13.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 74/12


Jueves 11 de noviembre de 2010
Consolidación de la OSCE - Un papel para la UE

P7_TA(2010)0399

Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de noviembre de 2010, sobre la consolidación de la OSCE – Un papel para la UE

2012/C 74 E/04

El Parlamento Europeo,

Vistas el Acta Final de Helsinki de 1975, la Carta de París y el Documento de Copenhague de 1990, la Carta para la Seguridad en Europa y el Documento de Viena de 1999, así como otros documentos fundamentales de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa/Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (CESCE/OCDE),

Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 1999, sobre la OSCE (1),

Vista la Estrategia Europea de Seguridad (EES) titulada «Una Europa segura en un mundo mejor», aprobada por el Consejo Europeo el 12 de diciembre de 2003,

Vista su Resolución, de 14 de abril de 2005, sobre la Estrategia Europea de Seguridad (2),

Vistos el informe final y las recomendaciones del Grupo de personalidades eminentes denominados «Un objetivo común – Hacia una OSCE más eficaz», de 27 de junio de 2005,

Vista su Resolución, de 15 de febrero de 2007, sobre la dimensión exterior de la lucha contra el terrorismo internacional (3),

Vista su Resolución, de 8 de mayo de 2008, sobre las misiones de observación electoral de la UE: objetivos, prácticas y futuros desafíos (4),

Vista su Resolución, de 17 de septiembre de 2009, sobre el caso de Yevgeny Zhovtis en Kazajstán (5),

Vista la Decisión no 4/08 del Consejo de Ministros, de 5 de diciembre de 2008, titulada «Fortalecimiento del marco jurídico de la OSCE» y las anteriores decisiones sobre la capacidad jurídica de la OSCE y sus privilegios e inmunidades,

Visto el discurso pronunciado por el Presidente ruso Dimitri Medvédev el 5 de junio de 2008 en Berlín sobre la necesidad de celebrar una conferencia paneuropea de reflexión sobre la seguridad europea, así como su propuesta de 29 de noviembre de 2009 de un Tratado sobre la seguridad europea,

Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de los días 11 y 12 de diciembre de 2008, así como el Informe de 11 de diciembre de 2008 del Secretario General del Consejo/Alto Representante de la Unión Europea para la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) sobre la aplicación de la Estrategia Europea de Seguridad – Ofrecer seguridad en un mundo en evolución,

Vistas la Declaración del Consejo de Ministros de la OSCE sobre el Proceso de Corfú: «Reconfirmar-Revisar-Reforzar la seguridad y la cooperación de Vancouver a Vladivostok» y la Decisión no 1/09, de 2 de diciembre de 2009, sobre la consolidación del Proceso de Corfú,

Vistos el análisis y las recomendaciones del Grupo de expertos sobre un nuevo concepto estratégico para la OTAN titulados «OTAN 2020: Seguridad garantizada; Compromiso dinámico», de 17 de mayo de 2010,

Visto el Informe intermedio, de 21 de junio de 2010, del Presidente en ejercicio de la OSCE, en el que se resumen las propuestas presentadas por los Estados participantes en el Proceso de Corfú,

Vista la Decisión del Consejo Permanente de la OSCE tras el acuerdo alcanzado en el Consejo de Ministros informal de Almaty de los días 16 y 17 de julio sobre la celebración de una Cumbre de la OSCE en Astana en diciembre de 2010 y de una Conferencia de revisión en preparación de la misma,

Visto el discurso pronunciado por Catherine Ashton, Vicepresidenta de la Comisión Europea y Alta Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, en la reunión informal de Almaty (SPEECH /10/393) a propósito de las prioridades de la UE para la Cumbre de Astana,

Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A.

Considerando que la OSCE forma parte de la estructura euroatlántica y eurasiática de seguridad y se distingue por su amplio concepto de la seguridad que incluye una dimensión político-militar, una dimensión económica y medioambiental, y una dimensión humana, por su amplia composición, que reúne a países desde Vancouver a Vladivostok, y por la variedad y flexibilidad de sus mecanismos,

B.

