52010PC0196

Propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud FEAG/2009/012 IE/Waterford Crystal, Irlanda) /* COM/2010/0196 final */


[pic] | COMISIÓN EUROPEA |

Bruselas, 6.5.2010

COM(2010)196 final

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud FEAG/2009/012 IE/Waterford Crystal, Irlanda)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[1] permite, en su apartado 28, la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG), dentro del límite máximo anual de 500 millones EUR y por encima de los límites de las rúbricas pertinentes del marco financiero.

Las normas aplicables a las contribuciones del FEAG se establecen en el Reglamento (CE) nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización[2].

El 7 de agosto de 2009, Irlanda presentó la solicitud FEAG/2009/012 IE/Waterford Crystal para recibir una contribución financiera del FEAG, tras los despidos que habían tenido lugar en la empresa Waterford Crystal y en tres de sus proveedores.

La Comisión, tras realizar un examen exhaustivo de esta solicitud, ha concluido, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, que se cumplen las condiciones para conceder una contribución financiera con arreglo a dicho Reglamento.

RESUMEN DE LA SOLICITUD Y ANÁLISIS

Datos clave:

Número de referencia FEAG FEAG/2009/012

Estado miembro Irlanda

Empresa Waterford Crystal

Proveedores / transformadores de productos de dicha empresa 3

Artículo 2 a)

Período de referencia 30.1.2009 - 29.5.2009

Fecha de inicio de los servicios personalizados 11.3.2009

Fecha de la solicitud 7.8.2009

Despidos durante el período de referencia:

-- número total 538

-- en la empresa principal 512

-- en los proveedores / transformadores de productos de dicha empresa 26

Despidos antes / después del período de referencia: 115

Despidos totales 653

Trabajadores despedidos objeto de la ayuda 598

Servicios personalizados: presupuesto en euros 3 865 659

Gastos administrativos: presupuesto en euros 89 500

% gastos administrativos 2,26

Presupuesto total en euros 3 955 159

Contribución del FEAG en euros (65 %) 2 570 853

1. La solicitud fue presentada a la Comisión el 7 de agosto de 2009 y fue completada con información adicional hasta el 3 de noviembre de 2009.

2. La solicitud cumple las condiciones para las intervenciones del FEAG tal como se establece en el artículo 2, letra a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, y se presentó dentro del plazo de diez semanas previsto en el artículo 5 de dicho Reglamento.

Vínculo existente entre los despidos y los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial o la crisis financiera y económica global

3. Con el fin de determinar el vínculo entre los despidos y la crisis financiera y económica global, Irlanda argumenta que el comercio mundial de artículos de lujo se ha visto muy afectado por la crisis. El menor poder adquisitivo de los consumidores ha provocado una reducción de la demanda de productos no esenciales, como los artículos de cristal y de cerámica. Para los productores, los cambios globales en el crédito, la financiación, la producción y las tendencias del comercio minorista han tenido un impacto significativamente negativo en la producción manufacturera, lo cual, a su vez, ha tenido consecuencias adversas en el empleo.

4. La crisis crediticia global ha tenido graves consecuencias para la empresa Waterford Crystal, que en octubre de 2008 necesitaba obtener crédito en los mercados de capitales para seguir con sus operaciones. Como resultado de la restricción del crédito, Waterford Crystal solamente pudo conseguir la mitad de la suma que necesitaba. Como consecuencia de la incapacidad para conseguir el capital necesario, junto con la imposibilidad de encontrar un comprador para la empresa, Waterford Crystal fue colocada bajo administración judicial en enero de 2009.

Demostración del número de despidos y cumplimiento de los criterios del artículo 2, letra a)

5. Irlanda presentó esta solicitud en el marco de los criterios de intervención del artículo 2, letra a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, que requiere el despido, durante un período de cuatro meses, de al menos quinientos trabajadores de una empresa en un Estado miembro, incluidos los asalariados despedidos por los proveedores o los transformadores de productos de dicha empresa.

