COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Politica aeroportuaria de la Unión Europea - resolver los problemas de capacidad y de calidad para promover el crecimiento, la conectividad y la movilidad sostenible /* COM/2011/0823 final */
1.
Introducción
1.
Los aeropuertos desempeñan un papel esencial
en la cadena de la aviación puesto que sirven de conexión entre las compañías
aéreas y los pasajeros y los clientes de los servicios de transporte de
mercancías. Asimismo, han ido adquiriendo cada vez más importancia para la
economía europea, ofreciendo un gran número de conexiones en el seno de la UE y
garantizando que Europa permanezca comunicada con el resto del mundo. Además,
resultan esenciales para la realización con éxito del Cielo Único Europeo. 2.
Tal como se reconoce en la Declaración
aprobada en la Cumbre de la aviación que se celebró en Brujas en octubre de
2010[1], es necesario
reformar las normas de la UE para impulsar la competitividad de los aeropuertos
europeos y eliminar los puntos de congestión de la capacidad con el objeto de
mejorar la eficiencia de cada eslabón de la cadena de transporte aéreo
(p. ej. los operadores aeroportuarios, los transportistas, otros
proveedores de servicios) y ofrecer a los pasajeros y las empresas una mayor
rentabilidad. 3.
La Comisión también reconoce dicha necesidad
en su programa de trabajo para 2011, y pide que se optimice el uso de la red
aeroportuaria europea a fin de contribuir a explotar el potencial de
crecimiento del mercado. Mediante esta mejora, la UE estará mejor preparada
para avanzar en la vía de los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y
permitir un crecimiento sostenible gracias a una economía más competitiva y
eficaz en la utilización de los recursos. Con el mismo espíritu, el Libro Blanco
«Hoja de ruta hacia un espacio único europeo de transporte»[2] identifica la
mejora del acceso al mercado y la prestación de servicios de calidad en los
aeropuertos como elementos esenciales para la consecución del espacio único
europeo del transporte. 4.
El presente documento describe los progresos
alcanzados en la ejecución del Plan de Acción de 2007 para mejorar la
capacidad, la eficacia y la seguridad de los aeropuertos en Europa[3]. Asimismo, señala
dos desafíos clave para los aeropuertos europeos: la capacidad y la calidad.
Describe así el contexto de las tres propuestas legislativas que forman, con la
Comunicación, un conjunto coherente de medidas específicas: una propuesta
dirigida a mejorar la utilización de las capacidades existentes revisando el
sistema actual de asignación de franjas horarias, una propuesta relativa a los
servicios de asistencia en tierra en los aeropuertos de la UE y una propuesta
sobre las restricciones de operación relativas al ruido.
2.
El reto de la capacidad aeroportuaria
2.1.
Una saturación de la capacidad en los mayores
aeropuertos de la UE en un mundo en pleno cambio
5.
El Plan de Acción de 2007 reveló la gran
diferencia existente entre la capacidad y la demanda en varios de los
aeropuertos que distribuyen el tráfico («hubs») en la UE. Asimismo, genera
preocupación la congestión en dichos aeropuertos. El tráfico seguirá aumentando
en el futuro, tal como ha ocurrido en los últimos cincuenta años a pesar de los
períodos de recesión económica y de otras perturbaciones[4]. Aunque el tráfico
aéreo en Europa crecerá a un ritmo menor que en las economías emergentes,
prácticamente se duplicará de aquí a 2030[5]. 6.
No obstante, Europa no podrá satisfacer gran
parte de dicha demanda debido a una capacidad aeroportuaria insuficiente. Los
niveles de congestión previstos por el estudio Challenges of Growth de
2008 se confirmaron en 2010. A pesar de la crisis económica mundial y de un
incremento previsto del 40 % en la capacidad aeroportuaria entre 2007 y
2030 (incluyendo nuevos aeropuertos, nuevas pistas y nuevas infraestructuras
tanto terrestres como aéreas), no se podrá dar cabida a alrededor de dos
millones de vuelos (el 10 % de la demanda prevista) por falta de capacidad[6]. 7.
Concretamente, de aquí a 2030 habrá un mínimo
de diecinueve aeropuertos europeos[7]
que estarán funcionando a plena capacidad durante ocho horas al día, todos los
días del año (mientras que en 2007 tan solo cinco aeropuertos funcionaban a
plena o casi plena capacidad el 10 % del tiempo). Esto influirá
considerablemente en toda la red de transporte aéreo, dado que en 2030 la
congestión en dichos aeropuertos provocará que el 50 % de todos los vuelos
se vean afectados por retrasos en las llegadas y/o salidas (en comparación con
el 17 % en 2007). Además, la situación se verá agravada por el hecho de
que el sistema será más vulnerable a las perturbaciones debidas a la congestión
de los aeropuertos y tendrá menos capacidad para recuperarse de las situaciones
críticas. Los retrasos persistirán más tiempo en el sistema y se propagarán más
rápido y más ampliamente. La puntualidad del transporte aéreo, que en 2010
alcanzó las peores cifras registradas en Europa desde 2001, a pesar de que los
niveles de tráfico eran inferiores a los de 2007[8],
constituirá un problema grave. 8.
Los datos recopilados en relación con los
grandes aeropuertos como parte de un estudio independiente elaborado por la
Comisión indican un patrón similar para 2025[9].
Aunque la disminución del tráfico aéreo mundial desde 2008 ha reducido la
diferencia entre la demanda y la capacidad prevista, y a pesar de que uno de
los principales aeropuertos de distribución del tráfico de Europa, Frankfurt,
posee una nueva pista; de aquí a 2025 la demanda seguirá superando la capacidad
durante todo el día en los aeropuertos de Heathrow y Gatwick en Londres, Orly
en París, Linate en Milán y el aeropuerto de Dusseldorf. Si no se logra
aumentar la capacidad hasta superar los 120 movimientos previstos por hora, la
demanda también superará la capacidad todo el día en el aeropuerto Charles de
Gaulle de París. Además, la demanda seguirá superando la capacidad durante
parte del día en Ámsterdam, Madrid, Munich, Roma, (aeropuerto de Fiumicino) y
Viena. Estos aeropuertos figuran entre los más críticos de la red aérea y
constituyen nodos esenciales para la red de gestión del tráfico aéreo. Los
problemas en dichos aeropuertos provocan un considerable efecto en cadena,
especialmente en caso de retrasos, para todos los aeropuertos de enlace que
dependen de las conexiones hacia estos «hubs» saturados, así como para las comunicaciones
de Europa con otras zonas del mundo. 9.
