[pic] | COMISIÓN EUROPEA | Bruselas, 17.12.2010 COM(2010) 771 final COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES ORDENACIÓN DEL ESPACIO MARÍTIMO EN LA UE - LOGROS Y DESARROLLO FUTURO COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES ORDENACIÓN DEL ESPACIO MARÍTIMO EN LA UE - LOGROS Y DESARROLLO FUTURO 1. INTRODUCCIÓN 2. Contexto y objetivo de la política En el Libro Azul y en el Plan de Acción para una Política Marítima Integrada de la Unión Europea (PMI)[1], la ordenación del espacio marítimo (OEM) se presentaba como uno de los instrumentos intersectoriales que contribuyen a la aplicación de la PMI. En 2008, la Comisión adoptó la Comunicación «Hoja de ruta para la ordenación del espacio marítimo: creación de principios comunes en la UE»[2], en la que se recogía un conjunto de principios fundamentales para la OEM. En la Hoja de ruta, la Comisión se comprometió a elaborar un informe sobre la serie de talleres que iban a celebrarse durante 2009 y proponer nuevas medidas y actuaciones. La presente Comunicación obedece a ese compromiso y expone el contexto actual de la OEM en la EU. La OEM se define como un proceso por el cual las autoridades públicas analizan y asignan la distribución espacial y temporal de las actividades humanas en las zonas marinas con vistas a alcanzar objetivos ecológicos, económicos y sociales. 3. ¿POR QUÉ ES NECESARIA UNA ACTUACIÓN A NIVEL DE LA UE EN MATERIA DE ORDENACIÓN DEL ESPACIO MARÍTIMO? La Comisión quiere hacer hincapié en que la aplicación de la OEM es responsabilidad de los Estados miembros y en que está dispuesta a intervenir para facilitar la cooperación y el desarrollo de un enfoque común. Aunque es mucho lo que se puede lograr a nivel nacional, la Comisión considera importante actuar a nivel de la UE a fin de poder disponer de un marco coherente para la OEM dentro de la Unión: - Un enfoque común haría posible una aplicación eficiente y fluida de la OEM en las zonas marinas transfronterizas, lo que favorecería el desarrollo de las actividades marítimas y la protección del medio ambiente marino sobre la base de un marco común y con unas consecuencias legislativas similares. - La utilización, por parte de todos los Estados miembros, de la OEM impulsaría un crecimiento sostenible en los sectores marítimos. La OEM resulta esencial a efectos de la seguridad jurídica, la previsibilidad y la transparencia, de manera que redunda en una reducción de costes para los inversores y los operadores, en especial para aquellos que ejercen sus actividades en más de un Estado miembro. Estos elementos son fundamentales para fomentar las inversiones, generar crecimiento y crear empleo, en consonancia con la iniciativa Europa 2020[3]. Además, si no se aplica ningún tipo de OEM, el riesgo, cada vez mayor, de que se produzcan conflictos espaciales entre usos marítimos en expansión, incluida la protección del medio ambiente marino, puede dar lugar a una combinación de crecimiento y sostenibilidad que no sean óptimas. - La OEM contribuiría a la aplicación de la normativa de la UE ya existente (véase el capítulo 5). - Un enfoque común brindaría a los Estados miembros que aplican la OEM la oportunidad de compartir su conocimiento experto. - TALLERES La Comunicación sobre la Hoja de ruta puso en marcha un debate sobre la OEM a nivel de la EU. En 2009 se celebraron cinco talleres sobre la OEM con objeto de debatir los principios de la Hoja de ruta con los Estados miembros, las regiones, las ONG y los sectores económicos. De ellos emergió un acuerdo general, que señala que los diez principios de la Hoja de ruta son pertinentes y completos, y sientan una base importante para el posterior desarrollo de la OEM a nivel de la UE, lo que ha sido ampliamente celebrado. Uno de los puntos de vista más extendidos acerca de la OEM es el que la considera un instrumento integrado y equilibrado, capaz de proporcionar estabilidad y previsibilidad a largo plazo, así como de gestionar la competencia por el espacio en zonas donde su uso es muy intensivo. Ello resulta fundamental para todos los sectores económicos, tales como el transporte marítimo, el petróleo y el gas, los áridos, la energía renovable, la pesca, la acuicultura y el turismo, así como para la protección del medio ambiente. Sobre la base de este debate, la Comisión ha extraído las conclusiones que se exponen a continuación. 