7.7.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 199/98


Miércoles 9 de marzo de 2011
Informe de 2010 sobre los progresos realizados por Turquía

P7_TA(2011)0090

Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 2011, sobre el Informe de 2010 relativo a los progresos realizados por Turquía

2012/C 199 E/13

El Parlamento Europeo,

Visto el Informe de 2010 sobre los progresos realizados por Turquía elaborado por la Comisión (SEC(2010)1327),

Vistas sus anteriores Resoluciones, de 27 de septiembre de 2006, sobre el progreso de Turquía hacia la adhesión (1), de 24 de octubre de 2007, sobre las relaciones UE-Turquía (2), de 21 de mayo de 2008, sobre el Informe de 2007 sobre los progresos de Turquía (3), de 12 de marzo de 2009, sobre el Informe de 2008 sobre los progresos realizados por Turquía (4), y de 10 de febrero de 2010, sobre el Informe anual 2009 relativo a los progresos realizados por Turquía (5),

Vista su Resolución, de 21 de septiembre de 2010, sobre las relaciones económicas y comerciales con Turquía (6),

Visto el marco de negociación con Turquía, de 3 de octubre de 2005,

Vistas la Decisión 2008/157/CE del Consejo, de 18 de febrero de 2008, relativa a los principios, prioridades y condiciones contemplados en la Asociación para la adhesión con la República de Turquía (7) («Asociación para la adhesión») y las decisiones previas del Consejo de 2001, 2003 y 2006 sobre la Asociación para la adhesión,

Vistas las conclusiones del Consejo de 14 de diciembre de 2010,

Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A.

Considerando que las negociaciones con Turquía se iniciaron el 3 de octubre de 2005, tras la adopción por el Consejo del marco de negociación, y que la apertura de dichas negociaciones representa el punto de partida de un largo proceso cuyo final se desconoce,

B.

Considerando que Turquía se ha comprometido a efectuar reformas, mantener relaciones de buena vecindad y alinearse progresivamente con la UE, y considerando que estos esfuerzos deben verse como una oportunidad que se le presenta a la propia Turquía para modernizarse,

C.

Considerando que el pleno respeto de todos los criterios de Copenhague y la capacidad de integración en la Unión Europea, de conformidad con las conclusiones del Consejo Europeo de diciembre de 2006, siguen siendo la base de la adhesión de un Estado europeo a la Unión Europea, que es una comunidad basada en valores compartidos,

D.

Considerando que la Comisión concluyó que Turquía había continuado su proceso de reforma política en 2010 pero que la falta de diálogo y de espíritu de compromiso entre los principales partidos políticos tiene un impacto negativo en las relaciones entre las principales instituciones políticas y ralentiza el trabajo sobre las reformas políticas,

E.

Considerando que Turquía continúa sin aplicar, por quinto año consecutivo, las disposiciones derivadas del Acuerdo de asociación CE-Turquía y de su Protocolo adicional,

1.

Agradece a los ciudadanos y a la sociedad civil de Turquía su apoyo a una mayor democratización del país y su compromiso en favor de una sociedad abierta y plural, y pide a las instituciones y a los Estados miembros de la UE que utilicen plenamente en este sentido todos los instrumentos en materia de política de ampliación de que dispone la UE para los países candidatos;

2.

Toma nota de la lentitud de los avances turcos en materia de reformas, y recuerda que el Gobierno turco se ha comprometido a acometer unas reformas de gran alcance con miras a cumplir los criterios de Copenhague, pero también por mor de su propia modernización; pide al Gobierno que intensifique sus esfuerzos al respecto;

3.

Expresa su preocupación por los constantes enfrentamientos entre los partidos políticos y la falta de disposición del Gobierno y de la oposición para trabajar en favor de un consenso sobre las reformas básicas; insta a todos los interlocutores políticos, al Gobierno y a la oposición a que colaboren entre sí con miras a mejorar la pluralidad política en las instituciones del Estado y a fomentar la modernización y la democratización del Estado y de la sociedad; invita a todas las fuerzas de la oposición a participar de manera constructiva en el proceso de reforma;

4.

Señala la importancia fundamental del sistema de frenos y contrapesos para la gobernanza de un Estado democrático moderno, que se ha de basar en la separación y el equilibrio entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, en el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular la libertad de expresión y la libertad de prensa, y en una cultura política participativa que refleje verazmente la pluralidad de una sociedad democrática;

5.

