20.3.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 66/26


Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

(2009/C 66/10)

Ayuda no: XA 406/08

Estado miembro: Austria

Región: Bundesland Wien

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe una ayuda individual: Richtlinie für die Gewährung eines Zuschusses zu den Versicherungsprämien für versicherbare Risiken in der Landwirtschaft

Base jurídica: Gesetz über die Förderung der Landwirtschaft in Wien (Wiener Landwirtschaftsgesetz), LGBl. für Wien Nr. 15/2000, in der geltenden Fassung

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 0,13 millones EUR

Intensidad máxima de la ayuda: Se concede una subvención de un máximo del 50 % del coste de las primas

Fecha de aplicación: A partir del 1 de enero de 2009

Duración del régimen o de la ayuda individual: Del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: En el Estado Federado de Viena hay unas 700 explotaciones agrícolas dedicadas a varios sectores, y entre los primeros de ellos figuran la horticultura y los cultivos herbáceos. Estas explotaciones son principalmente pequeñas y medianas empresas (PYME). Además de suministrar a la población urbana productos agrícolas frescos y de alta calidad, estas empresas familiares contribuyen fundamentalmente al aspecto y el mantenimiento del paisaje agrario de la región de Viena a través del cultivo y el cuidado de las superficies agrícolas productivas. Por ello, es un objetivo importante de la política urbanística de Viena el mantenimiento de estas explotaciones a largo plazo.

Un instrumento importante para asegurar la viabilidad económica de las explotaciones es la contratación de seguros contra daños ocasionados a la producción agrícola por circunstancias climatológicas adversas que pueden ser comparables a catástrofes naturales. Como consecuencia de las variaciones climáticas, cada vez más acusadas en los últimos años, va adquiriendo importancia una buena gestión del riesgo precisamente para las empresas de producción agrícola.

Las ayudas para los seguros contra los riesgos en forma de subvenciones de las primas de seguro son compatibles con el mercado común, según lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (CE) no 1857/2006.

Desde el año 2001 el Estado Federado de Viena concede anualmente a las explotaciones hortícolas vienesas una subvención de un máximo de un 50 % de los costes correspondientes a las primas cuando se constituye un seguro contra daños a los invernaderos causados por temporales.

Esta medida de ayuda autorizada por la Comisión Europea (ayuda estatal no N 845/00/Austria/Viena) ha demostrado su utilidad y, como consecuencia de ella, más del 90 % de los invernaderos de Viena están asegurados contra daños ocasionados por temporales. Para garantizar la continuidad de dicha medida, debe seguir ofreciéndose a las explotaciones esta ayuda en el contexto de esta nueva directriz.

En vista de la eficacia de esta medida de ayuda y dado el aumento del riesgo de que se produzcan fenómenos climáticos adversos como consecuencia del cambio climático, fenómenos que pueden producir grandes daños a la producción agrícola, especialmente en el sector de los cultivos herbáceos, a partir del año 2009 debe extenderse esta medida de ayuda también a las explotaciones herbáceas de Viena. Con un seguro multirriesgos para superficies herbáceas, las explotaciones pueden asegurarse, además de contra el granizo y las heladas, contra otros riesgos provocados por condiciones climatológicas adversas, como la sequía, las inundaciones, los daños causados por los vientos, el enfangamiento, las tormentas, etc. Para ofrecer un incentivo a los agricultores de herbáceos de Viena para que contraten ese tipo de seguro, ha de concederse a las explotaciones una subvención anual por un importe máximo del 50 % del coste de las primas. Esta medida debería acelerar la cobertura mediante seguro de un máximo de superficies herbáceas vienesas contra los peligros mencionados y, de esa manera, contribuir a asegurar los riesgos y lograr la estabilidad económica de las explotaciones agrícolas del Estado Federado de Viena

Sector o sectores beneficiarios: Explotaciones agrícolas (hortícolas y herbáceas) de Viena

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Amt der Wiener Landesregierung

Magistratsabteilung 58

Volksgartenstraße 3

1082 Wien

ÖSTERREICH

Dirección web: http://www.wien.gv.at/umwelt/wasserrecht/foerderrichtlinie.html

Información adicional: Con la entrada en vigor de esta directriz queda derogada la anterior Richtlinie für die Gewährung eines Zuschusses zu den Versicherungsprämien zum Schutz vor Sturmschäden an Gewächshäusern in der Landwirtschaft (ayuda estatal no N 845/00/Austria/Viena).

