52011DC0816




DICTAMEN DE LA COMISIÓN

de 30.11.2011

sobre una evaluación del EIT efectuada por expertos independientes

Contexto

1) El 11 de marzo de 2008 se creó el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (en lo sucesivo «EIT») mediante el Reglamento (CE) nº 294/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo[1] (en lo sucesivo «el Reglamento»).

2) De conformidad con el artículo 16, apartado 2, del Reglamento relativo al EIT, la Comisión llevará a cabo una evaluación del EIT. Dicha evaluación se basará en una evaluación externa independiente y en ella se examinará la forma en que el EIT cumple su misión.

3) El 31 de mayo de 2011, Ecorys completó la evaluación externa del EIT.

4) Con arreglo al artículo 16, apartado 3, del Reglamento relativo al EIT, la Comisión transmitirá los resultados de dicha evaluación, junto con su propio dictamen y, en su caso, junto con cualquier propuesta de modificación de dicho Reglamento, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones.

Observaciones

5) La Comisión reconoce los resultados de la evaluación externa del EIT.

6) La Comisión apoya las siguientes recomendaciones de la evaluación externa independiente y pedirá al EIT que las aplique:

- El EIT debería mantener su forma actual en el próximo marco financiero plurianual. Su enfoque ha demostrado tener un gran potencial. El EIT debería ampliarse de manera gradual y seguir centrándose en el refuerzo de los centros de excelencia ya existentes.

- Con vistas a la selección y designación de las futuras CCI, el EIT debería facilitar una orientación clara y coherente sobre sus expectativas, así como sobre las obligaciones y responsabilidades de las futuras CCI. Antes de la publicación de la convocatoria para la selección y designación de nuevas CCI, el EIT debería publicar los grandes temas de interés a fin de que los consorcios puedan desarrollar sus planes y garantizar un plazo suficiente para preparar sus propuestas.

- Para el período 2011-2014, el EIT debería centrarse principalmente en la consolidación y los resultados. Debería establecer procedimientos sólidos desarrollados a través de un proceso de aprendizaje mutuo con las actuales CCI. El EIT debería seguir desarrollando, en colaboración con la Comisión Europea y las actuales CCI, otros procedimientos simplificados aplicables para el funcionamiento del EIT en el marco del programa Horizonte 2020 (el Programa Marco de Investigación e Innovación).

- El EIT debería establecer unos procedimientos de seguimiento sólidos en asociación con las CCI y en cooperación con la Comisión Europea. Esto debería incluir la medición de los resultados del EIT respecto de sus propios objetivos. Debería hacerse hincapié en el establecimiento de un enfoque basado en los resultados. Una prioridad inmediata es utilizar los resultados de este procedimiento de seguimiento para evaluar los resultados de las distintas CCI y del EIT en general.

- El EIT debería adoptar una cultura de apertura y compromiso con el exterior, que le permita desarrollar y compartir experiencias prácticas. Debería intentar colaborar con expertos exteriores en el desarrollo de nuevos modelos de emprendimiento, innovación y educación, trabajar activamente con otras iniciativas que tengan objetivos similares y examinar cómo sus actividades pueden contribuir a desarrollar las capacidades en toda la UE.

- El EIT debería tener un carácter distintivo, pero debe tratar de promover sinergias con otras iniciativas de la Unión Europea y con programas en los ámbitos de la educación, la investigación y la innovación. La inclusión del EIT en Horizonte 2020 —el Programa Marco de Investigación e Innovación— contribuirá a crear lazos más estrechos con otras iniciativas de investigación e innovación de la UE dirigidas a promover agendas comunes.

- El EIT debería publicar las conclusiones que ha sacado de la aplicación de las excepciones disponibles en relación con las normas financieras y los reglamentos por los que se rigen sus operaciones. Dichas expectativas deberían basarse en las enseñanzas extraídas de la creación de las primeras CCI y debería buscarse un equilibrio entre un deseo de flexibilidad y de un enfoque simplificado y la necesidad de responsabilidad respecto de los fondos públicos. Ello deberá contribuir al desarrollo futuro de Horizonte 2020, el Programa Marco de Investigación e Innovación.

- El EIT debería revisar su estrategia de comunicación y el desarrollo de la marca del EIT. El EIT debería adoptar un planteamiento más proactivo en el desarrollo de su marca e identificar claramente los valores que pretende promover.

- El EIT debería revisar sus niveles de dotación de personal, recursos y procedimientos de gestión interna a la luz del modelo estratégico seleccionado para la institución. Los aumentos de personal deberían ser graduales y deberían estar ligados a cualquier incremento de funciones del EIT.

- El EIT debería seguir desarrollando su función estratégica. Debería centrarse en cómo la experiencia adquirida a través del funcionamiento de las CCI puede utilizarse para desarrollar la capacidad de innovación en los Estados miembros de toda la UE. No se trata de una actividad que requiera recursos importantes, sino que debería complementar el trabajo realizado por las CCI.

Hecho en Bruselas, el 30.11.2011

Por la Comisión

Androulla Vassiliou

Miembro de la Comisión

[1] DO L 97 de 9.4.2008, p. 1.