12.8.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 236/48


Martes 15 de junio de 2010
Progresos hacia la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio: revisión intermedia como preparación para la reunión de alto nivel de las Naciones Unidas que se celebrará en septiembre de 2010

P7_TA(2010)0210

Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de junio de 2010, sobre el progreso hacia el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio: revisión intermedia en preparación de la reunión de alto nivel de las Naciones Unidas en septiembre de 2010 (2010/2037(INI))

2011/C 236 E/07

El Parlamento Europeo,

Vista la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas de 8 de septiembre de 2000,

Vista la reunión del Consejo Europeo de los días 17 y 18 de junio de 2010, dedicada a los ODM,

Vistos los compromisos adquiridos por el G8 sobre el volumen de las ayudas, las ayudas al África subsahariana y la calidad de las ayudas, en la cumbre de Gleneagles de 2005 y en todas las reuniones posteriores del G8 y del G20,

Vista la cumbre del G20 celebrada en Pittsburgh de los días 24 y 25 de septiembre de 2009 y la cumbre del G20 celebrada en Londres el 2 de abril de 2009,

Vista la cumbre del G8 celebrada en L'Aquila, Italia, del 8 al 10 de julio de 2009,

Vistos el Consenso europeo sobre desarrollo (1) y el Código de conducta de la UE sobre complementariedad y división del trabajo en la política de desarrollo (2),

Visto el Consenso de Monterrey, adoptado en la Conferencia Internacional sobre la financiación para el desarrollo, celebrada en Monterrey, México, del 18 al 22 de marzo de 2002,

Vistas la Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda y la Agenda de Acción de Accra,

Vistas la Llamada a la Acción Urgente de Addis para mejorar la salud materna, la Llamada a la Acción de Berlín y las Opciones Estratégicas para las ONG, documentos, estos dos últimos, publicados para celebrar el decimoquinto aniversario de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD/15),

Visto el artículo 208 del Tratado de Funcionamiento de la UE, que establece que «la Unión tendrá en cuenta los objetivos de la cooperación para el desarrollo al aplicar las políticas que puedan afectar a los países en desarrollo»,

Vista la Comunicación de la Comisión, de 12 de abril de 2005, sobre la coherencia de las políticas en favor del desarrollo (3),

Visto el Reglamento (CE) no 1905/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo (4) (el «Instrumento de Cooperación al Desarrollo» (ICD)),

Visto el artículo 7 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (Tratado de Lisboa) que reafirma que la UE velará por la coherencia entre sus diferentes políticas y acciones, teniendo en cuenta el conjunto de sus objetivos,

Vistos la Agenda del Trabajo Decente de la OIT y el Pacto Global para el Empleo de la OIT, adoptados por consenso mundial el 19 de junio de 2009 en la Conferencia Internacional del Trabajo,

Visto el informe de julio de 2009 del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la aplicación de la Declaración del Milenio,

Visto el informe del PNUD titulado «Beyond the Midpoint - achieving the Millennium Development Goals», publicado en enero de 2010,

Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, titulada: «Plan de acción de la UE en doce puntos en apoyo de los Objetivos de Desarrollo del Milenio» (5),

Vistas las conclusiones del Consejo sobre los progresos realizados en cuanto al Programa de Acción Europeo para combatir el VIH/sida, la malaria y la tuberculosis a través de la actuación exterior (2007-2011),

Vista la sentencia del Tribunal de Justicia, de 6 de noviembre de 2008, sobre las actividades de préstamo del Banco Europeo de Inversiones (BEI) en el exterior (6),

Vista su Resolución de 6 de abril de 2006 sobre la eficacia de la ayuda y la corrupción en los países en desarrollo (7),

Vista su Resolución de 20 de junio de 2007 sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio — Balance intermedio (8),

Vistas sus Resoluciones de 4 de septiembre de 2008 sobre mortalidad materna (9), de 24 de marzo de 2009 sobre los contratos ODM2 (10) y de 25 de marzo de 2010 sobre los efectos de la crisis financiera y económica mundial en los países en desarrollo y en la cooperación al desarrollo (11),

Visto el artículo 48 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo y la opinión de la Comisión de Comercio Internacional (A7-0165/2010),

A.