4. Enfoque de ecosistema La Hoja de ruta destaca que el enfoque de ecosistema es un principio global de la ordenación del espacio marítimo. Los debates celebrados han confirmado el criterio de la Comisión de que el ecosistema debe constituir la base de la OEM y su marco general. La Directiva marco sobre la estrategia marina (DMEM) postula la aplicación de un enfoque ecosistémico a la gestión de las actividades humanas (véase la sección 5.2.). En los talleres se enfatizó que determinados elementos de la DMEM pueden contribuir a la aplicación de la OEM, y viceversa. 5. Utilización de la OEM según la zona y el tipo de actividad La OEM debe tener en cuenta en su aplicación todos los rasgos específicos de una zona (dimensión, densidad y características de los usos marítimos, vulnerabilidad medioambiental y estructura administrativa y política). Las zonas de gestión deben, asimismo, definirse en consecuencia. Una zona que es escenario de usos marítimos múltiples e intensivos debe ser objeto de un proceso de OEM más detallado que una zona donde se registran pocas actividades. 6. Definición de objetivos que orienten la OEM La determinación de los objetivos de la OEM a nivel nacional o regional debe contemplarse como un proceso que se inicia con un acuerdo acerca de unos objetivos estratégicos que, a continuación, se perfilan a través de objetivos operativos, es decir, cuantitativos y claramente medibles. Unos comienzos basados en una visión amplia y unos objetivos generales ofrecen un mayor margen de negociación, si bien es necesario especificar objetivos claros que resulten útiles a la hora de elaborar, ejecutar y supervisar un plan. Los objetivos deben basarse en perspectivas a largo plazo y tener ambición de futuro. Los objetivos de planificación deben tener en cuenta en su integridad a los mares regionales o las cuencas marítimas, teniendo siempre presente la dimensión global. Los objetivos estratégicos u operativos en escalas espaciales diferentes (internacional, europea, regional, nacional o local) deben considerarse componentes de un mismo marco de ordenación. 7. Desarrollo transparente de la OEM La transparencia es la base sobre la que se asientan la responsabilidad y la legitimidad. Es necesario que se conozca a todos los responsables de la adopción de decisiones y a todos los interesados que tengan relevancia, y, asimismo, que todas las fases del proceso resulten comprensibles. Debe responderse adecuadamente a las expectativas relacionadas con el proceso de adopción de decisiones, y las razones en las que se apoyan las decisiones adoptadas en el contexto de dicho proceso deben ser comunicadas, y debidamente justificadas, a los principales interesados. 8. Participación de los interesados Todos los interesados deben ser incorporados lo antes posible al proceso de OEM. Ello resulta esencial si se aspira a la innovación y la creación de sinergias, así como para clarificar los objetivos y ventajas de ese proceso. Los diferentes sectores deben entablar un diálogo abierto para poder identificar los puntos conflictivos y los elementos que hagan posible la coexistencia mutua. Es importante delimitar las funciones y responsabilidades y fomentar la interacción entre los distintos grupos de interés, y no simplemente entre los responsables de la adopción de decisiones y los interesados. Dado que una participación considerable de los interesados supone el alargamiento del proceso, debe preverse un plazo suficiente para ello. La demora quedará compensada posteriormente en la fase de ejecución, ya que esta participación constante genera un mayor sentido de compromiso. 9. Coordinación dentro de los Estados miembros – Simplificación de los procesos de adopción de decisiones Resultaría beneficioso que el proceso de OEM fuese liderado por una sola entidad administrativa («ventanilla única») que especificase las responsabilidades y los niveles de autorización (por ejemplo, nacional frente a regional). Ello no supone necesariamente que deba crearse una entidad nueva : este objetivo puede alcanzarse con una «ventanilla única» basada en las estructuras de gobernanza ya existentes . 10. Garantías acerca de los efectos jurídicos de la OEM nacional La OEM debe aplicarse de conformidad con el Derecho internacional. A fin de garantizar los efectos jurídicos de la ordenación del espacio marítimo nacional, debe entablarse una cooperación interinstitucional y deben precisarse las competencias administrativas. Las zonas económicas exclusivas (ZEE) ofrecen unas condiciones más favorables para la aplicación eficiente de la OEM, pues facilitan la observancia. Para elaborar un plan de ordenación del espacio marítimo puede recurrirse tanto a instrumentos jurídicamente vinculantes como a instrumentos de carácter más indicativo. Es fundamental que se defina claramente a quién va a aplicarse el plan (por ejemplo, agentes económicos, autoridades públicas, público general). 