52011PC0884

Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020 /* COM/2011/0884 final - 2011/0436 (APP) */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.           CONTEXTO DE LA PROPUESTA

1.1. Contexto general

Es de capital importancia estimular y facilitar una mayor implicación de los ciudadanos en la Unión Europea y lo que esta representa, haciendo que participen más en los asuntos corrientes y que conozcan mejor la historia de la Unión y de su génesis, tras los estragos de dos guerras mundiales. Los programas anteriores sobre ciudadanía abordaron estos retos con éxito, y es imprescindible dar continuidad a este trabajo y tratar estos temas a nivel europeo.

Como declaró el presidente Barroso en su discurso sobre el Estado de la Unión de 2011, la Unión se enfrenta ahora al mayor desafío de toda su historia. Es una crisis financiera, económica y social, pero también una crisis de confianza. Los planes nacionales, o incluso la cooperación intergubernamental, no bastan para afrontar problemas económicos y sociales de tal magnitud; sin embargo, los ciudadanos no son plenamente conscientes del papel de la Unión y de sus logros. Por tanto, la Comisión tiene que buscar medios para que los ciudadanos conozcan y comprendan mejor el proyecto europeo.

Para acercar la Unión a sus ciudadanos y estimular los debates transfronterizos sobre las políticas europeas, el Tratado de la Unión Europea da un gran paso adelante: su artículo 11 presenta toda una nueva dimensión de la democracia participativa, uno de cuyos elementos clave es el nuevo derecho a la iniciativa ciudadana.

Con este programa, la Comisión propone medidas con el fin de generar capacidades para la participación ciudadana (uno de los elementos de un triángulo estratégico, junto con la atención a las necesidades de los ciudadanos y la promoción de sus derechos). La intención es:

1)           desarrollar la capacidad de la sociedad civil para participar en el proceso de elaboración de las políticas de la Unión;

2)           desarrollar estructuras de apoyo para hacer llegar los resultados de los debates participativos hacia los responsables políticos a los niveles pertinentes;

3)           ofrecer más oportunidades para que los ciudadanos puedan participar individualmente en debates y foros sobre temas relacionados con la Unión.

1.2. Motivación y objetivos de la propuesta

El programa aspira a abordar la necesidad de debates más auténticos sobre temas relativos a la Unión a los niveles local, regional y nacional, que pueden traducirse en una perspectiva paneuropea. Su meta es llegar al nutrido grupo de ciudadanos que normalmente no pretende influir ni intervenir en los asuntos de la Unión a través de una amplia gama de organizaciones, con objeto de dar el primer paso hacia la participación, sea cual sea el tema (relacionado con la Unión) o el formato, siempre que sea transnacional o tenga una dimensión europea. Con su enfoque horizontal, no busca sustituir a los programas temáticos ni duplicar su proceso de consulta a escala de la Unión, sino movilizar a los ciudadanos a nivel local para que aborden cuestiones concretas de interés europeo. Al hacerlo, los ciudadanos serán más conscientes del impacto de las políticas de la Unión en su vida cotidiana. Podrán influir y participar en las ventajas que ofrece Europa y sentirse identificados con la misión de la Unión.

El programa se basará en un análisis de los puntos fuertes y débiles del actual programa Europa con los Ciudadanos (2007-2013) en lo relativo a su diseño futuro, la definición de sus destinatarios, su alcance y su visibilidad en términos geográficos y sociales, el análisis de su impacto y sus mecanismos de valorización y difusión.

El futuro programa tendrá como objetivo general «fortalecer la memoria histórica y aumentar la capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión». Por consiguiente, procurará desarrollar las necesarias estructuras de apoyo para canalizar los resultados de los debates hacia los responsables políticos a los niveles pertinentes. Contribuirá, además, a desarrollar la capacidad de las organizaciones ciudadanas para hacer participar a los ciudadanos en la vida democrática de la Unión. Entre los objetivos específicos propuestos están:

– estimular el debate, la reflexión y la cooperación sobre la memoria histórica, la integración europea y la historia;

– hacer que los ciudadanos comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas de la Unión y tengan mayor capacidad para participar en él, y dar oportunidades para ejercer la solidaridad, el compromiso social y el voluntariado a nivel de la Unión.

Conforme a los objetivos específicos seleccionados para el nuevo programa, se definirá un nuevo conjunto de objetivos operativos. Estos reforzarán la capacidad de la Comisión para establecer indicadores más sólidos y poder así determinar los avances y el impacto de manera objetiva y más detallada:

– apoyar a las organizaciones con el fin de promover el debate y las actividades sobre la memoria histórica, los valores europeos y la historia;

– apoyar a las organizaciones de interés general europeo y a las asociaciones y redes transnacionales para promover las interacciones de los ciudadanos en relación con aspectos de la Unión;

– dimensión horizontal: análisis, difusión y valorización de los resultados de los proyectos a través de actividades internas y externas.

1.3. Coherencia con otras políticas y objetivos de la Unión

Según el artículo 11 del Tratado de la Unión Europea (TUE), es tarea de las instituciones dar a los ciudadanos y a las organizaciones representativas la oportunidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión. En el mismo artículo se alude al deber de las instituciones de mantener un diálogo abierto, transparente y regular con la sociedad civil, así como a su obligación de celebrar amplias consultas con los actores principales, y se introduce la noción de la iniciativa ciudadana. En sus directrices políticas de septiembre de 2009, el presidente Barroso pide un enfoque mucho más intenso sobre los ciudadanos, que deben estar en el centro de las políticas europeas. Como se expone más adelante, las actividades realizadas al amparo de la próxima generación del programa Europa con los Ciudadanos van a estar mucho más estrechamente vinculadas con la elaboración de políticas concretas. Por consiguiente, habrá una estrecha cooperación entre los servicios de la Comisión que aplican las respectivas políticas y programas.

Este programa es uno de los instrumentos llamados a vincular los principios democráticos de los artículos 10 y 11 del TUE con un amplio abanico de políticas sectoriales, sin sustituir a los diálogos específicos que mantiene la Comisión Europea con los ciudadanos, las partes interesadas y los grupos de interés. Gracias a la próxima generación del programa Europa con los Ciudadanos, estos van a estar capacitados para intercambiar opiniones en todos los ámbitos de acción de la Unión y en todas las fases del proceso formal de toma de decisiones. En cuanto a los temas de los proyectos, a su integración en el contexto regional y local y a los actores implicados, hay importantes sinergias con otros programas de la Unión relativos a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales, la educación, la investigación y la innovación, la juventud y la cultura, la justicia, la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación y la política regional.

Por otra parte, el programa complementa y amplía el trabajo desempeñado por las representaciones de la Comisión Europea en los Estados miembros. Las representaciones van a participar en la comunicación y la promoción del programa en la mayor medida posible, en consonancia con su misión de divulgación entre los ciudadanos y comunicación en los países.

2.           RESULTADOS DE LAS CONSULTAS CON LAS PARTES INTERESADAS Y DE LAS EVALUACIONES DE IMPACTO

2.1.        Consulta con las partes interesadas

La consulta con los principales actores del programa Europa con los Ciudadanos ha sido sustancial. Se solicitó su punto de vista en las siguientes ocasiones:

– El 20 de junio de 2010 se celebró una reunión de consulta en Bruselas con los principales actores: los miembros del grupo de consultas regulares a las ONG, los puntos de contacto nacionales o Puntos Europeos de Ciudadanía (PEC), el Consejo de Municipios y Regiones de Europa (CMRE) y los coordinadores de los hermanamientos de ciudades, así como los miembros del Comité del programa. La reunión se realizó conforme a un orden del día abierto y con un enfoque muy participativo.

– El 27 de octubre de 2010 se abrió una consulta pública en línea sobre el futuro del programa Europa con los Ciudadanos para la que se utilizó la herramienta de elaboración interactiva de las políticas (EIP) de la Comisión. La consulta estuvo abierta hasta el 5 de enero de 2011, y recabó contribuciones de todas las partes interesadas: ciudadanos particulares, organizaciones de la sociedad civil, autoridades y administraciones públicas, institutos de investigación e innovación, organizaciones europeas e internacionales, etc. Cuatrocientos doce encuestados respondieron, además de otras cinco contribuciones que se recibieron por separado. La Comisión analizó las opiniones expresadas con la ayuda de un consultor externo. Los resultados y un análisis detallado de la consulta pública están disponibles en: http://ec.europa.eu/citizenship.

– El 21 de junio de 2011 tuvo lugar en Bruselas una segunda reunión con los actores principales, que contó con cien participantes.

– Entre mayo y junio de 2011 se realizaron tres sondeos específicos en Viena, París y Varsovia sobre los distintos aspectos del programa (hermanamiento de ciudades, impacto en el desarrollo de la sociedad civil, memoria histórica), en los que participaron tanto actores como investigadores, administraciones locales y nacionales y periodistas.

– Asimismo se lleva a cabo una consulta periódica con los actores principales, a través de dos o tres reuniones anuales entre la Comisión y unas setenta organizaciones europeas clave que participan activamente en el programa Europa con los Ciudadanos.

2.2.        Obtención y utilización de asesoramiento técnico

Al elaborar la evaluación de impacto para preparar la propuesta de programa, la Comisión tuvo en cuenta la experiencia de los actores principales, transmitida en las dos reuniones, y de las partes interesadas, que se manifestaron a través de la consulta pública en línea. Esta experiencia se comparó con la aportada por los grupos de reflexión a los que se consultó en la primavera de 2011.

