25.3.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/12


Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

2011/C 93/07

Ayuda no: SA.31968 (2010/XA)

Estado miembro: Países Bajos

Región: —

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Investeringen op het terrein van energiebesparing (onderdeel van Regeling LNV-subsidies)

Base jurídica: Kaderwet LNV-subsidies: artikelen 2, 4 en 7

Regeling LNV-subsidies: artikelen 1:16, vierde lid, 2:1a, 2:2, 2:37, 2:40, vierde lid, 2:41, onderdeel d

Regeling LNV-subsidies: „Bijlage 2. Bijlage bij de artikelen 2:37, eerste lid, 2:38 en 2:40, vierde lid”, en „Hoofdstuk 1. Investeringen op het terrein van energiebesparing”

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 2011: 10 000 000 EUR

2012: 10 000 000 EUR

2013: 10 000 000 EUR

Intensidad máxima de la ayuda: 40 % de la inversión subvencionable.

Fecha de ejecución: A partir del 1 de enero de 2011.

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013.

Objetivo de la ayuda: Objetivo principal: ayuda a las pequeñas y medianas explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas. Objetivo secundario: conservación y mejora del entorno natural. La ayuda se ajusta a las disposiciones del artículo 4 del Reglamento (CE) no 1857/2006, y, en particular, del artículo 4, apartado 2, letra b), y del artículo 4, apartado 3, letra d).

Sector o sectores beneficiarios: Empresas agrícolas, especialmente aquellas que utilizan invernaderos.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

De staatssecretaris van Economische Zaken, Landbouw en Innovatie

Postbus 20401

2500 EK Den Haag

NEDERLAND

Dirección web: http://wetten.overheid.nl/zoeken/

Otros datos: El régimen titulado «Investeringen op het terrein van energiebesparing», IRE (Inversiones en el ámbito del ahorro de energía) ha sido el último registrado en el Reglamento (CE) no 1857/2007 con la referencia XA 38/07 para el período 2007-2010. Dado que también está previsto conceder subvenciones en 2011, 2012 y 2013, el régimen debe ser objeto de una nueva notificación con arreglo al Reglamento (CE) no 1857/2006.

El período durante el cual pueden presentarse las solicitudes de subvención para 2011-2013, se fija (anualmente por el Ministro de asuntos económicos, agricultura e innovación) en el Openstellingsbesluit LNV-subsidies (véase también el artículo 1:3 del Regeling LNV-subsidies ). Las decisiones de apertura se publicarán en la Staatscourant. El título oficial para el año 2011 es el siguiente: Openstellingsbesluit LNV-subsidies 2011; las solicitudes de subvención para el IRE en 2011 pueden presentarse desde el 1 de abril hasta el 13 de mayo. Es posible que la intensidad de la ayuda fijada en la decisión de apertura sea inferior al 40 % establecido para las inversiones subvencionables.

Dirección web: http://wetten.overheid.nl/zoeken/:

Marque la casilla: Wetten/indique en «In de titel»: kaderwet lnv-subsidies

Marque la casilla: Ministeriële regelingen/indique en «In de titel»: regeling lnv-subsidies

Ayuda no: SA.32064 (2010/XA)

Estado miembro: Bélgica

Región: Vlaanderen

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Bio zoekt Boer

Base jurídica: Ministerieel Besluit tot toekenning van een subsidie aan BioForum Vlaanderen vzw voor het project „Biolandbouw & agrobiodiversiteit” (véase el anexo).

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 0,0379 millones EUR

Intensidad máxima de la ayuda: La intensidad máxima de las ayudas asciende al 100 % de los costes comprobados para el proyecto de subvención presentado.

Fecha de ejecución: La ayuda solo se concederá tras la firma del decreto de subvención por parte del Ministro y la asignación de los medios presupuestarios (mediados de diciembre de 2010). En este sentido, se respetará la cláusula de status quo.

Duración del régimen o de la ayuda individual: La ayuda se concede para el año 2011 (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011).

Objetivo de la ayuda: La ayuda se concede a BioForum Vlaanderen vzw con el fin de:

La ayuda se concede con arreglo al artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006. La ayuda puede cubrir el 100 % de los siguientes costes:

artículo 15, apartado 2, letra c): gastos relacionados con servicios de asesoría prestados por terceros;

artículo 15, apartado 2, letra d): organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exhibiciones y ferias, y participación en esos eventos.

El proyecto no prevé ayudas con fines publicitarios.

Se respetarán todos los apartados del artículo 15.

Sector o sectores beneficiarios: Agricultura ecológica

La ayuda está destinada exclusivamente a pequeñas y medianas empresas.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Departement Landbouw en Visserij

Afdeling Duurzame Landbouwontwikkeling

Koning Albert II-laan 35, bus 40

1030 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Dirección web: http://lv.vlaanderen.be/nlapps/docs/default.asp?id=1914

Otros datos: —

Jules VAN LIEFFERINGE

Secretaris-generaal

Ayuda no: SA.32065 (2010/XA)

Estado miembro: Bélgica

Región: Vlaanderen

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Ketenontwikkeling BioForum Vlaanderen

Base jurídica: Ministerieel Besluit tot toekenning van een subsidie aan BioForum Vlaanderen vzw voor het project „Ketenontwikkeling BioForum Vlaanderen” (véase anexo).

