52010DC0752

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Primera evaluación intermedia de las iniciativas tecnológicas conjuntas ARTEMIS y ENIAC /* COM/2010/0752 final */


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Bruselas, 16.12.2010

COM(2010) 752 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Primera evaluación intermedia de las iniciativas tecnológicas conjuntas ARTEMIS y ENIAC

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Primera evaluación intermedia de las iniciativas tecnológicas conjuntas ARTEMIS y ENIAC

INTRODUCCIÓN

El presente informe recoge las conclusiones y recomendaciones de la primera evaluación intermedia de ARTEMIS y ENIAC. Se trata de las dos empresas comunes por las que se aplican las iniciativas tecnológicas conjuntas (ITC) en los ámbitos de los sistemas empotrados y de la investigación sobre nanoelectrónica. El informe articula la respuesta inicial de la Comisión a las recomendaciones de la evaluación y expone las medidas consiguientes. De esta manera, la Comisión cumple la obligación de presentar un informe sobre la primera evaluación intermedia de ARTEMIS y ENIAC contenida en los actos por los que se crean[1]. Además, la Comisión tiene intención de preparar una comunicación, prevista para el primer semestre de 2011, para exponer sus conclusiones generales sobre las evaluaciones intermedias de todas las ITC y las evaluaciones intermedias de las asociaciones público-privadas (APP) del plan de recuperación.

ANTECEDENTES

En el actual Séptimo Programa Marco de acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, la Unión Europea presta apoyo a cierto número de iniciativas tecnológicas conjuntas. En el campo de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), se establecieron en 2007 las iniciativas ARTEMIS y ENIAC en tanto que empresas comunes, sobre la base del artículo 187 del TFUE (antiguo artículo 171 del Tratado CE). Estas dos entidades constituyen asociaciones público-privadas entre la industria, varios Estados miembros de la UE y países asociados, y la Unión Europea. Su objetivo es ejecutar, mediante un presupuesto que procede tanto de la UE como de los Estados miembros participantes[2], un programa de investigación definido por las comunidades investigadoras europeas (industria y organizaciones académicas o de investigación) en sus respectivos campos. De esta manera, las ITC tratan de reforzar el crecimiento, la competitividad y el desarrollo sostenible de Europa en el futuro. Su ambición y alcance, la escala de los recursos financieros y técnicos que hay que movilizar y la necesidad de conseguir una coordinación eficaz y una sinergia de los recursos y la financiación hablaban a favor de una acción a nivel europeo.

A raíz de sus dos primeras convocatorias de propuestas, ARTEMIS y ENIAC han puesto en marcha 25 y 18 proyectos respectivamente, con una duración promedio de tres años cada uno. La UE y los Estados miembros de las ITC han comprometido conjuntamente hasta el momento 576 millones de euros para ambas (2008-2010), además de una financiación privada de la I+D que duplica aproximadamente dicha cifra. Aun cuando esto representa una inversión pública considerable en dos ámbitos tecnológicos fundamentales, el apoyo público actual queda muy por debajo de los objetivos originales fijados en las propuestas de establecimiento de las empresas comunes, presentadas por la Comisión (un total combinado de 900 millones para el mismo período). Las inversiones actuales en las dos ITC tampoco responden a las expectativas de las partes investigadoras, que ambicionaban programas financiados con 2 500 a 3 000 millones de euros cada uno (correspondientes a la propuesta global de la Comisión).

REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN

El objetivo de la presente evaluación era valorar la calidad y eficiencia del funcionamiento de las ITC, así como la probabilidad de que ARTEMIS y ENIAC, en su actual planteamiento, alcancen sus objetivos. A tal efecto, la Comisión invitó a un grupo de expertos independientes[3], presidido por el Dr. Wulf Bernotat, a examinar la documentación y entrevistar a las partes interesadas[4].

El grupo de evaluación emitió su informe en julio de 2010. En el sitio web EUROPA puede consultarse el informe íntegro[5].

RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN Y RECOMENDACIONES

Es significativo que el grupo de evaluación reconozca el valor de la estructura tripartita de las ITC en estos campos, al poner en común recursos de la industria, la UE y los Estados miembros.

«Contar con una estrategia conjunta y una ejecución compartida es bueno para la industria, para los Estados miembros y para Europa. (…) El grupo de evaluación felicita a todas las partes implicadas por sus considerables logros en el diseño e implantación de estos nuevos instrumentos».

