Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020 /* COM/2011/0884 final - 2011/0436 (APP) */
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. CONTEXTO DE LA
PROPUESTA 1.1.
Contexto general Es de capital importancia estimular y
facilitar una mayor implicación de los ciudadanos en la Unión Europea y lo que
esta representa, haciendo que participen más en los asuntos corrientes y que
conozcan mejor la historia de la Unión y de su génesis, tras los estragos de
dos guerras mundiales. Los programas anteriores sobre ciudadanía abordaron
estos retos con éxito, y es imprescindible dar continuidad a este trabajo y
tratar estos temas a nivel europeo. Como declaró el presidente Barroso en su
discurso sobre el Estado de la Unión de 2011, la Unión se enfrenta ahora al
mayor desafío de toda su historia. Es una crisis financiera, económica y
social, pero también una crisis de confianza. Los planes nacionales, o incluso
la cooperación intergubernamental, no bastan para afrontar problemas económicos
y sociales de tal magnitud; sin embargo, los ciudadanos no son plenamente
conscientes del papel de la Unión y de sus logros. Por tanto, la Comisión tiene
que buscar medios para que los ciudadanos conozcan y comprendan mejor el
proyecto europeo. Para acercar la Unión a sus ciudadanos y
estimular los debates transfronterizos sobre las políticas europeas, el Tratado
de la Unión Europea da un gran paso adelante: su artículo 11 presenta toda una
nueva dimensión de la democracia participativa, uno de cuyos elementos clave es
el nuevo derecho a la iniciativa ciudadana. Con este programa, la Comisión propone
medidas con el fin de generar capacidades para la participación ciudadana (uno
de los elementos de un triángulo estratégico, junto con la atención a las
necesidades de los ciudadanos y la promoción de sus derechos). La
intención es: 1) desarrollar la capacidad de la
sociedad civil para participar en el proceso de elaboración de las políticas de
la Unión; 2) desarrollar estructuras de
apoyo para hacer llegar los resultados de los debates participativos hacia los
responsables políticos a los niveles pertinentes; 3) ofrecer más oportunidades para
que los ciudadanos puedan participar individualmente en debates y foros sobre
temas relacionados con la Unión. 1.2.
Motivación y objetivos de la propuesta El programa aspira a abordar la necesidad
de debates más auténticos sobre temas relativos a la Unión a los niveles local,
regional y nacional, que pueden traducirse en una perspectiva paneuropea. Su
meta es llegar al nutrido grupo de ciudadanos que normalmente no pretende
influir ni intervenir en los asuntos de la Unión a través de una amplia gama de
organizaciones, con objeto de dar el primer paso hacia la participación, sea
cual sea el tema (relacionado con la Unión) o el formato, siempre que sea
transnacional o tenga una dimensión europea. Con su enfoque horizontal, no
busca sustituir a los programas temáticos ni duplicar su proceso de consulta a
escala de la Unión, sino movilizar a los ciudadanos a nivel local para que
aborden cuestiones concretas de interés europeo. Al hacerlo, los ciudadanos
serán más conscientes del impacto de las políticas de la Unión en su vida cotidiana.
Podrán influir y participar en las ventajas que ofrece Europa y sentirse
identificados con la misión de la Unión. El programa se basará en un análisis de
los puntos fuertes y débiles del actual programa Europa con los Ciudadanos
(2007-2013) en lo relativo a su diseño futuro, la definición de sus
destinatarios, su alcance y su visibilidad en términos geográficos y sociales,
el análisis de su impacto y sus mecanismos de valorización y difusión. El futuro programa tendrá como objetivo
general «fortalecer la memoria histórica y aumentar la capacidad para la
participación ciudadana a nivel de la Unión». Por consiguiente, procurará
desarrollar las necesarias estructuras de apoyo para canalizar los resultados
de los debates hacia los responsables políticos a los niveles pertinentes.
Contribuirá, además, a desarrollar la capacidad de las organizaciones
ciudadanas para hacer participar a los ciudadanos en la vida democrática de la
Unión. Entre los objetivos específicos propuestos están: –
estimular el debate, la reflexión y la
cooperación sobre la memoria histórica, la integración europea y la historia; –
hacer que los ciudadanos comprendan mejor el
proceso de elaboración de las políticas de la Unión y tengan mayor capacidad
para participar en él, y dar oportunidades para ejercer la solidaridad, el
compromiso social y el voluntariado a nivel de la Unión. Conforme a los objetivos específicos
seleccionados para el nuevo programa, se definirá un nuevo conjunto de
objetivos operativos. Estos reforzarán la capacidad de la Comisión para
establecer indicadores más sólidos y poder así determinar los avances y el
impacto de manera objetiva y más detallada: –
apoyar a las organizaciones con el fin de
promover el debate y las actividades sobre la memoria histórica, los valores europeos
y la historia; –
apoyar a las organizaciones de interés general
europeo y a las asociaciones y redes transnacionales para promover las
interacciones de los ciudadanos en relación con aspectos de la Unión; –
dimensión horizontal: análisis, difusión y valorización
de los resultados de los proyectos a través de actividades internas y externas. 1.3.
Coherencia con otras políticas y
objetivos de la Unión Según el artículo 11 del Tratado de la
Unión Europea (TUE), es tarea de las instituciones dar a los ciudadanos y a las
organizaciones representativas la oportunidad de expresar e intercambiar
públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión. En el
mismo artículo se alude al deber de las instituciones de mantener un diálogo
abierto, transparente y regular con la sociedad civil, así como a su obligación
de celebrar amplias consultas con los actores principales, y se introduce la
noción de la iniciativa ciudadana. En sus directrices políticas de septiembre
de 2009, el presidente Barroso pide un enfoque mucho más intenso sobre los
ciudadanos, que deben estar en el centro de las políticas europeas. Como se
expone más adelante, las actividades realizadas al amparo de la próxima
generación del programa Europa con los Ciudadanos van a estar mucho más
estrechamente vinculadas con la elaboración de políticas concretas. Por
consiguiente, habrá una estrecha cooperación entre los servicios de la Comisión
que aplican las respectivas políticas y programas. Este programa es uno de los instrumentos
llamados a vincular los principios democráticos de los artículos 10 y 11 del
TUE con un amplio abanico de políticas sectoriales, sin sustituir a los
diálogos específicos que mantiene la Comisión Europea con los ciudadanos, las
partes interesadas y los grupos de interés. Gracias a la próxima generación del
programa Europa con los Ciudadanos, estos van a estar capacitados para
intercambiar opiniones en todos los ámbitos de acción de la Unión y en todas
las fases del proceso formal de toma de decisiones. En cuanto a los temas de
los proyectos, a su integración en el contexto regional y local y a los actores
implicados, hay importantes sinergias con otros programas de la Unión relativos
a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales, la educación, la investigación
y la innovación, la juventud y la cultura, la justicia, la igualdad entre
mujeres y hombres y la no discriminación y la política regional. Por otra parte, el programa complementa y
amplía el trabajo desempeñado por las representaciones de la Comisión Europea
en los Estados miembros. Las representaciones van a participar en la
comunicación y la promoción del programa en la mayor medida posible, en
consonancia con su misión de divulgación entre los ciudadanos y comunicación en
los países. 2. RESULTADOS DE LAS
CONSULTAS CON LAS PARTES INTERESADAS Y DE LAS EVALUACIONES DE IMPACTO 2.1. Consulta con las
partes interesadas La consulta con los principales actores
del programa Europa con los Ciudadanos ha sido sustancial. Se solicitó su punto
de vista en las siguientes ocasiones: –
El 20 de junio de 2010 se celebró una reunión
de consulta en Bruselas con los principales actores: los miembros del grupo de
consultas regulares a las ONG, los puntos de contacto nacionales o Puntos
Europeos de Ciudadanía (PEC), el Consejo de Municipios y Regiones de Europa
(CMRE) y los coordinadores de los hermanamientos de ciudades, así como los
miembros del Comité del programa. La reunión se realizó conforme a un orden del
día abierto y con un enfoque muy participativo. –
El 27 de octubre de 2010 se abrió una consulta
pública en línea sobre el futuro del programa Europa con los Ciudadanos para la
que se utilizó la herramienta de elaboración interactiva de las políticas (EIP)
de la Comisión. La consulta estuvo abierta hasta el 5 de enero de 2011, y recabó
contribuciones de todas las partes interesadas: ciudadanos particulares,
organizaciones de la sociedad civil, autoridades y administraciones públicas,
institutos de investigación e innovación, organizaciones europeas e
internacionales, etc. Cuatrocientos doce encuestados respondieron, además de
otras cinco contribuciones que se recibieron por separado. La Comisión analizó
las opiniones expresadas con la ayuda de un consultor externo. Los resultados y
un análisis detallado de la consulta pública están disponibles en: http://ec.europa.eu/citizenship.