Este problema de capacidad aparece en un
contexto de aumento de la competencia y de cambios en el mercado mundial de la
aviación. En los próximos años, el crecimiento del transporte aéreo estará
impulsado principalmente por regiones como Asia Pacífico, Oriente Medio y
Latinoamérica. Esto significa que, aunque históricamente Norteamérica ha sido
el mayor mercado mundial de la aviación y Europa ha ocupado el segundo lugar,
en 2012-2013 se prevé que la zona de Asia Pacífico supere a ambas regiones. El
año 2010 ha reflejado claramente dicha tendencia: Pekín se ha convertido en el
segundo aeropuerto con más movimiento por el volumen de pasajeros, por detrás
de Atlanta. El aeropuerto Heathrow de Londres ha caído hasta la cuarta
posición, superado por Pekín y el aeropuerto O’Hare de Chicago. La lista de los
aeropuertos con el crecimiento más rápido en 2010 confirma esta tendencia y
solo incluye un aeropuerto de la UE entre los veinticinco primeros[10]. 10.
Por estas razones, Europa necesita aprovechar
al máximo su capacidad aeroportuaria actual y, en caso necesario, aumentarla a
fin de satisfacer la creciente demanda de transporte. En este sentido, aunque
los Estados miembros son responsables de la infraestructura aeroportuaria y,
por consiguiente, están a la cabeza en relación con el reto de la capacidad, la
UE puede contribuir a la modernización de la red aeroportuaria europea
destacando los problemas comunes y actualizando las normas aeroportuarias
existentes. Puede fomentar asimismo las inversiones, especialmente mediante
instrumentos financieros innovadores, con el objeto de impulsar el crecimiento,
garantizar la cohesión dentro de la UE y mejorar sus vínculos económicos,
sociales y culturales con el resto del mundo.
2.2.
Hacia una mejor utilización de la capacidad
existente y un aumento de la capacidad aeroportuaria
2.2.1.
Armonización de la capacidad terrestre y aérea
11.
Desde 2007, el proceso para el establecimiento
de un marco reglamentario para el Cielo Único Europeo ha avanzado a buen ritmo.
En 2009 se aprobó un segundo paquete legislativo con el objetivo de garantizar
que, a partir de 2012, ya existiera un Cielo Único Europeo. En la actualidad,
prácticamente se ha completado el marco. Los aeropuertos, que junto con la
gestión del tránsito aéreo constituyen la infraestructura de la aviación civil,
son uno de los pilares de dicha estructura[11].
De hecho, resultan esenciales para la red y si existen carencias de capacidad
en tierra, esto perjudicará al proyecto de Cielo Único en su conjunto. En otros
términos, resultará inútil aumentar la capacidad en el aire si la capacidad en
los aeropuertos no concuerda con la capacidad de gestión del tráfico aéreo
(ATM)[12]. 12.
Para el Cielo Único Europeo, resulta esencial
el sistema de evaluación del rendimiento[13],
que ofrece una oportunidad para mejorar el rendimiento de los servicio de
navegación aérea a escala de la UE en los ámbitos de la seguridad, el medio
ambiente, la capacidad/retrasos y la eficacia económica. En 2010, la Comisión
de evaluación del rendimiento de Eurocontrol fue designada como órgano de
evaluación del rendimiento y se establecieron los objetivos de rendimiento a
escala de la UE para el primer período de referencia 2012-2014[14]. La «parte aérea»
de los aeropuertos forma parte de este enfoque; no obstante, el papel de los
aeropuertos en la actualidad es limitado. 13.
Entre 2012 y 2014, solo se someterán a los
objetivos de rendimiento los servicios de navegación aérea de ruta,
mientras que el rendimiento de los servicios de navegación aérea en las terminales
(es decir, en los aeropuertos y sus alrededores) se empezará a supervisar a
partir de 2012[15].
Además, la capacidad de los servicios de navegación aérea no es la única
limitación. Los datos recopilados por el Centro de Análisis de Retrasos en Europa
indican que el 70 % de todos los retrasos se debe a los procesos de
rotación: los mayores retrasos los provocan las aerolíneas o sus servicios de
asistencia en tierra (aspectos técnicos, embarque, etc.), los aeropuertos
(equipo, etc.) u otras partes que participan en el proceso de rotación. 14.
A la luz de estas conclusiones, la Comisión
considera que la lógica del sistema de evaluación del rendimiento debería
también aplicarse a los aeropuertos en su conjunto, de acuerdo con un verdadero
enfoque «puerta a puerta», con el objetivo de optimizar e integrar todas las
fases de un vuelo, de un aeropuerto al otro. Por consiguiente, aunque el
rendimiento de los servicios de navegación aérea en las terminales
debería someterse a objetivos de rendimiento a partir de 2015 (año en que
comienza el segundo período de referencia, que abarca de 2015 a 2019), el
rendimiento no debería limitarse a la torre de control. Debería mejorarse
también en la estructura terrestre y abarcar a todos los operadores terrestres
(compañías aéreas, entidades gestoras de los aeropuertos, servicios de
seguridad y aduanas). Las propuestas de revisar las normas actuales para la
asignación de franjas horarias y de acceso a los servicios de asistencia en
tierra, que la Comisión presenta al mismo tiempo que la presente Comunicación,
deberían contribuir a la consecución de este objetivo. 15.
Los aeropuertos también participan en la
dimensión tecnológica del Cielo Único Europeo: el programa SESAR. SESAR posee
el potencial de ampliar la capacidad de los aeropuertos, satisfaciendo así la
demanda adicional, reduciendo el número de vuelos retrasados o cancelados y
mejorando los niveles de actividad y movilidad. En la actualidad, las
actividades relacionadas con los aeropuertos constituyen el 30 % de todas
las actividades de SESAR[16].
La consecución de este aumento de la capacidad requerirá unas inversiones
suficientes, oportunas y debidamente sincronizadas en equipos compatibles con
el SESAR. 16.
Los aeropuertos se encuentran entre los
entornos operativos interdependientes más complejos y la toma de decisiones en
colaboración aplicada a los aeropuertos (A- CDM) constituye una solución
magnífica para mejorar la eficacia general en los aeropuertos, permitiendo la
adopción de medidas en base a la información compartida y sin grandes
inversiones de capital[17].
