3.7.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 178/6


Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

2010/C 178/04

Ayuda no: XA 65/10

Estado miembro: Chipre

Región: —

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Solicitud de indemnización de D. Panikos Panayidis, residente en Ziyi, relativa al desmantelamiento/traslado de las instalaciones de sus invernaderos, que están situados en terrenos turco-chipriotas que han sido expropiados, en el marco del traslado de Marí a Ziyi.

Base jurídica: Decisión del Consejo de Ministros no 69308 de 23.9.2009, denominada «Αίτημα αποζημίωσης από τους κ.κ. Πανίκο Παναγίδη και Σωτήρη Σιημητρά, κατοίκους Ζυγίου, για την αποξήλωση/μετακίνηση των εγκαταστάσεων των θερμοκηπίων τους, που βρίσκονται σε Τ/Κ γη που έχει απαλλοτριωθεί, στα πλαίσια της μετακίνησης της Κοινότητας Μαρί στο Ζύγι».

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: De acuerdo con lo dictaminado por el Director del Departamento de Agricultura, se abonarán a D. P. Panayidis unas indemnizaciones que ascienden a 52 714 EUR. Tales indemnizaciones corresponden al valor de sustitución de las instalaciones del agricultor.

Intensidad máxima de la ayuda: —

Fecha de ejecución: Las ayudas individuales se harán efectivas una vez finalice el procedimiento de publicación de las mismas sobre la base del Reglamento (CE) no 1857/2006.

Duración del régimen o de la ayuda individual: La ayuda se concederá en un solo pago.

Objetivo de la ayuda: Artículo 6 del Reglamento (CE) no 1857/2006 — Traslado de edificios agrarios por interés público.

Sector o sectores beneficiarios: Cultivo en invernaderos.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Ministerio del Interior

1453 Λευκωσία/Nicosia

CYPRUS

Dirección web: http://moi.gov.cy/index.php?nc=30&l=2

Otros datos: El Consejo de Ministros, en virtud de la Decisión no 66751 de 6 de febrero de 2008, adoptó el Plan de Concesión de Incentivos para fomentar el traslado de los habitantes del municipio de Marí al de Ziyi. Con este fin, se expropiaron en Ziyi terrenos turco-chipriotas para su división en 41 parcelas y recientemente se ha publicado un concurso para la adjudicación de la preparación de los planes de realización de la división. Se ha retrasado la elaboración de los planes relativos a dichas parcelas, ya que en los terrenos expropiados existen desde hace veinte años invernaderos y otras construcciones auxiliares pertenecientes a D. Panikos Panayidis. El Sr. Panayidis, que no es una persona desplazada, gestionaba la parcela agraria que había sido concedida por el Gobierno a su ex-cónyuge por su condición de persona desplazada. El objetivo de la ayuda individual es la concesión de indemnizaciones para la construcción de nuevas instalaciones que le permitan proseguir sus actividades en el sector del cultivo en invernaderos.

Ayuda no: XA 66/10

Estado miembro: Chipre

Región: —

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Solicitud de indemnización de D. Sotiris Siimitrás, residente en Ziyi, relativa al desmantelamiento/traslado de las instalaciones de sus invernaderos, que están situados en terrenos turco-chipriotas que han sido expropiados, en el marco del traslado de Marí a Ziyi.

Base jurídica: Decisión del Consejo de Ministros no 69308 de 23.9.2009, denominada «Αίτημα αποζημίωσης από τους κ.κ. Πανίκο Παναγίδη και Σωτήρη Σιημητρά, κατοίκους Ζυγίου, για την αποξήλωση/μετακίνηση των εγκαταστάσεων των θερμοκηπίων τους, που βρίσκονται σε Τ/Κ γη που έχει απαλλοτριωθεί, στα πλαίσια της μετακίνησης της Κοινότητας Μαρί στο Ζύγι».

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: De acuerdo con lo dictaminado por el Director del Departamento de Agricultura, se abonarán al Sr. Siimitrás unas indemnizaciones que ascienden a 7 281 EUR. Tales indemnizaciones corresponden al valor de sustitución de las instalaciones del agricultor.

