22.5.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/51


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012»

[COM(2011) 815 final]

2012/C 143/12

Ponente general: David CROUGHAN

El 23 de noviembre de 2011, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

«Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones – Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012»

COM(2011) 815 final.

El 6 de diciembre de 2011 la Mesa del Comité encargó al Comité Directivo Europa 2020 la preparación del trabajo del Comité sobre el tema.

En vista del carácter urgente de este dictamen, el Comité Económico y Social Europeo designó a David CROUGHAN como ponente general en su 478o Pleno de los días 22 y 23 de febrero de 2012 (sesión del 22 de febrero de 2012), y aprobó por 171 votos a favor, 19 en contra y 21 abstenciones el presente Dictamen.

INTRODUCCIÓN

i

El presente proyecto de dictamen, emitido con miras al Consejo Europeo de primavera, comenta el «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento» (EPAC) 2012 de la Comisión.

ii

El EPAC lanza el Semestre Europeo 2012 sobre gobernanza económica, que es asimismo el primero del marco jurídico acordado sobre una gobernanza económica reforzada (el six pack).

iii

El EPAC establece cuáles deben ser, según la Comisión, las prioridades de la UE en los próximos doce meses en relación con las políticas y reformas económicas y presupuestarias para estimular el crecimiento y el empleo en el marco de la Estrategia Europa 2020. Una vez aprobadas por el Consejo Europeo de marzo, estas prioridades deberán ser tenidas en cuenta por los Estados miembros en sus políticas y presupuestos nacionales.

iv

En la parte I, el presente proyecto de dictamen se propone comentar temas generales relacionados con el EPAC como: la apuesta por el crecimiento, la consolidación fiscal y la aplicación de reformas acordadas en el marco del Semestre Europeo, así como la implicación de la sociedad civil y de los interlocutores sociales en el proceso del EPAC.

v

La parte II reúne observaciones y recomendaciones específicas sobre una serie de políticas de la UE, que responden detalladamente a las cinco prioridades presentadas por la Comisión en el EPAC: consolidación fiscal diferenciada favorable al crecimiento; restablecimiento del crédito normal a la economía; promoción del crecimiento y la competitividad; respuesta al desempleo y a las consecuencias sociales de la crisis; y modernización de la administración pública. Estas contribuciones se han extraído de varios dictámenes recientes del CESE y actualizan la posición del Comité sobre el EPAC 2011 (1) aprobada en marzo de 2011.

vi

El presente proyecto de dictamen es asimismo continuación del dictamen sobre el Semestre Europeo 2011, aprobado por el Comité en diciembre de 2011 (2).

PARTE I

MENSAJES DEL CESE CON VISTAS AL CONSEJO EUROPEO DE PRIMAVERA

A diferencia de lo sucedido en todas las últimas cumbres, la Unión debe demostrar su capacidad política para abordar la crisis de la deuda con medidas ambiciosas y suficientes para restablecer la confianza. Una de estas medidas es la mayor insistencia en el crecimiento.

A.    INTRODUCCIÓN

1.   La Comisión ha publicado el EPAC 2012 en un contexto desolador: la Unión está sumida en la peor crisis financiera, económica, social y de confianza de su historia. Las consecuencias de la crisis son amplias: dificultades para las familias y las empresas, aumento del desempleo juvenil y de larga duración, aumento del número de personas que corren riesgo de caer en la pobreza y exclusión, inquietud en nuestras sociedades, riesgo de un incremento del nacionalismo y del populismo.

2.   El Comité está profundamente preocupado por la falta de aplicación a nivel nacional de los compromisos contraídos en el marco del proceso del «Semestre Europeo». Más que nunca, la UE necesita demostrar su capacidad de actuar de manera eficaz para restaurar la confianza de los consumidores y los inversores y ofrecer respuestas ambiciosas a los retos actuales. A falta de una actuación firme y una aplicación efectiva de las reformas por parte de las instituciones europeas y los Estados miembros, Europa se está enfrentando a una crisis de crecimiento a largo plazo y a una creciente divergencia, lo cual supone una mayor presión sobre la zona del euro.

3.   Mientras que el proceso del Semestre Europeo 2012 empieza con unas previsiones de crecimiento considerablemente rebajadas y la alta posibilidad de recesión, el Comité lamenta que la Cumbre Europea de diciembre de 2011 no lograra restaurar la confianza en la gobernanza de la Unión Europea, que ha ido reduciéndose progresivamente de una cumbre a otra en los últimos dieciocho meses. La evidente falta de voluntad de la Cumbre para hacer frente a los problemas profundamente arraigados que reveló el EPAC, ha dado lugar a continuas recetas políticas que no cuentan con la confianza de los Gobiernos y los inversores del mundo y en particular con la confianza de los ciudadanos europeos.

4.   El Comité considera que los remedios propuestos hasta la fecha en relación con la deuda soberana y la crisis financiera relacionada con ella son parciales y por ello es probable que mantengan alejados de los mercados, durante más tiempo del previsto, a algunos países profundamente endeudados, corriéndose el grave peligro de contagiar a otros Estados miembros más grandes. Un impago de Grecia todavía es una posibilidad; tal suceso podría tener un grave efecto negativo en otros países que se enfrentan a problemas de deuda soberana y podría iniciar una cadena de acontecimientos con graves consecuencias no solo para la economía europea, sino también para la mundial. Pese a su indudable fortaleza económica, la Unión Europea no ha encontrado una manera de proteger de los embates financieros a los Estados miembros con dificultades; ello ha debilitado gravemente el edificio europeo atacando su fragmentación estructural. El problema es, por consiguiente, tanto político como económico.

5.   El Comité está alarmado por el hecho de que el alto grado de incertidumbre así generado repercuta negativamente en la economía real de la Unión reduciendo la inversión, la producción y el empleo, dado que los inversores buscan refugios más seguros e incluso estudian la posibilidad de desintegrar la zona del euro con las terribles consecuencias mundiales que ello podría tener.

6.   Las experiencias de anteriores crisis de integración europea han demostrado que Europa dispone de los recursos necesarios para encontrar soluciones. El Comité pide a las instituciones europeas y a los Estados miembros que tengan valor y visión políticos y apoyen una mayor integración, así como la recuperación económica y las inversiones, lo que ahora constituye la única posibilidad de salir de la crisis.

7.   La UE debe prescindir del actual enfoque de emergencia fragmentado de la crisis y adoptar soluciones duraderas para los retos estructurales que ha destapado esta crisis, garantizando así el bienestar a largo plazo de los europeos. Ello exige construir un cortafuegos europeo contra ulteriores ataques, dar tiempo a los países en dificultades para que se recuperen, y adoptar medidas adicionales específicas para impulsar el crecimiento económico en Europa.

8.   Junto con el paso adelante necesario para propiciar una gestión europea y creíble de la crisis de la deuda es necesaria una mayor unión fiscal. El Comité aplaude la introducción en el proceso del Semestre Europeo del seguimiento mucho más estrecho de la política presupuestaria de los Estados miembros y de los compromisos contraídos por los Estados miembros con arreglo al pacto fiscal, incluso si es necesario destacar la necesidad de llevar a cabo un análisis de la repercusión social de tales medidas. No obstante, la nueva estructura para la gobernanza económica europea debe preservar la autonomía de los interlocutores sociales y su libertad para celebrar convenios colectivos.

9.   Además, el Comité reitera su pleno apoyo a la amplia Estrategia Europa 2020, que ofrece una visión positiva para el futuro y un marco coherente para llevar a cabo reformas orientadas al futuro para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Asimismo recuerda la necesidad de garantizar un buen equilibrio entre los aspectos sociales, económicos, de empleo de la estrategia.

10.   El Comité está profundamente preocupado por la inquietante merma del método comunitario en favor de un enfoque intergubernamental, dirigido principalmente por muy pocos Estados miembros, que ha contribuido al carácter forzado de la respuesta política. En parte debido a que las instituciones de la UE han desempeñado un papel subordinado en el enfoque intergubernamental que se ha adoptado en los últimos dos años, los graves problemas de la Unión Europea no se han abordado desde la perspectiva de la Unión, sino desde la perspectiva y las exigencias políticas de los Estados miembros.

11.   El Comité señala que en un plazo máximo de cinco años después de la entrada en vigor el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria, acordado el pasado 30 de enero por 25 Estados miembros, se tomarán las medidas necesarias para incorporar el contenido de este Tratado al marco jurídico de la Unión Europea, sobre la base de una evaluación de su aplicación. El Comité insta, por tanto, a los países que decidieron no participar (3) en el proceso intergubernamental que condujo a la adopción del Tratado a que reconsideren su posición al respecto.

12.   El Comité aboga por un papel importante para la Comisión Europea, alentándola a presentar propuestas audaces, y por una plena implicación del Parlamento Europeo en el proceso del Semestre Europeo, para garantizar la transparencia y legitimidad del mismo.

13.   El Comité agradece a la Comisión que haya publicado el EPAC 2012, a finales de noviembre de 2011, antes de la fecha prevista en un principio. Aunque el calendario sigue siendo apretado, ello ha permitido al CESE celebrar debates sobre el EPAC, consultar a su red de CES nacionales e instituciones similares y elaborar el presente dictamen antes de que el Consejo Europeo de primavera decida sobre las prioridades anuales.

B.    UNA ATENCIÓN ADECUADA AL CRECIMIENTO

14.   El Comité considera que el EPAC 2012 supone, de diversas maneras, una mejora en comparación con su predecesor.

15.   El Comité acoge con agrado la atención general prestada al crecimiento y observa con satisfacción que el EPAC 2012 adopta muchas ideas reflejadas en el anterior dictamen del CESE sobre el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2011 (4).

16.   El CESE hace hincapié en que sin una tasa de crecimiento suficiente, no puede resolverse la crisis de la deuda soberana, sobre todo en los países en dificultades. La falta de insistencia en el crecimiento conllevaría un alto riesgo de empujar a muchas economías de la Unión a la recesión y algunas incluso a la depresión.

17.   El EPAC reconoce que los mercados financieros están evaluando la viabilidad de la deuda pública de los Estados miembros sobre la base de las perspectivas de crecimiento a largo plazo, de su capacidad para adoptar decisiones de reforma estructural de gran alcance y de su compromiso con la mejora de la competitividad.

18.   El Comité coincide con el EPAC en que las perspectivas de crecimiento de todos los Estados miembros de la UE dependen de una respuesta firme a la crisis de la deuda soberana y la voluntad de aplicar políticas económicas rigurosas y que se está dedicando demasiado tiempo y energía políticos a medidas de emergencia y no se concede el tiempo suficiente a la aplicación de los cambios políticos que permitirían recuperar altos niveles de crecimiento en nuestras economías.

19.   El Comité coincide plenamente en que la atención debe centrarse a la vez en las medidas de reforma con efecto sobre el crecimiento a corto plazo y en el modelo de crecimiento a medio plazo.

20.   El Comité reitera que los tres aspectos del crecimiento –inteligente, sostenible e integrador– están interconectados y se refuerzan mutuamente. Hay que prestar idéntica atención al aspecto económico, social y medioambiental.

21.   El restablecimiento de la confianza debe ser coherente con otros objetivos consagrados en el Tratado de Lisboa, incluido el bienestar de las personas. La necesidad de hacer reformas debería verse como una oportunidad de cambiar nuestro estilo de vida para hacerlo más sostenible.

22.   Es preciso que todos los Estados miembros hagan hincapié en reformas a favor del crecimiento.

23.   Situación específica de cinco Estados miembros que reciben programas de asistencia financiera de la UE y del FMI  (5)

23.1   El Comité considera que la Comisión y el Consejo deberían seguir alentando a los Estados miembros a prever y aplicar políticas de crecimiento a largo plazo, a través de recomendaciones específicas detalladas por país. El Comité lamenta que en 2011 la única recomendación dada a los cinco Estados miembros incluidos en la asistencia financiera de la UE y del FMI fuera la de seguir aplicando medidas previstas en las decisiones en las que se les concedía asistencia financiera.