Con objeto de aprovechar la experiencia del programa actual, la evaluación intermedia llevada a cabo por un consultor externo en 2010 aportó una importante fuente de información que se tuvo en cuenta tanto en la evaluación de impacto como en la propuesta de programa.

2.3.        Evaluación de impacto

En el verano de 2011 se efectuó una evaluación de impacto completa. El 21 de septiembre de 2011, el Comité de evaluación de impacto comentó el informe y pidió que se introdujeran en el mismo algunas mejoras. En particular, pidió un análisis más completo y concreto de los problemas, unos objetivos más específicos, el diseño y la evaluación de opciones de actuación fundamentales, unas modalidades claras de evaluación y la definición de indicadores de progreso más fiables. Estos elementos se han incluido en el informe actual.

Además, el programa ha quedado integrado en la evaluación de impacto acumulativa del marco financiero plurianual (MFP) para 2014-2020.

3.           ASPECTOS JURÍDICOS DE LA PROPUESTA

3.1.        Resumen de la acción propuesta

La Comisión Europea propone el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014‑2020, que se basa en el programa existente. Su propósito es mejorar la capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión y, de este modo, alcanzar el objetivo global de promover la participación ciudadana y contribuir a que los ciudadanos conozcan y comprendan mejor la Unión. Con sus dos dimensiones, este programa prevé, por un lado, apoyar a organizaciones de interés general europeo y a asociaciones y redes transnacionales, con el fin de estimular la interacción entre los ciudadanos sobre asuntos de la Unión y, por otro, dar respaldo a las organizaciones que promueven debates y actividades en torno a los valores y la historia de Europa. Como característica transversal, el programa incluirá disposiciones sobre análisis, difusión y valorización de los resultados generados por las actividades del programa. Al igual que su predecesor, se pondrá en aplicación mediante subvenciones operativas y subvenciones para acciones específicas, concedidas por convocatorias abiertas de propuestas, y mediante contratos de servicios, adjudicados por licitación. La Comisión podrá contar, sobre la base de un análisis de costes y beneficios, con los servicios de una agencia para la ejecución del programa, según se contempla en el Reglamento (CE) nº 58/2003 del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, por el que se establece el estatuto de las agencias ejecutivas encargadas de determinadas tareas de gestión de los programas comunitarios.

3.2.        Base jurídica

Artículo 352 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

3.3.        Principio de subsidiariedad

Según el artículo 11 del TUE, las instituciones tienen la obligación de dar «a los ciudadanos y a las asociaciones representativas […] la posibilidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión». En el mismo artículo se alude al deber de las instituciones de mantener «un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil», así como a la obligación de la Comisión de mantener amplias consultas con los actores principales, y se introduce la noción de la iniciativa ciudadana.

Hay que facilitar medios adecuados para que estas disposiciones de los Tratados puedan llevarse a la práctica. El programa Europa con los Ciudadanos y el Reglamento (UE) nº 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo constituyen dos de estos medios.

El valor añadido europeo del nuevo programa propuesto puede observarse también en cada una de sus acciones:

– En relación con la «memoria histórica y ciudadanía europea», el programa quiere apoyar a las organizaciones que promueven debates y actividades sobre la integración y la historia europeas a un nivel transnacional o con una clara dimensión europea. Para algunas acciones en relación con la vertiente histórica, basta con una dimensión europea. Los archivos históricos y lugares de memoria están, por su naturaleza, vinculados a un lugar preciso, pero tienen en muchos casos una significación para toda la Unión.

– Con el capítulo relativo a «compromiso democrático y participación ciudadana» se pretende hacer que los ciudadanos comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas de la Unión y tengan mayor capacidad para participar en él, así como promover las oportunidades para la solidaridad, el compromiso social y el voluntariado a nivel europeo. Esta meta tan ambiciosa solo puede alcanzarse a nivel de la Unión.

– La «valorización» es una dimensión horizontal del programa en su conjunto. Se centrará en el análisis, la difusión, la comunicación y la valorización de los resultados de los proyectos correspondientes a los capítulos antes citados. Las plataformas nacionales y regionales ayudarán a recopilar las mejores prácticas e ideas sobre cómo fortalecer la participación ciudadana, aunque también se necesitan plataformas paneuropeas y herramientas comunes para ampliar la perspectiva y facilitar el intercambio transnacional.

Los objetivos del presente Reglamento no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido al carácter transnacional y multilateral de la acción y las medidas del programa, pueden lograrse mejor a nivel de la Unión.

3.4.        Principio de proporcionalidad

La propuesta se ajusta al principio de proporcionalidad en el sentido de que no va más allá de lo imprescindible para alcanzar el objetivo fijado a escala europea, ni de lo necesario a tal efecto.

3.5.        Impacto sobre los derechos fundamentales

El programa presta indirectamente su apoyo a los derechos de los ciudadanos de la Unión, consagrados en el artículo 39 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

4.           REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS

La propuesta de la Comisión relativa a un marco financiero plurianual para el período 2014‑2020 prevé una asignación de 229 millones EUR en precios corrientes al programa Europa con los Ciudadanos.

4.1.        Ejecución

En términos de gestión, el Reglamento se propone adoptar un enfoque más racionalizado y simplificado, que se reflejará en una mayor rentabilidad. Se obtendrán importantes economías de escala si para las acciones de naturaleza parecida se establecen normas de aplicación y procedimientos similares, que implicarán una simplificación tanto para los beneficiarios como para los organismos de gestión a nivel nacional y europeo.

La simplificación ya tiene una importancia crucial en el programa actual, y tendrá más aún en el nuevo. El recurso a una agencia ejecutiva para gestionar todo el ciclo del programa permite lograr importantes ahorros en los gastos de administración y recursos humanos. Además, el recurso a pagos únicos, tasas uniformes, costes unitarios, solicitudes electrónicas y eficientes controles sobre el terreno —agrupando las visitas a organizaciones de la misma región—, reduce aún más las cargas administrativas y permite considerables reducciones de costes.

2011/0436 (APP)

Propuesta de

REGLAMENTO DEL CONSEJO

por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 352,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo[1],

De conformidad con un procedimiento legislativo especial,

Considerando lo siguiente:

(1) En consonancia con el artículo 11 del Tratado de la Unión Europea, las instituciones de la Unión deben dar a los ciudadanos y asociaciones representativas la oportunidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión, así como mantener un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil.

(2) Mediante la Estrategia Europa 2020, la Unión y los Estados miembros aspiran a generar crecimiento, empleo, productividad y cohesión social durante la próxima década[2].

(3) Si bien objetivamente hay un claro valor añadido en el hecho de ser un ciudadano de la Unión con derechos establecidos, la Unión no siempre pone de relieve de manera eficaz el nexo entre la solución de una amplia gama de problemas económicos y sociales y las políticas de la Unión. Por eso, los impresionantes logros que suponen la paz y la estabilidad de Europa, el desarrollo sostenible y prolongado, la estabilidad de los precios, la eficaz protección de los consumidores y el medio ambiente y la promoción de los derechos fundamentales no siempre han dado lugar a un fuerte sentimiento de pertenencia de los ciudadanos a la Unión.

(4) Para acercar Europa a sus ciudadanos y para que estos puedan participar plenamente en la construcción de una Unión cada vez más cercana se necesitan acciones variadas y esfuerzos coordinados a través de actividades transnacionales y europeas. La iniciativa ciudadana europea ofrece una oportunidad única para que los ciudadanos puedan participar directamente en el desarrollo de la legislación de la UE[3].

(5) La Decisión nº 1904/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por la que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2007‑2013 a fin de promover la ciudadanía europea activa[4], estableció un programa de acción que confirmó la necesidad de promover un diálogo constante con las organizaciones de la sociedad civil y los municipios y de apoyar la participación activa de los ciudadanos.

(6) El informe de evaluación intermedia, una consulta pública en línea y dos reuniones consecutivas de consulta con los actores principales confirmaron que tanto las organizaciones de la sociedad civil como los ciudadanos particulares consideran que un nuevo programa es oportuno, y que debe establecerse con objeto de lograr un impacto a nivel organizativo, con el refuerzo de las capacidades, y personal, con un aumento del interés por los asuntos de la Unión.

(7) En cuanto a los temas de los proyectos, su integración en el contexto local y regional y la composición de las partes interesadas, deben hacerse importantes sinergias con otros programas de la Unión relativos a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales, la educación, la juventud y la cultura, la justicia, la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación y la política regional.

(8) El nuevo programa debe cubrir un amplio espectro de acciones diferentes e incluir, entre otras medidas, reuniones de ciudadanos, contactos y debates sobre cuestiones de ciudadanía, actos a escala de la Unión, iniciativas para reflexionar sobre los hitos de la historia europea, iniciativas para aumentar la sensibilización sobre las instituciones de la Unión y su funcionamiento y debates sobre cuestiones de política europea, con vistas a dar vitalidad a todos los aspectos de la vida pública.

(9) El programa debe incluir una dimensión horizontal que asegure la valorización y la transferibilidad de los resultados para reforzar el impacto y la sostenibilidad a largo plazo. Con esta finalidad, las actividades emprendidas deben tener un vínculo claro con la agenda política europea, y deben ser comunicadas debidamente.

(10) Es conveniente prestar especial atención a una integración equilibrada de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades transnacionales, teniendo en cuenta el carácter multilingüe de la Unión Europea.