11. Cooperación y consultas transfronterizas La comunicación, las consultas y la cooperación con Estados vecinos deben ponerse en marcha desde muy pronto. Deben designarse las personas y grupos de contacto relevantes (responsables de la elaboración de políticas, interesados, investigadores, etc.) en los países afectados. Una OEM transfronteriza eficiente requiere el desarrollo de una visión conjunta basada en la exploración de intereses comunes (por ejemplo, red eléctrica marítima, pesca, transporte marítimo). Se requiere una firme voluntad política de cooperación. 12. Inclusión del seguimiento y la evaluación en el proceso de ordenación El seguimiento y la evaluación son necesarios para poder llevar a cabo una gestión adaptativa de las zonas marítimas y deben abarcar los ámbitos socio-económico, medioambiental y de la gobernanza. Desde el principio del proceso es necesario definir los indicadores. Esta tarea debe basarse en encuadramientos ya existentes (internacionales, europeos, regionales, nacionales o locales). Los sistemas de seguimiento y evaluación deben tener plenamente en cuenta el hecho de que los procesos naturales del medio ambiente marino y los distintos usos del espacio marino se desarrollan a diferentes escalas espaciales y temporales. 13. Coherencia entre la ordenación del espacio terrestre y la OEM – Relación con la GIZC El mar no está sujeto a derechos de propiedad individual de la misma forma que el espacio terrestre, de modo que las condiciones de ordenación son diferentes para cada uno de ellos. La ordenación desde la tierra al mar resulta crucial y exige coherencia entre las estrategias y planes de ordenación marina y terrestre, así como en su aplicación. Debe prestarse una atención específica a la estrategia espacial para la zona de transición entre la tierra y el mar, que forma parte del proceso de gestión integrada de las zonas costeras (GIZC). Por consiguiente, existe una estrecha vinculación entre la OEM en las zonas costeras y la GIZC (véase la sección 5.4.). 14. Una base sólida de conocimientos y datos Los principios conceptuales de la Red Europea de Observación e Información del Mar (EMODNET) son válidos y compatibles con los de otras iniciativas que pueden utilizarse para la OEM (véase la sección 5.1.)[4]. Los datos deben gestionarse en el nivel adecuado (internacional, europeo, regional, nacional o local). En las zonas próximas a la costa, por ejemplo, se necesitan datos más pormenorizados y el proceso debe incorporar escalas diferentes de datos. Se precisan diversos tipos de conocimientos (medioambientales, socioeconómicos, etc.). La investigación para convertir los datos en conocimiento integrado que pueda contribuir a la OEM a niveles diferentes[5] puede provenir de proyectos que se inscriban en el marco de la Estrategia europea de investigación marina y marítima. La recopilación de datos y de conocimientos pertinentes debe llevarse a cabo sobre la base de la colaboración dentro de las regiones marítimas, no sólo entre los Estados miembros de la UE, sino también con otras partes presentes dentro de esas regiones, con terceros países, con organizaciones regionales y, asimismo, con otros interesados. 15. EVOLUCIÓN DE LA OEM DESDE LA COMUNICACIÓN SOBRE LA HOJA DE RUTA 16. Nivel nacional En muchos Estados miembros la OEM ha experimentado una importante evolución y la existencia de zonas marítimas diversas, así como de una gran variedad de usos humanos, ha diversificado los enfoques con respecto a ella. Las distintas estructuras administrativas y ordenamientos jurídicos generan políticas muy variadas, que van desde la ausencia de políticas o legislación al respecto, pasando por políticas sobre GIZC que también afectan al mar y por un uso parcial de la OEM, hasta la plena aplicación de la OEM en el mar territorial o en la ZEE. El sistema del gobernanza para la OEM (autoridades centrales, regionales y/o locales, participación de los interesados, etc.) también presenta grandes variaciones. Se observa una tendencia general hacia una mayor utilización de la OEM. Los cambios que se están produciendo entre los Estados miembros acaecen a ritmos diferentes, por lo que los procesos relativos a la OEM que resultan de ellos van a ser, probablemente, muy distintos los unos de los otros. Este fenómeno confirma a la Comisión en su conclusión de que resultaría beneficioso