15.6.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 175/5


Conclusiones del Consejo sobre los servicios de información sobre movilidad para artistas y profesionales de la cultura

2011/C 175/02

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

VISTO LO SIGUIENTE:

El programa Cultura 2007-2013 (1) y sus objetivos específicos sobre movilidad transnacional de los artistas y los profesionales de la cultura.

La Resolución del Consejo, de 16 de noviembre de 2007, relativa a una Agenda Europea para la Cultura (2), conforme a la cual la movilidad de artistas y otros profesionales del ámbito cultural constituye una aportación fundamental al logro de sus objetivos estratégicos.

Las Conclusiones del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre el plan de trabajo en materia de cultura (2008-2010) (3), y, en particular, la prioridad 1: «Mejorar las condiciones para la movilidad de artistas y otros profesionales del ámbito cultural».

Las Conclusiones del Consejo, de 18 de noviembre de 2010, sobre el plan de trabajo en materia de cultura (2011-2014) (4), y, en particular, la Prioridad C: «Competencias y movilidad».

La Convención de la UNESCO sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, de 20 de octubre de 2005 (5), en la que la UE y varios Estados miembros son parte, que están comprometidos, por consiguiente, a garantizar que los artistas, los profesionales de la cultura y los ciudadanos de todo el mundo puedan crear, producir y difundir una amplia gama de actividades, bienes y servicios culturales, incluidos los propios, y disfrutar de los mismos.

REFIRIÉNDOSE A:

El documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre el análisis de la consulta realizada a raíz del Libro Verde «Liberar el potencial de las industrias culturales y creativas», y en particular el capítulo sobre la movilidad y la circulación (6), que destacaba que numerosas personas consultadas habían manifestado su opinión sobre temas normativos, jurídicos o de otro tipo y que habían reclamado mayor información sobre estas cuestiones.

El proyecto piloto del Parlamento Europeo para la movilidad de los artistas, destinado a apoyar un entorno, para fomentar la movilidad de los artistas, incluido el estudio sobre los sistemas de información (7).

El informe de junio de 2010 del grupo que trabaja en método abierto de coordinación sobre la movilidad de los artistas y profesionales de la cultura, y en particular sus recomendaciones sobre facilitación de información sobre la movilidad para los artistas y profesionales de la cultura, incluidas las directrices para los servicios de información sobre la movilidad (8).

CONSIDERANDO LO SIGUIENTE:

La movilidad de los artistas y los profesionales de la cultura en Europa es crucial para mejorar la diversidad cultural y lingüística y el diálogo intercultural y merece ser activamente fomentada por la Unión Europea y sus Estados miembros.

La movilidad de artistas y profesionales de la cultura promueve encuentros creativos, así como la producción y el intercambio de bienes y servicios culturales.

La movilidad refuerza el sentimiento de pertenencia a la Unión Europea y un conocimiento más profundo de nuestras culturas comunes.

La movilidad es importante para el pleno funcionamiento del mercado laboral europeo con arreglo a los Tratados. Una utilización más activa y eficaz de las posibilidades inherentes al mercado único puede crear nuevos puestos de trabajo y nuevas posibilidades laborales para los artistas y profesionales de la cultura, fomentando así el empleo en el sector cultural y en el conjunto de la economía.

La labor artística y creativa se desarrolla cada vez más en contextos internacionales, en que las oportunidades de trabajo, giras, residencias, cooperación, coproducción, desarrollo de carreras, formación y aprendizaje entre los profesionales suelen surgir fuera de las fronteras nacionales.

Una mayor y mejor movilidad puede contribuir al logro de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, en particular al crecimiento inteligente, sostenible e integrador (9).

Resolver las cuestiones administrativas y reglamentarias que pueden crear barreras a la movilidad de los artistas y profesionales de la cultura trasciende en general de las competencias de las autoridades culturales, por lo que es importante la creación de redes y la cooperación entre los diversos servicios a nivel europeo, nacional, regional y local.

Uno de los principales obstáculos que mencionan los artistas y profesionales de la cultura que desean circular dentro de la UE es la dificultad para obtener una información y un asesoramiento precisos y completos sobre los distintos aspectos de la movilidad.