No obstante, los expertos manifiestan su temor de que ARTEMIS y ENIAC no estén prestando suficiente atención a sus objetivos estratégicos europeos. El grupo aboga por un replanteamiento estratégico de las dos ITC que permita participar a todas las partes interesadas y avanzar hacia un esfuerzo verdaderamente conjunto. En este contexto, los expertos solicitan además que la industria vuelva a recurrir a los «líderes intelectuales» de alto nivel de la industria, las administraciones y la comunidad científica:

«La industria, que solicitó y obtuvo el liderazgo de estas ITC, no ha mantenido su compromiso inicial en la dirección y gestión estratégicas de las ITC para que alcancen todos sus objetivos y, específicamente, no se ha concertado eficazmente con los Estados miembros para hacer frente a los problemas».

El grupo de evaluación considera que la escasez de financiación constituye un problema crítico:

«El compromiso de financiación de los Estados miembros está significativamente por debajo de lo esperado, lo que pone en peligro el establecimiento de una masa crítica de actividad y limita seriamente la construcción de unas carteras de proyectos adecuadas».

Esta insuficiencia parece estar relacionada en parte con los regímenes intergubernamentales de Eureka ITEA2 y CATRENE, que trabajan en paralelo con ARTEMIS y ENIAC y que se supone irán integrándose progresivamente con las ITC cuando pueda crearse valor añadido[6]. La postura de la Comisión en relación con este problema se explica en la sección 6 del presente informe.

Dirigiéndose a la Comisión Europea, el grupo de evaluación pone de relieve algunas de las enseñanzas extraídas de la primera generación de ITC, tales como la necesidad de una mayor flexibilidad organizativa y financiera, que deberían tenerse en cuenta al crear eventualmente otras APP en el futuro:

«El actual Reglamento financiero y otros requisitos administrativos (tales como el estatuto del personal) son demasiado restrictivos y, más que favorecer, impiden la consecución de los objetivos estratégicos de las ITC».

La lista de recomendaciones del grupo se reproduce en el anexo.

El calendario de cada recomendación indica si es posible actuar dentro del presente marco jurídico o si es preciso modificar la actual normativa sobre empresas comunes o el Reglamento financiero. Dado que la modificación del marco jurídico consume numerosos recursos, este grupo de recomendaciones se examinará dentro del debate sobre una próxima generación de APP.

ACCIONES DE SEGUIMIENTO PREVISTAS

La Comisión se congratula del informe de evaluación intermedia y toma nota de las recomendaciones del grupo de evaluadores. La Comisión se compromete a abordar la parte de las recomendaciones que la afecta y a colaborar con la industria, los Estados miembros y las empresas comunes para ayudarles a abordar las suyas. En consonancia con el calendario sugerido por el informe, y teniendo presente la naturaleza particular de ARTEMIS y ENIAC, con participación directa de los Estados miembros, la Comisión emprenderá:

1) acciones inmediatas para las empresas comunes existentes (es decir, las actividades de las ITC en el período 2011-2013), que se seguirán a través de sus estructuras de gobierno;

2) acciones a más largo plazo para la posible nueva generación de APP en estos ámbitos dentro de las iniciativas emblemáticas Unión por la Innovación[7] y Una Agenda Digital para Europa[8], puestas en marcha en el marco de la Estrategia Europa 2020[9].

Se resume a continuación la respuesta de la Comisión a las recomendaciones del grupo.

i) Recomendación general

Pese a la actual modestia del compromiso financiero colectivo de los Estados miembros con las empresas comunes existentes, que afecta directamente a la financiación europea[10], y a la manifiesta complejidad, la Comisión conviene en que el modelo tripartito puede aportar importantes beneficios si todas las partes trabajan en favor de la consecución de un sólido conjunto común de objetivos estratégicos. Junto al liderazgo industrial en el desarrollo de la estrategia, este modelo ofrece una oportunidad única para coordinar las políticas nacionales orientándolas hacia los retos comunes europeos. Al mismo tiempo, la Comisión coincide con el grupo en que las ITC saldrían beneficiadas si los socios reafirmaran lo antes posible su compromiso con el modelo tripartito y con una agenda estratégica europea. La Comisión se concertará con la industria y los Estados miembros para explorar la mejor manera de conseguirlo. Este aspecto reviste especial importancia dado que la actividad de las ITC se desarrolla en ámbitos identificados como tecnologías facilitadoras esenciales para Europa[11].