disponer pronto de un enfoque o de un marco común para la OEM a nivel de la UE. La cooperación transfronteriza es un elemento fundamental. Está recibiendo un impulso cada vez mayor por parte de los Estados miembros, así como en proyectos que exploran el potencial de la OEM en las cuencas marítimas regionales. Las necesidades creadas por acontecimientos económicos recientes, tales como los proyectos para la creación de una «superred» eléctrica en el Mar del Norte, así como la aplicación de la normativa de la UE (por ejemplo, las medidas de distribución espacial dentro de la DMEM) requieren esa cooperación. Todo ello contribuye, a su vez, a que cobre más fuerza la idea de establecer un marco común a nivel de la UE para respaldar la cooperación entre los Estados miembros en relación con la OEM. En los Estados Unidos, Canadá y Australia se está observando una evolución similar. 17. Nivel internacional La OEM está siendo objeto de una atención cada vez mayor en diversos foros internacionales, tales como la Comisión Oceanográfica Intergubernamental de la UNESCO, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Consejo Internacional para la Exploración del Mar. Los convenios relativos a mares regionales[6] son socios importantes para la UE, debido a su participación en la gestión medioambiental internacional de las cuencas marítimas y la aplicación de la DMEM. Varios de estos convenios han incluido asimismo la OEM en su ámbito de actividad[7]. Estas tendencias están en consonancia con el enfoque de la Hoja de ruta. 18. SITUACIÓN ACTUAL A NIVEL DE LA UE Es muy amplio el abanico de políticas de la UE para las cuales sería relevante y útil disponer de un mismo enfoque con respecto a la OEM a nivel de la UE. 19. Política Marítima Integrada de la UE, especificidades regionales y conocimientos y datos marinos Los dos aspectos de la aplicación de la PMI que se indican a continuación son especialmente importantes para la OEM: - La diversidad de las cuencas marítimas en torno a la UE ha incitado a la Comisión a adoptar, con vistas a la aplicación de la PMI, un planteamiento basado en las cuencas marítimas regionales. Ejemplos de ello son los enfoques regionales para el Ártico[8] y el Mediterráneo[9] y la estrategia macrorregional para la región del Mar Báltico[10]. Para la OEM también es esencial tener en cuenta las características específicas de cada cuenca marítima. - La iniciativa de la Comisión sobre conocimiento y datos del medio marino[11] tiene por objeto proporcionar conocimientos y datos marinos de calidad controlada y fácilmente accesibles en beneficio de la industria privada, el proceso público de toma de decisiones y la investigación científica del mar, dada la importancia que revisten todos ellos en el desarrollo de la OEM. - Directiva marco sobre la estrategia marina (DMEM) La DMEM[12] es el pilar medioambiental de la PMI. Su objetivo es alcanzar o mantener un buen estado medioambiental en el medio marino para el año 2020, gestionar las actividades humanas en las zonas marinas con arreglo al enfoque ecosistémico y contribuir a la integración de las inquietudes medioambientales en otras políticas[13]. La Directiva especifica que el programa de medidas que los Estados miembros deben establecer para el año 2015 a fin de lograr este objetivo puede incluir medidas espaciales[14], controles de la distribución espacial y temporal y medidas de coordinación de la gestión[15]. Por consiguiente, la OEM puede constituir para los Estados miembros un instrumento importante que contribuya a la aplicación de determinados aspectos de la DMEM, incluso en el contexto de la coordinación transfronteriza de las estrategias marinas. Tanto la OEM como la DMEM dependen de la disponibilidad de conocimientos y datos sólidos (véase la sección 3.11). También existe una relación entre las medidas espaciales de la DMEM y la aplicación de las Directivas sobre hábitats y sobre aves[16] en las zonas costeras y marinas. 