52010PC0650

/* COM/2010/0650 final */ INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre el seguimiento de la aprobación de la gestión presupuestaria del ejercicio 2008 (resumen) {SEC(2010) 1437} {SEC(2010) 1438}


[pic] | COMISIÓN EUROPEA |

Bruselas, 18.11.2010

COM(2010) 650 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre el seguimiento de la aprobación de la gestión presupuestaria del ejercicio 2008 (resumen){SEC(2010) 1437}{SEC(2010) 1438}

PREÁMBULO

El presente documento constituye el informe de la Comisión al Parlamento Europeo (PE) y al Consejo sobre el seguimiento de la aprobación de la gestión presupuestaria del ejercicio 2008[1] de conformidad con el artículo 319, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el artículo 147 del Reglamento Financiero y el artículo 119, apartado 5, del Reglamento Financiero de los Fondos Europeos de Desarrollo (FED). El presente informe se publica en todas las lenguas oficiales de la UE en esta forma resumida.

Las respuestas de la Comisión a cada petición específica del Parlamento y del Consejo están disponibles en dos documentos de trabajo de los servicios de la Comisión[2]. El presente informe resumido y los documentos de trabajo de los servicios se atienen tanto como es posible a la estructura de las resoluciones que contienen las peticiones del Parlamento Europeo y del Consejo. En los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión, existe, para cada petición, una remisión al mismo apartado pertinente de los documentos del Parlamento Europeo o del Consejo.

En las decisiones de aprobación de la gestión del presupuesto general, del FED y de las agencias, la Comisión ha contabilizado un total de 238 peticiones hechas por el Parlamento Europeo. Por lo que se refiere a 108 de ellas, la Comisión acepta tomar las medidas solicitadas por el Parlamento. La Comisión considera que, en el caso de 120 peticiones, las medidas solicitadas se han tomado ya o están en curso, si bien, en algunos casos, los resultados de las mismas están pendientes de evaluación. Finalmente, por razones relacionadas con el marco jurídico existente o con sus prerrogativas institucionales, la Comisión no puede aceptar 10 peticiones[3].

La Comisión también ha contabilizado 126 peticiones hechas por el Consejo. Por lo que se refiere a 61 de ellas, la Comisión acepta tomar las medidas solicitadas por el Consejo y considera que, respecto a otras 63 peticiones, las medidas solicitadas se han tomado ya o están en curso, si bien, en algunos casos, los resultados de las mismas están pendientes de evaluación. Finalmente, por razones relacionadas con el marco jurídico existente o con sus prerrogativas institucionales, la Comisión no puede aceptar 2 peticiones[4].

Las respuestas de la Comisión a las peticiones del Parlamento Europeo y del Consejo referentes a varios informes especiales publicados por el Tribunal de Cuentas están incluidas en los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión.

Por lo que se refiere a las peticiones que figuran en las resoluciones relativas a las agencias, la mayor parte de las cuestiones horizontales planteadas están siendo abordadas por el grupo de trabajo interinstitucional sobre las agencias. Se espera que el grupo de trabajo presente sus conclusiones para finales de 2011. Las respuestas de la Comisión a las peticiones que ha recibido con respecto a las agencias figuran en los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión.

RESUMEN DE LAS RESPUESTAS DE LA COMISIÓN A LAS PETICIONES HECHAS POR EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO EN EL MARCO DE LA APROBACIÓN DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA DE 2008

A) CUESTIONES HORIZONTALES

Los índices de error indicados en la declaración de fiabilidad (DAS) del Tribunal de Cuentas se han reducido estos últimos años gracias a la acción concertada por la Comisión. En algunos ámbitos (especialmente la política de cohesión), el índice de error sigue siendo demasiado alto. Con el fin de seguir reduciendo los índices de error, la Comisión acepta hacer todo lo posible para fijar las condiciones de cara a un aumento en la «clasificación verde» del Tribunal de Cuentas Europeo en un 20 % más del presupuesto para antes de 2014. Debería sin embargo considerarse a este respecto que cualquier evolución dependerá de varios factores, especialmente el efecto de las acciones en curso para reforzar los planes relativos a los sistemas de control, el efecto de la legislación de 2007-2013 y la agrupación de políticas en el Informe Anual del Tribunal.