23.2   En estos momentos, el Comité expresa su alarma ante la decisión de la Comisión de que no se exija a estos cinco países participar en la preparación de la segunda ronda de PNR en 2012. El CESE reconoce que los PNR cubren esencialmente los mismos ámbitos y que estos países presentan sus objetivos nacionales en relación con la Estrategia Europa 2020. Sin embargo, ello elimina a estos países del nuevo proceso de gobernanza en el núcleo de dicha Estrategia, que se diseñó para lograr la convergencia económica necesaria mediante reformas y la adopción de mejores prácticas. En particular, ello inhibirá la implicación de los ciudadanos y los interlocutores sociales a escala nacional a la hora de participar en la aplicación y revisión de los PNR. Esto contradice totalmente las conclusiones del Consejo Europeo de marzo de 2011, que garantizan la plena implicación de los parlamentos nacionales, los interlocutores sociales y otras partes interesadas en el nuevo marco del Semestre Europeo.

24.   Invertir en el crecimiento: un reto particular en el contexto actual

24.1   El Comité es consciente de que determinar qué medidas de crecimiento son las adecuadas puede suponer todo un reto. La difícil situación que atraviesa la UE desde el punto de vista del crecimiento no se debe tan solo a la crisis, sino también a problemas adicionales que repercuten en su rendimiento económico, como la pérdida de competitividad, la globalización, la escasez de recursos (energía, capacidades, etc.), el cambio climático y el envejecimiento de la población.

24.2   Alcanzar los objetivos de Europa 2020 exigirá una inversión importante: por ejemplo en TIC, infraestructura tradicional y nueva, I+D e innovación, educación y capacidades, así como eficiencia energética. Las inversiones en economía ecológica fomentarán la innovación y la demanda de productos nuevos, lo cual, a su vez, impulsará el crecimiento y contribuirá a la sostenibilidad de la economía mundial.

24.3   Se trata de un auténtico reto en tiempos de austeridad. Ahora bien, las ventajas de esta inversión pública a escala nacional o europea hacia un crecimiento inteligente, sostenible e integrador son significativas y pueden tener un importante efecto multiplicador, alentando una inversión privada adicional.

24.4   El Comité opina que la Unión necesita invertir más en proyectos que promuevan un cambio estructural y que ayuden a colocar a las economías de los Estados miembros en una senda de crecimiento sostenible. Los proyectos adecuados deben estar en consonancia con los objetivos de Europa 2020, por ejemplo, proyectos de infraestructuras a largo plazo que son de gran interés público y tienen un potencial de ingresos.

24.5   En este contexto, el Comité apoya plenamente la Iniciativa Europa 2020 de Obligaciones para la Financiación de Proyectos  (6) destinada a financiar proyectos de infraestructuras a gran escala en el ámbito de la energía, el transporte y las TIC. Ello será positivo para los mercados de obligaciones de financiación de proyectos y ayudará a los promotores de cada proyecto a atraer financiación a largo plazo de la deuda del sector privado.

24.6   El Comité considera que es necesario mostrarse más activo a escala europea para generar inversiones. Los Fondos Estructurales disponibles han de canalizarse para reforzar la competitividad y volver al crecimiento. La financiación de la UE debería condicionarse a los resultados y la compatibilidad con los objetivos de la Estrategia Europa 2020.

24.7   El Comité aplaude la rápida adopción por parte del Parlamento y del Consejo de un acuerdo sobre el aumento de las tasas de cofinanciación para los Fondos Estructurales en países que reciben ayuda financiera de la UE, el BCE y el FMI, a fin de permitir la rápida movilización de fondos de la UE en apoyo del crecimiento y una mejor absorción (7).

24.8   Dada la fuerte presión a que se ven sometidos los presupuestos nacionales y europeos, los Estados miembros y los legisladores europeos han de tomar decisiones difíciles y fijar prioridades a fin de invertir en «partidas que fomenten el crecimiento» como educación y competencias, I+D+i, medio ambiente, redes –por ejemplo Internet de alta velocidad–, energía e interconexiones de transporte.

24.9   Es preciso recalcar el importante papel que desempeñan el espíritu empresarial, el empresariado social y la creación de empresas –en particular pymes, incluidas las empresas sociales– en la recuperación. Son impulsores clave del crecimiento económico, la innovación y la habilidad empresariales y una fuente importante de creación de puestos de trabajo.

24.10   .El desempleo está alcanzando niveles intolerables en muchos países de la UE, con costes sociales y económicos enormes. Por este motivo, las medidas a corto y medio plazo serán esenciales para facilitar el acceso de los jóvenes y las mujeres, la reinserción de trabajadores que se han vito expulsados del mercado laboral debido a la crisis, la formación profesional y el reciclaje profesional. En la UE se tendrán que crear 17,6 millones de puestos de trabajo antes de 2020.

C.    DEMASIADA ATENCIÓN A LA CONSOLIDACIÓN FISCAL

25.   El Comité coincide plenamente en la necesidad de una consolidación presupuestaria para corregir los graves desequilibrios fiscales y restaurar la confianza. Sin embargo, está preocupado por el elevado peso que se concede a las medidas de austeridad en el pacto fiscal. Es preciso realizar una evaluación efectiva del impacto social real de estas medidas, y deberá hacerse todo lo posible por garantizar que no conduzcan a aumentar el riesgo de pobreza y de exclusión social. El Comité considera que es preciso encontrar un equilibrio justo entre la consolidación fiscal y el crecimiento. La disciplina fiscal en sí y la austeridad no bastarán para colocar a la UE en una senda sostenible. Si bien es necesaria cierta austeridad, no es menos cierto que las medidas deben ser socialmente equilibradas y tener en cuenta la manera en que afectan a los distintos grupos sociales. El Comité suscribe la advertencia de Christine Lagarde, Directora General del FMI, según la cual «efectuar recortes lineales en todo el continente sólo conducirá a aumentar la recesión».

26.   El Comité expresa su preocupación por el hecho de que el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria, acordado el pasado 30 de enero por 25 Estados miembros, no aporte solución a la crisis actual. Aunque conduzca a un mayor respeto del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en el futuro, no hace suficiente hincapié en el equilibrio fiscal, ni hace ninguna referencia al sistema de alerta rápida ni al cuadro de indicadores diseñado para corregir los desequilibrios que se producen en otros sectores de la economía, como el sector privado, la pérdida de competitividad o las burbujas inmobiliarias, que han contribuido todos ellos de manera significativa a la crisis. El crecimiento económico es parte de la solución y requiere la adopción de medidas específicas rigurosas dirigidas a fomentar el crecimiento, en particular en los Estados miembros que amenazan con caer en una profunda recesión. Los esfuerzos de consolidación y la reforma deben ir acompañadas de medidas para impulsar el crecimiento.

27.   El Comité expresa su preocupación por el hecho de que el EPAC pida una mayor austeridad para cumplir los objetivos de consolidación presupuestaria incluso en caso de un deterioro del clima macroeconómico. Recomienda a los Estados miembros que se benefician de programas de asistencia financiera que sigan «cumpliendo los objetivos presupuestarios acordados a pesar de las posibles fluctuaciones de las condiciones macroeconómicas»; aconseja a los Estados miembros que hayan acumulado un retraso importante y estén sometidos a un procedimiento de déficit excesivo que aceleren «sus esfuerzos de consolidación y las posibles revisiones limitadas a la baja del principal escenario macroeconómico no deberían producir retrasos en la corrección de déficits excesivos».

28.   Estabilización mediante los eurobonos

28.1   Las instituciones financieras invierten en bonos de deuda pública que esperan estén libres de riesgos a efectos de su balance; de ahí que actualmente las instituciones prefieran depositar dinero en el BCE que comprar bonos con mayor riesgo de algunos Estados miembros, privando así de liquidez al sistema financiero.

28.2   La solución a esta situación exige construir un baluarte europeo más grande y más creíble contra las presiones del mercado en el que el Banco Central Europeo desempeñe un papel incluso más amplio, directa o indirectamente bajo los auspicios del FEEF o del SME.

28.3   El Comité reconoce que las importantes implicaciones para los riesgos morales son reales y exigen una solución; sin embargo, este problema palidece en comparación con la posible desaparición de la zona del euro. Dada la falta de voluntad de los Estados miembros de suscribir la deuda de otros Estados miembros y las dificultades del BCE para desempeñar este papel, el Comité pide que se estudie con urgencia la introducción de bonos de estabilidad. A raíz de la publicación por la Comisión del Libro Verde sobre la viabilidad de la introducción de bonos de estabilidad, el Comité está considerando esta cuestión en un dictamen independiente.

D.    ATENCIÓN ADECUADA A LA APLICACIÓN

29.   La Estrategia Europa 2020 tiene por objetivo garantizar que la Unión Europea pueda competir en un entorno cada vez más competitivo. En consecuencia, el Comité apoya firmemente a la Comisión por el gran énfasis que concede en todo el EPAC a la ausencia de una aplicación adecuada de las reformas a escala nacional.

30.   El Comité observa con gran preocupación que, a pesar de la urgencia de la situación, los progresos realizados por los Estados miembros a la hora de aplicar las orientaciones del EPAC 2011 están por debajo de las expectativas. Las decisiones tomadas a escala de la UE tardan demasiado en traducirse en decisiones de política nacional.

31.   El CESE insta a los Estados miembros a que apliquen plenamente las reformas a las que se han comprometido en sus programas de reforma nacionales. Han de responsabilizarse de los cambios necesarios en función de la futura gobernanza económica. Esto subraya la necesidad de reforzar el proceso del Semestre Europeo mediante una mayor implicación de los Parlamentos nacionales, los interlocutores sociales y la sociedad civil organizada en los Estados miembros a la hora de debatir y supervisar los avances en la aplicación de los PNR.

32.   El Comité lamenta que los compromisos fijados en los Programas Nacionales de Reforma 2011 sean insuficientes para cumplir la mayoría de los objetivos a escala de la UE; dada la creciente preocupación de que no se alcancen los objetivos de la Estrategia Europa 2020, pide a la Comisión y a los gobiernos de los Estados miembros que intensifiquen sus esfuerzos y corrijan este desvío que se ha detectado tan pronto en los programas, y cuiden de que los gobiernos, las partes interesadas y los ciudadanos de cada país perciban su programa de reforma como algo propio y lo apliquen.

33.   El CESE pide asimismo a la Comisión que se asegure de que todos los Estados miembros, incluidos los que cuentan con asistencia financiera de la UE-FMI, contribuyan a los objetivos principales de acuerdo con sus posibilidades.

E.    IMPORTANCIA DEL EPAC E IMPLICACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA Y DE LOS INTERLOCUTORES SOCIALES

34.   El EPAC es la base para lograr el entendimiento común necesario sobre las prioridades de acción a escala nacional y de la UE para 2012, que luego se utilizará en las decisiones económicas y presupuestarias nacionales y la elaboración de los Programas Nacionales de Reforma (PNR) y los Programas de Estabilidad y Convergencia (PEC) por parte de los Estados miembros.

35.   Por ello, el EPAC desempeña un importante papel político y el Comité considera que no debería limitarse a un proceso tecnocrático, sino que debe tener en cuenta los puntos de vista del Parlamento Europeo y de partes interesadas clave como la sociedad civil organizada y los interlocutores sociales.

36.   En el contexto actual de absoluta falta de confianza en la manera en que se ha abordado la crisis hasta la fecha y una falta de confianza en la propia Unión, Europa debe contar con sus ciudadanos. El diálogo social y civil debe reforzarse a todos los niveles para establecer un amplio consenso sobre la necesidad de reformas.

37.   Las medidas encaminadas a mejorar la gobernanza económica europea deberán acompañarse de pasos para mejorar su legitimidad, responsabilidad y apropiación.

38.   El Comité pide una implicación mejor y más efectiva de las partes interesadas de la sociedad civil organizada en el Semestre Europeo: a escala de la UE, en lo que respecta al EPAC y la elaboración de recomendaciones específicas por país, y a escala nacional a través del proceso de elaboración, aplicación y seguimiento de los futuros PNR. En los PNR deberá ofrecerse una información detallada sobre la medida en que se ha implicado activamente a las partes interesadas en el proceso y cómo se han tenido en cuenta sus aportaciones.

39.   La estrategia de crecimiento Europa 2020 solo puede lograrse si toda la sociedad se siente comprometida y cada uno de los agentes asume su plena responsabilidad. En un momento en que se toman decisiones importantes que repercuten en la vida de todas las partes interesadas, el hecho de hacerlas partícipes de las reformas es más necesario que nunca.

40.   El Comité quiere mantenerse activamente implicado en la fase de aplicación de la Estrategia Europa 2020 y el seguimiento del EPAC 2012. Seguirá el trabajo conjunto con su red de CES nacionales y organizaciones similares a fin de mejorar la consulta, la participación y movilización de la sociedad civil organizada tanto a nivel europeo como nacional.

