18.4.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 89/9


Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

2009/C 89/05

Esta publicación otorga un derecho de oposición a la solicitud de registro con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo (1). Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación.

DOCUMENTO ÚNICO

REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO

«MARRONI DEL MONFENERA»

No CE: IT-PGI-0005-0563-08.11.2006

IGP (X) DOP ( )

1.   Denominación

«Marroni del Monfenera»

2.   Estado miembro o tercer país

Italia

3.   Descripción del producto agrícola o alimenticio

3.1.   Tipo de producto (anexo II)

Clase 1.6.

Frutas, hortalizas y cereales al natural o transformados.

3.2.   Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1

Los «Marroni del Monfenera» son frutos frescos del ecotipo local de plantas de la especie Castanea sativa Mill. var.sativa.

En el momento del despacho al consumo, deben tener las características que se detallan a continuación. Semilla: una por fruto, generalmente lisa o ligeramente rugosa. Pulpa: de color avellana claro tirando a amarillo pajizo; consistencia pastosa/harinosa y sabor dulce y agradable. Epispermo (membrana): de color avellana, estructura pelicular fibrosa y resistente, penetra muy poco en la semilla. Pericarpio: de color marrón brillante, con estrías verticales más oscuras, estructura coriácea y resistente, superficie tomentosa con residuos estilares pilosos. Hilum: forma preferentemente ovoidal, pericarpio más claro con radios más o menos visibles que van del centro hacia el borde pero sin llegar a las caras laterales. Fruto: forma ovoidal, ápice poco pronunciado, una cara lateral generalmente plana y otra muy convexa. Número de frutos por kilogramo: inferior o igual a 90. El erizo contiene como máximo tres frutos.

Pueden obtener la IGP los frutos pertenecientes a la categoría Extra (calibre del fruto superior a 3 cm; como máximo un 4 % de los frutos, en peso, con el endocarpio atacado por insectos; como máximo un 3 % de los frutos, en peso, con enrojecimiento del pericarpio) y a la categoría I (calibre del fruto comprendido entre 2,8 y 3 cm; como máximo un 6 % de los frutos, en peso, con el endocarpio atacado por insectos; como máximo un 5 % de los frutos, en peso, con enrojecimiento del pericarpio).

3.3.   Materias primas (únicamente en el caso de productos transformados)

No procede.

3.4.   Alimentación (únicamente en el caso de los productos de origen animal)

No procede.

3.5.   Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida

Las operaciones de recolección, selección, limpieza, calibrado y «curatura» deben efectuarse en la zona geográfica de producción.

El producto que no se despacha al consumo en las 48 horas siguientes a la recolección, es sometido al tratamiento denominado «curatura», consistente en poner los «Marroni del Monfenera» a remojo, en agua a temperatura ambiente, durante un período máximo de nueve días al final del cual se sacan del agua y secan en una máquina. Esta operación permite conservar el producto al natural durante un máximo de tres meses.

La «curatura» debe realizarse pocas horas después de la recolección para impedir la activación de procesos de fermentación en los medios de transporte, especialmente los años en que la recolección se efectúa en períodos de lluvia o con temperaturas aún elevadas.

3.6.   Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc.

El producto debe envasarse en redecillas para alimentos cerradas en la parte superior mediante un sistema de encolado al calor o un cierre cosido. Los envases tienen un peso de 1, 2 o 3 kg, en el caso del encolado al calor, y de 5 o 10 kg, en el del cierre cosido.

El despacho al consumo no puede producirse antes del 15 de septiembre de cada año.

3.7.   Normas especiales sobre el etiquetado

Los envases deben llevar obligatoriamente en la etiqueta, además del símbolo gráfico comunitario y de las indicaciones y datos obligatorios por ley, las indicaciones siguientes: «Marroni del Monfenera» seguida del acrónimo IGP en letras de un tamaño superior al de todas las demás indicaciones que figuran en la etiqueta, como el nombre, la razón social, la dirección del envasador, el logotipo, la categoría comercial (Extra o I) y el peso bruto en origen.

Image

El logotipo está formado por dos óvalos concéntricos dentro de los cuales aparecen representadas las colinas del piedemonte de Grappa. La llanura que se extiende al pie de ellas está dividida por el río Piave, que baja del centro y corta el logotipo en dos partes asimétricas. A cada uno de los lados del río figura un castaño cargado de castañas. Se observan también dos erizos, diez castañas y una hoja a cada lado de ellas. Todo ello rebasa ligeramente el contorno oval en la parte izquierda.

4.   Descripción sucinta de la zona geográfica

La zona geográfica de los «Marroni del Monfenera» comprende los territorios de los siguientes municipios de la provincia de Treviso: Borso del Grappa, Crespano del Grappa, Paderno del Grappa, Possagno, Cavaso del Tomba, Pederobba, San Zenone degli Ezzelini, Fonte, Asolo, Maser, Castelcucco, Monfumo, Cornuda, Montebelluna, Caerano di San Marco, Crocetta del Montello, Volpago del Montello, Giavera del Montello, Nervesa della Battaglia.

