16.12.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 368/32 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Empresa Común SESAR correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Empresa Común
2011/C 368/05
INTRODUCCIÓN
1. |
La Empresa Común SESAR fue creada en febrero de 2007 (1), con sede en Bruselas, con objeto de gestionar las actividades del proyecto SESAR (Single European Sky Air Traffic Management Research: Investigación sobre gestión de tránsito aéreo en el contexto del Cielo Único Europeo). |
2. |
El proyecto SESAR tiene por objeto modernizar la gestión del tráfico aéreo en Europa (ATM: air traffic management) y consta de tres fases:
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3. |
La Empresa Común está concebida como una asociación entre los sectores público y privado. Los miembros fundadores son la Unión Europea, representada por la Comisión Europea, y Eurocontrol, representado por su agencia. En respuesta a una convocatoria de manifestaciones de interés, quince empresas públicas y privadas del sector de la navegación aérea son miembros de la Empresa Común. Entre las empresas se encuentran proveedores de servicios de navegación aérea, industrias de fabricación de material terrestre y aeroespacial, constructores aeronáuticos, autoridades aeroportuarias y fabricantes de equipos de a bordo. |
4. |
El presupuesto de la fase de desarrollo del proyecto SESAR se eleva a 2 100 millones de euros que han de aportar a partes iguales la Unión Europea, Eurocontrol y los socios públicos y privados. La contribución de la UE procede del séptimo programa marco de investigación y del programa de redes transeuropeas de transporte. Alrededor de un 90 % de la financiación procedente de Eurocontrol y de las demás partes interesadas consistirá en contribuciones en especie. |
5. |
La Empresa Común SESAR inició su andadura de manera autónoma el 10 de agosto de 2007. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
6. |
De conformidad con el artículo 287, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales (3) de la Empresa Común SESAR que comprenden los «estados financieros» (4) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» (5) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2010, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. |
7. |
La presente declaración de fiabilidad está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (6). |
Función del director
8. |
El director tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Empresa Común (7), bajo su propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados (8), y es responsable asimismo de la implantación de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas (9) estén libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares. |
Función del Tribunal
9. |
El Tribunal debe emitir, basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Empresa Común y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. |
10. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI (10). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y que planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas estén libres de incorrecciones significativas y las operaciones subyacentes sean legales y regulares. |
11. |
La fiscalización del Tribunal implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. De su criterio profesional depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones significativas u operaciones ilegales o irregulares, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tiene en cuenta el control interno que incide en la preparación y presentación de las cuentas por la entidad con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. El Tribunal evaluará asimismo en su fiscalización la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables de la dirección, y la presentación general de las cuentas. |
12. |
El Tribunal considera que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas para emitir las opiniones que se exponen a continuación. |
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
13. |
En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Empresa Común SESAR presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2010 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero. |
Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
14. |
En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Empresa Común SESAR correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2010 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares. |
15. |
El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal. |
GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA
16. |
El presupuesto definitivo aprobado por el Consejo de Administración para el ejercicio 2010 incluía créditos de compromiso por valor de 135 millones de euros y créditos de pago por valor de 143 millones de euros. Así lo ilustran los porcentajes de utilización de los créditos de compromiso y de pago, situados en un 97,3 % y un 82,2 % respectivamente. |
17. |
En 2010, las contribuciones de los miembros (55,6 millones de euros) y el resultado del ejercicio anterior (86,5 millones de euros) ascendieron a 142,1 millones de euros, frente a los 84,9 millones de euros en concepto de pagos y la prórroga de créditos por valor de 3,7 millones de euros, lo que dio lugar a un resultado presupuestario de 53,5 millones de euros y a depósitos en cuentas bancarias al final del ejercicio por un total de 57,2 millones de euros, lo cual contraviene el principio presupuestario de equilibrio. |
18. |
Con arreglo al artículo 6 de las normas financieras de la Empresa Común SESAR, no podrá efectuarse ningún compromiso de gastos ni ordenamiento de pagos que exceda los créditos autorizados por el presupuesto. En dos líneas presupuestarias (gastos administrativos y desarrollo) los gastos autorizados excedían los créditos presupuestarios en un 11 % y en un 9 % respectivamente. |
OTRAS CUESTIONES
Sistemas de control interno
19. |
En 2010, la Empresa Común comenzó a utilizar los sistemas de información financiera utilizados también por la Comisión (ABAC y SAP). Sin embargo, el sistema de gestión de los programas operativos empleado por la Empresa Común SESAR no estaba integrado en estos sistemas de información financiera. Al final de 2010, sus procesos operativos subyacentes no habían sido formalizados ni validados por el contable como lo exige su Reglamento financiero. |
Retraso en el pago de las contribuciones de los miembros
20. |
No se respetó el plazo del 1 de julio de 2010 para el pago a la Empresa Común de las contribuciones de sus miembros correspondientes al ejercicio. Los retrasos en los pagos oscilaban entre 12 y 113 días. Al final de 2010, dos miembros no habían abonado contribución alguna. |
Función de auditoría interna y Servicio de Auditoría Interna de la Comisión
21. |
En su informe anterior, el Tribunal señalaba la necesidad de aclarar la disposición de los Estatutos de la Empresa Común relativa al auditor interno de la Comisión. Aunque no se han modificado los Estatutos, el Tribunal observa que la Comisión y la Empresa Común han tomado medidas para garantizar una definición más clara de las respectivas funciones operativas del Servicio de auditoría interna (SAI) de la Comisión y de la función de auditoría interna de la Empresa Común. |
22. |
En consonancia con las opiniones expresadas por el Tribunal, el director general del SAI ha confirmado en una nota a todas las empresas conjuntas de la UE las competencias del SAI en virtud del Reglamento financiero general para actuar como auditor interno de las empresas comunes. El Consejo de Administración de la Empresa Común SESAR ha modificado en consecuencia el organigrama de su función de auditoría interna. |
El presente informe ha sido aprobado por la Sala II, presidida por el Sr. Harald NOACK, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 12 de octubre de 2011.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
(1) Reglamento (CE) no 219/2007 del Consejo, de 27 de febrero de 2007, relativo a la constitución de una Empresa Común para la realización del sistema europeo de nueva generación para la gestión del tránsito aéreo (SESAR) (DO L 64 de 2.3.2007, p. 1) modificado por el Reglamento (CE) no 1361/2008 (DO L 352 de 31.12.2008, p. 12).