PIDE A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN QUE, EN SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA RESPECTIVOS Y RESPETANDO DEBIDAMENTE EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD:

Faciliten que los servicios de información sobre movilidad den información precisa y completa a los artistas y profesionales de la cultura que desean circular dentro de la UE. Que utilicen lo mejor posible a tal fin la experiencia de las administraciones públicas y las organizaciones del sector cultural. Cuando proceda, que aprovechen los servicios existentes para difundir la información, reconociendo que en algunos casos se trata de la principal fuente de información precisa.

Para ello, los servicios de información sobre movilidad se consideran servicios que proporcionan información a los artistas y a los profesionales de la cultura que desean circular dentro de la UE.

Se sobreentiende que el grupo al que se dirige la acción de los servicios de información sobre movilidad es el de artistas y profesionales de la cultura que entran en un país, residen en él o salen de él. El colectivo de los «artistas y profesionales de la cultura» incluye a todos los profesionales tanto artísticos como de gestión, logística, comunicación y demás profesionales del sector cultural y profesiones artísticas ejercidas en otros sectores (10). Además de los artistas y de los profesionales de la cultura, los operadores incluyen en particular grupos, conjuntos y organizaciones. Dado que una parte de los artistas que viven y trabajan en Europa son nacionales de terceros países, deberá prestarse especial atención a sus necesidades específicas.

En este contexto, los servicios de información sobre movilidad se definen por normas comunes de calidad, informaciones acordadas y asociaciones estratégicas.

Las normas de calidad definen un compromiso común voluntario para todos los interesados que participan en los puntos de la red de servicios de información sobre movilidad, a fin de garantizar una información de alta calidad para los usuarios.

Se prevé que el contenido mínimo común de la información disponible consista en temas que incluyan los aspectos reglamentarios, administrativos y de otro tipo de la movilidad, tales como la seguridad social, la fiscalidad, los derechos de propiedad intelectual, los visados y permisos de trabajo, seguros y aduanas y el reconocimiento de las cualificaciones profesionales. Además , también puede facilitarse información sobre oportunidades de financiación y formación.

Las asociaciones estratégicas son necesarias para garantizar la calidad de la información en los mencionados ámbitos. Entre los organismos interesados pueden figurar en particular autoridades de la UE, nacionales y regionales, instituciones culturales, asociaciones patronales y de trabajadores y centros de formación.

PARA FOMENTAR EL FUNCIONAMIENTO MÁS EFICAZ DE LOS SERVICIOS DE INFORMACIÓN PARA LOS ARTISTAS Y LOS PROFESIONALES DE LA CULTURA SE APLICARÁ LO SIGUIENTE:

Deberían impulsarse las oportunidades de aprendizaje entre profesionales y de formación para los encargados de dar la información a fin de desarrollar una buena comprensión de las condiciones de vida y de trabajo de los artistas y los profesionales de la cultura y para que se conozcan las normativas y procedimientos nacionales y de la UE. Esto ayudará a garantizar que los proveedores de información puedan dirigir directamente a los usuarios hacia la información sobre normas, reglamentaciones, procedimientos, derechos y obligaciones, tanto nacionales como de la UE.

Es fundamental que los encargados de dar la información trabajen en red para garantizar que dichos encargados en los distintos Estados miembros puedan ponerse en contacto para ayudar a sus artistas y profesionales de la cultura «nacionales» a obtener la información que buscan sobre las normas y las condiciones de los Estados miembros de «destino». El trabajo en red permite también la capacitación y el aprendizaje entre los profesionales. Para que el sistema funcione adecuadamente es esencial que participen los encargados de dar información en todos los Estados miembros.

Deberían recopilarse los datos básicos sobre la utilización de los servicios de información sobre movilidad para mejorar la calidad de estos servicios y el acceso a los mismos. Debería informarse a las autoridades nacionales competentes y a los servicios pertinentes de la Comisión Europea sobre los temas recurrentes y estructurales que surjan con las normas y su aplicación a fin de mejorar las condiciones de movilidad a largo plazo.