5.   Vínculo con la zona geográfica

5.1.   Carácter específico de la zona geográfica

Los terrenos en los que se producen los «Marroni del Monfenera» pertenecen en su mayoría a la categoría no 21 del Mapa de suelos de Italia, denominada «suelos pardos ácidos, suelos pardos lixiviados, suelos pardos y suelos esqueléticos». Se trata de una categoría que, en esta zona, sólo se encuentra en la margen derecha del Piave situada a lo largo de la franja de altitud del piedemonte, que representa la mayor parte de la zona geográfica de producción. Estos terrenos se caracterizan por una reacción entre muy ácida y ácida, una débil saturación básica y un porcentaje elevado de mineralización de la substancia orgánica.

El clima, subalpino hiperhúmedo inferior, está condicionado por las vertientes de los Prealpes, muy elevadas y orientadas al sur; esta particular conformación y orientación hace que las masas de aire suban desde la llanura, provocando abundantes precipitaciones, y que las heladas de primaveras sean poco frecuentes, y facilita la escorrentía del agua de lluvia. Este equilibrio ambiental hace que los terrenos y el medio sean especialmente favorables para el cultivo del «Marrone del Monfenera».

5.2.   Carácter específico del producto

Las características de los «Marroni del Monfenera» con indicación geográfica protegida que los hacen únicos y los diferencian de los demás productos de la misma categoría son el sabor muy dulce de la pulpa, la estructura homogénea y compacta del fruto y una consistencia pastosa y harinosa. Estas características, y en particular el sabor, se deben a la especial composición química media de los «Marroni del Monfenera». Una comparación con los valores de la composición química de las castañas, calculados por el INRAN (Instituto Nacional de Investigación de Alimentos y Nutrición), demuestra que los «Marroni del Monfenera» tienen más carbohidratos, lípidos y potasio y menos sodio que aquéllas.

5.3.   Relación causal entre la zona geográfica y la calidad o las características del producto (en el caso de las DOP) o la calidad, la reputación u otras características específicas del producto (en el caso de las IGP)

La composición química de los frutos y, consiguientemente, su calidad, está ligada al hecho de que el castaño, especie marcadamente acidófila, disfruta dentro de la zona de cultivo de los «Marroni del Monfenera» de terrenos de tendencia ácida que reaccionan de forma opuesta a los de las zonas limítrofes y que no están presentes en ninguna otra zona de la provincia de Treviso.

Ello determina una mayor cantidad de potasio y una menor cantidad de sodio en los «Marroni del Monfenera» que en las castañas, como demuestra una comparación de la composición química de ambos productos, tomando las tablas del INRAN como base para las castañas.

La calidad de los frutos también se debe a que el castaño se beneficia de las abundantes precipitaciones medias anuales, que lixivian las bases del terreno manteniéndolo ácido; además, la particular conformación y exposición de la franja de pie de monte limita notablemente las heladas de primavera, a las que la planta es especialmente sensible.

Con ser importantes estos factores medioambientales, también es fundamental el factor humano. El cultivo de «Marroni del Monfenera» se remonta a la Edad Media, como prueba un documento de 1351 que regulaba la recolección entre los cabezas de familia de la zona. La protección de los castañares en la zona de los «Marroni del Monfenera» también está confirmada por fuentes notariales de los siglos siguientes, que denunciaban a las autoridades competentes las talas abusivas o la presencia en ellos de animales de pasto fuera de estación que dificultaban la recolección de las castañas. A la perpetuación de este cultivo hasta nuestros días han contribuido también numerosos certámenes, entre los que destaca la feria de muestras de los «Marroni del Monfenera», que existe desde 1970.

Las numerosas iniciativas que se organizan cada año demuestran la importancia que tienen los «Marroni del Monfenera» para la economía local y su fama. Además, con ocasión del trigésimo aniversario de la feria de muestras, el Ayuntamiento de Pederobba, en cuyo territorio tiene lugar, ha impreso tarjetas postales y un matasellos conmemorativo.

Referencia a la publicación del pliego de condiciones

Esta Administración ha puesto en marcha el procedimiento nacional de oposición publicando la propuesta de reconocimiento de la DOP «Marroni del Monfenera» en la Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana (Boletín Oficial de la República Italiana) no 276 de 26.11.2005.

El texto consolidado del pliego de condiciones puede consultarse:

en la dirección Web siguiente:

www.politicheagricole.it/DocumentiPubblicazioni/Search_Documenti_Elenco.htm?txtTipoDocumento=Disciplinare%20in%20esame%20UE&txtDocArgomento=Prodotti%20di%20Qualit%E0>Prodotti%20Dop,%20Igp%20e%20Stg

o

accediendo directamente a la página de inicio del Ministerio (www.politicheagricole.it) y pinchando después en «Prodotti di Qualità» (a la izquierda de la pantalla) y, seguidamente, en «Disciplinari di Produzione all’esame dell’UE (Reg CE 510/2006)».


(1)  DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.