efectos de rebosamiento entre los países cuya
moneda es el euro, así como la creación de unos mecanismos eficaces de
coordinación política que permitan reaccionar con presteza a los cambios de la
situación económica. (2) El Consejo ha publicado
recomendaciones específicas para cada uno de los Estados miembros cuya moneda
es el euro. Estas recomendaciones, que abordan los retos económicos a escala
nacional, constituyen al mismo tiempo un factor clave para la estabilidad y el
crecimiento de la zona del euro en su conjunto. Por otra parte, los Estados
miembros cuya moneda es el euro se han comprometido a acometer nuevas reformas
de profundo calado en el ámbito del Pacto por el Euro Plus, con el objetivo de
promover la competitividad y el empleo, contribuir a la viabilidad de las
finanzas públicas y reforzar la estabilidad financiera. El 2 de marzo de 2012,
los Estados miembros cuya moneda es el euro y otros ocho Estados miembros
firmaron un Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza de la Unión
Económica y Monetaria en el que acordaron velar por que todas las grandes
reformas de política económica que se propongan adoptar se debatan previamente
y, en caso necesario, se coordinen entre ellos. La coordinación previa
en el contexto de la zona del euro, mediante la presentación de los proyectos
de presupuesto y el análisis de las grandes reformas de política económica que
se hayan previsto, contribuirá a que se tengan en cuenta los efectos de
rebosamiento de las medidas nacionales en la zona del euro en su conjunto. (3) La existencia de marcos
presupuestarios bien concebidos que contribuyan a una buena gobernanza
presupuestaria a escala nacional constituye un elemento clave para una gestión
sana de las finanzas públicas y contribuye a su sostenibilidad en toda la zona del
euro. En julio y octubre de 2011, los Jefes de Estado y de Gobierno de los
países de la zona del euro se comprometieron a adoptar unos marcos
presupuestarios nacionales conformes a la Directiva relativa a los marcos
presupuestarios nacionales antes de finalizar 2012, esto es, con adelanto a lo
previsto en la Directiva, y a ir más allá de las exigencias contenidas en ella.
Además, el 2 de marzo de 2012, los Estados miembros de la zona del euro y otros
ocho Estados miembros que no forman parte de dicha zona se comprometieron, al
firmar el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza de la Unión
Económica y Monetaria, a reforzar aún más la gobernanza presupuestaria a escala
nacional, en particular adoptando normas vinculantes con el fin de cumplir el
objetivo a medio plazo relativo a la situación presupuestaria de las
administraciones públicas. (4) Las medidas de saneamiento
presupuestario son un elemento esencial de la estrategia para superar la crisis
en la zona del euro. El marco de supervisión presupuestaria de la UE permite a
los Estados miembros avanzar a ritmos diferentes en ese proceso de saneamiento,
en función de su margen de maniobra presupuestario y de su situación
macroeconómica. Tanto el Pacto de Estabilidad y Crecimiento como el Tratado de
Estabilidad, Coordinación y Gobernanza de la Unión Económica y Monetaria
conceden particular importancia a los equilibrios estructurales, lo que permite
tener en cuenta los efectos cíclicos y las medidas puntuales sobre los
equilibrios presupuestarios globales. La eficacia de las medidas adoptadas en
respuesta a las recomendaciones del Consejo sobre la corrección del déficit
excesivo se evaluará con criterios estructurales. Una adecuada combinación de
medidas de saneamiento es fundamental para aumentar la confianza en el carácter
permanente del saneamiento en la zona del euro y limitar sus efectos negativos
a corto plazo sobre el crecimiento. Se debe dar prioridad a los gastos que
favorezcan el crecimiento, en particular a los gastos de inversión; en varios
Estados miembros de la zona del euro se podrían seleccionar proyectos de
inversión productiva cuyos beneficios, tanto a nivel social como privado,
superarían los generados por los bajos tipos de interés actuales. Urge reformar
derechos a largo plazo, en particular en el campo de la sanidad, para sustentar
la viabilidad a largo plazo de las finanzas públicas. Una política fiscal
adecuada, que grave en menor medida las rentas del trabajo, amplíe las bases
imponibles y luche más eficazmente contra la evasión fiscal, contribuiría al
saneamiento, aumentando al mismo tiempo la competitividad y creando unas
condiciones más favorables para el crecimiento. (5) La estabilidad y el buen
funcionamiento del sistema financiero son condiciones previas indispensables
para evitar la amenaza de un «decenio perdido» de crecimiento lento en la zona del
euro y para reforzar la confianza de los inversores. Puesto que es necesario
reducir aún más el efecto de apalancamiento de los balances de los bancos, es
importante garantizar que esa reducción se lleve a cabo de una manera ordenada
que permita mantener un flujo de crédito adecuado a la economía real. Para
contrarrestar la tendencia emergente a la fragmentación de los mercados
financieros, es preciso avanzar en la integración de las estructuras y
prácticas de supervisión, así como en la gestión de las crisis transfronterizas.