–
El 21 de junio de 2011 tuvo lugar en Bruselas
una segunda reunión con los actores principales, que contó con cien
participantes. –
Entre mayo y junio de 2011 se realizaron tres
sondeos específicos en Viena, París y Varsovia sobre los distintos aspectos del
programa (hermanamiento de ciudades, impacto en el desarrollo de la sociedad
civil, memoria histórica), en los que participaron tanto actores como
investigadores, administraciones locales y nacionales y periodistas. –
Asimismo se lleva a cabo una consulta
periódica con los actores principales, a través de dos o tres reuniones anuales
entre la Comisión y unas setenta organizaciones europeas clave que participan
activamente en el programa Europa con los Ciudadanos. 2.2. Obtención y
utilización de asesoramiento técnico Al elaborar la evaluación de impacto para
preparar la propuesta de programa, la Comisión tuvo en cuenta la experiencia de
los actores principales, transmitida en las dos reuniones, y de las partes
interesadas, que se manifestaron a través de la consulta pública en línea. Esta
experiencia se comparó con la aportada por los grupos de reflexión a los que se
consultó en la primavera de 2011. Con objeto de aprovechar la experiencia
del programa actual, la evaluación intermedia llevada a cabo por un consultor
externo en 2010 aportó una importante fuente de información que se tuvo en
cuenta tanto en la evaluación de impacto como en la propuesta de programa. 2.3. Evaluación de impacto En el verano de 2011 se efectuó una
evaluación de impacto completa. El 21 de septiembre de 2011, el Comité de
evaluación de impacto comentó el informe y pidió que se introdujeran en el
mismo algunas mejoras. En particular, pidió un análisis más completo y concreto
de los problemas, unos objetivos más específicos, el diseño y la evaluación de
opciones de actuación fundamentales, unas modalidades claras de evaluación y la
definición de indicadores de progreso más fiables. Estos elementos se han
incluido en el informe actual. Además, el programa ha quedado integrado
en la evaluación de impacto acumulativa del marco financiero plurianual (MFP)
para 2014-2020. 3. ASPECTOS JURÍDICOS DE
LA PROPUESTA 3.1. Resumen de la acción
propuesta La Comisión Europea propone el programa
Europa con los Ciudadanos para el período 2014‑2020, que se basa en el
programa existente. Su propósito es mejorar la capacidad para la participación
ciudadana a nivel de la Unión y, de este modo, alcanzar el objetivo global de
promover la participación ciudadana y contribuir a que los ciudadanos conozcan
y comprendan mejor la Unión. Con sus dos dimensiones, este programa prevé, por
un lado, apoyar a organizaciones de interés general europeo y a asociaciones y
redes transnacionales, con el fin de estimular la interacción entre los
ciudadanos sobre asuntos de la Unión y, por otro, dar respaldo a las
organizaciones que promueven debates y actividades en torno a los valores y la
historia de Europa. Como característica transversal, el programa incluirá
disposiciones sobre análisis, difusión y valorización de los resultados
generados por las actividades del programa. Al igual que su predecesor, se
pondrá en aplicación mediante subvenciones operativas y subvenciones para
acciones específicas, concedidas por convocatorias abiertas de propuestas, y
mediante contratos de servicios, adjudicados por licitación. La Comisión podrá
contar, sobre la base de un análisis de costes y beneficios, con los servicios
de una agencia para la ejecución del programa, según se contempla en el
Reglamento (CE) nº 58/2003 del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, por el
que se establece el estatuto de las agencias ejecutivas encargadas de
determinadas tareas de gestión de los programas comunitarios. 3.2. Base jurídica Artículo 352 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea. 3.3. Principio de
subsidiariedad Según el artículo 11 del TUE, las
instituciones tienen la obligación de dar «a los ciudadanos y a las
asociaciones representativas […] la posibilidad de expresar e intercambiar
públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión». En
el mismo artículo se alude al deber de las instituciones de mantener «un
diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y
la sociedad civil», así como a la obligación de la Comisión de mantener amplias
consultas con los actores principales, y se introduce la noción de la
iniciativa ciudadana. Hay que facilitar medios adecuados para
que estas disposiciones de los Tratados puedan llevarse a la práctica. El
programa Europa con los Ciudadanos y el Reglamento (UE) nº 211/2011 del
Parlamento Europeo y del Consejo constituyen dos de estos medios. El valor añadido europeo del nuevo
programa propuesto puede observarse también en cada una de sus acciones: –
En relación con la «memoria histórica y
ciudadanía europea», el programa quiere apoyar a las organizaciones que
promueven debates y actividades sobre la integración y la historia europeas a
un nivel transnacional o con una clara dimensión europea. Para algunas acciones
en relación con la vertiente histórica, basta con una dimensión europea. Los
archivos históricos y lugares de memoria están, por su naturaleza, vinculados a
un lugar preciso, pero tienen en muchos casos una significación para toda la
Unión. –
Con el capítulo relativo a «compromiso
democrático y participación ciudadana» se pretende hacer que los ciudadanos
comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas de la Unión y
tengan mayor capacidad para participar en él, así como promover las
oportunidades para la solidaridad, el compromiso social y el voluntariado a
nivel europeo. Esta meta tan ambiciosa solo puede alcanzarse a nivel de la
Unión. –
La «valorización» es una dimensión
horizontal del programa en su conjunto. Se centrará en el análisis, la
difusión, la comunicación y la valorización de los resultados de los proyectos
correspondientes a los capítulos antes citados. Las plataformas nacionales y
regionales ayudarán a recopilar las mejores prácticas e ideas sobre cómo
fortalecer la participación ciudadana, aunque también se necesitan plataformas
paneuropeas y herramientas comunes para ampliar la perspectiva y facilitar el
intercambio transnacional. Los objetivos del presente Reglamento no
pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por
consiguiente, debido al carácter transnacional y multilateral de la acción y
las medidas del programa, pueden lograrse mejor a nivel de la Unión. 3.4. Principio de
proporcionalidad La propuesta se ajusta al principio de
proporcionalidad en el sentido de que no va más allá de lo imprescindible para
alcanzar el objetivo fijado a escala europea, ni de lo necesario a tal efecto. 3.5. Impacto sobre los
derechos fundamentales El programa presta indirectamente su apoyo
a los derechos de los ciudadanos de la Unión, consagrados en el artículo 39 de
la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. 4. REPERCUSIONES
PRESUPUESTARIAS La propuesta de la Comisión relativa a un
marco financiero plurianual para el período 2014‑2020 prevé una
asignación de 229 millones EUR en precios corrientes al programa Europa
con los Ciudadanos. 4.1. Ejecución En términos de gestión, el Reglamento se
propone adoptar un enfoque más racionalizado y simplificado, que se reflejará
en una mayor rentabilidad. Se obtendrán importantes economías de escala si para
las acciones de naturaleza parecida se establecen normas de aplicación y
procedimientos similares, que implicarán una simplificación tanto para los
beneficiarios como para los organismos de gestión a nivel nacional y europeo. La simplificación ya tiene una
importancia crucial en el programa actual, y tendrá más aún en el nuevo. El
recurso a una agencia ejecutiva para gestionar todo el ciclo del programa
permite lograr importantes ahorros en los gastos de administración y recursos
humanos. Además, el recurso a pagos únicos, tasas uniformes, costes unitarios,
solicitudes electrónicas y eficientes controles sobre el terreno —agrupando las
visitas a organizaciones de la misma región—, reduce aún más las cargas
administrativas y permite considerables reducciones de costes. 2011/0436 (APP) Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se establece el programa
Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020 EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea y, en particular, su artículo 352, Vista la propuesta de la Comisión
Europea, Previa transmisión del proyecto de acto
legislativo a los parlamentos nacionales, Visto el dictamen del Parlamento Europeo[1], De conformidad con un procedimiento
legislativo especial, Considerando lo siguiente: (1)
En consonancia con el artículo 11 del Tratado
de la Unión Europea, las instituciones de la Unión deben dar a los ciudadanos y
asociaciones representativas la oportunidad de expresar e intercambiar
públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión, así
como mantener un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones
representativas y la sociedad civil. (2)
Mediante la Estrategia Europa 2020, la Unión y
los Estados miembros aspiran a generar crecimiento, empleo, productividad y
cohesión social durante la próxima década[2]. (3)
Si bien objetivamente hay un claro valor
añadido en el hecho de ser un ciudadano de la Unión con derechos establecidos,
la Unión no siempre pone de relieve de manera eficaz el nexo entre la solución
de una amplia gama de problemas económicos y sociales y las políticas de la
Unión. Por eso, los impresionantes logros que suponen la paz y la estabilidad
de Europa, el desarrollo sostenible y prolongado, la estabilidad de los
precios, la eficaz protección de los consumidores y el medio ambiente y la
promoción de los derechos fundamentales no siempre han dado lugar a un fuerte
sentimiento de pertenencia de los ciudadanos a la Unión. (4)
Para acercar Europa a sus ciudadanos y para
que estos puedan participar plenamente en la construcción de una Unión cada vez
más cercana se necesitan acciones variadas y esfuerzos coordinados a través de
actividades transnacionales y europeas. La iniciativa ciudadana europea ofrece
una oportunidad única para que los ciudadanos puedan participar directamente en
el desarrollo de la legislación de la UE[3]. (5)
La Decisión nº 1904/2006/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por la que se
establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2007‑2013
a fin de promover la ciudadanía europea activa[4], estableció un programa de acción que
confirmó la necesidad de promover un diálogo constante con las organizaciones
de la sociedad civil y los municipios y de apoyar la participación activa de
los ciudadanos. (6)
El informe de evaluación intermedia, una
consulta pública en línea y dos reuniones consecutivas de consulta con los
actores principales confirmaron que tanto las organizaciones de la sociedad
civil como los ciudadanos particulares consideran que un nuevo programa es
oportuno, y que debe establecerse con objeto de lograr un impacto a nivel
organizativo, con el refuerzo de las capacidades, y personal, con un aumento
del interés por los asuntos de la Unión. (7)
En cuanto a los temas de los proyectos, su
integración en el contexto local y regional y la composición de las partes
interesadas, deben hacerse importantes sinergias con otros programas de la
Unión relativos a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales, la educación,
la juventud y la cultura, la justicia, la igualdad entre mujeres y hombres y la
no discriminación y la política regional. (8)
El nuevo programa debe cubrir un amplio
espectro de acciones diferentes e incluir, entre otras medidas, reuniones de
ciudadanos, contactos y debates sobre cuestiones de ciudadanía, actos a escala
de la Unión, iniciativas para reflexionar sobre los hitos de la historia
europea, iniciativas para aumentar la sensibilización sobre las instituciones
de la Unión y su funcionamiento y debates sobre cuestiones de política europea,
con vistas a dar vitalidad a todos los aspectos de la vida pública. (9)
El programa debe incluir una dimensión
horizontal que asegure la valorización y la transferibilidad de los resultados
para reforzar el impacto y la sostenibilidad a largo plazo. Con esta finalidad,
las actividades emprendidas deben tener un vínculo claro con la agenda política
europea, y deben ser comunicadas debidamente. (10)
Es conveniente prestar especial atención a una
integración equilibrada de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad
civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades
transnacionales, teniendo en cuenta el carácter multilingüe de la Unión
Europea. (11)
Los países adherentes, los países candidatos y
los candidatos potenciales que se acogen a una estrategia de preadhesión, por
una parte, y los Estados miembros de la AELC que son Partes del Acuerdo EEE,
por otra, son reconocidos como posibles participantes en los programas de la
UE, con arreglo a los acuerdos celebrados con dichos países. (12)
El presente Reglamento establece, para toda su
duración, una dotación financiera que constituye, a los efectos del punto 17
del Acuerdo Interinstitucional de […] entre el Parlamento Europeo, el Consejo y
la Comisión sobre cooperación en materia presupuestaria y sobre disciplina
presupuestaria y buena gestión financiera, la referencia privilegiada para la
Autoridad Presupuestaria durante el procedimiento presupuestario anual. (13)