Considerando que la reducción y la erradicación de la pobreza son el principal objetivo de la política de desarrollo de la UE en virtud del Tratado de Lisboa, además de ser una obligación moral y de atender a los intereses de la UE a largo plazo,

B.

Considerando que tanto la UE, como principal donante mundial, como sus Estados miembros deben desempeñar un papel destacado en la reunión de septiembre sobre los ODM y adoptar una posición ambiciosa y unida que pueda funcionar como impulso con vistas a alcanzar los ODM a tiempo,

C.

Considerando que la UE todavía tiene pendiente la aplicación de unos 20 000 millones de euros de su compromiso de gasto en ODM,

D.

Considerando que algunos Estados miembros están recortando sus presupuestos de ayuda,

E.

Considerando que el valor de las transacciones financieras globales ha alcanzado 70 veces el PIB mundial,

F.

Considerando que las ayudas impredecibles pueden ser perjudiciales para los países receptores, y considerando que una ayuda de mejor calidad podría liberar anualmente 3 000 millones de euros adicionales para los presupuestos de desarrollo de la UE y sus Estados miembros (12),

G.

Considerando que el 82 % de los nuevos préstamos del FMI han ido a parar a países del ámbito europeo, mientras que los países menos desarrollados (PMD) saldrían beneficiados si recibieran una mayor parte de los nuevos préstamos del FMI,

H.

Considerando que, si bien el G20 es más representativo que el G8, las Naciones Unidas siguen siendo el foro más integrador para abordar cuestiones de gobernanza global,

I.

Considerando que las incoherencias de las políticas de la UE no deben debilitar el impacto de la financiación para el desarrollo,

J.

Considerando que las remesas contribuyen con al menos 300 000 millones de dólares anuales a las economías de los países en desarrollo (13),

K.

Considerando que, si bien se han registrado avances alentadores en algunos ODM, ninguno de los ocho ODM está actualmente en vías de alcanzar su objetivo y sólo una decidida demostración de voluntad política va a permitir que se alcancen los ODM en los cinco años restantes antes del plazo de 2015,

L.

Considerando que determinados PMD están muy lejos de alcanzar un solo ODM,

M.

Considerando que las recientes crisis de los alimentos y de los combustibles, junto con la crisis económica global y el cambio climático, han conducido a retrasos en relación con los avances conseguidos durante la última década en la lucha contra la pobreza,

N.

Considerando que la propiedad de la tierra genera incentivos para las personas, las familias y las comunidades a favor de la determinación de su propio desarrollo y de la seguridad alimentaria a escala local,

O.

Considerando que la moderación del cambio climático en los países en desarrollo podría costar unos 100 000 millones de dólares al año hasta 2020 (14), y la crisis económica al menos otro tanto (15),

P.

Considerando que no se debería pasar por alto la situación en los países en desarrollo de «renta media» en el momento de revisar los ODM, pues estos países siguen necesitando ayuda para alcanzar su pleno potencial de desarrollo,

Q.

Considerando que los países industrializados son los principales responsables del cambio climático y de la crisis económica y financiera,

R.

Considerando que las cifras de trabajadores pobres y de trabajadores con empleos vulnerables van en aumento,

S.

Considerando que la falta de paz y seguridad, democracia y estabilidad política a menudo impide que los países pobres exploten al máximo todo su potencial de desarrollo,

T.

Considerando que la corrupción destruye la productividad, crea inestabilidad y ahuyenta a la inversión extranjera,

U.

Considerando que se calcula que los flujos ilícitos de capital desde los países en desarrollo se sitúan entre 641 000 y 941 000 millones de dólares, y que esta sangría socava la capacidad de los países en desarrollo de generar sus propios recursos y de destinar más fondos a la reducción de la pobreza (16),

V.