En mayo de 2010, el Comisario Šemeta presentó su agenda sobre la aprobación de la gestión presupuestaria y de auditoría al Comité de Control Presupuestario del Parlamento Europeo. La agenda expone las medidas prioritarias para el mandato de la Comisión (hasta 2014), e incluye, concretamente, acciones para simplificar la legislación, el establecimiento de fondos fiduciarios europeos, la garantía de gestión de los Estados miembros, la cooperación con las entidades fiscalizadoras superiores y los parlamentos nacionales y una acción decidida en cuanto a las recuperaciones y las correcciones financieras.

La Comisión está completamente comprometida en proponer, siempre que sea posible, la simplificación complementaria de los sistemas de gastos para reducir el riesgo de error. Es, sin embargo, consciente de que la simplificación de las condiciones de elegibilidad, centrar los gastos en objetivos específicos y controlar el índice de error por debajo del 2 % son, a veces, objetivos contradictorios que deben equilibrarse cuidadosamente. La Comisión ha sentado ya las bases en su propuesta para la revisión trienal del Reglamento Financiero, que debe permitir que se adapten mejor las normas a las necesidades de los beneficiarios y poner de relieve la importancia de los insumos y los resultados de los programas a través de un uso mayor de los costes simplificados. Para finales de 2010, como parte de la agenda de la aprobación de la gestión presupuestaria y de auditoría, la Comisión adoptará una Comunicación en la que establecerá grandes principios para la preparación de la legislación posterior a 2013, incluyendo el equilibrio entre los requisitos de control, las condiciones de admisibilidad y el riesgo de ofrecer garantías apropiadas relativas a la legalidad, la buena gestión financiera y la orientación de los gastos.

El concepto de riesgo de error aceptable (REA) es una parte vital de la agenda, pues tiene en cuenta el riesgo generado por los requisitos legislativos así como los costes del control y propone niveles de riesgo que deben admitirse teniendo en cuenta los niveles rentables de control. El 26 de mayo de 2010, la Comisión adoptó la Comunicación «¿Más controles o menos controles? Encontrar el justo equilibrio entre los costes administrativos de control y el riesgo de error»[5]. Se proponían niveles de riesgo aceptable hacia el centro de la gama entre el 2 % y el 5 % («el semáforo amarillo») tanto para el desarrollo rural como para la investigación, la energía y el transporte.

Aunque la simplificación es importante, cualquier simplificación decidida tarda un tiempo en reflejarse en los índices de error anuales en la DAS y en algunas políticas, tales como el desarrollo rural, no bastará para reducir el índice de error por debajo del umbral de materialidad sin el riesgo de comprometer determinados objetivos políticos. A modo de ejemplo, no se reflejarán en la DAS anual las simplificaciones que puedan adoptarse para la legislación posterior a 2013 en el caso de programas plurianuales importantes hasta por lo menos la DAS 2015 (aprobación de la gestión presupuestaria en 2017). Por esta razón, deben fijarse niveles REA que reflejen la regulación en vigor actualmente y establecerse una referencia adecuada para los controles rentables (cualquier nivel decidido podría ajustarse a la luz de las simplificaciones futuras).

La Comisión presentará las propuestas REA para las otras políticas principales: para los gastos administrativos, antes de finales de 2010; para la ayuda exterior, desarrollo y ampliación, a principios de 2011 y, progresivamente, para los sectores restantes, incluida la cohesión, más tarde en 2011. Recuerda que corresponde a la autoridad legislativa decidir sobre los niveles reales de riesgo que deben aceptarse, pues la Comisión, en tanto que entidad auditada, no puede adoptar esta decisión.

Fiabilidad de las cuentas

La Comisión ha continuado con su proyecto de calidad contable, que ha mejorado los datos contables subyacentes utilizados al elaborar las cuentas de 2009. Las aplicaciones locales existentes de gestión financiera están ya sujetas a un proceso de validación con objeto de asegurar su coherencia con el Sistema Contable Central. Además, los servicios del Contable están supervisando continuamente la aplicación de los principios de «corte» en las Direcciones Generales.