Además, es un factor clave para el desarrollo de numerosos avances tecnológicos
en el marco del programa SESAR. En consecuencia, la Comisión considera que su
aplicación en los grandes aeropuertos de la UE debería acelerarse y basarse en
el Plan de acción A-CDM lanzado por Eurocontrol[18]. En el futuro,
debería estudiarse debidamente la posible ampliación de A-CDM a todos los
actores en tierra para garantizar una gestión coherente del pasaje, el
equipaje, la carga aérea y los aviones.
2.2.2.
Un mejor aprovechamiento de la capacidad
existente en los aeropuertos congestionados, mediante un sistema de asignación
de franjas horarias que utilice mejor los recursos
17.
El análisis del funcionamiento del actual
Reglamento sobre la atribución de franjas horarias ha demostrado que el sistema
de asignación actual no permite un uso óptimo de la capacidad limitada de los
aeropuertos con más movimiento[19].
Teniendo en cuenta la falta de capacidad prevista en algunos de los aeropuertos
más importantes y sus efectos secundarios sobre el rendimiento de la red en
general, así como el limitado desarrollo de nuevas infraestructuras
aeroportuarias en la UE, Europa no se puede permitir tal falta de eficacia. 18.
Por consiguiente, la Comisión ha propuesto la
modificación del actual Reglamento con objeto de introducir mecanismos basados
en el mercado en el conjunto de la UE mediante la instauración de garantías en
materia de transparencia o de competencia justa, en particular, una mayor
independencia para los coordinadores de las franjas horarias. Esto contribuirá
a garantizar que las franjas horarias se asignen a los transportistas que más
puedan aprovecharlas. Asimismo, incluye otras medidas que mejorarán la
utilización de las franjas horarias, garantizando al mismo tiempo el uso
correcto de este recurso limitado. 19.
Se calcula que, al revisar el sistema de
asignación actual, podrían acomodarse hasta 24 millones de pasajeros
adicionales cada año en los aeropuertos europeos, lo cual supondría unos
beneficios económicos de más de 5 000 millones de euros y hasta
62 000 puestos de trabajo de aquí a 2025 gracias a un sistema de
asignación que aproveche de un modo más eficiente los recursos[20].
2.2.3.
Encontrar un equilibrio entre el nivel deseado
de protección contra el ruido y las necesidades de transporte y movilidad
20.
Aunque el nivel de ruido de los aviones se ha
reducido en un 75 % en los últimos 30 años[21], numerosos
ciudadanos de la UE todavía están expuestos a niveles de ruido elevados que
producen graves daños en la salud. Para garantizar la sostenibilidad de la
aviación, las medidas destinadas a reducir el impacto acústico seguirán
resultando necesarias en varios de los principales aeropuertos. Dicho esto, las
medidas de tipo acústico no solo limitan la capacidad aeroportuaria en un
determinado aeropuerto, sino en el sistema de aviación en general debido a una
reacción en cadena. Por consiguiente, las decisiones sobre las medidas
acústicas y el nivel de protección acústica deseado deben garantizar un
equilibrio adecuado con las implicaciones que conllevan para la capacidad en
general. 21.
En consecuencia, la Comisión propone modificar
las normas actuales sobre las restricciones operativas relacionadas con el
ruido a fin de que las autoridades estén más preparadas para retirar gradualmente
las aeronaves más ruidosas de los aeropuertos. Además, reforzará el proceso de
evaluación del nivel de ruido de conformidad con los principios del enfoque
equilibrado para la gestión del ruido de la OACI con el objetivo de llegar a
una combinación óptima de las medidas más eficaces para encontrar un equilibrio
entre las necesidades de transporte y de movilidad y los niveles de protección
acústica. Por último, incluirá la posibilidad de que la Comisión examine el
procedimiento de evaluación del nivel de ruido y, en caso necesario, suspenda
la decisión sobre las restricciones de explotación relativas al ruido, antes de
su aplicación.
2.2.4.
Promover las inversiones públicas y privadas
para financiar las infraestructuras aeroportuarias a escala de la UE
22.
Sin duda, no bastará con optimizar el uso de
las instalaciones existentes. Los aeropuertos deben mejorar y desarrollar
continuamente sus instalaciones por numerosas razones, desde la mejora de la
eficiencia energética y el aumento de la utilización de dispositivos
ecológicos, hasta las medidas de seguridad o las cuestiones relacionadas con
las exigencias del mercado. Las inversiones más elevadas suelen estar
relacionadas con la ampliación de la capacidad y los aeropuertos europeos
prevén que, aunque han destinado un total de 120 000 millones de euros a
nuevas instalaciones entre 2000 y 2015, dicha cuantía será realmente
insuficiente[22]. 23.
La propuesta adoptada recientemente en que se
tratan las nuevas orientaciones para la RTE-T[23]
introduce una red de dos niveles: una red global y una red central. La red
global garantizará la accesibilidad a escala regional y a la red central,
mientras que esta última estará formada por las partes de mayor importancia
estratégica de la red global sobre la base del concepto de nodos multimodales
(principalmente, aunque no exclusivamente, ciudades y grandes aglomeraciones
urbanas). Debería completarse, a más tardar, antes de 2030 y convertirse en la
espina dorsal del sistema de transporte integrado de la UE. 24.
La red de aeropuertos de la RTE-T incluirá más
de 340 aeropuertos, de los cuales un mínimo de 82 formarán parte de la red
central[24].
Los proyectos de aeropuertos elegibles para recibir financiación estarán
relacionados con la conexión de los aeropuertos con el ferrocarril, la
optimización de la infraestructura existente, el aumento de la capacidad
aeroportuaria y el apoyo a la realización del Cielo Único Europeo, en
particular al despliegue del programa SESAR. Los Fondos Estructurales y de
Cohesión constituyen un elemento esencial de la política de infraestructura de
transporte de la UE y se coordinarán con las prioridades de la RTE-T,
respetando las normas en materia de ayudas estatales. 25.
En el marco de la RTE-T, los instrumentos
financieros que se indican a continuación contribuirán al desarrollo de los
aeropuertos: el nuevo mecanismo integrado «Instrumento de Interconexión para
Europa»[25]
respaldará los proyectos de enlace entre el transporte aéreo y ferroviario para
los aeropuertos de la red central, así como el SESAR y el Cielo Único Europeo;
las subvenciones a los aeropuertos de la red global se gestionarán a través del
Fondo de Cohesión y del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Además,
con objeto de apoyar la financiación del Instrumento de Interconexión para
Europa, la Comisión ha adoptado también la iniciativa Europa 2020 de «bonos
para la financiación de proyectos», que será uno de los numerosos instrumentos
de riesgo compartido a los que puede recurrir el mecanismo para captar
financiación privada para los proyectos prioritarios en todos los sectores del
transporte. 26.