PARTE II

PROPUESTAS DEL COMITÉ SOBRE LAS PRIORIDADES PRESENTADAS POR LA COMISIÓN EUROPEA

i

El Comité respalda las cinco prioridades que, de conformidad con la Comisión, deberían constituir la base de las principales políticas en 2012: consolidación fiscal diferenciada favorable al desarrollo, restablecimiento del crédito a la economía, promoción del crecimiento y la competitividad presentes y futuros, respuesta al desempleo y a las consecuencias sociales de la crisis, y modernización de la administración pública.

ii

Esta parte II presenta una serie de contribuciones específicas en relación con las mencionadas prioridades. Estas declaraciones son esencialmente citas extraídas de varios dictámenes del CESE aprobados por el Comité en 2011, y constituyen un seguimiento de la posición del CESE sobre el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2011 (8) adoptada en marzo de 2011.

1.   Consolidación fiscal diferenciada favorable al desarrollo

1.1   Consolidación fiscal

1.1.1

El CESE reitera su opinión expresada en el dictamen del CESE sobre el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2011, en el punto 1: Consecución de un riguroso saneamiento fiscal' y en el punto 2: 'Corrección de los desequilibrios macroeconómicos.

1.1.2

Por lo que se refiere a la consolidación fiscal, tal y como se ha señalado en los puntos 1.1 y 1.2 de su dictamen sobre el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2011 (9), el CESE opina que la cuestión consiste en reequilibrar las finanzas públicas pero evitar la reducción de la demanda, lo que conllevaría una recesión que generaría a su vez déficits aún mayores, empujando a la economía europea en una espiral descendente. Los programas de reducción de la deuda pública deberían elaborarse de manera compatible con los objetivos de recuperación económica, sociales y de empleo que se establecen en la Estrategia Europa 2020.

1.1.3

Europa debe intensificar la gobernanza económica para garantizar la disciplina presupuestaria en todos los Estados miembros, especialmente en la zona del euro. El paquete de reformas acordado, el denominado six-pack, debe aplicarse rápida y correctamente, al igual que las nuevas propuestas reglamentarias y el Semestre Europeo que las acompaña, que son un paso para mejorar la coordinación de las políticas económicas y presupuestarias nacionales y garantizar una supervisión más estrecha por parte de la UE.

1.1.4

Sin embargo, la disciplina presupuestaria en los Estados miembros no es una garantía en sí misma de crecimiento, empleo y cohesión económica y social. Preocupa al Comité que las actuales condiciones para emitir bonos de deuda soberana hayan dado lugar a una situación en el mercado que podría socavar el restablecimiento de la estabilidad y el crecimiento.

1.1.5

Por este motivo, el Comité acoge favorablemente el Libro Verde sobre la viabilidad de los bonos de estabilidad. El Comité considera que la gestión de la deuda soberana con garantías comunes en la zona del euro contribuirá de manera importante a superar problemas graves y el punto muerto entre austeridad y crecimiento, siempre y cuando se haga sobre la base de normas estrictas y la pertinente gobernanza a nivel europeo para excluir cualquier tipo de riesgo moral y fomentar un comportamiento de gobierno responsable y predecible.

1.1.6

Los avances en este área también permitirán que el Banco Central Europeo (BCE) vaya desmantelando progresivamente su programa de adquisición de bonos del Estado, que en la actualidad es necesario para que los Estados miembros puedan refinanciar sus deudas públicas. En su lugar, el BCE podría optar por respaldar los nuevos fondos de estabilidad dando garantías adicionales a los agentes del mercado, al menos en la fase de transición.

1.2   Dar prioridad a un gasto sostenible

1.2.1

El Comité manifiesta su pleno apoyo a la decisión de dar prioridad a un gasto sostenible. Es preciso, en particular, impedir que las medidas para la superación de la crisis económica y de la deuda soberana comprometan la inversión pública en educación y formación. Los Estados miembros deberán prestar especial atención a la inversión pública en la educación, investigación y formación profesional a la hora de evaluar sus objetivos presupuestarios a medio plazo.

1.2.2

Las medidas de apoyo público a la investigación y la innovación mediante programas específicos han demostrado tener una importancia extraordinaria para las industrias grandes consumidoras de energía. El CESE pide a la Comisión Europea, al Consejo y al Parlamento que refuercen estos programas, centrados en la eficiencia energética y la diversificación, y los estructuren permanentemente en las acciones de desarrollo.

1.2.3

Pese a las dificultades de la coyuntura económica actual, el CESE recomienda invertir más aun en investigación, desarrollo, implantación y formación y en las actividades científicas aplicadas a las industrias grandes consumidoras de energía. Estas inversiones deberían financiarse adecuadamente en el contexto del próximo programa marco y permitir el intercambio de experiencias y resultados al menos a nivel europeo. Los programas europeos y nacionales deberían centrarse en mayor medida en la investigación y la innovación en materia de eficiencia energética.

1.3   Unas políticas de mercados laborales y unos servicios de empleo activos

1.3.1

Como ya señaló el Comité en su dictamen relativo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2011 (10), la búsqueda activa de empleo debería garantizase sobre todo mediante la prestación de servicios eficaces en el mercado laboral, y no tanto a través de los llamados incentivos en los subsidios de desempleo. (…) En vista del actual desempleo sin precedentes, el problema de los mercados de trabajo no es la falta de trabajadores en general, sino, en algunos Estados miembros, la falta de trabajadores cualificados, así como la gran escasez de puestos de trabajos disponibles. Debería prestarse mayor atención a desarrollar una política inteligente de la demanda que fomente la innovación y el crecimiento futuros y contribuya a la creación de nuevos puestos de trabajo.

1.3.2

El Comité recuerda que los servicios públicos de empleo tienen la responsabilidad de desempeñar un papel más activo en la política de formación de destinatarios prioritarios, como los trabajadores con menos cualificaciones y competencias o con empleos precarios y los grupos más vulnerables como las personas con discapacidades, los desempleados de más edad y los inmigrantes. Los servicios públicos de empleo también deben tener un papel más activo en la colocación de estos desempleados y en el desarrollo de políticas activas de empleo y de formación profesional. En muchos países es necesario ampliar masivamente el apoyo que prestan los servicios públicos de empleo, dedicando mayor atención a los desfavorecidos.

1.4   Reforma y modernización de los sistemas de pensiones

1.4.1

Aunque considera necesario reforzar y modernizar los sistemas de pensiones, el Comité opina que la presión sobre los sistemas de pensiones se debe más a la falta de empleo y de inversión que a la demografía. Lo que se necesitan son iniciativas para promover la prolongación de la vida laboral, acompañadas de políticas de crecimiento y empleo eficaces. Sólo una política real de «envejecimiento activo» destinada a incrementar la participación en la formación y el aprendizaje permanente puede elevar de manera sostenible las tasas de empleo de las personas de más edad, que dejan su trabajo prematuramente debido a problemas de salud, a la intensidad de la labor que deben realizar, a un despido anticipado, así como a la falta de oportunidades para formarse o reincorporarse al mercado de trabajo. El CESE también se muestra muy escéptico respecto de la utilidad de posponer la edad legal de jubilación para responder a los retos demográficos. Un aumento de la edad de jubilación puede ejercer una presión creciente sobre otros pilares del sistema de seguridad social como las pensiones de invalidez o el ingreso mínimo garantizado, tal como ha ocurrido en algunos Estados miembros, falseando de este modo los avances hacia unas finanzas públicas saneadas. El CESE considera mucho más apropiado reducir la diferencia existente entre la edad de jubilación real y la legal en la actualidad.

1.4.2

De manera más específica, el CESE entiende que un cambio consecuente en favor de un mundo laboral acorde con la edad debe ser fruto de todo un abanico de medidas, que incluyan los elementos básicos siguientes: medidas para crear nuevos puestos de trabajo acordes con la edad y estabilizar el empleo de los trabajadores de más edad, una política laboral ofensiva encaminada a reintegrar a los parados de más edad en la vida activa, asesoramiento general y acompañamiento de las personas que buscan empleo, medidas encaminadas a permitir una permanencia más prolongada en la vida activa desde el punto de vista físico y psíquico, medidas para mejorar la capacidad integradora de los mercados de trabajo para las personas mayores con discapacidad, medidas para que los individuos se muestren dispuestos a seguir trabajando más tiempo, incluida la disposición a participar en acciones de aprendizaje permanente y de prevención sanitaria, desarrollo de modelos de trabajo negociados por los interlocutores sociales que favorezcan la salud a lo largo de toda la carrera profesional, medidas de organización interna, convenios reguladores y normas legales que garanticen una mayor participación de las personas de más edad en la formación continua, medidas de concienciación en favor de los trabajadores de más edad, incluidas campañas de sensibilización social para erradicar los estereotipos y prejuicios sobre los trabadores de más edad y dotar de valor positivo al concepto de «envejecimiento», asesoramiento y apoyo a las empresas, especialmente a las pymes, para que planifiquen con la suficiente antelación sus recursos humanos y desarrollen una organización del trabajo acorde con la edad y el envejecimiento, creación de incentivos adecuados para integrar en el empleo a las personas de más edad y mantenerlas en sus puestos de trabajo sin que ello suponga un falseamiento de la competencia, introducción de incentivos socialmente aceptables a fin de mantener la actividad laboral, para todos los que busquen empleo y puedan trabajar y, cuando sea posible o deseable, elaboración de modelos más innovadores y atractivos para facilitar la transición de la vida activa a la jubilación dentro del sistema legal de pensiones.

1.4.3

Además, por lo que respecta a la Directiva 2003/41/CE que concierne a las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones de empleo, el CESE reitera su opinión expresada en el punto 5.7 de su dictamen sobre el EPAC 2011 (11).

1.5   Políticas fiscales favorables al crecimiento

1.5.1

El CESE reafirma su posición expresada en el punto 1.4 de su dictamen sobre el EPAC 2011 (12), considerando que conviene transferir la presión fiscal hacia nuevas fuentes de financiación.

1.5.2

El CESE considera que el sector financiero también debe contribuir equitativa y sustancialmente a los esfuerzos de consolidación fiscal.

La introducción de un Impuesto sobre las Transacciones Financieras (ITF) a escala mundial es preferible a un ITF a escala de la UE. Sin embargo, si la adopción de un ITF a escala mundial no resultase factible, el CESE sería favorable a la adopción de un ITF a escala de la UE.

1.5.3

En lo que respecta al impuesto sobre el valor añadido (IVA), el Comité aprueba sin reservas la iniciativa de la Comisión de reflexionar sobre la posibilidad de una revisión global del sistema del IVA. Los costes operativos disminuirían para los usuarios al mismo tiempo que se reducen las cargas administrativas para las administraciones y los intentos de fraude a la Hacienda pública. Un problema especialmente delicado es el tratamiento de las operaciones transfronterizas.

1.5.4

El CESE apoya y aprueba la propuesta de crear un nuevo «Reglamento sobre cooperación administrativa en el ámbito de los impuestos especiales  (13)» al considerar que se trata de una actualización necesaria y útil para garantizar una recaudación fiscal efectiva y luchar contra el fraude de impuestos especiales.

1.5.5

Para acabar con la doble imposición y reforzar la simplificación administrativa en las situaciones transfronterizas, el CESE recomienda crear servicios de ventanilla única que permitan a los ciudadanos obtener información, pagar impuestos y recibir los certificados y la documentación necesarios para su uso en toda la UE, así como simplificar los procedimientos administrativos aplicados a las situaciones transfronterizas.

1.5.6

En este contexto, el CESE pide que se cree un observatorio de la fiscalidad transfronteriza, bajo la égida de la Comisión Europea, para adquirir, de forma continua, un conocimiento detallado y práctico de las barreras fiscales existentes y su evolución.

1.5.7

El CESE respalda la propuesta de crear una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS), ya que permite mejorar las condiciones de las empresas con actividades transfronterizas.

1.5.8

El CESE espera que la BICCIS conlleve una reducción significativa de los costes de cumplimiento de las obligaciones fiscales y la supresión de los falseamientos de la competencia dentro de la UE provocadas por la existencia de distintas normativas fiscales. De esta manera, la BICCIS debería fomentar una competencia equitativa y duradera e incidir de manera positiva en el crecimiento y el empleo.