(11) Los países adherentes, los países candidatos y los candidatos potenciales que se acogen a una estrategia de preadhesión, por una parte, y los Estados miembros de la AELC que son Partes del Acuerdo EEE, por otra, son reconocidos como posibles participantes en los programas de la UE, con arreglo a los acuerdos celebrados con dichos países.

(12) El presente Reglamento establece, para toda su duración, una dotación financiera que constituye, a los efectos del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional de […] entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre cooperación en materia presupuestaria y sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera, la referencia privilegiada para la Autoridad Presupuestaria durante el procedimiento presupuestario anual.

(13) Los recursos asignados a las actividades de comunicación previstas en el presente Reglamento deben también contribuir a promover la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión Europea, siempre que estas estén en relación con los objetivos generales del Reglamento.

(14) El programa debe ser objeto de un seguimiento periódico y una evaluación independiente en cooperación con la Comisión y los Estados miembros, a fin de permitir los reajustes que sean necesarios para que las medidas se apliquen debidamente.

(15) Los intereses financieros de la Unión Europea deben protegerse con medidas proporcionadas a lo largo de todo el ciclo de gastos, incluidas la prevención, la detección y la investigación de irregularidades, la recuperación de los fondos perdidos, indebidamente pagados o mal utilizados y, en su caso, las sanciones.

(16) Ha de darse preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. Además, conforme al principio de buena gestión financiera, la ejecución del programa debe simplificarse aún más con el recurso a una financiación por pagos únicos o tasas uniformes, y la aplicación de tarifas de costes unitarios.

(17) Conviene prever medidas transitorias para hacer un seguimiento de las acciones iniciadas antes del 31 de diciembre de 2013 con arreglo a la Decisión nº 1904/2006/CE.

(18) Dado que los objetivos del presente Reglamento no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido a la naturaleza transnacional y multilateral de las acciones y medidas del programa, pueden lograrse mejor a nivel de la Unión Europea, esta puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar estos objetivos.

(19) A fin de garantizar condiciones uniformes para la aplicación del presente Reglamento, conviene conceder competencias de ejecución a la Comisión dentro del ámbito de aplicación y respecto a los objetivos del programa. Dichas competencias deben ejercerse de conformidad con el Reglamento (UE) nº 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecución por la Comisión[5].

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Establecimiento y objetivos generales

1. Mediante el presente Reglamento se establece el programa Europa con los Ciudadanos (en lo sucesivo denominado «el programa») para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020.

2. En el marco de la meta global de contribuir a que se comprenda mejor la Unión Europea y fomentar la participación ciudadana, el programa contribuirá a la realización del siguiente objetivo general:

– Fortalecer la memoria histórica y aumentar la capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión.

Artículo 2

Objetivos específicos del programa

El programa tendrá los siguientes objetivos específicos, que se perseguirán a través de acciones a nivel transnacional o con una clara dimensión europea:

1.           Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes.

Los progresos se medirán en función del número de beneficiarios alcanzados directa o indirectamente, de la calidad de los proyectos y del porcentaje de nuevos solicitantes.

2.           Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión.

Los progresos se medirán en función del número de beneficiarios alcanzados directa o indirectamente, de la percepción de la UE y sus instituciones por los beneficiarios, de la calidad de los proyectos y del porcentaje de nuevos solicitantes.

Artículo 3

Estructura del programa y acciones subvencionadas

1.           El programa constará de los dos capítulos siguientes:

a)           «memoria histórica y ciudadanía europea»,

b)           «compromiso democrático y participación ciudadana».

Estos dos capítulos se complementarán con acciones horizontales de análisis, difusión y aprovechamiento de los resultados de los proyectos (acciones de «valorización»).

2.           Con el fin de cumplir sus objetivos, el programa financiará, entre otras cosas, los siguientes tipos de acciones, realizadas a nivel transnacional o con una clara dimensión europea:

– reuniones de ciudadanos, hermanamientos de ciudades;

– creación y funcionamiento de asociaciones y redes transnacionales;

– apoyo a organizaciones de interés europeo general;

– creación de comunidades y debates sobre aspectos ciudadanos con el apoyo de TIC o de los medios sociales;

– actos a nivel de la Unión;

– debates o estudios e intervenciones sobre hitos de la historia europea, en particular con objeto de mantener viva la memoria de los crímenes perpetrados bajo el nazismo y el estalinismo;

– reflexión o debates sobre los valores comunes;

– iniciativas para sensibilizar sobre las instituciones de la UE y su funcionamiento;

– acciones para aprovechar y valorizar los resultados de las iniciativas respaldadas;

– estudios sobre aspectos de la ciudadanía y de la participación cívica;

– apoyo a estructuras de información y asesoramiento sobre el programa en los Estados miembros.

Artículo 4

Medidas

Las medidas podrán ser en forma de subvenciones o de contratos públicos.

1.           Las subvenciones de la Unión Europea podrán concederse mediante modalidades específicas, como las subvenciones operativas o las subvenciones para acciones específicas.

2.           La adquisición de servicios para la organización de actos, la elaboración de estudios e investigaciones, el desarrollo de herramientas de información y difusión y la realización del seguimiento y la evaluación se llevará a cabo mediante contratación pública.

Artículo 5

Participación en el programa

El programa estará abierto a la participación de los siguientes países, denominados, en lo sucesivo, «los países participantes»:

a)           los Estados miembros;

b)           los países adherentes, países candidatos y candidatos potenciales, conforme a los principios generales y a las condiciones generales de participación de dichos países en programas de la Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco, decisiones del Consejo de Asociación o acuerdos similares;

c)           los Estados miembros de la AELC que sean Partes del Acuerdo sobre el EEE, de conformidad con lo dispuesto en dicho Acuerdo.

Artículo 6

Acceso al programa

El programa estará abierto a todas las partes interesadas que promuevan la integración europea, en particular las autoridades y organizaciones locales, las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión), los grupos de ciudadanos y otras organizaciones de la sociedad civil (como las asociaciones de supervivientes) y los centros de enseñanza e investigación.

Artículo 7

Cooperación con organizaciones internacionales

El programa podrá incluir actividades conjuntas, dentro de su ámbito, con organizaciones internacionales pertinentes, como el Consejo de Europa o la Unesco, a partir de contribuciones conjuntas y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento financiero[6].

Artículo 8

Ejecución del programa

A fin de ejecutar el presente programa, la Comisión adoptará los programas de trabajo anuales mediante actos de ejecución de conformidad con el procedimiento consultivo contemplado en el artículo 9, apartado 2. Dichos programas de trabajo establecerán los objetivos perseguidos, los resultados esperados, el método de ejecución y el importe total del plan de financiación. Deberán contener, asimismo, una descripción de las acciones que vayan a financiarse, una indicación del importe asignado a cada acción y un calendario de ejecución indicativo. Incluirán también, para las subvenciones, las prioridades, los criterios esenciales de evaluación y la tasa máxima de cofinanciación.

Artículo 9

Comité

1.           La Comisión estará asistida por un Comité. Dicho Comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) nº 182/2011.

2.           En los casos en que se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 4 del Reglamento (UE) nº 182/2011.

Artículo 10

Consulta a las partes interesadas

La Comisión mantendrá un diálogo regular con los beneficiarios del programa y con las partes interesadas y los expertos pertinentes.

Artículo 11

Coherencia con otros instrumentos de la Unión

La Comisión garantizará la coherencia y la complementariedad entre el programa y los instrumentos de otros ámbitos de acción de la Unión, en particular la educación, la formación profesional, la cultura, el deporte, los derechos y libertades fundamentales, la inclusión social, la igualdad entre mujeres y hombres, la lucha contra la discriminación, la investigación y la innovación, la política de ampliación y la acción exterior.

Artículo 12

Presupuesto

1.           La dotación financiera para la ejecución del programa ascenderá a 229 millones EUR.

2.           Los recursos asignados a acciones de comunicación con arreglo al presente Reglamento deben también contribuir a cubrir la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión Europea[7], siempre que estas estén en relación con los objetivos generales del presente Reglamento.

Artículo 13

Protección de los intereses financieros de la Unión Europea

1.           La Comisión adoptará medidas adecuadas para garantizar que, cuando se realicen acciones financiadas con arreglo al presente Reglamento, los intereses financieros de la Unión Europea queden protegidos mediante la aplicación de medidas preventivas contra el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilegal, mediante la realización de controles efectivos y, si se detectan irregularidades, mediante la recuperación de las cantidades abonadas indebidamente y, cuando proceda, la imposición de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias.

2.           La Comisión o sus representantes y el Tribunal de Cuentas estarán facultados para auditar, sobre la base de documentos e in situ, a todos los beneficiarios de subvenciones, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos de la Unión en el marco del programa.

La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) podrá realizar controles y verificaciones in situ de los operadores económicos afectados directa o indirectamente por dicha financiación de conformidad con los procedimientos previstos en el Reglamento (Euratom, CE) nº 2185/96, con vistas a establecer cualquier posible fraude, corrupción u otra actividad ilegal que ataña a los intereses financieros de la Unión Europea en relación con un convenio o decisión de subvención o con un contrato relativo a la financiación por la Unión.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos primero y segundo, los acuerdos de cooperación con terceros países y con organizaciones internacionales, así como los convenios y decisiones de subvención y los contratos derivados de la aplicación del presente Reglamento, establecerán expresamente la potestad de la Comisión, del Tribunal de Cuentas y de la OLAF de llevar a cabo las auditorías y los controles y verificaciones in situ mencionados.