Considerando que los tres ODM relativos a la sanidad, aunque se hayan realizado progresos importantes hacia el logro de determinados ODM relativos a la sanidad y en particular en cuanto a la mortalidad materna, son los que más alejados están de su objetivo,

W.

Considerando que el 13 % de las muertes maternas en los países en desarrollo se deben a la práctica de abortos en condiciones inseguras, y que este porcentaje es mucho más elevado en África (17),

X.

Considerando que la financiación destinada a la planificación familiar, en términos de cuantía por mujer, se ha reducido drásticamente a lo largo de la última década,

Y.

Considerando que, aunque consiguiéramos cumplir todos los ODM, seguirían existiendo desafíos y sufrimientos relacionados con la pobreza en los países pobres,

Z.

Considerando que el incumplimiento de nuestras promesas con respecto a los ODM sería la prórroga del sufrimiento para millones de personas pobres y causaría una grave erosión de la confianza entre el Norte y el Sur,

I.   Financiación

1.

Espera que el Consejo Europeo de junio de 2010 acuerde una posición ambiciosa y unida de la UE anticipándose a la reunión de septiembre de las Naciones Unidas sobre los ODM, y que lleve a la adopción de compromisos adicionales transparentes y mensurables, orientados a obtener resultados;

2.

Pide a los Estados miembros que cumplan los compromisos que contrajeron como parte del Consenso Europeo sobre Desarrollo;

3.

Indica que el logro de los ODM debe seguir siendo un objetivo clave para la Unión Europea; hace hincapié en que la reducción de la pobreza mediante el logro de los ODM debe reconocerse inequívocamente como el marco general para la política de desarrollo de la UE y que ello debe reflejarse claramente en todas las políticas significativas —incluida la política comercial— y propuestas legislativas; cree que los ODM no deben considerarse como una cuestión técnica que se resolverá simplemente aportando más dinero u oportunidades de comercio sin identificar y abordar las causas subyacentes de la pobreza;

4.

Subraya que las cifras presentadas en el reciente informe de las Naciones Unidas titulado «Repensar la pobreza» no sólo son alarmantes sino que también constituyen una indicación clara de que el riesgo de no alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio es real;

5.

Insta a todos los Estados miembros a cumplir su promesa de ayudar al desarrollo con el 0,7 % en 2015 a más tardar;

6.

Pide a la UE y a los Estados miembros que pongan en práctica medidas de control más rigurosas en relación con su compromiso de destinar en 2015 un 0,7 % de su RNB a la ayuda al desarrollo, incluido el establecimiento de un proceso de «evaluación paritaria de la AOD» que, en el marco del Consejo de Asuntos Exteriores, evalúe el progreso hacia el objetivo del 0,7 % para 2015 y culmine con la presentación de un informe al Consejo Europeo y al Parlamento Europeo;

7.

Insta a todos los Estados miembros a introducir medidas de ayuda al desarrollo y a publicar calendarios plurianuales para el cumplimiento de los objetivos ODM; insta a la Comisión a que asegure la plena transparencia de la ayuda oficial al desarrollo (AOD) y, en consecuencia, le pide que publique los importes destinados a la AOD por los Estados miembros;

8.

Insta a la UE y a la OCDE a no ampliar la definición de la ayuda oficial al desarrollo (AOD) y a no considerar la cancelación de deuda u otros flujos financieros ajenos a la OAD como gasto en ayuda;

9.

Insta a todos los Estados miembros a adoptar medidas enérgicas contra los paraísos fiscales, el fraude fiscal y los flujos financieros ilícitos, en el marco del G20 y de las Naciones Unidas, y a promover una mayor transparencia incluida la publicación sistemática de los beneficios y los impuestos pagados y un sistema de información a nivel nacional, para permitir que los países en desarrollo conserven sus propios recursos para su propio desarrollo;

10.

Pide al Banco Europeo de Inversiones (BEI) que revise su política en materia de centros financieros extraterritoriales sobre la base de criterios más estrictos que la lista de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) para la definición de las jurisdicciones prohibidas y bajo control, y que asegure su puesta en práctica y presente informes anuales sobre los progresos realizados;

11.