Los recursos asignados a las actividades de
comunicación previstas en el presente Reglamento deben también contribuir a
promover la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión
Europea, siempre que estas estén en relación con los objetivos generales del Reglamento. (14)
El programa debe ser objeto de un seguimiento
periódico y una evaluación independiente en cooperación con la Comisión y los
Estados miembros, a fin de permitir los reajustes que sean necesarios para que
las medidas se apliquen debidamente. (15)
Los intereses financieros de la Unión Europea
deben protegerse con medidas proporcionadas a lo largo de todo el ciclo de
gastos, incluidas la prevención, la detección y la investigación de
irregularidades, la recuperación de los fondos perdidos, indebidamente pagados
o mal utilizados y, en su caso, las sanciones. (16)
Ha de darse preferencia a las subvenciones
destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, directamente
vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración
de la agenda política de la Unión. Además, conforme al principio de buena
gestión financiera, la ejecución del programa debe simplificarse aún más con el
recurso a una financiación por pagos únicos o tasas uniformes, y la aplicación
de tarifas de costes unitarios. (17)
Conviene prever medidas transitorias para
hacer un seguimiento de las acciones iniciadas antes del 31 de diciembre de
2013 con arreglo a la Decisión nº 1904/2006/CE. (18)
Dado que los objetivos del presente Reglamento
no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por
consiguiente, debido a la naturaleza transnacional y multilateral de las
acciones y medidas del programa, pueden lograrse mejor a nivel de la Unión
Europea, esta puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de
subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el
principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, el presente
Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar estos objetivos. (19)
A fin de garantizar condiciones uniformes para
la aplicación del presente Reglamento, conviene conceder competencias de
ejecución a la Comisión dentro del ámbito de aplicación y respecto a los
objetivos del programa. Dichas competencias deben ejercerse de conformidad con
el Reglamento (UE) nº 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16
de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios
generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados
miembros del ejercicio de las competencias de ejecución por la Comisión[5]. HA ADOPTADO EL PRESENTE
REGLAMENTO: Artículo 1 Establecimiento y objetivos generales 1.
Mediante el presente Reglamento se establece
el programa Europa con los Ciudadanos (en lo sucesivo denominado «el programa»)
para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de
2020. 2.
En el marco de la meta global de contribuir a
que se comprenda mejor la Unión Europea y fomentar la participación ciudadana,
el programa contribuirá a la realización del siguiente objetivo general: –
Fortalecer la memoria histórica y aumentar la
capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión. Artículo 2 Objetivos específicos del programa El programa tendrá los siguientes
objetivos específicos, que se perseguirán a través de acciones a nivel
transnacional o con una clara dimensión europea: 1. Sensibilizar sobre la
memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión
estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. Los progresos se medirán en función del número
de beneficiarios alcanzados directa o indirectamente, de la calidad de los
proyectos y del porcentaje de nuevos solicitantes. 2. Estimular la
participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión
haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y
promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la
Unión. Los progresos se medirán en función del
número de beneficiarios alcanzados directa o indirectamente, de la percepción
de la UE y sus instituciones por los beneficiarios, de la calidad de los
proyectos y del porcentaje de nuevos solicitantes. Artículo 3 Estructura del programa y acciones subvencionadas
1. El programa constará de
los dos capítulos siguientes: a) «memoria histórica y ciudadanía
europea», b) «compromiso democrático y
participación ciudadana». Estos dos capítulos se complementarán con
acciones horizontales de análisis, difusión y aprovechamiento de los resultados
de los proyectos (acciones de «valorización»). 2. Con el fin de cumplir
sus objetivos, el programa financiará, entre otras cosas, los siguientes tipos
de acciones, realizadas a nivel transnacional o con una clara dimensión
europea: –
reuniones de ciudadanos, hermanamientos de
ciudades; –
creación y funcionamiento de asociaciones y
redes transnacionales; –
apoyo a organizaciones de interés europeo
general; –
creación de comunidades y debates sobre
aspectos ciudadanos con el apoyo de TIC o de los medios sociales; –
actos a nivel de la Unión; –
debates o estudios e intervenciones sobre
hitos de la historia europea, en particular con objeto de mantener viva la
memoria de los crímenes perpetrados bajo el nazismo y el estalinismo; –
reflexión o debates sobre los valores comunes; –
iniciativas para sensibilizar sobre las
instituciones de la UE y su funcionamiento; –
acciones para aprovechar y valorizar los
resultados de las iniciativas respaldadas; –
estudios sobre aspectos de la ciudadanía y de
la participación cívica; –
apoyo a estructuras de información y
asesoramiento sobre el programa en los Estados miembros. Artículo 4 Medidas Las medidas podrán ser en forma de
subvenciones o de contratos públicos. 1. Las subvenciones de la
Unión Europea podrán concederse mediante modalidades específicas, como las
subvenciones operativas o las subvenciones para acciones específicas. 2. La adquisición de
servicios para la organización de actos, la elaboración de estudios e
investigaciones, el desarrollo de herramientas de información y difusión y la
realización del seguimiento y la evaluación se llevará a cabo mediante
contratación pública. Artículo 5 Participación en el programa El programa estará abierto a la
participación de los siguientes países, denominados, en lo sucesivo, «los
países participantes»: a) los Estados miembros; b) los países adherentes, países
candidatos y candidatos potenciales, conforme a los principios generales y a
las condiciones generales de participación de dichos países en programas de la
Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco, decisiones del Consejo de
Asociación o acuerdos similares; c) los Estados miembros de la AELC
que sean Partes del Acuerdo sobre el EEE, de conformidad con lo dispuesto en
dicho Acuerdo. Artículo 6 Acceso al programa El programa estará abierto a todas las
partes interesadas que promuevan la integración europea, en particular las
autoridades y organizaciones locales, las organizaciones europeas de
investigación sobre política pública (foros de reflexión), los grupos de
ciudadanos y otras organizaciones de la sociedad civil (como las asociaciones de
supervivientes) y los centros de enseñanza e investigación. Artículo 7 Cooperación con organizaciones internacionales El programa podrá incluir actividades
conjuntas, dentro de su ámbito, con organizaciones internacionales pertinentes,
como el Consejo de Europa o la Unesco, a partir de contribuciones conjuntas y
de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento financiero[6]. Artículo 8 Ejecución del programa A fin de ejecutar el presente programa,
la Comisión adoptará los programas de trabajo anuales mediante actos de
ejecución de conformidad con el procedimiento consultivo contemplado en el
artículo 9, apartado 2. Dichos programas de trabajo establecerán los objetivos
perseguidos, los resultados esperados, el método de ejecución y el importe
total del plan de financiación. Deberán contener, asimismo, una descripción de
las acciones que vayan a financiarse, una indicación del importe asignado a
cada acción y un calendario de ejecución indicativo. Incluirán también, para
las subvenciones, las prioridades, los criterios esenciales de evaluación y la
tasa máxima de cofinanciación. Artículo 9 Comité 1. La Comisión estará
asistida por un Comité. Dicho Comité será un comité en el sentido del
Reglamento (UE) nº 182/2011. 2. En los casos en que se
haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 4 del
Reglamento (UE) nº 182/2011. Artículo 10 Consulta a las partes interesadas La Comisión mantendrá un diálogo regular
con los beneficiarios del programa y con las partes interesadas y los expertos
pertinentes. Artículo 11 Coherencia con otros instrumentos de la Unión La Comisión garantizará la coherencia y
la complementariedad entre el programa y los instrumentos de otros ámbitos de
acción de la Unión, en particular la educación, la formación profesional, la
cultura, el deporte, los derechos y libertades fundamentales, la inclusión
social, la igualdad entre mujeres y hombres, la lucha contra la discriminación,
la investigación y la innovación, la política de ampliación y la acción
exterior. Artículo 12 Presupuesto 1. La dotación financiera
para la ejecución del programa ascenderá a 229 millones EUR. 2. Los recursos asignados a
acciones de comunicación con arreglo al presente Reglamento deben también
contribuir a cubrir la comunicación institucional de las prioridades políticas
de la Unión Europea[7],
siempre que estas estén en relación con los objetivos generales del presente
Reglamento. Artículo 13 Protección de los intereses financieros de la Unión Europea 1. La Comisión adoptará
medidas adecuadas para garantizar que, cuando se realicen acciones financiadas
con arreglo al presente Reglamento, los intereses financieros de la Unión
Europea queden protegidos mediante la aplicación de medidas preventivas contra
el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilegal, mediante la
realización de controles efectivos y, si se detectan irregularidades, mediante
la recuperación de las cantidades abonadas indebidamente y, cuando proceda, la
imposición de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias. 2. La Comisión o sus
representantes y el Tribunal de Cuentas estarán facultados para auditar, sobre
la base de documentos e in situ, a todos los beneficiarios de
subvenciones, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos de la
Unión en el marco del programa. La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude
(OLAF) podrá realizar controles y verificaciones in situ de los
operadores económicos afectados directa o indirectamente por dicha financiación
de conformidad con los procedimientos previstos en el Reglamento (Euratom, CE)
nº 2185/96, con vistas a establecer cualquier posible fraude, corrupción u
otra actividad ilegal que ataña a los intereses financieros de la Unión Europea
en relación con un convenio o decisión de subvención o con un contrato relativo
a la financiación por la Unión. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos
primero y segundo, los acuerdos de cooperación con terceros países y con
organizaciones internacionales, así como los convenios y decisiones de
subvención y los contratos derivados de la aplicación del presente Reglamento,
establecerán expresamente la potestad de la Comisión, del Tribunal de Cuentas y
de la OLAF de llevar a cabo las auditorías y los controles y verificaciones in
situ mencionados. Artículo 14 Seguimiento y evaluación 1. La Comisión velará por
que el programa sea objeto de seguimiento periódico con respecto a sus
objetivos mediante indicadores relacionados con el rendimiento. Los resultados
del proceso de seguimiento y evaluación serán tenidos en cuenta en la ejecución
del programa. El seguimiento incluirá, en particular, la elaboración de los
informes a que se refiere el apartado 3, letras a) y c). Cuando sea pertinente, los indicadores se
desglosarán por sexo y edad. 2. La Comisión garantizará
una evaluación periódica, externa e independiente del programa e informará
regularmente al Parlamento Europeo. 3. La Comisión presentará
al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al
Comité de las Regiones: a) un informe de evaluación
intermedio sobre los resultados obtenidos y los aspectos cualitativos y
cuantitativos de la ejecución del programa, a más tardar el 31 de diciembre de
2017; b) una comunicación sobre la
continuación del programa, a más tardar el 31 de diciembre de 2018; c) una evaluación ex post,
a más tardar el 1 de julio de 2023. Artículo 15 Disposición transitoria La Decisión nº 1904/2006/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo queda derogada con efectos a partir del 1 de
enero de 2014. Las acciones iniciadas antes del 31 de
diciembre de 2013 con arreglo a la Decisión nº 1904/2006/CE seguirán
reguladas, hasta su conclusión, por dicha Decisión. Como establece el artículo 18 del
Reglamento financiero, podrán ponerse a disposición del programa los créditos
correspondientes a ingresos afectados procedentes de la restitución de
cantidades pagadas indebidamente con arreglo a la
Decisión nº 1904/2006/CE. Artículo 16 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor
el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Unión Europea. El presente Reglamento será
obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado
miembro. Será aplicable a partir del 1 de enero de
2014. Hecho en Bruselas, Por
el Consejo El
Presidente ANEXO
1.