Artículo 14

Seguimiento y evaluación

1.           La Comisión velará por que el programa sea objeto de seguimiento periódico con respecto a sus objetivos mediante indicadores relacionados con el rendimiento. Los resultados del proceso de seguimiento y evaluación serán tenidos en cuenta en la ejecución del programa. El seguimiento incluirá, en particular, la elaboración de los informes a que se refiere el apartado 3, letras a) y c).

Cuando sea pertinente, los indicadores se desglosarán por sexo y edad.

2.           La Comisión garantizará una evaluación periódica, externa e independiente del programa e informará regularmente al Parlamento Europeo.

3.           La Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones:

a)           un informe de evaluación intermedio sobre los resultados obtenidos y los aspectos cualitativos y cuantitativos de la ejecución del programa, a más tardar el 31 de diciembre de 2017;

b)           una comunicación sobre la continuación del programa, a más tardar el 31 de diciembre de 2018;

c)           una evaluación ex post, a más tardar el 1 de julio de 2023.

Artículo 15

Disposición transitoria

La Decisión nº 1904/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo queda derogada con efectos a partir del 1 de enero de 2014.

Las acciones iniciadas antes del 31 de diciembre de 2013 con arreglo a la Decisión nº 1904/2006/CE seguirán reguladas, hasta su conclusión, por dicha Decisión.

Como establece el artículo 18 del Reglamento financiero, podrán ponerse a disposición del programa los créditos correspondientes a ingresos afectados procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente con arreglo a la Decisión nº 1904/2006/CE.

Artículo 16

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.

Hecho en Bruselas,

                                                                       Por el Consejo

                                                                       El Presidente

ANEXO

1. Descripción de las iniciativas

Información complementaria sobre el acceso al programa

CAPÍTULO 1: Memoria histórica y ciudadanía europea

Este capítulo se caracteriza por los posibles proyectos e iniciativas que puedan iniciarse bajo su advocación, y no tanto por el tipo de organizaciones cívicas o actores que pueden presentar solicitudes.

Prestará apoyo a actividades que inviten a la reflexión sobre los valores comunes en el sentido más amplio, teniendo en cuenta la diversidad. Pueden concederse fondos a iniciativas que reflexionen sobre las causas de los regímenes totalitarios en la historia europea moderna (prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo y al estalinismo), y rindan homenaje a sus víctimas. Este capítulo también debería incluir actividades relativas a otros puntos de referencia en la reciente historia europea. Dará especial preferencia a las acciones que fomenten la tolerancia y la reconciliación, dirigidas especialmente a la generación más joven.

CAPÍTULO 2: Compromiso democrático y participación ciudadana

Este capítulo se caracteriza por los posibles proyectos e iniciativas que puedan iniciarse bajo su advocación, y no tanto por el tipo de organizaciones cívicas o actores que pueden presentar solicitudes. Abarcará actividades de participación ciudadana en sentido amplio, poniendo especial énfasis en la estructuración de métodos para la sostenibilidad a largo plazo. Dará preferencia a las iniciativas y proyectos claramente vinculados con la agenda política europea.

También puede cubrir proyectos e iniciativas que desarrollen las oportunidades para la solidaridad, el compromiso social y el voluntariado a nivel de la Unión.

Aún queda mucho por hacer para animar a más mujeres a participar en la toma de decisiones políticas y económicas. Los responsables de las decisiones políticas que influyen en la vida de las gentes deben oír mejor la voz de las mujeres y actuar en consecuencia.

ACCIONES HORIZONTALES: Valorización

Esta acción tendrá carácter general e irá destinada a ambos capítulos del programa (1 y 2).

Prestará apoyo a iniciativas que potencien la transferibilidad de los resultados, mejoren el rendimiento de las inversiones y ayuden a aprender de la experiencia. La razón de ser de esta acción es una mayor «valorización» y aprovechamiento de los resultados de las iniciativas puestas en marcha, con el fin de reforzar la sostenibilidad a largo plazo.

Incluirá el desarrollo de capacidades, es decir, las medidas de apoyo destinadas a intercambiar las mejores prácticas, poner en común experiencias entre las partes interesadas a escala local y regional, incluidas las autoridades públicas, y potenciar nuevas aptitudes, por ejemplo, mediante la formación. En esta última se podrían incluir los intercambios entre homólogos o la formación de formadores, así como, por ejemplo, el desarrollo de una base de datos sobre las organizaciones o proyectos financiados por el programa.

2. Gestión del programa

El programa desarrollará el principio de asociaciones plurianuales basadas en objetivos acordados y en el análisis de los resultados, con objeto de garantizar beneficios recíprocos tanto para la sociedad civil como para la Unión Europea.

En general, se dará preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión.

El programa y la mayor parte de las acciones pueden gestionarse de manera centralizada a través de una agencia ejecutiva.

Todas las acciones se llevarán a cabo con carácter transnacional o presentarán una clara dimensión europea. Fomentarán la movilidad de los ciudadanos y el intercambio de ideas en la Unión Europea.

Serán importantes la creación de redes y la concentración en los efectos multiplicadores, incluido el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) más avanzadas y de los medios sociales, elementos que se reflejarán tanto en los tipos de actividades como en la gama de organizaciones participantes. Se fomentará decididamente el desarrollo de interacciones y sinergias entre los diversos tipos de partes interesadas que participen en el programa.

El presupuesto del programa podrá cubrir también gastos vinculados con las actividades de preparación, continuidad, seguimiento, auditoría y evaluación imprescindibles para la gestión del programa y el cumplimiento de sus objetivos. Entre estos cabe citar estudios, reuniones, actividades de información y publicación, gastos asociados a las redes informáticas para el intercambio de información y cualquier otro gasto de soporte administrativo y técnico que decida la Comisión para la gestión del programa.

El gasto administrativo global de un programa debe ser proporcional a las tareas previstas en el programa correspondiente.

La Comisión también podrá emprender, en su caso, actividades de información, publicación y difusión, garantizando así un amplio conocimiento y una importante repercusión de las actividades apoyadas por el programa.

El presupuesto asignado también abarcará la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión[8].

3. Seguimiento

Los objetivos específicos del artículo 2 describen los resultados que persigue el programa. Los progresos se medirán utilizando indicadores relacionados con el rendimiento, según se indica:

Objetivo específico 1: Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes.

Indicadores de resultados || Último resultado conocido || Objetivo a medio plazo (resultado)

Número de beneficiarios alcanzados directa e indirectamente || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. ||

Número de proyectos y calidad de los resultados || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Aumento de los proyectos en un 80 % Aumento de la puntuación media atribuida por los expertos externos

Porcentaje de nuevos solicitantes || Media aproximada del 33 % (según la acción y el año) || Como mínimo, un 15 % del total

Objetivo específico 2: Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión.

Indicadores de resultados || Último resultado conocido || Objetivo a medio plazo (resultado)

Número de participantes directos || 1 100 000 ciudadanos (2010) El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Mínimo de 600 000 personas al año, con una participación equilibrada entre mujeres y hombres

Número de personas alcanzadas indirectamente por el programa || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Agregación de la información y los resultados facilitados en los informes finales Objetivo a medio plazo: 5 millones de personas (teniendo en cuenta el número de mujeres y hombres alcanzados)

Número de organizaciones participantes || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || 2 000 organizaciones al año

Percepción de la UE y sus instituciones por los beneficiarios || Según el Eurobarómetro de agosto de 2011, menos de la mitad de los ciudadanos europeos (41 %) confían en la Unión Europea o tienen la sensación de pertenecer a ella. Las cifras de referencia para los beneficiarios del programa se establecerán al inicio de los proyectos. || Un mayor nivel de confianza de los beneficiarios del programa en la Unión Europea tras finalizar su proyecto

Calidad de los proyectos || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Aumento de la puntuación media atribuida por los expertos externos

Porcentaje de nuevos solicitantes || Media aproximada del 33 % (según la acción y el año) || Mínimo general del 15 %

Número de asociaciones y redes transnacionales y con varios socios || 656 (datos de 2009; excluidas las subvenciones operativas y la memoria histórica) El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Aumento del 5 % (asociaciones y redes transnacionales) Aumento del 50 % (asociaciones y redes con varios socios)

Número y calidad de las iniciativas de actuación que dan continuidad a las actividades respaldadas por el programa en el entorno local o europeo || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Agregación de la información y los resultados facilitados en los informes finales

Cobertura geográfica de las actividades Correlación entre el número de participantes en el programa y la población total de cada país || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Al menos un proyecto por país y año

4. Controles y auditorías

Para los proyectos seleccionados con arreglo al presente Reglamento se establecerá un sistema de auditoría por muestreo.

El beneficiario de una subvención deberá mantener a disposición de la Comisión, durante los cinco años posteriores a la fecha del pago final, todos los justificantes relativos a los gastos. En su caso, el beneficiario de la subvención velará por que los justificantes que obren en poder de sus socios o de sus miembros se pongan a disposición de la Comisión.

FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA PARA PROPUESTAS

1.           MARCO DE LA PROPUESTA/INICIATIVA

              1.1.    Denominación de la propuesta/iniciativa

              1.2.    Ámbito(s) político(s) afectado(s) en la estructura GPA/PPA

              1.3.    Naturaleza de la propuesta/iniciativa

              1.4.    Objetivo(s)

              1.5.    Justificación de la propuesta/iniciativa

              1.6.    Duración e incidencia financiera

              1.7.    Modo(s) de gestión previsto(s)

2.           MEDIDAS DE GESTIÓN

              2.1.    Disposiciones en materia de seguimiento e informes

              2.2.    Sistema de gestión y de control

              2.3.    Medidas de prevención del fraude y de las irregularidades

3.           INCIDENCIA FINANCIERA ESTIMADA DE LA PROPUESTA/INICIATIVA

              3.1.    Rúbrica(s) del marco financiero plurianual y línea(s) presupuestaria(s) de gastos afectada(s)

              3.2.    Incidencia estimada en los gastos

              3.2.1. Resumen de la incidencia estimada en los gastos

              3.2.2. Incidencia estimada en los créditos de operaciones

              3.2.3. Incidencia estimada en los créditos de carácter administrativo

              3.2.4. Compatibilidad con el marco financiero plurianual vigente

              3.2.5. Contribución de terceros a la financiación

              3.3.    Incidencia estimada en los ingresos

FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA PARA PROPUESTAS

1.           MARCO DE LA PROPUESTA/INICIATIVA

1.1.        Denominación de la propuesta/iniciativa

Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020

1.2.        Ámbito(s) político(s) afectado(s) en la estructura GPA/PPA[9]

16 05 Fomento de la ciudadanía europea

1.3.        Naturaleza de la propuesta/iniciativa

x La propuesta/iniciativa se refiere a una acción nueva.

¨ La propuesta/iniciativa se refiere a una acción nueva a raíz de un proyecto piloto / una acción preparatoria[10].

¨ La propuesta/iniciativa se refiere a la prolongación de una acción existente.

¨ La propuesta/iniciativa se refiere a una acción reorientada hacia una nueva acción.

1.4.        Objetivos

1.4.1.     Objetivo(s) estratégico(s) plurianual(es) de la Comisión contemplado(s) en la propuesta/iniciativa

Reforzar la ciudadanía europea

1.4.2.     Objetivo(s) específico(s) y actividad(es) GPA/PPA afectada(s)

El programa tendrá los siguientes objetivos específicos, que se perseguirán mediante acciones a nivel transnacional o con una clara dimensión europea:

1. Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes.

2. Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión.

Actividad(es) GPA/PPA afectada(s)

16 05 Fomento de la ciudadanía europea

1.4.3.     Resultado(s) e incidencia esperados

Especifíquense los efectos que la propuesta/iniciativa debería tener sobre los beneficiarios / la población destinataria.

-        Mayor capacidad de las organizaciones de ciudadanos para implicar a estos en la vida democrática de la Unión

1.4.4.     Indicadores de resultados e incidencia

Especifíquense los indicadores que permiten realizar el seguimiento de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

- Número y calidad de los proyectos promovidos por organizaciones de ciudadanos con vistas a:

-- tener un impacto en el proceso de elaboración de las políticas de la Unión;

-- reforzar la cohesión de la sociedad;

-- hacer que se comprenda mejor el papel de la Unión.

- Número de participantes directos e indirectos.

- Número de organizaciones participantes y de asociaciones y redes transnacionales.

- Porcentaje de nuevos solicitantes.

- Cobertura geográfica de las actividades.

1.5.        Justificación de la propuesta/iniciativa

1.5.1.     Necesidad(es) que deben satisfacerse a corto o largo plazo

El programa aspira a abordar la necesidad de debates más auténticos sobre temas relativos a la Unión a los niveles local, regional y nacional, que puedan traducirse en una perspectiva paneuropea. Su meta es llegar al nutrido grupo de ciudadanos que normalmente no pretende influir ni intervenir en los asuntos de la Unión a través de una amplia gama de organizaciones, con objeto de dar el primer paso hacia la participación, sea cual sea el tema (relacionado con la Unión) o el formato, siempre que sea transnacional o tenga una dimensión europea. Con su enfoque horizontal, no busca sustituir a los programas temáticos ni duplicar su proceso de consulta a escala de la Unión, sino movilizar a los ciudadanos a nivel local para que aborden cuestiones concretas de interés europeo. Al hacerlo, los ciudadanos serán más conscientes del impacto de las políticas de la Unión en su vida cotidiana. Podrán influir y participar en las ventajas de Europa y sentirse identificados con la misión de la Unión.

El programa se basará en un análisis de los puntos fuertes y débiles del actual programa Europa con los Ciudadanos (2007-2013) en lo relativo a su diseño futuro, la definición de sus destinatarios, su alcance y su visibilidad en términos geográficos y sociales, el análisis de su impacto y sus mecanismos de valorización y difusión.

1.5.2.     Valor añadido de la intervención de la Unión Europea

Al proporcionar un instrumento que puede ayudar a cumplir la obligación de la Unión, establecida en el artículo 11 del TUE, de dar «a los ciudadanos y a las asociaciones representativas […] la posibilidad de expresar […] sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión», y de mantener «un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil», el programa respeta el principio de subsidiariedad. Estas tareas solo puede desempeñarlas la Unión, y no pueden realizarse a nivel de los Estados miembros.

No hay una solución única para restablecer el vínculo existente entre la Unión y sus ciudadanos, para promover eficazmente la participación ciudadana y, en consecuencia, para reforzar el sentimiento de pertenencia e identidad europea. Es necesario poner en juego variadas acciones y coordinar los esfuerzos a través de actividades transnacionales y europeas.

Por su propia naturaleza, el compromiso social europeo solo puede reforzarse si se da la posibilidad a los ciudadanos y a sus asociaciones de interactuar a un nivel transnacional. Las acciones a nivel nacional y local, por sí solas, resultarían insuficientes e ineficaces.

1.5.3.     Principales conclusiones extraídas de experiencias similares anteriores

Los resultados de dos estudios realizados en 2008 y 2009 y la evaluación intermedia del actual programa Europa con los Ciudadanos de 2007-2013 (llevada a cabo en 2009/2010) ya proporcionan una indicación de los logros del programa hasta la actualidad. La evaluación intermedia analizó el impacto del programa sobre las organizaciones y los particulares participantes. El 82 % de los encuestados (y el 84 % de los representantes de la sociedad civil) consideraron que el programa había ayudado a desarrollar la capacidad de su organización.

El estudio relativo al desarrollo de indicadores de impacto para el programa y su adaptación al plan de gestión anual de 2009 («Sondeo Europa con los Ciudadanos 2009») puso de relieve cómo evolucionaron las mentalidades de quienes participaron, una vez o varias, en las actividades financiadas por el programa. El 83 % de los encuestados dicen sentirse más conscientes de los aspectos que tocan a la cultura, la identidad y el patrimonio europeos como resultado de su participación en las actividades del programa. El 75 % declaran sentirse más europeos y el 71 % afirman que se sienten formar más parte de la Unión Europea. La proporción de encuestados que declaran sentirse más solidarios con sus conciudadanos europeos fue del 82 %.

1.5.4.     Compatibilidad y posibles sinergias con otros instrumentos pertinentes

Los artículos 10 y 11 del Tratado de la Unión Europea reconocen el derecho de cada ciudadano a participar en la vida democrática de la Unión y señalan que las decisiones deben adoptarse de la forma más abierta y próxima a los ciudadanos posible. Asimismo disponen que debe darse a los ciudadanos y a las asociaciones representativas la posibilidad de intercambiar sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión, y que las instituciones han de mantener un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil.

Como expresión plena y significativa de las disposiciones del Tratado de Lisboa, el presidente Barroso enunció especialmente en sus directrices políticas de septiembre de 2009 que debía prestarse una atención mucho mayor a los ciudadanos, protagonistas centrales de las políticas europeas. Como se expone más adelante, las actividades realizadas al amparo de la próxima generación del programa Europa con los Ciudadanos van a estar mucho más estrechamente vinculadas con la elaboración de políticas concretas. Por consiguiente, habrá una estrecha cooperación entre los servicios de la Comisión que aplican las respectivas políticas y programas.

Este programa es uno de los instrumentos llamados a vincular los principios democráticos de los artículos 10 y 11 del Tratado de la Unión Europea con un amplio abanico de políticas sectoriales de la Unión, sin sustituir a los diálogos específicos que mantiene la Comisión Europea con los ciudadanos, las partes interesadas y los grupos de interés. Gracias a la próxima generación del programa Europa con los Ciudadanos, estos van a estar capacitados para intercambiar opiniones en todos los ámbitos de acción de la Unión y en todas las fases del proceso formal de toma de decisiones. En cuanto a los temas de los proyectos, a su integración en el contexto regional y local y a los actores implicados, hay importantes sinergias con otros programas de la Unión relativos a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales y la igualdad de oportunidades, la educación, la juventud y la cultura, la justicia y la política regional.

1.6.        Duración e incidencia financiera

x Propuesta/iniciativa de duración limitada

– x Propuesta/iniciativa en vigor desde el 1.1.2014 hasta el 31.12.2020

– x Incidencia financiera desde 2014 hasta 2022

¨ Propuesta/iniciativa de duración ilimitada

– Ejecución: fase de puesta en marcha desde AAAA hasta AAAA

– y pleno funcionamiento a partir de la última fecha

1.7.        Modo(s) de gestión previsto(s)[11]

x Gestión centralizada directa a cargo de la Comisión

x Gestión centralizada indirecta mediante delegación de las tareas de ejecución en:

– x agencias ejecutivas

– ¨  organismos creados por las Comunidades[12]

– ¨  organismos nacionales del sector público / organismos con misión de servicio público

– ¨  personas a quienes se haya encomendado la ejecución de acciones específicas de conformidad con el título V del Tratado de la Unión Europea y que estén identificadas en el acto de base pertinente a efectos de lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento financiero

¨ Gestión compartida con los Estados miembros

¨ Gestión descentralizada con terceros países

¨ Gestión conjunta con organizaciones internacionales (especifíquense)

Si se indica más de un modo de gestión, facilítense los detalles en el recuadro de observaciones.