Considerando que la UE y la OSCE, aun siendo diferentes en su naturaleza y estructuras, comparten los mismos principios y valores; considerando que todos los Estados miembros de la UE también son Estados participantes de la OSCE; considerando que ambas organizaciones ejercen responsabilidades en el desarrollo institucional, la promoción de la democracia y los derechos humanos, así como en el ámbito de la prevención y gestión de conflictos, reconociendo plenamente el papel primordial del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en cuestiones de paz y seguridad internacionales,

C.

Considerando que el Acta Final de Helsinki, cuyo 35 aniversario se celebra este año, sentó las bases del Proceso de Helsinki, que ha conllevado importantes cambios democráticos en Europa,

D.

Considerando que la última Cumbre de la OSCE tuvo lugar en Estambul en 1999 y que en ella se aprobó la Carta sobre la Seguridad Europea; que desde entonces se han producido importantes cambios en la región de la OSCE y que su papel ha ido perdiendo importancia,

E.

Considerando que, de las organizaciones que se ocupan de cuestiones de seguridad en la región europea, la OSCE es la única que carece de personalidad jurídica internacional; considerando que esta situación tiene una serie de repercusiones jurídicas de carácter político y práctico; considerando que en octubre de 2007 se redactó un convenio sobre el estatuto jurídico de la OSCE y sus privilegios e inmunidades y que desde entonces el texto de sus artículos no ha encontrado oposición entre los Estados participantes,

F.

Considerando que el Proceso de Corfú partió de la propuesta formulada por el Presidente ruso Dimitri Medvédev el 5 de junio de 2008 sobre la necesidad de debatir el tema de la seguridad en Europa con vistas a elaborar un Tratado sobre la seguridad europea jurídicamente vinculante; considerando que la OSCE es un foro importante para debatir esta propuesta,

G.

Considerando que el Proceso de Corfú ha aportado a la OSCE una energía renovada y que la Cumbre debería reafirmar su compromiso con los principios y el espíritu del Acta Final de Helsinki y definir una visión estratégica clara para el futuro que incluya la mejora y actualización de los instrumentos existentes,

H.

Considerando que los esfuerzos deben concentrarse en reformar el mecanismo de toma de decisiones, que no siempre ha permitido a la OSCE responder oportunamente a las crisis; considerando que deben desarrollarse instrumentos más eficaces para la gestión de crisis y que debe atribuirse mayor importancia a la mediación y la resolución de conflictos,

I.

Considerando que la OSCE, al ser el foro de consulta más inclusivo en la región euroatlántica y euroasiática, aún tiene un papel fundamental que desempeñar en varias cuestiones, como la no proliferación, el desarme, la cooperación económica, la protección y promoción de los derechos humanos y el Estado de Derecho,

J.

Considerando que el Tratado de Lisboa permite a la UE hacer oír su voz en el mundo de manera más clara y más firme y alienta todas las formas de cooperación de la UE mutuamente beneficiosas con las organizaciones internacionales y regionales pertinentes, incluida la OSCE,

1.

Destaca la importancia de las intensas conversaciones sobre la seguridad europea actualmente en curso en el marco de la OSCE, de la OTAN y de la UE, ya que, al reafirmar los valores comunes y consolidar los mecanismos, puede reforzarse la confianza mutua en la región euroatlántica y euroasiática, lo que redunda en una estructura de seguridad europea más sólida;

Valor añadido de la OSCE

Aspectos transversales

2.

Subraya la necesidad de mantener el equilibrio entre las tres dimensiones de la OSCE, desarrollándolas de forma coherente y global a partir de los resultados conseguidos hasta la fecha; afirma que no cabe reforzar una dimensión en detrimento de otra; subraya, además, que las amenazas y los retos relativos a la seguridad, incluidos los contemporáneos como la delincuencia organizada, el terrorismo, las amenazas cibernéticas, la trata de personas y el tráfico de drogas, la seguridad energética, así como las actividades relativas a los mecanismos de alerta temprana, y la prevención y solución de conflictos, deben enfocarse desde estas tres dimensiones para ser realmente eficaces;

3.