El sistema de pensiones de las Comunidades Europeas se define en el Estatuto. Cuando en 2003, la Comisión presentó una propuesta de modificación del Estatuto, se dio la consideración debida (respaldada por un estudio actuarial complejo) a la creación de un Fondo de Pensiones. Sin embargo, el análisis se inclinó a favor de tal modificación. Podrían plantearse preocupaciones concretas en torno a los costes iniciales de puesta en marcha así como los riesgos de pérdidas del Fondo debido al marco y a la política de inversión. La Comisión considera que las hipótesis y condiciones de este análisis no han cambiado y, por lo tanto, que las conclusiones siguen siendo válidas.

Gestión presupuestaria

La Comisión ha tomado varias medidas para garantizar una presupuestación realista desde la fase del proyecto de presupuesto presentado por la Comisión. Estas medidas incluyen esfuerzos constantes para mejorar las previsiones de los Estados miembros relativas a los gastos en el campo de la cohesión y la información transparente sobre los niveles de ejecución calculados basándose en el presupuesto inicial y en el presupuesto final por rúbricas del Marco Financiero.

La regulación relativa a los Fondos Estructurales limita los reembolsos antes del cierre al 95 % de la contribución de la UE y otorgan a los Estados miembros un plazo de 15 meses después del fin del período de admisibilidad para presentar las solicitudes de pago finales. Por lo tanto, los compromisos pendientes de liquidación ( reste à liquider - RAL) referentes al período de 2000-2006 están limitados por dicha regulación. Se espera que los pagos de cierre para este período empiecen en 2010 y continúen en 2011.

Por lo que se refiere al período 2007-2013, la Comisión espera que se concluyan antes de que finalice 2010 los pocos procedimientos restantes de evaluación de la conformidad para los sistemas de gestión y control en los Estados miembros[6].

Recuperaciones y suspensión de pagos

La Comisión ha incluido información más detallada sobre la recuperación de pagos indebidos en las notas a las cuentas de 2009. En el ámbito de la Cohesión, los datos para 2009 según lo presentado a la Comisión en el primer semestre de 2010 han mejorado considerablemente. En el marco de su Plan de Acción de 2008 para consolidar su papel de supervisión en la gestión compartida de las Acciones Estructurales, la Comisión ha auditado sistemas nacionales en lo que respecta a las retiradas y las recuperaciones en 19 Estados miembros. Los restantes se auditarán en 2010. Para 2007-2013, existe un procedimiento estándar de TI para la presentación de declaraciones de recuperación que debería mejorar la calidad de la información. También se exige que los Estados miembros distingan las correcciones que se deriven de sus propios controles de aquellas derivadas de las auditorías realizadas por organismos de la UE.

En el Plan de Acción para consolidar su papel de supervisión en la gestión compartida de las Acciones Estructurales, la Comisión ha revisado sus normas internas y los procedimientos operativos y acelerado la suspensión de pagos y procedimientos financieros de corrección en los que se detectaron irregularidades y graves deficiencias del sistema en la ejecución de los programas. Según lo refleja el informe de impacto adoptado el 17 de febrero de 2010[7], la Comisión adoptó 10 decisiones de suspensión en 2008 y 7 en 2009. Por otra parte, la Comisión no vacila en utilizar, cuando es necesario, la nueva posibilidad ofrecida por el marco regulador para 2007-2013, que permite a la Comisión interrumpir inmediatamente pagos individuales antes de empezar un procedimiento de suspensión cuando se detecten deficiencias en los sistemas. El valor total de las correcciones financieras en estos ámbitos ascendió a 3 800 millones EUR durante 2008 y 2009, en contraste con los alrededor de 3 600 millones EUR durante los ejercicios 2000-2007.

La información completa sobre recuperaciones de beneficiarios finales y correcciones financieras impuestas a los Estados miembros está ya disponible en el ámbito de la agricultura.

Resúmenes anuales y declaraciones de gestión nacionales

En su propuesta para la revisión trienal del Reglamento Financiero, la Comisión ha reforzado la base jurídica de los resúmenes anuales proponiendo, en todas las políticas en las que se aplica la gestión compartida de los fondos de la UE, la obtención de declaraciones de fiabilidad anuales por parte de los organismos de gestión acreditados en los Estados miembros, acompañadas por un dictamen de auditoría independiente (como ya ocurre en el caso de la agricultura y del desarrollo rural). Se espera que el dictamen de auditoría ayude a la mejora de la calidad de los datos presentados. Paralelamente, la Comisión llevará a cabo a finales de 2010 una evaluación de los resúmenes anuales tras 3 años de existencia.