Además, los proyectos de los aeropuertos
pueden beneficiarse de otros instrumentos de ingeniería financiera financiados
por la UE. Los proyectos de los aeropuertos pueden beneficiarse del
«Instrumento de Garantía de Préstamos para proyectos de la RTE-T» (LGTT), un
producto administrado y diseñado específicamente por el Banco Europeo de
Inversiones para la RTE-T. Otro producto, llamado Fondo Marguerite, consiste en
un fondo de capital paneuropeo que tiene por objeto actuar como catalizador de
la inversión en infraestructuras en aplicación de las principales políticas de
la UE, en particular en el sector de los aeropuertos. De forma general, la ayuda de la UE
facilitará el acceso al mercado de capitales. 27.
Además, debido a la naturaleza competitiva del
mercado de la aviación, debe prestarse atención al riesgo de que la
financiación pública de las infraestructuras aeroportuarias pueda distorsionar
la competencia. En la actualidad, se están revisando las Directrices comunitarias
sobre la financiación de aeropuertos y las ayudas estatales de puesta en marcha
destinadas a compañías aéreas que operen desde aeropuertos regionales,
adoptadas en 1994 y 2005[26].
A este respecto, debe tenerse en cuenta la coherencia de la financiación
pública de aeropuertos con las normas en materia de ayudas estatales. Aunque
algunas categorías de ayudas están justificadas, no deben provocar una
distorsión de la competencia.
3.
El reto de la calidad de los aeropuertos
28.
Los aeropuertos constituyen una interfaz clave
entre los pasajeros y las compañías aéreas; por tanto, la calidad de los
servicios prestados en los aeropuertos determina la experiencia de ambas
partes. Para los pasajeros, los aspectos que más valoran de su experiencia en
los aeropuertos probablemente incluyan la facilidad de acceso al aeropuerto, la
obtención rápida de información fiable, unos procesos sencillos de obtención de
la tarjeta de embarque y facturación del equipaje, unas esperas breves y la
disponibilidad del personal para asesorarles en caso de que se produzca alguna
incidencia. En los aeropuertos de más tamaño, resulta importante ofrecer una
experiencia agradable para el pasajero, al tiempo que se gestiona un tráfico de
miles de pasajeros por día en un entorno caracterizado por la saturación de las
infraestructuras. 29.
En lo que respecta a las relaciones con las
compañías aéreas clientes, los grandes cambios experimentados en el sector del
transporte aéreo en los últimos quince años, gracias al mercado europeo de la
aviación y a diversos acuerdos en materia de servicios aéreos con socios
mundiales clave, han dado como resultado aeropuertos que han evolucionado para
pasar de simples proveedores de infraestructuras a modelos de negocio de pleno
derecho y diversificados, que satisfacen diversas necesidades del mercado. Los
transportistas de carga, en particular, tienen unas necesidades específicas de
infraestructuras logísticas que respalden sus actividades, basadas en la pronta
entrega de elementos esenciales a empresas de todo el mundo. 30.
Evidentemente, la intervención reglamentaria
en este ámbito debe contribuir a mejorar la calidad de los servicios
facilitados por los aeropuertos, a la vez que garantizar que sigan siendo los
entornos prósperos y competitivos que son en la actualidad. Además, los
pasajeros europeos ahora dan por sentado un alto nivel de seguridad aérea y las
normas básicas en esta materia son de vital importancia.
3.1.
Promover la accesibilidad y la eficacia de los
aeropuertos mediante conexiones ferroviarias
31.
Para que un aeropuerto sea eficiente, debe ser
fácilmente accesible. Aunque los aeropuertos pequeños pueden racionalizar el
acceso a los mismos mediante una red bien organizada de servicios de autobús,
el ferrocarril constituye una opción sostenible adicional para los aeropuertos
de un determinado tamaño o que ya disponen de vías ferroviarias cerca de la
terminal. Básicamente, existen tres tipos de conexiones ferroviarias con los
aeropuertos. Los servicios llamados «Airport Express» ofrecen una conexión
segura y directa entre el centro de la ciudad y el aeropuerto, evitando los
atascos de tráfico, liberando las vías de acceso y reduciendo las emisiones de
CO2. Los aeropuertos medianos pueden operar asimismo servicios
ferroviarios regionales. Estos últimos amplían la zona de cobertura, de modo
que se precisan menos aeropuertos para cubrir una determinada zona. Los grandes
aeropuertos con una gran cantidad de vuelos de larga distancia pueden tener
conexiones con líneas de ferrocarril de alta velocidad, que actúan como
servicios de enlace y pueden reemplazar a algunos de los costosos vuelos de
corta distancia, liberando valiosas franjas horarias que podrían destinarse a
fragmentos del mercado que actualmente no disponen de tal servicio. Este tipo
de servicios, sin duda, beneficia a los pasajeros, pero cuando se pone en
práctica correctamente es una solución que beneficia a todos los actores del
sector: empresas de transporte aéreo, operadores ferroviarios y aeropuertos. 32.
La tendencia al desarrollo de la
intermodalidad aire-ferrocarril es claramente positiva, dado que cada vez se
firman más acuerdos entre los transportistas aéreos y ferroviarios y los
pasajeros se están acostumbrando a estos servicios. Se calcula que en 2011,
alrededor de 23 millones de pasajeros han accedido a los aeropuertos de la UE
mediante el ferrocarril desde su zona metropolitana. No obstante, todavía
siguen existiendo obstáculos, desde la fragmentación de las TI en el modo
ferroviario hasta cuestiones relativas a las responsabilidades jurídicas y
operativas, la coordinación de horarios, la emisión común de billetes, el
reparto de ingresos, etc. 33.
La Comisión seguirá fomentando el desarrollo
de servicios aire-ferrocarril de diversas maneras, mediante ayuda financiera a
infraestructuras intermodales (los principales aeropuertos de la UE deberán
estar conectados a la RTE-T de ferrocarril y carretera antes de 2050), grupos
de trabajo que reúnen a todas las partes interesadas o el desarrollo de normas
de interoperabilidad para los sistemas de información y emisión de billetes
mediante las normas ETI-ATP[27]
que elabora en estos momentos la Agencia Ferroviaria Europea.
3.2.
Mejorar los servicios de asistencia en tierra
34.
Aunque los servicios de asistencia en tierra
no siempre son visibles, la experiencia de los pasajeros, tanto en los
aeropuertos como durante el vuelo, depende de la calidad de dichos servicios.
