52009PC0307

Dictamen de la Comisión de conformidad con el artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE, sobre las enmiendas del Parlamento Europeo a la Posición común del Consejo respecto a la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado internacional de los servicios de autocares y autobuses (refundición) por el que se modifica la propuesta de la Comisión de conformidad con el artículo 250, apartado 2, del Tratado CE /* COM/2009/0307 final */


[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 22.6.2009

COM(2009)307 final

2007/0097/COD

DICTAMEN DE LA COMISIÓN de conformidad con el artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE, sobre las enmiendas del Parlamento Europeo a la Posición Común del Consejo respecto a la propuesta de

REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado internacional de los servicios de autocares y autobuses (refundición)

POR EL QUE SE MODIFICA LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN de conformidad con el artículo 250, apartado 2, del Tratado CE

DICTAMEN DE LA COMISIÓNde conformidad con el artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE,sobre las enmiendas del Parlamento Europeoa la Posición Común del Consejo respecto a lapropuesta de

REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado internacional de los servicios de autocares y autobuses (refundición)

1. Introducción

El artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE establece que la Comisión emitirá un dictamen sobre las enmiendas propuestas por el Parlamento Europeo en segunda lectura. La Comisión expone a continuación su dictamen sobre las enmiendas propuestas por el Parlamento.

2. Contexto

Fecha de transmisión de la propuesta al Parlamento Europeo y al Consejo (documento COM(2007) 264 final – 2007/0097 COD): | 23 de mayo de 2007. |

Fecha del dictamen del Comité Económico y Social Europeo: | 26 de septiembre de 2007. |

Fecha del dictamen del Parlamento Europeo en primera lectura: | 5 de junio de 2008. |

Fecha de transmisión de la propuesta modificada: | 13 de junio de 2008. |

Fecha de adopción de la Posición Común: | 9 de enero de 2009. |

Fecha del dictamen del Parlamento Europeo en segunda lectura | 23 de abril de 2009. |

3. Objeto de la propuesta

La propuesta adoptada por la Comisión el 23 de mayo de 2007 tiene por objeto establecer normas comunes de acceso al mercado de los servicios de autocares y autobuses. La propuesta sustituye a los dos Reglamentos actualmente aplicables. Uno de los principales objetivos es simplificar el procedimiento de autorización de los servicios internacionales regulares de viajeros.

4. Dictamen de la Comisión sobre las enmiendas del Parlamento europeo

Tras varios meses de negociaciones bajo la presidencia checa, el Parlamento y el Consejo han llegado a un compromiso en segunda lectura, en particular en lo relativo a la introducción de una nueva regla de doce días. La Comisión puede aceptar las enmiendas de compromiso adoptada por el Parlamento Europeo en su segunda lectura para confirmar dicho acuerdo.

5. Conclusión

De conformidad con el artículo 250, apartado 2, del Tratado CE, la Comisión modifica su propuesta con arreglo a lo indicado anteriormente.