Descripción de las iniciativas
Información complementaria sobre el
acceso al programa CAPÍTULO 1: Memoria histórica y
ciudadanía europea Este capítulo se caracteriza por los
posibles proyectos e iniciativas que puedan iniciarse bajo su advocación, y no
tanto por el tipo de organizaciones cívicas o actores que pueden presentar
solicitudes. Prestará apoyo a actividades que inviten
a la reflexión sobre los valores comunes en el sentido más amplio, teniendo en
cuenta la diversidad. Pueden concederse fondos a iniciativas que reflexionen sobre
las causas de los regímenes totalitarios en la historia europea moderna
(prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo y al
estalinismo), y rindan homenaje a sus víctimas. Este capítulo también debería
incluir actividades relativas a otros puntos de referencia en la reciente
historia europea. Dará especial preferencia a las acciones que fomenten la
tolerancia y la reconciliación, dirigidas especialmente a la generación más
joven. CAPÍTULO 2: Compromiso democrático y
participación ciudadana Este capítulo se caracteriza por los
posibles proyectos e iniciativas que puedan iniciarse bajo su advocación, y no
tanto por el tipo de organizaciones cívicas o actores que pueden presentar
solicitudes. Abarcará actividades de participación ciudadana en sentido amplio,
poniendo especial énfasis en la estructuración de métodos para la
sostenibilidad a largo plazo. Dará preferencia a las iniciativas y proyectos
claramente vinculados con la agenda política europea. También puede cubrir proyectos e iniciativas
que desarrollen las oportunidades para la solidaridad, el compromiso social y
el voluntariado a nivel de la Unión. Aún queda mucho por hacer para animar a
más mujeres a participar en la toma de decisiones políticas y económicas. Los
responsables de las decisiones políticas que influyen en la vida de las gentes
deben oír mejor la voz de las mujeres y actuar en consecuencia. ACCIONES HORIZONTALES: Valorización Esta acción tendrá carácter general e irá
destinada a ambos capítulos del programa (1 y 2). Prestará apoyo a iniciativas que
potencien la transferibilidad de los resultados, mejoren el rendimiento de las
inversiones y ayuden a aprender de la experiencia. La razón de ser de esta
acción es una mayor «valorización» y aprovechamiento de los resultados de las
iniciativas puestas en marcha, con el fin de reforzar la sostenibilidad a largo
plazo. Incluirá el desarrollo de capacidades, es
decir, las medidas de apoyo destinadas a intercambiar las mejores prácticas,
poner en común experiencias entre las partes interesadas a escala local y
regional, incluidas las autoridades públicas, y potenciar nuevas aptitudes, por
ejemplo, mediante la formación. En esta última se podrían incluir los
intercambios entre homólogos o la formación de formadores, así como, por ejemplo,
el desarrollo de una base de datos sobre las organizaciones o proyectos
financiados por el programa.
2.
Gestión del programa
El programa desarrollará el principio de
asociaciones plurianuales basadas en objetivos acordados y en el análisis de
los resultados, con objeto de garantizar beneficios recíprocos tanto para la
sociedad civil como para la Unión Europea. En general, se dará preferencia a las
subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular,
directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la
configuración de la agenda política de la Unión. El programa y la mayor parte de las
acciones pueden gestionarse de manera centralizada a través de una agencia
ejecutiva. Todas las acciones se llevarán a cabo con
carácter transnacional o presentarán una clara dimensión europea. Fomentarán la
movilidad de los ciudadanos y el intercambio de ideas en la Unión Europea. Serán importantes la creación de redes y
la concentración en los efectos multiplicadores, incluido el uso de las
tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) más avanzadas y de
los medios sociales, elementos que se reflejarán tanto en los tipos de
actividades como en la gama de organizaciones participantes. Se fomentará
decididamente el desarrollo de interacciones y sinergias entre los diversos
tipos de partes interesadas que participen en el programa. El presupuesto del programa podrá cubrir
también gastos vinculados con las actividades de preparación, continuidad,
seguimiento, auditoría y evaluación imprescindibles para la gestión del
programa y el cumplimiento de sus objetivos. Entre estos cabe citar estudios,
reuniones, actividades de información y publicación, gastos asociados a las
redes informáticas para el intercambio de información y cualquier otro gasto de
soporte administrativo y técnico que decida la Comisión para la gestión del
programa. El gasto administrativo global de un
programa debe ser proporcional a las tareas previstas en el programa
correspondiente. La Comisión también podrá emprender, en
su caso, actividades de información, publicación y difusión, garantizando así
un amplio conocimiento y una importante repercusión de las actividades apoyadas
por el programa. El presupuesto asignado también abarcará
la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión[8].
3.
Seguimiento
Los objetivos específicos del artículo 2
describen los resultados que persigue el programa. Los progresos se medirán
utilizando indicadores relacionados con el rendimiento, según se indica: Objetivo específico 1: Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la
identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la
creación de redes. Indicadores de resultados || Último resultado conocido || Objetivo a medio plazo (resultado) Número de beneficiarios alcanzados directa e indirectamente || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Número de proyectos y calidad de los resultados || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Aumento de los proyectos en un 80 % Aumento de la puntuación media atribuida por los expertos externos Porcentaje de nuevos solicitantes || Media aproximada del 33 % (según la acción y el año) || Como mínimo, un 15 % del total Objetivo específico 2: Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos
a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de
las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a
nivel de la Unión. Indicadores de resultados || Último resultado conocido || Objetivo a medio plazo (resultado) Número de participantes directos || 1 100 000 ciudadanos (2010) El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Mínimo de 600 000 personas al año, con una participación equilibrada entre mujeres y hombres Número de personas alcanzadas indirectamente por el programa || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Agregación de la información y los resultados facilitados en los informes finales Objetivo a medio plazo: 5 millones de personas (teniendo en cuenta el número de mujeres y hombres alcanzados) Número de organizaciones participantes || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || 2 000 organizaciones al año Percepción de la UE y sus instituciones por los beneficiarios || Según el Eurobarómetro de agosto de 2011, menos de la mitad de los ciudadanos europeos (41 %) confían en la Unión Europea o tienen la sensación de pertenecer a ella. Las cifras de referencia para los beneficiarios del programa se establecerán al inicio de los proyectos. || Un mayor nivel de confianza de los beneficiarios del programa en la Unión Europea tras finalizar su proyecto Calidad de los proyectos || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Aumento de la puntuación media atribuida por los expertos externos Porcentaje de nuevos solicitantes || Media aproximada del 33 % (según la acción y el año) || Mínimo general del 15 % Número de asociaciones y redes transnacionales y con varios socios || 656 (datos de 2009; excluidas las subvenciones operativas y la memoria histórica) El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Aumento del 5 % (asociaciones y redes transnacionales) Aumento del 50 % (asociaciones y redes con varios socios) Número y calidad de las iniciativas de actuación que dan continuidad a las actividades respaldadas por el programa en el entorno local o europeo || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Agregación de la información y los resultados facilitados en los informes finales Cobertura geográfica de las actividades Correlación entre el número de participantes en el programa y la población total de cada país || Los indicadores utilizados actualmente no proporcionan este dato. El nuevo programa establecerá una base de referencia para este indicador. || Al menos un proyecto por país y año
4.