6. En la solicitud se mencionan 538 despidos en Waterford Crystal y tres de sus proveedores durante el período de cuatro meses de referencia, del 30 de enero al 29 de mayo de 2009. Todos estos despidos se calcularon conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 2, primer guión, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

Explicación de la naturaleza imprevista de los despidos

7. Las autoridades irlandesas argumentan que no podían preverse la severidad de la crisis crediticia global ni el impacto que ha tenido en los mercados financieros. A pesar de que Waterford Crystal hubiera invertido fuertemente en nuevos productos en los años anteriores, hubiera transformado totalmente su gama de productos y hubiera racionalizado sus costes externalizando la producción a países de coste más bajo, esta empresa se vio gravemente afectada por la crisis global en octubre de 2008 mientras estaba reestructurando su deuda. Las autoridades irlandesas creen que, sin las dificultades con que se encontró para acceder a financiación adicional, Waterford Crystal hubiera podido reestructurar su deuda y proseguir con sus actividades centrándose en sus productos principales.

Identificación de las empresas que llevan a cabo los despidos y de los trabajadores para los que se solicitan las ayudas

8. En la solicitud se menciona un total de 538 despidos en Waterford Crystal (512) y tres de sus proveedores (Thomas Fennell Engineering Ltd: 8 despidos; RPS Engineering Services: 12 despidos y Abbey Electric: 6 despidos) durante el período de referencia de cuatro meses. Otros 115 trabajadores fueron despedidos en Waterford Crystal después del período de referencia. De este total de 653 trabajadores, 598 son objeto de la solicitud de asistencia.

9. Los trabajadores objeto de la solicitud de asistencia se desglosan como sigue:

Categoría Número Porcentaje

Hombres 473 79,1

Mujeres 125 20,9

Ciudadanos de la UE 598 100,0

No ciudadanos de la UE 0 0,0

De 15 a 24 años de edad 4 0,7

De 25 a 54 años de edad 449 75,1

Más de 54 años de edad 145 24,2

Más del 72 % de los trabajadores despedidos tienen más de 45 años de edad y nunca han trabajado en otra empresa que no sea Waterford Crystal.

10. En términos de categorías profesionales, el desglose es el siguiente:

Categoría Número Porcentaje

Operarios 425 71,1

Administradores 41 6,9

Personal de dirección 33 5,5

Instaladores 17 2,8

Ingenieros 8 1,3

Personal de almacén 8 1,3

Coordinadores 7 1,2

Electricistas 6 1,0

Otros 53 8,9

11. El 8,9 % clasificado como «otros» se compone de varias categorías, tales como jefes de equipo, analistas, diseñadores, representantes del servicio de atención al cliente, auditores, contables, financieros y profesionales de las tecnologías de la información.

12. Con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, Irlanda ha confirmado que ha aplicado una política de igualdad entre mujeres y hombres y de no discriminación, y que continuará aplicándola en las diferentes fases de ejecución y, en particular, en el acceso a las ayudas del FEAG.

Descripción del territorio afectado y sus autoridades y partes interesadas

13. Waterford está situada en la Región Sureste de NUTS 3, que incluye los condados de Carlow, Kilkenny, Wexford, South Tipperary y Waterford. Esta región tiene 460 820 habitantes. La ciudad de Waterford tiene la quinta mayor población urbana del país.

14. Estas son las principales autoridades públicas afectadas:

15. El Ministerio de Empresa, Comercio y Empleo (Department of Enterprise, Trade and Employment), que es el organismo responsable de la formulación de las políticas nacionales de empleo y formación y de la financiación nacional. La responsabilidad a nivel operativo corresponde al organismo nacional responsable de formación y empleo, que se denomina Foras Áiseanna Saothair (FÁS).

16. Enterprise Ireland (EI) es la autoridad estatal responsable de alentar el crecimiento de las empresas irlandesas proporcionando a las empresas controladas localmente una única fuente integrada de servicios de asesoramiento sobre desarrollo, así como de financiación y apoyo.

17. El Ministerio de Educación y Ciencia (Department of Education and Science) es el organismo responsable de la formulación de las políticas y de la financiación nacional de la educación. La responsabilidad operativa corresponde a los comités de educación profesional (Vocational Education Committees - VEC) en lo que respecta a la prestación de servicios de aprendizaje de adultos así como a una serie de instituciones de enseñanza superior, entre las que se incluyen las universidades y los institutos tecnológicos.

18. En 1993 se crearon los consejos empresariales de municipios y condados (City and County Enterprise Boards - CEB) a fin de proporcionar asistencia a las microempresas a nivel local.