Observaciones

2.           MEDIDAS DE GESTIÓN

2.1.        Disposiciones en materia de seguimiento e informes

Especifíquense la frecuencia y las condiciones.

La Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones:

1. un informe de evaluación intermedio sobre los resultados obtenidos y los aspectos cualitativos y cuantitativos de la ejecución del programa, a más tardar el 31 de diciembre de 2017;

2. una comunicación sobre la continuación del programa, a más tardar el 31 de diciembre de 2018;

3. una evaluación ex post, a más tardar el 1 de julio de 2023.

2.2.        Sistema de gestión y de control

2.2.1.     Riesgo(s) definido(s)

A: Riesgos clave y principales causas de error

En lo relativo al programa Europa con los Ciudadanos se han definido los siguientes riesgos clave y principales causas de error, sobre la base de los ya comunicados en relación con el programa actual:

- Público destinatario específico: la mayoría de los participantes en el programa podrían ser organizaciones pequeñas y medianas. Algunas de ellas podrían no disponer de una base financiera sólida o de estructuras de gestión complejas, lo que puede influir en su capacidad financiera y operativa para la gestión de los fondos de la UE.

- Riesgo limitado de doble financiación, ya que las entidades pueden disfrutar de varias subvenciones con arreglo a diversos programas de la UE.

Cabe señalar que la mayoría de las acciones del actual programa Europa con los Ciudadanos las gestiona la Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA). Esto puede continuar así en el futuro programa.

Acciones gestionadas por una agencia ejecutiva

La Comisión aplicará las medidas de control requeridas para las agencias ejecutivas de conformidad con el artículo 59 del Reglamento financiero [de conformidad con el Reglamento (CE) nº 58/2003 sobre las agencias ejecutivas].

Además, la Comisión supervisará y controlará que la Agencia Ejecutiva realice objetivos de control apropiados para las acciones cuya gestión se le confiará. Esta supervisión se integrará en los términos de cooperación entre la Dirección General originaria y la Agencia Ejecutiva, así como en el informe semestral de la agencia.

Además, las medidas de simplificación que se prevén en el programa propuesto deberían reducir aún más el riesgo de errores.

Acciones gestionadas directamente por la Comisión

La Comisión solamente tiene la intención de gestionar directamente un pequeño número de subvenciones y contratos de servicios.

El análisis de los errores observados en el actual programa muestra que, en la mayoría de los casos, se deben a la incapacidad de los beneficiarios para presentar documentos justificativos, o bien a que estos documentos son de calidad insuficiente. Las acciones correctoras que se han emprendido deberían reducir los errores observados antes del final del actual MFP. Las acciones incluyen acciones de información con objeto de que los beneficiarios sean conscientes de sus obligaciones y se orienten más hacia un cierre de los proyectos basado en los resultados.

También en el caso de las transacciones centralizadas directas, las simplificaciones previstas contribuirán a reducir el riesgo de errores.

B: Índices de error esperados

Para los años 2009 a 2010, el índice de error plurianual se sitúa entre el 1,40 % y el 1,50 %.

La mayoría de los errores se produjeron en relación con los riesgos clave antes señalados. En 2010, para mitigar los riesgos, se elaboró un plan de acción que está en aplicación e incluye medidas para mejorar la calidad de la información proporcionada a los beneficiarios sobre las obligaciones financieras que les incumben, una estrategia para mejorar la eficiencia y la eficacia de las visitas de seguimiento, una estrategia para mejorar los controles documentales y una consolidación del plan de auditoría de 2011.

Dado que está previsto aplicar más medidas de simplificación y de control que en el actual programa (véase el punto 2.2.2), puede concluirse que el nivel de no conformidad del programa Europa con los Ciudadanos podría estar por debajo del umbral del 2 %.

2.2.2.     Método(s) de control previsto(s)

A: Información sobre el sistema de control interno creado dentro de la EACEA

El sistema de control del programa Europa con los Ciudadanos se basará en los riesgos y contemplará los siguientes controles principales, que serán aplicados en su mayor parte por la EACEA.

1. En la fase de selección:

- Control de la capacidad operativa y financiera de los solicitantes.

- Verificación de los criterios de subvencionabilidad y exclusión.

- Evaluación y control del presupuesto y del contenido.

- Verificaciones financieras y jurídicas.

- Identificación de posibles casos de doble financiación utilizando herramientas informáticas adecuadas.

2. Durante la fase de gestión de contratos:

- Circuitos financieros basados en la separación de funciones.

- Mayor uso de tasas uniformes y pagos únicos a fin de reducir el riesgo de errores.

- Respecto de las subvenciones con base presupuestaria, los controles documentales que han de aplicarse sobre las declaraciones finales se basarán en una evaluación de los riesgos y los costes de los controles:

          * en el caso de subvenciones superiores a un umbral determinado, los certificados de auditoría serán obligatorios en la fase de pago final;

          * en el caso de pequeñas subvenciones, los beneficiarios facilitarán muestras de facturas; el contenido de las muestras se determinará para cada acción tras un análisis basado en el riesgo.

- Simplificación de las normas y mejora de la claridad y la transparencia de la información proporcionada a los beneficiarios sobre dichas normas.

- Mejora de la eficiencia y la eficacia de las visitas de seguimiento utilizando criterios basados en los riesgos para seleccionar los proyectos que hayan de visitarse y criterios de calidad para el seguimiento de su ejecución.

3. Controles ex post:

- Plan anual de auditoría ex post (selección basada en los riesgos y aleatoria) sobre la base de un análisis de riesgos completo.

- Se realizarán auditorías ad hoc cuando haya serias dudas respecto de la existencia de irregularidades o sospechas de fraude.

En conclusión, la carga concreta de los controles sobre los beneficiarios debería disminuir en comparación con la situación actual, ya que el menor riesgo de incumplimiento previsto resultará en parte de nuevas simplificaciones y de una mayor calidad de la información de apoyo proporcionada a los beneficiarios.

4. Supervisión de la EACEA por la Comisión

Además de los controles relativos al proceso de concesión de subvenciones, la Comisión también aplicará las medidas de control exigidas para las agencias ejecutivas de conformidad con el artículo 59 del Reglamento financiero. La Comisión realizará el seguimiento de la labor de la EACEA y velará por que esta cumpla objetivos adecuados de control respecto de las acciones cuya gestión se le haya confiado. Este seguimiento se incorporará en las condiciones de cooperación entre la DG originaria y la EACEA, y constará en el informe semestral de la Agencia.

B: Estimación de los costes del control de las acciones gestionadas por la EACEA

1. Durante las fases de selección y de gestión de contratos

1.1. Costes de personal

La estimación se calcula teniendo en cuenta las actividades de control llevadas a cabo en el marco del actual programa Europa con los Ciudadanos:

- por personal operativo y financiero encargado de la iniciación y la verificación;

- en cualquier fase del ciclo de vida de los proyectos (selección, contratación y pagos).

Número de personas encargadas de las actividades de control || Costes estándar || Total (1 año)

Agentes contractuales: 6,6 || 64 000 EUR || 422 400 EUR

Agentes temporales: 1,6 || 127 000 EUR || 203 200 EUR

|| || Total por la duración del programa: 4 379 200 EUR

1.2. Otros costes

|| Costes estándar || Total (1 año)

Misiones in situ || 1 000 EUR || 20 000 EUR

Certificados de auditoría que deben presentar los beneficiarios || 1 300 EUR || 86 000 EUR

|| || Total por la duración del programa: 742 000 EUR

2. Controles ex post

2.1. Personal

Número de personas encargadas de las actividades de control || Costes estándar || Total (1 año)

Agentes contractuales: 0,25 || 64 000 EUR || 16 000 EUR

Agentes temporales: 0,05 || 127 000 EUR || 6 350 EUR

|| || Total por la duración del programa: 156 450 EUR

2.2. Auditorías ex post

Auditorías aleatorias, basadas en el riesgo y ad hoc || Costes estándar || Total (1 año)

|| 10 500 EUR || 98 000 EUR

|| || Total por la duración del programa: 686 000 EUR

3. Total de los costes de los controles efectuados en la EACEA en comparación con el presupuesto operativo gestionado

Teniendo en cuenta el presupuesto operativo de 205,9 millones EUR destinado al programa Europa con los Ciudadanos, el coste total del control de las acciones gestionadas por la EACEA es de aproximadamente un 2,90 % del presupuesto.

2.3.        Medidas de prevención del fraude y de las irregularidades

Además de aplicar todos los mecanismos reglamentarios de control, la DG COMM definirá una estrategia de lucha contra el fraude acorde con la nueva estrategia antifraude de la Comisión, adoptada el 24 de junio de 2011, a fin de garantizar, entre otras cosas, que sus controles internos contra el fraude estén armonizados con dicha estrategia, y que su planteamiento de gestión de los riesgos de fraude esté dirigido a detectar los ámbitos donde puede haber riesgo de fraude y a responder adecuadamente. En caso necesario, se crearán redes de trabajo y herramientas informáticas adecuadas para analizar los casos de fraude relacionados con el programa Europa con los Ciudadanos.

Cabe señalar que solo se han notificado a la OLAF un número muy reducido de casos de fraude con respecto al actual programa Europa con los Ciudadanos (cuatro casos).

Esto, en combinación con unos bajos índices de error, justifica que las medidas para prevenir el fraude y las irregularidades en el nuevo programa deban ser proporcionales y rentables.