Insta a todos los Estados miembros y a la comunidad internacional a adoptar medidas para abaratar las remesas;

12.

Pide a los Estados miembros que respalden las iniciativas de las Naciones Unidas y adopten medidas para incrementar la responsabilidad de prestamistas y prestatarios en las transacciones de deuda pública;

13.

Insta a todos los Estados miembros y a la comunidad internacional a realizar esfuerzos renovados para reducir la carga de la deuda de los países menos desarrollados que hayan seguido una trayectoria de responsabilidad, transparencia y buen gobierno;

14.

Insta a la UE a aportar financiación significativa para ayudar a los países pobres a contrarrestar los efectos del cambio climático y de la crisis económica, e insiste en que estos fondos deben ser auténticamente adicionales a los compromisos de ayuda existentes;

15.

Insta a todos los Estados miembros a comprometerse a destinar una importante cantidad adicional de recursos a la cooperación para el desarrollo y la ayuda de emergencia con cargo a las próximas Perspectivas financieras y al Fondo Europeo de Desarrollo;

16.

Pide a la Comisión que use sus actuales instrumentos de cooperación con los países en desarrollo, incluidos los planes de acción de la Política Europea de Vecindad (PEV), la Asociación Oriental, el Sistema de Preferencias Generalizadas SPG y SPG+, para definir y poner en práctica nuevas medidas prácticas destinadas a facilitar el logro de los ODM;

17.

Insta a todos los Estados miembros a incrementar de forma significativa la cuantía de las ayudas que aportan por medio de inyecciones presupuestarias, especialmente a través de los contratos ODM, pero insiste en que se cumplan criterios democráticos, de derechos humanos y gobernanza y otros criterios esenciales y se realicen más y mejores controles y auditorías;

18.

Pide a todos los Estados miembros que aseguren que la UE continuará recurriendo a un amplio abanico de instrumentos financieros a escala mundial y nacional, además de las ayudas presupuestarias, incluidos el Fondo mundial para combatir el sida, la malaria y la tuberculosis, y a otras organizaciones y mecanismos adecuados, en particular las organizaciones y comunidades de la sociedad civil;

19.

Insta a todos los Estados miembros a continuar mejorando la coordinación de los donantes disociando toda su ayuda, de acuerdo con las declaraciones de París y Accra, reduciendo a ese respecto la fragmentación excesiva de los presupuestos destinados a la ayuda, lo que resulta imperativo para la coherencia y la disociación de la ayuda, y reconociendo también que varios Estados miembros pueden ofrecer conocimientos especializados en varias zonas geográficas y sectores de desarrollo;

II.   Coherencia de las políticas para el desarrollo

20.

Insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a velar por que la responsabilidad principal de programar los fondos para el desarrollo y fijar las prioridades siga siendo del Comisario de Desarrollo en la nueva configuración institucional de la UE;

21.

Pide a la UE que tome medidas concretas contra la pobreza adoptando una política coherente que englobe los ámbitos del comercio y la cooperación al desarrollo así como sus políticas comunes de agricultura y pesca para evitar impactos negativos directos o indirectos en las economías de los países en desarrollo;

22.

Insta a la UE a defender el principio de la seguridad alimentaria en los países en desarrollo y a pedir a todos los agentes que se atengan a dicho principio durante las actuales negociaciones de la OMC;

23.

Cree que el logro de los ODM exige medidas de fomento del acceso a la tierra, al agua y a los recursos de la biodiversidad, así como medidas de fomento de una política de ayuda local a una agricultura sostenible a pequeña escala;

24.

Insta a la UE a adoptar acuerdos pesqueros «compatibles al 100 % con el desarrollo», de modo que tengan plenamente en cuenta los efectos socioeconómicos generados sobre las comunidades locales, concretamente por medio de ayudas comunitarias sectoriales a largo plazo y de un mecanismo para el pago por los armadores de la parte que les corresponda de los costes de acceso de la flota comunitaria;

25.