Sin perjuicio de futuras decisiones sobre la arquitectura del Octavo Programa Marco, la Comisión no excluye que las actividades correspondientes a los ámbitos objeto de ARTEMIS y ENIAC puedan abordarse en el futuro dentro de una única ITC. Incluso podría cubrirse una parte más grande de la cadena del valor, abordando el candente asunto del compromiso entre el hardware y el software y el equilibrio entre las prioridades del empuje de la tecnología y el tirón de las aplicaciones. Además, esto contribuiría a incrementar la eficiencia de la configuración operativa.

ii) Recomendaciones para los Estados miembros

Dado el estricto vínculo que liga la contribución europea a las contribuciones nacionales (véase la nota 10), la Comisión reconoce que es necesario incrementar las contribuciones financieras de los Estados miembros si se quieren alcanzar los objetivos financieros generales fijados en los reglamentos[12]. Además, los presupuestos nacionales podrían cubrir un período plurianual a fin de establecer una perspectiva a más largo plazo siguiendo el plan estratégico plurianual de la industria. La Comisión propondrá que los Estados miembros aprueben una contribución presupuestaria plurianual para el tiempo de vigencia restante de las empresas comunes con objeto de alcanzar los objetivos originales de las ITC. Es uno de los elementos de la reafirmación del compromiso estratégico que la Comisión espera de sus socios.

Hasta ahora los Estados miembros han prestado escasa atención a la necesaria sincronización de sus operaciones[13]. La Comisión insistirá en que se adopten prácticas nacionales que se ajusten a las condiciones de los reglamentos y acuerdos administrativos vigentes para favorecer la convergencia hacia unas prácticas comunes. La Comisión propondrá asimismo la creación de un grupo de trabajo dentro del Consejo de Autoridades Públicas para abordar la evaluación comparativa de las prácticas nacionales a fin de mejorar la armonización de los procesos administrativos y de los porcentajes nacionales de financiación. Merecen especial atención en este contexto las normas de financiación relativas a las universidades y organizaciones académicas o de investigación.

La Comisión está de acuerdo en el interés de que resulte más perceptible el apoyo nacional a temas concretos del programa de trabajo anual. No obstante, el carácter europeo de las ITC no debería revestir la forma de una reunión de intereses puramente nacionales. La Comisión propondrá en el Consejo de Autoridades Públicas la elaboración de un método sencillo de incluir las consideraciones relativas al apoyo nacional, a un nivel de detalle adecuado, en el programa de trabajo anual.

iii) Recomendaciones para las asociaciones industriales

La Comisión coincide con el grupo en la necesidad de implantar procesos y herramientas adecuados para hacer un seguimiento de los logros estratégicos de las ITC y analizarlos. Propondrá indicadores mensurables y solicitará a las asociaciones industriales que lleven a cabo periódicamente un análisis estratégico de los resultados y repercusiones de cada convocatoria de propuestas. Más en general, la Comisión sugerirá a la industria que los programas de investigación estratégica sean actualizados y revisados en el momento oportuno, y adoptados a un alto nivel en las empresas implicadas, la Comisión y los Estados miembros.

La Comisión apoya la idea de que las asociaciones industriales deben desempeñar un papel importante en la orientación de la estrategia de las ITC hacia unos ecosistemas de la innovación. Los socios industriales deberían dirigir la elaboración de un plan concreto con objetivos tangibles que tendrían que ejecutar las empresas comunes, tales como el fomento de la participación de las PYME, las actividades de agrupamiento y las acciones de educación y formación.

Además, se insta a las asociaciones industriales a aportar más rentabilidad a sus miembros, lo que debería traducirse en un conjunto de partes interesadas más representativo y un elenco de miembros más amplio, con especial énfasis en las PYME. La Comisión analizará también las consecuencias potenciales y jurídicas de una simplificación del papel administrativo de algunos participantes en los proyectos, por ejemplo el concepto de «parte asociada» para las PYME, con vistas a reducir su carga administrativa y financiera.

iv) Recomendaciones para la Comisión Europea

El grupo de evaluación solicita a la Comisión que no se apliquen el Reglamento financiero marco ni el Estatuto del personal a las posibles futuras APP. Esta recomendación coincide a grandes rasgos con la formulada por el grupo de sherpas de las ITC[14]. En este contexto, la Comisión propuso, en la revisión trienal del Reglamento financiero[15], dos opciones adicionales para implantar asociaciones público-privadas: un organismo mixto público-privado, basado en el artículo 185 bis del Reglamento financiero, y un organismo de Derecho privado (artículo 53, apartado 1, punto 2, letra g)). Esta propuesta, en caso de ser adoptada por el legislador, crearía el marco necesario para aplicar esta recomendación.