Tanto si se trata de la adecuada recepción de los pasajeros en el aeropuerto,
de la correcta preparación del avión (por ejemplo, la limpieza de la cabina), o
de funciones esenciales para la operación segura del vuelo (por ejemplo, el
deshielo de la aeronave), estos servicios son indispensables para garantizar la
comodidad, la fiabilidad, la seguridad y la buena relación calidad-precio de
los vuelos. 35.
La Directiva original de 1996 sobre la
asistencia en tierra se centraba principalmente en la apertura del acceso al
mercado de los servicios de asistencia en tierra y permitió el desarrollo de
mercados cada vez más dinámicos en este ámbito. Sin embargo, siguen existiendo
grandes divergencias entre los Estados miembros en lo que respecta al grado de
competencia en los servicios restringidos y el régimen de acceso. Además, lo
importante ahora es velar por que todas las piezas de la cadena del transporte
aéreo funcionen debidamente para el beneficio del sistema de transporte aéreo
en su conjunto (enfoque denominado «puerta a puerta»). 36.
El marco jurídico de 1996 ya no es suficiente.
Los servicios de asistencia en tierra no son suficientemente eficientes debido
a los obstáculos al acceso y la expansión. Además, la calidad global de los
servicios de asistencia en tierra no se ha mantenido a la altura de las nuevas
necesidades en términos de fiabilidad, flexibilidad, seguridad y calidad
ambiental. En consecuencia, no se están aprovechando debidamente las ventajas
de la liberación ni se están reflejando plenamente en los usuarios finales, es
decir, las empresas y los ciudadanos. 37.
Aunque todavía deben adoptarse medidas
adicionales para garantizar la igualdad de acceso al mercado, la oferta de servicios
de calidad también depende de otros factores. En un sector con un fuerte
intensidad de mano de obra, como es la asistencia en tierra, deben tenerse en
cuenta cuestiones importantes de orden social. El sistema de licitación afecta
a las condiciones laborales del personal y fomenta una mayor rotación del
mismo. No obstante, el marco jurídico actual en el sector de la asistencia en
tierra no permite la adopción de medidas de atenuación en lo que respecta al
traspaso de personal de un operador a otro, fuera de las garantías ya previstas
en la Directiva 2001/23/CE del Consejo[28].
El desarrollo y formación continuos del personal influyen considerablemente en
la calidad del servicio, pero el marco jurídico actual tampoco aborda la
cuestión de la formación del personal. Además, las dificultades económicas
actuales dan pie a medidas de recorte de gastos que se reflejan en la reducción
de la inversión en capital humano y, en consecuencia, en la falta de formación
del personal. A su vez, la contratación de personal poco cualificado aumenta la
probabilidad de que se ofrezcan servicios de mala calidad y empeora el nivel de
seguridad de los servicios de asistencia en tierra. 38.
Las importantes incidencias que provocaron
perturbaciones graves en los vuelos, como la crisis de las cenizas volcánicas y
las fuertes nevadas que paralizaron los principales aeropuertos clave, hicieron
patente la necesidad de mejorar la coordinación de las operaciones terrestres
en los aeropuertos europeos y en la red en su conjunto (para hacer frente a la
reacción en cadena) y de asistir de manera eficaz a los pasajeros afectados. En
los grandes aeropuertos, que resultan especialmente importantes para la red, la
entidad gestora del aeropuerto debe garantizar que las operaciones terrestres
estén debidamente coordinadas, en particular mediante planes de emergencia y
normas mínimas de calidad. Asimismo, para que los pasajeros puedan ejercer sus
derechos, la experiencia ha demostrado que la empresa de transporte debe estar
presente o representada en el aeropuerto. Esto no siempre es así y, en
consecuencia, los aeropuertos se han enfrentado a difíciles situaciones. La
Comisión estudiará esta cuestión en el contexto de la revisión del Reglamento
261/2004[29],
que permitirá estudiar si la compañía aérea debe asumir en su totalidad la
carga financiera asociada a la ayuda y la asistencia cuando el retraso o
cancelación hayan sido provocados por otros agentes.
3.3.
Tasas aeroportuarias y tasas relativas a la
seguridad: mejorar su transparencia y su relación con los costes para las
compañías aéreas y los pasajeros
39.
Un acceso equitativo a las infraestructuras
aeroportuarias a unos precios justos para las aerolíneas contribuye
considerablemente a la eficacia del sistema global de transporte aéreo. En
2009, se produjo un gran avance en la Unión Europea con la adopción de la
Directiva relativa a las tasas aeroportuarias, que establece normas mínimas
comunes para la determinación de las tasas aplicadas a las compañías aéreas por
la utilización de las infraestructuras aeronáuticas necesarias para la
operación de los vuelos. 40.
Todavía deben alcanzarse dos objetivos. Por un
lado, la aplicación de la Directiva de 2009, que los Estados miembros debían
transponer antes del 15 de marzo de 2011. La Comisión ya ha iniciado el examen
de las medidas nacionales adoptadas e informará al respecto al Consejo y al
Parlamento Europeo en 2013. 41.
Por otro lado, un segundo objetivo relacionado
con las tasas de seguridad aérea. Desde 2002, la legislación de la UE impone
unos requisitos de seguridad más estrictos a los Estados miembros y a los
aeropuertos. En la actualidad, la recuperación de los costes relativos a la
seguridad aérea se regula a escala nacional. No obstante, la información
ofrecida a los pasajeros sobre estos costes no siempre es adecuada y no se
consulta sistemáticamente a las compañías aéreas en todos los aeropuertos de la
UE. La información y las consultas son esenciales para garantizar que los
precios abonados por los pasajeros y ciudadanos se determinan de un modo justo
y transparente. Además, esta situación entorpece la existencia de condiciones
de competencia equitativas tanto para los aeropuertos como para las compañías
aéreas. Unas tasas relativas a la seguridad no discriminatorias y estrictamente
vinculadas a los costes son, por consiguiente, esenciales para garantizar una
competencia leal y no falseada entre compañías aéreas y entre aeropuertos. En
2009 se elaboró una propuesta relativa a las tasas de seguridad aérea, basada
en el enfoque elegido para la Directiva relativa a las tasas aeroportuarias,
con el objeto de garantizar que las tasas de seguridad sean calculadas en
función de los costes.
3.4.
Examinar los controles de seguridad en vigor
en los aeropuertos europeos y elaborar una agenda para el futuro
42.
