Propuesta de decisión del Consejo sobre el Año Europeo del Voluntariado (2011) {SEC(2009)725} /* COM/2009/0254 final - CNS 2009/0072 */
ES Bruselas, 3.6.2009 COM(2009) 254 final 2009/0072 (CNS) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre el Año Europeo del Voluntariado (2011) {SEC(2009)725} EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. Introducción El voluntariado es una de las expresiones fundamentales de la participación ciudadana y de la democracia, que pone en práctica valores europeos como la solidaridad y la no discriminación y contribuye al desarrollo armonioso de nuestras sociedades. Desempeña un papel importante en sectores tan variados y tan diversos como la educación, la juventud, la cultura, el deporte, el medio ambiente, la sanidad, la asistencia social, la protección de los consumidores, la ayuda humanitaria, la política de desarrollo, la investigación, la igualdad de oportunidades y las relaciones exteriores. Al mismo tiempo, el voluntariado representa una oportunidad importante de aprender, porque al involucrarse en el trabajo de voluntariado los ciudadanos adquieren nuevas cualificaciones y aumentan su sentido de pertenencia a la sociedad. Por todo ello, el trabajo de voluntariado lleva aparejado un doble beneficio: contribuye con sus logros a la cohesión social y con los vínculos de solidaridad que genera y es beneficioso para los propios voluntarios porque aumenta sus cualificaciones y su desarrollo personal. Este doble beneficio constituye una contribución real a la Agenda Social de la UE, cuyo objetivo es ofrecer más oportunidades a los ciudadanos de la UE, mejorar el acceso a unos servicios de calidad y mostrar solidaridad con quienes se ven perjudicados por los cambios. En las épocas económicas difíciles es aún más importante que la Unión Europea reconozca el valor del voluntariado. Además, desde una perspectiva internacional, el voluntariado es una expresión de solidaridad con los países en vías de desarrollo y un reconocimiento de la interdependencia de todas las comunidades en un mundo cada vez más globalizado. Europa tiene una fuerte tradición de voluntariado, basada a menudo en la pertenencia a organizaciones de la sociedad civil. A lo largo de las últimas décadas, la participación ciudadana ha experimentado un cambio significativo, porque en las sociedades ha aumentado el individualismo, así como el valor de la autonomía y la autoexpresión. Esto constituye un desafío para el voluntariado, puesto que el sector tiene ahora que adaptarse a los nuevos tipos y formas de participación, caracterizados a menudo por un compromiso selectivo y a corto plazo. A escala nacional, los Estados miembros y otros interesados tienen que modernizar sus políticas y sus infraestructuras para permitir a un mayor número de personas realizar acciones de voluntariado de diferentes formas y en distintas etapas de su vida. Es preciso aumentar el apoyo que recibe el voluntariado del mundo empresarial, encontrar nuevas formas de implicar a los jóvenes y aprender a desarrollar el potencial de las personas mayores. Con el Año Europeo del Voluntariado se intentará promover un diálogo y un intercambio de buenas prácticas más profundos y más estructurados sobre estos asuntos entre las autoridades y otros interesados de los Estados miembros. Todo ello permitirá mejorar las condiciones del voluntariado en la Unión Europea. 2. Año Europeo del Voluntariado 2.1. Retos y oportunidades Los Estados miembros de la UE tienen una rica diversidad de tradiciones, percepciones, culturas y marcos jurídicos en materia de voluntariado. Pero, básicamente, a pesar de las divergencias entre las situaciones nacionales, los valores y las razones subyacentes por los que las personas se involucran en acciones de voluntariado son los mismos en toda Europa. Para ellas, es importante ayudar a los demás, con los beneficios que eso conlleva para la sociedad. Las actividades de voluntariado reducen el racismo y los perjuicios y contribuyen al diálogo intercultural e interreligioso. En el voluntariado pueden participar todos los grupos de edad, por lo que puede estimular la solidaridad entre generaciones. El voluntariado puede estimular la participación activa de los jóvenes en la sociedad. También tiene un gran potencial a la hora de promover el envejecimiento activo y de abordar el cambio demográfico, puesto que ofrece la oportunidad de utilizar la experiencia de las personas de edad avanzada en beneficio de la sociedad. Las empresas ven el interés de apoyar la actividad de voluntariado, a menudo como parte de sus estrategias de responsabilidad social corporativa. Por su dimensión de aprendizaje y por las cualificaciones que proporciona, el voluntariado aumenta las posibilidades de empleo de las personas. También puede ser una forma de mantenerse activo durante periodos de desempleo, ayudando a la gente a evitar la marginalización, desarrollando su perfil como buscadores de empleo y facilitando la reintegración en el mercado laboral. Esto es especialmente valioso ahora que las sociedades se enfrentan a las consecuencias de la crisis económica. Pero, a la vez que cambia la sociedad, también lo hacen las exigencias a las personas en lo relativo a la educación, las carreras profesionales y el tiempo que pueden dedicar a sus familias y a sus aficiones. Estos cambios influyen en la cantidad de tiempo que las personas pueden destinar al voluntariado, cuando y cómo quieren realizarlo, y a las expectativas que tienen de las organizaciones a las que se ofrecen a ayudar como voluntarios. Las autoridades competentes y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros se enfrentan, en diversos grados, a los mismos desafíos si quieren animar a más gente a realizar acciones de voluntariado, facilitarles su contribución y garantizar un buen nivel en las actividades realizadas. Deben encontrarse los incentivos oportunos para particulares y empresas. Habría que lograr un equilibrio adecuado entre la obtención de un nivel más elevado de profesionalismo y la preservación de la libertad y la flexibilidad, características tan valoradas en el sector. Asimismo, existen barreras reales en todos los Estados miembros para hacer realidad el potencial impacto positivo del voluntariado, como la falta de sensibilización los sistemas de información y apoyo (por ejemplo, formación), unas disposiciones jurídicas desalentadoras, unos limitados sistemas de intercambios internacionales y la ausencia de una personalidad jurídica. Las organizaciones europeas de voluntarios son conscientes de que la formación y las cualificaciones de estos no siempre se adaptan a las necesidades de los países en vías de desarrollo. Sin embargo, cuando se ha hecho un esfuerzo para adaptar las cualificaciones y la experiencia de los voluntarios a las necesidades de desarrollo de un grupo o de una comunidad concretos, pueden a menudo contribuir de manera significativa a mejorar la calidad de vida de la comunidad o a ampliar el abanico de posibilidades en un mundo cada vez más globalizado. El voluntariado está lejos de haber alcanzado el máximo de su potencial. Tres de cada diez europeos son