25.3.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 76/83


Jueves, 19 de febrero de 2009
Revisión del Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación

P6_TA(2009)0078

Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de febrero de 2009, sobre la revisión del Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (2008/2236(INI))

2010/C 76 E/16

El Parlamento Europeo,

Visto el Reglamento (CE) no 1638/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas a la creación de un Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (1) (IEVA),

Visto el desarrollo de la Política Europea de Vecindad (PEV) desde 2004 y, en particular, los informes de la Comisión sobre los avances en su aplicación,

Vistos los planes de acción adoptados conjuntamente con Armenia, Azerbaiyán, Egipto, Georgia, Israel, Jordania, el Líbano, Moldova, Marruecos, la Autoridad Palestina, Túnez y Ucrania,

Visto el Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la Federación de Rusia, por otra, que entró en vigor el 1 de diciembre de 1997, así como la reanudación en diciembre de 2008 de las negociaciones sobre un nuevo Acuerdo de Colaboración y Cooperación renovado,

Vistas las decisiones adoptadas por el Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores en septiembre y octubre de 2008 para restablecer el diálogo con las autoridades de Belarús y suspender, por un período de seis meses, las restricciones a los viajes de personalidades destacadas a raíz de la liberación de presos políticos y de ligeras mejoras en el desarrollo de elecciones parlamentarias,

Vista la Declaración de Barcelona, aprobada en la Conferencia Euromediterránea de Ministros de Asuntos Exteriores que se celebró en Barcelona los días 27 y 28 de noviembre de 1995, por la que se crea una Asociación Euromediterránea,

Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de mayo de 2008, titulada «El Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo» (COM(2008)0319),

Vista la aprobación del Proceso de Barcelona: la Unión por el Mediterráneo por el Consejo Europeo de los días 13 y 14 de marzo de 2008,

Vista la Declaración Conjunta de la Cumbre de París por el Mediterráneo, celebrada en París el 13 de julio de 2008,

Vista la declaración sobre la gobernanza, los proyectos y el diálogo político regional aprobada en la Conferencia de Ministros del «Proceso de Barcelona: Unión por el Mediterráneo», que se celebró en Marsella los días 3 y 4 de noviembre de 2008,

Vistas las Comunicaciones de la Comisión, de 4 de diciembre de 2006, relativa a la consolidación de la Política Europea de Vecindad (COM(2006)0726) y de 5 de diciembre de 2007, titulada «Una Sólida Política Europea de Vecindad» (COM(2007)0774),

Vistas las Comunicaciones de la Comisión, de 11 de abril de 2007, titulada «La sinergia del Mar Negro, una nueva iniciativa de cooperación regional» (COM(2007)0160 final) y de 19 de junio de 2008, sobre el primer año de aplicación de la sinergia del Mar Negro (COM(2008)0391),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de diciembre de 2008, titulada «Asociación Oriental» (COM(2008)0823),

Vista la carta dirigida el 26 de abril de 2006 por la Comisaria Benita Ferrero Waldner a la Comisión de Asuntos Exteriores,

Vistas sus resoluciones sobre la PEV y la estrategia de la UE con respecto a la ampliación,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre los países y regiones vecinos de la UE,

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y las opiniones de la Comisión de Desarrollo, la Comisión de Presupuestos y la Comisión de Desarrollo Regional, (A6-0037/2009),

A.

Considerando que en la reforma de los instrumentos financieros de 2006 y en el acuerdo sobre el nuevo marco para la ayuda exterior la Comisión se comprometió a llevar a cabo una revisión intermedia de la aplicación del Reglamento sobre el IEVA antes de las elecciones europeas de 2009 y concedió al Parlamento mayores competencias de control sobre la ayuda comunitaria,

B.

Considerando que en 2006 la Comisión de Asuntos Exteriores creó grupos de trabajo en relación con el IEVA Sur y el IEVA Este, a fin de instaurar un diálogo estructurado con la Comisión sobre los documentos de aplicación, que establecieron el marco político para la prestación de asistencia en virtud del IEVA,

C.

Considerando que, desde el comienzo de las actuales perspectivas financieras en 2007, el objetivo del IEVA ha sido apoyar la aplicación de la PEV, y en particular los planes de acción de la PEV, así como de la asociación estratégica con la Federación de Rusia, mediante su apoyo a la aplicación de las hojas de ruta para los cuatro espacios comunes,

D.