El marco jurídico vigente de la UE en materia
de seguridad aérea[30]
ofrece a la UE un sólido sistema de seguridad. Sin embargo, los pasajeros, el
sector de la aviación y los aeropuertos suelen considerar que los controles de
seguridad son excesivamente gravosos. Debe encontrarse un equilibrio entre el
aumento de la seguridad y la facilitación de los desplazamientos. 43.
Teniendo esto en cuenta, la actual prohibición
del transporte de líquidos y geles en el equipaje de mano vencerá en abril de
2013: los pasajeros podrán transportar líquidos a bordo de los aviones, siempre
que se sometan a los controles en los aeropuertos de la UE[31]. Más
recientemente, se ha autorizado el empleo de escáneres de seguridad que no
utilizan radiaciones ionizantes, sujeto a ciertas condiciones mínimas, para el
control de los pasajeros[32].
La tecnología de escaneado está avanzando rápidamente y podría facilitar las
operaciones de seguridad, tanto para los pasajeros como para los aeropuertos,
por ejemplo disminuyendo los registros manuales. 44.
La Comisión está realizando una reflexión
general sobre el modo de mejorar la seguridad aérea a largo plazo, de modo que
resulten beneficiados tanto los pasajeros como otras partes interesadas. En
general, podría aplicarse un enfoque más «basado en los riesgos» al desarrollo
de las medidas de atenuación a escala de la UE, un concepto que podría
ampliarse para concentrar los controles de seguridad en aquellos elementos que,
según la información facilitada por los servicios de inteligencia, generen un
mayor riesgo. El futuro sistema de seguridad debería ser un sistema de buena
calidad que garantice un alto nivel de seguridad y goce de la aceptación y la
confianza de los pasajeros.
3.5.
Mejorar la seguridad de las operaciones
aeroportuarias
45.
Tal como se destaca en el Plan de acción de
2007, la utilización intensiva de los aeródromos y el aumento de los volúmenes
de tráfico requieren unos niveles mayores de seguridad. 46.
La UE ha tomado medidas decisivas en este
ámbito con la adopción, en 2009, del Reglamento 1108/2009[33], que amplía las
actividades de elaboración de normas, armonización y análisis de la seguridad
de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA) a la seguridad de los
aeródromos. Esto significa que, en breve, los aeropuertos deberán respetar unos
requisitos comunes de seguridad. Actualmente se están elaborando unas normas de
seguridad detalladas para los aeródromos; la AESA publicará las propuestas
antes de que finalice 2012 para su adopción final por parte de la Comisión. Una
mejor coordinación de las operaciones aeroportuarias también contribuirá a
mejorar la seguridad.
4.
El Observatorio Comunitario sobre la capacidad de los
aeropuertos: ha llegado la hora de cambiar de velocidad
47.
Como primer paso hacia la aplicación del Plan
de acción de 2007, la Comisión creó en 2008 el Observatorio Comunitario sobre
la capacidad de los aeropuertos, que constituye un foro consultivo para
promover la sensibilización y el intercambio de datos, así como para ofrecer
asesoramiento sobre la puesta en práctica del Plan de acción. Se concedió
prioridad a cuestiones como el desarrollo de una metodología para evaluar la
capacidad de los aeropuertos, un inventario de la infraestructura aeroportuaria
europea, los aeropuertos que aplican el enfoque «puerta a puerta», y la
intermodalidad aire-ferrocarril. Simultáneamente, se adoptaron diversas medidas
en el marco de otras políticas. En el anexo de la presente comunicación puede
encontrarse una presentación general de los progresos realizados hasta el
momento en relación con las cinco acciones clave identificadas por el Plan de
acción. 48.
En los próximos meses, la Comisión revisará el
mandato del Observatorio para incluir asimismo cuestiones relacionadas con la
calidad y el rendimiento. Además, dado que tiene
previsto seguir más de cerca la evolución de la capacidad de los aeropuertos a
escala de la UE, la Comisión encargará al Observatorio que, antes de que
finalice 2012, elabore una actualización del estudio de 2008 dedicado al
desafío del crecimiento («Challenge of Growth»),recurriendo a la
capacidad técnica y los conocimientos de Eurocontrol. Dicha actualización
también debería contribuir a completar la función operativa y estratégica del
gestor de red recientemente creado. Sobre la base de sus resultados, la
Comisión pedirá a los Estados miembros que desarrollen y presenten estrategias
nacionales sobre la capacidad de los aeropuertos, teniendo en cuenta todas las
implicaciones de la red y, en particular, la necesidad de garantizar el éxito
del Cielo Único Europeo.
5.
Conclusión
49.
Actualmente, el sector de la aviación en
Europa es uno de los componentes más dinámicos y con mejores resultados de la
economía europea, y los aeropuertos europeos desempeñan una función esencial en
la cadena del transporte aéreo. Dado que cada año se desplazan por aire cerca
de 800 millones de pasajeros desde y hacia la UE (un tercio del mercado
mundial, prácticamente el triple que cuando se liberalizó el tráfico aéreo a
principios de la década de 1990), el transporte aéreo europeo es un sector
líder en el mundo. 50.