voluntarios activos, pero son ocho de cada diez los que consideran que ayudar a los demás es una parte importante de su vida. La diferencia entre voluntarios reales y voluntarios potenciales es aún más significativa entre los jóvenes: aunque solo el 16 % de los jóvenes europeos se dediquen a actividades de voluntariado, casi tres de cada cuatro están a favor de la elaboración de un mayor número de programas que fomenten la participación en labores de voluntariado. Las grandes disparidades existentes entre los diferentes países demuestran tanto la necesidad como el potencial del aprendizaje mutuo. El potencial real también puede desarrollarse incrementando la movilidad de los voluntarios en la Unión Europea. Así pues, debemos facilitar la sensibilización y el aprendizaje inter pares en Europa si queremos impulsar la profesionalización del sector, de modo que los Estados miembros y la sociedad civil puedan enfrentarse mejor a los desafíos evocados. Esto facilitará el desarrollo del potencial del voluntariado en Europa y acelerará la consecución de los objetivos sociales de la Unión. 2.2. Objetivos y actividades En coherencia con la Agenda Social Renovada de la UE, el objetivo general del Año Europeo será fomentar y apoyar, sobre todo mediante el intercambio de experiencia y de buenas prácticas, los esfuerzos realizados por los Estados miembros, las autoridades locales y regionales y la sociedad civil con el fin de establecer las condiciones que favorezcan el voluntariado en la Unión Europea. Se proponen cuatro objetivos: (1) Trabajar para lograr un entorno que favorezca el voluntariado en la UE: consagrar que el voluntariado forme parte de la promoción de la participación ciudadana y de las actividades interpersonales en el contexto de la UE. (2) Ofrecer medios de actuación a las organizaciones de voluntarios y mejorar la calidad del voluntariado: facilitar el voluntariado y fomentar el establecimiento de redes, la movilidad, la cooperación y las sinergias entre organizaciones de voluntarios y otros sectores en el contexto de la UE. (3) Recompensar y reconocer las actividades de voluntariado: fomentar incentivos apropiados para particulares, empresas y organizaciones implicadas en el desarrollo del voluntariado y conseguir un reconocimiento más sistemático del mismo por parte de los responsables políticos, las organizaciones de la sociedad civil y los empleadores en cuanto a las cualificaciones y competencias desarrolladas a través del voluntariado. (4) Sensibilizar sobre el valor y la importancia del voluntariado: aumentar la conciencia general sobre la importancia del voluntariado como expresión de la participación ciudadana y como ejemplo de una actividad interpersonal que hace su aportación a asuntos que son de interés común para todos los Estados miembros, como un desarrollo social armonioso y la cohesión económica. Conforme a estos objetivos, las actividades del Año se centrarán en Europa en el intercambio de buenas prácticas y en las medidas de comunicación y sensibilización, por ejemplo mediante la celebración de actos de alta visibilidad que impliquen a todos los interesados. En los Estados miembros se realizarán actividades similares a través de las estructuras nacionales de coordinación. Un aspecto importante será la movilización de las organizaciones de voluntarios y de otros interesados para que pongan en marcha y lleven a cabo programas a lo largo del Año. El voluntariado es un elemento básico de varios programas comunitarios que, fundamentalmente, promueven la movilidad de los voluntarios, como el programa la Juventud en acción, en especial a través del Servicio Voluntario Europeo, el Programa de Aprendizaje Permanente y el programa Europa para los Ciudadanos. Las organizaciones activas en este campo también reciben el apoyo de la UE en los ámbitos de la ayuda humanitaria, la política de desarrollo, los derechos humanos, la sanidad, el medio ambiente y la protección de los consumidores. Esta propuesta tiene, por lo tanto, como base los esfuerzos de movilización realizados con otros programas de la UE, que serán vehículos importantes para la realización de las actividades del Año. Las acciones de comunicación y sensibilización que se lleven a cabo durante el año serán complementadas por una masa crítica de proyectos concretos relacionados con el voluntariado en numerosos sectores. Todos estos proyectos (y los programas en los que se apoyan) se beneficiarán de la visibilidad adicional que aportará para ellos la etiqueta «Año Europeo del Voluntariado» y de la campaña de sensibilización pública. 3. Consultas La Comisión reflexiona desde hace algún tiempo sobre la posibilidad de que Europa desempeñe un papel más importante en el ámbito del voluntariado. El Servicio Voluntario Europeo fue creado en 1996. Desde 2002 el voluntariado ha sido un aspecto clave de la política de la juventud y uno de los objetivos comunes acordados dentro del Método Abierto de Coordinación sobre políticas de la juventud. La Comisión también consultó al Comité Económico y Social Europeo en abril de 2006 sobre la orientación que se va a dar en el futuro al voluntariado. En su dictamen de diciembre de 2006 [1], el Comité recomendó que se realizaran actividades a escala europea para sensibilizar sobre la importancia del voluntariado. Esta idea recibió un amplio apoyo de los interesados y del Parlamento Europeo, que adoptó una resolución [2] con este fin en julio de 2008 en la que pedía que se designara 2011 como el Año Europeo del Voluntariado. La Comisión ha mantenido discusiones regulares, abiertas y transparentes sobre esta iniciativa con los principales interesados. Asimismo, en varias consultas recientes se ha tratado el asunto del voluntariado: · consultas relativas a los actuales programas de la Comisión sobre la ciudadanía activa, la juventud, la cultura y el aprendizaje permanente (educación y formación), · el proceso de consulta organizado en otoño de 2008 como parte de la preparación del nuevo marco europeo sobre cooperación en política de la juventud. Los resultados de las consultas indican que todos los interesados acogerían con satisfacción una propuesta relativa a un Año Europeo del Voluntariado. Estos destacaron el potencial de la designación de un Año Europeo por lo que se refiere a la comunicación y la movilización, e hicieron sugerencias útiles sobre la finalidad y la concepción de la iniciativa. Los resultados de las discusiones con los interesados han servido para definir los objetivos y los puntos de actuación del Año Europeo. El periodo preparatorio del mismo ofrecerá nuevas oportunidades para que una gama amplia de interesados contribuya a su concepción y a su preparación. 