1.5.9

El Comité respalda la revisión de la Directiva sobre la imposición de la energía (DIE) que permite a los Estados miembros que así lo desean trasladar una parte de la fiscalidad sobre el trabajo o el capital hacia una forma de imposición que fomente comportamientos respetuosos del medio ambiente y favorables a la eficiencia energética, de conformidad con los objetivos de la Estrategia Europa 2020.

1.5.10

El factor del «impuesto sobre el CO2» complementa el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE UE).

1.5.11

No obstante, el Comité lamenta que la revisión de la DIE no sea más ambiciosa y coherente. La Comisión Europea tomó la iniciativa de incluir en el texto excepciones o derogaciones cuya finalidad era no desagradar a ciertos Estados miembros o satisfacer a otros.

1.5.12

Esta señal de precios ligada a la imposición no funciona en el caso de los combustibles, y podría seguir sin funcionar con la revisión de la DIE.

1.5.13

Otros sectores (como la agricultura, la construcción, el transporte público, etc.) quedan excluidos, total o parcialmente. Resulta difícil encontrar el hilo conductor de todas estas excepciones, lo cual podría transmitir un mensaje poco claro a quienes no se benefician de ellas.

2.   Restablecimiento del crédito a la economía

2.1   Un sistema financiero sano

2.1.1

Es importante solucionar las graves deficiencias de la regulación y supervisión de las finanzas internacionales. El desequilibrio creciente en el sector financiero entre la privatización de los beneficios y la socialización de las pérdidas es una cuestión que debe tratarse con urgencia. Es preciso fijar unas condiciones en el marco reglamentario que obliguen a los intermediarios financieros a asumir su función primaria de servir a la economía real y ofrecer créditos a proyectos concretos, invirtiendo en valores activos en vez de apostar por los pasivos. Cualquier respaldo público a las instituciones financieras deberá estar acompañado de las mejoras necesarias en materia de gobernanza empresarial, como un primer paso para una reforma fundamental del sector en aras de los objetivos de crecimiento y empleo.

2.1.2

El CESE comparte la preocupación de la Comisión de que el apoyo a entidades financieras en graves dificultades con finanzas públicas y en detrimento de las condiciones de competencia en el mercado interior ya no es aceptable en el futuro. El CESE espera que la Comisión lleve a cabo una evaluación detallada del impacto de los costes, recursos humanos y reformas legislativas necesarios. Una propuesta realista debería ir acompañada de un calendario de contratación de recursos humanos, teniendo en cuenta que este último factor podría no estar inmediatamente disponible en el mercado.

2.1.3

El CESE reconoce que la Comisión Europea ha respondido a la creciente complejidad y opacidad del sistema financiero. El Comité exhorta a la industria financiera a aplicar correctamente la nueva normativa y hacer uso de la autorregulación para propiciar una actuación adecuada y honesta, y facilitando el acceso a unos productos financieros transparentes.

2.1.4

El CESE demanda la incorporación de la educación financiera como materia obligatoria dentro de los planes de estudio del sistema educativo, que deberá tener su continuidad en los planes de capacitación y reciclaje para trabajadores. Esta asignatura deberá, entre sus cometidos, fomentar el ahorro consciente, poniendo en valor los productos financieros socialmente responsables. Una educación financiera plenamente accesible beneficia al conjunto de la sociedad.

2.1.5

El CESE reitera su opinión expresada en el punto 3.6 del dictamen sobre el EPAC 2011 (14), y acoge favorablemente las iniciativas sobre las ventas en corto y las permutas de cobertura por impago. Estas iniciativas acabarán con regímenes opuestos, aportarán claridad a este sector de los mercados financieros y otorgarán a las autoridades competentes las facultades para exigir una mayor transparencia sobre los instrumentos regulados por la reglamentación.

2.1.6

El CESE acoge favorablemente las disposiciones sobre la transparencia del mercado, que espera sean muy beneficiosas. También acoge favorablemente la función reguladora de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM), aunque llama la atención sobre el hecho de que una intervención excesiva podría conducir a desestabilizar los mercados.

2.1.7

El CESE considera que si se quiere establecer un régimen viable de fondos de resolución bancaria, los Estados miembros deberán estar dispuestos de antemano a adoptar métodos comunes y normas uniformes para evitar los falseamientos de la competencia.

2.1.8

Una de las principales preocupaciones es la situación macroeconómica El CESE expresa su preocupación por el hecho de que los fondos de resolución bancaria afectarán al potencial de préstamo del sector bancario para desviar recursos.

2.1.9

El CESE considera que antes de tomar cualquier medida para imponer tributos a los bancos, la Comisión debería realizar una evaluación minuciosa de los efectos acumulativos de dichos tributos y los fondos de resolución bancaria. Para tomar una decisión sobre la introducción del FRB es preciso calcular cuánto costará todo este régimen, en qué medida afectará al potencial de préstamo del sector bancario y cuánto tiempo exigirá conseguir que el FRB sea suficientemente fuerte o alcance su objetivo de volumen. El CESE recomienda ajustar estos cálculos a las previsiones más pesimistas.

2.1.10

El CESE acoge con agrado que la propuesta de Reglamento prohíba las tasas multilaterales de intercambio en los adeudos domiciliados. De este modo se impone claridad y transparencia en las complejas relaciones contractuales en las que se basan los procesos de pago, lo que beneficia en particular a las pequeñas y medianas empresas.

2.1.11

El estudio de impacto llevado a cabo por la Comisión concluyó que las pymes no se verían especialmente perjudicadas por los nuevos requisitos de capital, pero el Comité sigue siendo cauteloso y requiere que la Comisión vigile estrechamente el desarrollo del crédito bancario y de las comisiones bancarias para las pymes. Además, el CESE apoya que sea la Comisión la que lleve a cabo la revisión de las calificaciones de riesgo para los préstamos a las pymes.

2.1.12

El contrapeso al nuevo Reglamento debe ser la aplicación de regímenes de recuperación y resolución basados en instrumentos como los testamentos vitales. A la vez que el Estado seguirá ofreciendo garantías para los pequeños depósitos, deberá eliminarse el peligro moral que representa un apoyo estatal ilimitado a los bancos en quiebra. Si la situación es lo suficientemente clara, los inversores, acreedores y directores tendrán que asumir una responsabilidad directa sobre la futura salud de cada entidad de crédito.

3.   Promover el crecimiento y la competitividad actuales y futuros

3.1   El CESE reitera sus puntos de vista, expresados en el dictamen sobre el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2011, punto 8: «Aprovechar el potencial del mercado único»; punto 9: «Atraer capital privado para financiar el crecimiento» y punto 10: «Crear un acceso rentable a la energía».

3.2   Investigación e innovación

3.2.1

El CESE recomienda que la Comisión Europea desarrolle una estrategia integrada de investigación e innovación con medidas estructurales complementarias dentro de la Comisión y de los órganos consultivos de que dispone, y aumente, de una vez por todas, el futuro presupuesto para el fomento de la investigación y la innovación.

3.2.2

El CESE también acoge favorablemente la tarea política esencial de crear unas condiciones y unos marcos límite a escala europea que sean fiables, favorables a la innovación y que permitan suficiente libertad de acción, liberando así a los potenciales inventores y procesos de innovación de los obstáculos que suponen la actual fragmentación de marcos normativos, el exceso de reglamentación y las cargas burocráticas que se reparten entre los 27 Estados miembros y la Comisión.

3.2.3

El Comité recomienda centrar en mayor medida los esfuerzos en la eliminación de cualquier obstáculo que estorbe la rápida aplicación de las innovaciones y la creación de una Unión por la innovación. Para poder favorecer mejor todo el proceso de innovación, en opinión del Comité, es necesaria una supervisión –minuciosa y pactada con los agentes interesados– de las normas sobre ayudas públicas, contratación pública y competencia que puedan oponerse a ese objetivo (15). La causa es el equilibrio o el posible conflicto entre las reglas de la competencia y el fomento de la innovación. Por eso las normas sobre la competencia, las ayudas públicas y la contratación pública no se pueden aplicar en detrimento de la innovación. Es posible incluso que haga falta realizar reformas. A veces también es necesario proteger las innovaciones antes de que la competencia las adquiera y las suprima para bloquear el proceso de innovación.

3.2.4

El Comité aprueba en particular el hecho de que la innovación se defina y se entienda en un sentido amplio e integrado.

3.2.5

El Comité recomienda adaptar las medidas de apoyo, las ayudas financieras y los criterios de evaluación a ambos tipos de innovación: tanto a las innovaciones más incrementales que responden a las fuerzas dominantes del mercado y a las necesidades de la sociedad como a las innovaciones más revolucionarias que configuran las fuerzas del mercado y crean nuevas necesidades sociales, pero que con frecuencia en sus inicios han de superar una «travesía del desierto» especialmente difícil.

3.2.6

El Comité destaca el importante papel de las pymes y las microempresas en el proceso de innovación y recomienda asimismo adaptar los programas y las medidas de apoyo de forma especial a sus necesidades específicas. Además recomienda que se reflexione sobre si es posible eximir a las empresas de nueva creación de gran parte de las habituales obligaciones y disposiciones durante un período de «carencia» suficiente y cómo se podría hacer, así como sobre si es posible establecer incentivos especiales adicionales. Lo mismo cabe decir respecto de las empresas de la economía social.

3.3   Mercado único

3.3.1

El CESE acoge con satisfacción la pretensión de la Comisión de estimular el crecimiento y reforzar la confianza en el mercado único. El Comité recuerda que el mercado único es un elemento central de la integración europea, con el potencial de ofrecer beneficios que sus destinatarios europeos puedan percibir directamente y de generar un crecimiento sostenible de las economías europeas. En el contexto actual, esto hace que un mercado único que funcione y esté orientado al futuro no solo sea deseable sino esencial para el futuro político y económico de la Unión Europea. Para poder ofrecer estos beneficios es fundamental que las propuestas de la Comisión sean ambiciosas y vayan más allá de una mera solución de problemas de detalle e importancia menor.

3.3.2

El CESE quiere reiterar su llamamiento en favor de un enfoque global. Aunque opina que fomentar el crecimiento y el potencial de las empresas es esencial, considera no obstante que las propuestas deberían centrarse más en los consumidores y los ciudadanos como agentes independientes de la creación del mercado único.

3.3.3

El CESE aboga por que se aplique una tolerancia cero en caso de que los Estados miembros incumplan la legislación de la UE y recuerda al Consejo y a la Comisión que la aplicación tardía, incoherente e incompleta de las normas sigue siendo un obstáculo fundamental para el funcionamiento del mercado único. Acogería muy favorablemente la publicación por parte de los Estados miembros de cuadros de correspondencia que contribuyan a fomentar y conocer mejor el mercado único.

3.4   Mercado único digital de la UE

3.4.1

Por lo que se refiere al mercado único digital de la UE, el CESE reitera su opinión, expresada en el punto 8.12 de su dictamen sobre el EPAC 2011 y confirmada en varios dictámenes emitidos en 2011 (16), por la que apoya decididamente la aplicación de la Agenda Digital Europea para obtener los beneficios económicos y sociales sostenibles que pueden derivar de un mercado único digital basado en una conexión a Internet de alta calidad y alta velocidad, a precios asequibles para los ciudadanos de toda la UE.

3.4.2

En este contexto, el Comité acoge favorablemente el enfoque creativo de la Comisión en el ámbito de los acuerdos de inversión conjunta para la promoción de la implantación de la banda ancha rápida y ultrarrápida, pero pide objetivos de conectividad aún más ambiciosos para que Europa pueda seguir siendo competitiva a nivel mundial. El Comité subraya la importancia esencial de los principios de neutralidad de la red, como objetivos políticos fundamentales a nivel de la UE, y pide que se adopte urgentemente un enfoque proactivo para incorporar estos principios en la legislación de la UE, garantizando así que Internet se mantenga abierta en toda Europa.

3.4.3

En cuanto al Plan de Acción Europeo sobre Administración Electrónica y el Marco de Interoperabilidad, el CESE apoya el plan de acción de la Comisión a favor de una administración electrónica sostenible e innovadora, y recuerda que deben cumplirse los compromisos acordados en la Conferencia ministerial de Malmö de 2009. El Comité también se pronuncia a favor de una plataforma de intercambio de información, experiencias y software libre de código abierto, tal como se describe en el Marco Europeo de Interoperabilidad, destacando que en la actualidad la mayor parte de los problemas se deben a la falta de un fundamento jurídico transfronterizo, y las diferencias en las legislaciones nacionales y las soluciones -incompatibles entre sí- adoptadas por los Estados miembros.