19. Otra importante parte interesada es el organismo denominado Inter Agency Forum , creado como consecuencia de los despidos en Waterford Crystal con el fin de evaluar el impacto de estos despidos en la economía local. Este organismo está formado, entre otros, por el alcalde, representantes del FÁS, el Ministerio de Asuntos Sociales y de la Familia (Department of Social and Family Affairs), el Servicio de Asesoramiento Financiero y Presupuestación (Money Advice and Budgeting Service), la Administración Tributaria (Revenue Commissioners), el Consejo Empresarial Municipal (City Enterprise Board), un organismo denominado Waterford Area Partnership y dos representantes de los trabajadores y otros dos de los directivos de la empresa.

Efectos esperados de los despidos en el empleo local, regional o nacional

20. Irlanda argumenta que la Región Sureste es más dependiente de las actividades industriales que el conjunto de Irlanda. Por ello, esta región es mucho más vulnerable a una recesión económica. En marzo de 2007, la industria representaba el 31,3 % del empleo total en esta región, en comparación con una media nacional del 26,6 %.

21. Después de unas importantes pérdidas de puestos de trabajo, que culminaron en los 512 despidos en Waterford Crystal a principios de 2009, el porcentaje de la industria en el empleo total de la región se redujo al 26,6 %, en comparación con una media nacional del 22,1 %. El número de personas que figuran en el Live Register (el barómetro de los niveles de desempleo) de la región pasó de 52 210 a principios de enero de 2009 a 65 029 a finales de junio de 2009, principalmente como consecuencia de una reducción de las actividades manufactureras en empresas tales como Waterford Crystal, Bausch & Lomb, Honeywell Turbo Technologies, Snowcream y ABB.

22. Las autoridades irlandesas argumentan que Waterford Crystal realizaba una contribución sustancial a la economía local. En 2007, esta empresa empleaba a 990 trabajadores y tenía una masa salarial anual de más de 47 millones de euros. Se estima que la pérdida de empleo en Waterford Crystal y sus proveedores equivale, como mínimo, a una reducción de 40 millones de euros al año en el consumo personal en la ciudad de Waterford y sus alrededores, con un posible efecto en cadena en el empleo local. El cierre de Waterford Crystal también ha afectado al turismo, ya que han dejado de existir el Crystal Visitor Centre y la fábrica, que solían atraer a más de 320 000 visitantes al año.

Conjunto coordinado de servicios personalizados que vayan a financiarse y desglose de sus costes estimados, incluida su complementariedad con las acciones financiadas por los Fondos Estructurales

23. Las medidas propuestas se han diseñado principalmente en función de las necesidades de los tres grupos prioritarios que se han identificado y que tienen diferentes niveles educativos. Las medidas se complementan con medidas aplicables a los tres grupos. Todas estas medidas se combinan para formar un paquete coordinado de servicios personalizados destinados a la reintegración de los trabajadores en el mercado de trabajo, de la manera siguiente:

24. Orientación profesional del FÁS : consiste en reuniones informativas de grupo y entrevistas individuales para los trabajadores despedidos, con el fin de determinar las cualificaciones actuales y las exigencias profesionales de cada trabajador así como proporcionar información sobre las oportunidades de trabajo a nivel regional, nacional y en la UE. También se determinan las necesidades de mejora de las competencias y de formación. Se iniciará una amplia serie de acciones de formación pertinentes y, cuando proceda, se recurrirá a proveedores de servicios educativos o a organismos consultivos de las empresas en relación con iniciativas empresariales.

25. Curso de formación del FÁS: Planificar el futuro : Este curso, que forma parte de los servicios de orientación profesional y de asesoramiento del FÁS, incluye preparación de currículos, gestión del tiempo, orientación de la carrera profesional, gestión del estrés, preparación para las entrevistas de trabajo así como información sobre las agencias adecuadas con las que debe entrarse en contacto para crear una empresa.

26. Asignaciones de formación del FÁS : Se trata de asignaciones que pueden pagarse a los participantes de una serie de medidas con el fin de permitir su participación. Incluyen dietas así como asignaciones en concepto de viaje, alojamiento y alimentación, cuando proceda, para un curso a tiempo completo de siete semanas de duración.

27. Subsidio de apoyo técnico al empleo (Technical Employment Support Grant - TESG) del FÁS : Con este subsidio se permite que los funcionarios del Servicio de Empleo paguen cursos de formación adecuados en apoyo de los trabajadores despedidos, cuando ni el FÁS ni ningún otro organismo estatal puedan satisfacer directamente esta necesidad dentro de un plazo razonable o en un lugar conveniente.