Destaca el papel de la Gran Asamblea Nacional Turca como la institución que debe contribuir de manera crucial al fortalecimiento de un sistema de frenos y contrapesos, y apoyar, activa y constructivamente, las reformas de modernización sobre la base de un compromiso entre los diferentes partidos, garantizando al mismo tiempo el control democrático de las políticas gubernamentales;

6.

Acoge positivamente la adopción de reformas constitucionales, que representa un avance en la dirección adecuada, y pide que se apliquen correctamente, en el pleno respeto de las normas del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos; señala al mismo tiempo, sin embargo, la urgente necesidad de una reforma constitucional global que convierta a Turquía en una democracia pluralista plena, centrada en la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales; agradece la buena disposición mostrada tanto por el Gobierno como por la oposición para llevar a cabo esta reforma, y pide al Gobierno que garantice que todos los partidos políticos y la sociedad civil participan activamente en todo el proceso constitucional; pide que se aplique el paquete de reformas constitucionales; recomienda que también se invite a participar a la Comisión de Venecia;

7.

Acoge con satisfacción varios de los gestos simbólicos y de buena voluntad del Gobierno, así como una serie de medidas concretas en el ámbito de la libertad de pensamiento, conciencia y religión, la protección de las minorías y los derechos culturales; insiste, no obstante, en que se necesitan mejoras sistemáticas para que se reconozcan plenamente los derechos de las minorías; insta en particular al Gobierno a que dé un nuevo impulso al proceso de apertura democrática, y pide a la oposición su apoyo constructivo y su compromiso con este proceso;

Cumplimiento de los criterios de Copenhague

8.

Manifiesta su preocupación por el deterioro de la libertad de prensa, algunas medidas de censura y la creciente autocensura de los medios de comunicación turcos, también en Internet; pide al Gobierno de Turquía que confirme los principios de la libertad de prensa; destaca que la existencia de una prensa independiente es esencial en una sociedad democrática, y recuerda en este sentido la decisiva función que desempeña la judicatura en la protección y el aumento de la libertad de prensa, garantizando de este modo un espacio público abierto al debate en libertad y contribuyendo a un funcionamiento adecuado del sistema de frenos y contrapesos; destaca la necesidad de adoptar una nueva ley sobre medios de comunicación que abarque, entre otras cuestiones, las relativas a la independencia, la propiedad y el control administrativo; decide seguir de cerca los casos de Nedim Șener, Ahmet Șık y otros periodistas que se enfrentan al acoso policial o judicial;

9.

Aplaude las nuevas leyes sobre radio y televisión que posibilitan varios cambios positivos tales como el incremento de la cuota de participación que pueden detentar legalmente las entidades extranjeras en las empresas turcas del sector de los medios de comunicación (que pasa de un 25 % a un 50 %), pero expresa su preocupación por la posibilidad de que se puedan suspender las emisiones por razones de seguridad nacional sin una orden o una resolución judicial previa; observa con preocupación la práctica de perseguir penalmente, especialmente en virtud del artículo 285 del Código Penal sobre «Violación de la confidencialidad de una investigación penal» y del artículo 288 sobre «Intento de influir en la judicatura», a los periodistas que, en interés público, informan sobre pruebas relativas a violaciones de los derechos humanos y otras cuestiones; considera que la tipificación penal de las opiniones constituye un obstáculo clave para la protección de los derechos humanos en Turquía, y lamenta los recortes desproporcionados de las libertades de expresión, asociación y reunión; insta a las autoridades turcas a que cumplan estrictamente con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos modificando su legislación correspondiente e impartiendo la oportuna formación a las fuerzas policiales y a la judicatura;

10.

Lamenta que diferentes disposiciones legales, como los artículos 301, 318 y 220(6), junto con el artículo 314(2) del Código Penal, el artículo 7(2) de la Ley antiterrorista y la Ley 5816 de 25 de julio de 1951, así como las declaraciones del Gobierno y las acciones por parte del Gobierno y de la Fiscalía, sigan limitando la libertad de expresión; reitera su llamamiento al Gobierno para que ultime la revisión del marco legal sobre la libertad de expresión y lo ajuste sin demora al CEDH y a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH); reafirma en este contexto la necesidad de que el Gobierno turco emita instrucciones claras a la Fiscalía con respecto a las leyes que frecuentemente se aplican para limitar la libertad de expresión; lamenta el recurso, desproporcionado y repetido, al cierre de sitios web, y pide al Gobierno que reforme la Ley de Internet (no 5651) para asegurarse de que esta ya no limita la libertad de expresión ni restringe el derecho de los ciudadanos a acceder a la información;

11.