Hace hincapié en que la consolidación de la OSCE no debe implicar un debilitamiento de las instituciones y los mecanismos existentes, y en particular de la labor de la Oficina de Instituciones Democráticas y de Derechos Humanos (ODIHR), o un perjuicio para su independencia, mientras no hayan sido reformados o no se haya llegado a un acuerdo sobre una alternativa;

4.

Pide a la OSCE que siga reforzando su capacidad de garantizar el respeto y la aplicación de los principios y compromisos asumidos por los Estados participantes en las tres dimensiones, mejorando, por ejemplo, los mecanismos de seguimiento;

5.

Está convencido de que una mayor interacción y sinergia con otras organizaciones regionales competentes solo puede redundar en beneficio del trabajo de la OSCE y pide la creación de marcos de cooperación más claros y flexibles que faciliten y aceleren estas sinergias;

Dimensión político-militar

6.

Considera que la OSCE ha desempeñado un papel fundamental a la hora de mejorar la seguridad, elaborando una red única de tratados, compromisos, normas y medidas, incluido el Tratado sobre Fuerzas Armadas Convencionales en Europa (FACE), el Acuerdo de cielos abiertos y el Documento de Viena de 1999 sobre medidas destinadas a fomentar la confianza y la seguridad; reconoce, sin embargo, que esa dimensión político-militar no ha sido capaz de lograr progresos, en particular en relación con el conflicto en Georgia en 2008, la incapacidad de hacer frente con eficacia a los prolongados conflictos del Cáucaso y del Transdniéster, la suspensión del Tratado sobre Fuerzas Armadas Convencionales por parte de Rusia y la negativa hasta la fecha de Estados miembros de la OTAN a ratificar el Tratado FACE adaptado; pide a los Estados miembros de la OTAN y a la Federación de Rusia que ratifiquen y apliquen los Tratados existentes y cumplan sus obligaciones, incluida la aplicación de los Compromisos de Estambul de 1999;

7.

Considera que la OSCE es el marco idóneo para las negociaciones sobre conflictos regionales dentro de su ámbito de responsabilidad; lamenta la falta de voluntad política de la UE y de sus miembros para hacer un uso más eficaz de las potencialidades de la OSCE en este ámbito; aboga por un fortalecimiento de los instrumentos de prevención de conflictos de la OSCE; lamenta la falta de innovación en los enfoques de los procesos de paz y observa que un avance hacia la solución de estos prolongados conflictos contribuiría notablemente a aumentar la credibilidad de la OSCE y que ello no debe pasarse por alto en el Proceso de Corfú; considera, por lo tanto, que este objetivo debe ser tratado en las conclusiones de la Cumbre;

8.

Toma nota de la misión de la OSCE en el Transdniéster (Moldova); lamenta la pérdida de rango de la misión y la interrupción de las actividades de desarme en el complejo de almacenamiento de Colbasna desde 2004; recuerda la firme determinación de la UE de buscar una solución al conflicto del Transdniéster basada en el respeto de la integridad territorial y la soberanía de la República de Moldova; pide la reanudación, en el más breve plazo y sin condiciones previas, de las negociaciones con el formato 5+2; pide esfuerzos concertados de la UE para alinear la iniciativa germano-rusa de Meseberg con la misión de la OSCE en el Transdniéster;

9.

Recuerda el importante compromiso de la UE para poner fin a las hostilidades y negociar los acuerdos de alto el fuego durante el conflicto de Georgia en 2008 y considera, a este respecto, que la UE tiene una función que cumplir junto con la OSCE en la prevención y mitigación de los conflictos y las tensiones interétnicos en el ámbito de la OSCE; destaca que estos conflictos no solo tienen una elevada relevancia local y regional, sino también un efecto directo en la estructura de la seguridad en la UE; pide un nuevo acuerdo para restablecer una misión de la OSCE para la observación de la paz en Georgia con el fin de evitar nuevos actos de violencia, proteger a las minorías y promover negociaciones que garanticen la seguridad y la estabilidad en la región del Cáucaso meridional;

10.