Este régimen se refiere al artículo 12 del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, y cumple todas sus condiciones. Concretamente, estas ayudas no suponen un obstáculo para el buen funcionamiento del mercado interior de servicios en el ámbito de los seguros. Las autoridades que conceden la ayuda garantizan que ésta no se limita a una sola compañía de seguros o a un solo grupo asegurador, y que tampoco se condiciona a que las pólizas de seguros de los solicitantes se contraten con una sociedad establecida en Austria

Ayuda no: XA 409/08

Estado miembro: Francia

Región: Champagne-Ardenne

Denominación del régimen de ayudas: Aide à la reconstitution du cheptel ovin de la région Champagne-Ardenne à la suite de la crise de la fièvre catarrhale ovine (F.C.O.)

Base jurídica:

Article L 1511-2 du Code Général des Collectivités Territoriales.

artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006,

Règlement «Aide à la reconstitution des troupes ovines» adopté par la Commission permanente du Conseil Régional de Champagne-Ardenne du 7 juillet 2008

Gasto anual previsto: 800 000 EUR para el programa, que finalizará en enero de 2010

Intensidad máxima de las ayudas: La región aportará una ayuda máxima del 80 % de las pérdidas no compensadas (hasta un máximo de 200 EUR por oveja repuesta, 20 EUR por cordero o 320 EUR por carnero inscrito repuesto).

La ayuda estará limitada por el número de animales muertos declarados al Grupo de Defensa Sanitaria (GDS) entre la fecha de declaración de «foco de FCO» y la fecha de la solicitud de ayuda

Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de identificación de la solicitud de exención en la página de Internet de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión

Duración del régimen: Hasta el 31 de enero de 2010

Objetivo de la ayuda: La ayuda tiene por objeto facilitar a los ganaderos la compensación de las pérdidas económicas provocadas por la muerte de animales a raíz de la crisis sanitaria de la fiebre catarral ovina.

Se estima que, en la región de Champaña-Ardenas, se han declarados víctimas de la FCO 6 639 animales de la especie ovina (de los cuales 1 660 animales adultos) de 237 granjas ganaderas en el marco de los expedientes de ayudas por mortalidad que se han acogido a indemnizaciones del Estado. Además, en 2008, los ganaderos declararon 2 882 primas por oveja/cabras menos (primas PBC, que se conceden por las ovejas que hayan parido como mínimo una vez o que tengan una edad superior a doce meses declaradas presentes en las granjas ganaderas entre el 1 de febrero y el 10 de mayo del año) respecto a 2007. La crisis se ha producido cuando la cabaña ovina regional aumentaba desde 2003 (+ 10 000 ovejas durante los cuatro últimos años). Así pues, corre peligro la dinámica regional de este sector.

La región de Champaña-Ardenas concederá por este motivo una ayuda financiera a los ganaderos de ovino que sufren la crisis de la fiebre catarral ovina (F.C.O.) y afrontan dificultades económicas y sanitarias muy graves desde septiembre de 2006.

La ayuda regional tendrá por objeto apoyar a los ganaderos profesionales propietarios de rebaños ovinos equivalentes a 100 PBC como mínimo.