Insta al Gobierno a que confirme los derechos de libertad de reunión y libertad de asociación, consagrados en los artículos 33 y 34 de la Constitución turca; lamenta y condena, en este contexto, la violenta represión ejercida por la policía contra las manifestaciones estudiantiles en la Universidad de Ankara en diciembre de 2010;

12.

Reconoce que la cuestión de los derechos de la población romaní en Turquía es ahora objeto de una gran atención y de un compromiso político por parte tanto del Gobierno como de los partidos de la oposición; recomienda que se supervise y revise con sumo cuidado el plan de viviendas gubernamental para la población romaní, en particular por lo que respecta a la sostenibilidad y metodología del propio plan; alienta al Gobierno turco a que, en el contexto de cualquier proceso de inclusión relacionado con las comunidades romaníes en el país, proceda a una inclusión activa y a una consulta creíble de estas comunidades;

13.

Toma nota de los avances realizados en las reformas del poder judicial y reitera su posición de que la independencia judicial y la imparcialidad son una de las claves para el funcionamiento de una sociedad democrática plural; manifiesta su preocupación porque aún no se han mejorado suficientemente las condiciones del sistema judicial turco con objeto de asegurar el derecho a un juicio justo y oportuno; pide al Gobierno que aplique las reformas constitucionales adoptadas en este ámbito respetando plenamente la separación de los poderes ejecutivo y judicial y la independencia y la imparcialidad del poder judicial, y en consonancia con los estándares europeos;

14.

Manifiesta, no obstante, su preocupación por la interpretación por el Tribunal Supremo de Turquía de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según la cual el periodo de prisión preventiva se prolonga a diez años, lo que constituye una clara violación de las normas europeas en esta materia; insta a la Gran Asamblea Nacional Turca a que reforme la mencionada legislación de conformidad con la jurisprudencia del TEDH; recuerda al mismo tiempo que Turquía tiene la obligación de cumplir estrictamente su compromiso, en virtud del artículo 6 del CEDH, de celebrar juicios justos en plazos razonables, en particular mediante la creación, en su sistema jurídico, de tribunales de apelación, al tiempo que refuerza la capacidad de sus tribunales supremos;

15.

Acoge con satisfacción la sentencia, de 14 de septiembre de 2010, del TEDH en el caso Dink contra Turquía; insta, por consiguiente, a las autoridades turcas a apoyar plenamente las consecuencias de la sentencia aplicando las medidas adecuadas para la protección del ejercicio de la libertad de expresión; manifiesta su preocupación por los obstáculos artificiales que ha levantado la administración pública turca para impedir el desenmascaramiento de los instigadores reales del asesinato del periodista armenio Hrant Dink;

16.

Se felicita de que las reformas constitucionales adoptadas sirvan finalmente de base para la creación de la institución del Defensor del Pueblo, y apremia al Gobierno para que prepare, y al Parlamento para que adopte, la legislación correspondiente que permita nombrar para este nuevo puesto, con arreglo a un procedimiento democrático, a una personalidad que goce de un amplio respeto; acoge con satisfacción la propuesta creación de una Institución nacional de Derechos Humanos, y pide a la Gran Asamblea Nacional Turca que consulte a la sociedad civil y ofrezca suficientes garantías de la independencia del nuevo organismo, de conformidad con los «Principios de París»;

17.

Elogia los progresos realizados en las relaciones cívico-militares, especialmente el incremento del control civil mediante la limitación de la jurisdicción de los tribunales militares, la posibilidad de someter las decisiones del Consejo Militar Supremo a revisión judicial y los acuerdos alcanzados para que los funcionarios de alto rango sean juzgados por tribunales civiles; observa que se han de seguir realizando progresos para garantizar el pleno control civil, y pide al Parlamento turco que empiece a ejercer su función de supervisión de las fuerzas de seguridad, incluida la supervisión total del presupuesto de defensa;

18.

Señala que la investigación de casos de supuestas tramas de golpe de Estado, tales como los casos Ergenekon y Sledgehammer, deben demostrar la fortaleza y el funcionamiento adecuado, independiente y transparente de las instituciones democráticas y el poder judicial de Turquía; manifiesta su preocupación por los periodos de prisión preventiva excesivamente largos, y destaca la necesidad de garantías judiciales efectivas para todos los sospechosos; manifiesta su preocupación por que no haya progresos en dicha investigación y observa que la reciente detención de reconocidos periodistas, como Nedim Șener, Ahmet Șık, podría dar lugar a una pérdida de credibilidad de tales juicios, los cuales, por el contrario, deberían reforzar la democracia;

19.