Insta a la UE a no presionar a los países pobres, a través de su política comercial, para que abran sectores de mercado vulnerables cuando su nivel de desarrollo les impida competir en el escenario global en igualdad de condiciones, y, al mismo tiempo, a fomentar el enfoque a favor de los pobres en la política de la UE de ayuda al comercio;

26.

Insta a la UE a perseverar para que se concluya la ronda de Doha de la OMC de forma oportuna y orientada al desarrollo;

27.

Pide que se incorpore sistemáticamente una evaluación del riesgo de cambio climático para todos los aspectos de planificación de políticas y la correspondiente toma de decisiones, incluidos los ámbitos del comercio, de la agricultura y de la seguridad alimentaria; pide que los resultados de esta evaluación se empleen para formular directrices claras sobre una política de cooperación para el desarrollo sostenible;

28.

Destaca que se necesita una respuesta global efectiva al problema del cambio climático por la que los países industrializados asuman su responsabilidad y lideren la lucha contra las consecuencias de los gases de efecto invernadero que, de no resolverse, amenazarán los ODM;

29.

Pide a la UE y sus Estados miembros, que sean partes en el Protocolo sobre evaluación estratégica del medio ambiente, anejo al Convenio de Espoo, que cumplan plenamente los dispuesto en el Protocolo cuando ayuden a desarrollar programas y proyectos públicos en los países en desarrollo;

30.

Está convencido de que el comercio puede ser un poderoso motor del crecimiento económico, aunque el comercio por sí solo no puede resolver los problemas del desarrollo; cree que el lento progreso de las negociaciones de la Ronda de Doha está dificultando la contribución del sistema de comercio internacional a los ODM; destaca que una conclusión positiva de la Ronda de Doha podría contribuir a establecer un paquete de estímulo económico a escala mundial; toma nota del gran número de estudios recientes elaborados por la CNUCED y otras instituciones que muestran que la liberalización generalizada del comercio en los PMD raramente se ha traducido en una reducción continuada y significativa de la pobreza y ha contribuido a una degradación de las condiciones del comercio en los países en desarrollo, especialmente en el caso de los países africanos;

31.

Subraya la importancia de los esfuerzos para facilitar la integración de los países en desarrollo en la economía mundial; reitera que la apertura al comercio y el apoyo a la capacidad de oferta son elementos importantes en cualquier estrategia de desarrollo coherente y que las iniciativas de asistencia técnica relacionadas con el comercio constituyen un instrumento adicional para acometer la erradicación de la pobreza y combatir el subdesarrollo;

32.

Recuerda que mediante la mejora de la capacidad de comercio de los países en desarrollo y los países menos desarrollados se los puede ayudar a adquirir las habilidades relacionadas con el comercio y la infraestructura necesarias para implementar acuerdos de la OMC y beneficiarse de ellos, ampliar el comercio, aprovechar las oportunidades de comercio nuevas y existentes, implementar nuevos acuerdos y adaptarse a un contexto comercial externo cambiante;

33.

Acoge con satisfacción las iniciativas ya existentes en el ámbito del comercio con los países en desarrollo a nivel de la UE y de la OMC, en particular, la iniciativa «Todo menos armas» (TMA), el SPG y el SPG +, así como el principio de asimetría y los períodos de transición negociados en todos los Acuerdos de asociación económica (AAE) existentes, y pide a la Comisión que consolide esta estrategia política; señala que el sistema SPG proporciona más estabilidad, previsibilidad y oportunidades comerciales para sus usuarios; observa que se conceden preferencias adicionales (a través del régimen SPG) a los países que han ratificado y que aplican efectivamente los convenios internacionales clave sobre desarrollo sostenible, los derechos sociales y la buena gobernanza;

34.

Pide a la Comisión que refuerce los aspectos relacionados con el desarrollo en las actuales negociaciones de la OMC y en las negociaciones bilaterales de la ALC;

35.