20. Actividades marítimas europeas La pesca es una de las actividades económicas más antiguas que se realizan en aguas de la UE. Además de problemas tales como el exceso de capacidad de la flota, el declive de las poblaciones de peces y una menor rentabilidad, el sector pesquero debe hacer frente asimismo a una creciente competencia por el espacio. La acuicultura necesita disponer de zonas específicas reservadas para sus actividades. El sector extractivo requiere un acceso flexible para poder responder a los cambios que se producen en las pautas de distribución de las poblaciones de peces. Para ambos sectores es importante contar con un acceso bien definido y a largo plazo al espacio marino, por lo que resulta esencial un marco de OEM en el que estén presentes los interesados y que incorpore la cooperación transfronteriza. Además, el conocimiento sobre el mar que poseen los pescadores puede resultar útil para optimizar la ubicación, por ejemplo, de zonas marinas protegidas (ZMP) y parques eólicos, lo que puede contribuir, al mismo tiempo, a limitar los costes. La necesidad de garantizar la coherencia entre zonas marítimas en los planes de ordenación espacial queda de manifiesto en el contexto de la gestión de la pesca, debido a la movilidad del recurso y a que ese tipo de decisiones se adoptan a nivel de la UE en el marco de la PPC. En lo que atañe a la protección del medio marino, se pone de manifiesto una necesidad similar de coherencia y flexibilidad espacial a la hora de designar y delimitar las zonas marinas protegidas. La utilización de energías renovables resulta crucial para la política de la UE en materia de cambio climático, así como para otros objetivos de la Unión. La Directiva de 2009 sobre energía renovable [17] establece el objetivo de alcanzar una cuota del 20 % de energía procedente de fuentes renovables para el año 2020. Las fuentes de energía renovables de origen marítimo, en particular la energía eólica marítima, pueden contribuir notablemente a su logro. Los parques eólicos marítimos y otras fuentes de energía renovables deben estar conectados a la red terrestre. En el paquete de medidas en materia de infraestructuras de energía que la Comisión adoptará en breve se abordarán las nuevas necesidades relacionadas con las infraestructuras de redes. Estas instalaciones necesitarán disponer de un espacio considerable, incluso en zonas transfronterizas. Por consiguiente, la adopción de un enfoque común con respecto a la OEM y el incremento de la coordinación transfronteriza en la materia resultarán muy ventajosos. La investigación financiada por la Unión dentro del 7º Programa Marco (7ºPM) tiene por objeto apoyar el desarrollo de las energías renovables de origen marítimo y optimizar la OEM. Algunas zonas de las aguas que bañan las costas de la UE se explotan intensivamente para la producción de petróleo y gas. La UE tiene un interés vital en garantizar la seguridad de las actividades relacionadas con el petróleo y el gas en alta mar . El accidente de Deepwater Horizon llevó a la Comisión a plantearse la necesidad de poner en marcha una legislación completa de la UE sobre plataformas petrolíferas, orientada a garantizar los mayores niveles de seguridad. La Comunicación de 2010 sobre la seguridad de las actividades relacionadas con el petróleo y el gas en alta mar[18] subraya el hecho de que las autoridades públicas son responsables de instaurar un marco regulador adecuado para las actividades en alta mar que tenga en cuenta los principios de la OEM. El transporte marítimo en las aguas que rodean la UE es intenso. La utilización del mar para el transporte marítimo y los programas de separación de tráfico están regulados a nivel internacional, principalmente en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, el Convenio SOLAS y las Resoluciones de la OMI. La Directiva 2002/59/CE exige que los Estados miembros y la Comisión colaboren entre sí para establecer servicios de tráfico marítimo obligatorios y sistemas de organización del tráfico adecuados[19]. La OEM puede contribuir a ello, teniendo en cuenta las rutas marítimas acordadas a nivel internacional y de la UE, así como su gestión, y el tráfico de buques que tiene lugar fuera de ellas. Las ventajas del transporte marítimo de corta distancia (comportamiento medioambiental y energía) han dado lugar a que la Comisión impulse este modo de transporte a través de iniciativas tales como las «Autopistas del mar» y el «Espacio europeo de transporte marítimo sin barreras»[20]. Las actuaciones en el marco de estas iniciativas requerirán la coordinación de las medidas espaciales conexas. 