Considera lamentable que las enmiendas a la disolución de los partidos políticos, propuestas como parte de la reciente reforma de la Constitución, no lograran la mayoría en la Gran Asamblea Nacional Turca, e insta a todos los partidos políticos a que adecuen la legislación pertinente al correspondiente dictamen de la Comisión de Venecia;

20.

Reitera las peticiones formuladas en resoluciones anteriores con respecto a la reforma del sistema electoral mediante la reducción del umbral del 10 %, reforzando de este modo el pluralismo de partidos y reflejando mejor la pluralidad de la sociedad turca; lamenta, en particular, que no se haya emprendido ninguna reforma en este ámbito en 2010; pide que se lleve a cabo una reforma en profundidad de las normas que rigen la financiación de los partidos políticos y los gastos electorales, con objeto de promover un sistema político más abierto y democrático; anima a los partidos políticos a reforzar su democracia interna y a fortalecer la responsabilidad de sus miembros electos para con su electorado;

21.

Lamenta que no haya habido avances en la limitación de la inmunidad de los diputados, en particular en lo que respecta a los delitos relacionados con la corrupción, y expresa asimismo su preocupación acerca de la protección adecuada de la expresión de opiniones no violentas en el Parlamento; pide, por tanto, al Gobierno y al Parlamento que lleguen a un acuerdo sobre la reforma adecuada del sistema de inmunidades parlamentarias;

22.

Toma nota de que Turquía ocupa actualmente la presidencia del Comité de Ministros del Consejo de Europa, y anima a dicho país a expresar su compromiso con los valores del Consejo de Europa mediante la firma y la ratificación del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales y mediante la ratificación de todos los protocolos adicionales del CEDH;

23.

Acoge con satisfacción la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas por la Gran Asamblea Nacional Turca, y pide a Turquía que aplique sus disposiciones sin demora y en estrecha cooperación con el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

24.

Apoya el diálogo en curso entre el Gobierno y las comunidades religiosas, incluidos los alevitas, los griegos, los armenios, los arameos y otros cristianos; manifiesta, no obstante, su decepción por el hecho de que solo se haya avanzado de modo limitado en el marco legal de funcionamiento de estas comunidades, especialmente en lo concerniente a su capacidad para obtener personalidad jurídica, abrir y mantener centros de culto, formar clérigos y resolver problemas de propiedad no abordados por la Ley de fundaciones; pide, al tiempo que alude a los persistentes retrasos y problemas procedimentales, que se realice un esfuerzo real y continuado en la aplicación de la Ley de fundaciones, que debe permitir que estas comunidades religiosas funcionen sin restricciones indebidas, de conformidad con el CEDH y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos; insta al Gobierno a que continúe aumentando su apoyo a la libertad de conciencia y a la pluralidad religiosa en la sociedad turca;

25.

Pide por ello al Gobierno que se ocupe sistemáticamente de estos asuntos reformando al efecto la legislación y asegurando su aplicación adecuada en todos los niveles de gobierno, incluidos los municipios; recuerda asimismo en este contexto las recomendaciones adoptadas por la Comisión de Venecia en la primavera de 2010 respecto a la personalidad jurídica de las comunidades religiosas y al título eclesiástico de «ecuménico» del patriarcado ortodoxo; celebra la reciente decisión de la «Asamblea de Fundaciones» de traspasar el orfanato griego para chicos de Büyükada al Patriarcado Ecuménico, de acuerdo con la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y de conceder la ciudadanía turca a varios clérigos ortodoxos griegos para facilitar el Patriarcado y el Santo Sínodo; se felicita de la ceremonia religiosa celebrada en el monasterio-museo de Sümela, en Trabzon, así como de la ceremonia celebrada en la iglesia de la isla de Akdamar, en la provincia de Van; lamenta la decisión del Tribunal Supremo turco contra el monasterio de Mor Gabriel en relación con un conflicto territorial con los pueblos y el Ministerio turco de Hacienda; reitera su expectativa de que, tras los anuncios del Gobierno en relación con la reapertura del seminario ortodoxo griego de Heybeliada (Halki), se adopten pronto medidas concretas y se adopten disposiciones para la formación sin impedimentos del clero de las comunidades cristianas; insta al Gobierno a que preste una atención particular al material educativo empleado en las escuelas, que debe reflejar la pluralidad religiosa de la sociedad turca, así como a la necesidad de un material didáctico libre de prejuicios;

26.