Considerando que el principal objetivo de la PEV es crear un entorno cordial en las inmediaciones territoriales de la Unión Europea; considerando que los países vecinos se dividen naturalmente en dos categorías: los meridionales y los orientales, con objetivos y enfoques diferentes con respecto a la Unión Europea; considerando que dos iniciativas propuestas recientemente ilustran esta división, a saber la Unión por el Mediterráneo y la Asociación Oriental,

E.

Considerando que el IEVA también ha sido diseñado para financiar programas transfronterizos y multinacionales en el área del IEVA, con el objetivo de apoyar, entre otras cosas, iniciativas como la Sinergia del Mar Negro, la Unión por el Mediterráneo y la Asociación Oriental,

F.

Considerando que la PEV sigue siendo una de las principales prioridades de la política exterior de la Unión Europea y que ofrece a todos los Estados interesados la posibilidad de integrarse en mayor medida en la UE,

G.

Considerando que la PEV es independiente, pero no exclusiva, del proceso de adhesión y constituye un paso hacia la aproximación económica y política entre la UE y los países vecinos,

H.

Considerando que el rápido crecimiento demográfico de los países vecinos de la UE, que lleva consigo la urbanización creciente de sus poblaciones, constituye un nuevo reto para el IEVA,

Observaciones generales

1.

Considera que, en general, las disposiciones del Reglamento sobre el IEVA son adecuadas y válidas a efectos de la cooperación con los países vecinos y otras organizaciones multilaterales;

2.

Insta a la Comisión a que, junto con los gobiernos asociados, desarrolle más los mecanismos de consulta con la sociedad civil y las autoridades locales, a fin de mejorar su participación en la elaboración y el seguimiento de la aplicación del IEVA y de los programas nacionales de reforma; pide a la Comisión que acelere la publicación de los programas de acción anuales en su sitio Internet y que convenza a los gobiernos asociados de publicar con regularidad sus documentos de programación nacional;

3.

Insta al Consejo a que, junto con el Parlamento Europeo, elabore un instrumento de información ágil y transparente para proporcionar información en este ámbito y le transmita puntualmente las actas de las decisiones que se adopten;

4.

Exhorta a la Comisión y a las autoridades nacionales, regionales y locales a promover programas de hermanamiento entre ciudades y regiones y a prestar ayuda adecuada a este fin, con miras a reforzar la capacidad administrativa local y regional en los países vecinos y promover tanto programas de intercambio para la sociedad civil como microproyectos;

5.

Se congratula de que, en el marco del IEVA, la Comisión haya lanzado el nuevo Programa Cooperación para el Desarrollo Urbano y el Diálogo (CIUDAD), que permite prestar apoyo a proyectos concretos de cooperación entre ciudades europeas y ciudades de países de la zona del IEVA; hace hincapié en que esta clase de iniciativas constituye un medio muy adecuado para favorecer el diálogo y los procesos de democratización; pide por ello que, con ocasión de la revisión intermedia del marco financiero en 2008-2009, se liberen importes de mayor cuantía a fin de consolidar estas iniciativas;

6.

Opina que se debe reforzar la visibilidad de la ayuda comunitaria mediante la comunicación programada con las partes interesadas y el público en general, y recomienda en este sentido el desarrollo de contactos con la sociedad civil y las autoridades locales, que representan un nivel de intervención competente y eficaz dada su cercanía con los ciudadanos;

7.

Pide que los programas de acción anuales en los ámbitos de la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos se apliquen de manera más ambiciosa, en línea con los objetivos establecidos en los planes de acción de la PEV para evitar diferencias de reparto entre los socios del Este y los del Mediterráneo; considera que se deberían hacer mayores esfuerzos para persuadir a los gobiernos asociados de que se comprometan a actuar en esos ámbitos;

8.

Hace hincapié en la necesidad de definir objetivos claros, concretos y mensurables en los nuevos planes de acción de la PEV en negociación; subraya la necesaria interdependencia entre todos los capítulos de dichos planes de acción con miras a realizar progresos en todos ellos sin discriminación alguna; reitera en este sentido su llamamiento en pro de una política global en materia de derechos humanos y democracia que incluya todos los instrumentos existentes en este ámbito;

9.