Controles y auditorías
Para los proyectos seleccionados con
arreglo al presente Reglamento se establecerá un sistema de auditoría por
muestreo. El beneficiario de una subvención deberá
mantener a disposición de la Comisión, durante los cinco años posteriores a la
fecha del pago final, todos los justificantes relativos a los gastos. En su
caso, el beneficiario de la subvención velará por que los justificantes que
obren en poder de sus socios o de sus miembros se pongan a disposición de la
Comisión. FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA
PARA PROPUESTAS 1. MARCO DE LA
PROPUESTA/INICIATIVA 1.1. Denominación de la
propuesta/iniciativa 1.2. Ámbito(s)
político(s) afectado(s) en la estructura GPA/PPA 1.3. Naturaleza
de la propuesta/iniciativa 1.4. Objetivo(s)
1.5. Justificación
de la propuesta/iniciativa 1.6. Duración
e incidencia financiera 1.7. Modo(s)
de gestión previsto(s) 2. MEDIDAS DE GESTIÓN 2.1. Disposiciones
en materia de seguimiento e informes 2.2. Sistema
de gestión y de control 2.3. Medidas
de prevención del fraude y de las irregularidades 3. INCIDENCIA FINANCIERA
ESTIMADA DE LA PROPUESTA/INICIATIVA 3.1. Rúbrica(s)
del marco financiero plurianual y línea(s) presupuestaria(s) de gastos
afectada(s) 3.2. Incidencia
estimada en los gastos 3.2.1. Resumen de la incidencia estimada
en los gastos 3.2.2. Incidencia
estimada en los créditos de operaciones 3.2.3. Incidencia
estimada en los créditos de carácter administrativo 3.2.4. Compatibilidad
con el marco financiero plurianual vigente 3.2.5. Contribución
de terceros a la financiación 3.3. Incidencia estimada en los
ingresos FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA PARA PROPUESTAS 1. MARCO DE LA
PROPUESTA/INICIATIVA 1.1. Denominación de la
propuesta/iniciativa Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el
programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020 1.2. Ámbito(s) político(s)
afectado(s) en la estructura GPA/PPA[9] 16 05 Fomento de la ciudadanía europea 1.3. Naturaleza de la
propuesta/iniciativa x La propuesta/iniciativa se
refiere a una acción nueva. ¨ La propuesta/iniciativa se refiere
a una acción nueva a raíz de un proyecto piloto / una acción preparatoria[10].
¨ La propuesta/iniciativa se refiere
a la prolongación de una acción existente. ¨ La propuesta/iniciativa se refiere
a una acción reorientada hacia una nueva acción. 1.4. Objetivos 1.4.1. Objetivo(s)
estratégico(s) plurianual(es) de la Comisión contemplado(s) en la
propuesta/iniciativa Reforzar la ciudadanía europea 1.4.2. Objetivo(s) específico(s)
y actividad(es) GPA/PPA afectada(s) El programa tendrá los siguientes objetivos específicos, que se
perseguirán mediante acciones a nivel transnacional o con una clara dimensión
europea: 1. Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la
identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la
creación de redes. 2. Estimular la participación democrática y cívica de los
ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de
elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y
voluntariado a nivel de la Unión. Actividad(es) GPA/PPA afectada(s) 16 05 Fomento de la ciudadanía europea 1.4.3. Resultado(s) e incidencia
esperados Especifíquense los efectos que la
propuesta/iniciativa debería tener sobre los beneficiarios / la población
destinataria. - Mayor capacidad de las organizaciones de ciudadanos para
implicar a estos en la vida democrática de la Unión 1.4.4. Indicadores de resultados
e incidencia Especifíquense los indicadores que
permiten realizar el seguimiento de la ejecución de la propuesta/iniciativa. - Número y calidad de los proyectos promovidos por organizaciones
de ciudadanos con vistas a: -- tener un impacto en el proceso de elaboración de las políticas
de la Unión; -- reforzar la cohesión de la sociedad; -- hacer que se comprenda mejor el papel de la Unión. - Número de participantes directos e indirectos. - Número de organizaciones participantes y de asociaciones y redes
transnacionales. - Porcentaje de nuevos solicitantes. - Cobertura geográfica de las actividades. 1.5. Justificación de la
propuesta/iniciativa 1.5.1. Necesidad(es) que deben
satisfacerse a corto o largo plazo El programa aspira a abordar la necesidad de debates más
auténticos sobre temas relativos a la Unión a los niveles local, regional y
nacional, que puedan traducirse en una perspectiva paneuropea. Su meta es
llegar al nutrido grupo de ciudadanos que normalmente no pretende influir ni
intervenir en los asuntos de la Unión a través de una amplia gama de
organizaciones, con objeto de dar el primer paso hacia la participación, sea
cual sea el tema (relacionado con la Unión) o el formato, siempre que sea
transnacional o tenga una dimensión europea. Con su enfoque horizontal, no
busca sustituir a los programas temáticos ni duplicar su proceso de consulta a
escala de la Unión, sino movilizar a los ciudadanos a nivel local para que
aborden cuestiones concretas de interés europeo. Al hacerlo, los ciudadanos
serán más conscientes del impacto de las políticas de la Unión en su vida
cotidiana. Podrán influir y participar en las ventajas de Europa y sentirse
identificados con la misión de la Unión. El programa se basará en un análisis de los puntos fuertes y
débiles del actual programa Europa con los Ciudadanos (2007-2013) en lo
relativo a su diseño futuro, la definición de sus destinatarios, su alcance y
su visibilidad en términos geográficos y sociales, el análisis de su impacto y
sus mecanismos de valorización y difusión. 1.5.2. Valor añadido de la
intervención de la Unión Europea Al proporcionar un instrumento que puede ayudar a cumplir la
obligación de la Unión, establecida en el artículo 11 del TUE, de dar «a los
ciudadanos y a las asociaciones representativas […] la posibilidad de expresar
[…] sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión», y de mantener
«un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones
representativas y la sociedad civil», el programa respeta el principio de
subsidiariedad. Estas tareas solo puede desempeñarlas la Unión, y no pueden
realizarse a nivel de los Estados miembros. No hay una solución única para restablecer el vínculo existente
entre la Unión y sus ciudadanos, para promover eficazmente la participación
ciudadana y, en consecuencia, para reforzar el sentimiento de pertenencia e
identidad europea. Es necesario poner en juego variadas acciones y coordinar
los esfuerzos a través de actividades transnacionales y europeas. Por su propia naturaleza, el compromiso social europeo solo puede
reforzarse si se da la posibilidad a los ciudadanos y a sus asociaciones de
interactuar a un nivel transnacional. Las acciones a nivel nacional y local,
por sí solas, resultarían insuficientes e ineficaces. 1.5.3. Principales conclusiones
extraídas de experiencias similares anteriores Los resultados de dos estudios realizados en 2008 y 2009 y la
evaluación intermedia del actual programa Europa con los Ciudadanos de
2007-2013 (llevada a cabo en 2009/2010) ya proporcionan una indicación de los logros
del programa hasta la actualidad. La evaluación intermedia analizó el impacto
del programa sobre las organizaciones y los particulares participantes. El
82 % de los encuestados (y el 84 % de los representantes de la
sociedad civil) consideraron que el programa había ayudado a desarrollar la
capacidad de su organización. El estudio relativo al desarrollo de indicadores de impacto para
el programa y su adaptación al plan de gestión anual de 2009 («Sondeo Europa
con los Ciudadanos 2009») puso de relieve cómo evolucionaron las mentalidades
de quienes participaron, una vez o varias, en las actividades financiadas por
el programa. El 83 % de los encuestados dicen sentirse más conscientes de
los aspectos que tocan a la cultura, la identidad y el patrimonio europeos como
resultado de su participación en las actividades del programa. El 75 %
declaran sentirse más europeos y el 71 % afirman que se sienten formar más
parte de la Unión Europea. La proporción de encuestados que declaran sentirse
más solidarios con sus conciudadanos europeos fue del 82 %. 1.5.4. Compatibilidad y posibles
sinergias con otros instrumentos pertinentes Los artículos 10 y 11 del Tratado de la Unión Europea reconocen el
derecho de cada ciudadano a participar en la vida democrática de la Unión y
señalan que las decisiones deben adoptarse de la forma más abierta y próxima a
los ciudadanos posible. Asimismo disponen que debe darse a los ciudadanos y a
las asociaciones representativas la posibilidad de intercambiar sus opiniones
en todos los ámbitos de actuación de la Unión, y que las instituciones han de
mantener un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones
representativas y la sociedad civil. Como expresión plena y significativa de las disposiciones del
Tratado de Lisboa, el presidente Barroso enunció especialmente en sus
directrices políticas de septiembre de 2009 que debía prestarse una atención
mucho mayor a los ciudadanos, protagonistas centrales de las políticas
europeas. Como se expone más adelante, las actividades realizadas al amparo de
la próxima generación del programa Europa con los Ciudadanos van a estar mucho
más estrechamente vinculadas con la elaboración de políticas concretas. Por
consiguiente, habrá una estrecha cooperación entre los servicios de la Comisión
que aplican las respectivas políticas y programas. Este programa es uno de los instrumentos llamados a vincular los
principios democráticos de los artículos 10 y 11 del Tratado de la Unión
Europea con un amplio abanico de políticas sectoriales de la Unión, sin
sustituir a los diálogos específicos que mantiene la Comisión Europea con los
ciudadanos, las partes interesadas y los grupos de interés. Gracias a la
próxima generación del programa Europa con los Ciudadanos, estos van a estar
capacitados para intercambiar opiniones en todos los ámbitos de acción de la
Unión y en todas las fases del proceso formal de toma de decisiones. En cuanto
a los temas de los proyectos, a su integración en el contexto regional y local
y a los actores implicados, hay importantes sinergias con otros programas de la
Unión relativos a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales y la igualdad de
oportunidades, la educación, la juventud y la cultura, la justicia y la
política regional. 1.6. Duración e incidencia
financiera x Propuesta/iniciativa de duración
limitada –
x Propuesta/iniciativa en vigor desde el 1.1.2014 hasta el
31.12.2020 –
x Incidencia financiera desde 2014 hasta 2022 ¨ Propuesta/iniciativa de duración
ilimitada –
Ejecución: fase de puesta en marcha desde AAAA
hasta AAAA –
y pleno funcionamiento a partir de la última
fecha 1.7. Modo(s) de gestión
previsto(s)[11] x Gestión centralizada directa a cargo de la Comisión x Gestión centralizada indirecta mediante delegación de las tareas de ejecución en: –
x agencias ejecutivas –
¨ organismos creados por las Comunidades[12]
–
¨ organismos nacionales del sector público / organismos con misión
de servicio público –
¨ personas a quienes se haya encomendado la ejecución de acciones
específicas de conformidad con el título V del Tratado de la Unión Europea y