La Comisión explorará la pertinencia de ampliar las actividades operativas de las futuras APP potenciales para incluir medidas de acompañamiento tales como acciones de coordinación, apoyo, infraestructura y demostración a gran escala. También examinará, con ayuda de los Estados miembros, la industria y otros posibles interesados, la manera de combinar la financiación procedente de distintas fuentes. Análogamente, la Comisión estudiará la manera de prestar apoyo financiero a actividades que resulten críticas para la consecución de los objetivos estratégicos europeos de las ITC y que no puedan recibirlo dentro del marco actual de las ITC, tales como proyectos de infraestructura o innovación que no son, estrictamente hablando, actividades de I+D.

La Comisión considera que la contribución de las asociaciones industriales a sufragar los costes de explotación de las empresas comunes es un incentivo importante para que garanticen el buen gobierno de dichas empresas. Toma nota igualmente de la dificultad experimentada por las asociaciones para recaudar unas cuotas adecuadas de los miembros. Sería necesario examinar con la máxima atención un modelo futuro en el que cada beneficiario abonase una «cuota» a la empresa común.

La Comisión reconoce también la importancia de recopilar datos que demuestren el impacto del trabajo de las ITC, datos que se utilizarían en futuras evaluaciones. A tal efecto, establecerá, con ayuda de expertos, un conjunto de indicadores para evaluar los logros de las ITC en relación con los objetivos enunciados en sus actos fundacionales[16] y en sus planes estratégicos plurianuales. Los datos resultantes serán analizados cada año.

v) Recomendaciones para las empresas comunes

La Comisión es consciente de las dificultades que experimentan las asociaciones industriales para generar ingresos suficientes a partir de las cuotas de sus miembros u otros tipos de actividad, en ausencia de aportaciones obligatorias de todos los beneficiarios de los proyectos. Considera, por otra parte, que dichas asociaciones tienen la posibilidad de generar ingresos suplementarios brindando a sus miembros una oferta de servicios más amplia. Los bajos ingresos de las asociaciones industriales se deben también al menor volumen de los programas, consecuencia del hecho de que las contribuciones de los Estados miembros sean inferiores a lo esperado en un principio. Junto a sus esfuerzos por revitalizar el compromiso de las partes interesadas e instar a las asociaciones industriales a diversificar y ampliar sus actividades y sus miembros, la Comisión apoyará los pasos que den las empresas comunes para mejorar la situación actual.

La Comisión reconoce la necesidad de mejorar el ajuste entre la cartera de proyectos subvencionados y los objetivos europeos estratégicos del programa. Por consiguiente, propondrá la creación de un grupo de trabajo que examine los actuales criterios de evaluación a fin de determinar mejor el modo en que cada proyecto contribuye a los objetivos europeos generales de las ITC y al enriquecimiento del ecosistema de la innovación.

Además, la Comisión respaldará el establecimiento de procesos abiertos y transparentes por las partes interesadas pertinentes de manera que los solicitantes puedan recibir de una manera más rápida, visible y constructiva información sobre las perspectivas de apoyo de los Estados miembros.

POSTURA DE LA COMISIÓN CON RESPECTO A EUREKA Y AL PROBLEMA DE LA ESCASEZ DE INVERSIONES

La Comisión conviene en que el funcionamiento en paralelo de las agrupaciones de Eureka (CATRENE e ITEA2[17]) y de las ITC en los campos de la nanoelectrónica y los sistemas empotrados añade complejidad al Espacio Europeo de Investigación, confunde a la comunidad investigadora y resulta intrínsecamente ineficiente. Además, el Consejo ha abogado por la «integración progresiva» de estos dos mecanismos de financiación.