Considera que, a pesar de el aumento de la flexibilidad y de la simplicidad de los instrumentos de ayuda de la Comunidad, como lo demuestra en particular el Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (2), los procedimientos y los calendarios en el marco del IEVA siguen siendo una pesada carga para las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades locales; pide a la Comisión que lleve a cabo un análisis comparativo de los procedimientos aplicados por otros donantes importantes y presente los resultados del mismo al Parlamento;

10.

Considera que el apoyo presupuestario sectorial y general en el marco del IEVA sólo debe facilitarse a los gobiernos que son capaces de aplicarlo de manera transparente, eficaz y responsable, y cuando suponga un auténtico incentivo; pide a la Comisión que examine la pertinencia del apoyo presupuestario en los países que tienen problemas con la gestión presupuestaria y los procedimientos de control y que presentan altos niveles de corrupción; pide a la Comisión que busque el justo equilibrio entre flexibilidad y transparencia al seleccionar, aplicar y efectuar el seguimiento de los programas del IEVA;

11.

Hace hincapié en la necesidad de un enfoque específico por país en lo que concierne a la condicionalidad política, destinado, entre otras cosas, a promover la democracia, el Estado de Derecho, la buena gobernanza, el respeto de los derechos humanos y de las minorías y la independencia del poder judicial; considera por tanto que debe hacerse pública y facilitarse al Parlamento una evaluación a fondo y exhaustiva de todos los proyectos en materia de justicia que se financien con este instrumento;

12.

Acoge con satisfacción la inclusión de la cooperación transfronteriza en el ámbito del Reglamento sobre el IEVA como herramienta estratégica para desarrollar proyectos comunes y para consolidar las relaciones entre los países sujetos a la PEV y los Estados miembros; insiste, sin embargo, en la necesidad de crear instrumentos específicos a fin de garantizar la supervisión regular de la gestión y del proceso de ejecución de programas operativos conjuntos a ambos lados de las fronteras de la UE;

13.

Pide a la Comisión que prepare una reseña detallada de todos los programas operativos conjuntos aprobados durante el período 2007-2013, junto con una evaluación del grado en que los principios de transparencia, eficiencia y asociación se han respetado en la ejecución de los proyectos; anima a la Comisión a que elabore un inventario de los problemas más frecuentes a que se enfrentan las autoridades de gestión tanto en regiones fronterizas de la UE como en los países PEV, a fin de definir soluciones más apropiadas para ellas durante el próximo período de programación;

14.

Anima a la Comisión a facilitar el intercambio de experiencias y mejores prácticas relativas a la colaboración transfronteriza entre programas y proyectos de política europea de vecindad y actividades llevadas a cabo en el marco de ejecución del objetivo de «colaboración europea territorial», así como la ya finalizada iniciativa comunitaria Interreg III A; considera ante todo que es necesario desarrollar iniciativas de formación que incluyan programas de aprendizaje de la lengua del país vecino e iniciativas de hermanamiento de funcionarios; sugiere en este contexto análisis periódicos de los progresos alcanzados en el despliegue de la posibilidad de actuación y desarrollo institucional a uno y otro lado de las fronteras de la UE;

15.

Subraya la importancia de aclarar la relación entre la PEV como política marco y las iniciativas regionales de la PEV, como la Sinergia del Mar Negro, la Unión por el Mediterráneo y la futura Asociación Oriental, y de mejorar la coordinación y complementariedad de dichas iniciativas y de los diferentes instrumentos de ayuda comunitaria; pide una mejor sincronización entre los programas del IEVA y la cooperación financiera facilitada por los Estados miembros y organizaciones internacionales;

16.

Subraya la necesidad de que los países IEVA cooperen más estrechamente con las agencias de la UE y tengan mayores oportunidades de participar en los programas comunitarios, siempre y cuando se hayan cumplido los objetivos de los planes de acción de la PEV; pide a la Comisión que adopte medidas eficaces para minimizar la carga administrativa que soportan los terceros países que desean participar en estos programas comunitarios;

17.

Insiste en la necesidad de transparencia en lo referente a pagos en el marco del IEVA, y ello por países, regiones y ámbitos prioritarios;

18.

Pide que se haga más hincapié en el aumento de la movilidad, en particular mediante el establecimiento de asociaciones de movilidad con los países IEVA, y de los contactos interpersonales, en especial en los ámbitos de la educación, la investigación y el desarrollo, las empresas y el diálogo político; apoya la adopción de medidas urgentes para reducir las tasas que han de pagar los nacionales de todos los países IEVA para la obtención de visados, con el objetivo último de liberalizar los visados;

19.