Toma nota de la función desempeñada por la OSCE en el conflicto de Nagorno Karabaj, especialmente por lo que respecta al alto el fuego y a las negociaciones en curso; señala que, aunque la UE no está directamente implicada en la conversaciones de paz del grupo de Minsk de la OSCE sobre el conflicto de Nagorno Karabaj, puede hacer importantes contribuciones prácticas y políticas para apoyar sus esfuerzos, por ejemplo otorgando un mandato de la UE a su copresidente francés, como se estipulaba en la Resolución del PE sobre la necesidad de una estrategia de la UE para el Cáucaso Meridional;

11.

Pide el restablecimiento del proceso de limitación del armamento convencional y de desarme en el marco de la OSCE; aboga por entablar negociaciones sobre los próximos pasos para reducir las fuerzas armadas y el armamento (FACE II) y pide a la UE y a sus Estados miembros que adopten las iniciativas correspondientes;

12.

Pide a la UE y a sus Estados miembros que, en el marco de la OSCE, pongan a disposición sus experiencias y capacidades en materia de conversión de armamento y que promuevan activamente acuerdos de la OSCE en este ámbito;

13.

Destaca la gran importancia de restablecer la confianza mutua y el espíritu de solidaridad; señala que es necesario seguir desarrollando medidas de consolidación de la confianza y la seguridad, así como un régimen sólido y eficaz de control de las armas convencionales y, para ello, destaca la importancia fundamental de encontrar una solución para la crisis del Tratado FACE y modernizar el Documento de Viena; acoge favorablemente los términos de la declaración de los Presidentes Obama y Medvédev de junio de 2010 sobre el futuro del control de las armas convencionales y del Tratado FACE; celebra la decisión tomada por el Gobierno de los Estados Unidos en enero de 2010 de nombrar un enviado especial para el Tratado FACE; apoya las valiosas actividades de la OSCE en los ámbitos de la lucha contra el terrorismo, la gestión de fronteras y el trabajo en materia de policía; destaca que estas actividades son especialmente cruciales en el Asia Central, donde contribuyen a estabilizar la situación de la seguridad en toda la región;

14.

Observa que el desarrollo de las capacidades de la UE no debe percibirse como un debilitamiento del papel de la OSCE, sino como un paso necesario para mejorar la cooperación también entre los Estados que participan en la OSCE, y destaca que reuniones regulares al más alto nivel y el permanente asesoramiento así como el intercambio de información y las consultas en ambos sentidos entre la UE y la OSCE propiciarían esta comprensión;

Dimensión económica y medioambiental

15.

Señala las conclusiones del Consejo de Ministros de la OSCE sobre el Documento estratégico para la dimensión económica y medioambiental, en las que se reconoce que una cooperación más eficaz con los países miembros de la OSCE para hacer frente a las amenazas y los retos derivados de factores económicos y medioambientales puede contribuir considerablemente a la seguridad, estabilidad, democracia y prosperidad en la región, y destaca que existen factores económicos y medioambientales que pueden estar contribuyendo a los conflictos actuales;

16.

Está firmemente convencido de que la cooperación y la promoción de sistemas de alerta temprana sobre cuestiones económicas y medioambientales como la energía, el comercio, el cambio climático o la seguridad en materia de agua, pueden servir de instrumentos para reducir las tensiones, prevenir los conflictos, consolidar la confianza y fomentar las buenas relaciones de vecindad y la cooperación regional multilateral en el ámbito de la OSCE; alienta por tanto al Foro Económico de la OSCE a que aborde estas cuestiones incrementando su capacidad de asesoramiento y asistencia y movilizando y facilitando eficazmente los conocimientos y recursos de otras organizaciones internacionales; pide al Consejo que refleje este aspecto en el Proceso de Corfú y en la Cumbre;

17.