Intensidad máxima de la ayuda: —

Fecha de ejecución: La ayuda individual se hará efectiva una vez finalice el procedimiento de publicación de las mismas sobre la base del Reglamento (CE) no 1857/2006.

Duración del régimen o de la ayuda individual: La ayuda se concederá en un solo pago.

Objetivo de la ayuda: Artículo 6 del Reglamento (CE) no 1857/2006 — Traslado de edificios agrarios por interés público.

Sector o sectores beneficiarios: Cultivo en invernaderos.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Ministerio del Interior

1453 Λευκωσία/Nicosia

CYPRUS

Dirección web: http://moi.gov.cy/index.php?nc=30&l=2

Otros datos: El Consejo de Ministros, en virtud de la Decisión no 66751 de 6 de febrero de 2008, adoptó el Plan de Concesión de Incentivos para fomentar el traslado de los habitantes del municipio de Marí al de Ziyi. Con este fin, se expropiaron en Ziyi terrenos turco-chipriotas para su división en 41 parcelas y recientemente se ha publicado un concurso para la adjudicación de la preparación de los planes de realización de la división. Se ha retrasado la elaboración de los planes relativos a dichas parcelas, ya que en los terrenos expropiados existen desde hace veinte años invernaderos y otras construcciones auxiliares pertenecientes a D. Sotiris Siimitrás. La propiedad en cuestión había sido concedida como parcela agraria al Sr. Siimitrás en su condición de persona desplazada. El objetivo de la ayuda individual es la concesión de indemnizaciones para la construcción de nuevas instalaciones que le permitan proseguir sus actividades en el sector del cultivo en invernaderos.

Ayuda no: XA 70/10

Estado miembro: Países Bajos

Región: West Nederland

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Uitvoeringsregeling omschakeling biologische landbouw Noord-Holland 2010

Base jurídica: Algemene subsidieverordening Noord-Holland 2009

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 250 000 EUR anuales

Intensidad máxima de la ayuda: 40 %

Fecha de ejecución: 13 de abril de 2010. El régimen entrará en vigor una vez publicada la ficha informativa en el sitio de la Comisión en Internet.

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Inversiones en explotaciones agrarias [artículo 4 del Reglamento (CE) no 1857/2006]

El objetivo de la ayuda para las pequeñas y medianas empresas es fomentar un cambio al método de producción ecológica.

La provincia se ha fijado como objetivo que en 2011 el 7 % de su superficie agrícola se utilice para la producción ecológica.

Sector o sectores beneficiarios: Agricultura primaria

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Gedeputeerde staten van Noord-Holland

Postbus 3007

2001 DA Haarlem

NEDERLAND

Dirección web: http://admin.sduconnect.nl/linked_forms/1268302594Biologische%20omschakeling%20UVR%202010.doc

Otros datos: Sólo son subvencionables los costes suplementarios derivados de la conversión a la producción ecológica y que no produzcan un aumento de la capacidad de producción. Estos costes se refieren a: a) la construcción, adquisición o mejora de inmuebles; b) la compra de terrenos con fines de ampliación, hasta el 10 % de los costes totales subvencionables, c) la compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipo, incluidos los programas informáticos, hasta el valor de mercado del producto; d) los costes de los planes de reconversión, los servicios de consultoría y formación.

Ayuda no: XA 71/10

Estado miembro: Italia

Región: Emilia-Romagna (Cámara de Comercio de Bolonia)

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Regolamento camerale per l’assegnazione alle imprese della provincia di bologna di contributi in conto abbattimento interessi per l’accesso al credito.

Base jurídica: Deliberazione della Giunta camerale n. 10 del 26 gennaio 2010 che modifica il regime approvato con deliberazione di Giunta n. 185 del 16 settembre 2008 (XA: 372/08) già modificato con deliberazione di Giunta. n. 42 del 3 marzo 2009 (XA 159/09).

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Gastos anuales confirmados de la ayuda XA 372/08 no modificados por la ayuda XA 159/09.

Intensidad máxima de la ayuda: Intensidad confirmada de la ayuda XA 372/08 no modificada por la ayuda XA 159/09.

Fecha de ejecución: A partir de la publicación del número de registro de la solicitud de exención en el sitio de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión.