A fin de atenuar los riesgos de fraude y de irregularidades, se prevén las siguientes medidas:

- La prevención del riesgo de fraude y de irregularidades se tiene en cuenta desde la fase de establecimiento del programa, gracias a la simplificación de las normas y al mayor uso de tasas uniformes y pagos únicos.

- Se efectuará un control sistemático del potencial de doble financiación y se identificará a los beneficiarios de varias subvenciones.

- Se realizarán auditorías ad hoc cuando haya serias dudas respecto de la existencia de irregularidades o sospechas de fraude.

- La Agencia Ejecutiva deberá informar a la Comisión de los posibles fraudes e irregularidades, caso por caso y en sus informes periódicos.

             

3.           INCIDENCIA FINANCIERA ESTIMADA DE LA PROPUESTA/INICIATIVA

3.1.        Rúbrica(s) del marco financiero plurianual y línea(s) presupuestaria(s) de gastos afectada(s)

· Líneas presupuestarias de gasto existentes

En el orden de las rúbricas del marco financiero plurianual y las líneas presupuestarias.

Rúbrica del marco financiero plurianual || Línea presupuestaria || Tipo de gasto || Contribución

|| CD/CND ([13]) || de países de la AELC[14] || de países candidatos[15] || de terceros países || a efectos de lo dispuesto en el artículo 18.1.a bis) del Reglamento financiero

3 || 16 01 04 Europa con los Ciudadanos Gastos de carácter administrativo || CND || NO || SÍ || NO || NO

3 || 16 05 01 01 Europa con los Ciudadanos || CD/ || SÍ || SÍ || NO || NO

· Nuevas líneas presupuestarias solicitadas

En el orden de las rúbricas del marco financiero plurianual y las líneas presupuestarias.

Rúbrica del marco financiero plurianual || Línea presupuestaria || Tipo de gasto || Contribución

Número Seguridad y ciudadanía || CD/CND || de países de la AELC || de países candidatos || de terceros países || a efectos de lo dispuesto en el artículo 18.1.a bis) del Reglamento financiero

3 || [XX YY YY YY] || || SÍ/NO || SÍ/NO || SÍ/NO || SÍ/NO

3.2.        Incidencia estimada en los gastos

3.2.1.     Resumen de la incidencia estimada en los gastos

En millones de euros (al tercer decimal) en precios corrientes

Rúbrica del marco financiero plurianual: || 3 || Seguridad y ciudadanía

DG: COMM || || || Año 2014[16] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Año 2021 || Año 2022 || TOTAL

Ÿ Créditos de operaciones || || || || || || || || || ||

16 05 01 01 || Compromisos || (1) || 27,800 || 27,800 || 28,800 || 29,700 || 29,700 || 30,600 || 31,600 || 0 || 0 || 206,000

Pagos || (2) || 16,175 || 23,725 || 28,125 || 28,025 || 29,400 || 30,300 || 30,300 || 11,700 || 8,250 || 206,000

Número de línea presupuestaria || Compromisos || (1a) || || || || || || || || || ||

Pagos || (2a) || || || || || || || || || ||

Créditos de carácter administrativo financiados mediante la dotación de programas específicos[17] || || || || || || || || || ||

|| || || || || || || || || || || ||

16 01 04 || || (3) || 3,200 || 3,200 || 3,200 || 3,300 || 3,300 || 3,400 || 3,400 || || || 23,000

TOTAL de los créditos de la DG COMM || Compromisos || = 1 + 1a + 3 || 31,000 || 31,000 || 32,000 || 33,000 || 33,000 || 34,000 || 35,000 || || || 229,000

Pagos || = 2 + 2a + 3 || 19,375 || 26,925 || 31,325 || 31,325 || 32,700 || 33,700 || 33,700 || 11,700 || 8,250 || 229,000

Ÿ TOTAL de los créditos de operaciones || Compromisos || (4) || 27,800 || 27,800 || 28,800 || 29,700 || 29,700 || 30,600 || 31,600 || 0 || 0 || 206,000

Pagos || (5) || 16,175 || 23,725 || 28,125 || 29,400 || 29,400 || 30,300 || 30,300 || 11,700 || 8,250 || 206,000

Ÿ TOTAL de los créditos de carácter administrativo financiados mediante la dotación de programas específicos || (6) || 3.200 || 3,200 || 3,200 || 3,300 || 3,300 || 3,400 || 3,400 || 0 || 0 || 23,000

TOTAL de los créditos de la rúbrica COMM del marco financiero plurianual || Compromisos || = 4 + 6 || 31,000 || 31,000 || 32,000 || 33,000 || 33,000 || 34,000 || 35,000 || 0 || 0 || 229,000

Pagos || = 5 + 6 || 19,375 || 26,925 || 31,325 || 31,325 || 32,700 || 33,700 || 33,700 || 11,700 || 8,250 || 229,000

Si la propuesta/iniciativa afecta a más de una rúbrica:

Ÿ TOTAL de los créditos de operaciones || Compromisos || (4) || || || || || || || ||

Pagos || (5) || || || || || || || ||

Ÿ TOTAL de los créditos de carácter administrativo financiados mediante la dotación de programas específicos || (6) || || || || || || || ||

TOTAL de los créditos para las RÚBRICAS 1 a 4 del marco financiero plurianual (Importe de referencia) || Compromisos || = 4 + 6 || || || || || || || ||

Pagos || = 5 + 6 || || || || || || || ||

La Comisión podrá confiar a una agencia ejecutiva las tareas de ejecución del programa Europa con los Ciudadanos. Podrá ser necesario ajustar los importes y el desglose de los costes estimados en función del grado de externalización que se decida.     

Rúbrica del marco financiero plurianual: || 5 || Administración

En millones de euros (al tercer decimal) en precios corrientes

|| || || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL

DG: COMM ||

Ÿ Recursos humanos || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 8,512

Ÿ Otros gastos administrativos || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 1,911

TOTAL DG COMM || Créditos || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 10,423

TOTAL de los créditos para la RÚBRICA 5 del marco financiero plurianual || (Total de los compromisos = Total de los pagos) || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 10,423

En millones EUR (al tercer decimal)

|| || || Año 2014[18] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Año 2021 || Año 2022 || TOTAL

TOTAL de los créditos para las RÚBRICAS 1 a 5 del marco financiero plurianual || Compromisos || 32,489 || 32,489 || 33,489 || 34,489 || 34,489 || 35,489 || 36,489 || || || 239,423 ||

Pagos || 20,864 || 28,414 || 32,814 || 32,814 || 34,189 || 35,189 || 35,189 || 11,700 || 8,250 || 239,423 ||

3.2.2.     Incidencia estimada en los créditos de operaciones

– ¨  La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos de operaciones

– x La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos de operaciones, tal como se explica a continuación:

Créditos de compromiso en millones EUR (al tercer decimal)

Indíquense los objetivos y los resultados ò || || || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL

RESULTADOS

Tipo de resultado[19] || Coste medio del resultado || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número total de resultados || Coste total

Acción nº 1 Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes || || || || || || || || || || || || || || || ||

- Asociaciones (3 años) || Subvenciones operativas || 0,175 || 8 || 1,400 || 8 || 1,400 || 8 || 1,400 || 10 || 1,750 || 10 || 1,750 || 10 || 1,750 || 0 || 0,000 || 54 || 9,450

- Apoyo estructural (1 año) || Subvenciones operativas || 0,100 || 4 || 0,400 || 4 || 0,400 || 4 || 0,400 || 5 || 0,500 || 5 || 0,500 || 5 || 0,500 || 23 || 2,300 || 50 || 5,000

Proyectos de memoria histórica || Subvenciones para acciones específicas || 0,050 || 56 || 2,800 || 56 || 2,800 || 59 || 2,950 || 59 || 2,950 || 59 || 2,950 || 61 || 3,050 || 62 || 3,100 || 412 || 20,600

Proyectos sobre historia, identidad y metas de la UE || Subvenciones para acciones específicas || 0,050 || 19 || 0,950 || 19 || 0,950 || 21 || 1,050 || 22 || 1,100 || 22 || 1,100 || 24 || 1,200 || 24 || 1,200 || 151 || 7,550

Subtotal del objetivo específico nº 1 || 87 || 5,550 || 87 || 5,550 || 92 || 5,800 || 96 || 6,300 || 96 || 6,300 || 100 || 6,500 || 109 || 6,600 || 667 || 42,600

Acción nº 2[20] Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión. || || || || || || || || || || || || || || || ||

- Reuniones de ciudadanos || Subvención para acción específica || 0,010 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 2,100 || 21,000

- Redes de hermanamiento || Subvención para acción específica || 0,050 || 118 || 5,900 || 118 || 5,900 || 118 || 5,900 || 119 || 5,950 || 119 || 5,950 || 120 || 6,000 || 126 || 6,300 || 838 || 41,900

Proyectos de ciudadanos y de organizaciones de la sociedad civil || Subvención para acción específica || 0,080 || 45 || 3,600 || 45 || 3,600 || 50 || 4,000 || 50 || 4,000 || 50 || 4,000 || 55 || 4,400 || 55 || 4,400 || 350 || 28,000

- Asociaciones (3 años) || Subvenciones operativas || 0,175 || 30 || 5,250 || 30 || 5,250 || 30 || 5,250 || 32 || 5,600 || 32 || 5,600 || 32 || 5,600 || 0 || 0,000 || 186 || 32,550