Condena enérgicamente la continua violencia terrorista practicada por el Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK), que figura en la lista de organizaciones terroristas de la UE, y otros grupos terroristas en suelo turco; anima a Turquía, la UE y sus Estados miembros a intensificar su cooperación en la lucha contra el terrorismo, en estrecha colaboración con el coordinador de la lucha contra el terrorismo y Europol, y cumpliendo estrictamente la legislación internacional en materia de derechos humanos;

27.

Pide al Gobierno que dé un nuevo impulso a sus esfuerzos en el marco de la apertura democrática para abordar la cuestión kurda de un modo global con vistas a una solución pacífica de esta cuestión, en particular garantizando una interpretación coherente de la legislación que permita el uso del idioma kurdo en la vida política y pública, así como en la enseñanza, reformando la legislación antiterrorista para impedir una interpretación abusiva o amplia de la misma, garantizando los derechos a la libertad de expresión, asociación y reunión, y abordando eficazmente los problemas de las personas desplazadas de sus regiones de origen como consecuencia, entre otras causas, del prolongado conflicto, así como mediante la mejora de la situación socio-económica en el sureste del país; expresa, en este contexto, su preocupación por los juicios en curso de 151 activistas políticos kurdos, incluidos ocho alcaldes electos en ejercicio, en Diyarbakir, que constituye una injerencia en las actividades políticas legales;

28.

Acoge con beneplácito el fortalecimiento del marco legal por el que se garantizan los derechos de la mujer y la igualdad de género por medio de medidas constitucionales; expresa su preocupación ante la disminución de las tasas de participación en el mercado laboral, incluso entre mujeres con un nivel de estudios elevado; insta al Gobierno, al mundo empresarial y a la sociedad civil a que adopten medidas globales para poner remedio a la pobreza de las mujeres incrementando su inclusión social y su participación en el mercado laboral, por ejemplo luchando contra el analfabetismo femenino, apoyando activamente el acceso de las niñas a la educación secundaria o creando servicios de atención a la infancia; propugna además la introducción de un sistema de cuotas reservadas para asegurar una presencia significativa de mujeres a todos los niveles en el mundo empresarial, el sector público y la política; pide especialmente a los partidos políticos que aprovechen la oportunidad que brindan las próximas elecciones para fortalecer la participación activa de las mujeres en la vida política;

29.

Lamenta profundamente los niveles persistentemente altos de violencia doméstica, incluidos los denominados crímenes de honor, y el fenómeno de los matrimonios forzosos; se felicita, en este sentido, de las iniciativas de los movimientos de mujeres que dan visibilidad a estos problemas, e insta al Gobierno a reforzar sus medidas preventivas a todos los niveles, en especial aplicando la Ley 4320 sobre la protección de la familia y controlando su aplicación por parte de la policía y el poder judicial, obligando a los municipios de más de 50 000 habitantes a poner a disposición suficientes centros de acogida para las mujeres y menores en peligro, controlando efectivamente el pleno cumplimiento de esta obligación y estableciendo un sistema de seguimiento para las mujeres y los menores que abandonan los centros de acogida, con objeto de proporcionarles un apoyo psicológico adecuado, asistencia judicial atención sanitaria y la reinserción en la sociedad; pide al Gobierno que establezca una supervisión adecuada y eficaz del cumplimiento de esta obligación por parte de los municipios; insta a los miembros del poder judicial a que garanticen que la violencia contra las mujeres y los menores, así como los denominados crímenes de honor, se sancionen de manera consecuente y adecuada;

30.

Insta al Gobierno a que vele por que la igualdad con independencia del sexo, el género, el origen racial o étnico, la religión o las convicciones, la discapacidad, la edad o la orientación sexual sea garantizada por la ley y se aplique de forma efectiva; lamenta las recientes acciones legales contra asociaciones LGTB, pero celebra que los tribunales hayan desestimado estos procedimientos; señala, no obstante, la necesidad de continuar actuando contra la homofobia y la discriminación por razones de orientación sexual, con arreglo a lo previsto en la Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros sobre medidas para combatir la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género; pide al Gobierno turco que encargue a las fuerzas armadas turcas que dejen de clasificar la homosexualidad como enfermedad «psicosexual»; pide la alineación del proyecto de ley sobre la lucha contra la discriminación y el comité de igualdad con las normas de la UE, también en lo referente al sexo y la orientación sexual; insta a las autoridades nacionales y locales a que pongan fin a los asesinatos de transexuales que están teniendo lugar, incluidos los de profesionales del sexo transexuales;

31.