(6) Una corrección ordenada
de los desequilibrios macroeconómicos dentro de la zona del euro es crucial
para garantizar una estabilidad y un crecimiento sostenible en ella. El proceso
de reducción de los desequilibrios ha comenzado, pero debe continuar a un ritmo
sostenido. La urgencia de las medidas destinadas a corregir los desequilibrios
es aún mayor en los países con déficit, en los que son necesarias reformas para
mejorar la competitividad y facilitar la reasignación de recursos hacia los sectores
de bienes comercializables. Al mismo tiempo, los países con superávit pueden
contribuir a reequilibrar la situación eliminando los obstáculos innecesarios, reglamentarios
y de otra índole, que lastran la demanda interna, las actividades no comercializables
y las oportunidades de inversión. (7) Reconocer la
interdependencia de las economías de los Estados miembros cuya moneda es el
euro y las ventajas que la estabilidad en esta unidad monetaria puede generar
para sus miembros y para toda la Unión Europea es una condición previa para un
mayor crecimiento de la unión económica. Con la vista puesta en el futuro, los
Estados miembros cuya moneda es el euro tendrán que profundizar su integración
para alcanzar una plena unión económica y monetaria[3]. RECOMIENDA a los Estados miembros
cuya moneda es el euro que adopten medidas a título individual y colectivo, sin
perjuicio de las competencias del Consejo en materia de coordinación de las
políticas económicas de los Estados miembros, pero sobre todo en el contexto de
la coordinación de la política económica en el marco del Eurogrupo, en el
período 2012-2013 para: 1. Reforzar los métodos de
trabajo del Eurogrupo a fin de que este pueda asumir efectivamente la
responsabilidad de la estrategia conjunta en la zona del euro y responder
rápidamente a los cambios que se produzcan en el entorno económico, así como dirigir
la política de coordinación económica en el contexto del marco de supervisión
reforzado que se aplica a los Estados miembros cuya moneda es el euro. 2. Participar en una
verdadera cooperación política en el Eurogrupo compartiendo las informaciones y
examinando los proyectos de presupuesto y las grandes reformas previstas con
posibles efectos de rebosamiento en la zona del euro; velar por que se apliquen
las reformas que sean necesarias para dotar de estabilidad y consistencia a la
zona del euro y, en particular, garantizar que se apliquen las recomendaciones
que el Consejo ha dirigido a cada Estado miembro cuya moneda es el euro, que, aun
estando concebidas fundamentalmente para dar respuesta a los retos existentes a
escala nacional, también repercuten en la zona del euro en su conjunto. 3. Reforzar la disciplina y
las instituciones presupuestarias nacionales y subnacionales, con objeto de
reforzar la confianza de los mercados en la viabilidad a medio y largo plazo de
las finanzas públicas en la zona del euro, y adoptar anticipadamente, con
arreglo a lo decidido por los Jefes de Estado y de Gobierno en julio y octubre
de 2011 y el 2 de marzo de 2012, la transposición de la Directiva relativa a
los marcos presupuestarios nacionales antes de que finalice 2012 y fortalecer aún
mas la gobernanza presupuestaria, en particular incorporando en los
ordenamientos nacionales de todos los Estados miembros de la zona del euro las
normas relativas al equilibrio presupuestario estructural y los mecanismos
automáticos de corrección. 4. Garantizar una
estrategia conjunta coherente en materia presupuestaria en la del euro,
llevando a cabo el saneamiento preconizado en las recomendaciones y decisiones
del Consejo, en concordancia con las reglas del Pacto de Estabilidad y
Crecimiento, que tienen en cuenta la situación macrofinanciera específica de
cada país. Los Estados miembros cuyas primas de riesgo son elevadas o corren
peligro de serlo deben limitar las desviaciones de sus objetivos de saldo
nominal, incluso en caso de una coyuntura macroeconómica peor de la esperada; los
otros Estados miembros deben dejar que los estabilizadores automáticos cumplan
su función con arreglo al proceso de ajuste evaluado con criterios
estructurales y estar preparados para revisar el ritmo del saneamiento presupuestario
en caso de un nuevo deterioro de la situación macroeconómica. La estructura de
los gastos y de los ingresos públicos debe reflejar el efecto sobre el
crecimiento de las partidas de gastos y de las fuentes de ingresos. En
particular, todos los márgenes presupuestarios disponibles deben utilizarse
para impulsar la inversión pública en la zona del euro, teniendo especialmente
en cuenta las diferencias en los costes de financiación de un país a otro. 5. Adoptar medidas para
mejorar el funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero en la zona del
euro. Acelerar las etapas que deben conducir a una estructura financiera más
integrada, también en lo que atañe a la supervisión bancaria y a la resolución
de las crisis transfronterizas. 6. Llevar a cabo reformas
estructurales que, junto con una política presupuestaria diferenciada, permitirán
luchar de manera ordenada contra los desequilibrios macroeconómicos en la zona del
euro, incluidas medidas nacionales que respondan a la situación específica de
cada país y tengan en cuenta las recomendaciones formuladas por el Consejo a
cada Estado miembro de la zona del euro. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente [1] COM(2012)301. [2] P7_TA(2012)0048 y
P7_TA(2012)0047. [3] Véase la sección 2.1 del documento COM (2012) 299.