Recuerda que la estrategia de asistencia al comercio tiene como objetivo ayudar a los países pobres y vulnerables en el desarrollo de la infraestructura y las herramientas económicas básicas que necesitan para aprovechar el comercio como motor del crecimiento y del desarrollo económicos; acoge con satisfacción las declaraciones de la Comisión de que la UE ya ha alcanzado su objetivo de asignar 2 000 millones de euros a la ayuda en el ámbito del comercio para 2010, puesto que el apoyo total aportado a dicha ayuda por la UE y sus Estados miembros ascendió a 2 150 millones de euros en 2008 (1 140 millones de los Estados miembros y 1 010 millones de la UE) y señala que también se lograron importantes resultados en lo relativo al programa ampliado de ayuda al comercio, incluidos el transporte y la energía, los sectores productivos y el ajuste relacionado con el comercio; solicita, sin embargo, a la Comisión que presente información y cifras detalladas sobre las líneas presupuestarias utilizadas para la financiación de la asistencia vinculada al comercio y la ayuda comercial;

36.

Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que presten más atención y apoyo a los PMD a fin de incrementar la financiación total de la UE a la ayuda al comercio que no ha sido aumentada recientemente de manera sustancial; considera, dado que la integración regional se está convirtiendo en un aspecto cada vez más importante en el contexto del programa de ayuda al comercio de la UE, que se deben intensificar los esfuerzos para completar los paquetes regionales ACP de ayuda al comercio; considera que es posible mejorar la eficacia de la ayuda incrementando el análisis conjunto, las estrategias de respuesta conjunta y la aplicación conjunta de las medidas de ayuda al comercio;

37.

Considera que la dimensión Sur-Sur se está transformando en un componente de rápido crecimiento en el comercio mundial, puede tornarse cada vez más relevante para garantizar el desarrollo de los países más pobres y debe ser alentada y respaldada;

III.   Objetivos ODM prioritarios

38.

Pide a la UE que mantenga un enfoque integrado exhaustivo de los ODM, reconociendo que todos los objetivos individuales están interrelacionados y estableciendo requisitos mínimos para lograr la erradicación de la pobreza;

Sanidad y educación

39.

Insta a todos los Estados miembros y a la Comisión a destinar al menos el 20 % del gasto total en desarrollo a sanidad básica y educación, a incrementar sus aportaciones al Fondo Mundial de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria y a incrementar su financiación a otros programas destinados a reforzar los sistemas sanitarios y a priorizar la salud materna y la lucha contra la mortalidad infantil;

40.

Insta a los países en desarrollo a gastar al menos el 15 % de sus presupuestos nacionales en atención sanitaria, y a reforzar sus sistemas de atención sanitaria;

41.

Insta a la UE y a los países en desarrollo a promover el libre acceso a la sanidad y la educación;

42.

Insta a todos los Estados miembros y a la Comisión a invertir el preocupante descenso de la financiación de la salud sexual y reproductiva y los derechos correspondientes en los países en desarrollo y a promover políticas relativas a la planificación familiar voluntaria, al aborto en condiciones seguras, al tratamiento de las infecciones de transmisión sexual y al suministro de material de salud reproductiva consistente en medicamentos vitales y contraceptivos, incluidos los preservativos;

43.

Pide a la Comisión, los Estados miembros y los países en desarrollo que aborden el ODM 5 (sobre la mejora de la salud materna), el ODM 4 (sobre la mortalidad infantil) y el ODM 6 (sobre el VIH/sida, la malaria y la tuberculosis) de manera coherente y holística, junto con el ODM 3 (sobre la igualdad de género y la autonomía de la mujer);

44.

Pide que los Documentos de estrategia regional y por países pongan de relieve la necesidad de una legislación para combatir la violencia y la discriminación contra las mujeres, alienten la participación de las mujeres en el proceso de toma de decisiones y subrayen en mayor medida la necesidad de políticas sensibles al género;

45.