Opina que Turquía debería aprobar la legislación necesaria para introducir el servicio civil o social como una alternativa al servicio militar cuya duración no sea punitiva y esté basada en la libre elección, de conformidad con sus obligaciones en virtud del Derecho internacional; pide al Gobierno que asegure la plena conformidad con el fallo del TEDH en el asunto Ülke contra Turquía, modificando la legislación con el fin de evitar la persecución continuada de los objetores de conciencia por negarse a cumplir el servicio militar; pide al Gobierno que investigue las denuncias de malos tratos de objetores de conciencia en custodia militar y que tome medidas para evitar que abusos de ese tipo ocurran en el futuro;

32.

Subraya la importancia de que se facilite una protección eficaz a los defensores de los derechos humanos; manifiesta su preocupación por las acciones y los procesos judiciales continuos contra defensores de los derechos humanos, y hace especial hincapié en el juicio contra Pinar Selek, que ha durado doce años a pesar de tres sentencias absolutorias; invita a la Comisión a seguir de cerca su caso, así como todos los casos similares, y a asistir de forma sistemática a juicios de este tipo;

33.

Insta a los principales partidos políticos a encontrar una solución por lo que respecta a la prohibición del velo en las universidades, a fin de contrarrestar los efectos polarizantes de la cuestión en la sociedad turca; pide que esta solución se base en el respeto de la libertad de elección de las mujeres;

34.

Reitera enérgicamente, habida cuenta de que no se han producido progresos desde la Resolución 1625 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, su llamamiento al Gobierno turco para que lleve a cabo políticas que preserven el carácter bicultural de las islas turcas de Gokceada (Imvros) y Bozcaada (Tenedos), y, en particular, que aborde los problemas a los que han de hacer frente los miembros de la minoría griega a la hora de ejercer su derecho a la educación y sus derechos de propiedad;

Aumento de la cohesión social y la prosperidad

35.

Se congratula de la capacidad de recuperación de la economía turca frente a la crisis económica global; señala que esta reactivación económica es una oportunidad única para aumentar la tasa de participación en el mercado laboral y la tasa de empleo, que todavía son muy bajas y apenas alcanzan el 50 %, y para iniciar un proceso de integración social progresiva; recuerda la responsabilidad compartida del Gobierno y los interlocutores sociales y les anima a intensificar la cooperación para afianzar las bases de una economía social de mercado;

36.

Insta al Gobierno turco y a los Gobiernos de los Estados miembros de la UE a que consideren y presenten la integración de los ciudadanos de la UE de origen turco en las sociedades de sus nuevos países no como una amenaza, sino como una oportunidad para el futuro de nuestras sociedades;

37.

Observa la dependencia mutua de la economía turca y la economía de la UE, y recuerda su potencial para incrementar la prosperidad tanto en la UE como en Turquía a medida que avanza la integración de Turquía en el mercado de la UE;

38.

Acoge favorablemente las mejoras introducidas por las reformas constitucionales en el ámbito del diálogo social y los derechos sindicales; insiste, no obstante, en que, además de ello, el marco legal, incluida la legislación sindical pendiente, debe ajustarse a las normas de la UE y la OIT; anima a todas las partes del Consejo Económico y Social a reafirmar su compromiso y cooperación para avanzar en este sentido;

39.

Reitera la necesidad de reforzar la cohesión entre las diversas regiones de Turquía y entre las áreas rurales y urbanas; destaca en este sentido la labor específica de la educación y la necesidad de abordar las grandes divergencias regionales que todavía existen en cuanto a la calidad de la educación y los índices de escolarización;

40.

Pide al Gobierno turco que considere en profundidad la sostenibilidad y las consecuencias medioambientales de los planes de creación de nuevas infraestructuras de abastecimiento de agua y energía en el marco del Proyecto de Anatolia Sudoriental (GAP), que amenazan con destruir el entorno medioambiental y el paisaje singular de muchas regiones, y, en particular, las repercusiones de dicho proyecto en el vecino Iraq; destaca, en particular, la necesidad de asegurar que el proyecto de ley sobre la protección de la naturaleza y la biodiversidad se modifica a fin de preservar el patrimonio cultural y arqueológico de plena conformidad con las normas europeas y de manera que la responsabilidad de la protección de la naturaleza recaiga en el poder ejecutivo; invita al Gobierno turco a adoptar un marco político más ambicioso respaldado por planes de acción concretos para luchar contra el aumento de las emisiones de carbono;

Establecimiento de relaciones de buena vecindad

41.