La Comisión considera que las declaraciones de gestión propuestas para la revisión del Reglamento Financiero son una manera más apropiada de obtener garantías de los Estados miembros que las declaraciones nacionales a nivel político. La Comisión, sin embargo, continuará animando a los Estados miembros a trabajar en declaraciones de fiabilidad políticas voluntarias, que cubran todos los fondos de la UE que reciben, en las que se reflejen los controles y se evalúen la eficacia de sus sistemas de gestión y control. También publicará a finales de 2010 un análisis de las características del valor añadido de las declaraciones nacionales voluntarias.

Sistema de control interno de la Comisión

La Comisión ha tomado medidas para mejorar la calidad de los informes de actividad anuales (IAA) y, en especial, el fundamento y las pruebas presentadas para sustentar la fiabilidad declarada. Para los IAA de 2009, se revisaron a fondo las instrucciones, se creó un servicio de ayuda específico y se proporcionaron más cursos de formación. La Comisión afinó su sistema de evaluación paritaria, que conducirá a sus servicios a abordar eficazmente las deficiencias identificadas.

Los IAA de 2009 muestran una mejora considerable en toda la Comisión, tanto en la calidad de la información presentada para probar la fiabilidad como en la legibilidad de los informes. Los servicios de la Comisión proporcionan ya una información clara en sus informes sobre la eficacia de sus sistemas de control interno y los de sus socios en la ejecución, y sobre las deficiencias identificadas así como las medidas destinadas a remediarlas que se están aplicando. Se encarga a los servicios que establezcan planes de acción para abordar las causas de las reservas en sus IAA y para supervisar el progreso de manera periódica.

El informe «Síntesis de la mejora de la gestión de la Comisión» aborda problemas clave de la gestión identificados en los IAA y define las líneas de acción. También informa sobre los avances obtenidos a la hora de abordar los importantes problemas transversales de gestión y ofrece una descripción de las reservas formuladas durante los últimos 5 años.

La Comisión considera que el sistema ejecutado ha alcanzado la madurez y que, globalmente, ofrece a la Comisión y a las demás instituciones una perspectiva clara sobre la eficacia de sus sistemas de control interno.

Debate interinstitucional sobre el sistema actual del procedimiento de aprobación de la gestión presupuestaria

La Comisión acepta organizar un amplio debate entre las partes interesadas y espera que la Autoridad Presupuestaria liberará el presupuesto necesario para ello en 2011. La Conferencia, prevista para abril de 2011, debería ser una oportunidad para alcanzar un acuerdo sobre una nueva asociación y definir el papel y las tareas de cada parte con objeto de fijar las condiciones para nuevas mejoras en la declaración de fiabilidad (DAS).

Responsabilidad política y responsabilidad administrativa en la Comisión

El Presidente de la Comisión ha anunciado en sus orientaciones políticas, una revisión del código de conducta relativo a los Comisarios.

Con respecto a la revelación de los beneficiarios de los fondos de la UE, la Comisión y las administraciones de los Estados miembros proporcionan ya esa información al público. En 2010, la Comisión ha mejorado su sitio Web del «sistema de transparencia financiera»[8], que proporciona información sobre los beneficiarios de fondos de la UE en gestión centralizada con la inclusión de la publicación de los beneficiarios de los contratos públicos financiados por el presupuesto administrativo. La Comisión también publica información sobre los miembros de los grupos de expertos en el registro de la Comisión de grupos de expertos y publica la lista de los consejeros especiales y de sus currículum vitae en el sitio Web «Europa» de la Comisión.

Por lo que se refiere a la información sobre organizaciones no gubernamentales (ONG), la Comisión ha iniciado un proyecto en sucesivas fases con objeto de establecer la clasificación «con ánimo de lucro» frente a otra «sin ánimo de lucro» en la base de datos central de la Comisión sobre personas jurídicas. La primera fase se concentra en las personas jurídicas de los Estados miembros, lo que supone la gran mayoría de las entidades registradas. La Comisión se encargará de la realización de este objetivo a partir de 2011.

Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)

Por lo que se refiere a la reforma de la OLAF, la Comisión espera que tras los resultados del diálogo interinstitucional pueda presentar una propuesta modificada para finales de 2010 y que el proceso legislativo pueda concluirse para finales de 2011.

En cuanto al nombramiento del nuevo Director General, tras la publicación del anuncio de vacante, la Comisión ha aprobado una lista restringida de los candidatos que poseen las cualificaciones necesarias. De acuerdo con el Reglamento nº 1073/1999, se necesitará un dictamen favorable del Comité de Vigilancia sobre la lista restringida acordada por la Comisión. Consiguientemente, la lista de candidatos idóneos ya se ha remitido al Parlamento Europeo y al Consejo para su consulta. La Comisión está plenamente comprometida a respetar lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento nº 1073/1999 relativo al nombramiento del Director General y hacer partícipes al Parlamento Europeo y al Consejo en una fase temprana.

b) cuestiones sectoriales

Recursos propios

Por lo que respecta a los recursos propios tradicionales, la Comisión continuará verificando que los Estados miembros gestionan correctamente la contabilidad B separada. Cualquier deficiencia encontrada será tratada con los Estados miembros pertinentes y se prestará la ayuda necesaria. En su caso, se tomarán medidas para recuperar cualquier cantidad de recursos propios o de intereses adeudados.

Por lo que se refiere a los recursos propios basados en el IVA, la Comisión ha introducido reuniones de gestión como herramienta eficaz y efectiva para abordar reservas que merecen una atención especial. El número de reservas pendientes durante un largo período de tiempo se ha reducido de 35 a 12. Al mismo tiempo, se han tomado medidas para mejorar el perfil de antigüedad global de las reservas, lo que ha hecho que el 63 % de todas las reservas actuales daten de 2008 o más tarde.

Por lo que se refiere a los recursos propios basados en la RNB, la Comisión ha creado y aplica un marco común completo de validación de la RNB basado en la verificación y mejora de las fuentes estadísticas y los métodos utilizados por los Estados miembros para calcular sus datos de RNB. Además, la Comisión utiliza la verificación directa desde 2007; ha establecido normas específicas aprobadas por el Comité de la RNB y ha aplicado ya la verificación directa en casi todos los Estados miembros. La Comisión continúa su trabajo sobre la cuestión de los sistemas de supervisión y de control nacionales de la contabilidad nacional en cooperación con el Comité de la RNB.

Por lo que se refiere a Grecia, los actuales niveles de los datos relativos a la renta nacional bruta (RNB) utilizados para los cálculos y las contribuciones para los recursos propios, incluidos los datos disponibles en 2008 y 2009, coinciden con los resultados de una verificación completa llevada a cabo por la Comisión en 2007. Además, un análisis completo del impacto potencial de las cuestiones planteadas en el informe COM (2010) 0001 sobre las estadísticas relativas al déficit y la deuda no reveló un impacto significativo en los niveles de PIB/RNB.

Agricultura y recursos naturales

Los requisitos de control en los Estados miembros en el ámbito de los gastos agrícolas realizados en gestión compartida tienen en cuenta los principios fundamentales de la legislación de la UE en materia de eficacia, equivalencia, cooperación leal y proporcionalidad. Por lo que se refiere a este último, un ejemplo lo constituye el porcentaje de solicitudes de ayuda directa que deben ser comprobadas por los Estados miembros, que aumenta cuando el nivel de irregularidades encontradas en la muestra inicial del 5 % es alto. En los casos en que se hayan identificado deficiencias significativas en el pasado, se ha solicitado a los Estados miembros concernidos que establezcan planes de acción detallados en colaboración estrecha con la Comisión. La aplicación de tales planes de acción es seguida de cerca por la Comisión, incluidos los planes de acción elaborados en 2009 por Bulgaria y Rumanía para abordar las deficiencias encontradas en el Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC) en estos Estados miembros.