Por consiguiente, resulta esencial actualizar
este modelo cuando sea necesario y garantizar que siga teniendo éxito. Las
compañías aéreas, los aeropuertos, los servicios de gestión del tráfico aéreo,
de asistencia en tierra y de otro tipo son indisociables, están interconectados
y deben cooperar de un modo óptimo para seguir obteniendo grandes resultados en
términos de movilidad, calidad y flexibilidad. Los aeropuertos son muy
interdependientes desde el punto de vista operativo y no deben tenerse en
cuenta de forma aislada, sino como parte de una red aeroportuaria europea. Una
red europea de aeropuertos moderna es un elemento esencial para la estrategia
de la UE para el crecimiento, para garantizar la conectividad dentro y fuera de
la UE y para instaurar una movilidad sostenible. En consecuencia, la Comisión
propone: –
revisar el Reglamento (CEE) nº 95/93 relativo
a normas comunes para la asignación de franjas horarias en los aeropuertos
comunitarios; –
derogar la Directiva 96/67/CE y sustituirla
por un Reglamento sobre los servicios de asistencia en tierra en los
aeropuertos de la UE; –
derogar la Directiva 2002/30/CE y sustituirla
por un Reglamento relativo a las restricciones operativas relacionadas con el
ruido en los aeropuertos de la UE en el marco de un enfoque equilibrado. ANEXO SOBRE LA APLICACIÓN DEL PLAN DE
ACCIÓN PLAN DE ACCIÓN 2007 || CALENDARIO || ACCIÓN Creación de un Observatorio || || Creación de un Observatorio Comunitario sobre la capacidad de los aeropuertos en noviembre de 2008. 1) APROVECHAR MEJOR LAS CAPACIDADES AEROPORTUARIAS EXISTENTES Mandato a Eurocontrol para desarrollar herramientas metodológicas armonizadas de evaluación de la capacidad aeroportuaria. || Principios de 2007 || El Grupo de trabajo 1 «Capacidad» ha elaborado una lista de control con los «requisitos funcionales» que podrían tenerse en cuenta en cualquier método de evaluación de la capacidad. Inventario de evaluación de la capacidad para toda la UE para mejorar la sensibilización y la información sobre las necesidades de capacidades regionales. || 2007 || El Grupo de trabajo 1 «Capacidad» desarrolló un proyecto de cuestionario para realizar un inventario de la capacidad de los aeropuertos que, posteriormente, se validó con una muestra de aeropuertos. Se recibieron respuestas de 24 Estados miembros en relación con 62 aeropuertos. Coherencia entre la atribución de las franjas horarias en los aeropuertos y los planes de vuelo. || 2007 – 2008 || Reglamento (UE) nº 255/2010 de la Comisión sobre la gestión de afluencia del tráfico aéreo. Posible impacto en las operaciones aeroportuarias del informe de 2007 sobre la aplicación del Cielo Único Europeo. || A partir de mediados de 2007 || El Grupo de trabajo 2 «Enfoque puerta a puerta» contribuyó a la Propuesta de Reglamento de la Comisión relativo a normas comunes para la asignación de franjas horarias en los aeropuertos comunitarios (refundición del Reglamento 95/93). Mandato a Eurocontrol para la elaboración de normas de aplicación con vistas a la introducción de la toma de decisión en colaboración en los aeropuertos europeos. || 2008 || Plan de acción conjunto ACI-EUROPE/ Eurocontrol /CANSO en el ámbito de la toma de decisión en colaboración en los aeropuertos: completamente aplicado en cuatro aeropuertos; en curso en veinticinco aeropuertos. 2) UN ENFOQUE COHERENTE DE LAS OPERACIONES DE SEGURIDAD AÉREA Ampliación de las competencias de la AESA a las operaciones aeroportuarias. || Principios de 2008 || Adopción del Reglamento (CE) nº 1108/2009 por el que se amplían las actividades de reglamentación, normalización y análisis de la seguridad de la AESA al ámbito de la seguridad en los aeródromos. Las labores relacionadas con su aplicación se iniciaron en 2010. Actualmente, la AESA está elaborando unas normas de seguridad para aeródromos y realizando consultas sobre las mismas. Certificación de la señal EGNOS/Galileo en el espacio e inclusión de la explotación del GNSS en el Plan Europeo de Radionavegación. || Desde 2008 || El proveedor de servicios EGNOS (ESSP) fue certificado por la ANS francesa como proveedor de servicios de navegación aérea (en el marco de la reglamentación sobre el Cielo Único Europeo) en julio de 2010. A partir de 2012, la AESA asumirá el control de la seguridad de ESSP. El «servicio de salvaguardia de la vida» (SoL) de EGNOS está disponible desde enero de 2011 y, en Francia, ya se han publicado diversos procedimientos de aterrizaje basados en EGNOS. La integración total del GNSS en los procedimientos operativos de gestión del tráfico aéreo está prevista a partir de SESAR. || 2007 || En el plan director de gestión del tránsito aéreo europeo, se hace referencia a EGNOS como una herramienta tecnológica que permite la aplicación de mejoras operativas compatibles con el SESAR en lo que respecta a la mejora de las capacidades de navegación y aterrizaje. 3) FOMENTO DE LA COMODALIDAD DE LOS MODOS DE TRANSPORTE Fomento y financiación de infraestructuras intermodales en el marco de los programas relativos a la RTE-T y a la política europea de cohesión. || A partir de 2007 || El grupo de trabajo 3 sobre «Intermodalidad aire-ferrocarril» está elaborando una serie de recomendaciones basadas en la experiencia práctica y en las mejores prácticas. Emisión de billetes integrada para transporte aéreo-ferroviario. || Principios de 2007 || Entre el 4 de julio y el 30 de septiembre de 2008, se celebró una consulta pública sobre un sistema de emisión de billetes integrado para el transporte aéreo-ferroviario. La agencia Ferroviaria Europea está trabajando en el tema de la emisión de billetes a través de la iniciativa ETI-ATP. 4) NECESIDAD DE CONCEDER UNA GRAN AGTENCIÓN A LAS NUEVAS INFRAESTRUCTURAS Aplicación de la Directiva sobre el ruido || 2007 – 2008 || El 15 de febrero de 2008, la Comisión adoptó un informe sobre la aplicación de la Directiva 2002/30/CE. 5) DESARROLLO Y APLICACIÓN DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Aplicación rápida de tecnologías maduras, como las funciones de vigilancia y control de los sistemas A-SMGCS. || A partir de 2007 || Véase más arriba la información sobre la toma de decisión en colaboración en los aeropuertos. Los sistemas y herramientas SESAR aumentarán considerablemente la capacidad aeroportuaria. || 2007 – 2013 || Las actividades relacionadas con los aeropuertos en la actualidad constituyen alrededor del 30 % de todas las actividades SESAR, en el marco del cual se pusieron en marcha más de 50 proyectos dentro de los dos paquetes de medidas específicas para los aeropuertos. [1] La Cumbre de aviación celebrada en Brujas reunió a los
principales representantes del sector aeronáutico europeo a fin de abordar los
desafíos a los que se enfrenta el sector. Sus conclusiones se encuentran en la
«Declaración de Brujas». [2] COM(2011) 144. [3] COM(2006) 819. Véanse asimismo las conclusiones del
Consejo de 2 de octubre de 2007 y la Resolución del Parlamento Europeo de 11 de
octubre de 2007. [4] La Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA)
prevé que en 2050 se alcanzarán las cifras de 16 000 millones de pasajeros
y 400 millones de toneladas de carga en el mundo (en comparación con 2 400
millones y 40 millones, respectivamente, en 2010). Airbus prevé un crecimiento
anual del 4,8 % entre 2010 y 2030. [5] Según Eurocontrol, se realizarán más de 16,9 millones de
desplazamientos aéreos en Europa en 2030, una cifra 1,8 veces superior a
la de 2009 (véase Eurocontrol «Long-Term Forecast Flight Movements 2010-2030»).