28. Cursos de formación del FÁS . El FÁS ha identificado tres grupos prioritarios con diferentes necesidades, y ha asimismo determinado paquetes modulares de medidas adecuadas para estos grupos:1. Trabajadores despedidos que tienen un bajo nivel educativo o profesional (el 76 % de los trabajadores despedidos).2. Trabajadores despedidos que tienen un nivel educativo medio o están semicualificados (el 20 % de los trabajadores despedidos).3. Trabajadores despedidos que tienen estudios superiores (el 4 % de los trabajadores despedidos).

29. Medidas destinadas a trabajadores con bajo nivel educativo o profesional. Este grupo es el que tiene un mayor riesgo de sufrir desempleo de larga duración y requerirá un importante esfuerzo de formación. El FÁS, en consulta con el VEC responsable de la formación de adultos y complementaria en Waterford City, ha identificado tanto los cursos habituales del FÁS como los servicios del VEC que satisfacen mejor las necesidades de formación y orientación de este grupo de trabajadores. Estas medidas incluyen:- cursos básicos de informática impartidos por el FÁS destinados a que los alumnos obtengan las capacidades, los conocimientos y las competencias que les permitan realizar una serie de tareas informáticas prácticas;- cursos nocturnos del FÁS que se ponen a disposición de los trabajadores despedidos que desean mejorar sus competencias y proporcionan un punto de entrada inicial al sistema educativo para los trabajadores en paro que dejaron sus estudios muy pronto y que pueden ser reacios a incorporarse a cursos de formación de jornada completa;- programa del VEC para la formación complementaria (nivel 4 del National Framework of Qualifications - NFQ) que consiste en módulos de comunicación, eficacia personal y competencias en tecnologías de la información y en investigación;- cursos nocturnos del VEC (nivel 5 del NFQ) que incluyen cursos en ámbitos tales como: puericultura, asistente de personas con necesidades especiales, ayudante de atención sanitaria, empresa, maquillaje, ECDL (Acreditación Europea de Manejo de Ordenador), fotografía, estudios sociales, industria de la música, ingeniería de sonido y periodismo impreso;- programa del Waterford Institute of Technology (WIT) para los trabajadores de más edad con baja cualificación (nivel 5 del NFQ), que incluye un módulo para el reconocimiento del aprendizaje previo destinado a asistir activamente a los trabajadores despedidos para que hagan un inventario de sus experiencias en lo que respecta a los requisitos de admisión así como de los resultados de aprendizaje obtenidos con el programa y el módulo, y a identificar posibles créditos para módulos o partes de programas;- curso de formación del Servicio de Empleo local de Waterford que incluye la formación en aptitudes laborales a cuatro trabajadores despedidos que viven en la cuenca de empleo de la localidad de Waterford.

30. Medidas destinadas a trabajadores con un nivel educativo medio o semicualificados . Se trata de trabajadores que tienen un nivel educativo equivalente a los niveles 4 y 5 del NFQ. Pueden acceder inmediatamente a los servicios de formación y mejora de competencias del FÁS. Se destinan a este grupo de trabajadores los cursos siguientes: conducción de vehículos pesados, trabajo en almacenes, conducción de carretillas elevadoras e introducción a las ciencias de la vida.

31. Medidas destinadas a trabajadores con estudios superiores que necesitan más cualificaciones para poder cambiar o modificar la orientación de su carrera. Se ha ofrecido a un antiguo trabajador de Waterford Crystal la posibilidad de participar en un programa de máster de economía en la Universidad de Limerick. Además, se propone ofrecer una serie de cursos apropiados de nivel superior (niveles 6 a 9 del NFQ) en ámbitos tales como tecnologías de la información, economía e ingeniería, a trabajadores despedidos de Waterford Crystal y sus proveedores, con el fin de mejorar sus posibilidades de encontrar trabajo. Waterford Crystal, que es una empresa que estuvo en funcionamiento durante más de cien años en la ciudad de Waterford, solía contratar a la mayor parte de sus trabajadores en los centros de enseñanza primaria y secundaria. Este hecho, junto con la elevada media de edad de los trabajadores despedidos, explica el bajo porcentaje de trabajadores que tienen cualificaciones que les permitan acceder a las ayudas para estudios superiores. Tras realizar entrevistas de evaluación y establecer el perfil de las cualificaciones educativas de los trabajadores despedidos, y después de la sesión de información organizada por los proveedores de servicios de educación y formación, se ha estimado que es probable que aprovechen esta oferta 25 de los trabajadores despedidos que poseen un certificado de fin de estudios o bien cualificaciones de tipo superior. A fin de maximizar las oportunidades de que disponen los trabajadores que deciden seguir cursos con titulación, así como su capacidad para permanecer en el sistema educativo y progresar dentro de él, se incluye en las medidas un módulo de reconocimiento del aprendizaje previo, que también contiene asignaciones para facilitar su participación.