La mejora constante del SIGC viene confirmada por los resultados de las auditorías de conformidad que la Comisión ha llevado a cabo durante los últimos años en los Estados miembros, así como por el bajo índice de error indicado en las estadísticas de control que recibe de los Estados miembros y que son verificadas y validadas en gran medida por los organismos de certificación. Todas las deficiencias encontradas son sometidas a un seguimiento a través de los procedimientos de liquidación de conformidad que garantizan que el riesgo para el presupuesto de la UE ha quedado adecuadamente cubierto.

Por lo que se refiere al desarrollo rural, y especialmente a las medidas agroambientales, la Comisión ha tomado varias medidas para simplificar las normas existentes y asegurar la aplicación efectiva y eficaz de las normas de control. Recientemente, la Comisión ha aumentado sus actividades de auditoría en este campo y ha establecido un grupo de trabajo para hacer un seguimiento del alto índice de error del que han informado ciertos Estados miembros en 2009 respecto a las medidas de desarrollo rural en el marco del Eje 2. El Reglamento (CE) nº 1975/2006 de la Comisión se modificará en 2010 para simplificar y aclarar más ciertas normas.

Cohesión, empleo y asuntos sociales

El Informe Anual de 2008 del Tribunal está basado tan solo en una muestra de gastos de 2000-2006. Por lo tanto, se esperaba que la situación coincidiera con los informes anuales previos. Para 2000-2006, la Comisión corregirá las deficiencias identificadas durante la aplicación y asegurará un proceso riguroso de cierre.

Para los programas 2007-2013, la Comisión considera que el marco jurídico reforzado ha aumentado los sistemas de gestión y control. Las medidas de simplificación adoptadas en 2008-2009 deberían conducir a unos índices inferiores de error en los pagos intermedios. Se espera que los primeros efectos de este marco reforzado de control sean visibles a partir de finales de 2010 en adelante, sobre la base de los resultados de auditorías comunitarias y la presentación en diciembre de 2010 (y a partir de ahí, en diciembre de cada año) de los resultados de las auditorías de 2009 llevadas a cabo por los organismos de auditoría de los Estados miembros sobre las muestras estadísticas anuales de gastos declarados en el marco de los programas 2007-2013.

Una indicación sobre los resultados del marco de control reforzado la constituye la auditoría de la Comisión sobre una muestra de proyectos del período de 2007-2013, utilizando una metodología similar a la del Tribunal. Según lo reflejado en el informe de la Comisión de 17 de febrero de 2010[9] sobre el impacto, los primeros resultados preliminares de esta investigación (sobre pagos realizados hasta mayo de 2009) revelan una disminución clara del índice estimado de error, lo que refleja que las medidas tomadas van en la buena dirección. Sin embargo, este resultado debe leerse con prudencia, pues está basado en una muestra de 15 Estados miembros, y no todos los Estados miembros, incluidos algunos países en los que la mayoría de los errores importantes se concentraron en el pasado, habían declarado gastos en el momento del estudio.

Políticas internas, incluida la investigación

Los controles aplicados en el ámbito de la investigación, incluida la estrategia de auditoría, la aplicación completa de sus resultados y la corrección de los resultados sistemáticos de auditoría en relación con los contratos no auditados (extrapolación) prevén un control riguroso de los costes declarados que ha dado lugar a una reducción en los índices de error a lo largo del tiempo. Además, la Comisión está comprometida en garantizar que se realiza una interpretación y aplicación uniforme de las normas y de los procedimientos.

La Comisión adoptó una Comunicación sobre la simplificación de los programas marco de investigación[10] con el fin de abrir un debate sobre la reducción de la complejidad de las normas, dado que es una causa importante de errores. La Comisión cree que tal debate puede dar lugar a propuestas concretas que pueden después aplicarse en el 8º Programa Marco.

En el ámbito de la educación, la Comisión envió a las autoridades nacionales, en diciembre de 2009, la orientación actualizada relativa al rendimiento de los controles secundarios. También ha reforzado sus visitas sobre el terreno centradas en la existencia y la aplicación de procedimientos y controles de gestión según lo descrito por los Estados miembros.

Las respuestas detalladas de la Comisión a las peticiones relativas a otras políticas específicas en el marco de las políticas internas se establecen en los documentos de trabajo de sus servicios.