CON ESTE FIN, SE EXHORTA A LA COMISIÓN A:

Crear un grupo de expertos, tal como prevé el plan de trabajo en materia de cultura 2011-2014, para proponer contenidos y normas de calidad comunes para los servicios de información y asesoramiento a los artistas y profesionales de la cultura que deseen desplazarse dentro de la UE. El grupo determinará los temas concretos y las directrices sobre el contenido para los servicios de información sobre movilidad, incluida la información para nacionales de terceros países. El informe de junio de 2010 del grupo que trabaja en método abierto de coordinación sobre la movilidad de los artistas y profesionales de la cultura, incluidas las directrices para los servicios de información sobre movilidad, constituirá la base que deberá estudiarse en el grupo de expertos.

Sin perjuicio de los debates sobre el futuro marco financiero plurianual, estudiar el apoyo financiero para los servicios de información destinados a los artistas y profesionales de la cultura que deseen trasladarse, al elaborar sus propuestas para futuros programas.

Difundir información sobre la movilidad a través de las plataformas de la UE (11) y dirigir las consultas hacia los servicios especializados de los Estados miembros o del sector cultural que puedan aportar información completa y precisa sobre movilidad y ayudar a los artistas y los profesionales de la cultura.

SE EXHORTA A LOS ESTADOS MIEMBROS A:

Adoptar, basándose, entre otras cosas, en la propuesta del grupo de expertos mencionado, normas comunes sobre contenidos mínimos y calidad cuando elaboren o desarrollen servicios de información sobre movilidad para artistas y profesionales de la cultura y a colmar lagunas, cuando sea necesario, en los actuales servicios nacionales de información.

Basándose en las estructuras y tradiciones nacionales, velar por que los servicios de información sobre movilidad sean neutrales y tan rentables, flexibles y centrados en el usuario como sea posible.

Determinar instrumentos para la difusión pública de la información sobre movilidad a artistas y profesionales de la cultura, haciendo uso, en su caso, de los servicios existentes.

Proporcionar su información nacional que sea pertinente para la movilidad de los artistas y los profesionales de la cultura en una página de internet en varias lenguas, si es posible. Debe fomentarse la traducción, incluida una traducción automática, con el fin de promover el multilingüismo, hacer abordable el acceso a la información y facilitar los proyectos de movilidad.

SE EXHORTA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN A:

Trabajar en estrecha cooperación para fomentar la creación de redes entre los servicios de información sobre la movilidad a nivel europeo, mejorando la información a los artistas y profesionales de la cultura que deseen circular dentro de la UE, aprovechando las asociaciones de información y asesoramiento existentes, en particular las asociaciones con el sector cultural, y seguir desarrollándolas cuando sea necesario.

Supervisar la prestación de los servicios de información sobre movilidad con el fin de mejorar la calidad y accesibilidad de dichos servicios.


(1)  DO L 372 de 27.12.2006, p. 1.

(2)  DO C 287 de 29.11.2007, p. 1

(3)  DO C 143 de 10.6.2008, p. 9.

(4)  DO C 325 de 2.12.2010, p. 1.

(5)  Decisión 2006/515/CE del Consejo, de 18 de mayo de 2006, relativa a la celebración de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (DO L 201 de 25.7.2006, p. 15). La Convención contiene medidas pertinentes para la movilidad y el intercambio cultural.

(6)  SEC(2011) 399 final.

(7)  «Information systems to support the mobility of artists and other professionals in the culture field: a feasibility study», ECOTEC, 2009 — http://ec.europa.eu/culture/key-documents/doc2039_en.htm

(8)  http://ec.europa.eu/culture/our-policy-development/doc1569_en.htm

(9)  COM(2010) 2020 final.

(10)  El grupo más amplio de los profesionales de la cultura incluye, por ejemplo, a los conservadores, directores y personal de instituciones culturales, técnicos, trabajadores de la escenografía, expertos en informática, especialistas en comunicación, etc.

(11)  Your Europe (http://ec.europa.eu/youreurope/); Eures (European Job Mobility portal, http://ec.europa.eu/eures).