32. Medidas en apoyo del espíritu de empresa . Se incluye lo siguiente:- promoción del espíritu de empresa de EI/CEB, que consta de talleres, presentaciones, entrevistas individuales y jornadas informativas destinadas a los trabajadores despedidos que desean crear su propia empresa; - programa de espíritu de empresa de EI/CEB, que incluye una serie de programas cortos Enterprise Start (creación de empresas) y Start you own business (cree su propia empresa), que están abiertos a todos los individuos que desean crear sus propias empresas;- programas de empresa de EI denominados Commercialisation Of Research and Development (CORD) que se realizan en la universidad y se imparten generalmente a empresas en fase inicial, promotores o investigadores que participan en el curso a tiempo completo de tercer nivel denominado Enterprise Platform Programme, impartido por el Waterford Institute of Technology, siempre y cuando cumplan los estrictos requisitos de admisión;- ayuda del CEB para convertirse en trabajador autónomo, que incluye subsidios que pueden utilizarse para la contratación de personal en una empresa o para el empleo autónomo de los promotores de nuevas empresas, que tengan el potencial de creación de al menos un puesto de trabajo a tiempo completo;- ayudas financieras de EI para nuevas empresas, que incluyen la concesión de subsidios de viabilidad para los promotores con una propuesta empresarial a fin de que puedan determinar si existe o no un nicho en el mercado para el producto que ofrecen, validar el potencial de mercado real y precisar su propuesta antes de ultimar una propuesta de inversión.

33. De conformidad con el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, los gastos administrativos indicados en la solicitud incluyen las actividades de preparación, gestión y control, así como de información y publicidad.

34. Los servicios personalizados presentados por las autoridades irlandesas son medidas activas del mercado laboral que se enmarcan dentro de las acciones subvencionables definidas en el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. Las autoridades irlandesas estiman el coste total de estos servicios en 3 865 659 EUR y los gastos administrativos en 89 500 EUR (lo que equivale al 2,26 % del importe total). La contribución solicitada total del FEAG es de 2 570 853 EUR (el 65 % de los costes totales).

Acciones | Número estimado de trabajadores destinatarios | Coste estimado por trabajador destinatario (en EUR) | Coste total (FEAG y cofinanciación nacional) (en EUR) |

Servicios personalizados (primer párrafo del artículo 3 del Reglamento del FEAG) |

Orientación profesional del FÁS | 468 | 50 | 23 400 |

Curso de formación del FÁS: planificar el futuro | 226 | 339 | 76 614 |

Asignaciones de formación del FÁS | 423 | 1 890 | 799 470 |

Subsidios de formación del programa TESG del FÁS | 265 | 725 | 192 207[3] |

Cursos de formación del FÁS | 430 | 2 351 | 1 010 943[4] |

Clases nocturnas del FÁS | 110 | 350 | 38 500 |

Programa del VEC para la formación complementaria (nivel 4 del NFQ) | 25 | 1 200 | 30 000 |

Clases nocturnas del VEC (nivel 5 del NFQ) | 55 | 1 200 | 66 000 |

Programa del WIT para trabajadores de más edad con bajo nivel de cualificación (nivel 5 del NFQ) | 50 | 3 500 | 175 000 |

Programa del WIT: programa de reconocimiento del aprendizaje previo | 50 | 750 | 37 500 |

Curso de formación del LES de Waterford | 4 | 81 | 325[5] |

Máster de economía de nivel universitario (financiado por el TESG) | 1 | 2 500 | 2 500 |

Cursos con titulación de tercer nivel: ingeniería, TI y economía | 25 | 10 000 | 250 000 |

Cursos con titulación de tercer nivel: módulo de reconocimiento del aprendizaje previo | 25 | 750 | 18 750 |

Cursos de tercer nivel - BTEA | 25 | 8 780 | 219 500 |

Cursos de tercer nivel: subsidios para el mantenimiento de estudiantes | 25 | 12 000 | 300 000 |