Acciones exteriores, incluidos los Fondos Europeos de Desarrollo (FED) y la ampliación

La Comisión continuará mejorando sus sistemas de supervisión y de control, incluidas mejoras en su estrategia de auditoría y planificación. EuropeAid ha llevado a cabo mejoras significativas en su metodología de auditoría y sus herramientas de TI (CRIS).

La Comisión apoya plenamente las peticiones del Tribunal de Cuentas de obtener las pruebas justificativas necesarias de las organizaciones de la ONU, y este principio se recoge claramente en el Acuerdo Marco Financiero y Administrativo (AMFA). La adopción, en abril de 2009, de las condiciones estándar para las misiones de verificación ha mejorado la cooperación entre los organismos de la ONU y de la UE, y ha ayudado a que la ONU coopere más eficientemente con el Tribunal. La Comisión continúa trabajando para mejorar el sistema, y mostró su acuerdo con la ONU en abril de 2010 de que, previa petición, podía ponerse a disposición información adicional, incluidos extractos de informes de auditoría interna y externa.

En el marco de la revisión trienal del Reglamento Financiero, la Comisión ha propuesto que la Comisión pueda crear y gestionar fondos fiduciarios para las acciones exteriores, que se utilizarían en operaciones de crisis de emergencia y de postemergencia o para acciones temáticas.

La Comisión está revisando sus Directrices en materia de Apoyo Presupuestario, cuya conclusión se prevé para finales de 2010. En el ámbito de esta revisión, se presta una atención particular a los sistemas de supervisión y de control. Además, se consolidarán igualmente la supervisión y la información anual sobre el cumplimiento de los criterios de admisibilidad. Los proyectos de desarrollo de las capacidades en el ámbito de las operaciones presupuestarias de apoyo están sujetos al mismo sistema de supervisión y control que cualquier otro proyecto que incluya auditorías. En los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión se recoge información más detallada sobre este extremo y sobre otras peticiones relacionados con el FED.

Las medidas tomadas para mejorar la información disponible sobre las ONG se explican más arriba, en el epígrafe relativo a las cuestiones horizontales.

Varias mejoras en la gestión de la ayuda de preadhesión están ya siendo aplicadas para aumentar la eficacia y el impacto de la ayuda financiera y para vincular mejor la ayuda financiera a las prioridades políticas.

Por lo que se refiere a Rumanía y Bulgaria[11], la Comisión informa regularmente en el marco del mecanismo de cooperación y verificación sobre los avances en la reforma judicial, la lucha contra la corrupción y –en el caso de Bulgaria– la lucha contra la delincuencia organizada. El último grupo de informes se adoptó el 20 de julio de 2010.

Gastos administrativos

Por lo que se refiere al sistema de información sobre derechos individuales (IRIS), la Oficina de Gestión y Liquidación de Derechos Individuales (PMO) ha empezado ya las pruebas de los módulos nuevamente desarrollados para la gestión de los derechos individuales. El extenso programa de prueba creado tiene en cuenta las enseñanzas de experiencias anteriores. La PMO también ha reforzado sus procedimientos de control interno para abordar las deficiencias identificadas por el Tribunal con respecto a la transferencia de derechos de pensión adquiridos.

* * *

[1] Aprobación de la gestión del presupuesto general de 2008, aprobación de la gestión del presupuesto del FED de 2008, aprobación de la gestión del presupuesto de 2008 de las agencias.

[2] Documentos de trabajo de los servicios de la Comisión, que acompañan al informe de la Comisión al Parlamento Europeo sobre el seguimiento de las decisiones de aprobación de la gestión presupuestaria de 2008.

[3] Véanse las peticiones 12, 38, 39, 56, 66, 67, 85, 108, 109 y 198.

[4] Véanse las peticiones 83 y 120.

[5] COM(2010)261.

[6] A 1 de octubre de 2010, quedan aún por concluir 5 procedimientos de evaluación de la conformidad en el caso del FEDER y 1 en el caso del FSE.

[7] COM(2010)52.

[8] Véase: http://ec.europa.eu/beneficiaries/fts/index_en.htm.

[9] COM(2010)52.

[10] COM(2010)0187.

[11] En la Resolución del Parlamento Europeo, las observaciones referentes a Rumanía y Bulgaria se incluyen en el epígrafe «Acciones exteriores» (apartados 249-257).