Pide al Gobierno turco y a todas las partes interesadas que apoyen activamente las negociaciones en curso sobre Chipre y contribuyan con medidas concretas a alcanzar una solución global para la cuestión chipriota, y pide al Gobierno que facilite un clima adecuado para las negociaciones, empezando por la retirada inmediata de sus fuerzas militares de Chipre; insta encarecidamente a las dos comunidades presentes en Chipre a que, tal como propone el Secretario General de las Naciones Unidas, trabajen intensamente para aprovechar los progresos que ya se han producido en las negociaciones a fin de alcanzar una solución sostenible, de conformidad con las Resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y promover, en particular, la Resolución 550 (1984), y con los principios que sirven de base a la UE, en beneficio de los ciudadanos chipriotas, de la UE y de Turquía;

42.

Anima a Turquía a intensificar su apoyo al Comité sobre personas desaparecidas en Chipre, especialmente facilitando el acceso del mismo a las zonas militares y a los archivos, así como a tomar las demás medidas oportunas por lo que respecta al problema humanitario de las personas desaparecidas, con arreglo a las conclusiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos;

43.

Pide a Turquía y a las autoridades turco-chipriotas que se abstengan de propiciar nuevos asentamientos de ciudadanos turcos en la isla, ya que con ello seguiría modificándose el equilibrio demográfico y reduciéndose la lealtad de sus ciudadanos a un futuro Estado común en base a su pasado común; pide a Turquía que aborde la cuestión del asentamiento de ciudadanos turcos en la isla de conformidad con la Convención de Ginebra y con los principios del Derecho internacional;

44.

Insta a ambas partes, Turquía y Armenia, a que ratifiquen sin condiciones los protocolos y abran la frontera, y pide a Turquía que se sirva de su importancia regional para fomentar las medidas de refuerzo de la confianza;

45.

Toma nota de la intensificación de los esfuerzos de Turquía y Grecia para mejorar sus relaciones bilaterales; lamenta, no obstante, que no se haya retirado aún la amenaza de casus belli declarada a Grecia por la Gran Asamblea Nacional Turca; espera que el Gobierno turco ponga fin a las continuas violaciones del espacio aéreo griego y a los vuelos militares turcos sobre las islas griegas;

46.

Subraya que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), firmada por los 27 Estados miembros, por la UE y por todos los demás países candidatos a la adhesión, forma parte del acervo comunitario; pide, por consiguiente, al Gobierno turco que firme y ratifique esta Convención sin demora;

47.

Valora positivamente la intensificación de las relaciones entre Turquía e Iraq, incluido su Gobierno regional kurdo, y recuerda en especial la contribución de Turquía a la estabilización de Iraq; insta a Turquía a que articule con el Gobierno iraquí y otros países vecinos medidas para contrarrestar el impacto negativo del proyecto hidrográfico anunciado por el Gobierno turco;

Avance en la cooperación UE-Turquía

48.

Lamenta el hecho de que Turquía no haya aplicado aún el Protocolo adicional al Acuerdo de Asociación CE-Turquía, lo que continúa afectando al proceso de negociación; pide al Gobierno que lo aplique plenamente;

49.

Toma nota del progreso conseguido por Turquía en el ámbito energético, e insta de nuevo al Consejo a iniciar las negociaciones sobre este asunto sin más demora; pide al Gobierno turco que incremente sus esfuerzos en relación con las negociaciones sobre la adhesión al Tratado de la Comunidad de la Energía; acoge con beneplácito la ratificación del Acuerdo Intergubernamental Nabucco y la firma del memorando de entendimiento sobre el gaseoducto de gas natural del interconector Turquía, Grecia, Italia (ITGI), ya que ambos constituyen importantes proyectos para la seguridad energética de la UE;

50.

Celebra las actuales negociaciones sobre el capítulo relativo a la seguridad alimentaria y la política veterinaria y fitosanitaria, iniciadas el 30 de junio de 2010; alienta a Turquía a que dé los pasos necesarios que faltan para cerrar algunos capítulos como la política empresarial e industrial o las redes transeuropeas;

51.

