52010PC0050




[pic] | COMISIÓN EUROPEA |

Bruselas, 8.2.2010

COM(2010)50 final

2010/0034 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

que modifica la Decisión 2009/459/CE, de 6 de mayo de 2009, por la que se concede ayuda financiera comunitaria a medio plazo a Rumanía

2010/0034 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

que modifica la Decisión 2009/459/CE, de 6 de mayo de 2009, por la que se concede ayuda financiera comunitaria a medio plazo a Rumanía

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 332/2002 del Consejo, de 18 de febrero de 2002, por el que se establece un mecanismo de ayuda financiera a medio plazo a las balanzas de pagos de los Estados miembros[1], y en particular, su artículo 5, párrafo segundo, en relación con su artículo 8,

Vista la propuesta de la Comisión presentada previa consulta al Comité Económico y Financiero (CEF),

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud de la Decisión 2009/458/CE[2], el Consejo decidió conceder asistencia mutua a Rumanía. De conformidad con la Decisión 2009/459/CE[3], el Consejo decidió conceder ayuda financiera a medio plazo a Rumanía.

(2) El alcance y la intensidad de la recesión económica que afecta a Rumanía requieren una revisión de las condiciones de política económica a las que se asocia el desembolso de los tramos de la ayuda financiera, a fin de tener en cuenta los efectos derivados de la contracción del PIB real mayor de lo previsto.

(3) Es preciso, por tanto, modificar la Decisión 2009/459/CE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2009/459/CE del Consejo queda modificada como sigue:

1. 1. En el artículo 3, apartado 5, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:

«la aplicación de un programa presupuestario a medio plazo claramente definido con el fin de situar el déficit de las administraciones públicas por debajo del valor de referencia del 3% del PIB establecido en el Tratado, siguiendo un calendario y una senda de saneamiento compatibles con las recomendaciones dirigidas por el Consejo a Rumanía en el marco del procedimiento de déficit excesivo».

2. 1. En el artículo 3, apartado 5, la letra b) se sustituye por el texto siguiente:

«la aprobación y ejecución de presupuestos anuales para 2010 y años posteriores compatibles con la senda de saneamiento».

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será Rumanía.

Artículo 3

La presente Decisión será publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea .

Hecho en Bruselas,

Por el Consejo

El Presidente

([1]) DO L 53 de 23.2.2002, p. 1.

([2]) DO L 150 de 13.6.2009, p. 6.

([3]) DO L 150 de 13.2009, p. 8.