Los ganaderos beneficiarios de la ayuda regional se comprometerán a mantener su nivel de producción durante cinco años. Se controlará la declaración anual del número de PBC

Sector o sectores afectados: Cualquier ganadero del sector ovino cuya explotación esté situada en Champaña-Ardenas en el 80 % como mínimo de su superficie agrícola útil, cuya actividad principal sea la agrícola y que 60 años como máximo (o empresas agrarias cuyo capital social pertenezca en un 50 % como mínimo a personas físicas de 60 años o menos afiliadas a la AMEXA en calidad de agricultores a título principal)

Nombre y dirección de la autoridad responsable:

Région Champagne-Ardenne

Hôtel de Région

5, rue de Jéricho

51037 Chalons en Champagne cedex

FRANCE

Dirección web: http://www.cr-champagne-ardenne.fr/?SID=731

http://www.cr-champagne-ardenne.fr/getFile.aspx?FILEID=2808

Ayuda no: XA 414/08

Estado miembro: República Federal de Alemania

Región: Land Baden-Württemberg

Denominación del régimen de ayudas: Landwirtschaft — Wachstum

Base jurídica: Rechtsgrundlage ist das Gesetz über die Landeskreditbank Baden-Württemberg — Förderbank vom 11.11.1998 (Gesetzblatt für Baden-Württemberg (GBl.) vom 18.11.1998, S. 581), zuletzt geändert durch Gesetz vom 11.12.2007 (GBl. vom 14.12.2007, S. 581) in Verbindung mit dem Programmmerkblatt Landwirtschaft — Wachstum

Gasto anual previsto en el marco del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Se concederán préstamos de bajo interés. El valor de la ayuda previsto asciende a un importe comprendido entre 500 000 y 600 000 EUR. Será el Landwirtschaftlichen Rentenbank quien pondrá a disposición este importe, aunque no aporta fondos propios

Ayuda máxima: Un máximo del 20 % de los costes subvencionables. El importe máximo de ayuda concedido a cada empresa no podrá superar en un plazo de tres campañas de comercialización los 400 000 EUR. En caso de que se produzca una acumulación con otras financiaciones públicas destinadas a los mismos costes subvencionables, se respetarán los umbrales mencionados en el Reglamento (CE) no 1857/2006. Podrán concederse ayudas de hasta el 10 % de los gastos subvencionables de la inversión para la compra de tierras en las que no se vaya a edificar

Fecha de ejecución: De conformidad con el plazo establecido en el artículo 20, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006, pero como muy pronto el 2 de enero de 2009

Duración del régimen:

Objetivo de la ayuda: Apoyar a las PYME cuya actividad se sitúa en el ámbito de la producción primaria de productos agrícolas de conformidad con el anexo I del Tratado CE (con excepción de la pesca y la acuicultura) a través del fomento de la inversión en la producción primaria de productos agrícolas [artículo 4 del Reglamento (CE) no 1857/2006]. Los costes subvencionables son los siguientes: a) la construcción, la compra o la modernización de bienes inmuebles; b) la compra o el leasing de máquinas o equipos, incluidos programas informáticos, hasta el valor de mercado del producto; o bien c) costes generales en relación con los gastos mencionados en las letras a) y b), por ejemplo, para los servicios prestados por los arquitectos y los ingenieros, para asesoría o estudios de viabilidad. En este régimen no podrán concederse ayudas que vulneren cualesquiera prohibiciones o restricciones impuestas en reglamentos del Consejo por los que se establecen organizaciones comunes de mercado, incluso cuando esas prohibiciones y restricciones se refieran únicamente a la ayuda comunitaria

Sectores económicos afectados: Producción agrícola, vitivinícola y hortícola

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Landeskreditbank Baden-Württemberg — Förderbank

Postfach 10 29 43

70025 Stuttgart

DEUTSCHLAND

Dirección web: www.l-bank.de/landwirtschaft-wachstum

Información adicional: —

Ayuda no: XA 417/08

Estado miembro: República Federal de Alemania

Región: Freistaat Bayern

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Bezuschussung der aufgrund gesetzlicher Testpflicht durchgeführten BSE/TSE-Schnelltests bei Schlachtrindern über 30 Monaten entstandenen Kosten, durch Verrechnung der Finanzhilfe der Gemeinschaft für diese BSE-Pflichttests

Base jurídica:

Artículo 6, apartado 1, leído en relación con el anexo III, capítulo A, apartado II, punto 2, del Reglamento (CE) no 999/2001.