Respalda el enfoque de la Comisión en materia de integración económica, que incluye el objetivo de crear una zona de libre comercio amplia y completa;

20.

Toma nota de que, a pesar de los esfuerzos realizados en algunos países de IEVA para fomentar la igualdad de género y mejorar la participación de la mujer en la vida política, social y económica, esas medidas todavía no han conducido a ninguna mejora significativa de la Vecindad en el Mediterráneo ni en algunos países de la Vecindad Oriental; pide a la Comisión que aborde de manera más sistemática las desigualdades de género en la programación y ejecución del IEVA;

21.

Apoya el enfoque de la Comisión en materia de seguridad energética, dirigido a crear a medio plazo, entre la UE y los países vecinos, un mercado de la energía interconectado, diversificado y mutuamente beneficioso; subraya, no obstante, que además de armonizar en mayor medida las políticas y la legislación de los socios en el ámbito de la energía con las prácticas de la UE y el acervo comunitario, se debe prestar particular atención a la modernización de las infraestructuras de energía en los países socios;

22.

Acoge con satisfacción el hecho de que la propuesta de la Comisión para la Asociación Oriental incluya el establecimiento de plataformas temáticas (democracia, buena gobernanza y estabilidad, integración económica y convergencia con las políticas de la UE, seguridad energética y contactos entre ciudadanos), que corresponden a los principales ámbitos de cooperación;

23.

Destaca la necesidad de aumentar la dotación financiera del IEVA para permitir que la Política Europea de Vecindad alcance sus objetivos cada vez más ambiciosos y para apoyar sus nuevas iniciativas regionales; solicita que, cuando esto ocurra, puedan beneficiarse de ello tanto los países mediterráneos como los países de Europa Oriental;

24.

Pide que se evalúen la eficiencia y el impacto actuales del gasto en un contexto más amplio, como las actividades de ayuda de terceros países;

25.

Pide a la Comisión que proceda a una evaluación del impacto de las políticas de ayuda exterior desarrolladas por terceros países en los países de la PEV, en particular las de China y Rusia, y de los efectos de la crisis financiera en todos los países del IEVA;

26.

Pide a la Comisión que evalúe de forma estricta cuáles son las necesidades reales de los países a los que facilita actualmente Ayuda Oficial al Desarrollo u otra ayuda similar, basándose en particular en los niveles del PIB y en los índices de crecimiento económico de los Estados receptores;

27.

Pide a los Estados miembros que proporcionen apoyo financiero para el programa de reforma establecido en los planes de acción de la PEV mediante nuevas contribuciones al Fondo de Inversión Vecindad y otras iniciativas similares del IEVA y el aumento de la asistencia bilateral;

28.

Recuerda que, durante las negociaciones sobre el fundamento jurídico del IEVA, el Parlamento tenía preocupaciones justificadas sobre el modo en que se someterían al control parlamentario los documentos de estrategia y los documentos nacionales a medio y corto plazo, que a menudo contienen importes indicativos; pide que se lleve a cabo una evaluación sobre la manera en que se han ejecutado dichos compromisos financieros indicativos durante los últimos dos años;

29.

Expresa, en este contexto, su preocupación por el elevado número de transferencias presupuestarias solicitadas para el capítulo 19 08 del presupuesto, que alcanzan ya un aumento acumulado de 410 millones de euros en compromisos y 635 millones de euros en pagos para los años 2007 y 2008;

30.

Constata con satisfacción que los países cubiertos por el IEVA tienen derecho a préstamos del Banco Europeo de Inversiones (BEI) (3) y que toda operación financiera debe ser coherente con las políticas exteriores de la UE y apoyarlas, incluidos los objetivos regionales específicos; recuerda que el límite máximo de las operaciones financieras del BEI para los países del IEVA durante el período 2007-2013 es de 12 400 millones de euros, divididos en dos sublímites indicativos de 8 700 millones de euros para los países mediterráneos y 3 700 millones de euros para los países de la Europa Oriental y Rusia; pide que se lleve a cabo una evaluación, junto con el BEI, para comprobar cómo se están utilizando dichos préstamos;

31.