Duración del régimen o de la ayuda individual: 31 de diciembre de 2013.

Objetivo de la ayuda: Los objetivos confirmados de la ayuda XA 372/08 no han sido modificados por la ayuda XA 159/09.

Sector o sectores beneficiarios: Los sectores confirmados de la ayuda XA 372/08 no han sido modificados por la ayuda XA 159/09.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Camera di Commercio I.A.A. di Bologna

Piazza Mercanzia 4

40125 Bologna BO

ITALIA

Dirección web: http://www.bo.camcom.it/incentivi-e-promozione-stera/contributi-alle-imprese/copy_of_aiuti-in-conto-interessi-per-accesso-ordinario-al-credito/aiuti-in-conto-interessi-per-accesso-ordinario-al-credito

Otros datos: Las modificaciones introducidas en la ayuda XA 372/08, que reemplazan en parte y completan en parte las modificaciones realizadas por la ayuda XA 159/09, solo se refieren a:

la exclusión de las empresas en proceso de liquidación;

el cumplimiento continuado de las condiciones requeridas, desde la fecha de presentación de la solicitud hasta, al menos, la concesión de la ayuda financiera;

la introducción de plazos obligatorios aplicables a la presentación tanto de las solicitudes de ayuda para las empresas individuales, como de las solicitudes de afectación del importe máximo concedido al Confidi en cuestión a un fondo de riesgo;

los Confidi que tengan la intención de destinar a fondos de riesgo una parte del importe deben estar inscritos en la lista contemplada en el ex artículo 107 del TULB (Testo unico delle leggi bancarie : texto único relativo a las leyes bancarias) o haber enviado su solicitud de inscripción;

el carácter obligatorio del envío de las solicitudes de ayuda por vía electrónica mediante el sistema Infocamere Webtelemaco;

la precisión de que, en relación con una misma inversión, las ayudas financieras no son acumulables con otras ayudas estatales o de minimis, salvo si se trata de ayudas en forma de garantías, dentro de los límites establecidos por el Reglamento (CE) no 1857/2006.

Il Presidente della Camera di Commercio di Bologna

Bruno FILETTI

Bolonia, 12 de abril de 2010

Ayuda no: XA 72/10

Estado miembro: Estonia

Región: Eesti

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Tagatisena antav investeeringuabi

Base jurídica:

1)

Maaelu ja põllumajandusturu korraldamise seaduse § 8 (RT I 2008, 33, 202; 2009, 56, 375);

2)

Maaelu Edendamise Sihtasutuse nõukogu kord „Tagatiste abikava raames tagatise saamiseks esitatavad nõuded ja tagatise taotlemise kord”;

3)

Põllumajandusministeeriumi ja Maaelu Edendamise Sihtasutuse vahel sõlmitud haldusleping (RTL, 11.6.2009, 46, 643).

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Se garantizan préstamos por una cuantía aproximada de 625 millones EEK anuales para los productores primarios de productos agrícolas.

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta el 60 %

Fecha de ejecución:

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Ofrecer garantías de ayudas de Estado para préstamos de inversión, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 1857/2006 y con otros requisitos establecidos en dicho Reglamento, en particular el artículo 3.

Los fondos están disponibles para todo el sector primario de producción agrícola (productores agrícolas ). Los gastos subvencionables se ajustan a lo dispuesto en el artículo 4, apartados 2 a 4, 6 a 8 y 10. La intensidad de las ayudas estatales varía entre el 40 y el 60 %, en función de la región en la que el productor agrícola ejerce su actividad y de la edad del beneficiario; también se respetan los límites totales regionales de 400 000/500 000 EUR previstos en el artículo 4, apartados 2 y 9.

La ayuda no se concede a empresas en dificultad.

Sector o sectores beneficiarios: Productores agrícolas (código NACE A1)

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Maaelu Edendamise Sihtasutus

R. Tobiase 4

10147 Tallinn

EESTI/ESTONIA

Dirección web: http://www.mes.ee/?id1=45&id=24

Otros datos: Para calcular el elemento de ayuda estatal se utiliza el método establecido en la Decisión N 48/09 de la Comisión Europea.