3.4.4

En lo que respecta a la cuestión de «Fomentar la alfabetización, las capacidades y la inclusión digitales», el CESE considera que las desigualdades de acceso a la tecnología digital constituyen una prolongación de las desigualdades económicas y sociales, y afirma que TODOS los ciudadanos tienen derecho a apropiarse de forma crítica de los contenidos de todos los soportes de comunicación. El Comité señala asimismo que la Unión y los Estados miembros deberían garantizar la accesibilidad del hecho digital mediante el aprendizaje permanente de las competencias digitales para ejercer un empleo o para uno mismo así como para la ciudadanía, y que el acceso a la infraestructura y a los equipos debe considerarse un derecho fundamental.

3.5   Sociedad de la información

3.5.1

En lo que respecta al Nuevo reglamento sobre la itinerancia, el CESE suscribe las nuevas medidas, que estima proporcionadas y adecuadas, para garantizar la disponibilidad y el acceso a un servicio de interés económico general a precios asequibles. Las nuevas reducciones de las tarifas máximas propuestas avanzan en la buena dirección, es decir, hacia la desaparición a medio plazo de cualquier forma específica de precios en itinerancia. El Comité lamenta, no obstante, que la propuesta de la Comisión no vaya acompañada de una evaluación del impacto de las nuevas medidas en el empleo y las condiciones laborales del sector de las telecomunicaciones móviles.

3.6   Energía

3.6.1

El CESE señala que la eficiencia de los mercados transfronterizos de la energía refuerza la seguridad del aprovisionamiento, la optimización de la gestión de las crisis y la reducción de los riesgos de sobrecoste, que siempre se repercuten en el usuario final. La mejora progresiva del mercado interior de la energía permite obtener ahorros significativos que redundan en beneficio de las empresas y de los usuarios particulares.

3.6.2

Señala que en los mercados mayoristas de la energía de la Unión continúan existiendo condiciones diferenciadas y de discriminación. A causa asimismo de los déficits estructurales existentes en la red y, en particular, en la interconexión transfronteriza, la integración de los mercados es absolutamente insuficiente. Existen todavía importantes obstáculos a la posibilidad de un acceso no discriminatorio a la red y a la venta de energía eléctrica.

3.6.3

El Comité considera indispensable proseguir la construcción de una Europa de la Energía en la que se salvaguarden los intereses generales de la Unión y los del consumidor, se garantice el abastecimiento energético con políticas adecuadas que distribuyan las ventajas y controlen la adecuación de los costes, se defienda la sostenibilidad social, medioambiental y económica, y se proteja la integridad del mercado como base irrenunciable del desarrollo de la economía social de mercado.

3.6.4

El CESE pide que se adopte un planteamiento integrado entre las políticas interiores y exteriores y las políticas conexas como las de vecindad y proximidad o las relacionadas con la protección del medio ambiente. El unilateralismo energético puede superarse con una firme política común de solidaridad energética basada en la diversificación, en una combinación de energías adaptada a las condiciones y características de cada Estado miembro y, sobre todo, en la sostenibilidad medioambiental.

3.6.5

En lo que respecta a la contribución de la energía al crecimiento, el CESE:

§ señala que la eficiencia y el ahorro energéticos dependen principalmente de la actuación y el cambio de comportamiento de ciudadanos, empresas y trabajadores,

§ resalta que el ahorro energético debe promover el desarrollo económico, el bienestar social y la calidad de vida,

§ subraya la importancia de escoger los instrumentos adecuados y cree que los acuerdos voluntarios son útiles, aunque las medidas obligatorias son necesarias cuando los incentivos positivos no funcionan,

§ subraya la importancia de la cogeneración como sistema de producción de energía altamente eficiente,

§ no apoya el establecimiento de un objetivo general de carácter vinculante en materia de eficiencia energética, pero recomienda que los esfuerzos se centren en alcanzar resultados reales, y

§ destaca la necesidad de asegurar el apoyo financiero y la inversión necesarios para explotar el gran potencial que entrañan los Estados miembros.

3.6.6

En cuanto al «Plan de acción energético», el CESE recomienda a la Comisión:

§ que elabore y publique un estudio exhaustivo de «certificados blancos»,

§ que recurra a medidas específicas para abordar casos concretos en los que no se aprovecha el enorme potencial de eficiencia energética y garantice también la disponibilidad de ayudas públicas en casos particulares, y

§ que exija un acceso garantizado a la red para la electricidad producida por cogeneración a fin de aumentar la cuota de la cogeneración en la producción de calor y electricidad.

3.6.7

Respecto del cambio de comportamientos, el CESE recomienda a la Comisión:

§ que se asigne un papel central al usuario de la energía,

§ que fomente el papel del sector público en la mejora de la eficiencia energética a fin de que las empresas y familias sigan su ejemplo,

§ que se estudien los comportamientos de las personas y adapten las medidas de información y sensibilización a los distintos colectivos de usuarios,

§ que se garantice que los usuarios se benefician de las acciones,

§ que se ofrezcan, cuando sea necesario, incentivos eficaces y cuidadosamente diseñados; hasta los incentivos más modestos pueden proporcionar resultados,

§ que los constructores y los gobiernos velen por que las inversiones adicionales en los edificios se vean reflejadas en su valor,

§ que aumente y adapte la educación y la formación en el sector de la construcción,

§ que se fomente la formación de las administraciones públicas sobre eficiencia energética, incluida la aplicación de criterios ecológicos en la adjudicación de contratos públicos,

§ que la Comisión examine los problemas y, si resulta necesario, que revise las disposiciones relativas a los certificados de rendimiento energético en los edificios y el nuevo sistema de etiquetado ecológico para los equipos,

§ que la Comisión evalúe los efectos que, para los usuarios energéticos, tendrá el despliegue de contadores inteligentes, y que proponga medidas suplementarias para lograr beneficios reales,

§ que se sigan desarrollando buenos sistemas nacionales de acuerdos voluntarios a largo plazo, y se apliquen también al sector público, y

§ que se involucre verdaderamente a todas las partes interesadas: ciudadanos, empresas y trabajadores.

3.6.8

El CESE pide que se refuercen las medidas destinadas a luchar contra la indigencia energética, que amenaza con excluir a grupos de población cada vez más importantes (las opciones ecológicas pueden resultar onerosas con tarifas más elevadas o cargas fiscales, especialmente para los estratos más vulnerables de la sociedad), y afirma que es necesaria una puesta en común de las experiencias europeas para crear nuevos empleos «verdes» –eficaces, perdurables y competitivos– y reducir las desigualdades (17), garantizando el acceso de los ciudadanos y consumidores «a los servicios energéticos y al empleo generado por la economía de bajo contenido de carbono» (18).

3.7   Transporte

3.7.1

Por lo que se refiere a la contribución del transporte al crecimiento, el CESE reconoce que el objetivo del Libro Blanco del transporte sobre la reducción en un 60 % de las emisiones de CO2 para 2050 está en consonancia con la posición general de la UE relativa a la protección del clima y que ha afectado al equilibrio entre la necesidad de reducir rápidamente los gases de efecto invernadero en la sociedad y la posibilidad de utilizar rápidamente combustibles alternativos para la importante labor del sector del transporte en la economía de la Unión. El Comité sugiere que los objetivos a largo plazo de la Hoja de ruta se completen con objetivos más específicos y mensurables a medio plazo para reducir la dependencia del petróleo, las emisiones acústicas y la contaminación atmosférica.

3.7.2

La Comisión considera la necesidad de mejorar la competitividad de modos alternativos al transporte por carretera. El Comité apoya este objetivo, siempre y cuando se lleve a cabo mediante el fomento de una mayor capacidad y calidad de los ferrocarriles, vías de navegación interior y transporte marítimo de corta distancia, así como de eficientes servicios intermodales, sin obstaculizar el desarrollo de servicios eficientes y sostenibles de transporte por carretera en la UE.

3.7.3

En lo que referente al transporte en el mercado interior, el CESE reconoce la importancia del papel del transporte como factor de competitividad y prosperidad, así como la necesidad de crear un sistema de transporte europeo integrado y de mejorar la sostenibilidad y promover los modos de transporte hipocarbónicos, la eficiencia energética y de recursos, la seguridad y la independencia del suministro y la reducción de la congestión del tráfico. El CESE puede aprobar el énfasis puesto en las cadenas logísticas multimodales optimizadas y en un uso más eficiente de la infraestructura de transportes. Asimismo, apoya la estrategia de la Hoja de ruta en el sentido de recurrir a una mayor parte de medidas dictadas por el mercado respecto a otras versiones anteriores del Libro Blanco.

3.8   Industria

3.8.1

Por lo que se refiere a la industria, el CESE comparte totalmente el enfoque holístico y la mayor interrelación entre las políticas de la UE, así como una coordinación más profunda de la industria entre la UE y los Estados miembros. La meta es un sector industrial europeo sostenible y competitivo en la economía global.

3.8.2

Una mayor interrelación debería, en opinión del CESE, dar lugar a planteamientos integrados en un mercado interior plenamente desarrollado dentro de una economía social de mercado, mediante legislación inteligente, I+D e innovación, acceso a la financiación, una economía con bajas emisiones de CO2 y con un uso eficiente de los recursos, políticas en el ámbito del medio ambiente, el transporte, la competencia y el empleo, la mejora de las cualificaciones y competencias, comercio y cuestiones afines y el acceso a las materias primas.

3.8.3

A pesar del evidente progreso, ha persistido la fragmentación del mercado interior y una falta de atención, debido, en parte, a la disparidad de planteamientos empresariales. La relación entre la culminación del mercado interior y las políticas industriales suele pasarse por alto. El CESE ha instado reiteradamente a que se faciliten las condiciones adecuadas, teniendo en cuenta la necesidad de normas específicas para sectores y cuestiones temáticas que contemplen las redes de valor muy ramificadas a nivel mundial.

3.8.4

La política industrial abarca todos los tipos de servicios y fabricación interrelacionados. La línea divisoria entre sectores es difusa. Las PYME son cada vez más importantes, tanto en términos de valor añadido como de creación de empleo. Estos factores requieren una legislación y una regulación horizontal y sectorial inteligente y medidas complementarias. La complejidad de las redes internacionales y de los procesos integrados de fabricación debe ser tenida en cuenta.

3.9   Servicios

3.9.1

El CESE considera prematuras las conclusiones de la Comisión sobre los efectos de la Directiva de servicios y el funcionamiento del sector de los servicios. La Directiva solo lleva en vigor algunos años. No todos los Estados miembros están satisfechos con la Directiva, y cada uno de ellos debe aplicarla a su modo.

3.9.2

La Directiva de servicios se puso en marcha en el marco del antiguo tratado en el que el mercado interior era todavía la principal prioridad. Con el Tratado de Lisboa, el resto de los intereses no están subordinados a los económicos, sino que se les asigna la misma importancia. Es interesante examinar cómo la legislación y la jurisprudencia que se elaboraron con arreglo al antiguo Tratado se comportan con el nuevo Tratado.

3.10   Dimensión del crecimiento exterior

3.10.1

En lo que respecta a la dimensión del crecimiento exterior y la seguridad de materias primas, el Comité insta a que haya una política exterior más activa en cuanto a la seguridad de materias primas para la industria de la UE. Para ello, los Estados miembros tendrían que definir y acordar directrices clave sobre la diplomacia de las materias primas. Los acuerdos comerciales bilaterales y la diplomacia son de suma importancia con el fin de garantizar el suministro de las materias primas fundamentales para la industria de la UE. Representan un desafío inmediato y al mismo tiempo difícil para el nuevo servicio diplomático de la UE. No solo hace falta que haya un enfoque directo para garantizar las materias primas fundamentales, sino que también hay que crear un entorno favorable para los intereses de la UE en los países objetivo. Hay que explotar el hecho de que la UE sea uno de los mercados más populares e importantes del mundo.

3.10.2

En lo que respecta al acceso a los mercados públicos de terceros países, en opinión del CESE, la UE debería aumentar su poder de negociación para mejorar –sobre la base de su Derecho primario y derivado– el acceso a estos mercados, ya que si la Unión ha abierto más del 80 % de sus mercados públicos, el resto de las grandes economías desarrolladas no han abierto sus mercados más que en un 20 %.