4. Pertinencia del instrumento propuesto, subsidiariedad y valor añadido de la intervención de la UE La Unión Europea tiene unas competencias limitadas en el ámbito del voluntariado y su acción no debe ir más allá del apoyo a los esfuerzos de los Estados miembros. Un Año Europeo del Voluntariado que respete el principio de subsidiariedad es un medio adecuado para abordar los desafíos anteriormente expuestos. El intercambio de información y la sensibilización acerca del potencial para un mejor uso del voluntariado como forma de participación ciudadana ayudarán a la UE a lograr sus objetivos, tales como el aumento del nivel y de la calidad de vida, la contribución a un alto nivel de empleo, la mejora de la cohesión social y la lucha contra la exclusión social. Para lograr estos fines y los objetivos comunitarios antes mencionados, es necesario adoptar medidas coherentes que impliquen a la gente de todas las categorías de edad y que reflejen la naturaleza multidimensional del voluntariado, yendo más allá de los aspectos de la educación o de la inclusión social. Sin embargo, el Tratado no establece explícitamente las competencias para apoyar esta acción. Por eso, la Comisión propone que el Año Europeo del Voluntariado se base en el artículo 308 del Tratado, según el cual el Consejo, por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo, adoptará las disposiciones pertinentes. El Año Europeo se llevará a cabo en estrecha colaboración con los Estados miembros, el Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social Europeo, el Comité de las Regiones y con organizaciones de la sociedad civil a diversos niveles. Los objetivos de la propuesta no pueden alcanzarse en un grado suficiente únicamente por la acción de los Estados miembros, porque la intervención a escala nacional por sí sola no cosecharía los beneficios de los intercambios a escala comunitaria, compartiendo experiencias y buenas prácticas entre los Estados miembros. La coordinación a escala de la UE añade una dimensión europea y contribuye a aumentar la repercusión del Año Europeo en términos de sensibilización, visibilidad e intercambio transnacional de ideas y buenas prácticas. El Año Europeo del Voluntariado puede generar debates políticos, fomentar el aprendizaje inter pares entre organizaciones de desarrollo del voluntariado e impulsar el intercambio de buenas prácticas entre los Estados miembros para crear unas condiciones propicias al voluntariado, mediante lo cual las personas con voluntad de dedicarse a actividades de voluntariado tengan un mejor acceso y más posibilidades. El Año aumentará la sensibilización sobre el valor del voluntariado para estimular la cohesión social y aumentar las posibilidades de empleo de las personas. En este sentido, aborda los problemas a los que se están enfrentando todos los Estados miembros. Aumentará el sentido de pertenencia y el compromiso de los ciudadanos respecto a su sociedad a todos los niveles: local, regional, nacional y europeo. A través del intercambio transnacional de ideas y de la cooperación, el Año Europeo resaltará el vínculo entre el compromiso voluntario a escala local y su significado en el contexto europeo, que es más amplio. Participando en el Año Europeo, los voluntarios, las organizaciones de voluntarios y otros interesados a escala local, regional, nacional y europea tendrán un mayor impacto y lograrán un reconocimiento más amplio por sus esfuerzos. El Año generará una masa crítica de actividades, contribuyendo a aumentar el efecto de las políticas existentes sobre el voluntariado. 5. Presupuesto y ejecución La Comisión aplicará esta decisión a escala comunitaria. Los Estados miembros participarán con energía en la puesta en práctica del Año a través de sus organismos nacionales de coordinación, que recibirán cofinanciación comunitaria. La Comisión también convocará reuniones de los coordinadores nacionales con el fin de coordinar la aplicación. Dado que se dispone de un bajo presupuesto, la propuesta no prevé la participación de un Comité formal en la aplicación. A escala comunitaria, el Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones estarán asociados a las actividades del Año Europeo. El presupuesto para el Año Europeo de 2011 será de 6 000 000 EUR. Además, la Comisión ha propuesto en el anteproyecto de presupuesto para el año 2010 la asignación de 2 000 000 EUR para efectuar el trabajo preparatorio. 2009/0072 (CNS) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre el Año Europeo del Voluntariado (2011) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 308, Vista la propuesta de la Comisión [3], Visto el dictamen del Parlamento Europeo [4], Considerando lo siguiente: (1) La Comunidad y los Estados miembros aspiran a promover el desarrollo de los recursos humanos con el fin de alcanzar un alto nivel de empleo y de luchar contra la exclusión social. (2) De conformidad con el artículo 3, apartado 1, letra q), del Tratado, la Comunidad contribuirá a una enseñanza y una formación de calidad. (3) El voluntariado constituye una experiencia de aprendizaje no formal que permite el desarrollo de cualificaciones y competencias profesionales, así como una forma importante de participación ciudadana activa. Las acciones desarrolladas por voluntarios de todas las edades resultan cruciales para el desarrollo de la democracia, que es uno de los principios fundadores de la Unión Europea, y contribuyen al desarrollo de los recursos humanos y a la cohesión social. (4) En unas sociedades que evolucionan con rapidez resulta necesario garantizar la eficacia de la infraestructura de apoyo al voluntariado con el fin de permitir que un mayor número de personas se involucre en actividades de este tipo. Es, por lo tanto, importante apoyar el aprendizaje inter pares y el intercambio de buenas prácticas a escala comunitaria. (5) La Conferencia Intergubernamental de 1997 adoptó la Declaración 38 sobre el voluntariado [5], adjunta al acta final del Tratado de Ámsterdam, y reconoció la importante contribución de las actividades del servicio de voluntariado al desarrollo de la solidaridad social. (6) En su Comunicación de junio de 1997 sobre el fomento del papel de las asociaciones y fundaciones en Europa [6], la Comisión puso de relieve tres aspectos de las organizaciones y de las fundaciones de voluntarios: el aspecto económico de la creación de puestos de trabajo, el aspecto social de la ayuda a la definición de políticas sociales y, con ello, a la contribución al progreso social y al aspecto político, incentivando la democracia, la ciudadanía y la participación cívica. (7) A raíz del Libro Blanco de 2001 sobre la juventud [7], en 2002 los Estados miembros reconocieron el voluntariado como un aspecto fundamental de la política de la juventud y los Estados miembros acordaron los objetivos comunes para las actividades de voluntariado de los jóvenes dentro del Método Abierto de Coordinación para la Juventud [8]. (8) En diciembre de 2006, el Comité Económico y Social Europeo pidió a la Comisión Europea «que proclame un Año del Voluntariado y publique lo antes posible un Libro Blanco sobre el voluntariado y la ciudadanía activa en Europa» [9]. (9) En marzo de 2008, el Parlamento Europeo adoptó un informe sobre la «función del voluntariado como contribución a la cohesión económica y social», que animaba a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales a reconocer el valor del voluntariado en la promoción de la cohesión social y económica [10]. (10) En julio de 2008, el Parlamento Europeo adoptó una declaración escrita en la que pedía un Año Europeo