Gesetz zum Vollzug des Tierseuchenrechts und der Verordnung über die Benutzungsgebühren der Gesundheitsverwaltung

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Aproximadamente 2,3 millones de EUR de subvención para la realización de pruebas rápidas de detección de EEB en los bovinos de abasto de más de 30 meses de edad; el nivel de la subvención depende de la ayuda comunitaria concedida anualmente y del número de pruebas exigido

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta el 100 %

Fecha de aplicación: Aprobación anual

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Ayuda estatal destinada a cubrir los costes derivados de la obligación legal de realizar pruebas de detección de EET o EEB.

Base jurídica de la ayuda estatal: artículo 16, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006.

Se confirma que la ayuda concedida en virtud del artículo 16, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1857/2006 no incluye ningún pago directo a los productores

Sector o sectores beneficiarios: Los mataderos y las fábricas de extracción de grasas en Baviera y las pequeñas y medianas explotaciones agrarias. Se cumplen los requisitos del artículo 16, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006 en lo que atañe a los mataderos y las fábricas de extracción de grasas en Baviera

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Bayerisches Staatsministerium für Umwelt und Gesundheit

Rosenkavalierplatz 2

Postfach 810140

81901 München

DEUTSCHLAND

Para cualquier información complementaria, diríjase a::

Bayerisches Staatsministerium für

Landwirtschaft und Forsten

Referat C/6

Ludwigstr. 2

80539 München

DEUTSCHLAND

Tel. +49 892182-2222

Dirección web: http://www.stmugv.bayern.de/tiergesundheit/krankheiten/bsediagnostik.htm

Información adicional: —

Ayuda no: XA 429/08

Estado miembro: Irlanda

Región: Estado miembro

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Cattle Breeding Infrastructure Program

Base jurídica: National Development Plan 2007-2013

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Como máximo, 1,5 millones de EUR anualmente

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta el 70 % de los gastos subvencionables

Fecha de aplicación:

Duración del régimen o de la ayuda individual: Desde el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: La Irish Cattle Breeding Federation (ICBF) gestionará el programa de infraestructuras ganaderas que persigue fomentar entre los ganaderos del sector bovino (tanto lechero como cárnico) los modernos principios científicos de cría, a fin de favorecer su pervivencia a largo plazo. Este programa comprende varios elementos relativos a las pruebas y el análisis genético y a la recopilación y difusión de la información científica.

El proyecto de análisis genético abarca actividades de investigación, de examen y mejora de los sistemas de análisis genético del ganado bovino (en el sector cárnico y lechero) utilizados en Irlanda, incorporación de datos genómicos cuando proceda, difusión de los nuevos análisis del ganado cárnico, a través de publicidad, publicación de material educativo, publicidad directa por correo a los ganaderos, y reuniones con ganaderos y partes interesadas del sector, a fin de lograr que el ganadero comprenda mejor los nuevos indicadores.

El capítulo del programa correspondiente a la recopilación y difusión de información tiene por objeto desarrollar sistemas informáticos, impartir formación y facilitar la difusión de los indicadores del sector cárnico y lechero.

Esta ayuda se proporciona con arreglo al artículo 15, apartado 2, letras d) y e), y al artículo 16, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 1857/2006: Asistencia técnica al sector agrario y Ayudas al sector ganadero

Sector o sectores beneficiarios: Ganado bovino

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Department of Agriculture, Fisheries and Food

Agriculture House

Kildare Street

Dublin 2

IRELAND

Dirección web: http://www.agriculture.gov.ie/schemes/NDP_State_Aid/CattleBreedingInfrastructure2009_13.doc