3.10.3

El CESE insta enérgicamente al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión a que aseguren, tanto en el plano interno como en el internacional, una defensa más eficaz y estratégica de los intereses de la Unión Europea en el ámbito del acceso a los mercados públicos para reforzar no sólo su credibilidad mundial, sino también la longevidad y el desarrollo del modelo económico y social europeo.

3.10.4

En cuanto que dimensión exterior de la Estrategia Europa 2020, la política comercial de la UE tendría que asegurarse de que los intercambios contribuyen de forma adecuada a un crecimiento sostenido –que actualmente falta para una salida de la crisis–, garantizando al mismo tiempo el mantenimiento de la economía social de mercado y apoyando una transición hacia una economía sobria en consumo de carbono. En determinados temas, el Comité considera que es preciso aclarar el Derecho existente sobre el comercio, en particular en materia de subvenciones y de ayudas de Estado, y defender sus valores y sus normas recurriendo cuando sea necesario a los mecanismos del Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), con el fin de contribuir a una jurisprudencia más coherente con su visión de la competencia justa, sobre todo en lo que se refiere a los países emergentes.

3.10.5

En el ámbito del comercio y la inversión, el CESE considera fundamental que la UE garantice la seguridad de los inversores, tanto en interés de las empresas de la UE como de los países en desarrollo. El Comité acoge favorablemente la atribución a la Comisión Europea de nuevas competencias en materia de IED, que aumentará el poder negociador de la UE, conducirá a la Unión Europea a adquirir mayor importancia y permitirá mejorar el acceso a los mercados de terceros países clave, protegiendo al mismo tiempo a los inversores, lo que aumentará nuestra competitividad internacional. Al mismo tiempo, el CESE insiste en que la política comercial y de inversión de la Unión debe ser coherente con la política económica y las demás políticas de la Unión, incluidas las políticas sobre protección del medio ambiente, trabajo digno, salud y seguridad en el trabajo y desarrollo. Los convenios de inversión celebrados por la UE deberían permitir combinar un entorno abierto a las inversiones con una protección efectiva de los inversores de la UE, garantizando una adecuada flexibilidad operativa en los países en los que invierten. Para ello, el Comité insiste en que la UE debería aprovechar esta oportunidad para mejorar y actualizar los acuerdos de inversión que se negocien, valiéndose de sus propias fuerzas en lugar de limitarse a imitar a otros. La UE debe hacer una reflexión crítica de la reciente evolución de la legislación internacional en materia de inversión, así como en la política y las prácticas en materia de inversión (como el arbitraje entre inversores y Estado), para asegurar que su filosofía y enfoque respecto a los futuros tratados de inversión y los capítulos sobre inversión en los acuerdos de libre cambio sean sostenibles y actualizados.

3.10.6

En opinión del CESE es preciso acelerar el proceso de internacionalización de las pymes ampliando su acceso a nuevos mercados y, en consecuencia, su capacidad de crear empleo.

3.10.7

Los acuerdos comerciales bilaterales, como los recientemente concluidos con Colombia, Perú y Corea del Sur, ofrecen muchos beneficios potenciales si se aprovechan las nuevas oportunidades que ofrecen. Es preciso dar a conocer dichas oportunidades a las empresas. En opinión del Comité, los acuerdos bilaterales deben considerarse compatibles con un multilateralismo que sin duda se acabará consolidando. Como afirma la CE, nuestra prosperidad depende del comercio. Sin embargo, el Comité destaca que debe haber un cambio cualitativo en el planteamiento adoptado con respecto a esta nueva serie de negociaciones: el planteamiento bilateral puede permitir un mayor respeto de las diferencias regionales y nacionales que los acuerdos multilaterales, que lógicamente tienen un planteamiento más amplio. El CESE subraya la importancia de estos acuerdos para promover y fomentar la aceptación y el desarrollo de las mejores prácticas en materia de mejora del medio ambiente y fomento del desarrollo sostenible, así como el desarrollo de normas sociales y de empleo más exigentes. En las negociaciones bilaterales, Europa debe dejar claro que defiende sus preferencias colectivas en materia de asuntos sociales y en los ámbitos de la seguridad de los alimentos y del medio ambiente. El comercio internacional es parte del problema y parte de la solución en las cuestiones de seguridad alimentaria a nivel mundial. Las normas de comercio internacional deben favorecer la seguridad alimentaria, especialmente en los países menos desarrollados, y garantizar que éstos tengan un acceso libre de derechos, tanto a los mercados de los países desarrollados como a los de los países emergentes, conforme al principio de tratamiento especial y diferenciado.

3.10.8

El CESE valora positivamente la propuesta del vicepresidente de la Comisión Europea, Antonio Tajani, para introducir un «test de competitividad» previamente a la firma de un acuerdo de asociación comercial entre la UE y un tercer país. Del mismo modo, coincide en la necesidad de evaluar, antes de su aplicación, las repercusiones de todas las demás iniciativas políticas –por ejemplo, en materia de energía, comercio, medio ambiente o política social y de protección del consumidor– en la competitividad industrial.

3.10.9

Para desarrollar una economía verde en un contexto competitivo mundializado y mantener su liderazgo en este sector, Europa debería, en su propio interés y en el del clima, conservar una elevada ambición en materia de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. El Comité propone que se desarrollen evaluaciones de impacto (competitividad, empleo, medio ambiente) y que se organicen debates públicos para anticipar las transiciones entre 2020 y 2050 y para estabilizar las proyecciones de los operadores económicos y de los ciudadanos.

3.11   Movilizar el presupuesto de la UE en favor del crecimiento y la competitividad

3.11.1

El CESE señala que debido a la crisis económica y financiera y a la cascada de déficits en aumento en la mayoría de los Estados miembros, la Unión Europea no dispone en la actualidad de los recursos presupuestarios adecuados para poner en práctica ni su estrategia política ni los compromisos que debe asumir en virtud del nuevo Tratado de Lisboa.

3.11.2

El CESE considera que el presupuesto europeo debe verse reforzado y tener un efecto de palanca. Los presupuestos nacionales y el europeo deberían complementarse para lograr economías de escala en la realización de los principales objetivos políticos de la UE.

3.11.3

El CESE exige que el presupuesto de la Unión sea ejemplar en lo que respecta a la gobernanza, la eficacia, la transparencia y el control de los gastos administrativos.

3.11.4

El CESE opina que el concepto de «justa compensación» debe abandonarse, pues es contrario a los valores de solidaridad y beneficio mutuo propios de la integración europea. Lo que importa más bien es poner en práctica la subsidiariedad, transfiriendo al nivel europeo aquello que haya perdido su sentido y su eficacia a nivel nacional. El CESE felicita a la Comisión Europea por su propuesta de volver a adoptar el principio de recursos propios, que pueden establecerse ex nihilo o sustituir a impuestos nacionales.

3.11.5

El CESE insiste en que la reducción de los presupuestos se compense con un nivel adecuado de recursos financieros públicos y privados para competitividad e innovación. El CESE se congratula de la anunciada mejora de las condiciones transfronterizas para el capital riesgo, así como de las propuestas para la emisión de obligaciones privadas de la UE para inversiones en energía, transporte y TIC. Debe examinarse la emisión de obligaciones en otros ámbitos, como los proyectos de investigación y demostración. Los Fondos Estructurales y de Cohesión también deben centrarse en objetivos de política industrial. Deben desarrollarse ideas innovadoras para atraer capital privado al sector industrial.

3.11.6

Mantener, e incluso ampliar, los recursos financieros de la UE en I+D es de vital importancia. Los grandes proyectos europeos –como los proyectos en el ámbito de la energía– y la realización de una infraestructura paneuropea, cofinanciada por uno o varios Estados miembros, deberán tener efectos potenciadores.

3.11.7

En octubre de 2010, la Comisión aprobó la Comunicación «Contribución de la Política Regional al crecimiento inteligente en el marco de Europa 2020» (19) que destaca la importancia de desarrollar la innovación y la I+D en toda la Unión y hace hincapié en el papel que puede desempeñar la política regional a este respecto. La Comunicación subraya, asimismo, la utilización relativamente escasa por el momento de los fondos disponibles para la innovación. Por tanto, se ha perdido una ocasión ya que la propuesta de la Comisión por la que se modifica el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo en lo que se refiere a una serie de disposiciones relativas a la gestión financiera para determinados Estados miembros que sufren, o corren el riesgo de sufrir, graves dificultades en relación con su estabilidad financiera (COM(2011) 482 final) no contempla que la Unión Europea pueda financiar hasta el 100 % de los proyectos de innovación, lo cual beneficiaría, sobre todo, a las pymes.

3.11.8

El CESE siempre ha apoyado el programa de redes transeuropeas de transporte, respaldo que reafirma. Observa, sin embargo, que la Europa ampliada tiene mayores necesidades de infraestructuras de transporte, y que conviene reflexionar sobre la adaptación de la política y de los instrumentos financieros existentes o su implementación al afrontar los nuevos retos.

3.11.9

Una mayor cuota de mercado de los modos alternativos requiere grandes inversiones en infraestructura, incluida la infraestructura del transporte por carretera. No parece una buena idea resolver problemas financieros recurriendo de manera general a inversiones privadas y a la tarificación por el uso de las infraestructuras. El Comité, tal y como se ha expresado en muchos dictámenes anteriores, no está en contra de la internalización del sector del transporte. El Comité reconoce que, de acuerdo con el principio de que «quien contamina paga», los instrumentos económicos deben reflejar el coste real del transporte para nuestras sociedades, a fin de influir en el comportamiento del mercado en una dirección sostenible. A este respecto, los ingresos procedentes de estas cargas adicionales deberían destinarse al desarrollo del transporte sostenible y a optimizar todo el sistema de transporte para conseguir una verdadera política de movilidad sostenible. Asimismo, deberían mantenerse separados de las cargas impuestas para propósitos financieros, de acuerdo con el principio de «usuario pagador».

3.11.10

El CESE considera indispensable dotarse de sistemas de combinación de políticas que presenten las siguientes características:

§ medidas de eficiencia energética;

§ sistemas seguros de captura y almacenamiento del CO2;

§ desarrollo competitivo de las fuentes renovables;

§ transformación de las centrales eléctricas con vistas a reducir las emisiones de carbono;

§ medidas para el desarrollo de una producción combinada de calor y energía de alta eficiencia (Combined heat and power production (CHP)).

3.11.11

En cuanto a los «instrumentos» del mercado energético europeo integrado, el CESE considera imprescindible definir inmediatamente y de manera programada y consensuada inversiones en:

§ las redes inteligentes y la mejora de las redes de transporte de energía;

§ la investigación y el desarrollo de programas conjuntos en los sectores de la sostenibilidad energética, las nanociencias y nanotecnologías, la informática aplicada a los macrosistemas de redes y los microsistemas de la domótica;

§ la capacidad de gestionar sistemas complejos y de asegurar un marco estable de referencia para la industria y para los operadores, ya sean públicos o privados;

§ el reforzamiento de un diálogo estructurado e interactivo con los interlocutores sociales, los consumidores y la opinión pública.

3.11.12

El CESE pide que se conceda carácter prioritario a los proyectos de diversificación energética llevados a cabo en los países vecinos de la UE como, por ejemplo, el corredor energético UE-Mar Caspio-Mar Negro y, en particular, el gaseoducto Nabucco, la infraestructura de gas natural licuado (GNL), la interconexión de las redes de electricidad y la construcción de los anillos euromediterráneos de infraestructuras de gas y electricidad (Med-ring), así como la realización de nuevos proyectos de infraestructuras petrolíferas de interés europeo, como los proyectos Odessa-Gdansk, Constanza-Trieste y el Nord Stream.

4.   Lucha contra el desempleo y las consecuencias sociales de la crisis

4.1.1

El CESE considera que la condición principal para la creación de nuevos empleos es un crecimiento económico sostenible y estable. El CESE se congratula de que muchas instituciones y organizaciones hayan tenido en cuenta la dimensión social de la recuperación en las propuestas que han formulado para encontrar una solución a la crisis.

4.1.2

El Comité opina que es importante impulsar iniciativas que faciliten el desarrollo de los sectores con mayor potencial de creación de empleo, incluidos la economía baja en carbono («empleos ecológicos»), el sector social y la sanidad («empleos de plata») y la economía digital.

4.1.3

El CESE destaca el desarrollo de las potencialidades del nuevo espíritu empresarial, sobre todo femenino, el empleo juvenil y el apoyo al objetivo emblemático «Juventud en movimiento».