Promoción del espíritu empresarial de EI/CEB | 598 | 25 | 14 950 |

Programa de espíritu empresarial de EI/CEB | 50 | 1 000 | 50 000 |

Programa de empresa CORD de EI que se realiza en la universidad | 7 | 30 000 | 210 000 |

Ayuda del CEB para convertirse en trabajador autónomo (subsidios) | 10 | 20 000 | 200 000 |

Ayudas financieras de EI para nuevas empresas | 10 | 15 000 | 150 000 |

Subtotal para servicios personalizados | 3 865 659 |

Asistencia técnica para la aplicación del FEAG (artículo 3, párrafo tercero, del Reglamento del FEAG) |

Actividades preparatorias | 22 500 |

Gestión | 14 000 |

Información y publicidad | 40 000 |

Actividades de control | 13 000 |

Subtotal para asistencia técnica | 89 500 |

Coste total estimado | 3 955 159 |

Contribución del FEAG (65 % del coste total) | 2 570 853 |

35. Irlanda confirma que las medidas descritas más arriba son complementarias de las acciones financiadas por los Fondos Estructurales. Asimismo, Irlanda velará por que exista una pista de auditoría clara para las actividades financiadas por el FEAG, de manera que no trate de obtenerse ni se utilice ninguna otra financiación de la UE para estas actividades.

La fecha o fechas en que se hayan comenzado, o se haya previsto comenzar, a prestar los servicios personalizados a los trabajadores afectados

36. El 11 de marzo de 2009, Irlanda comenzó a prestar los servicios personalizados a los trabajadores afectados incluidos en el paquete coordinado propuesto para cofinanciación a través del FEAG. Por consiguiente, esta fecha representa el inicio de los períodos de admisibilidad para cualquier tipo de asistencia que pueda conceder el FEAG.

Procedimientos de consulta de los interlocutores sociales

37. Las autoridades irlandesas declararon que el FÁS, después de recibir la notificación del cierre de Waterford Crystal, se puso en contacto con el administrador judicial para examinar los servicios disponibles y las necesidades potenciales de los trabajadores. El administrador judicial comunicó información detallada sobre los trabajadores. Asimismo, el FÁS también se puso inmediatamente en contacto con el sindicato Unite Trade para informarle acerca de las medidas que estaba tomando. El organismo denominado Interagency Forum, creado por el ayuntamiento de Waterford, está evaluando en la actualidad el impacto de los despidos en la región. En este foro participan representantes de los interlocutores sociales y las agencias estatales, cuyos puntos de vista se están teniendo en cuenta, y así será también en el futuro, durante el desarrollo y la aplicación del paquete de medidas.

38. Además, las autoridades irlandesas confirmaron que se han cumplido los requisitos previstos en la legislación nacional y de la UE en materia de despidos colectivos.

Información sobre las acciones obligatorias con arreglo a la legislación nacional o los convenios colectivos

39. Por lo que se refiere a los criterios previstos en el artículo 6 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, en la solicitud las autoridades irlandesas:

40. confirmaron que la contribución financiera del FEAG no sustituye a las medidas que son responsabilidad de las empresas en virtud de la legislación nacional o los convenios colectivos,

41. demostraron que las acciones proporcionan apoyo a trabajadores concretos y que no se utilizarán para reestructurar empresas o sectores,

42. confirmaron que las acciones subvencionables mencionadas en los apartados 14 y 16 anteriores no reciben ayuda de otros instrumentos financieros comunitarios.

Sistemas de gestión y control

43. Irlanda ha comunicado a la Comisión que la gestión y el control de las contribuciones financieras correrán a cargo de las mismas autoridades y organismos responsables de la aplicación y la supervisión de la financiación del Fondo Social Europeo (FSE) en Irlanda. Así pues, la autoridad responsable de la gestión será el Ministerio de Empresa, Comercio y Empleo (Department of Enterprise, Trade and Employment) y, dentro del mismo, se delegarán competencias a una autoridad de certificación y una autoridad responsable de la auditoría específicas.

Financiación

44. Con arreglo a la solicitud presentada por Irlanda, la contribución propuesta del FEAG al paquete coordinado de servicios personalizados es de 2 570 853 EUR, lo que representa el 65 % del coste total. Las asignaciones del Fondo propuestas por la Comisión se basan en la información facilitada por Irlanda.