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 0,095 millones EUR

Intensidad máxima de la ayuda: La intensidad máxima de las ayudas asciende al 100 % de los costes comprobados para el proyecto de subvención presentado. Los gastos generales no son subvencionables.

Fecha de ejecución: La ayuda solo se concederá tras la firma del decreto de subvención por parte del Ministro y la asignación de los medios presupuestarios. La fecha de inicio del régimen es el 1 de enero de 2011. En este sentido, se respetará la cláusula de status quo.

Duración del régimen o de la ayuda individual: La ayuda se concede para el año 2011 (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011).

Objetivo de la ayuda: La ayuda se concede a BioForum Vlaanderen vzw para la prospección de oportunidades de mercado, el apoyo a los servicios de alimentación, el seguimiento de las tendencias del mercado y la realización y actualización de estudios de mercado y la comunicación correspondiente.

La ayuda se concede en virtud del artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006. La ayuda puede cubrir el 100 % de los siguientes costes:

artículo 15, apartado 2, letra c): gastos relacionados con servicios de asesoría prestados por terceros;

artículo 15, apartado 2, letra d): organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exhibiciones y ferias, y participación en esos eventos;

artículo 15, letra e): ayuda a la información factual sobre sistemas de calidad abiertos a los productos de otros países, sobre productos genéricos y sobre los beneficios nutricionales de los productos genéricos y las recomendaciones de uso de los mismos;

artículo 15, apartado 2, letra f): ayudas a publicaciones como catálogos o sitios web que presenten información factual sobre los producto de una región determinada o sobre los productores de un producto determinado, siempre que la información y su presentación sean de carácter neutro y que todos los productores interesados tengan las mismas posibilidades de estar representados en la publicación. La ayuda solo se concederá a las actividades y al material de información que no hagan referencia al origen del producto.

El proyecto no prevé ayudas con fines publicitarios.

Se respetarán todos los apartados del artículo 15.

Sector o sectores beneficiarios: Agricultura ecológica

La ayuda está destinada exclusivamente a pequeñas y medianas empresas.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Departement Landbouw en Visserij

Afdeling Duurzame Landbouwontwikkeling

Koning Albert II-laan 35, bus 40

1030 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Dirección web: http://lv.vlaanderen.be/nlapps/docs/default.asp?id=1914

Other information: —

Jules VAN LIEFFERINGE

Secretaris-generaal

Ayuda no: SA.32067 (2010/XA)

Estado miembro: República Federal de Alemania

Región: Schleswig-Holstein

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Entschädigung für Legehennen in Beständen mit Salmonellen-Befund

Base jurídica:

1.

Reglamento (CE) no 2160/2003, de 17 de noviembre de 2003 (DO L 325 de 12.12.2003, p. 1)

2.

Verordnung zum Schutz gegen bestimmte Salmonelleninfektionen beim Haushuhn (Hühner-Salmonellen-Verordnung) vom 6. April 2009 (BGBl. I S. 752), zuletzt geändert durch Artikel 7 der Verordnung vom 18. Dezember 2009 (BGBl. I S. 3939)

3.

Leitlinien zum Schutz schleswig-holsteinischer Legehennenbestände vor dem Eintrag und der Verbreitung von Salmonellen der Typen S. enteritidis und S. typhimurium

4.

Richtlinien für die Gewährung von Beihilfen zur Bekämpfung von Salmonellen in Legehennenbeständen (Legehennen-Salmonellen-Beihilfe-Richtlinien)

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 130 000 EUR

Intensidad máxima de la ayuda: 50 %

Fecha de ejecución: La ayuda se concederá a partir del momento en que se publique en Internet la información resumida sobre el régimen de ayudas.

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2011

Objetivo de la ayuda: La salmonelosis figura en el anexo de la Directiva 90/424/CEE del Consejo.

La exención se basa en el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006 y, por tanto, es compatible con el mercado común, según lo dispuesto en el artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El objetivo de la medida es conceder indemnizaciones por la mitad del valor de mercado de los animales que se hayan sacrificado según las directrices previstas, habiéndose acreditado previamente que habían contraído salmonelosis.

Sector o sectores beneficiarios: Agricultura

Los propietarios de gallinas ponedoras que tienen derecho a la ayuda son pequeñas y medianas empresas agrarias, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Ministerium für Landwirtschaft, Umwelt und ländliche Räume Schleswig-Holstein

Mercatorstraße 3

24106 Kiel

DEUTSCHLAND

Dirección web: http://www.schleswig-holstein.de/cae/servlet/contentblob/954314/publicationFile/Beihilfe_Salmonellen_RiLi_2011_Freist.pdf

Otros datos: —

Birgitt FAIK