17.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 157/18


Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (1)

(Anuncio relativo a la solicitud de autorización exclusiva de investigación de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominada «Permis de Chailley»)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 157/10

Mediante petición con fecha de 13 de febrero de 2009, la empresa Thermopyles SAS, con sede social en 50 rue du Midi, 94300 Vincennes, (FRANCE), solicitó, por una duración de cinco (5) años, una autorización exclusiva para la investigación de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominada «Permis de Chailley», referida a una superficie de aproximadamente 671 km2 situada en el territorio de los departamentos de Yonne y Aube.

El perímetro que abarca esta autorización está constituido por los arcos de meridiano y de paralelo que enlazan sucesivamente los vértices definidos a continuación por sus coordenadas geográficas, siendo el meridiano de origen el de París.

Vértice

Longitud grados cent. este

Latitud grados cent. norte

A

1,80

53,50

B

1,30

53,50

C

1,30

53,30

D

1,80

53,30

Presentación de solicitudes y criterios de adjudicación de la autorización

Los titulares de la solicitud inicial y de las que compitan con esta deberán cumplir las condiciones necesarias para la concesión de la autorización, definidas en los artículos 4 y 5 del Decreto no 2006-648, de 2 de junio de 2006, relativo a los títulos mineros y a los títulos de almacenamiento subterráneo (Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006).

Las empresas interesadas pueden presentar una solicitud de concurso, en el plazo de noventa días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio, de conformidad con el procedimiento resumido en el «Anuncio para la obtención de títulos mineros de hidrocarburos en Francia», publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 374, de 30 de diciembre de 1994, página 11, y establecido mediante el Decreto no 2006-648, de 2 de junio de 2006, relativo a los títulos mineros y a los títulos de almacenamiento subterráneo (Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006).

Las solicitudes para concursar se dirigirán al ministro responsable de la minería, cuya dirección se indica más abajo. Las decisiones sobre la solicitud inicial y sobre las que compitan con ésta se adoptarán en el plazo de dos años a partir de la fecha de recepción por las autoridades francesas de la solicitud inicial, es decir, el 18 de febrero de 2011 a más tardar.

Condiciones y requisitos sobre el ejercicio de la actividad y su cese

Se invita a los solicitantes a remitirse a los artículos 79 y 79.1 del Código minero y al Decreto no 2006-649, de 2 de junio de 2006, relativo a los trabajos de minería, a los trabajos de almacenamiento subterráneo y a la policía de minas y de almacenamientos subterráneos (Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006).

Podrá obtenerse información complementaria en el «ministère de l'Écologie, de l’Énergie, du Développement durable et de la Mer»: Direction générale de l'énergie et du climat, Direction de l’énergie, Sous-direction de la sécurité d’approvisionnement et nouveaux produits énergétiques Grande Arche de la Défense/Paroi Nord, 92055 La Défense Cedex, FRANCE, Tel. +33 140819529.

Las disposiciones reglamentarias antes mencionadas pueden consultarse en Légifrance: http://www.legifrance.gouv.fr


(1)  DO L 164 de 30.6.1994, p. 3.