que estén identificadas en el acto de base pertinente a efectos de lo dispuesto
en el artículo 49 del Reglamento financiero ¨ Gestión compartida con los Estados miembros ¨ Gestión descentralizada con terceros países ¨ Gestión conjunta con organizaciones internacionales (especifíquense) Si se indica más de un modo de gestión,
facilítense los detalles en el recuadro de observaciones. Observaciones 2. MEDIDAS DE GESTIÓN 2.1. Disposiciones en materia
de seguimiento e informes Especifíquense la frecuencia y las
condiciones. La Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al
Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: 1. un informe de evaluación intermedio sobre los resultados
obtenidos y los aspectos cualitativos y cuantitativos de la ejecución del
programa, a más tardar el 31 de diciembre de 2017; 2. una comunicación sobre la continuación del programa, a más
tardar el 31 de diciembre de 2018; 3. una evaluación ex post, a más tardar el 1 de julio de
2023. 2.2. Sistema de gestión y de
control 2.2.1. Riesgo(s) definido(s) A: Riesgos clave y principales causas de
error En lo relativo al programa Europa con los Ciudadanos se han
definido los siguientes riesgos clave y principales causas de error, sobre la
base de los ya comunicados en relación con el programa actual: - Público destinatario específico: la mayoría de los participantes
en el programa podrían ser organizaciones pequeñas y medianas. Algunas de ellas
podrían no disponer de una base financiera sólida o de estructuras de gestión
complejas, lo que puede influir en su capacidad financiera y operativa para la
gestión de los fondos de la UE. - Riesgo limitado de doble financiación, ya que las entidades
pueden disfrutar de varias subvenciones con arreglo a diversos programas de la
UE. Cabe señalar que la mayoría de las acciones del actual programa
Europa con los Ciudadanos las gestiona la Agencia Ejecutiva en el Ámbito
Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA). Esto puede continuar así en el
futuro programa. Acciones gestionadas por una agencia ejecutiva La Comisión aplicará las medidas de control requeridas para las
agencias ejecutivas de conformidad con el artículo 59 del Reglamento financiero
[de conformidad con el Reglamento (CE) nº 58/2003 sobre las agencias ejecutivas]. Además, la Comisión supervisará y controlará que la Agencia
Ejecutiva realice objetivos de control apropiados para las acciones cuya
gestión se le confiará. Esta supervisión se integrará en los términos de
cooperación entre la Dirección General originaria y la Agencia Ejecutiva, así
como en el informe semestral de la agencia. Además, las medidas de simplificación que se prevén en el programa
propuesto deberían reducir aún más el riesgo de errores. Acciones gestionadas directamente por la Comisión La Comisión solamente tiene la intención de gestionar directamente
un pequeño número de subvenciones y contratos de servicios. El análisis de los errores observados en el actual programa
muestra que, en la mayoría de los casos, se deben a la incapacidad de los
beneficiarios para presentar documentos justificativos, o bien a que estos
documentos son de calidad insuficiente. Las acciones correctoras que se han
emprendido deberían reducir los errores observados antes del final del actual
MFP. Las acciones incluyen acciones de información con objeto de que los
beneficiarios sean conscientes de sus obligaciones y se orienten más hacia un
cierre de los proyectos basado en los resultados. También en el caso de las transacciones centralizadas directas,
las simplificaciones previstas contribuirán a reducir el riesgo de errores. B: Índices de error esperados Para los años 2009 a 2010, el índice de error plurianual se sitúa
entre el 1,40 % y el 1,50 %. La mayoría de los errores se produjeron en relación con los riesgos
clave antes señalados. En 2010, para mitigar los riesgos, se elaboró un plan de
acción que está en aplicación e incluye medidas para mejorar la calidad de la
información proporcionada a los beneficiarios sobre las obligaciones
financieras que les incumben, una estrategia para mejorar la eficiencia y la
eficacia de las visitas de seguimiento, una estrategia para mejorar los
controles documentales y una consolidación del plan de auditoría de 2011. Dado que está previsto aplicar más medidas de simplificación y de
control que en el actual programa (véase el punto 2.2.2), puede concluirse que
el nivel de no conformidad del programa Europa con los Ciudadanos podría estar
por debajo del umbral del 2 %. 2.2.2. Método(s) de control
previsto(s) A: Información sobre el sistema de control interno creado dentro
de la EACEA El sistema de control del programa Europa con los Ciudadanos se
basará en los riesgos y contemplará los siguientes controles principales, que
serán aplicados en su mayor parte por la EACEA. 1. En la fase de selección: - Control de la capacidad operativa y financiera de los
solicitantes. - Verificación de los criterios de subvencionabilidad y exclusión. - Evaluación y control del presupuesto y del contenido. - Verificaciones financieras y jurídicas. - Identificación de posibles casos de doble financiación
utilizando herramientas informáticas adecuadas. 2. Durante la fase de gestión de contratos: - Circuitos financieros basados en la separación de funciones. - Mayor uso de tasas uniformes y pagos únicos a fin de reducir el
riesgo de errores. - Respecto de las subvenciones con base presupuestaria, los
controles documentales que han de aplicarse sobre las declaraciones finales se
basarán en una evaluación de los riesgos y los costes de los controles: * en el caso de subvenciones superiores a un umbral
determinado, los certificados de auditoría serán obligatorios en la fase de
pago final; * en el caso de pequeñas subvenciones, los beneficiarios
facilitarán muestras de facturas; el contenido de las muestras se determinará
para cada acción tras un análisis basado en el riesgo. - Simplificación de las normas y mejora de la claridad y la
transparencia de la información proporcionada a los beneficiarios sobre dichas
normas. - Mejora de la eficiencia y la eficacia de las visitas de
seguimiento utilizando criterios basados en los riesgos para seleccionar los
proyectos que hayan de visitarse y criterios de calidad para el seguimiento de
su ejecución. 3. Controles ex post: - Plan anual de auditoría ex post (selección basada en los
riesgos y aleatoria) sobre la base de un análisis de riesgos completo. - Se realizarán auditorías ad hoc cuando haya serias dudas
respecto de la existencia de irregularidades o sospechas de fraude. En conclusión, la carga concreta de los controles sobre los
beneficiarios debería disminuir en comparación con la situación actual, ya que
el menor riesgo de incumplimiento previsto resultará en parte de nuevas
simplificaciones y de una mayor calidad de la información de apoyo
proporcionada a los beneficiarios. 4. Supervisión de la EACEA por la Comisión Además de los controles relativos al proceso de concesión de
subvenciones, la Comisión también aplicará las medidas de control exigidas para
las agencias ejecutivas de conformidad con el artículo 59 del Reglamento
financiero. La Comisión realizará el seguimiento de la labor de la EACEA y
velará por que esta cumpla objetivos adecuados de control respecto de las
acciones cuya gestión se le haya confiado. Este seguimiento se incorporará en
las condiciones de cooperación entre la DG originaria y la EACEA, y constará en
el informe semestral de la Agencia. B: Estimación de los costes del control de las acciones
gestionadas por la EACEA 1. Durante las fases de selección y de gestión de contratos 1.1. Costes de personal La estimación se calcula teniendo en cuenta las actividades de
control llevadas a cabo en el marco del actual programa Europa con los
Ciudadanos: - por personal operativo y financiero encargado de la iniciación y
la verificación; - en cualquier fase del ciclo de vida de los proyectos (selección,
contratación y pagos). Número de personas encargadas de las actividades de control || Costes estándar || Total (1 año) Agentes contractuales: 6,6 || 64 000 EUR || 422 400 EUR Agentes temporales: 1,6 || 127 000 EUR || 203 200 EUR || || Total por la duración del programa: 4 379 200 EUR 1.2. Otros costes || Costes estándar || Total (1 año) Misiones in situ || 1 000 EUR || 20 000 EUR Certificados de auditoría que deben presentar los beneficiarios || 1 300 EUR || 86 000 EUR || || Total por la duración del programa: 742 000 EUR 2. Controles ex post 2.1. Personal Número de personas encargadas de las actividades de control || Costes estándar || Total (1 año) Agentes contractuales: 0,25 || 64 000 EUR || 16 000 EUR Agentes temporales: 0,05 || 127 000 EUR || 6 350 EUR || || Total por la duración del programa: 156 450 EUR 2.2. Auditorías ex post Auditorías aleatorias, basadas en el riesgo y ad hoc || Costes estándar || Total (1 año) || 10 500 EUR || 98 000 EUR || || Total por la duración del programa: 686 000 EUR 3. Total de los costes de los controles efectuados en la EACEA en
comparación con el presupuesto operativo gestionado Teniendo en cuenta el presupuesto operativo de 205,9 millones
EUR destinado al programa Europa con los Ciudadanos, el coste total del control
de las acciones gestionadas por la EACEA es de aproximadamente un 2,90 %
del presupuesto. 2.3. Medidas de prevención
del fraude y de las irregularidades Además de aplicar todos los mecanismos reglamentarios de control,
la DG COMM definirá una estrategia de lucha contra el fraude acorde con la
nueva estrategia antifraude de la Comisión, adoptada el 24 de junio de 2011, a
fin de garantizar, entre otras cosas, que sus controles internos contra el
fraude estén armonizados con dicha estrategia, y que su planteamiento de
gestión de los riesgos de fraude esté dirigido a detectar los ámbitos donde
puede haber riesgo de fraude y a responder adecuadamente. En caso necesario, se
crearán redes de trabajo y herramientas informáticas adecuadas para analizar
los casos de fraude relacionados con el programa Europa con los Ciudadanos. Cabe señalar que solo se han notificado a la OLAF un número muy
reducido de casos de fraude con respecto al actual programa Europa con los
Ciudadanos (cuatro casos). Esto, en combinación con unos bajos índices de error, justifica
que las medidas para prevenir el fraude y las irregularidades en el nuevo
programa deban ser proporcionales y rentables. A fin de atenuar los riesgos de fraude y de irregularidades, se
prevén las siguientes medidas: - La prevención del riesgo de fraude y de irregularidades se tiene
en cuenta desde la fase de establecimiento del programa, gracias a la
simplificación de las normas y al mayor uso de tasas uniformes y pagos únicos. - Se efectuará un control sistemático del potencial de doble
financiación y se identificará a los beneficiarios de varias subvenciones. - Se realizarán auditorías ad hoc cuando haya serias dudas
respecto de la existencia de irregularidades o sospechas de fraude. - La Agencia Ejecutiva deberá informar a la Comisión de los
posibles fraudes e irregularidades, caso por caso y en sus informes periódicos.