del Voluntariado en 2011 [11]. (11) El 20 de noviembre de 2008, el Consejo adoptó una recomendación sobre la movilidad de los jóvenes voluntarios en Europa, que pretende aumentar el voluntariado transfronterizo entre los jóvenes en la UE [12]. (12) El voluntariado es el objetivo de varios programas comunitarios centrados en la movilidad del mismo, como el Servicio Voluntario Europeo del programa la Juventud en acción, el programa de Aprendizaje Permanente y el programa Europa para los Ciudadanos. (13) Existe una amplia variedad de actividades voluntarias en Europa que deben ser preservadas y desarrolladas. (14) El voluntariado tiene potencial para contribuir al desarrollo armonioso de las sociedades europeas. Las actividades de voluntariado constituyen una rica experiencia de aprendizaje no formal que mejora las cualificaciones y competencias profesionales del voluntario, aumenta sus posibilidades de empleo y su sentido solidario, desarrolla sus capacidades sociales, facilita la integración en la sociedad y propicia la participación ciudadana. (15) A pesar de ello, el potencial del voluntariado no se explota aún plenamente. Un Año Europeo del Voluntariado ofrecerá la oportunidad de demostrar en un contexto europeo que el voluntariado aumenta la participación ciudadana. Puede ayudar a estimular el sentido de pertenencia y el compromiso de los ciudadanos respecto a su sociedad a todos los niveles: local, regional, nacional y europeo. (16) El año 2011 será el décimo aniversario del Año Internacional de los Voluntarios de las Naciones Unidas celebrado en 2001. (17) La presente Decisión establece una dotación financiera, que debe ser la referencia principal para la Autoridad Presupuestaria a tenor del apartado 37 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera [13]. (18) Los objetivos del Año Europeo propuesto no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, por la necesidad de un intercambio transnacional de información y de una difusión a escala comunitaria de buenas prácticas y, por consiguiente, debido a la dimensión de la acción propuesta, pueden lograrse mejor a nivel comunitario. De conformidad con el principio de proporcionalidad, enunciado en el artículo 5 del Tratado CE, la presente Decisión no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Objeto El año 2011 se declarará «Año Europeo del Voluntariado» (en lo sucesivo, «el Año Europeo»). Artículo 2 Objetivos El objetivo general del Año Europeo será fomentar y apoyar, especialmente mediante el intercambio de experiencia y buenas prácticas, los esfuerzos realizados por los Estados miembros, las autoridades locales y regionales y la sociedad civil para crear las condiciones que favorezcan el voluntariado en la Unión Europea. Los objetivos del Año Europeo son los siguientes: 1. Trabajar para lograr un entorno que favorezca el voluntariado en la UE: consagrar que el voluntariado forme parte de la promoción de la participación ciudadana y de las actividades interpersonales en el contexto de la UE. 2. Ofrecer medios de actuación a las organizaciones de voluntarios y mejorar la calidad del voluntariado: facilitar el voluntariado y fomentar el establecimiento de redes, la movilidad, la cooperación y las sinergias entre organizaciones de voluntarios y otros sectores en el contexto de la UE. 3. Recompensar y reconocer las actividades de voluntariado: fomentar incentivos apropiados para particulares, empresas y organizaciones implicados en el desarrollo del voluntariado y conseguir un reconocimiento más sistemático del mismo en la UE y en los Estados miembros por parte de los responsables políticos, las organizaciones de la sociedad civil y los empleadores para las cualificaciones y competencias desarrolladas a través del voluntariado. 4. Sensibilizar sobre el valor y la importancia del voluntariado: aumentar la conciencia general sobre la importancia del voluntariado como expresión de la participación ciudadana que hace su aportación a asuntos que son de interés común para todos Estados miembros, como un desarrollo social armonioso y una cohesión económica. Artículo 3 Iniciativas implicadas 1. Las medidas que deben tomarse para lograr los objetivos enumerados en el artículo 2 comprenderán las siguientes iniciativas organizadas a nivel comunitario, nacional, regional o local, relacionadas con los objetivos del Año Europeo: · intercambio de experiencias y buenas prácticas, · difusión de resultados de estudios e investigaciones relacionados, · conferencias, actos e iniciativas para promover el debate y concienciar acerca de la importancia y el valor del voluntariado y celebrar el esfuerzo de los voluntarios, · campañas de información y promoción para difundir los mensajes fundamentales. 2. En el anexo figuran los detalles de las iniciativas mencionadas en el apartado 1. Artículo 4 Colaboración con los Estados miembros Cada Estado miembro designará a un organismo responsable de organizar su participación en el Año Europeo (en lo sucesivo denominado organismo de coordinación nacional). Informará a la Comisión acerca de su designación, en el plazo de un mes a partir de la adopción de la presente Decisión. Cada Estado miembro se asegurará de que el organismo mencionado implique adecuadamente a una amplia gama de interesados a escala nacional, regional y local. El organismo de coordinación nacional será responsable de la elaboración del programa o acciones nacionales y de las prioridades del Año de conformidad con los objetivos enumerados en el artículo 2 y según las especificaciones del anexo. Artículo 5 Coordinación a escala comunitaria y aplicación La Comisión organizará reuniones de los coordinadores nacionales con el fin de coordinar la aplicación del Año Europeo e intercambiar información relativa a la aplicación del mismo a escala nacional. La Comisión también organizará reuniones de representantes de organizaciones u organismos europeos activos en el ámbito del voluntariado e interesados para ayudar a la Comisión en la aplicación del Año Europeo a escala comunitaria. La Comisión aplicará la presente Decisión a escala comunitaria. Los Estados miembros, el Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones estarán asociados en las actividades. Artículo 6 Disposiciones financieras 1. Las medidas de alcance comunitario que se establecen en la parte A del anexo serán objeto de un procedimiento de contratación pública o de la concesión de subvenciones con cargo al presupuesto general de la UE. 2. Las medidas de alcance comunitario que se contemplan en la parte B del anexo podrán ser subvencionadas con cargo al presupuesto general de las Comunidades Europeas. 