Constata con satisfacción que el Tribunal de Justicia anuló recientemente el fundamento jurídico original para estos préstamos, a raíz un recurso interpuesto por el Parlamento (4), y dictaminó que, para este tipo de casos, debe aplicarse el proceso de codecisión con arreglo a los artículos 179 y 181 A del Tratado CE; destaca que la revisión del IEVA y la adopción de un Reglamento que sustituya la Decisión del Consejo anulada, por la que se concedía una garantía de la Comunidad a los préstamos del BEI, tienen que realizarse de forma paralela, dado que son instrumentos complementarios en lo que se refiere a la política de la UE para con los países vecinos, y que deben evitarse disposiciones contradictorias o contraproducentes;

32.

Reitera su preocupación por las posibles carencias en cuanto a la responsabilidad y el riesgo de malversación de fondos de la Comunidad cuando las ayudas de la UE se canalizan a través de fondos fiduciarios de múltiples donantes; subraya la importancia de un sistema financiero público sólido, basado en la transparencia y la responsabilidad democrática; pide, por consiguiente, a la Comisión que evite canalizar los fondos a través de dichos intermediarios siempre que sea posible y existan medios más adecuados y transparentes para canalizar dichos fondos;

Observaciones específicas concernientes a los países y las regiones

33.

Toma nota de los progresos realizados en el marco de la iniciativa de la Unión por el Mediterráneo; subraya, no obstante, que:

la financiación del IEVA en favor de la iniciativa de la PEV para la región del Sur o del Este no debe llevarse a cabo en detrimento de ninguna de las dos regiones;

se debe mantener al Parlamento adecuadamente informado de los proyectos de la Unión por el Mediterráneo financiados por el IEVA;

cuando se utilicen los fondos del IEVA, la transparencia de otras fuentes, incluida la financiación privada, es especialmente importante;

34.

Recuerda que la PEV, en su vertiente mediterránea, debe ser complementaria del Proceso de Barcelona, y que sus objetivos deben definirse con mayor claridad para consolidar el Proceso de Barcelona, favoreciendo un enfoque multilateral regional;

35.

Considera que, para mejorar la eficacia de los proyectos regionales, multilaterales y transfronterizos en el marco del IEVA, debe preverse la ampliación de la participación en esos programas a todos los nuevos socios de la Unión por el Mediterráneo;

36.

Opina que los recientes acontecimientos geopolíticos en la vecindad oriental de la UE subrayan la importancia de continuar desarrollando la PEV, adaptándola mejor a las necesidades de los socios incluyendo una mayor participación de la UE en la región del Mar Negro y una Asociación Oriental ambiciosa; subraya la necesidad de acelerar, en relación con Armenia, Azerbaiyán, Georgia, Moldova y Ucrania en particular, la creación de una zona de libre comercio tan pronto como los países socios estén preparados y la necesidad de finalizar lo antes posible medidas encaminadas a la liberalización de los visados con la UE, así como la necesidad de reforzar la cooperación regional para promover la estabilidad y la prosperidad en la zona de vecindad europea;

37.

Propone la creación, siguiendo las líneas de las Asambleas EuroMed y EuroLat y con la participación del Parlamento Europeo, de una Asamblea de Vecindad Oriental («EuroEast»), con miras a aplicar el IEVA en los países de la Europa Oriental, es decir, Armenia, Azerbaiyán, Georgia, Moldova, Ucrania y Belarús;

38.

Señala que los conflictos enquistados constituye un obstáculo para el pleno desarrollo de la PEV en lo que al Cáucaso meridional se refiere y pide al Consejo que se implique de forma más activa en la resolución de conflictos;

39.

Subraya que es necesario un compromiso más firme con la región del Mar Negro si la UE ha de ayudar a resolver algunos de los conflictos pendientes y reforzar la cooperación entre los países de la región; considera que la cooperación regional reforzada en la región del Mar Negro debería ser una de las prioridades fundamentales de la Política Europea de Vecindad, así como de varias iniciativas regionales emprendidas por la UE; espera que continúe la aplicación de la política de sinergia del Mar Negro; pide que se refuerce la cooperación con Turquía en el Mar Negro, teniendo en cuenta su importancia estratégica y el cometido que podría desempeñar en el futuro en la política exterior y de seguridad común, así como con Rusia, haciendo hincapié en la necesidad de que ambos países se comprometan plenamente en la resolución de los conflictos regionales y en el fomento de la paz y la estabilidad en la región en que incide la Política Europea de Vecindad; considera que, en este marco, podrían emprenderse diversos proyectos de interés común;

40.