3. INCIDENCIA FINANCIERA
ESTIMADA DE LA PROPUESTA/INICIATIVA 3.1. Rúbrica(s) del marco
financiero plurianual y línea(s) presupuestaria(s) de gastos afectada(s) · Líneas presupuestarias de gasto existentes En el orden
de las rúbricas del marco financiero plurianual y las líneas presupuestarias. Rúbrica del marco financiero plurianual || Línea presupuestaria || Tipo de gasto || Contribución || CD/CND ([13]) || de países de la AELC[14] || de países candidatos[15] || de terceros países || a efectos de lo dispuesto en el artículo 18.1.a bis) del Reglamento financiero 3 || 16 01 04 Europa con los Ciudadanos Gastos de carácter administrativo || CND || NO || SÍ || NO || NO 3 || 16 05 01 01 Europa con los Ciudadanos || CD/ || SÍ || SÍ || NO || NO ·
Nuevas líneas
presupuestarias solicitadas En el orden de las rúbricas del marco financiero
plurianual y las líneas presupuestarias. Rúbrica del marco financiero plurianual || Línea presupuestaria || Tipo de gasto || Contribución Número Seguridad y ciudadanía || CD/CND || de países de la AELC || de países candidatos || de terceros países || a efectos de lo dispuesto en el artículo 18.1.a bis) del Reglamento financiero 3 || [XX YY YY YY] || || SÍ/NO || SÍ/NO || SÍ/NO || SÍ/NO 3.2. Incidencia estimada en
los gastos 3.2.1. Resumen de la incidencia
estimada en los gastos En millones de euros (al tercer decimal)
en precios corrientes Rúbrica del marco financiero plurianual: || 3 || Seguridad y ciudadanía DG: COMM || || || Año 2014[16] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Año 2021 || Año 2022 || TOTAL Créditos de operaciones || || || || || || || || || || 16 05 01 01 || Compromisos || (1) || 27,800 || 27,800 || 28,800 || 29,700 || 29,700 || 30,600 || 31,600 || 0 || 0 || 206,000 Pagos || (2) || 16,175 || 23,725 || 28,125 || 28,025 || 29,400 || 30,300 || 30,300 || 11,700 || 8,250 || 206,000 Número de línea presupuestaria || Compromisos || (1a) || || || || || || || || || || Pagos || (2a) || || || || || || || || || || Créditos de carácter administrativo financiados mediante la dotación de programas específicos[17] || || || || || || || || || || || || || || || || || || || || || || 16 01 04 || || (3) || 3,200 || 3,200 || 3,200 || 3,300 || 3,300 || 3,400 || 3,400 || || || 23,000 TOTAL de los créditos de la DG COMM || Compromisos || = 1 + 1a + 3 || 31,000 || 31,000 || 32,000 || 33,000 || 33,000 || 34,000 || 35,000 || || || 229,000 Pagos || = 2 + 2a + 3 || 19,375 || 26,925 || 31,325 || 31,325 || 32,700 || 33,700 || 33,700 || 11,700 || 8,250 || 229,000 TOTAL de los créditos de operaciones || Compromisos || (4) || 27,800 || 27,800 || 28,800 || 29,700 || 29,700 || 30,600 || 31,600 || 0 || 0 || 206,000 Pagos || (5) || 16,175 || 23,725 || 28,125 || 29,400 || 29,400 || 30,300 || 30,300 || 11,700 || 8,250 || 206,000 TOTAL de los créditos de carácter administrativo financiados mediante la dotación de programas específicos || (6) || 3.200 || 3,200 || 3,200 || 3,300 || 3,300 || 3,400 || 3,400 || 0 || 0 || 23,000 TOTAL de los créditos de la rúbrica COMM del marco financiero plurianual || Compromisos || = 4 + 6 || 31,000 || 31,000 || 32,000 || 33,000 || 33,000 || 34,000 || 35,000 || 0 || 0 || 229,000 Pagos || = 5 + 6 || 19,375 || 26,925 || 31,325 || 31,325 || 32,700 || 33,700 || 33,700 || 11,700 || 8,250 || 229,000 Si la
propuesta/iniciativa afecta a más de una rúbrica: TOTAL de los créditos de operaciones || Compromisos || (4) || || || || || || || || Pagos || (5) || || || || || || || || TOTAL de los créditos de carácter administrativo financiados mediante la dotación de programas específicos || (6) || || || || || || || || TOTAL de los créditos para las RÚBRICAS 1 a 4 del marco financiero plurianual (Importe de referencia) || Compromisos || = 4 + 6 || || || || || || || || Pagos || = 5 + 6 || || || || || || || || La Comisión podrá confiar a una
agencia ejecutiva las tareas de ejecución del programa Europa con los
Ciudadanos. Podrá ser necesario ajustar los importes y el desglose de los
costes estimados en función del grado de externalización que se decida.
Rúbrica del marco financiero plurianual: || 5 || Administración En
millones de euros (al tercer decimal) en precios corrientes || || || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL DG: COMM || Recursos humanos || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 8,512 Otros gastos administrativos || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 1,911 TOTAL DG COMM || Créditos || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 10,423 TOTAL de los créditos para la RÚBRICA 5 del marco financiero plurianual || (Total de los compromisos = Total de los pagos) || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 10,423 En millones EUR (al tercer decimal) || || || Año 2014[18] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Año 2021 || Año 2022 || TOTAL TOTAL de los créditos para las RÚBRICAS 1 a 5 del marco financiero plurianual || Compromisos || 32,489 || 32,489 || 33,489 || 34,489 || 34,489 || 35,489 || 36,489 || || || 239,423 || Pagos || 20,864 || 28,414 || 32,814 || 32,814 || 34,189 || 35,189 || 35,189 || 11,700 || 8,250 || 239,423 || 3.2.2. Incidencia estimada en
los créditos de operaciones –
¨ La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos de
operaciones –
x La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos de
operaciones, tal como se explica a continuación: Créditos
de compromiso en millones EUR (al tercer decimal) Indíquense los objetivos y los resultados ò || || || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL RESULTADOS Tipo de resultado[19] || Coste medio del resultado || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número de resultados || Coste || Número total de resultados || Coste total Acción nº 1 Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes || || || || || || || || || || || || || || || || - Asociaciones (3 años) || Subvenciones operativas || 0,175 || 8 || 1,400 || 8 || 1,400 || 8 || 1,400 || 10 || 1,750 || 10 || 1,750 || 10 || 1,750 || 0 || 0,000 || 54 || 9,450 - Apoyo estructural (1 año) || Subvenciones operativas || 0,100 || 4 || 0,400 || 4 || 0,400 || 4 || 0,400 || 5 || 0,500 || 5 || 0,500 || 5 || 0,500 || 23 || 2,300 || 50 || 5,000 Proyectos de memoria histórica || Subvenciones para acciones específicas || 0,050 || 56 || 2,800 || 56 || 2,800 || 59 || 2,950 || 59 || 2,950 || 59 || 2,950 || 61 || 3,050 || 62 || 3,100 || 412 || 20,600 Proyectos sobre historia, identidad y metas de la UE || Subvenciones para acciones específicas || 0,050 || 19 || 0,950 || 19 || 0,950 || 21 || 1,050 || 22 || 1,100 || 22 || 1,100 || 24 || 1,200 || 24 || 1,200 || 151 || 7,550 Subtotal del objetivo específico nº 1 || 87 || 5,550 || 87 || 5,550 || 92 || 5,800 || 96 || 6,300 || 96 || 6,300 || 100 || 6,500 || 109 || 6,600 || 667 || 42,600 Acción nº 2[20] Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión. || || || || || || || || || || || || || || || || - Reuniones de ciudadanos || Subvención para acción específica || 0,010 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 300 || 3,000 || 2,100 || 21,000 - Redes de hermanamiento || Subvención para acción específica || 0,050 || 118 || 5,900 || 118 || 5,900 || 118 || 5,900 || 119 || 5,950 || 119 || 5,950 || 120 || 6,000 || 126 || 6,300 || 838 || 41,900 Proyectos de ciudadanos y de organizaciones de la sociedad civil || Subvención para acción específica || 0,080 || 45 || 3,600 || 45 || 3,600 || 50 || 4,000 || 50 || 4,000 || 50 || 4,000 || 55 || 4,400 || 55 || 4,400 || 350 || 28,000 - Asociaciones (3 años) || Subvenciones operativas || 0,175 || 30 || 5,250 || 30 || 5,250 || 30 || 5,250 || 32 || 5,600 || 32 || 5,600 || 32 || 5,600 || 0 || 0,000 || 186 || 32,550 - Apoyo estructural (1 año) || Subvenciones operativas || 0,100 || 14 || 1,400 || 14 || 1,400 || 15 || 1,500 || 15 || 1,500 || 15 || 1,500 || 15 || 1,500 || 72 || 7,200 || 160 || 16,000 Subtotal del objetivo específico nº 2 || 507 || 19,150 || 507 || 19,150 || 513 || 19,650 || 516 || 20,050 || 516 || 20,050 || 522 || 20,500 || 553 || 20,900 || 3634 || 139,450 Acción nº 3 Análisis, difusión y valorización de los resultados de los proyectos || - Evaluaciones inter pares || Subvenciones para acciones específicas / contratación pública || 0,500 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 2 || 1,000 || 14 || 7,000 - Estudios y servicios de comunicación || Contratación pública || 0,250 || 1 || 0,250 || 1 || 0,250 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 3 || 0,750 || 5 || 1,250 || 16 || 4,000 - Medidas de apoyo || Subvenciones para acciones específicas || 0,075 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 6 || 0,450 || 42 || 3,150 - Actos de la Presidencia || Subvenciones para acciones específicas || 0,250 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 2 || 0,500 || 14 || 3,500 - Estructuras de apoyo en los Estados miembros || Subvenciones operativas || 0,030 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 30 || 0,900 || 210 || 6,300 Subtotal del objetivo específico nº 3 || 41 || 3,100 || 41 || 3,100 || 42 || 3,350 || 42 || 3,350 || 42 || 3,350 || 43 || 3,600 || 45 || 4,100 || 296 || 23,950 COSTE TOTAL || 635 || 27,800 || 635 || 27,800 || 647 || 28,800 || 654 || 29,700 || 654 || 29,700 || 665 || 30,600 || 707 || 31,600 || 4597 || 206,000 3.2.3. Incidencia estimada en los créditos de carácter