45. Teniendo en cuenta el importe máximo permitido de una contribución financiera con cargo al FEAG, fijado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1927/2006, así como el margen existente para la reasignación de créditos, la Comisión propone movilizar el FEAG por el importe total antes mencionado, que se asignará con cargo a la rúbrica 1a del marco financiero.

46. La cuantía propuesta de la contribución financiera dejará disponible más del 25 % del importe máximo anual destinado al FEAG para ser asignado durante los cuatro últimos meses del año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 6, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

47. Con la presentación de esta propuesta para movilizar el FEAG, la Comisión inicia el procedimiento de triálogo simplificado, de acuerdo con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006, con el fin de alcanzar el acuerdo de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria sobre la necesidad de utilizar el FEAG y la cantidad solicitada. La Comisión insta a la primera de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria que alcance un acuerdo sobre el proyecto de propuesta de movilización, al nivel político adecuado, a que informe a la otra rama y a la Comisión de sus intenciones. En caso de desacuerdo de cualquiera de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria, se convocará una reunión oficial del triálogo.

48. La Comisión presenta por separado una solicitud de transferencia para consignar en el presupuesto de 2010 los correspondientes créditos de compromiso y de pago, como exige el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006.

Fuentes alternativas de créditos de pago

La práctica seguida hasta la actualidad ha consistido en recurrir al presupuesto del FSE como fuente de los créditos de pago necesarios debido a la «proximidad» de las políticas, y teniendo en cuenta que los créditos de pago que ha necesitado anualmente hasta la fecha el FEAG equivalen a aproximadamente el 1 % de la dotación financiera del FSE. Sin embargo, el Parlamento Europeo contesta esta práctica argumentando que priva de recursos presupuestarios a un instrumento, el FSE, que es una prioridad para el Parlamento Europeo, y pide a la Comisión que utilice fuentes alternativas. En la actual fase inicial del ejercicio presupuestario, es difícil encontrar este tipo de fuentes alternativas.

No obstante, con el fin de satisfacer esta petición en relación con futuros casos del FEAG, la Comisión está dispuesta a examinar la posibilidad de encontrar fuentes alternativas de créditos de pago cuando ello sea posible y razonable y cuando no exista ningún riesgo de retraso de la tramitación de la solicitud de transferencia.

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud FEAG/2009/012 IE/Waterford Crystal, Irlanda)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[6] y, en particular, su apartado 28,

Visto el Reglamento (CE) nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización[7], y en particular su artículo 12, apartado 3,

Vista la propuesta de la Comisión Europea[8],

Considerando lo siguiente:

(1) El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se creó para proporcionar apoyo adicional a los trabajadores despedidos que sufren las consecuencias de cambios estructurales importantes en los patrones del comercio mundial y para ayudarlos a reincorporarse al mercado laboral.

(2) El ámbito de aplicación del FEAG fue ampliado a las solicitudes presentadas a partir del 1 de mayo de 2009 a efectos de aportar ayuda a los trabajadores despedidos como consecuencia directa de la crisis económica y financiera mundial.

(3) El Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 permite la movilización del FEAG dentro de un límite máximo anual de 500 millones EUR.

(4) El 7 de agosto de 2009, Irlanda presentó una solicitud de movilización del FEAG con respecto a los despidos que se habían producido en la empresa Waterford Crystal y en tres de sus proveedores o empresas transformadoras de sus productos, y completó esta solicitud con información adicional hasta el 3 de noviembre de 2009. La presente solicitud cumple los requisitos para la fijación de las contribuciones financieras según lo establecido en el artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. Por consiguiente, la Comisión propone movilizar un importe de 2 570 853 EUR.

(5) Por consiguiente, debe movilizarse el FEAG a fin de proporcionar una contribución financiera en respuesta a la solicitud presentada por Irlanda.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio financiero 2010, se movilizará el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) para proporcionar un importe de 2 570 853 EUR en créditos de compromiso y de pago.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea .

Hecho en,

Por el Parlamento Europeo Por el Consejo

El Presidente El Presidente

[1] DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

[2] DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.

[3] La diferencia en los costes totales se debe a la suma de los costes de diferentes subservicios y el redondeo de diferentes subtotales.

[4] La diferencia en los costes totales se debe a la suma de los costes de diferentes subservicios y el redondeo de diferentes subtotales.

[5] La diferencia en los costes totales se debe al redondeo de los costes unitarios (81,18 EUR).

[6] DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

[7] DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.

[8] DO C […] de […], p. […].