21. Gestión Integrada de las Zonas Costeras (GIZC) La GIZC se propone constituir un marco de gestión global de las zonas costeras en su totalidad, abarcando la política medioambiental, la ordenación espacial, la política industrial y otras políticas e instrumentos que inciden en las regiones costeras. La GIZC tiene por objeto mejorar el bienestar económico y social de las zonas costeras y contribuir a desarrollar plenamente su potencial. En la práctica, se ha centrado en mayor medida en la zona terrestre y en el litoral situado en su vecindad inmediata. Por su parte, la OEM se ha centrado en la asignación del espacio y en el logro de un equilibrio entre los usos espaciales de las zonas marinas, si bien comparten similitudes en lo que concierne a la participación de los interesados. El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron en 2002 una Recomendación[21] que expone las medidas que deben adoptar los Estados miembros para desarrollar las estrategias nacionales de GIZC. La UE ratificó en 2010 el Protocolo de Barcelona sobre la gestión integrada de las zonas costeras del Mediterráneo[22]. 22. EVOLUCIÓN CONCEPTUAL DE LA OEM A NIVEL EUROPEO Con objeto de impulsar la evolución conceptual de la OEM, la Comisión puso en marcha estudios sobre varios aspectos de la misma: - en 2008, un estudio sobre los aspectos jurídicos de la OEM[23]; - en 2010, un estudio sobre los efectos económicos de la OEM, llegándose a la conclusión de que dichos efectos son la reducción de los costes de transacción para las nuevas actividades marítimas y la mejora del clima de inversión[24]; - en 2010, un estudio acerca del potencial de la OEM en el Mediterráneo[25]. Además, en 2009 se puso en marcha un gran proyecto de investigación del 7ºPM cuyo objetivo es elaborar herramientas de gestión integrada para el seguimiento, evaluación y aplicación en zonas sujetas a la ordenación espacial. Por otro lado, la UE va a cofinanciar dos proyectos piloto sobre OEM en el Mar Báltico y en el Atlántico nororiental, incluidos el Mar del Norte y el Canal de la Mancha. En cada proyecto participan organismos de al menos dos Estados miembros y el objetivo que persiguen es conseguir experiencia práctica de la aplicación de la OEM en zonas transfronterizas[26]. La Comisión ha adoptado asimismo una propuesta de reglamento para apoyar la consolidación de la PMI, que contribuirá al desarrollo de la OEM en el período 2011-2013; en ella se propone, concretamente, la realización de más proyectos piloto sobre la OEM transfronteriza en zonas marítimas seleccionadas[27]. Por último, varios programas INTERREG[28] incluyen notables componentes relativos a la OEM. El programa LIFE presta apoyo a las medidas de ordenación espacial, en el contexto de la red Natura 2000 y la aplicación del enfoque de ecosistema en la ejecución de la DMEM. Estos proyectos son esenciales para garantizar el desarrollo de las mejores prácticas y experiencias en el ámbito de la OEM en un contexto transfronterizo. 23. CONCLUSIONES Y PERSPECTIVAS Las conclusiones extraídas por la Comisión a partir de la experiencia adquirida acerca de la OEM desde la puesta en marcha de la PMI de la UE y la Comunicación sobre la Hoja de ruta sobre la OEM son las siguientes: - El proceso de consultas que siguió a la Hoja de ruta puso de manifiesto la existencia de un amplio consenso sobre la necesidad de adoptar un enfoque común respecto de la OEM y confirmó el interés en impulsar en mayor medida el desarrollo de la OEM a nivel de la Unión por las razones que se explican en el capítulo 2. - En los Estados miembros se están produciendo procesos de desarrollo de la OEM, si bien de manera ad hoc y siguiendo diferentes vías y calendarios. La existencia de un enfoque común más coherente incrementaría notablemente el valor potencial de la OEM para la UE en su conjunto, así como en el contexto de las cuencas marítimas. - Habida cuenta de la creciente necesidad de una ordenación coordinada de las cuencas marítimas, tanto en el contexto de las tendencias económicas actuales como en el contexto de la aplicación de las políticas y la normativa de la UE, la OEM resultaría notablemente beneficiosa, dado que esta política establecería parámetros que facilitarían la cooperación transfronteriza entre Estados miembros en materia de OEM. A la vista de estas conclusiones, la Comisión considera imprescindible continuar trabajando en pos de un enfoque común en materia de OEM, dado el valor añadido que encierra. Las nuevas actuaciones que se emprendan a nivel de la UE en relación con la OEM deben basarse en la considerable experiencia que se ha adquirido tanto en los Estados miembros como en foros internacionales y en terceros países. La Comisión considera asimismo que seguir progresando a nivel de la UE en materia de OEM encierra un importante valor añadido, a saber, una mayor atención a los aspectos transfronterizos y el establecimiento de un marco común centrado en los procesos, dentro del cual los Estados miembros puedan desarrollar la OEM de manera óptima. Por consiguiente, la Comisión propondrá