3. La Comisión puede subvencionar a cada coordinador nacional según lo previsto en el artículo 4 con arreglo al procedimiento mencionado en la parte C del anexo. . Artículo 7 Presupuesto 1. El presupuesto para la aplicación de la presente Decisión durante el periodo del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 es de 6 000 000 EUR. 2. La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales ajustándose al marco financiero. Artículo 8 Cooperación internacional En el contexto del Año Europeo, la Comisión podrá cooperar con las organizaciones internacionales oportunas, en particular con las Naciones Unidas y el Consejo de Europa, velando por que se garantice la visibilidad de la participación de la UE. Artículo 9 Coherencia y complementariedad La Comisión, junto con los Estados miembros, se asegurará de que las medidas previstas en la presente Decisión sean coherentes con otros sistemas e iniciativas comunitarios, nacionales y regionales que ayuden a lograr los objetivos del Año Europeo. Artículo 10 Protección de los intereses financieros de la Comunidad 1. La Comisión velará por que, cuando se ejecuten acciones financiadas en el marco de la presente Decisión, los intereses financieros de la Comunidad queden protegidos por la aplicación de medidas preventivas contra el fraude, la corrupción y otras actividades ilegales, por controles efectivos y por la recuperación de las cantidades abonadas indebidamente y, si se detectan irregularidades, por la aplicación de sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias, de conformidad con los Reglamentos (CE, Euratom) nº 2988/95, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas [14], y (Euratom, CE) nº 2185/96 del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades [15] y con el Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) [16]. 2. Por lo que se refiere a las acciones comunitarias financiadas en el marco de la presente Decisión, se considerará irregularidad, según la definición del artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) nº 2988/95, toda infracción de una disposición del Derecho comunitario o toda violación de una obligación contractual correspondiente a una acción u omisión de un agente económico que tenga, o pudiera tener, por efecto perjudicar al presupuesto general de las Comunidades o a los presupuestos administrados por éstas, mediante un gasto indebido. 3. La Comisión reducirá, suspenderá o recuperará el importe de la ayuda financiera concedida a una acción si descubre irregularidades, como la inobservancia de las disposiciones de la presente Decisión, de la decisión individual o del contrato por el que se concede la ayuda financiera, o si tiene constancia de que, sin pedir la aprobación de la Comisión, se ha introducido en la acción alguna modificación importante incompatible con la naturaleza o con las condiciones de ejecución de la acción. 4. Si no se cumplen los plazos o si la realización de una acción sólo permite justificar una parte de la ayuda concedida, la Comisión pedirá al beneficiario que le presente sus observaciones en un plazo determinado. Si éste no aporta una justificación válida, la Comisión podrá suprimir el resto de la ayuda financiera y exigir el reembolso de las sumas ya pagadas. 5. Toda suma indebidamente pagada deberá ser reintegrada a la Comisión. Se cobrarán intereses de demora con arreglo a las condiciones establecidas por el Reglamento financiero por las sumas no reintegradas a su debido tiempo. Artículo 11 Seguimiento y evaluación A más tardar el 31 de diciembre de 2012, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Europeo sobre la ejecución, los resultados y la evaluación general de las iniciativas previstas en la presente Decisión. Artículo 12 Entrada en vigor La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, […] Por el Consejo El Presidente […] ANEXO MEDIDAS MENCIONADAS EN EL ARTÍCULO 3 Como principio rector, la aplicación del Año Europeo del Voluntariado se basará en la responsabilidad, la movilización a gran escala y la implicación activa de la sociedad civil y de otros interesados. Además, la aplicación se llevará a cabo a través de las siguientes medidas: A. INICIATIVAS COMUNITARIAS DIRECTAS La financiación adoptará generalmente la forma de compra directa de bienes y servicios conforme a los actuales contratos marco. 1. Campañas de información y promoción que incluyan: · actos y foros de alta visibilidad para intercambiar experiencia y buenas prácticas, · concursos con o sin premios, · cooperación con el sector privado, las emisoras y otros medios de comunicación como socios para difundir la información sobre el Año Europeo del Voluntariado, · la producción de material e instrumentos para los medios de comunicación destinados a estimular el interés del público, que podrán obtenerse en toda la Comunidad, · medidas para dar a conocer los resultados y reforzar la visibilidad de los programas, sistemas e iniciativas comunitarios que contribuyan al logro de los objetivos del Año Europeo del Voluntariado, · la creación de un sitio internet de información en Europa, incluido un portal para promotores de proyectos sobre el voluntariado, con el fin de orientarlos sobre los diversos programas e iniciativas comunitarios. 2. Otras iniciativas: - encuestas y estudios a escala comunitaria para evaluar e informar sobre la preparación, la eficacia, el impacto y el seguimiento a largo plazo del Año Europeo del Voluntariado. B. COFINANCIACIÓN DE LAS INICIATIVAS COMUNITARIAS Los actos de alta visibilidad a escala europea con los que se pretenda concienciar acerca de los objetivos del Año Europeo del Voluntariado, posiblemente organizados en cooperación con las Presidencias en ejercicio durante 2011, pueden recibir una subvención comunitaria de hasta el 80 % del coste total. C. COFINANCIACIÓN DE LAS INICIATIVAS NACIONALES Cada coordinador nacional presentará una única solicitud de financiación comunitaria. Esa solicitud de subvención describirá el programa de trabajo del coordinador o la acción que deberá financiarse y promocionar el Año Europeo. La solicitud de subvención irá acompañada de un presupuesto pormenorizado que exponga los costes globales de las iniciativas o del programa de trabajo propuesto, así como del importe y las fuentes de la cofinanciación. La subvención comunitaria puede cubrir hasta el 80 % de los costes totales. La Comisión determinará las cantidades orientativas disponibles para subvenciones destinadas a cada coordinador nacional y el plazo final para la presentación de las solicitudes. Deberían tenerse en cuenta criterios tales como la población, el coste de la vida y una cantidad fija por Estado miembro para garantizar un nivel mínimo de actividades. Las cantidades finales concedidas se determinarán sobre la base de las solicitudes de subvención individuales presentadas por el organismo de coordinación nacional. La máxima cofinanciación de la Comunidad se fija en el 80 % del coste elegible total. Los programas de trabajo o las acciones comprenderán: a) reuniones y actos relacionados con los objetivos del Año Europeo, como actos nacionales para ponerlo en marcha y promoverlo, crear un efecto catalizador y facilitar espacios abiertos para el debate sobre iniciativas concretas, b) seminarios de aprendizaje mutuo a escala nacional, regional y local, c) campañas de información, educativas y promocionales a escala nacional, regional y local, incluida la organización de premios y competiciones, d) cooperación con los medios de comunicación. D. INICIATIVAS QUE NO RECIBEN AYUDA FINANCIERA COMUNITARIA La Comunidad concederá una ayuda que no tenga carácter financiero, como