2.10.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 296/137


Jueves 7 de abril de 2011
El caso de Ai WeiWei en China

P7_TA(2011)0157

Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de abril de 2011, sobre el caso de Ai Weiwei

2012/C 296 E/20

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones de la actual legislatura sobre las violaciones de los derechos humanos en China,

Visto el artículo 122, apartado 5, de su Reglamento,

A.

Considerando que una ola de llamamientos lanzados en Internet en favor una «Revolución del jazmín» china (inspirada en los acontecimientos políticos en Túnez, Egipto y Libia) ha desembocado en una serie de acciones y una represión generalizada de los defensores de los derechos humanos y los disidentes por parte de las autoridades chinas,

B.

Considerando que Ai Weiwei, artista de renombre internacional y crítico del régimen, no ha sido visto desde su detención al pasar por los controles de seguridad en el aeropuerto de Pekín el domingo 3 de abril de 2011,

C.

Considerando que, aparte de su detención, al parecer su estudio fue allanado por la policía, que se incautó de varios objetos,

D.

Considerando que, recientemente, a Ai Weiwei se le impidió viajar a Oslo para la ceremonia de entrega del Premio Nobel de la Paz y fue puesto bajo arresto domiciliario tras la apertura de su exposición de pipas de girasol en Londres, y que su estudio en Shanghai fue saqueado,

E.

Considerando que Ai Weiwei es muy conocido fuera de China, pero que se le impide exponer sus obras en su país, a pesar de que se conoció su trabajo tras su participación en el diseño del Estadio Olímpico «Nido de Pájaro»,

F.

Considerando que Ai Weiwei alcanzó la celebridad nacional e internacional por haber publicado los nombres de los niños víctimas del terremoto de Sichuan y que, con posterioridad a esto, fue agredido por personas desconocidas, lo que dio lugar a su hospitalización en Alemania,

G.

Considerando que Ai Weiwei es uno de los signatarios más destacados de la «Carta 08», una petición en la que se insta a China a seguir adelante con la reforma política y la protección de los derechos humanos,

1.

Condena la detención injustificable e inaceptable de Ai Weiwei, crítico del régimen y artista de renombre internacional;

2.

Pide la liberación inmediata e incondicional de Ai Weiwei, y expresa su solidaridad con sus acciones pacíficas y sus iniciativas en favor de las reformas democráticas y de la protección de los derechos humanos;

3.

Hace hincapié en que la policía se ha negado a facilitar información a la esposa de Ai Weiwei sobre el motivo de su detención;

4.

Subraya que la detención de Ai Weiwei es representativa de la represión reciente y generalizada contra los defensores de los derechos humanos y los disidentes en China, que se caracteriza por numerosos arrestos, penas de cárcel exageradas, un aumento de la vigilancia personal y unas restricciones cada vez más represivas de los periodistas extranjeros;

5.

Pide a la Alta Representante/Vicepresidenta, Catherine Ashton, que siga planteando la cuestión de las violaciones de los derechos humanos al más alto nivel en sus contactos con las autoridades chinas —incluida la reciente condena de Liu Xianbin y Liu Xiaobo a 10 y 11 años de cárcel, respectivamente, así como, por ejemplo, los casos de Liu Xia, Chen Guangcheng, Gao Zhisheng, Xianbin Liu, Hu Jia, Jitian Tang, Jiang Tianyong, Teng Biao, Liu Shihui, Jingling Tang, Li Tiantian, Ran Yunfei, Ding Mao y Wei Chen, respecto de los que cabe señalar asimismo con preocupación las condiciones de represión en las que viven sus cónyuges y sus familias— e informe sobre esos casos al Parlamento Europeo tras el próximo diálogo político de alto nivel entre la UE y China, en el que participará la Alta Representante/Vicepresidenta;

6.

Señala que el historial de China en materia de derechos humanos sigue siendo muy preocupante; hace hincapié en que es necesario llevar a cabo una evaluación exhaustiva del Diálogo UE-China sobre derechos humanos, incluido el seminario jurídico UE-China sobre derechos humanos, a fin de juzgar la metodología aplicada y los progresos realizados;

7.

Pide a su Delegación para las Relaciones con la República Popular China que, en la próxima reunión interparlamentaria, plantee y aborde de manera exhaustiva la cuestión de las violaciones de los derechos humanos en relación con, en particular, los casos a los que hace referencia la presente Resolución,

8.

Pide a la Alta Representante/Vicepresidenta que reconsidere dicho diálogo con el fin de hacerlo más eficaz y de orientarlo hacia el logro de resultados, así como que tome todas las medidas necesarias para una rápida organización del próximo diálogo de derechos humanos, en el que se plantearán dichos casos y otras violaciones de los derechos humanos a que se hace referencia en las resoluciones del Parlamento Europeo;

9.

Recuerda que China está bajo un régimen de partido único desde 1949 y afirma que, en este contexto de evolución política reciente y en vista del deterioro de la situación de los derechos humanos en China, los partidos políticos de la UE deberían replantearse sus relaciones;

10.

Considera que el desarrollo de las relaciones UE-China debe ir de la mano del desarrollo de un diálogo político auténtico, fructífero y efectivo, y que el respeto de los derechos humanos debe ser parte integrante del nuevo acuerdo marco que se está negociando con China en estos momentos;

11.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Alta Representante/Vicepresidenta, al Presidente en ejercicio del Consejo de la Unión Europea, a la Comisión, así como al Presidente, al Primer Ministro y a la Asamblea Popular Nacional de la República Popular China.