Reitera que la UE debe respaldar a aquellos países en desarrollo que utilizan las llamadas flexibilidades incluidas en el Acuerdo sobre los ADPIC con el fin de poder suministrar medicamentos a precios accesibles en sus programas de salud pública interna; subraya que los acuerdos que garanticen el acceso a los medicamentos genéricos no se deben ver amenazados por los acuerdos de libre comercio;

Grupos vulnerables

46.

Insta a la UE a canalizar al menos la mitad de su ayuda a los PMD y a los grupos más necesitadas de esos países, con especial atención a las mujeres, los niños y las personas con discapacidades, y a integrar de modo más eficaz los intereses de los grupos vulnerables en sus estrategias de desarrollo;

47.

Apoya, en este contexto, la propuesta de la Comisión de reasignar la financiación en beneficio de los países más retrasados en el marco de la revisión intermedia 2010 de los programas ACP;

48.

Insta a la UE y a los países en desarrollo a prestar especial atención a los derechos de las minorías, e insiste en que la UE incluya cláusulas no negociables de derechos humanos y de no discriminación en sus acuerdos internacionales, entre otros aspectos, en cuanto a la discriminación por razones de género, origen racial o étnico, religión o creencia, discapacidad, edad, orientación sexual, y frente a las personas afectadas por el VIH/sida;

Liberación del hambre

49.

Insta a la UE y a sus Gobiernos asociados a incrementar la inversión en agricultura y seguridad alimentaria hasta niveles que garanticen la liberación de toda la población del hambre, con especial atención a las necesidades urgentes en materia de hambre, a la agricultura de pequeña escala y a los programas de protección social;

50.

Pide a la Comisión que fomente la propiedad de la tierra como instrumento para reducir la pobreza y garantizar la seguridad alimentaria, reforzando los derechos de propiedad y facilitando el acceso de los agricultores, las PYME y las comunidades locales al crédito;

Trabajo decente

51.

Expresa su profunda preocupación ante la actual adquisición de tierras agrícolas (en particular en África) por parte de inversores extranjeros con respaldo gubernamental que puede socavar la seguridad alimentaria local y tener consecuencias graves y trascendentales en los países en desarrollo; insta a las Naciones Unidas y a la UE a abordar las repercusiones adversas de la adquisición de tierras agrícolas (incluidas la expropiación de pequeños agricultores y la utilización no sostenible del suelo y el agua), mediante el reconocimiento del derecho de la población al control de las tierras agrícolas y de otros recursos naturales vitales;

52.

Pide a los Estados miembros y a la Comisión que incrementen sus esfuerzos en la lucha contra el trabajo de menores, tanto respaldando programas específicos como a través de las directrices de las políticas de desarrollo y comercio internacional;

53.

Insta a la UE y a los Gobiernos de los países en desarrollo a apoyar con firmeza el Pacto Global para el Empleo de la OIT y a aplicar efectivamente todos los aspectos de la Agenda del Trabajo Decente;

54.

Insta a la Comisión a supervisar la protección social de los trabajadores, el diálogo social y las normas laborales fundamentales de los países en desarrollo y, si es necesario, ofrecer incentivos y aplicar sanciones a través de los acuerdos comerciales y de todos los demás instrumentos de que disponga;

IV.   Gobernanza

55.

Insta al Banco Mundial y al FMI a asignar una parte más equitativa de los derechos de voto a los países que cuentan con menor representación, asegurando a corto plazo la igualdad de derechos de voto para prestamistas y prestatarios, y que los préstamos no socaven los principios de la propiedad, conforme a los compromisos contraídos en París y Accra;

56.

Insta al FMI a incrementar los niveles de acceso de los países con bajos ingresos a sus servicios de concesión y a aumentar las asignaciones de Derechos Especiales de Giro a los PMD con arreglo a sus necesidades;

57.

Tiene la intención, cuando le corresponda participar en la codecisión de la próxima revisión del mandato exterior del Banco Europeo de Inversiones, de asegurar que cumple sus obligaciones en el ámbito del desarrollo y de adaptar en mayor medida sus recursos a las necesidades de los países en desarrollo, incluidas unas facilidades de préstamo favorables a los pobres que sean recíprocamente eficaces;

58.