Considera que, dado que no solo la UE y la Federación de Rusia sino todos los Estados miembros de la OSCE son importadores y exportadores de energía y materia primas energéticas en una relación de dependencia mutua y que en el ámbito de la OSCE han aumentado en los últimos años los conflictos en materia de aprovisionamiento de energía en perjuicio de la población civil, debe darse una importancia capital al diálogo sobre política energética;

18.

Considera que los retos del cambio climático en todos las facetas de la vida persistirán durante largo tiempo y acarrearán graves consecuencias, dejándose sentir muy especialmente en determinadas regiones; pide a la OSCE que redoble sus esfuerzos por mitigar la contribución del ser humano al calentamiento global y fomentar la estabilidad y la seguridad sostenible allí donde sea mayor la probabilidad de que se produzcan los efectos del cambio climático;

Dimensión humana

19.

Hace hincapié en que los derechos humanos y de las minorías y las libertades fundamentales son parte intrínseca del concepto global de seguridad de la OSCE, como demuestran los numerosos y diversos compromisos y mecanismos existentes, que deben ser aplicados plenamente; destaca que el Proceso de Corfú y la Cumbre deben aspirar a reforzar aún más el seguimiento y la aplicación de estos compromisos y mecanismos;

20.

Reconoce el papel esencial de la ODIHR en la observación de elecciones y a la hora de promover los derechos humanos, la democratización y los derechos de las minorías, como los romà y los sinti; subraya el papel y las obligaciones del Alto Comisionado para las Minorías Nacionales a la hora de reforzar la coexistencia pacífica de las comunidades minoritarias y de prevenir los conflictos étnicos haciendo uso de todos los mecanismos de alerta temprana necesarios; expresa su satisfacción por la labor del Representante para la Libertad de los Medios de Comunicación y del Representante Especial y Coordinador de la Lucha contra la Trata de Personas; pide la activa participación del Parlamento Europeo en las actividades de la ODIHR;

21.

Pide a la OSCE, en particular por lo que se refiere a la observación de elecciones, que debe reforzarse y aceptarse como un signo de confianza en cada uno de los Estados miembros de la OSCE, que reafirme y proteja la independencia de la ODIHR y refuerce aún más su función y su capacidad como principal institución de la OSCE para la observación de elecciones, con la que el Parlamento Europeo ha desarrollado una sólida y eficaz cooperación en este ámbito; pide el fortalecimiento de esta cooperación y coordinación entre la ODIHR de la OSCE y el Parlamento Europeo tanto en la preparación de las misiones internacionales de observación electoral en países de la OSCE como durante su despliegue y después de este;

22.

Pide al Consejo que garantice que la OSCE sigue mejorando y diversificando el trabajo desde esta dimensión, teniendo asimismo en cuenta otras preocupaciones que pueden abordarse con el asesoramiento existente, como la lucha contra el terrorismo y el impacto de los movimientos de población, incluidos los de los desplazados internos y los refugiados;

Misiones sobre el terreno

23.

Pide a los Estados miembros que hagan hincapié en la importancia de las misiones de la OSCE sobre el terreno, que han permitido adquirir una importante experiencia y que desempeñan un destacado papel a la hora de avanzar en las tres dimensiones al complementar a las delegaciones de la UE en la promoción de la democracia y los procesos de reforma mediante la observación de los juicios por crímenes de guerra, al promover la reconciliación nacional y al apoyar el desarrollo de la sociedad civil, además de constituir un instrumento clave para la alerta temprana y la prevención de conflictos, y que garanticen que la financiación de estas misiones no disminuya; pide a la UE que aprenda de esta experiencia en sus propias misiones sobre el terreno;

24.