Acoge con satisfacción el hecho de que la Asociación Oriental ofrece un incentivo mucho más importante a países socios ambiciosos como Ucrania; se congratula en particular del nuevo programa global de desarrollo institucional destinado a mejorar la capacidad administrativa en los sectores pertinentes de la cooperación;

41.

Considera que la Asociación Oriental no debería dificultar la adhesión a la UE de los países vecinos que desean solicitarla en virtud del artículo 49 del Tratado UE;

42.

Apoya la propuesta de la Comisión de que las nuevas relaciones con los países de la Asociación Oriental se forjen a partir de acuerdos de asociación adaptados a cada país, capaces de responder en mejor medida a las aspiraciones de los socios en favor de una relación más estrecha;

43.

Acoge con satisfacción el hecho de que la seguridad energética forma parte integrante de la propuesta para la Asociación Oriental en relación con los países del Este; apoya los principales objetivos de la mencionada Comunicación de la Comisión de 3 de diciembre de 2008, como la rápida conclusión de las negociaciones sobre la adhesión de Ucrania y Moldova a la Comunidad de la Energía y el refuerzo del compromiso político con Azerbaiyán, que persigue su convergencia con el mercado de la energía de la UE y la integración de las infraestructuras; destaca que las medidas de cooperación energética deberían incluir a todos los países de la Política Europea de Vecindad;

44.

Apoya el paquete de medidas para la recuperación económica y la estabilidad con cargo al presupuesto comunitario, que proporcionará hasta 500 millones de euros durante el periodo 2008-2010 para la reconstrucción de Georgia después de una guerra perjudicial y para asegurar la rehabilitación económica de las personas desplazadas en el interior del país hasta que regresen a sus hogares y recuperen sus propiedades; subraya que, con el fin de garantizar que la ayuda se asigne a las necesidades más urgentes de Georgia, la financiación comunitaria debe ir ligada a mecanismos adecuados de condicionalidad y de supervisión; hace hincapié en que la ayuda debe estar orientada a sostener el programa de reforma, tal como se define en el plan de acción de la PEV y en los documentos de programación del IEVA, que siguen siendo muy pertinentes;

45.

Subraya que es necesario revisar la dotación financiera para Belarús a fin de examinar si la cooperación puede ampliarse a otros ámbitos además de la energía, el medio ambiente y la migración, con vistas a proseguir la política de nuevo compromiso iniciada por el Consejo en septiembre de 2008; recuerda que las relaciones entre la UE y Belarús dependerán en gran medida del compromiso del Gobierno de Belarús para con los valores democráticos; subraya la necesidad de condiciones políticas eficaces y de garantizar que la asistencia produzca un impacto positivo e inmediato en los ciudadanos y no sea utilizada abusivamente por las autoridades contra sus oponentes políticos; subraya que la UE debería prestar un apoyo más eficaz a la sociedad civil y a los partidos políticos que defienden la democracia;

46.

Opina que la UE debería centrarse en las cuestiones siguientes en sus negociaciones sobre un nuevo Acuerdo de Colaboración y Cooperación UE-Rusia:

mayor cooperación de Rusia para establecer prioridades claras de cooperación financiera, lo que llevaría a una mejor planificación y programación plurianual de la ayuda;

garantías de que cualquier ayuda financiera concedida a las autoridades rusas contribuye al fortalecimiento de las normas democráticas en la Federación de Rusia;

incremento de la propiedad conjunta de los proyectos elegidos para recibir financiación;

*

* *

47.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de los países del IEVA, al Consejo de Europa, a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y a la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea.


(1)  DO L 310 de 9.11.2006, p. 1.

(2)  Reglamento (CE) no 1889/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece un instrumento financiero para la promoción de la democracia y de los derechos humanos a escala mundial (DO L 386 de 29.12.2006, p. 1).

(3)  Decisión 2006/1016/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2006, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad frente a las pérdidas que se deriven de préstamos y garantías concedidos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (DO L 414 de 30.12.2006, p. 95).

(4)  Sentencia de 6 de noviembre de 2008, Asunto C-155/07, Parlamento/Consejo (DO C 327 de 20.12.2008, p. 2).