(2) El anexo presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Empresa Común.
(3) Estas cuentas van acompañadas de un informe sobre la gestión presupuestaria y financiera durante el ejercicio que ofrece información, entre otros extremos, sobre el porcentaje de ejecución de los créditos y una síntesis de las transferencias de créditos efectuadas entre las distintas partidas.
(4) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en la situación de los capitales propios y el anexo a los estados financieros en el que se describen las principales políticas contables y explicaciones complementarias
(5) Los estados sobre la ejecución presupuestaria comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.
(6) DO L 248 de 16.9.02, p. 1.
(7) Reglamento financiero de SESAR aprobado por el Consejo de Administración el 28 de julio de 2009.
(8) Artículo 33 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión (DO L 357 de 31.12.2002, p. 72).
(9) Las normas sobre rendición de cuentas y contabilidad de las agencias de la UE figuran en el capítulo 1, título VII, del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión modificado en última instancia por el Reglamento (CE, Euratom) no 652/2008 de la Comisión (DO L 181 de 10.7.2008, p. 23) y se han incorporado al Reglamento financiero de la Empresa Común SESAR.
(10) Federación Internacional de Contadores (IFAC) y Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI).
ANEXO
Empresa Común SESAR (Bruselas)
Competencias y actividades
Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado (Artículo 187) |
Investigación y desarrollo tecnológico y espacio. Correcta ejecución de los programas de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración de la Unión. |
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Competencias de la Empresa Común [Reglamento (CE) no 219/2007 del Consejo modificado en último término por el Reglamento (CE) no 1361/2008 del Consejo] |
Objetivos principales El objetivo de la Empresa Común SESAR es garantizar la modernización del sistema de gestión del tráfico aéreo en Europa coordinando y concentrando todos los esfuerzos pertinentes de investigación y desarrollo de la Unión. Será responsable de la ejecución del Plan Director ATM y, en particular, de llevar a cabo los siguientes cometidos:
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Gobernanza |
1. Consejo de Administración Funciones principales:
2. Director ejecutivo El director ejecutivo desempeñará sus funciones con total independencia en el marco de las competencias que le hayan sido asignadas. El director ejecutivo presidirá la ejecución del proyecto SESAR con arreglo a las orientaciones establecidas por el Consejo de Administración ante el cual será responsable. Facilitará al Consejo de Administración toda la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. El director ejecutivo se encargará de:
3. Auditoría interna Servicio de auditoría interna de la Comisión Europea. 4. Auditor externo Tribunal de Cuentas 5. Aprobación de la gestión Parlamento Europeo, Consejo y Consejo de Administración de la Empresa Común. |
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Medios a disposición de la Empresa Común en 2010 (2009) |
Presupuesto 134,7 millones de euros (325,1 millones de euros) Efectivos a 31 de diciembre de 2010 El presupuesto de funcionamiento de 2010 prevé un organigrama formado por 39 agentes temporales y 3 expertos en comisión de servicio, lo que asciende a un total de 42 puestos, de los cuales 37 estaban ocupados al final de 2010 (18 en 2009):
Agentes encargados de:
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Productos y servicios facilitados en 2010 |
Tras la puesta en marcha de las actividades del programa SESAR en junio de 2009:
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Fuente: Información comunicada por la Empresa Común. |
RESPUESTAS DE LA EMPRESA COMÚN
17. |
La Empresa Común SESAR considera que ha progresado con respecto al principio presupuestario del equilibrio. El equilibrio de caja al final del ejercicio 2010 de 57,2 millones de euros, supone una disminución del 34 % con respecto a 2009. De los 55,6 millones de euros de contribuciones entregadas por los miembros, 43,8 millones se recibieron en las últimas semanas del año, para garantizar la financiación de las operaciones en 2011. |
18. |
La Empresa Común reconoce el comentario del Tribunal, pero el SESAR tiene una vida limitada, y considera que solo puede introducir una vez los créditos de pago totales en el presupuesto total para 2007-2016, con objeto de evitar superar el límite presupuestario hasta el final de la fase de desarrollo del SESAR en 2016. |
19. |
El SESAR ha desarrollado un sistema de gestión del programa operativo que complementa la información financiera y presupuestaria y considera que ha integrado sus sistemas en la medida de lo posible, dadas las limitaciones existentes para el uso de ABAC y SAP. El SJU está planificando la aplicación de ABAC Assets y ABAC Contract hasta finales de 2011. El informe del contable de la SJU sobre la validación de los sistemas locales estará finalizado en 2011. |
20. |
Las contribuciones totales adeudadas por los dos Estados miembros que no habían pagado a finales de 2010 se elevaban a 18 000 euros. Este retraso se debió a un problema de comunicación en el consocio de Miembros. Estas contribuciones se recibieron a principios de 2011. |