Toma nota de los esfuerzos de la OSCE en Kirguistán, que demuestran su capacidad de responder rápidamente a situaciones de crisis cuando está presente in situ; acoge con satisfacción, a este respecto, la Decisión del Consejo Permanente de la OSCE, de 22 de julio de 2010, relativa a una misión policial de asesoramiento; destaca que la continua inestabilidad de este país requiere un presencia internacional más sólida y sustancial destinada a ayudar y apoyar a las fuerzas locales y a reforzar la acción policial; considera que la OSCE puede desempeñar un papel esencial en el Asia Central y retomar su papel en Georgia; lamenta que la misión policial de asesoramiento no se haya desplegado, como estaba previsto, a principios de septiembre de 2010 debido a la reticencia del Gobierno kirguís; insta a los Estados miembros de la OSCE y al Gobierno kirguís a permitir el despliegue inmediato de fuerzas policiales internacionales y neutrales en el país y a aumentar considerablemente el número de sus integrantes para garantizar que su mandato sea ejecutivo y no puramente de asesoramiento;

Proceso de Corfú

25.

Acoge con satisfacción el Proceso de Corfú, iniciado por la Presidencia griega de la OSCE y rápidamente asumido por la Presidencia kazaja de la OSCE, con vistas a restablecer la confianza, renovar el compromiso con los principios de la OSCE y abordar los retos en materia de seguridad en el marco de un diálogo y una cooperación multilaterales, teniendo en cuenta las sensibilidades y preocupaciones de todos los Estados participantes en la OSCE;

26.

Recuerda que este Proceso es una consecuencia de la petición de junio de 2008 de reanudar el diálogo sobre la seguridad paneuropea y de la de 8 de octubre de 2008 sobre la modernización de la seguridad europea en el marco de la OSCE, y que constituye un foro adecuado para examinar las cuestiones incluidas en la propuesta acerca de un nuevo Tratado en materia de seguridad; considera que es necesario lograr una mayor coordinación y una cooperación más estrecha con Rusia, ya que este país desempeña un papel decisivo con respecto a la seguridad europea;

27.

Considera que el objetivo final del Proceso de Corfú debe ser la consolidación de la OSCE, basada en los compromisos existentes y en los principios y el espíritu del Acta Final de Helsinki, con vistas a garantizar que puede desempeñar un papel importante para responder a los retos actuales y futuros, incluido un procedimiento decisorio más flexible, y debatir de forma global las cuestiones de seguridad en la región euroatlántica y euroasiática y contribuir de forma concreta a su solución, incrementando su visibilidad;

28.

Celebra la iniciativa de Kazajstán, que ocupa la Presidencia en ejercicio de la OSCE, de celebrar una Cumbre de la OSCE como una manera de dar un impulso político a las actuales negociaciones sobre seguridad y de consolidar a la OSCE; pide a la Comisión y los Estados miembros de la OSCE que antes de la Cumbre insten a Kazajstán a tomar medidas concretas para garantizar y respetar los valores básicos de la OSCE, como los derechos humanos, el Estado de Derecho, la libertad de expresión, incluida la despenalización de libertades, y la tutela judicial efectiva; destaca que las principales prioridades del orden del día de la Cumbre deben ser el fortalecimiento del marco de control de las armas convencionales, la consolidación de la aplicación de los compromisos en el ámbito de la dimensión humana y el reforzamiento de las capacidades de la OSCE en las tres dimensiones para promover la prevención de conflictos, la gestión de crisis y la rehabilitación posterior a los conflictos, en especial en el caso de conflictos prolongados;

29.

Pide a los Estados miembros de la UE, a la Comisión y a la Alta Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que cooperen con los miembros de la OSCE en la Cumbre de diciembre de 2010 con el fin de formular un plan de acción en que se trace una hoja de ruta hacia un instrumento para instituir una comunidad de seguridad en el ámbito de la OSCE, y que encarguen la preparación de una cumbre de seguimiento en los próximos dos a cuatro años;

30.

Pide a la OSCE y a los Estados miembros de la UE que incluyan en el orden del día de la Cumbre la propuesta del Vicepresidente estadounidense Biden de un mecanismo de la OSCE para la prevención de crisis; aboga por ahondar en la iniciativa de los Estados Unidad en el contexto del Proceso de Corfú para reforzar el papel del Secretario General de la OSCE y de los presidentes de la OSCE, es decir, de una troica formada por el actual presidente, el anterior presidente y el futuro presidente, en la gestión de las crisis por parte de la OSCE;

Papel de la UE

31.