la autorización escrita para utilizar el logotipo, cuando haya sido diseñado, y otros materiales asociados al Año Europeo del Voluntariado, a iniciativas de organismos públicos o privados, cuando estos puedan garantizar a la Comisión que se llevan o llevarán a cabo en 2011 y que pueden contribuir de manera notable a la realización de los objetivos del Año Europeo del Voluntariado. FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA 1. DENOMINACIÓN DE LA PROPUESTA: Año Europeo del Voluntariado 2. MARCO GPA/PPA (gestión/presupuestación por actividades) Ámbito de actuación: Educación y Cultura Actividad: Año Europeo del Voluntariado 3. LÍNEAS PRESUPUESTARIAS 3.1. Líneas presupuestarias (líneas operativas y líneas correspondientes de asistencia técnica y administrativa −antiguas líneas BA−), incluidas sus denominaciones: 15 06 11 3.2. Duración de la acción y de la incidencia financiera: 1.1.2011 – 31.12.2011 3.3. Características presupuestarias Línea presupuestaria | Tipo de gasto | Nuevo | Contribución de la AELC | Contribución de los países candidatos | Rúbrica de las perspectivas financieras | 15 06 11 | GNO | Disoc. [17] | SÍ | NO | NO | [3B] | 4. SÍNTESIS DE LOS RECURSOS 4.1. Recursos financieros 4.1.1. Síntesis de los créditos de compromiso (CC) y de los créditos de pago (CP) millones EUR (al tercer decimal) Tipo de gasto | Sección nº | | Año 2011 | 2012 | n + 2 | n + 3 | n + 4 | n + 5 y ss. | Total | Gastos operativos [18] | | | | | | | | | Créditos de compromiso (CC) | 8.1. | a | 6,000 | | | | | | 6,000 | Créditos de pago (CP) | | b | 4,000 | 2,000 | | | | | 6,000 | Gastos administrativos incluidos en el importe de referencia [19] | | | | | Asistencia técnica y administrativa (CND) | 8.2.4. | c | | | | | | | | IMPORTE DE REFERENCIA TOTAL | | | | | | | | Créditos de compromiso | | a +c | 6,000 | | | | | | 6,000 | Créditos de pago | | b+c | 4,000 | 2,000 | | | | | 6,000 | Gastos administrativos no incluidos en el importe de referencia [20] | | | Recursos humanos y gastos afines (CND) | 8.2.5. | d | 0,674 | 0,186 | | | | | 0,860 | Costes administrativos, excepto recursos humanos y costes afines, no incluidos en el importe de referencia (CND) | 8.2.6. | e | 0,106 | 0,019 | | | | | 0,125 | Coste financiero indicativo total de la intervención [21] | TOTAL CC, incluido el coste de los recursos humanos | | a+c+d+e | 6,780 | 0,205 | | | | | 6,985 | TOTAL CP, incluido el coste de los recursos humanos | | b+c+d+e | 4,780 | 2,205 | | | | | 6,985 | Desglose de la cofinanciación Si la propuesta incluye una cofinanciación por los Estados miembros u otros organismos (especifique cuáles), debe indicar en el cuadro una estimación del nivel de cofinanciación (puede añadir líneas adicionales si está previsto que varios organismos participen en la cofinanciación): millones EUR (al tercer decimal) Organismo cofinanciador | | Año 2011 | Año2012 | n + 2 | n + 3 | n + 4 | n + 5 y ss. | Total | Estados miembros | f | 0,675 | 0,000 | | | | | 0,675 | TOTAL CC, incluida la cofinanciación | a+c+d+e+f | 7,455 | 0,205 | | | | | 7,660 | 4.1.2. Compatibilidad con la programación financiera X La propuesta es compatible con la programación financiera vigente. La propuesta requiere una reprogramación de la correspondiente rúbrica de las perspectivas financieras. La propuesta puede requerir la aplicación de las disposiciones del Acuerdo Interinstitucional [22] (relativas al instrumento de flexibilidad o a la revisión de las perspectivas financieras). 4.1.3. Incidencia financiera en los ingresos X La propuesta no tiene incidencia financiera en los ingresos. La propuesta tiene incidencia financiera. El efecto en los ingresos es el siguiente: 4.2. Recursos humanos equivalentes a tiempo completo (ETC) (incluidos funcionarios, personal temporal y externo) – véase el desglose en el punto 8.2.1. Necesidades anuales | 2011 | 2012 | n + 3 | n + 4 | n + 5 y ss. | Cantidad total de recursos humanos | 6 | 2 | | | | 5. CARACTERÍSTICAS Y OBJETIVOS 5.1. Realización necesaria a corto o largo plazo El voluntariado tiene potencial para contribuir al desarrollo armónico de las sociedades europeas porque es una expresión frecuente de la participación ciudadana. Europa tiene una fuerte tradición de voluntariado, a menudo basada en la pertenencia a organizaciones de la sociedad civil. Durante las últimas décadas, la participación ciudadana ha experimentado cambios significativos dado que las sociedades han evolucionado hacia un mayor individualismo. Este fenómeno es un desafío para el voluntariado, puesto que el sector tiene que adaptarse ahora a nuevos tipos y formas de participación. 5.2. Valor añadido de la implicación comunitaria, coherencia de la propuesta con otros instrumentos financieros y posibles sinergias La mera acción de los Estados miembros no es suficiente para alcanzar los objetivos del Año Europeo, porque la acción a escala nacional no se beneficiaría de la dimensión europea de intercambios y experiencias y de las buenas prácticas entre Estados miembros orientados a promover el voluntariado. El Año Europeo constituirá una oportunidad para la movilización de los programas y acciones comunitarios pertinentes tales como Europa para los ciudadanos, la Juventud con Europa, el Aprendizaje Permanente y otras en 2011, para aumentar la visibilidad global y el impacto de estas acciones durante el Año. Esto permitirá la promoción de una imagen coherente de la multiplicidad de proyectos comunitarios en el campo del voluntariado tanto dentro como fuera de la Comunidad, maximizando al mismo tiempo el desarrollo de sinergias entre programas. 5.3. Objetivos de la propuesta, resultados esperados e indicadores correspondientes en el contexto de la gestión por actividades Objetivos | Resultados esperados | Indicadores orientativos | Trabajar para conseguir un entorno que favorezca el voluntariado en la UE. | El Año Europeo del Voluntariado debería ofrecer sus aportaciones en la evolución futura de las políticas.Inicio de un diálogo en los Estados miembros sobre los asuntos relacionados con el voluntariado.Inicio de un diálogo entre los Estados miembros de la UE y los socios de Europa en el mundo en desarrollo sobre las cuestiones relacionadas con el voluntariado. | Importancia de los nuevos conocimientos e ideas que se han desarrollado con el apoyo del Año.Número de buenas prácticas identificadas. Importancia del nuevo diálogo sobre el voluntariado en los Estados miembros y entre ellos.Sesiones de diálogo organizadas y número de buenas prácticas identificadas. | Ofrecer medios de actuación a las organizaciones de voluntarios y mejorar la calidad del voluntariado. | Facilitar el (acceso al) voluntariado.Fomentar el establecimiento de redes, la cooperación, el intercambio y las sinergias entre organizaciones de voluntarios y otros sectores. Nuevas aportaciones para las organizaciones de voluntarios. | Número de organizaciones que reciben nuevas ideas para organizar medidas que aspiren a aumentar la calidad de los sistemas de voluntarios.Grado de intensidad del establecimiento de redes, cooperación y sinergias entre organizaciones de voluntarios y otros sectores. Número de