Acoge positivamente la conclusión de las negociaciones sobre el acuerdo de readmisión entre la UE y Turquía, y pide al Gobierno turco que asegure que, hasta que este acuerdo entre en vigor, se aplican plenamente los acuerdos bilaterales existentes; subraya la importancia de la intensificación de la cooperación entre la UE y Turquía respecto de la gestión de la migración y los controles fronterizos, en especial debido al elevando porcentaje de inmigrantes ilegales que entran en el territorio de la UE a través de Turquía; celebra las consultas con la sociedad civil sobre tres proyectos de ley en el ámbito del asilo, e insta al Gobierno a que presente de inmediato estas leyes al Parlamento; considera que, tras la entrada en vigor del acuerdo de readmisión, el Consejo debe dar mandato a la Comisión para iniciar un diálogo relativo a los visados, prestando especial atención a los requisitos de entrada a la UE de empresarios y estudiantes, que constituye una medida necesaria para la movilidad de las personas;

52.

Toma nota de la creciente actividad de la política exterior turca, destinada a fortalecer su posición a nivel regional; insta a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad a tener plenamente en cuenta este aspecto y a comprometerse con Turquía en la coordinación de objetivos y la valorización adecuada de los intereses de la UE; pide al Gobierno turco que refuerce la coordinación de la política exterior con la UE; celebra, en principio, la política recientemente anunciada por Turquía de solucionar todos los problemas con sus vecinos, pero señala la necesidad de que Turquía mantenga un compromiso claro con nuestros valores e intereses comunes europeos; pide a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que intensifique el actual diálogo con Turquía sobre cuestiones de política exterior de interés común; anima encarecidamente a la búsqueda de esfuerzos concertados en favor de la democratización y el desarrollo en Oriente Próximo y el norte de África, habida cuenta de que Turquía es una fuente de inspiración para muchos en el mundo árabe, como democracia secular con una población musulmana mayoritaria;

53.

Subraya la importancia estratégica de la región del Mar Negro para la UE; considera que Turquía es un importante socio de la UE en dicha región, y pide a Turquía que apoye y contribuya activamente a la aplicación de las políticas y acciones de la UE en la región, incluida una posible estrategia de la UE para el Mar Negro;

54.

Insta al Gobierno turco a apoyar ampliamente los esfuerzos de la comunidad internacional para impedir que Irán adquiera armamento nuclear, y lamenta que Turquía haya votado en contra de la correspondiente resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; considera que Turquía puede contribuir a la democratización y al fortalecimiento de los derechos humanos en Irán, coordinando sus esfuerzos con los de la UE;

55.

Cree que Turquía tiene un papel importante en el fomento del diálogo en el marco del proceso de paz en Oriente Próximo y en la estabilización del Líbano, y pide a Turquía que reanude sus estrechos vínculos con Israel, continúe su mediación constructiva y contribuya en particular al fortalecimiento de la Autoridad Palestina;

56.

Valora positivamente el compromiso activo de Turquía de apoyar los esfuerzos de los socios transatlánticos en Afganistán y en los Balcanes; lamenta, sin embargo, que Turquía bloquee con sus objeciones toda cooperación estratégica OTAN-UE que vaya más allá de los dispositivos «Berlín Plus»;

57.

Pide al Gobierno turco que firme y someta a ratificación el Estatuto de la Corte Penal Internacional, acrecentando así la contribución y la participación de Turquía en el sistema multilateral mundial;

58.

Toma nota de las conclusiones y de las mejoras propuestas por la Comisión en su Informe anual 2009 sobre la aplicación del Instrumento de Ayuda de Preadhesión (IPA) con objeto de establecer prioridades entre los objetivos y, por tanto, los proyectos de acuerdo con los criterios de adhesión, como propone el Informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo no 16/2009, subraya la importancia de controlar exhaustivamente la aplicación del IPA debido a la ejecución de nuevos proyectos.

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59.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Secretario General del Consejo de Europa, al Presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Gobierno y al Parlamento de la República de Turquía.


(1)  DO C 306 E de 15.12.2006, p. 284.

(2)  DO C 263 E de 16.10.2008, p. 452.

(3)  DO C 279 E de 19.11.2009, p. 57.

(4)  DO C 87 E de 1.4.2010, p. 139.

(5)  DO C 341 E de 16.12.2010, p. 59.

(6)  Textos Aprobados, P7_TA(2010)0324.

(7)  DO L 51 de 26.2.2008, p. 4.