Considera el trabajo de la OSCE como muy valioso, y pide, por lo tanto, que se entable una profunda reflexión sobre la manera en que la UE puede asumir mayores responsabilidades y participar de manera más eficaz en el logro de los objetivos comunes, para lo cual el establecimiento de un sistema de diálogo permanente, el acuerdo sobre iniciativas comunes y la coordinación de actividades sobre el terreno pueden ser instrumentos adecuados en el contexto de un acuerdo formal entre la UE y la OSCE; pide al Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores de la UE, a la Alta Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y al Consejo Permanente de la OSCE que trabajen en un mecanismo destinado a aumentar la cooperación, la coordinación y las consultas entre ambas organizaciones; pide a los Estados miembros de la UE, a la Comisión y a la Alta Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que presenten propuestas sobre la disposición y la capacidad de la UE para participar en misiones bajo mandato de la OSCE;

32.

Pide a la Alta Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que estudie el modo de que el SEAE puede establecer procedimientos adecuados de cooperación con la ODIHR para reforzar, sin solapamientos, el papel de la UE en la observación de elecciones en el ámbito de la OSCE;

33.

Considera que la UE, a través de su Alta Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, sus Estados miembros y el Presidente del Consejo Europeo, debe garantizar, mediante la pronta adopción de una posición común sobre las reformas de la OSCE, que los resultados de la Cumbre queden reflejados en un plan de acción que se comprometa aún más a favor de la consolidación de la OSCE, en especial en relación con la prevención de conflictos, la gestión de crisis y la rehabilitación posterior a los conflictos, asegurando, entre otros aspectos, la celebración periódica de cumbres de alto nivel para impulsar a nivel político la labor de la OSCE; celebra la nueva práctica de celebrar reuniones informales a nivel de ministros;

34.

Expresa su satisfacción y apoyo a la articulación y definición de prioridades por parte de la UE en la OSCE, considerando que el hecho de hacer hincapié en las cuestiones esenciales es fundamental para desarrollar plenamente el potencial de la Cumbre;

35.

Alienta a los Estados miembros de la UE y a la Delegación de la UE en Viena a que sigan contribuyendo significativamente al Proceso de Corfú; pide a Lituania, que ostentará la próxima Presidencia de la OSCE, que garantice la continuidad y el avance del proceso de consolidación de la OSCE;

36.

Pide a la UE, a sus Estados miembros y al actual y a los futuros Presidentes en ejercicio de la OSCE que continúen el diálogo sobre el marco jurídico de la OSCE y que reiteren la necesidad de adoptar sin demora el proyecto de convenio sobre la personalidad jurídica internacional, la capacidad jurídica y los privilegios e inmunidades de la OSCE, instrumento que no afecta a la naturaleza de los compromisos de la OSCE, sino que refuerza su identidad y su perfil, resolviendo, además, una serie de problemas prácticos de su personal, especialmente de los que trabajan en zonas de crisis;

37.

Considera que debería invitarse a su Presidente a participar en la Cumbre y pide al Consejo Europeo que actúe en este sentido;

38.

Considera que, con vistas a consolidar las relaciones con la OSCE, debería reflexionar sobre su participación en la Asamblea Parlamentaria de la OSCE y examinar la posibilidad de establecer una delegación permanente adecuada en dicha Asamblea para seguir más de cerca las actividades de la OSCE y de su Asamblea;

*

* *

39.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo y a la Comisión, a los Estados participantes de la OSCE y al Secretario General de la OSCE.


(1)  DO C 296 de 18.10.2000, p. 126.

(2)  DO C 33 E de 9.2.2006, p. 580.

(3)  DO C 287 E de 29.11.2007, p. 524.

(4)  DO C 271 E de 12.11.2009, p. 31.

(5)  DO C 224 E de 19.8.2010, p. 30.