4.1.4

El CESE considera fundamental difundir la cultura empresarial y el espíritu emprendedor en un entorno que apoye a los emprendedores, que comprenda los riesgos del mercado y valore el capital humano, en el respeto de los convenios colectivos y las prácticas nacionales.

4.1.5

En concreto, el CESE pide que se elabore un plan de trabajo para garantizar a corto plazo las condiciones necesarias para el desarrollo de nuevas empresas innovadoras y el apoyo a las pymes existentes, para contribuir a la creación de empleo, necesario para salir de la crisis y recuperar un crecimiento sostenible. Las acciones previstas deberán ser de ámbito europeo, nacional y regional, y deberán incluir tanto a las empresas comerciales y no comerciales como a las de la economía social. Además de este plan de trabajo, es conveniente prever la formación de parados y jóvenes para que puedan acceder a un nuevo empleo.

4.1.6

La promoción de empleos verdes debe realizarse mediante una combinación de incentivos y sanciones que deberían proporcionar los recursos necesarios sin gravar de manera significativa las ya bastante agotadas arcas públicas. Este aspecto de la financiación será decisivo y exige que todas las partes desempeñen su papel, dado que la Estrategia Europa 2020 y los programas de ayuda no podrán funcionar si los Estados miembros no cuentan con un margen de maniobra más amplio en términos presupuestarios. Las empresas que hagan todo lo posible por mejorar la calidad del empleo y producir de manera más sostenible deberían ser ayudadas y apoyadas. Las empresas requieren un marco normativo claro, estable y, a ser posible, con normas acordadas a nivel internacional. La adopción urgente de una solución común al problema de la patente europea iría sin duda en la dirección adecuada.

4.1.7

Como ya señaló el Comité en su dictamen relativo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2011, en la gestión de la crisis, resulta esencial contar con políticas salariales adecuadas. Desde un punto de vista macroeconómico, mantener los aumentos salariales a la par del crecimiento de la productividad y centrados en el conjunto de la economía nacional permitirá asegurar un equilibrio adecuado entre un crecimiento suficiente de la demanda y la competitividad de los precios. Por este motivo, los interlocutores sociales deberán procurar evitar la contención salarial como propugnan las políticas proteccionistas y en su lugar orientar la política salarial hacia la productividad. A este efecto, el CESE rechaza rotundamente la sugerencia que también se incluye en la Comunicación de la Comisión sobre el EPAC 2012, según la cual es necesario intervenir en los sistemas nacionales de fijación de salarios mediante, entre otras, «medidas de reforma» para la descentralización de la negociación colectiva. La autonomía de los interlocutores sociales y su libertad para celebrar convenios colectivos no se debe seguir cuestionando bajo ningún concepto, tal como se explicó muy claramente en el Reglamento no 1176/2011 (paquete de seis medidas).

4.1.8

El CESE señala que las empresas utilizan diferentes tipos de contratos de trabajo. Esto también tiene como consecuencia la aparición de empleos precarios, con contrataciones temporales, sueldos escasos, bajo nivel de protección social y desprotección de los derechos de los trabajadores. El trabajo temporal no siempre es precario, hay trabajadores autónomos muy cualificados que pueden arreglárselas muy bien en el mercado de trabajo a base de contratos. Ahora bien, el trabajo temporal sí es, por definición, precario cuando se trata de un trabajo poco o nada cualificado en la producción o los servicios. La flexiguridad puede ser una respuesta a la necesidad de trabajo flexible de las empresas, pero únicamente si va acompañada de un nivel de seguridad comparable al de un empleo fijo.

4.2   Falta de correspondencia estructural entre la oferta y la demanda de mano de obra

4.2.1

Uno de los elementos clave para resolver los problemas radica en una cooperación adecuada y eficiente entre los centros de enseñanza, las empresas, los interlocutores sociales y las autoridades públicas, en particular, con respecto a la previsión de las necesidades futuras de capacitación, y en la adopción de iniciativas adecuadas en los ámbitos de enseñanza general y de enseñanza y formación profesionales (EFP). El Comité exhorta a mejorar la calidad y eficiencia de la EFP con el fin de aumentar su atractivo y relevancia. Tomar el número de jóvenes que acceden a la universidad como único indicador induce a error cuando se formulan políticas educativas y no es relevante en cuanto a las necesidades de los mercados laborales en materia de aptitudes. Los sistemas educativo y de formación tienen que estar equilibrados.

4.2.2

Los cambios demográficos (envejecimiento de la fuerza de trabajo y número decreciente de jóvenes que acceden al mercado laboral) y los rápidos cambios tecnológicos en los procesos de producción suponen para Europa la amenaza de una grave escasez de personal cualificado. Por ello es de suma importancia que cada cual acceda y conserve el acceso al mercado de trabajo y que nadie quede excluido. El CESE subraya que los trabajadores deben tener la oportunidad de desarrollar sus competencias y cualificaciones profesionales, y adquirir otras nuevas a lo largo de su vida laboral, a fin de poder adaptarse a los cambios en su entorno laboral y satisfacer las necesidades de cualificación del mercado de trabajo. Administrar este proceso de manera adecuada y eficaz es una de las tareas más importantes que la UE debe cumplir para mantener la competitividad frente a otras regiones del mundo.

4.2.3

El CESE subraya que los trabajadores deben tener acceso en particular a programas de formación profesional. Los estudios han demostrado que los trabajadores que más necesitan formación son los que menos utilizan estos programas, y es necesario adoptar diferentes medidas para diferentes grupos de trabajadores.

4.2.4

Debería dedicarse una parte importante del presupuesto a los trabajadores menos cualificados, porque son los que más necesitan formación suplementaria. Esto podría hacerse asignando a los trabajadores un presupuesto de formación inversamente proporcional a su nivel de formación, de modo que los trabajadores menos cualificados cuenten con la mayor parte de los fondos disponibles.

4.2.5

En lo que respecta a los trabajadores mayores, debe llevarse a cabo una política de personal que tenga en cuenta la edad. En numerosos Estados miembros de la UE se ha elevado la edad de jubilación, pero muchos trabajadores mayores pierden su puesto de trabajo antes de llegar a la edad actual de jubilación: por ejemplo, porque no son capaces de adaptarse a los cambios. La formación específica y selectiva podría contribuir a resolver este problema.

4.2.6

También es importante que la educación y la formación sean eficaces. Los Estados miembros están experimentando nuevos métodos de formación más eficaces y redescubren en particular la importancia del aprendizaje en el lugar de trabajo. El CESE subraya la importancia de desarrollar este tipo de enfoques, y pide a la Comisión que los fomente garantizando el intercambio de buenas prácticas en este ámbito.

4.3   Apoyar el empleo, en particular, el empleo de los jóvenes y los desempleados de larga duración

4.3.1

El CESE reitera su petición de que se adopten unos objetivos europeos mensurables para el empleo juvenil: en concreto 1) un objetivo de reducción significativa del desempleo juvenil y 2) un plazo máximo de cuatro meses para la activación de los jóvenes que buscan puestos de trabajo o períodos de prácticas. En todo caso, la previsión de objetivos más específicos en materia de empleo juvenil en los Estados miembros ha sido poco fructífera, ya que solo algunos Estados han formulado objetivos adecuados en sus programas nacionales de reforma.

4.3.2

El CESE celebra que su petición de que los Estados miembros garanticen que todos los jóvenes, en un plazo de cuatro meses tras la obtención de su título escolar, cuenten con un contrato laboral, continúen su formación o participen en medidas de activación se haya materializado en la propuesta de «Garantía juvenil» en la iniciativa emblemática «Juventud en Movimiento».

4.3.3

Los Estados miembros con una situación especialmente tensa del mercado laboral en el ámbito juvenil, que actualmente tienen que cumplir objetivos presupuestarios restrictivos, deben tener facilidades de acceso a los fondos de la UE para adoptar medidas relativas a la «Garantía juvenil». En la administración se necesitan procedimientos pragmáticos y flexibles y una simplificación del uso de recursos, hasta la supresión temporal de las cofinanciaciones nacionales a través del FSE y otros fondos europeos.

4.3.4

El CESE ha destacado ya en varias ocasiones la importancia de mantener, y en caso necesario aumentar, la disponibilidad de financiación de carácter nacional y europeo para la educación, formación y empleo de los jóvenes, a pesar de la nueva ponderación de las prioridades presupuestarias a la que ha obligado la crisis económica en todos los Estados miembros. En este sentido, el CESE pide que en la nueva programación financiera a partir de 2014 se garantice una financiación suficiente de iniciativas específicas para los jóvenes.

4.3.5

Algunos países han mejorado con la crisis el acceso a las prestaciones de desempleo de los grupos desfavorecidos, incluidos los jóvenes, mediante determinadas condiciones. Sin embargo, las medidas tenían un límite temporal o conllevaban el riesgo de ser anuladas en el marco de los planes de ahorro previstos. El CESE insta a que se revisen las condiciones de acceso de los jóvenes a las prestaciones de desempleo y se mejoren las perspectivas de quienes buscan trabajo pero que, hasta ahora, no han podido beneficiarse aún de prestaciones. También es recomendable incluir los objetivos correspondientes en los programas nacionales de reforma. Esto contribuiría significativamente a la lucha contra la precaria situación de muchos jóvenes en transición al mercado laboral.

4.3.6

Entre los jóvenes de 15 a 24 años, no solo el desempleo es dos veces más alto que entre los adultos, sino también la proporción de empleos no seguros (en algunos países más del 60 %), el aumento de la formación y las prácticas no reguladas (en particular en los países del sur) y el empleo por debajo del nivel de cualificación. El CESE desaconseja las soluciones inestables y carentes de perspectivas para la integración en el mundo laboral: en lugar de apostar por el empleo precario y los contratos laborales inseguros, deben aplicarse medidas que garanticen que el empleo temporal y los puestos de trabajo mal remunerados y con escasa protección social no se conviertan en la norma para los jóvenes. Con respecto a la iniciativa de la Comisión sobre las prácticas, el CESE está a favor de un marco de calidad europeo, que también debería promoverse entre las empresas, para que estas ofrezcan también a los jóvenes desfavorecidos desde el punto de vista de la formación una situación laboral con contratos vinculantes que favorezca el aprendizaje El sistema dual de aprendizaje de formación general y profesional ha dado resultados positivos en varios países y convendría examinar la posibilidad de transponerlo parcialmente,

4.3.7

El continuo estancamiento en la demanda de trabajadores como consecuencia de la crisis está conduciendo a un aumento del desempleo de larga duración, que, a su vez, acarrea serias dificultades para la integración en el mercado laboral y un aumento de la pobreza, medida en términos de proporción de la población en edad laboral o más joven que vive en hogares que no están en contacto con el mercado de trabajo. El CESE recomienda que los Estados miembros presten especial atención al establecimiento de unos mercados laborales intermedios integradores en el que los recursos públicos se utilicen para generar un número adecuado de empleos adaptados con miras a asegurar que los desempleados de larga duración no pierdan sus hábitos laborales y mejoren sus conocimientos. Así también se impedirá que aumente la pobreza, en el sentido de una pérdida de contacto con el mercado laboral, y se permitirá a los trabajadores integrados una suave transición hacia el mercado laboral abierto una vez se supere la crisis.

4.4   Espíritu empresarial social

4.4.1

Las empresas sociales son elementos esenciales del modelo social europeo. Aportan una importante contribución a la sociedad y ayudan a alcanzar los objetivos de la estrategia UE-2020 mediante la creación de empleo, el desarrollo de soluciones innovadoras para atender las necesidades públicas y contribuir a la cohesión social, la inclusión y la ciudadanía activa.

4.4.2

El Comité considera que fomentar el espíritu empresarial social, en particular dado el clima económico actual desfavorable, significa aprovechar su potencial de crecimiento y su valor añadido social. Para liberar su potencial se requiere un marco político global e integrado que se desarrolle y aplique con la participación de un amplio abanico de partes interesadas de todos los sectores de la sociedad (sociedad civil, sector privado y sector público) correspondientes a todas las esferas (local, regional, nacional y europea).

4.4.3

Los Estados miembros y las instituciones de la UE han de asegurarse de que las empresas sociales participan y son consideradas a efectos de las iniciativas políticas públicas y programas empresariales en igualdad de condiciones que los otros tipos de empresas.