administrativo 3.2.3.1. Resumen –
¨ La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos
administrativos –
x La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos
administrativos, tal como se explica a continuación: En millones EUR (al tercer decimal) || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL RÚBRICA 5 del marco financiero plurianual || || || || || || || || Recursos humanos || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || 1,216 || Otros gastos administrativos || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || 0,273 || Subtotal para la RÚBRICA 5 del marco financiero plurianual || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || Fuera de la RÚBRICA 5[21] del marco financiero plurianual || || || || || || || || Recursos humanos || || || || || || || || Otros gastos de carácter administrativo || || || || || || || || Subtotal fuera de la RÚBRICA 5 del marco financiero plurianual || || || || || || || || TOTAL || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 1,489 || 10,423 Nota: Las cifras se ajustarán en
función de los resultados del proceso de externalización previsto. 3.2.3.2. Necesidades estimadas de
recursos humanos –
¨ La propuesta/iniciativa no exige la utilización de recursos
humanos –
x La propuesta/iniciativa exige la utilización de recursos humanos,
tal como se explica a continuación: Estimación que debe expresarse en valores enteros (o, a lo sumo,
con un decimal) || || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 Empleos de plantilla (funcionarios y agentes temporales) || || XX 01 01 01 (Sede y oficinas de representación de la Comisión) || 9 || 9 || 9 || 9 || 9 || 9 || 9 || XX 01 01 02 (Delegaciones) || || || || || || || || XX 01 05 01 (Investigación indirecta) || || || || || || || || 10 01 05 01 (Investigación directa) || || || || || || || || Personal externo (en unidades de equivalente a jornada completa: EJC[22]) || || XX 01 02 01 (AC, INT, ENCS de la «dotación global») || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || XX 01 02 02 (AC, INT, JED, AL y ENC en las delegaciones) || || || || || || || || XX 01 04 yy[23] || - en la sede[24] || || || || || || || || - en las delegaciones || || || || || || || || XX 01 05 02 (AC, INT y ENCS. Investigación indirecta) || || || || || || || || 10 01 05 02 (AC, INT, ENCS. Investigación directa) || || || || || || || || Otras líneas presupuestarias (especifíquense) || || || || || || || || TOTAL || 10 || 10 || 10 || 10 || 10 || 10 || 10 XX es
el ámbito político o título presupuestario en cuestión. Las necesidades en materia de recursos
humanos las cubrirá el personal de la DG ya destinado a la gestión de la acción
y/o reasignado dentro de la DG, que se complementará en caso necesario con
cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco
del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos
presupuestarios existentes. Naturalmente, estas cifras se ajustarán dependiendo
de los resultados del proceso de externalización previsto. Descripción de las tareas que deben llevarse
a cabo: Funcionarios y agentes temporales || Coordinación del programa y contactos con la agencia ejecutiva Personal externo || 3.2.4. Compatibilidad con el
marco financiero plurianual vigente –
x La propuesta/iniciativa es compatible con el marco financiero
plurianual vigente. –
¨ La propuesta/iniciativa implicará la reprogramación de la
rúbrica correspondiente del marco financiero plurianual. Explíquese la reprogramación requerida, precisando las líneas
presupuestarias afectadas y los importes correspondientes. [n/d] –
¨ La propuesta/iniciativa requiere la aplicación del Instrumento
de Flexibilidad o la revisión del marco financiero plurianual[25]. Explíquese qué es lo que se requiere, precisando las rúbricas y
líneas presupuestarias afectadas y los importes correspondientes. [n/d] 3.2.5. Contribución de terceros –
x La propuesta/iniciativa no prevé la cofinanciación por terceros –
La propuesta/iniciativa prevé la
cofinanciación que se estima a continuación: Créditos
en millones EUR (al tercer decimal) || Año N || Año N + 1 || Año N + 2 || Año N + 3 || Insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) || Total Especifíquese el organismo de cofinanciación || || || || || || || || TOTAL de los créditos cofinanciados || || || || || || || || 3.3. Incidencia estimada en
los ingresos –
x La propuesta/iniciativa no tiene incidencia financiera en los
ingresos. –
¨ La propuesta/iniciativa tiene la incidencia financiera que se
indica a continuación: –
¨ en los recursos propios –
¨ en ingresos diversos En
millones EUR (al tercer decimal) Línea presupuestaria de ingresos: || Créditos disponibles para el ejercicio presupuestario en curso || Incidencia de la propuesta/iniciativa[26] Año N || Año N + 1 || Año N + 2 || Año N + 3 || Insértense tantas columnas como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) Artículo ………. || || || || || || || || En el caso de los ingresos diversos
«afectados», especifíquese la línea o líneas presupuestarias de gasto en la(s)
que repercuta(n). Especifíquese el método de cálculo de la
incidencia en los ingresos. [1] DO C […] de […], p. […]. [2] COM(2010) 2020 final de 3.3.2010. [3] Reglamento (UE) nº 211/2011 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana (DO L 65
de 11.3.2011, p. 1). [4] DO L 378 de 27.12.2006, p. 32. [5] DO L 55 de 28.2.2011, p. 13. [6] Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo,
de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (el Reglamento
financiero), DO L 248 de 16.9.2002, p. 1; Reglamento modificado
por el Reglamento (CE, Euratom) nº 1995/2006 (DO L 390 de 30.12.2006,
p. 1). [7] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al
Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Un
presupuesto para Europa 2020, parte II: Fichas sobre políticas,
COM(2011) 500 final de 29.6.2011. [8] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al
Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Un
presupuesto para Europa 2020, parte II: Fichas sobre políticas,
COM(2011) 500 final de 29.6.2011. [9] GPA: gestión por actividades. PPA: presupuestación por
actividades. [10] Tal como se contempla en el artículo 49, apartado 6,
letras a) o b), del Reglamento financiero. [11] Las explicaciones sobre los modos de gestión y las
referencias al Reglamento financiero pueden consultarse en el sitio BudgWeb: http://www.cc.cec/budg/man/budgmanag/budgmanag_en.html. [12] A los que se refiere el artículo 185 del Reglamento
financiero. [13] CD = créditos disociados / CND = créditos no disociados. [14] AELC: Asociación Europea de Libre Comercio. [15] Países adherentes, países candidatos y, cuando proceda,
países candidatos potenciales. [16] El año N es el año de comienzo de la ejecución de la
propuesta/iniciativa. [17] Asistencia técnica y/o administrativa y gastos de apoyo a
la ejecución de programas y/o acciones de la UE (antiguas líneas «BA»),
investigación indirecta, investigación directa. [18] El año N es el año de comienzo de la ejecución de la
propuesta/iniciativa. [19] Los resultados son los productos y servicios que van a
suministrarse (por ejemplo, número de intercambios de estudiantes financiados,
número de kilómetros de carreteras construidos, etc.). [20] Según se describe en el punto 1.4.2. «Objetivo(s)
específico(s)…» [21] Asistencia técnica y/o administrativa y gastos de apoyo a
la ejecución de programas y/o acciones de la UE (antiguas líneas «BA»),
investigación indirecta, investigación directa. [22] AC = agente contractual; INT = personal de empresas de
trabajo temporal («intérimaires»); JED = joven experto en delegación; AL =
agente local; ENCS = experto nacional en comisión de servicios. [23] Por debajo del límite de personal externo con cargo a
créditos de operaciones (antiguas líneas «BA»). [24] Básicamente para los Fondos Estructurales, el Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Fondo Europeo de Pesca
(FEP). [25] Véanse los puntos 19 y 24 del Acuerdo Interinstitucional. [26] Por lo que se refiere a los recursos propios tradicionales
(derechos de aduana, cotizaciones sobre el azúcar), los importes indicados
deben ser importes netos, es decir, importes brutos tras la deducción del
25 % de los gastos de recaudación.