El tráfico en Europa aumentará un 4,2 % entre 2010 y 2030, principalmente
debido al tráfico con origen o destino en Asia y el Pacífico asiático (véase «Global
Market Forecast 2011-2030» de Airbus). [6] Véase Eurocontrol, «Challenges of Growth 2008» y
«Long-Term Forecast Flight Movements 2010-2030». [7] De estos diecinueve aeropuertos, trece se encuentran en
la UE. [8] Véase Eurocontrol, «Performance Review Report 2010» de
la Comisión de Evaluación de los Resultados. [9] «Impact Assessment of Revisions to Regulation 95/93» (Evaluación
de impacto de las revisiones del Reglamento 95/93), preparada por Steer Davies
Gleave, marzo de 2011. [10] ACI, «World Annual Traffic Report» para 2010. [11] La Conferencia de Alto Nivel sobre la aplicación del Cielo
Único Europeo, celebrada en Budapest en marzo de 2011, identificó un conjunto
de medidas concretas y eficaces que deben adoptar las partes pertinentes,
incluidos los aeropuertos, para la aplicación del Cielo Único Europeo. Se tiene
en cuenta a los aeropuertos en el Reglamento de la Comisión sobre las funciones
de la red (Reglamento (UE) nº 677/2011 de la Comisión, DO L 185 de
15.7.2011, p. 1). En particular, se tienen en cuenta los principales
aeropuertos europeos en el Plan de operaciones de la red y cada aeropuerto
incluido en dicho Plan debe cooperar con el Gestor de la Red. [12] Declaración de Madrid – Conclusiones de la Conferencia de
Alto Nivel sobre la hoja de ruta para la aplicación del Cielo Único Europeo,
Madrid, 25 y 26 de febrero de 2010, punto 4. [13] Reglamento (CE) nº 691/2010 de la Comisión, DO L 201
de 3.8.2010, p. 1. [14] Decisión 2011/121/UE de la Comisión, DO L 48 de 23.2.2011,
p. 16. Deberían alcanzarse las siguientes mejoras: en materia medioambiental,
una mejora del 0,75 % del indicador de la eficacia media del vuelo en ruta
horizontal en 2014;en materia de capacidad, una disminución del retraso de 0,5
minutos por vuelo en 2014; en materia de eficacia económica, una mejora del 10 %
durante el período. [15] Además, los operadores de aeropuertos con más de 150 000
movimientos comerciales por año y todos los aeropuertos coordinados y con
horarios facilitados con más de 50 000 movimientos comerciales por año ya
suministran los datos requeridos en función de la Directiva sobre el sistema de
evaluación del rendimiento del Cielo Único Europeo. [16] Los proyectos están principalmente relacionados con
cuestiones como la reducción del tiempo de ocupación de las pistas, las
separaciones de los aviones (en particular, los vórtices de estela), los sistemas
de orientación terrestre que abarquen tanto los sistemas de los aeropuertos
como a bordo de los aviones y la seguridad de las pistas (en particular, el
desarrollo de sistemas integrados que incluyan el ATC, los aviones y los
vehículos). [17] En la CDM-Aeropuertos, la información «no confidencial
desde el punto de vista comercial» se pone a disposición de todos los socios:
la Unidad Central de Gestión de Flujos de Eurocontrol, ATCO, los operadores de
aeropuertos, los operadores de los aviones, los pilotos y los servicios de
asistencia en tierra. La CDM-Aeropuertos es una herramienta de eficacia
demostrada que puede ayudar a los aeropuertos, en particular mejorando la
eficacia general de la rotación de los aviones y de la secuenciación para el
despegue. Puede disminuir los retrasos en cascada a nivel de la red
aeroportuaria y recuperar el tiempo perdido por inclemencias meteorológicas o
de otro tipo que provocan pérdidas de la capacidad aeroportuaria. [18] Véase el Plan de acción conjunto
ACI-EUROPE/Eurocontrol/CANSO para la aplicación de la CDM-Aeropuertos en los
aeropuertos europeos. [19] Véase la Evaluación de impacto de la Comisión que acompaña
a la Propuesta de Reglamento relativo a normas comunes para la asignación de
franjas horarias en los aeropuertos comunitarios (refundición). [20] Ídem. [21] La UE está a la vanguardia en el desarrollo de aeronaves
más limpias y silenciosas. Clean Sky, en particular, es una de las principales
iniciativas de la UE en materia de investigación, con un presupuesto estimado
de 1 600 millones de euros para un período de siete años. Esta asociación
público-privada acelerará el descubrimiento de nuevos avances tecnológicos que
se emplearán en la flota aérea del futuro. [22] Véase ACI-EUROPE, «An outlook for Europe’s airports»,
2010. [23] COM(2011) 665. [24] El umbral para la financiación de las obras se duplicará
desde un 10 % a un 20 % del coste total, mientras que en el caso de
los estudios se seguirá financiando el 50 % del coste total. [25] Durante el período 2014-2020, el instrumento asignará
31 700 millones de euros al transporte, de los cuales 10 000 millones
de euros se destinarán a inversiones en las infraestructuras de transporte en
los Estados miembros beneficiarios del Fondo de Cohesión. [26] La Comisión lanzó una consulta pública de los distintos
actores implicados que se celebró entre abril y junio de 2011 como el primer
paso en el proceso de revisión. Las respuestas se publicaron el 18 de octubre
de 2011 y pueden consultarse en el sitio web Europa. [27] Especificaciones técnicas de interoperabilidad para las
aplicaciones telemáticas para pasajeros. [28] Directiva 2001/23/CE de Consejo, de 12 de marzo de
2011, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros
relativas al mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de
traspasos de empresas, de centros de actividad o de partes de empresas o de
centros de actividad (DO L 82 de 22.3.2001). [29] Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes
sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de
embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el
Reglamento (CEE) n° 295/91 (DO L 46 de 17.2.2004). [30] En particular, el Reglamento (CE) nº 300/2008 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, sobre normas comunes
para la seguridad de la aviación civil y por el que se deroga el Reglamento
(CE) nº 2320/2002, de 16 de diciembre de 2002, y sus disposiciones de
aplicación. [31] Reglamento (EU) nº 720/2011 de la Comisión, de 22 de
julio de 2011 ( DO L 193 de 23.7.2011, p. 19-21). [32] Reglamento (UE) nº 1141/2011 de la Comisión, de 10 de
noviembre de 2011 y Reglamento de Ejecución (UE) nº 1147/2011 de la Comisión,
de 11 de noviembre de 2011. [33] Reglamento (CE) n° 1108/2009, (DO L 309 de 24.11.2009, p.
51).