La Comisión respalda plenamente la idea de conservar el papel «descendente», estratégico, paneuropeo y tecnológico de las ITC, con una financiación que les permita ejecutar sus programas, pero reconoce también el valor añadido que supone un programa complementario, «ascendente», a corto plazo y orientado a la empresa y al mercado que implique la colaboración de unas cuantas empresas y esté financiado para la ejecución de proyectos concretos. No obstante, la Comisión considera que ambos planteamientos podrían aplicarse dentro de una única asociación público-privada, lo que permitiría también obtener importantes ahorros en los gastos de explotación. Hasta la fecha, todas las partes interesadas han hecho grandes esfuerzos para encontrar la manera de perfilar los dos tipos de programa. La situación resultante no es óptima. La experiencia ha demostrado que es muy difícil excluir temas de uno u otro programa cuando se exploran las opciones en detalle, más allá de los principios de alto nivel. En realidad, gran número de temas de investigación son objeto de ambos programas (en los campos de la tecnología y las aplicaciones). Esto no debe sorprender si se tiene en cuenta que la mayor parte de los socios privados que aportan financiación son comunes a ambos. El mantenimiento de la coexistencia no garantizaría la coordinación y la sincronización de las dos iniciativas independientes ni ofrecería flexibilidad presupuestaria a los Estados miembros a la hora de asignar sus recursos a los diferentes regímenes (en el caso de los que participan activamente en ambos, que es el de los principales contribuyentes).

La Comisión considera, por lo tanto, que la coexistencia de las agrupaciones de Eureka y las ITC contribuye a la actual insuficiencia de las contribuciones de los Estados miembros a las empresas comunes y a las agrupaciones de Eureka, ya que la financiación de ambos instrumentos procede a menudo de una única fuente a nivel nacional. Este importante problema no se aborda en el informe. El Consejo, sin embargo, ha reconocido esta situación a la hora de adoptar los reglamentos por los que se establecen las ITC, en particular al abogar por la «integración progresiva» de los dos mecanismos de financiación. La integración de los dos planteamientos bajo un mismo techo facilitaría la aplicación de una estrategia única para Europa, garantizaría los recursos suficientes para alcanzar la masa crítica y permitiría a los socios elegir la combinación de instrumentos adecuada para sus propósitos, por ejemplo a través de una utilización flexible de los mecanismos descendente y ascendente.

Aunque el grupo de evaluadores afirma que la integración operativa solo debería contemplarse a largo plazo, y no para el período posterior a 2014, la ambición de la Comisión es seguir trabajando en favor de la integración progresiva de estos dos mecanismos de financiación. La Comisión participará activamente en las estructuras (ITC y Eureka) y los grupos de trabajo existentes a fin de seguir avanzando en la diferenciación y coordinación de actividades, y estudiará las condiciones concretas en las que una integración progresiva de las agrupaciones de Eureka dentro del funcionamiento de las empresas comunes crearía valor añadido.

ANEXO - Lista de recomendaciones del grupo de evaluación

Nº | Resumen de las recomendaciones | Calendario |

1 | Las futuras ITC en estos ámbitos deben mantener el modelo tripartito | ITC de próxima generación |

Recomendaciones para los Estados miembros |

2 | Efectuar compromisos presupuestarios plurianuales | Ahora |

3 | Cumplir los reglamentos del Consejo sobre las ITC | Ahora |

4 | Llevar a cabo estudios de evaluación comparativa y alineamiento de las prácticas nacionales | Ahora |

5 | Indicar prontamente cada año el apoyo que se dará a temas concretos | Ahora |

Recomendaciones para las asociaciones industriales |

6 | Liderar el establecimiento de procesos que permitan efectuar un seguimiento de los avances hacia el logro de los objetivos de las ITC | Ahora |

7 | Liderar la preparación de planes de acción para el logro de los objetivos de los ecosistemas de la innovación | Ahora |

8 | Mejorar los contactos con las partes interesadas en las ITC | Ahora |

Recomendaciones para la Comisión Europea |

9 | Liderar la redacción de nuevos reglamentos del Consejo con alternativas al Reglamento financiero y el Estatuto del personal | ITC de próxima generación |

10 | Los reglamentos deberían permitir que las ITC presten apoyo a actividades relacionadas con la innovación distintas de la I+D | ITC de próxima generación |

11 | Los reglamentos deberían permitir que las ITC acepten financiación procedente de otras fuentes | ITC de próxima generación |

12 | Los reglamentos deberían permitir a la UE efectuar contribuciones financieras adicionales para fines estratégicos | ITC de próxima generación |

13 | Los reglamentos deberían permitir a las empresas comunes recuperar parte de sus costes de explotación de los no miembros | ITC de próxima generación |

14 | La Comisión debería establecer un sistema de recopilación de datos al servicio de la evaluación de los beneficios de estas ITC | Ahora |