en 2011 profundizar las actuaciones en el ámbito de la OEM. Cualquier nueva actuación que se lleve a cabo en relación con la OEM a nivel de la UE debe desarrollarse brindando apoyo y coordinándose plenamente con las políticas e iniciativas presentes y futuras que se realicen dentro del ámbito de la política marítima, incluidos, en particular, la aplicación de la DMEM y la futura evolución de la GIZC, así como respetando en todo momento las actuales competencias y jurisdicciones de las autoridades correspondientes. Con objeto de determinar el camino a seguir, la Comisión ha puesto en marcha una evaluación de impacto, que incluye una consulta pública, a fin de explorar un abanico de opciones para promover y desarrollar en mayor medida la OEM, junto con opciones para desarrollar asimismo la GIZC, teniendo en cuenta al mismo tiempo otras políticas de la Unión. Este abanico de opciones abarcará, en principio, las siguientes: - Opciones no vinculantes, tales como el intercambio de buenas prácticas, la realización de proyectos, estudios e investigación transfronterizos y la formulación de directrices y/o recomendaciones. - Opciones legislativas para que el enfoque común y la cooperación transfronteriza se asienten en una base jurídica firme, delegando la aplicación en los Estados miembros. - [pic][pic][pic] [1] Comunicación de la Comisión «Una política marítima integrada para la Unión Europea», COM(2007) 575 final de 10.10.2007 y SEC(2007) 1278 de 10.10.2007. [2] COM(2008) 791 final de 25.11.2008. [3] Comunicación de la Comisión «EUROPA 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador», COM(2010) 2020 de 3.3.2010. [4] http://ec.europa.eu/maritimeaffairs/emodnet_en.html. [5] COM (2008) 534 final: Estrategia europea de investigación marina y marítima. [6] En particular, el Convenio OSPAR para el Atlántico Norte, el Convenio de Helsinki (HELCOM) para el Mar Báltico, el Convenio de Barcelona para el Mar Mediterráneo y el Convenio de Bucarest para el Mar Negro. [7] http://www.helcom.fi/Recommendations/en_GB/rec28E_9/. [8] Comunicación de la Comisión «La Unión Europea y la región ártica», COM(2008) 763 final de 20.11.2008. [9] Comunicación de la Comisión «Una política marítima integrada para una mejor gobernanza del Mediterráneo», COM(2009) 466 final de 11.9.2009. [10] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones acerca de la Estrategia de la Unión Europea para la región del Mar Báltico, COM(2009) 248 final, SEC(2009) 712. [11] Comunicación de la Comisión «Conocimiento del medio marino 2020. Observación y recogida de datos sobre el medio marino con miras a un crecimiento inteligente y sostenible», COM(2010) 461 final de 9.9.2010. [12] Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino, DO L 164 de 25.6.2008. [13] Artículo 1 de la DMEM. [14] Artículo 13, apartado 4, de la DMEM. [15] Anexo VI de la DMEM. [16] Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, DO L 206 de 22.7.1992, y Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres, DO L 20 de 26.1.2010. [17] Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE, DO L 140 de 5.6.2009. [18] Comunicación de la Comisión «Hacer frente al reto de la seguridad de las actividades relacionadas con el petróleo y el gas en alta mar», COM(2010) 560 final de 12.10.2010. [19] Directiva 2002/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al establecimiento de un sistema comunitario de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo y por la que se deroga la Directiva 93/75/CEE del Consejo, DO L 208 de 5.8.2002. [20] Directiva 2010/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques a su llegada o salida de los puertos de los Estados miembros y por la que se deroga la Directiva 2002/6/CE. [21] Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2002, sobre la aplicación de la gestión integrada de las zonas costeras en Europa (2002/413/CE), DO L 148 de 6.6.2002. [22] Decisión del Consejo, de 13 de septiembre de 2010 (2010/631/UE). [23] http://ec.europa.eu/maritimeaffairs/spatial_planning_en.html#6. [24] http://ec.europa.eu/maritimeaffairs/study_msp_en.html. [25] http://ec.europa.eu/maritimeaffairs/spatial_planning_en.html. [26] http://ec.europa.eu/maritimeaffairs/call_proposals_tenders_en.html. [27] Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Programa de apoyo para la consolidación de la Política Marítima Integrada, COM(2010) 494 final de 29.9.2010. [28] http://www.plancoast.eu/files/baltcoast_final_report.pdf; http://www.balance-eu.org; http://www.plancoast.eu/; http://www.baltseaplan.eu.