4.4.4

Entre las prioridades para las empresas sociales figura disponer de un mejor acceso al capital y de instrumentos financieros a medida. La Comisión debería recabar y difundir información sobre las buenas prácticas y las iniciativas innovadoras existentes en los Estados miembros, entre otros, el capital híbrido y distintas formas de interacción entre capital público y privado; debería, asimismo, asegurarse de que los marcos reglamentarios de la UE en vigor no socavan el desarrollo de nuevos instrumentos.

4.4.5

Es esencial que el próximo periodo de programación de los Fondos Estructurales incluya explícitamente programas para la creación y el desarrollo de empresas sociales.

4.4.6

La Comisión debería lanzar un amplio ejercicio a escala de la UE para comparar los enfoques de la financiación pública más adecuados para las empresas sociales. La Comisión debería fomentar y evaluar la prevalencia de las licitaciones que integran consideraciones sociales y abordar la cuestión de la sobrerregulación en las adquisiciones. Al revisar las normas sobre ayudas de Estado, la Comisión debería considerar la posibilidad de otorgar una exención completa a todos los servicios de interés general o de ampliar los supuestos de exención de notificación a todos los servicios públicos a pequeña escala y algunos servicios sociales para estimular la creación de más empresas sociales.

4.4.7

Dada la diversidad de formas jurídicas y de misiones sociales específicas que les caracterizan, se constatan ventajas fiscales en ciertos Estados miembros, que se deben estudiar y compartir para fomentar el desarrollo de las normas adecuadas.

4.5   Protección de las personas vulnerables

4.5.1

Como ya señaló el Comité en su dictamen relativo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2011, y como también reconoce implícitamente la Comisión, los subsidios sociales deben considerarse como una inversión productiva de la que todos se benefician. Los subsidios de desempleo asociados a políticas de mercado laboral dinámicas permiten estabilizar la economía y promover una adaptación activa al cambio gracias a la mejora de las competencias y a iniciativas eficaces en materia de búsqueda de empleo y de reconversión. Además, convendría seguir observando con circunspección las medidas encaminadas a hacer más estrictos los criterios de elegibilidad. Se corre así el riesgo de agravar aún más la situación de los excluidos, lo que representa un obstáculo importante en términos de (re)inserción profesional. Estas políticas restrictivas pueden tener como efecto perverso desplazamientos hacia otros sectores de protección social como la ayuda social o la incapacidad laboral, lo que no es deseable.

4.5.2

El CESE señala que, en una sociedad en rápido proceso de cambio, los trabajadores necesitan seguridad de ingresos y protección social para desempeñar su actividad de manera óptima y sin temor al día de mañana.

4.5.3

El CESE exhorta a las instituciones europeas a mantener las normas sociales europeas con mayor convicción. La falta de resolución en este sentido se ha traducido, en particular, en un número creciente de trabajadores pobres, el aumento de la desigualdad, el miedo cada vez mayor al futuro y, al mismo tiempo, en una creciente desconfianza de los ciudadanos entre sí, ante las instituciones sociales y los poderes públicos, y no solo dirigida a las autoridades nacionales, sino también a las instituciones europeas, como refleja el aumento del euroescepticismo en varios Estados miembros.

4.5.4

El CESE opina que las medidas de austeridad no deben aumentar el riesgo de pobreza ni agravar las desigualdades que ya se han incrementado en los últimos años. Con todas las medidas encaminadas a salir de la crisis, hay que prestar atención a que no obstaculicen la reactivación de la demanda y el empleo y la atenuación de las desigualdades sociales. Los Estados miembros deben tener cuidado también de que las medidas para superar la crisis económica y el endeudamiento público no pongan en peligro las inversiones públicas en políticas de mercado laboral y en formación general y profesional. El CESE pide que se sopesen las consecuencias sociales de forma eficaz para analizar cómo puede lograrse el objetivo de la UE de sacar al menos a 20 millones de personas de la pobreza y la exclusión social para 2020.

4.5.5

Las medidas de ahorro afectan principalmente a aquellos que dependen de las transferencias sociales del Estado, entre ellos también aquellos con condiciones de trabajo precarias y otros grupos desfavorecidos del mercado laboral. Los más afectados por el desempleo son por lo general los que tienen un acceso más difícil y limitado a las prestaciones. Por ello, es necesario establecer redes de seguridad social adecuadas, efectivas y duraderas, en las que se preste especial atención a los grupos más afectados y desfavorecidos del mercado laboral.

5.   Modernización de la administración pública

5.1.1

En lo que respecta a la modernización de la administración pública, el CESE considera que una buena gobernanza implica una gobernanza multinivel y asociaciones con organizaciones representativas de la sociedad civil en el ámbito de la política regional.

5.1.2

La «gobernanza multinivel» constituye una estructura de relaciones flexible entre la Comisión, los gobiernos y los entes regionales y locales que, más que a un marco jerárquico de competencias entre niveles de gobierno, se adapta a situaciones concretas y a consideraciones temáticas. Una gobernanza adecuada se caracteriza por comportar relaciones abiertas y una aplicación menos estricta del principio de subsidiariedad.

5.1.3

La asociación es un instrumento clave del compromiso colectivo y contribuye a una mayor eficiencia del gasto público y de las políticas públicas. Un instrumento en esta dirección puede consistir en nuevas formas de «cooperación eficaz» para acompañar la estrategia de innovación, con la participación y la ayuda de todas las partes interesadas, públicas y privadas, incluidos los bancos; con normas sencillas, claras y eficaces que permitieran seguir los proyectos a lo largo de toda su duración y establecer plazos, responsabilidades y eventuales sanciones.

5.1.4

El CESE pide a las instituciones de la UE, así como a los Estados miembros y las regiones, que sitúen su principio fundamental de «pensar primero a pequeña escala» en el centro de las decisiones europeas, nacionales y regionales. Recomienda también a los Estados miembros y a las regiones que lo adopten como base de sus políticas en favor de las pymes y de sus políticas económicas e industriales. Por último, estima que la «Small Business Act» (SBA) debería adoptar una forma más vinculante, especialmente para las instituciones de la UE. En este contexto, el CESE está totalmente en contra de la actual propuesta de la Comisión Europea de eximir a las pymes y a las microempresas de cumplir la legislación de la UE.

5.1.5

El CESE considera que la designación de los representantes para las pymes ( SME Envoy ) nacionales debería ayudar a los Estados miembros a aplicar la SBA. El CESE recomienda que también se designen representantes para las pymes en las regiones.

5.1.6

Queda por pasar a la etapa «Actuar primero a pequeña escala» («Act small first»). La SBA no tendrá el éxito esperado sin el desarrollo de una verdadera «gobernanza en colaboración, multiagente y multinivel». Los interlocutores económicos y sociales y todos los agentes públicos y privados representativos participarán en los debates políticos y en el proceso legislativo desde su inicio. El CESE, por consiguiente, pide que las organizaciones representativas de las distintas categorías de PYME participen efectivamente en el proceso legislativo y decisorio a todos los niveles.

5.1.7

El CESE coincide con el Consejo y la Comisión sobre el carácter oportuno del "gobierno a varios niveles" y de una mejor gobernanza en la aplicación de los fondos de la UE y en la puesta en práctica de las políticas de la UE. La cuestión no es "si" sino "cómo". Se trata de ajustar iniciativas de abajo arriba y condiciones marco de arriba abajo.

5.1.8

El Comité acoge con especial satisfacción el propósito de garantizar una mayor participación de los ciudadanos y otras partes interesadas en la elaboración, transposición y aplicación del Derecho comunitario, en particular con el aumento del plazo general de consultas públicas, y en agilizar y hacer más eficaces los procedimientos relativos a las infracciones.

5.1.9

El CESE acoge favorablemente la modernización de la política de contratación pública de la UE para que sea más eficiente en el contexto de un mercado único más operativo, innovador, ecológico y social. El CESE subraya las repercusiones y la importancia que también tienen para la contratación pública los aspectos innovadores, medioambientales y sociales de la Estrategia Europa 2020.

5.1.10

El CESE hace hincapié en que siguen siendo tan válidos como siempre tanto los principios de apertura y transparencia, como la eficiencia, la seguridad jurídica, la relación entre la calidad y el precio, la competencia, el acceso de las pymes y las profesiones liberales al mercado, la proporcionalidad, el aumento de los contratos transfronterizos, la prevención de la discriminación y la corrupción, y la necesidad de profesionalidad.

5.1.11

Deberá reducirse la burocracia innecesaria para obtener mejores resultados para todos. Deberá evitarse una legislación complicada y una sobrerregulación generalizada en los Estados miembros.

5.1.12

El CESE recomienda un análisis de las mejores prácticas y ejemplos de los Estados miembros, seguido de medidas que contribuyan a la apertura de los mercados.

5.1.13

El CESE celebra el interés mostrado por la Comisión para profundizar en los procedimientos políticos, legislativos y administrativos que lleven a una producción y aplicación más racional y adecuada del Derecho comunitario, durante todo el ciclo de su elaboración.

5.1.14

El CESE considera que deberían definirse mejor aspectos como los relativos al modo en que se realizan las evaluaciones de impacto ex ante en todas las instituciones comunitarias con responsabilidades en su ejecución, la naturaleza y composición del órgano encargado de controlar los estudios de impacto, los parámetros utilizados y la forma y los medios para garantizar una mayor transparencia.

5.1.15

El Comité acoge con satisfacción la iniciativa de modernizar las administraciones públicas mediante la creación de «ventanillas únicas», y no puede sino aplaudir el desarrollo de la cooperación administrativa en los asuntos transfronterizos. Esta cooperación debe ampliarse también a ámbitos administrativos en los que está en juego el cumplimiento de las obligaciones.

5.1.16

El CESE acoge satisfactoriamente la intención de la Comisión de mejorar la gobernanza del mercado único mediante una mayor cooperación administrativa, desarrollando el Sistema de Información del Mercado Interior (IMI).

5.1.17

El sistema de Información del Mercado Interior, en tanto que principal herramienta técnica para la cooperación entre las administraciones nacionales, tiene un potencial adicional como interfaz para los usuarios del mercado único.

5.1.18

El CESE considera que el IMI puede desempeñar un papel decisivo en la transformación de la cooperación administrativa en el mercado interior y su adecuación a las necesidades y expectativas de los ciudadanos y de las empresas, así como de las organizaciones de la sociedad civil y el papel que pueden representar en el futuro para el desarrollo y funcionamiento del sistema.

Bruselas, 22 de febrero de 2012.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Staffan NILSSON


(1)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el ‘Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento: anticipo de la respuesta global de la UE a la crisis’ COM(2011) 11 final, DO C 132, 3.5.2011, p. 26-38.

(2)  Dictamen del CESE sobre ‧la Comunicación que concluye el primer Semestre Europeo de coordinación de las políticas económicas: Orientación de las políticas nacionales en 2011-2012‧, DO C 43, 15.2.2012, p. 8 – 12.

(3)  El Reino Unido y la República Checa.

(4)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el ‘Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento: anticipo de la respuesta global de la UE a la crisis’ COM(2011) 11 final, DO C 132, 3.5.2011, p. 26-38.

(5)  Grecia, Irlanda, Letonia, Portugal y Rumanía.

(6)  Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones: "Fase piloto de la Iniciativa Europa 2020 de Obligaciones para la Financiación de Proyectos" COM(2011) 660 final.

(7)  La posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 13 de diciembre de 2011 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) no .../2011 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1698/2005 en lo que respecta a determinadas disposiciones de gestión financiera aplicables a ciertos Estados miembros que sufren o corren el riesgo de sufrir graves dificultades en lo relativo a su estabilidad financiera - P7_TC1-COD(2011) 209.

(8)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento: anticipo de la respuesta global de la UE a la crisis, COM(2011) 11 final, DO C 132 de 3.5.2011 , pp. 26-38.

(9)  Ibídem.

(10)  Ibídem.

(11)  Ibídem.

(12)  Ibídem.

(13)  Véase COM(2011) 730 final.

(14)  Ibídem.

(15)  DO C 218, de 11.9.2009, p. 8, punto 4.8.

(16)  Dictámenes opinions DO C 107 de 6.4.2011, p. 53; DO C 376 de 22.12.2011, p. 92; DO C 318 de 29.10.2011, p. 9; DO C 24 de 28.1.2012, pp. 131; DO C 24 de 28.1.2012, p. 139.

(17)  DO C 48 de 15.2.2011, p. 65.

(18)  DO C 48 de 15.2.2011, p. 81.

(19)  Véase el documento COM(2010) 553 final.