- Apoyo estructural (1 año) || Subvenciones operativas || 0,100 || 14 || 1,400 || 14 || 1,400 || 15 || 1,500 || 15 || 1,500 || 15 || 1,500 || 15 || 1,500 || 72 || 7,200 || 160 || 16,000

Subtotal del objetivo específico nº 2 || 507 || 19,150 || 507 || 19,150 || 513 || 19,650 || 516 || 20,050 || 516 || 20,050 || 522 || 20,500 || 553 || 20,900 || 3634 || 139,450

Acción nº 3 Análisis, difusión y valorización de los resultados de los proyectos ||

- Evaluaciones inter pares || Subvenciones para acciones específicas / contratación pública || 0,500 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 14 || 7,000

- Estudios y servicios de comunicación || Contratación pública || 0,250 || 1 || 0,250 || 1 || 0,250 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 3 || 0,750 || 5 || 1,250 || 16 || 4,000

- Medidas de apoyo || Subvenciones para acciones específicas || 0,075 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 42 || 3,150

- Actos de la Presidencia || Subvenciones para acciones específicas || 0,250 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 14 || 3,500

- Estructuras de apoyo en los Estados miembros || Subvenciones operativas || 0,030 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 210 || 6,300

Subtotal del objetivo específico nº 3 || 41 || 3,100 || 41 || 3,100 || 42 || 3,350 || 42 || 3,350 || 42 || 3,350 || 43 || 3,600 || 45 || 4,100 || 296 || 23,950

COSTE TOTAL || 635 || 27,800 || 635 || 27,800 || 647 || 28,800 || 654 || 29,700 || 654 || 29,700 || 665 || 30,600 || 707 || 31,600 || 4597 || 206,000

3.2.3.     Incidencia estimada en los créditos de carácter administrativo

3.2.3.1.  Resumen

– ¨  La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos administrativos

– x La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos administrativos, tal como se explica a continuación:

En millones EUR (al tercer decimal)

|| Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL

RÚBRICA 5 del marco financiero plurianual || || || || || || || ||

Recursos humanos || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 ||

Otros gastos administrativos || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 ||

Subtotal para la RÚBRICA 5 del marco financiero plurianual || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 ||

Fuera de la RÚBRICA 5[21] del marco financiero plurianual || || || || || || || ||

Recursos humanos || || || || || || || ||

Otros gastos de carácter administrativo || || || || || || || ||

Subtotal fuera de la RÚBRICA 5 del marco financiero plurianual || || || || || || || ||

TOTAL || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 10,423

Nota: Las cifras se ajustarán en función de los resultados del proceso de externalización previsto.     

3.2.3.2.  Necesidades estimadas de recursos humanos

– ¨  La propuesta/iniciativa no exige la utilización de recursos humanos

– x La propuesta/iniciativa exige la utilización de recursos humanos, tal como se explica a continuación:

Estimación que debe expresarse en valores enteros (o, a lo sumo, con un decimal)

|| || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020

Ÿ Empleos de plantilla (funcionarios y agentes temporales) ||

|| XX 01 01 01 (Sede y oficinas de representación de la Comisión) || 9 || 9 || 9 || 9 || 9 || 9 || 9

|| XX 01 01 02 (Delegaciones) || || || || || || ||

|| XX 01 05 01 (Investigación indirecta) || || || || || || ||

|| 10 01 05 01 (Investigación directa) || || || || || || ||

|| Ÿ Personal externo (en unidades de equivalente a jornada completa: EJC[22]) ||

|| XX 01 02 01 (AC, INT, ENCS de la «dotación global») || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1

|| XX 01 02 02 (AC, INT, JED, AL y ENC en las delegaciones) || || || || || || ||

|| XX 01 04 yy[23] || - en la sede[24] || || || || || || ||

|| - en las delegaciones || || || || || || ||

|| XX 01 05 02 (AC, INT y ENCS. Investigación indirecta) || || || || || || ||

|| 10 01 05 02 (AC, INT, ENCS. Investigación directa) || || || || || || ||

|| Otras líneas presupuestarias (especifíquense) || || || || || || ||

|| TOTAL || 10 || 10 || 10 || 10 || 10 || 10 || 10

XX es el ámbito político o título presupuestario en cuestión.

Las necesidades en materia de recursos humanos las cubrirá el personal de la DG ya destinado a la gestión de la acción y/o reasignado dentro de la DG, que se complementará en caso necesario con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes. Naturalmente, estas cifras se ajustarán dependiendo de los resultados del proceso de externalización previsto.

Descripción de las tareas que deben llevarse a cabo:

Funcionarios y agentes temporales || Coordinación del programa y contactos con la agencia ejecutiva

Personal externo ||

3.2.4.     Compatibilidad con el marco financiero plurianual vigente

– x La propuesta/iniciativa es compatible con el marco financiero plurianual vigente.

– ¨  La propuesta/iniciativa implicará la reprogramación de la rúbrica correspondiente del marco financiero plurianual.

Explíquese la reprogramación requerida, precisando las líneas presupuestarias afectadas y los importes correspondientes.

[n/d]

– ¨  La propuesta/iniciativa requiere la aplicación del Instrumento de Flexibilidad o la revisión del marco financiero plurianual[25].

Explíquese qué es lo que se requiere, precisando las rúbricas y líneas presupuestarias afectadas y los importes correspondientes.

[n/d]

3.2.5.     Contribución de terceros

– x La propuesta/iniciativa no prevé la cofinanciación por terceros

– La propuesta/iniciativa prevé la cofinanciación que se estima a continuación:

Créditos en millones EUR (al tercer decimal)

|| Año N || Año N + 1 || Año N + 2 || Año N + 3 || Insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) || Total

Especifíquese el organismo de cofinanciación || || || || || || || ||

TOTAL de los créditos cofinanciados || || || || || || || ||

3.3.        Incidencia estimada en los ingresos

– x La propuesta/iniciativa no tiene incidencia financiera en los ingresos.

– ¨  La propuesta/iniciativa tiene la incidencia financiera que se indica a continuación:

– ¨         en los recursos propios

– ¨         en ingresos diversos

En millones EUR (al tercer decimal)

Línea presupuestaria de ingresos: || Créditos disponibles para el ejercicio presupuestario en curso || Incidencia de la propuesta/iniciativa[26]

Año N || Año N + 1 || Año N + 2 || Año N + 3 || Insértense tantas columnas como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6)

Artículo ………. || || || || || || || ||

En el caso de los ingresos diversos «afectados», especifíquese la línea o líneas presupuestarias de gasto en la(s) que repercuta(n).

Especifíquese el método de cálculo de la incidencia en los ingresos.

[1]               DO C […] de […], p. […].

[2]               COM(2010) 2020 final de 3.3.2010.

[3]               Reglamento (UE) nº 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana (DO L 65 de 11.3.2011, p. 1).

[4]               DO L 378 de 27.12.2006, p. 32.

[5]               DO L 55 de 28.2.2011, p. 13.

[6]               Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (el Reglamento financiero), DO L 248 de 16.9.2002, p. 1; Reglamento modificado por el Reglamento (CE, Euratom) nº 1995/2006 (DO L 390 de 30.12.2006, p. 1).

[7]               Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Un presupuesto para Europa 2020, parte II: Fichas sobre políticas, COM(2011) 500 final de 29.6.2011.

[8]               Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Un presupuesto para Europa 2020, parte II: Fichas sobre políticas, COM(2011) 500 final de 29.6.2011.

[9]               GPA: gestión por actividades. PPA: presupuestación por actividades.

[10]             Tal como se contempla en el artículo 49, apartado 6, letras a) o b), del Reglamento financiero.

[11]             Las explicaciones sobre los modos de gestión y las referencias al Reglamento financiero pueden consultarse en el sitio BudgWeb: http://www.cc.cec/budg/man/budgmanag/budgmanag_en.html.

[12]             A los que se refiere el artículo 185 del Reglamento financiero.

[13]             CD = créditos disociados / CND = créditos no disociados.

[14]             AELC: Asociación Europea de Libre Comercio.

[15]             Países adherentes, países candidatos y, cuando proceda, países candidatos potenciales.

[16]             El año N es el año de comienzo de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

[17]             Asistencia técnica y/o administrativa y gastos de apoyo a la ejecución de programas y/o acciones de la UE (antiguas líneas «BA»), investigación indirecta, investigación directa.

[18]             El año N es el año de comienzo de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

[19]             Los resultados son los productos y servicios que van a suministrarse (por ejemplo, número de intercambios de estudiantes financiados, número de kilómetros de carreteras construidos, etc.).

[20]             Según se describe en el punto 1.4.2. «Objetivo(s) específico(s)…»

[21]             Asistencia técnica y/o administrativa y gastos de apoyo a la ejecución de programas y/o acciones de la UE (antiguas líneas «BA»), investigación indirecta, investigación directa.

[22]             AC = agente contractual; INT = personal de empresas de trabajo temporal («intérimaires»); JED = joven experto en delegación; AL = agente local; ENCS = experto nacional en comisión de servicios.

[23]             Por debajo del límite de personal externo con cargo a créditos de operaciones (antiguas líneas «BA»).

[24]             Básicamente para los Fondos Estructurales, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Fondo Europeo de Pesca (FEP).

[25]             Véanse los puntos 19 y 24 del Acuerdo Interinstitucional.

[26]             Por lo que se refiere a los recursos propios tradicionales (derechos de aduana, cotizaciones sobre el azúcar), los importes indicados deben ser importes netos, es decir, importes brutos tras la deducción del 25 % de los gastos de recaudación.