Insta a todos los Estados miembros y a la comunidad internacional a velar por que las Naciones Unidas sigan siendo el foro preferido para tratar cuestiones relacionadas con la gobernanza global y la pobreza;

59.

Insta a las autoridades de la UE y de la UA a dedicar una renovada voluntad política a la asociación estratégica entre África y la UE y a comprometer los recursos específicos que le permitan aprovechar todo su potencial;

60.

Insta a la UE y a la comunidad internacional a promover y apoyar la democracia, la paz, el Estado de Derecho, y la administración libre de corrupción en los países en desarrollo;

61.

Pide a la UE y a la comunidad internacional que hagan un esfuerzo excepcional para respaldar la administración pública en los países en desarrollo, con el fin específico de luchar contra la corrupción y de crear un contexto administrativo transparente, imparcial y equitativo, reconociendo al mismo tiempo la función esencial de los agentes no estatales y de la sociedad civil;

62.

Insta a todos los países en desarrollo a firmar con urgencia la convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, a adoptar medidas prácticas para aplicar efectivamente sus disposiciones y a crear mecanismos de seguimiento de los progresos realizados;

63.

Reconoce que los países en desarrollo necesitan mejorar las normas internacionales de contabilidad para evitar prácticas de evitación y evasión de impuestos, logrando al respecto una mejor gobernanza fiscal global;

64.

Insta a los países en desarrollo a involucrar a sus Parlamentos, sus Gobiernos locales y su sociedad civil, así como a otros agentes no estatales en todas las fases de formulación y aplicación de las políticas;

65.

Pide a los países en desarrollo, especialmente a los que más se benefician de la ayuda de la UE, que refuercen la buena gobernanza en todos los asuntos públicos, y especialmente en la gestión de la ayuda recibida, e insta a la Comisión a que adopte todas las medidas necesarias para garantizar la aplicación transparente y eficaz de la ayuda;

66.

Reconoce el vínculo vital entre seguridad y desarrollo, y observa con preocupación la falta de progresos en la consecución de soluciones pacíficas a conflictos congelados en la vecindad de la UE y más allá, por lo que insta a la UE a revisar sus esfuerzos en este ámbito;

67.

Insta a la UE a entablar un diálogo ambicioso y constructivo con todos los donantes tradicionales y emergentes para velar por que se cumplan los ODM y que la lucha contra la pobreza siga siendo prioritaria en la agenda global;

*

* *

68.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Secretario General de las Naciones Unidas.


(1)  DO C 46 de 24.2.2006, p. 1.

(2)  Conclusiones del Consejo 9558/2007, de 15 de mayo de 2007.

(3)  COM(2005)0134 final.

(4)  DO L 378 de 27.12.2006, p. 41.

(5)  COM(2010)0159 final.

(6)  Asunto C-155/07, Parlamento Europeo contra el Consejo de la Unión Europea, DO C 327 de 20.12.2008, p. 2.

(7)  DO C 293 E de 2.12.2006, p. 316.

(8)  DO C 146 E de 12.6.2008, p. 232.

(9)  DO C 295 E de 4.12.2009, p. 62.

(10)  DO C 117 E de 6.5.2010, p. 15.

(11)  Textos Aprobados, P7_TA(2010)0089.

(12)  «Aid Effectiveness Agenda: Benefits of a European Approach», Comisión Europea, octubre de 2009.

(13)  «Migration and Remittance Trends 2009», Banco Mundial, noviembre de 2009.

(14)  Aumentar la financiación internacional de la lucha contra el cambio climático: un plan europeo para el Pacto de Copenhague, COM(2009)0475.

(15)  Nadar contra corriente: Como están afrontando la crisis global los países en desarrollo, Banco Mundial, marzo de 2009.

(16)  Profesor Guttorm Schjelderup, Audiencia Parlamento Europeo, 10 de noviembre de 2009.

(17)  «Facts on induced abortion worldwide», Organización Mundial de la Salud e Instituto Guttmacher, 2007.