organizaciones de voluntarios que han encontrado nuevos socios. | Recompensar y reconocer las actividades de voluntariado. | Los responsables políticos, las organizaciones de la sociedad civil, los posibles empleadores y el público en general dan un reconocimiento (cada vez mayor) al voluntariado. Mayor reconocimiento al impacto del voluntariado sobre las cualificaciones y las competencias. | Número de iniciativas de los responsables políticos, las organizaciones de la sociedad civil y los empleadores que indican mayor reconocimiento del voluntariado.Importancia del uso de nuevos sistemas de reconocimiento de los conocimientos y competencias adquiridos a través del voluntariado. | Concienciar acerca de la importancia del voluntariado como expresión de la participación ciudadana. | Aumento de la visibilidad del voluntariado y de su valor para el individuo y la sociedad europea.Aumento de la sensibilización tanto en Europa como en los países socios sobre el valor del voluntariado. | Porcentaje de participantes en el Año Europeo que declara que este ha mejorado su percepción del voluntariado.Importancia y tono de la cobertura de la prensa y de los medios de comunicación del propio Año y de los actos e iniciativas apoyados (valoración cualitativa y cuantitativa). | 5.4. Método de ejecución (indicativo) Gestión centralizada: subvenciones y contratación pública organizadas por la Comisión. La Comisión puede conceder subvenciones directas sin convocatoria de propuestas a los organismos de los sectores públicos nacionales o a los organismos con misión de servicio público. 6. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN 6.1. Sistema de seguimiento La tarea de diseñar el marco de seguimiento recaerá principalmente en la Comisión, que la desempeñará en consulta con los Estados miembros. El sistema de seguimiento debe ser coherente con los datos necesarios para suministrar los indicadores (sección 3.3). En 2009 se pondrá en marcha en Europa un estudio externo sobre el voluntariado para recopilar los datos básicos que pueden utilizarse con el fin de hacer un seguimiento de la aplicación del año y de su efecto. 6.2. Evaluación 6.2.1. Evaluación ex ante Durante el primer trimestre de 2009 se llevó a cabo una evaluación ex ante. Esta llegó a la conclusión de que, con el Año Europeo del Voluntariado 2011, se intentará concienciar acerca del valor añadido del voluntariado a todos los niveles, en la UE, a escala nacional, regional y local, y mejorar la calidad y el marco político del mismo. De esta forma, abordará los desafíos a los que se enfrentan actualmente las sociedades europeas. Tomando como base una comparación entre diversas opciones de aplicación, la evaluación ex ante recomienda la opción de una acción centralizada a escala comunitaria con la asociación de los Estados miembros. También fomentará la implicación de la sociedad civil. Esta opción tiene potencial para lograr un impacto político significativo a escala nacional y europea contribuyendo al desarrollo de un entorno que favorezca el voluntariado en la Unión Europea. 6.2.2. Medidas adoptadas sobre la base de una evaluación intermedia o ex post (experiencia adquirida de situaciones similares anteriores) La experiencia previa, según indica la evaluación ex post del Año Europeo de la Educación a través del Deporte 2004 [23], muestra que los Años Europeos: · han demostrado ser un instrumento eficaz para que las cuestiones políticas europeas ocupen un lugar prioritario en la agenda; el amplio nivel de participación en un plazo limitado ha ayudado a aprovechar el apoyo político y preparar el camino para unos compromisos políticos más amplios, · pretenden hacer que intervenga una gran variedad de partes interesadas a fin de dar publicidad, debatir e intercambiar opiniones sobre un tema específico, por lo que son un instrumento efectivo de sensibilización, · son instrumentos eficaces para crear sinergias entre distintos ámbitos de intervención en la UE, los Estados miembros y a escala regional o local, · suelen tener un valor añadido mayor que las intervenciones individuales de los Estados miembros, lo cual también ha sido importante para dar un impulso político y contribuir al cambio de las políticas. 6.2.3. Condiciones y frecuencia de evaluaciones futuras El planteamiento adoptado será de evaluación continua seguido por una evaluación de la aplicación y del impacto del Año. Los resultados de la evaluación deberán estar disponibles a mediados de 2012. De esta forma la Comisión podrá informar a las instituciones de la UE para finales de 2012. 7. Medidas antifraude La Comisión deberá asegurarse de que, en la ejecución de las acciones financiadas con arreglo a la presente Decisión, los intereses financieros de la Comunidad queden protegidos merced a la aplicación de medidas preventivas contra el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilegal, mediante la realización de controles efectivos, la recuperación de las cantidades pagadas indebidamente y, en caso de que se detectaran irregularidades, mediante la imposición de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasivas, de acuerdo con lo dispuesto en los Reglamentos (CE, Euratom) del Consejo nº 2988/95 y (Euratom, CE) nº 2185/96 y en el Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo. En lo relativo a las acciones comunitarias financiadas con arreglo a la presente Decisión, la irregularidad a que hace referencia el artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) nº 2988/95 del Consejo, se entenderá como toda infracción de una disposición del Derecho comunitario o incumplimiento de una obligación contractual correspondiente a una acción u omisión de un agente económico que tenga o pudiera tener por efecto perjudicar, mediante un gasto indebido, al presupuesto general de las Comunidades o a los presupuestos administrados por éstas. 8. DESGLOSE DE LOS RECURSOS 8.1. Objetivos de la propuesta en términos de coste financiero Créditos de compromiso en millones EUR (al tercer decimal) (Indique las denominaciones de los objetivos, de las acciones y de los resultados) | Tipo de resultados | Coste medio | Año 2011 | Año n+1 | Año n+2 | TOTAL | | | | Nº de resultados | Coste total | Nº de resultados | Coste total | Nº de resultados | Coste total | Nº de resultados | Coste total | Entorno propicio | | | | | | | | | | | Estructuras nacionales (cofinanciación nacional del 20%) | | 0,100 | 27 | 2,700 | | | | | 27 | 2,700 | Conferencia temática | | 0,350 | 1 | 0,350 | | | | | 1 | 0,350 | Evaluación | | 0,250 | 1 | 0,250 | | | | | 1 | 0,250 | Subtotal Objetivo 1 | | | 29 | 3,300 | | | | | 29 | 3,300 | Medios de actuación | | | | | | | | | | | Conferencia temática | | 0,350 | 1 | 0,350 | | | | | 1 | 0,350 | Subtotal Objetivo 2 | | 0,350 | 1 | 0,350 | | | | | 1 | 0,350 | Reconocimiento | | | | | | | | | | | Conferencia temática | | 0,350 | 1 | 0,350 | | | | | 1 | 0,350 | Subtotal Objetivo 3 | | 0,350 | 1 | 0,350 | | | | | 1 | 0,350 | Sensibilización | | | | | | | | | | | Campaña de comunicación | | 1,500 | 1 | 1,500 | | | | | 1 | 1,500 | Conferencia final | | 0,500 | 1 | 0,500 | | | | | 1 | 0,500 | Subtotal Objetivo 4 | | 2,000 | 2 | 2,000 | | | | | 2 | 2,000 | COSTE TOTAL | | | 33 | 6,000 | | | | | 33 | 6,000 | 8.2. Gastos administrativos 8.2.1. Cantidad y tipo de recursos humanos Tipos de puestos | | Personal que se asignará a la gestión de la acción utilizando recursos existentes y/o adicionales (número de puestos/ETC) | | | Año 2011 | Año 2012 | Año n+2 | Año n+3 | Año n+4 | Año n+5 | Funcionarios o agentes temporales [24] (15 01 01) | A*/AD | 3 | 0,5 | | | | | | B*, C*/AST | 2 | 0,5 | | | | | Personal financiado [25] con cargo al art. 15 01 02 | 1 | 1 | | | | | Otro personal [26] financiado con cargo al art. 15 01 04/05 | | | | | | | TOTAL | 6 | 2 | | | | | 8.2.2. Descripción de las tareas derivadas de la acción Funcionarios A: animación del Año Europeo a escala europea y en relación con los coordinadores nacionales, comité, redacción de licitaciones, supervisión de subvenciones a los Estados miembros, campaña de información, actos, estudios, comunicación y seguimiento de políticas. Funcionarios B: supervisión financiera de ofertas y subvenciones, asistencia general a los funcionarios A en todas las tareas. Funcionarios C: asistencia en todas las tareas mencionadas anteriormente. 8.2.3. Origen de los recursos humanos (estatutarios) Si consigna más de un origen, indique el número de puestos correspondientes a cada origen 6 Puestos que se reasignarán utilizando recursos existentes en el servicio gestor (reasignación interna) Teniendo en cuenta las restricciones presupuestarias, los recursos humanos y administrativos necesarios se cubrirán con la asignación que puede recibir la DG responsable de la gestión en el marco del procedimiento de asignación anual. 8.2.4. Otros gastos administrativos incluidos en el importe de referencia (XX 01 04/05 – Gastos de gestión administrativa) millones EUR (al tercer decimal) Línea presupuestaria(n° y denominación) | Año n | Año n+1 | Año n+2 | Año n+3 | Año n+4 | Año n+5 y ss. | TOTAL | 1 Asistencia técnica y administrativa (incluidos los costes de personal) | | | | | | | | Agencias ejecutivas [27] | | | | | | | | Otros tipos de asistencia técnica y administrativa | | | | | | | | - intramuros | | | | | | | | - extramuros | | | | | | | | Total Asistencia técnica y administrativa | | | | | | | | 8.2.5. Coste financiero de los recursos humanos y costes asociados no incluidos en el importe de referencia millones EUR (al tercer decimal) Tipo de recursos humanos | Año 2011 | Año 2012 | Año n+2 | Año n+3y ss. | Funcionarios y agentes temporales (15 01 01) | 0,610 | 0,122 | | | Personal financiado con cargo al artículo 15 01 02 (auxiliares, END, contratados, etc.)(indique la línea presupuestaria) | 0,064 | 0,064 | | | Coste total de los recursos humanos y costes afines (NO incluidos en el importe de referencia) | 0,674 | 0,186 | | | Cálculo — Funcionarios y agentes temporales | Con referencia al punto 8.2.1, si procede | En 2011: 5 x 122 000 €/año = 610 000 €En 2012: 1 x 122 000 €/año = 122 000 € | Cálculo — Personal financiado con cargo al artículo 15 01 02 | Con referencia al punto 8.2.1, si procede | En 2011 y 2012: 1 x 64 000 €/año = 64 000 € | Teniendo en cuenta las restricciones presupuestarias, los recursos humanos y administrativos necesarios se cubrirán con la asignación que puede recibir la DG responsable de la gestión en el marco del procedimiento de asignación anual. 8.2.6 Otros gastos administrativos no incluidos en el importe de referencia millones EUR (al tercer decimal) | Año 2011 | Año 2012 | Año n+2 | Año n+3y ss. | TOTAL | 15 01 02 11 01 – Misiones | 0,049 | 0,000 | | | 0,049 | 15 01 02 11 02 – Reuniones y conferencias | 0,057 | 0,019 | | | 0,076 | 15 01 02 11 03 – Comités [28] | 0,000 | 0,000 | | | 0,000 | 15 01 02 11 04 – Estudios y consultoría | 0,000 | 0,000 | | | 0,000 | 15 01 02 11 05 – Sistemas de información | 0,000 | 0,000 | | | 0,000 | 2 Total Otros gastos de gestión (15 01 02 11) | 0,106 | 0,019 | | | 0,125 | 3 Otros gastos de naturaleza administrativa (especifique e indique la línea presupuestaria) | 0,000 | 0,000 | | | 0,000 | Total Gastos administrativos, excepto recursos humanos y costes afines (NO incluidos en el importe de referencia) | 0,106 | 0,019 | | | 0,125 | Cálculo - Otros gastos administrativos no incluidos en el importe de referencia | Misiones:2 misiones x 27 Estados miembros x 900 € = 48 600 € (el 100% en 2011) Reuniones y conferencias (red de coordinadores nacionales):4 reuniones x 27 Estados miembros x 700 € = 75 600 € (el 75% en 2011 y el 25% en 2012) | Teniendo en cuenta las restricciones presupuestarias, los recursos humanos y administrativos necesarios se cubrirán con la asignación que puede recibir la DG responsable de la gestión en el marco del procedimiento de asignación anual. [1] Dictamen del Comité Económico y Social Europeo: «Actividades de voluntariado, su papel en la sociedad europea y su impacto», doc. SOC/243 — CESE 1575/2006. [2] Declaración escrita 0030/2008 de 15 de julio de 2008. [3] DO C [...] de […], p. […]. [4] DO C [...] de […], p. […]. [5] Declaración 38 sobre actividades del servicio de voluntariado, véase: http://eur-lex.europa.eu/es/treaties/dat/11997D/htm/11997D.html. [6] Doc. COM(97)241 final de 6.6.1997. [7] Doc. «Un nuevo impulso para la juventud Europea», COM (2001) 681 final de 21.11.2001. [8] Doc. COM(2004)337 final. [9] Dictamen del Comité Económico y Social Europeo: «Actividades de voluntariado, su papel en la sociedad europea y su impacto», doc. SOC/243 — CESE 1575/2006. [10] Doc. A6/0070/2008, Informe sobre la función del voluntariado como contribución a la cohesión económica y social, <DocRef>(2007/2149(INI)), </DocRef><Commission>Comité de Desarrollo Regional, ponente: Marian Harkin. [11] Declaración escrita 0030/2008 de 15 de julio de 2008. [12] Recomendación del Consejo, de 20 de noviembre de 2008, sobre la movilidad de los jóvenes voluntarios en la Unión Europea (2008/C 319/03). [13] DO C 139 de 14.6.2006, p. 1. [14] DO L 312 de 23.12.1995, p. 1. [15] DO L 292 de 15.11.1996, p. 2. [16] DO L 136 de 31.5.1999, p. 1. [17] Créditos disociados [18] Gastos no comprendidos en el capítulo 15 01 del título 15 correspondiente. [19] Gastos correspondientes al artículo 15 01 04 del título 15. [20] Gastos con arreglo al capítulo 15 01 con excepción de los artículos 15 01 04 ó 15 01 05. [21] En el anteproyecto de presupuesto para el año 2010, la Comisión ha propuesto atribuir 2 000 000 EUR para las acciones preparatorias del Año. En 2010 se asignarán recursos humanos adecuados para estas acciones preparatorias. [22] Véanse los puntos 19 y 24 del Acuerdo Interinstitucional. [23] Evaluation externe (ex post) de l'année européenne de l'éducation par le sport AEES 2004 (Evaluación externa, ex post, del Año Europeo de la Educación a través del Deporte 2004). [24] Costes NO incluidos en el importe de referencia. [25] Costes NO incluidos en el importe de referencia. [26] Costes incluidos en el importe de referencia. [27] Se debe mencionar la ficha financiera legislativa específica para la(s) agencia(s) ejecutiva(s) interesadas. [28] Especificar el tipo de comité y el grupo al que pertenece. --------------------------------------------------