Recomendaciones para las empresas comunes |

15 | Establecer un mecanismo de recuperación de parte de sus costes de explotación de los beneficiarios de las ITC que no sean miembros. | ITC de próxima generación |

16 | Hacer más hincapié en los objetivos europeos estratégicos, en los procesos de evaluación y selección de propuestas | Ahora |

17 | Establecer procesos que permitan a los proponentes recibir rápidamente información sobre las perspectivas de apoyo | Ahora |

Recomendación sobre la coordinación ITC–EUREKA |

18 | ARTEMIS y ENIAC deberían mantener sus iniciativas para diferenciarse de ITEA2 y CATRENE y coordinarse con ellos | Ahora |

[1] Reglamento (CE) n° 74/2008 del Consejo, de 20 de diciembre de 2007, relativo a la creación de la Empresa Común Artemis para ejecutar una iniciativa tecnológica conjunta sobre sistemas de computación empotrados; artículo 11, Reglamento (CE) n° 72/2008 del Consejo, de 20 de diciembre de 2007, por el que se crea la Empresa Común ENIAC, artículo 11.

[2] Estados miembros de ARTEMIS: Austria, Bélgica, Chipre, República Checa, Alemania, Dinamarca, Estonia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Países Bajos, Noruega, Portugal, Rumanía, Suecia, Eslovenia y Reino Unido.Estados miembros de ENIAC: Austria, Bélgica, República Checa, Alemania, Estonia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumanía, República Eslovaca, Suecia y Reino Unido.

[3] El grupo de expertos estaba integrado por los siguientes miembros: Dr. Wulf H. Bernotat (presidente) — antes en E.ON AG; Elke Eckstein — OSRAM Opto Semiconductors; Luke Georghiou — University of Manchester, Manchester Institute for Innovation Research; Terttu Luukkonen — the Research Institute of the Finnish Economy; Bob Malcolm (ponente) — Ideo ltd; Dominique Potier, Pôle Systématique y antes, Thales; Christian de Prost, ATMEL; Alberto Sangiovanni-Vincentelli, University of California/Berkeley.

[4] La base documental de esta evaluación incluyó los documentos jurídicos y de otro tipo por los que se establecieron ARTEMIS y ENIAC, información financieran, estadísticas de participación e información sobre los proyectos. Se entrevistó a representantes de las empresas comunes, de la Comisión, de las autoridades de los Estados miembros y de las comunidades empresarial e investigadora, incluidas las PYME.

[5] http://ec.europa.eu/dgs/information_society/evaluation/rtd/jti/index_en.htm.

[6] Artículo 2, letra d), de los Reglamentos 72/2008 y 74/2008 del Consejo.

[7] COM(2010) 546, http://ec.europa.eu/research/innovation-union.

[8] COM(2010) 245, http://ec.europa.eu/information_society/digital-agenda.

[9] COM(2010) 2020,. http://ec.europa.eu/europe2020.

[10] El artículo 13, apartado 4, de los estatutos de las empresas comunes (anexos de los Reglamentos 72/2008 y 74/2008 del Consejo) indica que la contribución financiera de la Empresa Común (utilizando la aportación de la UE) al presupuesto de cada convocatoria será equivalente al 55 % del importe total comprometido por los Estados miembros.

[11] «Preparar nuestro futuro: desarrollo de una estrategia común en la UE para las tecnologías facilitadoras esenciales» COM(2009) 512.

[12] Artículo 11, apartado 6, de los estatutos de las empresas comunes (anexos de los Reglamentos 72/2008 y 74/2008 del Consejo), equivalentes a 440 millones de euros + 792 millones de financiación pública para ENIAC y 410 millones + 738 millones para ARTEMIS.

[13] El artículo 13, apartado 6, letra b), de los estatutos de las empresas comunes (anexos de los Reglamentos 72/2008 y 74/2008 del Consejo): «…los Estados miembros harán todo lo posible por sincronizar las condiciones y la celebración de los acuerdos de subvención y abonar sus contribuciones financieras a su debido tiempo».

[14] Designing together the 'ideal house' for public-private partnerships in European research – JTI Sherpas' Group – Final Report – enero de 2010, http://cordis.europa.eu/fp7/jtis/.

[15] COM(2010) 260, http://ec.europa.eu/budget/documents/financial_regulation_en.htm.

[16] Artículo 2 de los Reglamentos 72/2008 y 74/2008 del Consejo.

[17] Véase: http://www.catrene.org and http://www.itea2.org.